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- rdf:value = " El señor BULNES SANFUENTES- ...y la de que el nombramiento de los agentes diplomáticos cuente con el acuerdo del Senado.
El señor CHADWICK.-
Para los Embajadores y Ministros Plenipotenciarios.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Hoy en día, para mantener las relaciones exteriores de un país, para conducir la política internacional, es necesario que quien tiene la responsabilidad de hacerlo pueda ausentarse brevemente del territorio. Todos los días estamos viendo cómo los Jefes de Estado de otras naciones se ausentan de sus respectivos países sin solicitar permiso de nadie y que, muchas veces, continúan ejerciendo sus funciones y en el extranjero firman los decretos correspondientes.
Dado el nuevo carácter que han tomado las vinculaciones de los países, que hace más estrechas que antes las relaciones entre ellos, pues a veces exigen un contacto personal entre los Mandatarios, la disposición de la Carta Fundamental que hoy día priva al Presidente de la República de salir del país sin acuerdo previo del Parlamento es contradictoria, se hace fuego con la norma que le encarga conducir las relaciones exteriores. Por lo demás, tal como está concebida hoy la Constitución, que dice, lisa y llanamente, que es atribución del Congreso conceder permiso al Jefe del Estado para ausentarse del país, un Diputado o Senador responsable, en el momento en que se vota
un proyecto de acuerdo de esa naturaleza, entra a analizar los motivos y perspectivas del viaje, o sea, interviene en la conducción de las relaciones exteriores.
Como no sería razonable quitar al Primer Mandatario la atribución de manejar las relaciones exteriores y traspasarlas al Parlamento -porque aquéllas deben ser coordinadas y obedecer a una política-, hemos optado por liberar al Presidente de la República de la obligación de solicitar permiso cuando sus ausencias no sean mayores de quince días.
En cuanto a los Ministros de Estado, la Constitución Política no estatuye el acuerdo del Congreso, pero exige permiso de la Cámara de Diputados. El precepto correspondiente está en el artículo que trata de la acusación constitucional a los Secretarios de Estado. De manera que el único objetivo que persiguió el constituyente al establecer que el Ministro de Estado no podría ausentarse sino con permiso de la Cámara, es velar por que éste, en caso de ser acusado, sea responsable de la acusación y se le puedan hacer efectivas las sanciones que lleguen a imputársele mediante el juicio político. Pero el estado normal no es que los Ministros estén acusados, sino que no lo estén; y no se ve para qué se ha de requerir siempre, para que el Ministro de Estado se aleje del país, el permiso de la Cámara, sobre todo si se considera que esos representantes del Ejecutivo, en los tiempos actuales, no sólo necesitan ausentarse por razones de política exterior. En efecto, muchas veces, para el buen desempeño de sus cargos en el plano interno, los Secretarios de Estado necesitan hacer viajes al extranjero.
La norma propuesta por la Comisión establece que los Ministros de Estado podrán ausentarse sin permiso del país por no más de diez días; que necesitarán autorización cuando estén acusados, y que, si la acusación ya ha sido aprobada por la Cámara, nadie podrá otorgarles el permiso ni podrán ausentarse.
Deseo referirme también a la tesis que el Honorable señor Altamirano comenzó a desarrollar al discutirse el primer informe. Su Señoría se muestra profundamente alarmado porque, según dice, en Chile se dictará una Constitución cesarista y el Congreso perderá toda su razón de ser. Pero el señor Senador ha dicho en otras oportunidades que está en total desacuerdo con el sistema de la democracia representativa que supone la existencia de un Parlamento con más o menos facultades, y que quiere sustituirlo por un Estado socialista en el cual, como todos sabemos, no existe libertad de especie alguna.
El señor ALTAMIRANO.-
Eso lo sabe sólo Su Señoría.
El señor BULNES SANFUENTES.-
En esos Estados, las Constituciones no son ni más ni menos parlamentarias o presidencialistas: simplemente, no existen, como ocurre en Cuba después de más de diez años del entronizamiento de Fidel Castro en el Poder. Allí hay sólo una ley: la voluntad del amo.
El señor MONTES.-
¿Qué significan esas palabras?
¡No sea insolente!
El señor BULNES SANFUENTES.-
Precisamente porque somos partidarios de este sistema; porque queremos que exista la democracia representativa...
El señor MONTES.-
¡Insolente!
El señor BULNES SANFUENTES.-
....porque deseamos que haya un Congreso elegido por el pueblo y no uno designado por el partido único, como sucede en Rusia, donde sólo se puede votar por una sola lista; porque queremos mantener este régimen, somos partidarios de adecuarlo a los tiempos que vivimos, a fin de hacerlo más operante, más moderno y eficiente.
El señor JEREZ.-
¡Más comercial, también....!
El señor BULNES SANFUENTES.-
Los que tienen interés en que este régimen se derrumbe; aquellos que en las discusiones, en lugar de razones, oponen insultos, como los que está lanzando en forma tan "inteligente" el Honorable señor Jerez, quien hasta hace poco tiempo hablaba de democracia y cristianismo...
El señor JEREZ.-
Y sigo hablando.
El señor BULNES SANFUENTES.-
De esa manera hizo su carrera política, pero hoy día se ha aliado con los comunistas.
El señor JEREZ.-
Pero sigo siendo cristiano.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Decía que los que piensan de ese modo; quienes quieren destruir el régimen democrático, desean que éste se debilite al máximo. No es que les interese que el Congreso, tenga más poder, sino que el régimen se debilite y se haga inoperante; que aquél desaparezca y venga la dictadura del partido. Esa es la razón de fondo. Todo lo demás son palabras e hipocresías.
Por las razones expuestas, votaremos a favor de estas disposiciones, como de muchas otras tendientes a evitar que el régimen en que vivimos sucumba.
El señor JEREZ.-
¡Qué razones más inteligentes...!
El señor BULNES SANFUENTES.-
En todo caso, mejores que sus insultos, señor Senador.
"