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- rdf:value = " SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde seguir discutiendo el segundo informe de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Salud Pública, unidas, recaído en el proyecto de ley sobre enfermedades profesionales y accidentes del trabajo.
El proyecto figura en los Anexos de la sesión 33ª, en 26 de julio de 1966, documento Nº 3, página 2161; y los informes, en los de las sesiones 19ª, en 19 de mayo de 1967, documento Nº 3, y 22ª, en 19 de julio de 1967, documento Nº 10.
El señor ALLENDE (Presidente).-
El debate quedó pendiente en la enmienda introducida por las Comisiones al artículo 5º del proyecto, consistente en intercalar en su inciso primero, entre comas, después de las palabras "retirarse de él", las siguientes: "en forma directa".
Ofrezco la palabra.
El señor FONCEA.-
- La indicación respectiva fue formulada por el Honorable señor Curti, y las Comisiones la aprobaron con los votos del Honorable señor Allende, del autor de la indicación y del Senador que habla.
Su finalidad es dar mayor seriedad a esta disposición, que, por primera vez en el sistema de seguridad social chileno, persigue cubrir también los accidentes del trayecto, es decir, los que se producen cuando una persona se dirige al trabajo o se retira de él. Para el efecto, se propone agregar la frase "en forma directa", porque, naturalmente, si el asalariado en lugar de retirarse a su casa se expone a algún riesgo o accidente, no podría quedar resguardado por este beneficio. Se trata, en definitiva, de un precepto que los tribunales interpretarán en cada caso.
Por estas razones, aprobaremos este artículo en la forma como lo despacharon las Comisiones informantes.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
(Durante la votación).
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Dejo constancia de que la proposición del Honorable señor Curti para agregar las palabras "en forma directa", y aprobada con el solo voto contrario del Senador que habla, envuelve un contrabando que desvirtúa el sentido de la disposición y restringe su alcance.
Probablemente, uno de los aspectos en que se ha insistido más en el proceso de extensión del concepto de accidente del trabajo es el referente a la inclusión de los accidentes que sobrevengan entre el lugar de trabajo y el domicilio del asalariado.
La Oficina Internacional del Trabajo, en el apartado número 1 del párrafo 16 de la Recomendación sobre Seguridad de los Medios de Vida, de 1944 (número 67), dice: "Los daños causados por el trabajo deberían incluir los accidentes ocurridos cuando se va al trabajo o se regresa del mismo". Nada dice de la relación directa que pretende exigirse aquí. Incluso, la tendencia más moderna lleva a ampliar la extensión del concepto de accidente del trabajo a una serie de actividades relacionadas con el interés público.
Por ejemplo, en Polonia, desde 1954, se consideran dentro de los accidentes del trabajo los ocurridos en "las funciones y actividades confiadas por las organizaciones políticas, los sindicatos y otras instituciones de beneficencia, las actividades benéficas organizadas o las labores ordenadas por los organismos gubernamentales para prestar una ayuda a las actividades de la siembra o de trabajos para salvar las cosechas". Del mismo modo, se consigna "la protección de las víctimas de una agresión o que contribuyan a la captura de personas sospechosas de violar la ley".
También en la U.R.S.S. existe un criterio parecido: se extiende la definición de accidentes del trabajo a "los daños sufridos en relación con el cumplimiento de funciones especiales de las organizaciones del Soviet, del Partido o de los sindicatos, incluso en caso de que estas funciones y obligaciones no estén relacionadas en absoluto con el establecimiento u organización en que se encuentre ocupada la persona interesada; los daños sufridos en el cumplimiento de la obligación del ciudadano de proteger la ley y el orden socialista. . . las actividades para proteger la propiedad socialista".
Se ve claro, entonces, que la tendencia es ampliar el concepto.
Aquí se pretende restringir lo aprobado por la Cámara y ratificado por el Senado en el primer informe.
Por tales razones, los Senadores comunistas votaremos negativamente el precepto aprobado por las Comisiones.
Voto que no.
-Se aprueba la modificación (10 votos contra 6 y 3 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, las Comisiones proponen sustituir el inciso primero del artículo 8º por el que indican.
Esta enmienda fue aprobada por mayoría de votos.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¿Está aprobado por unanimidad el artículo 7?
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Sí, señor Senador.
