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- rdf:value = " 17.-CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE COMERCIANTES ESTABLECIDOS DE CHILE. TERCER TRAMITE CONSTITUCIONALEl señor STARK (Vicepresidente).-
Entrando en el Orden del Día, corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, que crea el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos en Chile.
-Las modificaciones introducidas por el Senado, impresas en el boletín número 10.673-S, son las siguientes:
Artículo 1º
Ha sido sustituido por el siguiente:
"Artículo 1º.- Créase una institución con el nombre de Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile, que tendrá por objeto dignificar el comercio, velar por la ética profesional, racionalizar la comercialización en beneficio de los consumidores, y propender a la eliminación del comercio clandestino.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de la existencia de comerciantes ambulantes o estacionados en calles o de ferias libres, los que acreditarán su calidad de tales mediante la exhibición del permiso municipal respectivo y quienes podrán crear sus propias organizaciones gremiales."
Artículo 3º
Ha sido redactado en los siguientes términos:
"Artículo 3º.- Las personas naturales o jurídicas cuyas actividades se encuentren regidas por un estatuto jurídico propio que las someta a la supervigilancia o fiscalización de un organismo del Estado, y que determine el Presidente de la República por decreto supremo, previo informe favorable del Consejo General del Registro, quedarán exentas de la obligación impuesta en el artículo anterior."
Artículo 4º
En el inciso primero, letra a); ha colocado entre comillas (") las denominaciones ''Cámara Central de Comercio de Chile" y "Confederación del Comercio Detallista Establecido y de la Pequeña Industria de Chile".
En el inciso segundo ha sustituido el predicado "se hará en la forma que ellos determinen", por este otro:"se hará en forma directa, según las normas que establezcan sus estatutos".
Artículo 5º
En el encabezamiento de su inciso segundo, ha sustituido los dos puntos (:) por una coma (,), y ha agregado la siguiente frase: "que deberán estar inscritos en el Registro Provincial respectivo, y que serán los siguientes:".
En seguida, ha sustituido el punto y coma (;) final de la letra a), del inciso segundo de este artículo, por una coma (,) y ha agregado, a continuación, la siguiente frase: "de entre las personas propuestas en las listas correspondientes;".
Artículo 6º
En el inciso primero, ha agregado, a continuación de la palabra "capital", la expresión "y reserva".
En el inciso segundo, ha colocado después de la palabra "forma", los vocablos "y contenido", y ha suprimido los vocablos "el plazo, su contenido,", como asimismo, la coma que las antecede.
En el inciso tercero ha suprimido la frase "salvo que el Registro emita su propia publicación", y la coma (,) que la precede.
En el inciso quinto ha reemplazado los vocablos "Consejo General del Registro" por la palabra "Reglamento".
Artículo 9º
Ha agregado, a continuación del sustantivo "comerciante" el adjetivo "establecido" ; ha suprimido la expresión "y debiendo inscribirse,"; ha agregado después del nombre "Chile", lo siguiente: ", sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3º"; ha sustituido la forma verbal "precisar", por esta otra :"anotar"; ha reemplazado las palabras "La infracción a", por la siguiente frase: "El industrial, mayorista, importador o distribuidor que infrinja lo dispuesto en", y ha sustituido la palabra "sancionada" por "sancionado".
Ha agregado el siguiente inciso segundo, nuevo:
"La prohibición establecida en este artículo no se aplicará cuando el comprador sea un comerciante ambulante o de ferias libres, el que acreditará su calidad de tal exhibiendo el permiso municipal respectivo".
Artículo 12
Ha sido sustituido por el siguiente:
"Artículo 12.- El Consejo General del Registro, con el acuerdo de cuatro de sus miembro, a lo menos, fijará en el mes de noviembre de cada año, por categorías generales, el monto de la cuota de incorporación y de las cuotas anuales del año siguiente que deberán pagar los comerciantes al Registro.
Las categorías y los montos que correspondan a cada una de ellas, serán publicadas en un diario de la ciudad cabecera de provincia y en los boletines de las instituciones de comerciantes que existan.
Los Consejos Provinciales se financiarán con el 50% de los fondos que reciban y enviarán el otro 50% al Consejo General para su propio financiamiento. Los excedentes que se produjeren anualmente en los fondos del Consejo General, se retornará en un 50% a los Consejos Provinciales, a prorrata de sus aportes."
Artículo 13
Ha agregado la siguiente letra b), nueva:
"b) Proponer al Presidente de la República el Código de Etica Comercial, que determinará las normas de conducta a que deberán sujetarse los comerciantes en el ejercicio de sus actividades. Una vez aprobado por el Presidente de la República será publicado en el Diario Oficial;".
En la letra b), que ha pasado a ser letra c), ha agregado, a continuación de la palabra "Provinciales", lo siguiente", según lo dispuesto en la letra d) del artículo siguiente".
En la letra c), que ha pasado a ser letra d), ha suprimido las palabras "de su competencia y".
Las letras d), e) y f) han pasado a ser letras e), f) y g); respectivamente, sin modificaciones.
En la letra g, que ha pasado a ser letra h), ha reemplazado las palabras "que le competen", por estas otras: "del Registro", y ha sustituido la conjunción "y" por la conjunción "e".
La letra h) ha pasado a ser letra i), sin enmiendas.
Artículo 14
En la letra b) ha agregado, a continuación de la expresión "comercio,", lo siguiente: "de la provincia respectiva y al Consejo General, de".
En la letra c), ha sustituido el vocablo inicial "Entregar", por las palabras "Elegir y presentar".
En la letra d), ha consultado la siguiente frase inicial:"Una vez publicado el Código de Etica Comercial,", colocando en minúscula la forma verbal "Tramitar" y ha sustituido las palabras "la ética comercial", por las siguientes: "sus disposiciones".
En el inciso segundo de esta letra, ha intercalado la expresión "de oficio o" antes de "a pedido"; ha suprimido los dos puntos (:) finales del encabezamiento de este inciso; ha colocado, a continuación, la segunda parte de éste, escribiendo con minúscula la letra inicial de la palabra "Amonestación", y ha sustituido las palabras "hasta diez días, clausura definitiva", por estas otras: "temporal o definitiva".
En el inciso tercero de esta letra, ha eliminado la palabra, "definitiva".
En la letra e), ha colocado en minúscula la palabra "Cancelar", anteponiéndole la forma verbal "Podrá", y ha reemplazado el punto final (.) por una coma (,), agregando la conjunción "y".
En seguida, ha consultado la siguiente letra f), nueva:
"f) Administrar los fondos recibidos en la forma establecida en el artículo 12 de la presente ley.".
Artículo 15
Ha sustituido la frase "y afiliado a una institución gremial de las mencionadas en el artículo 7º", por esta otra: "y que se encuentre atrasado por más de seis meses en el pago de las cuotas anuales a que se refiere e) artículo 12.".
