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- rdf:value = " INCORPORACION DE HORAS EXTRAORDINARIAS AL SUELDO DE OBREROS MUNICIPALES. VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde ocuparse en el informe de la Comisión de Gobierno recaído en las observaciones del Presidente de la República, en segundo trámite, al proyecto de ley que declara que en la aplicación de la ley Nº 16.386, se considerarán como remuneraciones de los obreros municipales los pagos correspondientes a horas extraordinarias.
La Comisión deja constancia de su más enérgica- protesta por el procedimiento empleado por el Ejecutivo, de incluir por la vía del veto materias extrañas a la idea central de la iniciativa, y recomienda aprobar las observaciones en los mismos términos en que lo hizo la Cámara- de Diputados.
-Las observaciones figuran en los Anexos de la sesión 11ª, en 22 de junio de 1967, documento Nº 1, y el informe, en los de la sesión 18", en 11 de julio de 1967, documento Nº 12.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor CONTRERAS (don Víctor). -
A nosotros no nos queda sino aprobar el veto del Ejecutivo en lo que se relaciona con el pago de horas extraordinarias a los mecánicos de la Municipalidad de Santiago. Debo, sí, decir, para conocimiento de los señores Senadores, que la calidad de empleados particulares de los obreros torneros, matriceros y fresadores de la Municipalidad de Santiago quedó consagrada en las leyes 15.467, 15.944 y 16.386, cada una de las cuales consideró la situación de estos trabajadores; pero a pesar de ser estos preceptos suficientemente claros, el Municipio de la capital no incorporó dicho personal a la planta de sus empleados. A mayor abundamiento, se dictó la ley 16.386, aclaratoria de las anteriores, la cual prescribió que para los efectos del pago de remuneraciones a los mecánicos debía considerarse, no sólo el sueldo o jornal mínimo, sino, también, el pago de todos los emolumentos que éstos recibían; es decir, incluidas las horas extraordinarias.
Pues bien, no obstante que para hacerse oír por la Municipalidad de Santiago este personal se vio en la necesidad de conseguir una disposición legal especial aclaratoria, como lo fue la ley citada, han transcurrido a la fecha cerca de dos años, y recién la Sala puede hacer realidad estas aspiraciones arbitrariamente postergadas de ese grupo de trabajadores.
En efecto, en virtud del veto se reconoce la obligación de 'a Municipalidad de Santiago de dar cumplimiento a, lo ya legis-lado en esta materia, a contar de la fecha de promulgación de esta ley.
Debo también, señor Presidente, hacer presente que con ocasión del veto a este proyecto, el Ejecutivo, abusando de sus atribuciones, incluyó en él diversas materias completamente ajenas a la iniciativa en debate: concede exenciones para la internación de materiales destinados a la Municipalidad de Santiago, a la Empresa Portuaria de Chile y al Servicio Nacional de Salud, al mismo tiempo que legisla sobre bonificación para los obreros agrícolas. Estimo que cada una de estas materias merecía ser considerada en iniciativas diferentes, a fin de que hubiera habido oportunidad de debatirlas ampliamente, de acuerdo con el procedimiento constitucional, para no obligarnos a rechazarlas a fardo cerrado.
Termino reiterando nuestra protesta por el procedimiento puesto en práctica por el Ejecutivo y haciendo presente que sólo con el propósito de no perjudicar a los obreros de la Municipalidad de Santiago, a los cuales se refiere esta iniciativa, para que haya ley que permita a ese gremio disfrutar de los beneficios que se le concedieron, votaremos favorablemente el veto.
El señor LUENGO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
Con relación al veto del Ejecutivo que tiene por finalidad solucionar la situación producida a algunos empleados municipales que por razones especiales adquirieron esta calidad después de ser obreros, y que no habían sido incorporados a la planta respectiva, di mi voto favorable en la Comisión, a fin de solucionar en definitiva el problema considerado en el proyecto primitivo, objeto de las observaciones que ahora tratamos.
Quiero, sí, dejar constancia en la Sala, así como lo hicimos en el informe de la Comisión, de 3a actitud a nuestro juicio abusiva del Ejecutivo, que ha aprovechado el mecanismo constitucional del veto para introducir en el proyecto una serie de disposiciones que nada tienen que ver con la idea central de la iniciativa. Me refiero principalmente a lo ya mencionado por el
Honorable señor Contreras Tapia respecto de la liberación de derechos de internación y de almacenaje que se concede para cien tolvas para los vehículos de aseo de la Municipalidad de Santiago.
Estamos conscientes de que en Santiago es indispensable contar con un buen equipo de aseo. La Municipalidad importó cien chasis, y aunque de acuerdo con disposiciones legales vigentes estas adquisiciones no requieren de autorización especial, puesto que se las autoriza previo certificado expedido por la Corporación de Fomento de que se trata de equipo no fabricado en el país, con cuyo mérito el Ministerio de Hacienda dicta el respectivo decreto liberando de todo derecho la internación, en la importación de que se trata la Municipalidad de Santiago incluyó tolvas, las cuales, por ser fabricadas en Chile, no quedan acogidas a la referida franquicia. De esta manera, ha presentado el problema como un hecho consumado, y el Ejecutivo propone ahora extender la exención tributaria a esta importación de tolvas que normalmente deberían quedar afectas al pago de derechos de internación como cualquiera otra mercadería, y pretende conceder a la Municipalidad de la capital una franquicia de que no gozan otras Municipalidades.
El Ejecutivo no mide con una misma vara las necesidades de los municipios, salvo cuando ellos están regidos por mayorías democratacristianas, como sucede en el de Santiago.