El señor FONCEA.-
- ¿Qué significa eso? Tengo entendido que, en virtud del (acuerdo adoptado, se pueden formular reparos a las disposiciones aprobadas por unanimidad en las Comisiones, cuando lo solicite un señor Senador.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
En conformidad a ese acuerdo, las modificaciones aprobadas unánimemente en las Comisiones se entienden acogidas por la Sala, a menos que un señor Senador solicite discutir alguna de ellas.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Advierto a Sus Señorías que el artículo 7º no fue objeto de modificaciones.
El señor LUENGO (Vicepresidente).
Ofrezco la palabra sobre la sustitución del inciso primero del artículo 8º propuesto por las Comisiones.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¿Se aprobó el artículo 7º, señor Presidente?
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
En las Comisiones hubo oposición respecto del artículo 7º.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
No, señor Senador.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Sí, señor Presidente. Dice el informe: "Las Comisiones, con los votos de los Honorables Senadores señores Allende, Curti y Foncea y la oposición del Honorable Senador Contreras Tapia. . .".
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En las Comisiones se presentó una indicación al artículo 7º, pero fue rechazada. Esa indicación no se renovó. En consecuencia, se considera aprobado el artículo.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Muchas gracias.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra sobre la sustitución del inciso primero del artículo 8º.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¿Se formuló indicación al artículo 8º?
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
No hay indicación renovada, señor Senador.
El señor CHADWICK.-
- ¿Cuál es la diferencia entre el artículo 8º del primer informe y el del segundo?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El inciso primero del artículo 8° del primer informe dice: "El seguro será administrado por el Servicio de Seguro Social y por el Servicio Nacional de Salud en lo que respecta a prevención de riesgos, otorgamiento de prestaciones médicas, rehabilitación y reeducación de inválidos, otorgamiento de subsidio por incapacidad temporal y calificación de las incapacidades, sin perjuicio de la excepción que establece el artículo siguiente".
Ese inciso fue sustituido por el que aparece en el segundo informe.
El señor FONCEA.-
- El inciso consignado en el segundo informe corresponde a una indicación formulada por el Senador que habla, y sólo tiende a aclarar el precepto, porque de la disposición aprobada en el primer informe se desprendía que era únicamente el Servicio de Seguro Social el que administraba el seguro. Ello es inexacto, pues de los preceptos siguientes se deduce que son los institutos previsionales con relación a sus respectivos afiliados. De manera que la Caja de Empleados Particulares, la Caja de Empleados Públicos y Periodistas y las demás instituciones de previsión también administran el seguro.
Por ese motivo formulé indicación sobre el particular.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
En las Comisiones voté en contra de la indicación en debate, porque, a nuestro juicio, la administración del seguro de accidentes del trabajo, de acuerdo con el espíritu de este proyecto de ley, corresponde al Servicio de Seguro Social y no a cada una de las instituciones mencionadas por el Honorable señor Foncea.
En consecuencia, los Senadores comunistas votaremos por el primer informe.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra..
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
(Durante la votación).
El señor FONCEA.-
No entiendo por qué hay oposición sobre el particular, en circunstancias de que en las Comisiones quedó establecido que sólo se trataba de una enmienda de redacción, aclaratoria, a fin de que las demás disposiciones guardaran relación con el artículo 8º.
La razón dada en las Comisiones por el Honorable señor Contreras Tapia fue muy diferente de la expuesta ahora: el señor Senador creía que también estaban comprendidas las mutualidades. Pero se aclaró que no se refería a las mutualidades, sino a las demás cajas de previsión.
Voto que sí.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Advierto que estoy votando de acuerdo con el criterio observado en las Comisiones.
Se aprueba la modificación (13 votos contra 5 y 2 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el señor Ministro del Trabajo ha renovado la indicación número 16, para consignar, a continuación del 9°, el siguiente artículo nuevo: "El seguro podrá ser administrado también por las mutualidades, que no persigan fines de lucro, respecto de los trabajadores dependientes de los miembros adheridos a ellas".
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
En discusión la indicación renovada.
Ofrezco la palabra.
El señor FONCEA.-
- Sobre todos los artículos, señor Presidente.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Señor Senador, está en discusión la indicación renovada número 16, tendiente a consignar un artículo nuevo, a continuación del 9º.
El señor FONCEA.-
- ¿Es el referente a las mutualidades?
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Sí, señor Senador. Se acaba de leer.
