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"Honorable Cámara:
El artículo 245 de la ley Nº 16.840 estableció la obligación fiscal de entregar a la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar el uno por mil de la contribución a los bienes raíces, con el objeto de que este rendimiento lo destine a diversas obras de mejoramiento y ampliación de sus servicios en ambas ciudades.
Este aporte que debió ser del dos por mil según la ley general de contribución territorial, es sin perjuicio de lo que actualmente cobra esta Empresa y que asciende al tres mil de las propiedades que tienen colector. Esta anómala situación se ha producido de hecho y sólo una legislación especial podrá venir a solucionar esta doble tribución que en forma discriminatoria afecta a los contribuyentes de Valparaíso y Viña del Mar.
Intertanto, la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, ha comenzado a percibir esta nueva tributación que le permitirá programar nuevas obras, en cumplimiento del claro mandato legal.
Creemos que uno de los problemas más graves que sufre en estos instantes la ciudad de Viña del Mar y que afecta gravemente su aspecto sanitario es el de las aguas del estero Marga Marga, que escurren en un largo trayecto desde Quilpué y ciudades vecinas arrastrando materias en descomposición, con lo que crean una aguda y crítica situación, que no ha tenido solución por falta de medios suficientes para abordarla en su integridad.
Si bien es cierto que la empresa referida no tiene jurisdicción en la ciudad de Quilpué, como la solución del problema para Viña del Mar, incide fundamentalmente, en el que pueda darse al tratamiento de las aguas servidas de aquella comuna, es obvio que sin forzar el sentido de la ley que le dio origen ni la que destinó estos nuevos recursos, podría autorizarse a esta empresa para invertir dineros en la solución integral del problema que afecta a Viña del Mar; y de cuya gravedad hay pública constancia.
Ahora bien, esta contribución al establecimiento de una planta de tratamiento de aguas servidas, en la ciudad de Quilpué, pues la actual es totalmente insuficiente, en nada afecta a la extensión de nuevas matrices de desagües en los barrios altos de la ciudad de Viña del Mar, desde que, de conformidad con la ley denominada de Saneamiento de los barrios altos de Valparaíso y Viña del Mar, y de la cual es autor el Diputado que suscribe de este proyecto de ley, existen fondos disponibles a través de un empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por la suma de cinco millones de dólares, los que tendrán que ser invertidos necesariamente por medio de un plan general, completo y técnicamente concebido, que entiendo se está abordando en profundidad.
Este proyecto tiene, por tanto, la ventaja indiscutible de dar solución a un grave problema para la ciudad de Quilpué y, al mismo tiempo, terminar definitivamente con la afrenta que significa para Viña del Mar continuar con un estero, en su pleno centro, donde desaguan prácticamente las aguas servidas de esa otra comuna.
El proyecto que someto a la consideración de la Honorable Cámara tiende a autorizar a la empresa referida para que pueda invertir todo o parte de la contribución adicional que se le ha entregado por mandato del artículo 245 de la ley Nº 16.840, y hasta 75% del costo de la planta de Tratamiento de aguas servidas en Quilpué, y, para ello, facultarle para contratar un empréstito en entidades nacionales o extranjeras, para celebrar contratos de sociedades con organismos públicos o privados y para poder entregar concesiones sobre los nuevos servicios que instale.
No sería de justicia que todo el costo de instalación de esta nueva planta sea de cargo estrictamente local; por ello, al menos, un 25% de ese costo debe ser solventado por el Gobierno.
Asimismo, el porcentaje sobre el cual debe calcularse el aporte sólo cabe referirlo al rendimiento del tributo en Viña del Mar, dejando totalmente al margen de esta contribución al porcentaje correspondiente a la ciudad de Valparaíso.
En mérito de lo expuesto, someto a la consideración del Honorable Congreso Nacional, el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1° Autorízase a la Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar para destinar parte de los recursos que está percibiendo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 245 de la ley Nº 16.840, en la instalación y establecimiento de una planta de Tratamiento de aguas servidas en la ciudad de Quilpué. Los recursos que podrá destinar a este fin, serán del porcentaje que corresponde percibir por la ciudad de Viña del Mar.
Artículo 2º La planta referida deberá ser financiada en un 75% con recursos provenientes en la forma referida en el artículo anterior, y en un 25% con cargo fiscal.
Artículo 3º Facúltase a la empresa referida para que pueda contratar un empréstito en instituciones bancarias nacionales o extranjeras con la finalidad antes referida, para suscribir los convenios necesarios y fijar condiciones que dichos organismos exijan; debiendo destinar en este caso, al servicio del empréstito los dineros señalados en el artículo 1º.
Artículo 4° Facúltase a la referida empresa para que pueda celebrar contratos de sociedad con organismos públicos y privados, a fin de abordar la obra señalada en esta ley y para que pueda entregar en concesión los servicios de desagües, de conformidad con las normas que se fijen en reglamento especial que deberá dictar el Presidente de la República.
(Fdo.) : Gustavo horca Rojas."
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