Artículo 16
Ha suprimido el vocablo "favorable".
Artículo 19
Ha sido reemplazado por el siguiente:
"Artículo 19.- Las disposiciones del presente Título regirán 180 días después de la publicación en el Diario Oficial de la presente ley.
Sin embargo, respecto de los artículos 8º y 9º, dicho plazo se contará desde la constitución del Registro General y de todos los Registros Provinciales.".
Artículo 20
Ha suprimido la letra b). La letra c) ha pasado a ser letra b), con las siguientes modificaciones: ha sustituido la expresión "Agrégase en el inciso primero del artículo 168, a continuación del punto (.) que se reemplaza por un punto y coma (;) la siguiente frase, polla que a continuación se indica: "Agrégase en el inciso primero del artículo 168, a continuación de "mínimo,", la siguiente frase:"; ha colocado comillas (") después de la palabra "caso.", y ha suprimido la siguiente frase final: "No obstante, se aplicará siempre la pena corporal si la conducta del infractor fuere manifiestamente dolosa.".
En seguida, ha consultado la siguiente letra c), nueva:
"c) Intercálase el siguiente inciso segundo al artículo 168: "No obstante, se aplicará siempre la pena corporal si la conducta del infractor fuere manifiestamente dolosa.".
En la letra i) ha agregado las palabras "tipos de", a continuación del vocablo "determinados".
Artículo 21
En el inciso primero ha colocado, a continuación de la letra "g)", lo siguiente: En seguida, ha sustituido los incisos tercero, cuarto y quinto por los siguientes:
"El Director de Industria y Comercio podrá delegar en los funcionarios de la Dirección que él determine o en los Intendentes la facultad a. que se refiere la letra s) del artículo 22 del decreto supremo Nº 1.262, de Economía, de 1953.
Las resoluciones que dicten los delegados deberán ser visadas por un abogado de la Dirección y a falta de éste por el Secretario-Abogado de la respectiva Intendencia.
Las resoluciones del Director y de los delegados serán siempre apelables para ante un Tribunal especial formado por el Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción, que lo presidirá; un representante del Consejo General del Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile, y un abogado de la Contraloría General de la República designado por el Contralor. La apelación deberá interponerse dentro del quinto día hábil, contados desde la notificación de la resolución que impuso la sanción, ante la misma autoridad que la dictó, y la solicitud respectiva llevará el doble del impuesto a que se refiere el Nº 10 del artículo 15 de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado.".
Artículo 22
Ha sido suprimido.
Artículo 23
Ha pasado a ser artículo 22.
Ha agregado la siguiente frase inicial, separada del resto del inciso por dos puntos aparte: "Sustituyese el artículo 16 de la ley Nº 14.824, por el siguiente:"; ha colocado comillas (") antes de la frase inicial "El que contraviniere"; ha reemplazado el término "equivalente" por la preposición "de"; ha sustituido la palabra "quince", por esta otra: "cincuenta"; ha reemplazado la frase "en la forma que determine el Presidente de la República", por la siguiente: "la que no podrá exceder del 2% del capital propio del afectado", y ha agregado, como inciso segundo del artículo que se sustituye, el que a continuación se señala:
"No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, la multa en ningún caso podrá ser de un monto inferior a un cuarto de sueldo vital mensual, escala A) del departamento de Santiago.".
A continuación ha agregado como artículo 23, nuevo, el siguiente
"Artículo 23.- Facúltase al Presidente de la República para fijar una nueva escala de multas que corresponde aplicar al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus servicios dependientes por las infracciones que deban conocer.".
Artículo 25
En el inciso tercero, ha reemplazado la mención al "Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción" por otra al "Director de Industria y Comercio".
Artículo 26
Ha sustituido la coma (.) que figura después de la palabra "Local", por un punto (.) y ha eliminado el resto del artículo.
Artículo 28
Ha sido sustituido por el siguiente:
"Artículo 28.- Los comerciantes detallistas inscritos en el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile podrán organizar Centrales de Compra destinadas a adquirir por cuenta de los socios mercaderías para ser distribuidas pos éstos, de productores, fabricantes o distribuidores mayoristas, con la finalidad de realizar una comercialización eficiente, eliminar a los intermediarios inútiles y abaratar las subsistencias.
Las Centrales de Compra podrán constituirse como unidades locales o regionales y podrán formar federaciones o uniones según sean o no de la misma naturaleza.
Las Centrales de Compra no tendrán fines de lucro. Ellas operarán recargando las mercaderías a los socios sólo en el margen estimativo para financiar los gastos de administración. Si quedare un remanente, éste se abonará con el mismo objeto a ejercicios posteriores; si a la inversa apareciere pérdida el margen de comercialización se aumentará para compensarla.
Se les prohíbe la repartición de utilidades. Los fondos de reserva que se formen pasarán al Estado en caso de disolución.
Las Centrales de Compra quedarán sometidas al control de la Dirección de Industria y Comercio, la que llevará un Registro Nacional de todas las que se constituyan en el país.
Las Centrales de Compra gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de constituirse en la forma señalada en esta ley y su reglamento.
Desde el momento en que el Presidente de la República apruebe los estatutos por decreto, se entenderá concedida la personalidad jurídica a la Central de Compra respectiva.
El Presidente de la República previo informe del Intendente aprobará los estatutos que estén conformes a esta ley y su reglamento.
Las Centrales de Compra aprobarán sus estatutos en Asamblea General de Socios de acuerdo con las normas que para estos efectos señale el reglamento.
El Presidente de la República determinará normas generales de constitución, funcionamiento, administración, supervigilancia y disolución de las Centrales de Compra y régimen de sanciones aplicables."
Artículos transitorios
Artículo 1º
Ha agregado el siguiente inciso tercero, nuevo:
"Asimismo, mientras no se constituya el Consejo General, su representante ante el Tribunal a que se refiere el inciso quinto del artículo 21 será designado por el Presidente de la República".
Artículo 2º
Ha agregado el siguiente inciso segundo, nuevo:
"Vencido este plazo los comerciantes podrán inscribirse pagando una multa de un cuarto de sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, en favor del Registro Nacional."
En seguida, ha agregado el siguiente artículo 4º transitorio, nuevo:
"Artículo 4º.- No obstante lo dispuesto en el artículo 7º, durante el plazo que determine el Reglamento, podrán inscribirse en el Registro los comerciantes afiliados a las instituciones a que se refiere el inciso final del artículo 5º y a entidades de comerciantes que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7º.
Las inscripciones a que se refiere este artículo caducarán vencido el plazo anterior si la respectiva organización de comerciantes no ha iniciado los trámites destinados a obtener su personalidad jurídica."
El señor STARK (Vicepresidente).-
En discusión las modificaciones del Senado.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Pareto; y, a continuación, el señor Valente.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, los Diputados de la Democracia Cristiana aceptamos gran parte de las modificaciones introducidas por el Senado de la República a este proyecto, que viene a concretar una vieja aspiración de los comerciantes establecidos.