El señor FONCEA.-
- Deberían votarse todas las disposiciones consignadas en la indicación del Ejecutivo, pues se refieren a las mutualidades.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Se trata de una indicación renovada, señor Senador.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Las indicaciones renovadas deben votarse una por una.
El señor FONCEA.-
Sólo trataba de abreviar la discusión.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Pueden ser rechazadas todas, o bien ninguna.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Lo ideal habría sido que el señor Ministro del Trabajo, que asistió en muy pocas oportunidades a las Comisiones unidas, concurriera a esta sesión, con el propósito de demostrar los beneficios que para los trabajadores significan las mutualidades, aun cuando en la indicación se dice que podrán ser administradoras las mutualidades que no persigan fines de lucro.
No sé si estoy equivocado o si mi ignorancia me impide ver más allá, pero no sé todavía desde cuándo los señores que organizan mutualidades lo hacen con el propósito de servir los intereses de los trabajadores. ¡Ellos no persiguen fines de lucro: quieren servir a los pobres. . . ! Pero al analizar esta triquiñuela de pretender aparecer prestando servicios a la mayoría del pueblo, llegamos a la conclusión de que 59% de los accidentes del trabajo han sido atendidos por la Caja de Accidentes del Trabajo. Conocemos desde cerca las penurias, los sufrimientos de los obreros afiliados a las compañías de seguros particulares. Sin embargo, ahora se nos quiere hacer entender que las mutualidades no son instituciones que persiguen fines de lucro.
¿Estarán las mutualidades en situación de prestar las mismas atenciones que proporciona el Servicio Nacional de Salud? Quienes tienen asegurados en empresas particulares a sus trabajadores, ¿adónde los llevan cuando sufren accidentes del trabajo? No a empresas privadas, sino al Instituto Traumatológico de Santiago, de propiedad de la Caja de Accidentes del Trabajo, o al de Coquimbo, o al Hospital de Neurocirugía de Santiago, que depende del Servicio Nacional de Salud. En consecuencia, los accidentados en el trabajo no tienen más remedio que acudir a los establecimientos asistenciales públicos.
Ahora, cuando se trata de dictar una ley que asegure a todos los ciudadanos del país contra los riesgos de accidentes laborales o de enfermedades profesionales, se presentan varias indicaciones tendientes a legalizar entiéndase bien: a legalizar las mutualidades. Si bien es cierto que muchos industriales no han de obtener con ello utilidades, en el hecho se les franquea la posibilidad de aumentar sus bienes; se les brinda, por estas disposiciones, toda suerte de facilidades en este sentido.
Durante la discusión del primer informe, hicimos presente que no debía entregarse esa función a empresas particulares, basados en la tragedia que viven los trabajadores, que muy bien conocen los señores Senadores representantes de zonas mineras. En la discusión general del proyecto, di a conocer una larga lista de gente que sólo percibe indemnización de empresas privadas de seguro, lista en que mujeres con más de sesenta años de edad aparecen con pensiones de montepío de ocho mil pesos, pagadas por la compañía minera de Tocopilla, porque ninguna disposición legal obliga a las empresas a revalorizar esas pensiones.
En el segundo informe, se pretende demostrar que, dentro de lo malo, lo mejor es aprobar lo resuelto por la Cámara de Diputados, pues da una nueva forma al sistema. En él, sin embargo, subsisten los principales defectos, que están en su esencia y que podemos señalar de la siguiente manera:
El entender el seguro contra riesgos del trabajo como un negocio con mentalidad empresarial. Por lo demás, es claro que el establecimiento de organismos privados y públicos para la administración del mismo seguro origina competencia entre ellos, que resulta desleal con respecto a los institutos públicos. Las entidades privadas terminan concediendo mayores beneficios a costa del Presupuesto nacional, con perjuicio para las instituciones de previsión. El sistema de mutualidades es absurdo desde el momento en que ellas no sólo proporcionarían prestaciones médicas, que a la larga pueden ser muy deficientes, sino también prestaciones económicas, lo que es extraordinariamente peligroso.
A este respecto, puedo citar una situación en cierto modo análoga: la que se produce en Chuquicamata, donde la Chile Exploration tiene un convenio con el Servicio Nacional de Salud para administrar atención médica a sus trabajadores. ¿De qué manera procede la empresa? Hay un solo pediatra en el mineral...
El señor FONCEA.-
- Esa no es mutualidad. Lo sabe perfectamente Su Señoría.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Hay un convenio, señor Senador.
