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El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, figura en la tabla el proyecto de la Cámara de Diputados que exime del pago de contribuciones e impuestos a determinados inmuebles pertenecientes al Vicariato Apostólico de Aisén.
El proyecto figura en los Anexos de la sesión 17ª, en 17 de mayo de 1967, documento Nº 1, y el informe, en los de la sesión 12ª, en 27 de julio de 1967, documento Nº 13.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Altamirano (presidente), Gumucio Bossay y Von Mühlenbrock, recomienda aprobar el proyecto con las enmiendas que indica.
El Honorable señor Aguirre Doolan ha formulado indicaciones para agregar los siguientes artículos nuevos:
"Artículo...- Libérase a la Asociación Cristiana de Jóvenes del pago de toda clase de impuestos, tasa, contribución o derecho fiscal, aduanero, de internación, de importación, municipal y de cualquier otra naturaleza que afecten o puedan afectar los presupuestos o contratos de edificación o cualquier acto jurídico que celebre y que diga relación con la construcción, habilitación y alhajamiento de los inmuebles que le servirán de sede social en las ciudades de Antofagasta, Valparaíso y Concepción.
"Igualmente se exime a la Asociación Cristiana de Jóvenes, del trámite de insinuación para las donaciones que se hagan para todos los fines ya señalados y liberación de todo impuesto a las mismas, como a las asignaciones por causa de muerte que se difieran con tales objetivos, pudiendo los donantes rebajar de las rentas imponibles que los afectaren de categorías, global complementario y adicional de la ley sobre impuesto a la renta. Además, se eximirá del impuesto de transferencia para el contrato en virtud del cual se adquieren los bienes raíces en los cuales dichas sedes se construirán."
"Artículo...Exímese del pago de contribuciones a los bienes raíces, de los impuestos fiscales y municipales, a los inmuebles de propiedad de las siguientes instituciones destinadas a obras sociales y educacionales:
"1º.- Sociedad de Socorros Mutuos "Nueva Estrella del Mar", de Talcahuano.
"2º.- Sociedades inmobiliarias de partidos políticos reconocidos por la Dirección de Registro Electoral."
El Honorable señor Bulnes Sanfuentes ha formulado indicación para reponer los artículos 1° y 2º del proyecto de la Cámara.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
En discusión general.
Ofrezco la. palabra.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Deseo referirme tanto al proyecto original como al informe recaído sobre él, que me pareció correcto.
Siento mucho tocar este tema, pero no puedo dejar de hacerlo, por una satisfacción de conciencia. Son varios los proyectos despachados últimamente sobre exenciones tributarias para, determinados organismos religiosos, por lo que el Estado chileno se hace cada vez más clerical. Pienso que ello no honra la conciencia liberal de la República.
El proyecto primitivo concedía una exención completa a favor del Vicariato Apostólico de Aisén. En el ejercicio de su ministerio, la referida entidad desarrolla, sin duda, una benéfica labor, que, ojalá, continúe desplegando. Sin embargo, considero que debe ponerse término al otorgamiento de esta clase de liberalidades, pues, en la práctica, ello implica atropello a nuestros principios jurídicos y a nuestra propia Constitución.
La Carta Fundamental preceptúa, entre las garantías constitucionales, que "las iglesias, las confesiones e instituciones religiosas de cualquier culto, tendrán los derechos que otorgan y reconocen, con respecto a los bienes, las leyes actualmente en vigor; pero quedarán sometidas, dentro de las garantías de esta Constitución, al derecho común para, el ejercicio del dominio de sus bienes futuros".
En seguida, agrega: "Los templos y sus dependencias, destinados al servicio de un culto, estarán exentos de contribuciones", y nada más. Por ende, las leyes tendientes a otorgar liberaciones de impuestos más allá de lo indicado, como las que eximen de contribuciones a las propiedades pertenecientes a. instituciones religiosas, son inconstitucionales. De allí que estime correcto lo propuesto por la Comisión. No me pronuncio sobre las indicaciones formuladas. Pero la tesis enunciada debo conservarla, en especial por las precarias condiciones, de todos conocidas, en que se desenvuelve la economía del país.
-Se aprueba en general el proyecto y pasa a Comisión para segundo informe.
"
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