Estamos conscientes del aporte que este gremio hace al país, a la comunidad, y creemos que, para dignificar sus funciones, necesita que este proyecto sea ley a la brevedad posible.
No participamos de algunas indicaciones que le ha introducido el Senado, como es el caso del artículo 1°, inciso segundo, porque creemos que desvirtúa el proyecto, el cual no afecta a los comerciantes ambulantes. Si queremos ser consecuentes y legislar para el comercio establecido, no debemos mezclar ni confundir materias que no tienen nada que ver con la idea matriz del proyecto.
Vamos a insistir también en el criterio de la Cámara de Diputados sobre una materia que es conflictiva y que se refiere a un tribunal de apelación. Esta materia la vamos a modificar por la vía del veto, porque no nos agrada la proposición del Senado de la República, que hace integrar dicho organismo por un abogado de la Contraloría, porque la Contraloría General de la República es un organismo fiscalizador y en ningún caso administrador. Por la vía del veto vamos a insistir en un Tribunal donde el comercio establecido tenga la posibilidad real de apelar de las sanciones que en la actualidad el Ministerio de Economía le impone. En este punto estamos conscientes de que no podemos designar a una misma persona para que sea juez y parte a la vez, como es el caso del Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción, que es el que tiene que ver directamente las sanciones que se aplican. Creemos en la necesidad de establecer un Tribunal que dé garantías al comercio, integrado no por un abogado de la Contraloría, sino que por otros elementos para que el comercio esté amparado.
Por esas razones y en homenaje a un pronto despacho de este proyecto, no vamos a abundar en mayores razones sobre las modificaciones y aprovecho la oportunidad para anunciar que vamos a votar en contra, también, del inciso segundo nuevo del artículo 9º, que está en estrecha relación con el inciso segundo del artículo 1º.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Valente Rossi, don Luis.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, cuando el proyecto que crea el Registro Nacional de Comerciantes establecidos de Chile inició su primer trámite constitucional en esta Cámara, los Diputados comunistas objetamos los términos en que había sido redactado, y lo hicimos precisamente, porque estimábamos que dejaba al margen de toda organización y amparo legal a un sector de comerciantes muy importantes que trabajan a lo largo y ancho del país, porque en su formulación principal, cual era la creación de una institución con e nombre de Registro Nacional de Comerciantes establecidos de Chile, no los incorporaba en sus disposiciones. Me refiero a los comerciantes ambulantes o estacionados en calles o ferias libres.
Afortunadamente el Senado ha corregido esta deficiencia del proyecto original y en el artículo 1º ha agregado un inciso segundo que dice que la creación del Registro Nacional de Comerciantes, que tendrá por objeto dignificar el comercio, velar por la ética profesional, racionalizar la comercialización en beneficio de los consumidores y propender a la eliminación del comercio clandestino, se entenderá "sin perjuicio de la existencia de comerciantes ambulantes o estacionados en calles o de ferias libres, los que acreditarán su calidad de tales mediante la exhibición del permiso municipal respectivo, y quienes podrán crear sus propias organizaciones gremiales".
El señor Pareto ha señalado que los Diputados democratacristianos van a rechazar el inciso segundo del artículo 1º, y es lamentable que así sea, porque esta disposición -repito- deja a salvo a numerosos comerciantes ambulantes. . .
El señor PARETO.-
No los afecta en nada.
El señor VALENTE.-
...o de ferias libres, quienes si no se acepta la inclusión de dicha disposición, prácticamente tendrán que dejar de trabajar.
Señor Presidente, creemos que el punto fundamental de las observaciones que ha introducido el Senado a este proyecto está, precisamente, en este inciso segundo del artículo 1º. El resto de las modificaciones favorecen el proyecto, porque le dan una mejor redacción, pero no innovan en el fondo. Salvo la disposición que permite a los comerciantes que formen parte de este Registro Nacional apelar de las sanciones que les aplique la autoridad, mediante la constitución de un tribunal integrado por el Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción, por un representante del Consejo General del Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile y por un abogado de la Contraloría General de la República -que será designado por el Contralor-, con exclusión de esta indicación modificatoria, repito, que nos parece bastante oportuna y positiva, el resto son modificaciones de forma que vamos a aprobar.
En consecuencia, vamos a votar el proyecto tal cual fue despachado por el Senado en el segundo trámite constitucional, porque queremos que sea pronto ley de la República, Pedimos a los Diputados democratacristianos que voten por la mantención del inciso segundo del artículo 1º, porque esa disposición -repito- va en resguardo de los intereses de los comerciantes ambulantes o estacionados en calles, que forman una verdadera falange de trabajadores, hasta este momento, marginados de todo resguardo legal, de todo respaldo que leyes de la República deben entregarles para que puedan desarrollar libremente, sin problemas ni persecuciones, sus actividades, las cuales les permiten obtener las remuneraciones para el sustento de sus familias.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, los Diputados nacionales hemos prestado nuestro apoyo decidido al proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Comerciantes porque, en realidad, organiza a un sector de trascendental importancia en el desarrollo económico del país. Además, durante la discusión del proyecto hemos formulado numerosas indicaciones para mejorarlo, entre ellas la que tiene por objeto crear un tribunal de apelación para las sanciones que se apliquen al comerciante por la DIRINCO y por los diversos organismos estatales.
Creemos, nosotros, que es indispensable establecer un tribunal de apelación, por cuanto no es posible que el comerciante sea multado y que luego la revisión de esa sanción sea hecha por la propia parte que la ha establecido; en otras palabras, que un organismo sea juez y parte. Con el objeto de solucionar este problema, los Diputados nacionales presentamos una indicación tendiente a permitir la apelación ante la Justicia Ordinarias de las resoluciones que apliquen sanciones al comercio. Desgraciadamente, esta disposición no fue aprobada en la Comisión de Economía y Transporte de la Cámara. Por esto, aun cuando no nos satisfaga plenamente la composición del tribunal en la forma en que lo ha establecido el Honorable Senado, estimamos que su incorporación es un avance, un paso positivo, en lo que se refiere al control de la juridicidad de las sanciones que se aplican al comercio establecido.
Nosotros consideramos que la solución definitiva de este problema debe consistir en la creación de tribunales en lo contencioso-administrativo, la cual permanentemente ha sido ofrecida por este Gobierno. La Cámara fue testigo del ofrecimiento hecho por el ex Ministro de Justiciadon Pedro Jesús Rodríguez, quien nos manifestó, cuando se discutía el proyecto de reforma constitucional, que en breve plazo el Gobierno formularía indicación al respecto. Ello no ha acontecido.
Se nos anuncia ahora, por intermedio del jefe del Comité de los Diputados democratacristianos, señor Pareto, que el Ejecutivo, por medio del veto, introduciría una disposición para crear un tribunal de apelación para las sanciones al comercio. Nosotros creemos que esto es muy saludable, evidentemente, pero tenemos el temor de que también este propósito quede postergado indefinidamente, como ocurrió con el que nos anunció el ex Ministro de Justicia en esa oportunidad que he mencionado.