El señor FONCEA.-
- Pero no se trata de una mutualidad.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
La mutualidad hará otro negocio exactamente igual, porque los médicos no dependerán del Servicio Nacional de Salud, sino de un patrón. Cuando se nos viene a contar la historia de que en Alemania, por ejemplo, las mutualidades han dado excelentes resultados, debiera decírsenos también que allá tales organizaciones no son dirigidas paritariamente, sino por los trabajadores. Si ustedes, señores Senadores, nos propusieran instalar en Chile mutualidades administradas por los obreros, entonces sí podríamos creer que su administración y sus beneficios serían eficientes. Pero serán dirigidas por patrones y el patrón siempre será patrón, aquí y en cualquier otro país capitalista, donde haya ricos y pobres, y los trabajadores sufrirían las peores consecuencias.
Decía que, en Chuquicamata, hay un pediatra para atender a todos los niños del mineral. Se le asignan cuarenta niños durante dos horas, lo que equivale a disponer de tres minutos para el examen de cada uno de ellos. Empieza el médico a preguntar a la madre, desde el momento en que cruza la puerta, de qué adolece su hijo, y cuando llega frente a su escritorio ya le tiene preparada la receta.
Así, pues, pese a todo lo que se diga, a todo aquello con que se las quiera adornar, las mutualidades no han de servir, en absoluto, los intereses de los asalariados. Bastará que se junten unos cuantos industriales, que en total ocupen a veinte mil trabajadores, para que se forme una mutualidad. Y ésta, mañana, entregará a los enfermos al Servicio Nacional de Salud para su curación.
De tal manera que, considerando los abusos incalificables de las empresas y las utilidades exorbitantes que han obtenido a costa de los sufrimientos de los trabajadores, en esta oportunidad, igual como lo hicimos en las Comisiones y en la discusión general, no daremos nuestra aprobación a un negocio que ha de significar pingües utilidades para algunos, en perjuicio de la gran masa de asalariados del país que en estos instantes pululan por las calles del territorio nacional sin encontrar trabajo, cual es el caso de los silicosos.
Por tales razones, votaremos negativamente esta disposición y todas aquellas que tengan relación con las mutualidades.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Señor Presidente, respeto mucho la opinión del Honorable señor Contreras Tapia, así como los puntos de vista filosóficos en que apoya sus palabras.
No me desagradaría entregar mayor participación de los trabajadores en la organización social del país. Creo que sería un paso de provecho. Pero frente a esta indicación, que incide en el artículo 9°, se trata de facultar al Presidente de la República para autorizar la existencia de algunas organizaciones con personalidad jurídica en que participen a lo menos quince mil trabajadores...
El señor CHADWICK.-
Los patrones.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Perfectamente.
El señor GOMEZ.-
Los trabajadores, entiendo.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Dice la disposición: "Que sus miembros adherentes ocupen, en conjunto, 15.000 trabajadores, a lo menos, en faenas permanentes ..."
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Señor Senador, ésa es la indicación número 17. Estamos tratando la que lleva el número 16. Es verdad que ambas están relacionadas entre sí, pero en este momento estamos considerando en particular la número 16.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.
Tiene razón, Su Señoría.
El señor FONCEA.-
Señor Presidente, como autor de la indicación destinada a restablecer las disposiciones sobre mutualidades que aprobó la Cámara de Diputados tengo entendido que por unanimidad, quiero señalar que el Honorable señor Contreras Tapia confunde las compañías de seguro contra riesgos de accidentes del trabajo, que existen en Chile desde hace muchos años y que en virtud de este proyecto desaparecen...
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Son dos personas distintas, y un solo Dios, no más. . .
La señora CAMPUSANO.-
Eso es lo que encierra lo que el Honorable señor Foncea trata de aclarar. Las compañías de seguros están buscando otra forma de que siga en vigor su negociado con la vida de los trabajadores.
El señor FONCEA.-
Pido que se respete mi derecho. Después podrán intervenir los demás señores Senadores.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Ruego a los señores Senadores no dialogar.
El señor FONCEA.-
Una de las características de estas mutualidades es ser organismos intermedios que no persiguen fines de lucro. Tanto es así, que en una disposición posterior se establece que los excedentes que puedan producirse en ellas deberán integrarse en un fondo común y distribuirse entre aquellos organismos estatales o privados que tengan déficit. De manera que en ningún caso puede ocurrir lo que aquí se ha sostenido, en orden a que estas mutualidades persigan fines de lucro.
