. . . . " El se\u00F1or AYLWIN.- \n \n Desear\u00EDa a\u00F1adir algo m\u00E1s a lo expresado por el Honorable se\u00F1or Foncea. \nEl art\u00EDculo que se pretende agregar al proyecto nada tiene que ver con la iniciativa en debate. Considero que, por este solo hecho, deber\u00EDa declararse inadmisible. Incluso, ahora se pretende extender los alcances de la indicaci\u00F3n primitiva en t\u00E9rminos a\u00FAn m\u00E1s graves. \nEn verdad, se justifica resolver el caso espec\u00EDfico de los comerciantes minoristas de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue, por encontrarse en situaci\u00F3n anormal, distinta de la del resto del pa\u00EDs, ya que desde el \u00FAltimo terremoto no se han creado en ellas nuevas fuentes de trabajo y atraviesan por un dif\u00EDcil trance. \nAhora bien, pretender generalizar este beneficio para todos -los tributos, sin distinci\u00F3n, matar\u00E1 la conciencia tributaria del pa\u00EDs. Como dec\u00EDa la Honorable se\u00F1ora Campusano, la disposici\u00F3n no s\u00F3lo favorece a las personas modestas que con toda raz\u00F3n pueden encontrarse atrasadas en el pago de sus impuestos, sino a todos los contribuyentes, incluso a quienes son depositarios de dineros que deben ser entregados al Fisco, pero que los han retenido indebidamente. \nMucho se habla del recargo tributario. A diferencia del Honorable se\u00F1or Juliet, no creo que Chile sea el pa\u00EDs con la m\u00E1s alta tasa tributaria del mundo, a pesar de que -lo reconozco- existe recargo impositivo. Pero, \u00BFqu\u00E9 pasa? Como bien dec\u00EDa el Honorable se\u00F1or Foncea, toda vez que se desea hacer algo nuevo o se propone otorgar nuevos beneficios, se exige al Estado mayores desembolsos. Pues bien, \u00BFc\u00F3mo se financian estas iniciativas? Indudablemente, si se exigen nuevas tareas al Estado, si se le imponen nuevas cargas, es indispensable financiarlas. De este modo se ha ido produciendo el recargo tributario. Y los mismos que se quejan de ello son quienes, frecuentemente, plantean iniciativas que entra\u00F1an mayores exigencias al Fisco. \nPor este camino se llega a verdaderos absurdos. El a\u00F1o pasado se dict\u00F3 la ley N\u00BA 16.623; pocos meses despu\u00E9s -este a\u00F1o-, la N\u00BA 16.724. Ambas se aprobaron con el fin de conceder plazos a los contribuyentes morosos para acogerse al sistema especial de facilidades de pago. \nAhora, incluido en una iniciativa sin previo estudio, se pretende aprobar un tercer precepto a favor de los contribuyentes morosos. Para ello se argumenta que este beneficio no s\u00F3lo favorecer\u00E1 a quienes est\u00E1n en mora en nuevos impuestos, sino tambi\u00E9n a quienes lo est\u00E1n en el cumplimiento de los convenios contra\u00EDdos en virtud de anteriores leyes de pr\u00F3rroga. \n\u00BFQu\u00E9 significa esto? Que con el sistema del Congreso de despachar iniciativas cada tres meses con el objeto de prorrogar los plazos y eximir de sanciones a los contribuyentes morosos, a la postre s\u00F3lo los lesos pagar\u00E1n impuesto en Chile. La gente no cumplir\u00E1 sus obligaciones con el Fisco, en espera de una nueva legislaci\u00F3n sobre la materia o de una condonaci\u00F3n de impuestos, que les permita seguir en forma indefinida por este camino. Comprendo -repito- que por tolerancia, como aqu\u00ED se ha se\u00F1alado... \n " . . . . .