Por eso, nosotros votaremos favorablemente la disposición que introdujo el Honorable Senado en esta materia, porque es un paso positivo en el control de la juridicidad de los actos del poder central.
Estimamos también que la modificación que ha introducido el Honorable Senado en el artículo 1º del proyecto de ley, que extiende las disposiciones de este proyecto a los comerciantes ambulantes o estacionados en calles o de ferias libres, no dice relación, precisamente, con su articulado. Creemos que es muy respetable este sector de comerciantes, pero, precisamente no se está legislando para ellos. Consideramos que en otra oportunidad podrían establecerse las normas por las cuales deba regirse ese núcleo; sin embargo, su inclusión en el texto en discusión contradice en buena parte la finalidad, el fundamento y el espíritu del proyecto que estamos aprobando. Por eso, en esa parte, nosotros votaremos negativamente la modificación del Senado.
Finalmente, creo necesario señalar que la composición del tribunal a que me refería no es, evidentemente, el desiderátum en la materia; pero, en todo caso, la presencia allí de un abogado de la Contraloría General de la República, designado por el Contralor, es una garantía de imparcialidad, ya que en ese tribunal se juzgarán las sanciones al comercio establecido con un criterio jurídico que resguarda en cierta medida, de cualquier arbitrariedad que haya podido cometerse por la institución que ha aplicado la sanción.
Eso es cuanto quería decir, señor Presidente.
El señor PARETO.-
Votemos.
El señor STARK (Presidente accidental).-
Para referirse al proyecto en debate, puede hacer uso de la palabra el señor Acevedo, don Juan.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, el proyecto despachado por la Cámara comprende a los comerciantes establecidos y con patente. En su artículo 2? -que es el que señala rigurosamente esta condición- se dice que podrán inscribirse en Registro quienes tengan negocio establecido, con patente municipal y estén inscritos en el Rol General de Contribuyentes.
La verdad es que el Honorable Senado ha modificado esa disposición al introducir en el artículo 1º el siguiente inciso segundo: "Lo anterior se entenderá sin perjuicio de la existencia de comerciantes ambulantes o estacionados en calles o de ferias libres". Yo quiero, precisamente, referirme a este comerciante: al de las ferias libres.
La verdad es que en los últimos años se ha estado extendiendo el sistema de proveer a los vecinos a través de ferias libres en la mayoría de las comunas del país; especialmente en la comuna y en la ciudad de Santiago han ido aumentando cada año esas formas de expendio de productos alimenticios.
El inciso segundo del artículo 1º introducido por el Honorable Senado, según he entendido al señor Pareto, quien habló en representación del Comité Demócrata Cristiano, será rechazado por esos colegas.
El señor PARETO.-
Entendió muy bien.
El señor ACEVEDO.-
Me confirma el señor Pareto que, evidentemente, ellos van a rechazarlo. En verdad, es lamentable, porque tal cual fue despachado por la Cámara el proyecto en discusión deja a esos comerciantes de ferias libres en situación inestable,...
El señor PARETO.-
En absoluto.
La señora CORREA.- De ninguna manera.
El señor ACEVEDO.-
...indefinida. Además, y en cierto modo, el artículo 2º es limitativo respecto de las atribuciones municipales.
Todas las ferias libres se han establecido de conformidad con las atribuciones que otorga la ley orgánica a las municipalidades en materia de comercio en ferias libres, y sobre la base de esa disposición legal, las corporaciones municipales, por acuerdo de mayoría, han autorizado la instalación, en diversos barrios, de las llamadas ferias libres.
Como el proyecto en su artículo 2º habla de negocios establecidos, con patente municipal y que estén inscritos en el Rol General de Contribuyentes como tales, y los comerciantes de ferias libres no llevan contabilidad, están exentos de algunas imposiciones tributarias. Una vez puesta en vigencia esta ley, naturalmente va a quedar la duda de si las municipalidades podrán continuar autorizando la permanencia de los comerciantes establecidos en las ferias libres. Por esto, el inciso segundo del Senado da absoluta seguridad de que esta disposición no va a afectar en absoluto a esos comerciantes.
La verdad es que la modificación introducida por el Senado en el artículo 1º en nada daña el contexto general del proyecto despachado por la Cámara; y, en cierto modo, viene a ser un texto legal que va a garantizar a los comerciantes de ferias libres la continuidad en su trabajo.
Por estas razones manifesté que era lamentable que los Diputados democratacristianos no aceptaran esta modificación del Honorable Senado, que mejora la disposición legal y, sobre todo, garantiza la continuidad de sus labores a quienes se desempeñan como comerciantes en las ferias libres. En cambio, rechazando la disposición, queda la duda respecto de la interpretación de esta ley y, también, de las disposiciones de las leyes orgánicas de municipalidades, en uso de cuyas atribuciones se han estado otorgando estos permisos.
Concedo una interrupción al señor Valante, señor Presidente.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, deseo insistir en que es necesaria e indispensable la mantención del inciso segundo del artículo 1º, porque de otra manera se procedería simplemente a la eliminación de todo el comerciante minorista o de ferias libres. Este aserto está confirmado por el texto del artículo 9º, que señala que ningún industrial, mayorista, importador o distribuidor podrá efectuar ventas al por mayor a personas naturales o jurídicas que, siendo comerciantes no acrediten su inscripción en el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile.
Como el proyecto original de la Cámara deja al margen de él a los comerciantes ambulantes o estacionados en calles, o de ferias libres, simplemente, repito, no podrán trabajar en esas actividades estos comerciantes. El Senado reparó esta situación agregando un nuevo inciso al artículo 9º por medio del cual señala que la prohibición establecida en esa misma disposición -o sea, la de que los mayoristas no podrán efectuar ventas a aquellas personas, naturales o jurídicas, que no estén inscritas en el Registro Nacional de Comerciantes- "no se aplicará cuando el comprador sea un comerciante ambulante o de ferias libres, el que acreditará su calidad de tal, exhibiendo el permiso municipal respectivo".
De este modo, hay una coordinación lógica entre el inciso segundo del artículo 1º y el último inciso, agregado también por el Senado, del artículo 9º. Ambas disposiciones resguardan como hemos dicho, la seguridad de los comerciantes ambulantes, estacionados en calles y los de ferias libres podrán seguir trabajando y desempeñando sus actividades si esta ley se aprueba en los términos en que ha sido despachada por el Honorable Senado.