Además, en la actualidad existen en Chile tres mutualidades: la Sociedad Chilena de Seguridad, que se fundó hace cinco años; el Instituto de Seguridad ASIVA, que data de cinco años también; y la Corporación de Seguridad y Prevención de Accidentes del Trabajo, con año y medio de existencia.
Estos organismos serán administrados y esto es lo que, al parecer, considera peor el Honorable señor Contreras Tapia por comités paritarios de empresarios y trabajadores. Y quien estudie el régimen de previsión de nuestro país habrá de convencerse de que los mejores institutos de previsión, los que han dado resultados óptimos y las mayores satisfacciones a sus afiliados, son precisamente aquellos administrados, no por el Estado, sino por las partes interesadas, vale decir, asalariados y empresarios. Tenemos los casos de la Caja Bancaria de Pensiones, de la Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco de Chile y de varios otros organismos de esta índole dirigidos directamente por los interesados, que son un ejemplo y cuyos beneficios y atenciones ya quisieran dar los institutos manejados por el Estado.
Además, las mutualidades están sujetas al control inmediato del Servicio Nacional de Salud y a la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social. Así lo establecen expresamente las disposiciones que fueron suprimidas en el primer informe.
Deseo señalar que los resultados obtenidos con estas mutualidades hecho qué reconoce la propia Superintendencia de Seguridad Social en su boletín del 25 de julio de 1965 no son solamente buenos, sino óptimos.
Chile es uno de los países que registra mayor densidad y frecuencia en materia de accidentes del trabajo. Respecto de Estados Unidos, existe, en ese aspecto, la relación de uno a diez. Pues bien, las mutualidades, mediante la aplicación de diversas medidas de seguridad y control, han conseguido rebajar la tasa de accidentes del trabajo. Es así como el promedio de accidentados que fueron atendidos por la Caja de Accidentes del Trabajo durante el año 1965, fue de 22,7% y, en cambio, el promedio de accidentados que atendieron estas mutuales o mutualidades de seguros alcanzó a sólo 10,3%, o sea, menos de la mitad del promedio antes señalado, pese a que su atención se relaciona con una de las actividades que ofrece mayor riesgo, cual es la de la construcción.
Ahora bien, si consideramos la experiencia de otros países, podremos establecer cómo las naciones que marchan a la vanguardia en materia de seguridad social tienen como régimen normal precisamente el de mutualidades. Esos organismos cubren, en Israel, a 80% de la población asalariada; en Bélgica, a 74% de dicha población, y en Suiza, de 80% a 90% de la misma. O sea, la población trabajadora está asegurada, en las proporciones que he señalado para cada uno de los referidos países, precisamente por las mutualidades, tan combatidas en esta, oportunidad. Dicha proporción alcanza a 71% en Francia, Alemania Federal, Japón y los Países Bajos.
Tocante a la afirmación de que los indicados organismos carecerían de los medios y elementos necesarios para prestar la atención debida a sus afiliados, ello quedó desvirtuado por los antecedentes que se proporcionaron en la Comisión. Pese a que las ¡mutualidades se han fundado recientemente, ya dos de ellas poseen hospitales para la atención de sus afiliados.
Finalmente, quiero dar una razón que, a mi entender, es la de mayor peso. El proyecto es de la magnitud e importancia que se dejó de manifiesto durante la discusión general. De los 2.800.000 asalariados que actualmente existen en nuestro país, 572.000 de ellos están asegurados contra los riesgos de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo. Vale decir, 20,4% de la población obrera de Chile posee hoy día seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Pues bien, una vez que e] proyecto en debate sea ley de la República, esos 2.800.000 aumentarán notoriamente, porque en el artículo 2º se extiende el beneficio de que trata el proyecto a los estudiantes y a los sectores independientes. De manera que, para ese entonces, puede estimarse que, en lugar de 2.800.000, habrá 3.200.000 ó 3.400.000 personas favorecidas por la ley en proyecto.