Recuerdo que, hace algunos años, la Municipalidad de San Miguel y otras de la periferia de la capital solicitaron al respectivo Ministerio autorización para determinadas maquinarias. Costó un triunfo conseguirla, y, por último, no se dio por las cantidades requeridas. En consecuencia, debieron importar chasis y fabricar las tolvas en Chile, dando posibilidades a la industria nacional.
En el caso que nos ocupa no ha sucedido lo mismo. El Ejecutivo, por lo contrario, formuló observaciones tendientes a liberar definitivamente de derechos la internación de tolvas.
El señor FUENTEALBA.-
En la Municipalidad de Santiago no hay mayoría democratacristiana, señor Senador.
El señor LUENGO.-
Pero buen número de regidores, incluso el señor Alcalde, milita en la Democracia. Cristiana.
El señor FONCEA.-
¿Y para qué aprobaron el veto en la Comisión?
El señor AGUIRRE DOOLAN,-¿Por qué lo hicieron, señor Senador?
El señor LUENGO -
Tal como se expresa en el informe, lo aprobamos, en primer lugar, porque la Cámara de Diputados ya lo había acogido; y en segundo lugar, porque reconocemos la conveniencia de algunas observaciones, pese a que no dicen relación directa a la idea central del proyecto.
Respecto de una observación tendiente a solucionar problemas creados en el Servicio Nacional de Salud, a pesar de que el asunto no se discutió a fondo, consideramos la posibilidad de haberla declarado improcedente.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Nada dice el informe sobre el particular.
El señor LUENGO.-
Lo expresa, Honorable colega.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
¿En qué parte? Tenga la bondad de leerlo, señor Senador.
El señor LUENGO.-
Insisto en que lo dice. Deploro tener que leer parte del informe, que debería ser de nuestro conocimiento.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Si ello ocasiona molestias al señor Senador. .
El señor LUENGO.-
No es molestia, Honorable colega. Pero no quisiera qu-e la Corporación escuchara algo ya expresado en el informe.
En la primera parte, dice: "Vuestra Comisión, con la abstención del señor Gumucio, acordó dejar expresa constancia en este informe de su más enérgica protesta por el procedimiento empleado por el Ejecutivo en este caso, con atropello de las normas más elementales en la tramitación de una ley. Ccn abuso de su facultad de hacer observaciones a una disposición simple aprobada por el Congreso Nacional, el Ejecutivo ha iniciado en esta oportunidad, negándole al Parlamento la posibilidad común a todas las leyes, de considerarlas en diversos trámites y de modificarlas según estime conveniente, una serie de disposiciones que ninguna relación tienen con la materia original y que debieron tramitarse como leyes separadas. No excusa la urgencia de su despacho el quebrantamiento de los principios atropellados, pues para ello existen instituciones constitucionales y prácticas parlamentarias que sirven para apresurar el despacho de un proyecto.
"Vuestra Comisión, aun cuando consideró declarar la improcedencia de las disposiciones a que nos referimos, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 112 del Reglamento, aceptó debatirlas por sólo el hecho de que la Honorable Cámara de Diputados las había ya aprobado".
Por lo tanto, en el informe de la Comisión de Gobierno queda expresa constancia de nuestra protesta.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Muchas gracias, señor Senador.
El señor LUENGO.-
En definitiva, aceptamos el veto en todas sus partes, porque -repito- tiende a solucionar graves y urgentes problemas, como el de un sector de empleados del Servicio Nacional de Salud que no ha recibido las bonificaciones acordadas en la última ley de reajustes.
También se pondrá término al problema creado a determinado personal de la Educación, el cual, debido a la complejidad de los servicios, quedó marginado de los beneficios consignados en la citada legislación. También aprobamos dos o tres observaciones destinadas a solucionar parecidos problemas que afectan a funcionarios de la Educación.
Por eso, deseo dejar constancia en la Sala de nuestra protesta por la actitud del Ejecutivo. Creemos que éste, al igual que el Congreso, tiene la obligación de respetar las normas constitucionales y legales vigentes con relación a lo dispuesto en las iniciativas de ley. Es inadmisible que continuemos aceptando que, en proyectos sobre determinada materia., se introduzcan disposiciones que, en estas condiciones, niegan al Parlamento la posibilidad de considerarlas en los distintos trámites.
Por las razones expuestas y por las consignadas en el informe, de las que participo, votaré favorablemente las observaciones del Ejecutivo.
El señor REYES.-
Señor Presidente, los Senadores democratacristianos también votaremos a favor del veto.
Pero deseo dejar constancia de que compartimos lo manifestado por Sus Señorías en el sentido de que, mediante observaciones, el Ejecutivo incorpore materias extrañas al contenido esencial de los proyectos originales. Ello nos preocupa.
Estimo que, como norma legislativa, es preferible evitar la inclusión, mediante vetos, de asuntos ajenos a un contexto tendiente a resolver determinado problema.
Comprendo que la urgencia de algunas de estas iniciativas y la justicia al mismo tiempo revisten hayan hecho incorporarlas en determinado proyecto, con el objeto de acelerar su despacho. Pero, a mi juicio, habría sido preferible buscar una solución mediante otra vía.
Quisiera, sí, que el Congreso, en general, tuviera igual celo para proceder respecto de materias análogas, a fin de que en aquellos proyectos que tienen una idea original básica, medular, no se incluyan iniciativas parlamentarias que los desfiguren o incrementen su finalidad más allá de la perseguida.
En consecuencia, estimo conveniente aplicar este mismo criterio -insisto en que lo compartimos- cuando se trate de iniciativas presentadas por cualquier sector.
-Se aprueba el informe de la Comisión.
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