Nada más, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Puede continuar el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, yo he insistido en esto por la experiencia de la zona que represento en esta Cámara. San Bernardo, por ejemplo, tiene ferias libres en casi todas sus poblaciones; Buin también. En San Antonio se han estado creando ferias libres en las poblaciones últimamente inauguradas. Y en Cartagena, en la temporada de verano, es corriente ver su funcionamiento. Pero quiero destacar también la situación de la zona de los balnearios de El Tabo, Cartagena, San Antonio, Santo Domingo y Navidad, sobre todo de San Antonio, Santo Domingo y Cartagena, donde se otorgan los llamados "permisos" para comerciantes ambulantes.
En la temporada de verano todas las playas de Chile reciben a cientos de comerciantes ambulantes; el que vende los barquillos, que ofrece las calugas, el del pan amasado, el que vende frutas, en fin, todos esos productos que consume el veraneante mientras está allí. Y de acuerdo con esta disposición legal tal cual fue despachada por la Cámara, no podrían contar con permisos esos comerciantes ambulantes. En cambio, la disposición del Senado les permitiría naturalmente, continuar sus actividades.
Por cierto, que yo no veo donde está el perjuicio que se pueda causar con esta disposición del inciso segundo...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de su primer discurso; puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor ACEVEDO.-
Gracias; termino en seguida; seré muy breve. El hecho de que el Partido Demócrata Cristiano, a través de su Comité, el colega Luis Pareto, ha anunciado que votarán negativamente este inciso segundo del artículo 1º significa que los democratacristianos están en contra de que continúen los comerciantes ambulantes, están en contra de que continúen los comerciantes de las ferias libres...
El señor PARETO.-
¡Está tergiversando las cosas! Le solicito una interrupción, colega.
El señor ACEVEDO.-
De acuerdo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Con la venia del señor Acevedo, puede hacer uso de la palabra el señor Pareto.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, ya es conocida la táctica comunista. Se trata de hacer aparecer a los democratacristianos en contra de las ferias libres. Esto no es efectivo. He sostenido claramente que la disposición incorporada por la Senadora Campusano, del Partido Comunista, no tiene nada que ver con el proyecto del Registro Nacional de Comerciantes que no afecta a las ferias libres en absoluto, las que seguirán funcionando libremente al amparo de los permisos municipales. Y esta actitud me extraña, señor Presidente, porque en las campañas electorales, y en especial, en la última de Regidores, el Senador Corvalán, Secretario General del Partido Comunista, rindió un homenaje público a los comerciantes minoristas establecidos que según él eran perseguidos por el látigo de la injusticia. Pues bien, ahora cuando se trata de dignificar al comerciante establecido, al comerciante que ha luchado por este Registro, entonces, se le niega esta posibilidad.
Yo, con el mismo criterio, podría decir a los Diputados comunistas que están en contra del comercio establecido, que lo quieren perseguir, y no es ésta nuestra intención. Sus Señorías no nos van a hacer aparecer con una actitud y una conducta que estamos conscientes que no son las nuestras. Aquí no se afecta en absoluto a las ferias libres; ellas seguirán actuando en la misma forma de siempre, porque están bajo la tuición de los permisos municipales. Y con respecto al artículo 9º, no cabe la menor duda de que ellos podrán seguir comprando, porque para poder comprar a un mayorista, según la Ley sobre la Renta, el comerciante tiene que estar inscrito en el Rol General de Contribuyentes. En cambio, según lo acaban de afirmar los señores Acevedo y Va-lente, se entiende que no podrán comprar. Por otro lado, el señor Acevedo dice que los comerciantes de ferias libres no llevan contabilidad.
Hay una contradicción manifiesta, porque por un lado se sostiene que no llevan contabilidad y por otra parte, que no podrán comprar en las casas mayoristas. Hay una ley muy antigua, la de la Renta, que establece que para poder comprar en las casas mayoristas las personas deben estar inscritas en el Rol General de Contribuyentes.
Por estas razones, porque estamos conscientes, porque somos responsables y consecuentes de lo que hemos estudiado, de lo que hemos votado y no por defender una indicación de una Senadora comunista que ellos tratan, por todos los medios, de imponer, en desmedro de este proyecto que ha sido concebido para los comerciantes mayoristas y minoristas establecidos de Santiago...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? El señor Acevedo desea recuperar el uso de la palabra.
Puede continuar el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, no he manifestado lo que el colega Pareto dice. Yo he hecho presente que los comerciantes de las ferias libres donde están ubicados, por ejemplo, los productores y los comerciantes pequeñísimos, aquellos que cuentan con un capital insignificante, evidentemente que no llevan contabilidad.
Ahora bien, no pueden decirnos a nosotros que no prestamos nuestra colaboración al comerciante establecido: Si ha habido alguien que se ha preocupado y se ha inquietado por el comerciante establecido, naturalmente que hemos sido nosotros. La iniciativa de previsión para los comerciantes, precisamente, es una moción de los Diputados comunistas. Es el colega Luis Valente el autor del proyecto de ley que tiende a dar previsión a los comerciantes minoristas.
El señor GARAY.-
¡Igual que en Checoslovaquia!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Garay, está haciendo uso de la palabra el señor Acevedo. Le ruego guardar silencio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Llamo al orden al señor Guastavino. No debe hacer uso de esos términos en la Sala.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GARAY.-
No puede expresarse así.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Llamo al orden a Su Señoría, porque no está con el uso de la palabra.
Puede continuar el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Debemos lamentar los exabruptos permanentes del colega Félix Garay durante los debates en esta Honorable Cámara.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Guastavino, no interrumpa a su colega Acevedo!
El señor ACEVEDO.-
Quiero insistir en que nosotros nos hemos preocupado del comerciante establecido, del pequeño comercio.
Este proyecto contará con nuestros votos favorables. En estos instantes sólo estamos reclamando que se extienda lo que se contempla para el comerciante establecido, al comerciante ambulante, al comerciante de las ferias libres.
De modo que no se trata de favorecer a unos en perjuicio de los otros. Evidentemente que no es esa nuestra intención.
Las ferias libres han continuado funcionando y nunca han constituido un peligro para el comerciante establecido. Lo que significa un peligro para el comerciante establecido, según me lo han manifestado, tiene lugar cuando algún camión del CONCI, por ejemplo, se instala al lado de un almacén para hacerle competencia al comerciante dueño de él. Ahora bien, como ese camión de CONCI no paga patente, no lleva contabilidad, no extiende boletas de compraventa, está haciendo una competencia desleal al comerciante establecido.
El pequeño comerciante, el que tiene un almacén, una tienda, una librería, ha reclamado contra estos camiones del CONCI que se instalan al lado afuera de sus negocios; de una librería, por ejemplo, a vender cuadernos.
Si se trata, precisamente, de vender a precios más bajos, no puede hacerse esto en perjuicio del comerciante establecido. En este sentido está equivocado el colega Señor Pareto respecto de nuestras apreciaciones.
El colega Valente me ha pedido una interrupción, señor Presidente.
El señor VALENTE.-
Voy a ser muy breve, porque me parece que es importante aclarar las expresiones...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Perdón, señor Acevedo.