Yo pregunto, entonces, si el Servicio Nacional de Salud está en condiciones de prestar atención a esos tres millones de chilenos, en circunstancias de que, recientemente, cuando se discutió el proyecto de ley sobre medicina curativa, el señor Ministro de Salud Pública expresó que las nuevas obligaciones que dicho proyecto imponía al Servicio Nacional de Salud no guardaban relación con las posibilidades de esa entidad en lo concerniente a elementos y recursos humanos y financieros. Además, el propio ex Director del Servicio Nacional de Salud, doctor Alfredo Leonardo Bravo, dejó constancia en el informe de la Comisión de Salud de que el mencionado servicio no estaba en condiciones de prestar esa atención.
De modo, pues, que nosotros hemos estimado que, al menos con relación al proyecto que nos ocupa, debemos considerar la necesidad de recurrir también a los organismos intermedios.
Por vez primera, como dije, estas entidades serán administradas no sólo por los empresarios, sino también por los asalariados, de modo que los intereses de estos últimos estarán debidamente resguardados.
Como quedó sentado que el proyecto sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales despachado por esta Corporación en 1961 era obra de algunos Senadores, especialmente de los Honorables señores Allende y Jaramillo, no entiendo el por qué de esta oposición contra las mutualidades, pues en dicho proyecto se consigna precisamente el reconocimiento de tales organismos intermedios. No acierto a entender por qué se ha podido confundir aquí a las instituciones que no persiguen fines de lucro y cuyas utilidades van a un fondo común, con las compañías de seguros, las cuales, lógicamente, han incurrido en las deficiencias, vicios y abusos aquí señalados.
El señor ALLENDE.-
Este aspecto de la iniciativa legal en debate dio origen a una de las más extensas discusiones habidas en la Comisión, en las que participó el señor Ministro del Trabajo. De paso, debo manifestar mi extrañeza por la ausencia en esta oportunidad de ese Secretario de Estado.
El señor FONCEA.-
En la sesión de ayer, dije que el señor Ministro del Trabajo está con su salud quebrantada.
El señor ALLENDE.-
Hago votos por que el señor Ministro se mejore.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Lo malo es que el Ministro enfermó inmediatamente después que la Comisión rechazó los preceptos concernientes a las mutualidades.
El señor ALLENDE.-
Quería hacer presente algo relacionado precisamente con esa circunstancia. El señor Ministro del Trabajo abandonó la discusión de este interesantísimo y trascendental proyecto de ley cuando la Comisión, con los votos de los Senadores radicales, comunistas y socialistas, rechazó la idea de mantener a las mutualidades.
El señor FONCEA.-
No, señor Senador.
Con la venia de Su Señoría, debo manifestar que en la Comisión se produjo doble empate y que el representante radical se abstuvo. El Presidente de la Comisión, antirreglamentariamente a mi juicio,. . .
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Diga que arbitrariamente, Honorable colega. No me molestaría tal expresión, porque mis actuaciones han sido en defensa de los trabajadores.
El señor FONCEA.-
...dio por aprobada una indicación que de acuerdo con el Reglamento no debió serlo.
En esa ocasión, el señor Ministro, un tanto molesto debo reconocerlo, se retiró de la sala de la Comisión.
El señor ALLENDE.-
No dudo de que lo manifestado por el Honorable señor Foncea sea absolutamente cierto. Yo no estaba en la Comisión en ese momento. Con todo, me parece extraño que el señor Ministro se haya retirado molesto y no haya concurrido posteriormente a defender sus puntos de vista.
El señor FONCEA.-
Los representantes del señor Ministro asistieron a las reuniones de la Comisión hasta que finalizó el estudio de] proyecto.
El señor ALLENDE.-
Tratándose de asuntos de tanta importancia, me parece que el Gobierno debe hacerse representar por sus Ministros. No discuto que asistieron a la Comisión los abogados del Ministerio del Trabajo y también, permanentemente, el señor Superintendente de Seguridad Social.
En el hecho, las disposiciones mencionadas fueron rechazadas con los votos de los Senadores radicales, comunistas y socialistas.
Antes de entrar en materia, quiero dejar en claro que en ningún proyecto patrocinado por mí sobre estas materias subsiste el reconocimiento de las mutualidades. Al afirmar lo contrario, incurre en error el Honorable señor Foncea.
El señor FONCEA.-
Me he referido al proyecto que despachó el Senado en 1961. Durante la discusión general, Su Señoría manifestó ser el autor de esa iniciativa.
