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- rdf:value = " El señor AHUMADA.-
Señor Presidente, se ha planteado un conflicto entre los empleados de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y las autoridades directivas de la misma.
Este conflicto perjudica fundamentalmente el desarrollo de las actividades de esa caja y provoca una situación de angustia entre los beneficiarios de pensiones, sueldos y montepíos.
Por eso, es de toda urgencia buscar una solución que satisfaga las justas aspiraciones de los empleados y termine con el "lock-out" que, en la práctica, las autoridades directivas y Carabineros han efectuado contra los funcionarios de ese instituto previsional.
Tengo a la mano un oficio que con esta fecha ha dirigido la Asociación de Empleados de la Caja mencionada a la Contraloría General de la República. Es una de las comunicaciones que esa Asociación ha estado enviándole.
Expresa este oficio que "viene en poner en conocimiento de Ud. que nuevamente, a las 10 horas del día de hoy, el Vicepresidente Ejecutivo de dicha institución, señor Raúl Herrera Valdés, con fuerzas de Carabineros, impidió al personal ingresar al recinto de la Caja a desempeñar sus funciones habituales, sin que mediara excusa de parte de dichas autoridades.
"Al considerar que esta arbitraria medida significa alterar las disposiciones del Estatuto Administrativo, como las otras de carácter reglamentario y legal, venimos en poner en conocimiento de Ud. que este hecho insólito ocurre por primera vez en los servicios públicos y semifiscales.
"Aparte de la denuncia que contiene el presente oficio, es nuestro deseo que el organismo contralor que Ud. tan dignamente dirige, tome debida nota de estos hechos si se pretende hacer descuentos por días no trabajados del personal o tomar medidas de otra índole en contra de nuestros representados, ajenas por entero a su voluntad.
"Finalmente, la presente nota reitera nuestras anteriores de fechas 23 y 26 del presente, por las cuales hemos comunicado a Ud. que se nos impide entrar a trabajar a la Caja desde el viernes 23 de junio en curso".
Firman esta nota, dirigida, como he dicho, al Contralor General de la República, el presidente de la Asociación de Empleados de dichaCaja, don Luis Lillo Peña; el secretario general, don Armando Fontaine Gómez, y los directores señores Vicente Paillalef, Octavio Tejías Silva, Carlos Arroyo Hodges y Héctor Ponce Ríos.
Como es del dominio público, este conflicto se ha debido a las distintas interpretaciones que la Fiscalía de la Caja y la Contraloría sustentan acerca de los sueldos y remuneraciones percibidos por el personal.
La Fiscalía, en dos dictámenes, determinó que los sueldos debían pagarse considerando que la palabra "remuneración" que señala el número 3º del artículo 5º de la ley 16.617 tiene el sentido que para dicha palabra define expresamente la letra e) del artículo 2º del D.F.L. Nº 338, que dispone: "Remuneración es el término por el que se designa a cualquier estipendio que el empleado o funcionario tenga derecho a percibir en razón de su empleo o función, como, por ejemplo, el sueldo, la asignación familiar, la asignación de zona, la dieta por asistencia a consejos y otras".
Lo dicho demuestra que la posición de los empleados de la Caja es justa, porque están reclamando el cumplimiento de la ley de reajustes, con el respaldo interpretativo dado por su propia Fiscalía y por la interpretación que recientemente sentaron varios señores Diputados, en un debate habido en la Cámara Baja.
De consiguiente, el dictamen de la Contraloría que pretende restringir el alcance de la palabra "remuneración" al sentido que a dicha palabra dio la ley Nº 16.396, no conforma a los interesados, más aún, cuando la referida ley fue de efectos transitorios, porque su vigencia terminó el 31 de diciembre de 1966 y la ley de reajustes, número 16.617, fue publicada en el Diario Oficial en enero del año en curso.
En virtud de la claridad de la ley cuestionada, número 16.617, pido oficiar en nombre del Comité de mi partido a la Contraloría General de la República, a fin de que vuelva a estudiar la materia con los nuevos antecedentes producidos y se llegue a una solución del conflicto existente entre las autoridades de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas y sus funcionarios, que tan perniciosos efectos tiene para el pago de los beneficios previsionales, así como el normal desenvolvimiento de las labores del personal, al cual el señor Vicepresidente impide entrar al recinto de la Caja y, por lo tanto, se halla impedido de desempeñar sus funciones.
Al mismo tiempo, ruego al señor Presidente que también se oficie, en nombre de mi Comité, a los señores Ministros de Salud Pública y del Trabajo y Previsión Social.
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