Su Señoría ocupó todo su tiempo y había solicitado la palabra el Diputado señor Stark. De modo que el señor Valente no puede hacer uso de una interrupción concedida por Su Señoría, porque terminó el tiempo de su segundo discurso.
El señor VALENTE.-
Me inscribe, entonces, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se había inscrito para usar de la palabra el señor Stark. A continuación queda inscrito Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Perfectamente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA; don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Stark.
El señor STARK.-
Señor Presidente, estamos discutiendo en tercer trámite un proyecto respecto del cual dejamos establecido ampliamente, en su primer trámite constitucional, cuál era el criterio de nuestro partido frente a la creación de un Registro Nacional de Comerciantes. En ninguna de sus partes, en ninguno de sus artículos, se deja establecido que los comerciantes de vega o ambulantes quedan marginados y se les va a quitar el derecho a poder comerciar. De ninguna manera, señor Presidente.
Lo que se pretende a través del Registro Nacional de Comerciantes es poder, justamente, dignificar la profesión de comerciante, que ha estado a mal traer durante toda la historia del país.
Indudablemente, el más modesto de los hombres y mujeres que se dedican a esta clase de actividades está jugando un papel importantísimo en la sociedad y sería ridículo negarle las posibilidades para que lo pueda hacer cada día en mejor forma. El Registro podrá recibirlo en cualquier momento, para así también entrar a defender sus derechos.
De lo que se trata es del clandestinaje en que muchos, escudándose en la profesión de comerciante, están haciendo pingües utilidades. Hay elementos que, sin contribuir en absoluto; salen a los caminos a explotar a la gente modesta de los campos, solamente con el ánimo de poder sacar un provecho, cosa que se quiere controlar.
De tal manera que no se trata de que algún partido político quiera darse o atribuirse la paternidad de quien defiende más a quien. Se trata de legislar con responsabilidad para que las cosas vayan mejorando. Si bien es cierto que el colega Valente ha presentado un proyecto de previsión, no lo es menos que Diputados de la Democracia Cristiana también lo hemos hecho, pero lo hemos hecho buscando un financiamiento, para que sea realidad esa posibilidad, porque no se trata...
El señor ESCORZA.-
Es una quimera,
El señor STARK.-
No es una quimera.
El señor ESCORZA.-
Me refiero al proyecto del señor Valente.
El señor STARK.-
Lo que nosotros estamos buscando es la forma de legislar en Chile a favor de todos los trabajadores del país.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Está inscrito a continuación el señor Valente.
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, yo quisiera que los señores Pareto y Stark me sacaron de la duda que tengo.
El señor PEREIRA.-
¡Difícil!
El señor VALENTE.-
Difícil por la falta de argumentos que tienen ustedes.
Ellos han señalado que este proyecto no prohíbe la actividad de los comerciantes ambulantes o estacionados en la vía pública; pero me voy a remitir al texto del proyecto.
En primer lugar, el artículo 1º crea el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile y exige a estos comerciantes inscribirse en él.
Evidentemente que aquí se está hablando de comerciantes establecidos y no de comerciantes ambulantes, estacionados ni de ferias libres.
Por otra parte, el artículo 9º establece que "ningún industrial, mayorista, importador o distribuidor, podrá efectuar ventas al por mayor a ninguna persona natural o jurídica que, siendo comerciante, y debiendo inscribirse, no acredite su inscripción en el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos de Chile."
Si se prohíbe a los comerciantes estacionados, a los comerciantes ambulantes y a los comerciantes de ferias libres su inscripción en el Registro Nacional de Comerciantes Establecidos, automáticamente quedan fuera de las disposiciones de la ley y no van a poder comprar mercaderías. De esto se colige que no van a poder ejercer sus actividades.
El señor PARETO.-
Lea más abajo.
El señor VALENTE.-
Por supuesto que más abajo hay un inciso que establece que esta disposición no es aplicable a los comerciantes ambulantes, a los comerciantes de ferias libres ni a los comerciantes de ferias y mercados. Pero el Diputado señor Pareto ha señalado que los parlamentarios de la Democracia Cristiana van a rechazarlo. O sea, primará lo aprobado por la Cámara de Diputados en su primer trámite.
En consecuencia, tenemos plena razón cuando aseguramos que la disposición aprobada por la Cámara de Diputados, y que se pretende mantener con el rechazo de la modificación introducida por el Senado, va a afectar a los comerciantes ambulantes, de ferias y a los estacionados.
Por tanto, se mantiene esta duda y, repito, no hay ninguna disposición en el texto de la ley que permita a estos comerciantes continuar ejerciendo sus actividades.
En cuanto al proyecto de previsión social, creo que es oportuno que el señor Stark conozca la decisión de todos los gremios, de todos los sindicatos de comerciantes establecidos a través del país, que han aprobado por unanimidad el texto de nuestro proyecto.
Aprovecho esta oportunidad para solicitar se envíe un oficio, en nombre de la Honorable Cámara, a Su Excelencia el Presidente de la República, pidiéndole que en la próxima convocatoria extraordinaria incluya el proyecto que otorga previsión a los comerciantes minoristas.
Nada más.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
No, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No hay acuerdo.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, como todos sabemos, este proyecto de ley tiene por objeto dar satisfacción a una sentida aspiración de los comerciantes; y la incorporación de dos incisos nuevos -en el artículo 1º, el inciso segundo, y en el artículo 99, también un inciso segundo- a nuestro juicio, desvirtúa totalmente el espíritu de esta ley. Por eso, nosotros hemos decidido rechazar estos dos artículos e igualmente será éste nuestro pronunciamiento sobre los incisos a que he hecho referencia y con relación al tribunal de apelación propuesto por el Senado; en todas las demás modificaciones, votaremos de acuerdo con los alcances que hizo oportunamente el DiputadoPareto.
Nosotros queremos dar un máximo de celeridad al despacho de este proyecto y en atención a este propósito, propongo que procedamos a votarlo de inmediato.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.
Señores Diputados, se ha hecho presente a la Mesa que existiría acuerdo unánime para aprobar las modificaciones propuestas por el Senado con excepción de aquéllas que inciden en los artículos 20, 21, 23, 25 y 1º transitorio, las que se votarían separadamente. El proyecto ha sido objeto de sesenta modificaciones.
El señor VALENTE.-
¡Que se voten!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se ha hecho presente a la Mesa que habría acuerdo en este sentido.
El señor VALENTE.-
Hubo acuerdo; ahora no lo hay.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Perdón.
El señor VALENTE.-
Hubo acuerdo; ahora cambiamos de opinión.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Cambiaron de opinión. Habrá que entrar a votar una a una las sesenta modificaciones del Senado.
En votación, entonces, la primera modificación del Senado, que consiste en sustituir el artículo 1º.
-Efectuada la votación, en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 7 votos; por la negativa, 25 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En discusión la segunda modificación del Senado, que consiste en remplazar el artículo 3º aprobado por la Cámara de Diputados.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará esta modificación.
El señor VALENTE.-
¡Que se vote!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Su Señoría está apoyando la modificación?
El señor VALENTE.-
Quiero que se respete mi derecho.
El señor PARETO.-
Sólo quiere atrasar el despacho del proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
La Mesa le pregunta, señor Diputado, si Su Señoría está apoyando también la modificación del Senado.
A la Mesa se le ha manifestado la voluntad unánime de apoyarla. ¿Qué sentido tiene esta votación, entonces?
El señor VALENTE.-
De todas maneras, que se vote.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Bien, señor Diputado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación del Senado.
En discusión las modificaciones del artículo 4º. Hay dos modificaciones a este artículo 4º. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votarlas conjuntamente.
El señor ACEVEDO.-
No hay acuerdo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No hay acuerdo.
En discusión la primera modificación del Senado al artículo 4º.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, deseo dejar constancia, para la historia de la ley, de la forma como el Partido Comunista está atrasando, dilatando el despacho de este proyecto; cuando hemos manifestado el deseo de aceptar casi en su totalidad el criterio del Senado, salvo cinco disposiciones que no vamos a aceptar, ellos se oponen a considerarlas en conjunto para despachar con mayor celeridad el proyecto.
Que quede constancia de quiénes favorecen a los comerciantes y quiénes están perjudicándolos.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRA-MA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, los Diputados comunistas no estamos obstruyendo el despacho de este proyecto. Hemos propuesto aprobar todas las modificaciones del Senado en una sola votación; pero los Diputados democratacristianos dijeron que no. Eso sí que significa obstruir el despacho de este proyecto, porque significa también que el proyecto debe volver al Senado en cuarto trámite constitucional. Nosotros estamos haciendo uso de un derecho y todos sabemos que esta iniciativa tiene que despacharse en el día de hoy. Por lo tanto, no estamos haciendo ninguna obstrucción a su despacho.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, nosotros hemos contribuido al asentimiento unánime y hemos pedido, también, que en el Orden del Día, de la presente sesión, se trate y se despache, con preferencia, este proyecto de ley. En consecuencia, llegado el término del Orden del Día, deberá cerrarse el debate y continuaremos votando de todas maneras, lo cual significa que hemos dado facilidades para que el proyecto quede despachado en el d��a de hoy.
El apresuramiento del colega Pareto por despachar en conjunto las modificaciones ha contado con la negativa nuestra; porque, en verdad, no hemos tenido el tiempo suficiente para estudiar el boletín, que sólo ahora estamos conociendo.
En efecto, solamente en la tarde hemos tenido la oportunidad de ver en detalle las nuevas disposiciones que el Senado ha introducido; de suerte, entonces, que tendrán que dejarnos la oportunidad de estudiarlas debidamente.
Nosotros facilitamos el acuerdo para tratarlo y despacharlo y ese acuerdo se mantiene. En consecuencia, no hay ningún temor de que hoy día no sea despachado el proyecto.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría en el tiempo de su segundo discurso.
El señor PARETO.-
Yo creo que aquí en la Cámara nos conocemos todos; las intenciones, señor Presidente, no se pueden ocultar...
El señor ACEVEDO.-
¡No se puede suponer intenciones!
El señor PARETO.-
...y aquí voy a poner a prueba a los Diputados comunistas.
La verdad es que se pretende atrasar el despacho de este proyecto, porque saben los señores Diputados del Partido Comunista que se ha pedido una sesión para las 8 de esta noche a fin de tratar la invasión de la República Popular de Checoslovaquia por las fuerzas militares de Rusia...
El señor GUASTAVINO.-
¡Ahora es popular!
El señor PARETO.-
Yo les pido, en consecuencia, que empalmemos la sesión para que los comunistas criollos puedan asumir, en una sesión pública, su responsabilidad. Solicito el empalme de la presente sesión con la de las 8 de la noche...
El señor GUASTAVINO.-
¡Ahora es popular la República de Checoslovaquia!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señores Diputados!
El señor GUASTAVINO.-
¡Aquí, hay que ver cómo rasgan sus vestiduras los fariseos!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Guastavino!
Señores Diputados, se ha hecho llegar a la Mesa una solicitud que, como lo han escuchado Sus Señorías, consiste en empalmar esta sesión con la de las 8 de la noche.
¿Habría acuerdo para ello?
El señor ACEVEDO.-
No, señor Presidente.
El señor GUASTAVINO.-
No.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Ah!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señores Diputados!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señores Diputados, ruego guardar silencio!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Garay, llamo al orden a Su Señoría!
El señor LAVANDERO.-
¡Imperialistas!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Lavandero, llamo al orden a Su Señoría!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SOTOMAYOR.-
¡Imperialistas!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Sotomayor, llamo al orden a Su Señoría!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Garay, llamo nuevamente al orden a Su Señoría y le recuerdo que cada llamada al orden también tiene una pena pecuniaria.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Acevedo, en su segundo discurso.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, el colega Pareto,...
El señor LAVANDERO.-
¡Imperialistas!
El señor VALENTE.-
Hacemos uso de un derecho.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Valente, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor ACEVEDO.-
...contraviniendo una disposición reglamentaria, nos supone intenciones. Indudablemente que conocemos el Reglamento, y no constituye una novedad' para nosotros lo que el señor Pareto está planteando. Por lo demás, ha sido costumbre en ellos actuar en la forma que nos suponen cuando se trata de sesiones especiales destinadas a fiscalizar las acciones del Gobierno en algunos aspectos de la vida nacional.
Ahora bien, no se puede suponer que seamos tan ingenuos. Ellos disponen de 44 minutos en la Hora de Incidentes, más los 15 minutos del Comité del Partido Democrático Nacional, con los que completan 59 minutos, es decir, prácticamente una hora. ¿Vamos a ser tan ingenuos para creer que no podrían renunciar a este tiempo para que la sesión de la noche no fracase? No. Entonces, no tienen por qué estar suponiendo intenciones de nuestra parte para hacer fracasar una sesión que perfectamente la pueden realizar después de despachar este proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Acevedo, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate.
El señor ACEVEDO.-
Fue el propio Comité del partido de Su Señoría quien se ha referido a asuntos ajenos a la materia en debate, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡No siga los malos ejemplos!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Terminó Su Señoría?
El señor ACEVEDO.-
Sí, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra sobre la tercera modificación del Senado, al artículo 4º.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
La modificación del Senado consiste en colocar entre comillas las denominaciones "Cámara Central de Comercio de Chile" y "Confederación del Comercio Detallista Establecido y de la Pequeña Industria de Chile".
Si le parece a la Sala, se aprobará esta modificación.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En votación la última modificación del Senado al artículo 4º.
-Durante la votación:
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Garay, ruego a Su Señoría guardar silencio!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Valente, llamo al orden a Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Garay, también llamo al orden a Su Señoría.
El señor GARAY.-
¡No me llega ni al talón del zapato...!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Vuelvo a llamar al orden a Su Señoría!
El señor VALENTE.-
¿No hay debate? ¿Se cerró el debate?
El señor ACEVEDO.-
¿Se olvidó del Seguro Obrero?
El señor GARAY.-
Después vamos a celebrar una sesión especial para eso...
El señor ACEVEDO.-
¡Vamos a hacer una sesión especial!
El señor GARAY.-
¡Van a hacer el mayor de los ridículos!
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la modificación del artículo 5º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará esta modificación.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la segunda modificación del artículo 5º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la modificación del Senado, al artículo 6º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En votación la primera modificación del Senado al inciso segundo del artículo 6º.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En votación la segunda modificación al inciso segundo de este artículo 6º y que consiste en suprimir los vocablos "el plazo, su contenido,", como asimismo, la coma que las antecede.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En votación la modificación al inciso tercero del artículo 6º.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En votación la modificación al inciso quinto.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión las modificaciones del Senado al artículo 9º.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, queremos insistir en la necesidad de mantener la modificación del Senado, que agrega un inciso nuevo a este artículo noveno.
Yo quiero hacerles presente a nuestros colegas de la Democracia Cristiana, que son mayoría en esta Corporación y con cuyos votos se rechaza o se aprueba cualquier disposición, que en forma real, en forma efectiva, el hecho de rechazar ese inciso nuevo, significa dejar en el total desamparo a los comerciantes ambulantes, estacionados y de ferias libres.
Creemos, señor Presidente, que no es justo que a un conglomerado tan importante, a un sector de modestos trabajadores, como son este tipo de comerciantes, se les margine del desarrollo de sus actividades, y se les deje, prácticamente en la calle, sin poder trabajar en otra cosa. Tal vez, más del 60% de los comerciantes ambulantes, de ferias libres o estacionados, está constituido por obreros, trabajadores desplazados de las industrias o de sus actividades profesionales por falta de trabajo, por cesantía, por falta de ocupación. Ellos, para poder mantener a sus familiares, han debido dedicarse a este tipo de trabajo; han consolidado esta actividad, y en ella se ganan la vida. De modo que no es justo marginarlos de las posibilidades que tienen de seguir desempeñando sus actividades; ni tampoco es justo que se les prive de la posibilidad de ganarse el sustento diario para mantener a sus familias.
Queremos insistir en que esta disposición introducida por el Senado es absolutamente justa, y el hecho de que se rechace, significaría simplemente dejar sin trabajo, en la total desocupación, en la cesantía, a un prupo de trabajadores que están estacionados desde Arica hasta Punta Arenas.
Reitero nuestra petición para que los Diputados de Gobierno aprueben este inciso y mantengan esta disposición.
Nada más.
El señor GODOY URRUTIA.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra le señor Godoy Urrutia.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, estuve leyendo con cierta regularidad las opiniones de la Cámara de Comercio, de las instituciones del comercio minorista, en torno del despacho de esta iniciativa que crea el Registro Nacional de los Comerciantes, y más de una vez observé que se vertían opiniones en el sentido de que la aprobación de este proyecto iba a significar la disminución del número de comerciantes y, por consiguiente, las mayores posibilidades de extensión, de expansión, del comercio establecido. Aún más, en algunas reuniones de dirigentes o de asambleístas, se dijo que este proyecto iba a permitir "limpiar", así, "limpiar" las filas del pequeño comerciante, porque a quien tuviera algún antecedente de carácter policial no se le iba a considerar comerciante registrado, sin lo cual naturalmente no podría ejercer esta actividad.
Yo pensé, señor Presidente,...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Me permite, señor Godoy? Ha terminado el tiempo destinado al Orden del Día. De consiguiente, queda cerrado el debate.
El señor GODOY URRUTIA.-
Muy bien. Quedo con la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Hay que entrar a votar de inmediato el proyecto, señor Diputado.
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para conceder algunos minutos más al señor Godoy.
No hay acuerdo.
En votación las modificaciones introducidas por el Senado al artículo 9º del proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 7 votos; por la negativa, 26 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Rechazadas las modificaciones del Senado.
El señor VALENTE.-
¡Qué vergüenza, Presidente!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En votación la modificación al artículo 12.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario).-
No hay quórum de votación. Han votado solamente 24 señores Diputados.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se va a repetir la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
-Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En votación las modificaciones del Senado al artículo 13 del proyecto.
Si le parece a la Sala, se darán por aprobadas.
El señor VALENTE.-
Que se vote.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario).-
No hay quórum de votación. Han votado solamente veinticinco señores Diputados.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Aprobadas las modificaciones al artículo 13.
El señor VALENTE.-
A la letra b).
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No se había pedido división de la votación, señor Diputado.
En votación las modificaciones al artículo 14.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario).-
No hay quórum de votación. No ha votado ningún señor Diputado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se va a repetir la votación.
La Mesa pone en votación las modificaciones al artículo 14.
-Repetida la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario).-
Se ha vuelto a producir la ineficacia de la votación por falta de quórum.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se va a repetir la votación por el sistema de pie y sentados.
-Repetida la votación por el sistema de pie y sentados, no hubo quórum.
El señor KAEMPFE (Secretario).-
Se ha vuelto a producir la ineficacia de la votación por falta de quórum. Han votado solamente 9 señores Diputados.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se va a llamar a los señores Diputados hasta por dos minutos, en conformidad con lo dispuesto en el Reglamento.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Rodríguez! ¡Señor Pareto!
El señor PARETO.-
A la noche los quiero ver.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Garay! ¡Señor Godoy!, ruego a Sus Señorías guardar silencio!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Castilla! ¡Señor Pareto! ¡Señor Godoy!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Garay, ruego a Su Señoría colaborar con la Mesa en el mantenimiento del orden y del decoro que corresponden a esta Sala!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Pareto! Señor Rodríguez, don Juan
-Después de transcurridos los dos minutos:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Habiendo transcurrido los dos minutos que el Reglamento indica...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Rodríguez, llamo al orden a Su Señoría.
¡Señor Castilla, llamo al orden a Su Señoría! ¡Señor Pareto!
Habiendo transcurrido los dos minutos reglamentarios, corresponde aplicar el inciso tercero del artículo 167, que dice que "se tomará la votación en forma nominativa, y si resulta nuevamente ineficaz por falta de quórum, se levantará la sesión".
El señor Secretario tomará la votación correspondiente.
El señor KAEMPFE (Secretario).-
Se votan las modificaciones del Senado al artículo 14.
-Durante la votación:
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Valente, ruego a Su Señoría guardar silencio para poder efectuar la votación.
-Efectuada la votación en forma nominativa, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 35 abstenciones.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No habiéndose reunido el quórum reglamentario se levanta la sesión, de acuerdo con el artículo 167.
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