El señor ALLENDE.-
Espero que, en lo sucesivo, el Honorable señor Foncea tendrá la deferencia de solicitarme las interrupciones que desee hacer a mi discurso. También espero que el señor Senador se percate de que mayor crédito debe darse a lo que yo afirme haber hecho o suscrito que a las informaciones ajenas que se puedan proporcionar sobre el particular.
En documentado discurso, que pronuncié el 19 de mayo de 1967 por el cual me felicitó el Honorable señor Foncea, sostuve haber defendido no menos de treinta veces, durante mi vida de parlamentario, la necesidad imperiosa de legislar sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
El señor FONCEA.-
¿Me permite, señor Senador?
El señor ALLENDE.-
Con la venia del señor Presidente, sí, Honorable colega.
El señor FONCEA.-
Lo felicité por su tenacidad, en vista de sus largos años de lucha por esa causa.
El señor ALLENDE.-
Su Señoría me raciona las felicitaciones. ¡Qué le voy a hacer! En verdad, el señor Senador me dijo que mi discurso había sido bastante bueno.
El señor GOMEZ.-
Tal vez el Honorable señor Foncea lo felicitó por la forma de su discurso.
El señor FONCEA.-
Considero buenas las intervenciones del Honorable señor Allende, al menos en la forma.
El señor ALLENDE.-
No me extraña que Su Señoría comprenda la forma de mis discursos. En cuanto a que el señor Senador entienda el fondo de mis afirmaciones, eso ya es otro problema,...
El señor FONCEA.-
Se equivoca, señor Senador, pues me doy cuenta exacta del fondo de sus palabras.
El señor ALLENDE.-
. . .porque lo que natura no da, Salamanca no presta, ni el Senado arrienda.
El señor FONCEA.-
No me va a acomplejar con su prepotencia.
Además, por el hecho de ser Presidente del Senado, debería tener mayor deferencia.
El señor ALLENDE.-
Estoy hablando como Senador y, en cuanto a tal, sé hacer respetar mis derechos, así como defiendo, desde la Mesa de la Corporación, los derechos de los demás. Ello no me impide ser tolerante, como lo he sido hoy, tal vez en demasía, porque el Honorable señor Fonsea ha intervenido varias veces durante mi discurso sin pedirme interrupciones. Naturalmente, estoy dispuesto a concederle cuanta interrupción me solicite.
Continuaré mis observaciones sin emplear palabras no aceptadas por el Reglamento. En todo caso, la Mesa hará retirar de la versión las que no estime procedentes.
He dicho, a lo largo de treinta años, y lo sigo sosteniendo, que jamás he cambiado de opinión en cuanto a que un seguro de carácter social, como es el que estamos estudiando, tiene que descansar esencialmente en la idea de que organismos estatales deben ser los encargados de aplicarlo y de fiscalizar la atención que otorga. Me refiero a la aplicación de ese seguro en el caso de los beneficios de orden económico, y a su fiscalización y aplicación directa en el caso de los beneficios de orden médico.
Bien sabemos en este aspecto, tenía razón el Honorable señor Foncea que una cosa son las funciones delegadas que consignaba la ley 4.054 y que ahora establece la ley 10.383. Pero esas funciones delegadas eran sometidas a la obligación de cumplir los planes que fije el Servicio Nacional de Salud. Por desgracia, aun en empresas económicamente tan poderosas como las del salitre y del cobre, puede comprobarse que en el campo médico, por ejemplo, ellas no hacían medicina preventiva. Pude observar esto personalmente en el mineral de Chuquicamata hace ocho o diez años. A este respecto, al Honorable señor Contreras Tapia le asiste la razón, porque en las oficinas salitreras, donde existían funciones delegadas, se contaba con escasísimos médicos. En las oficinas "Humberstone" y "Mapocho", que en esa época dependían me parece del señor Osvaldo de Castro,. . .
El señor JARAMILLO LYON.-
De la COSATAN.
El señor ALLENDE.-
. . .había un médico por cada 19 mil obreros, cosa inadmisible e inaceptable. No creo que en otros países excepto, quizás, en las regiones menos desarrolladas del África exista semejante relación.
Pues bien, eso ocurría respecto de las funciones delegadas aun en empresas como las que señale. Y digo ocurría, porque indiscutiblemente ahora ha mejorado la atención médica en el aspecto preventivo. Hay un hecho curioso en el aspecto curativo, y es que nadie puede negar que el hospital de Chuquicamata resulte un palacio comparado con la hospedería que el Servicio Nacional de Salud tenía en Calama. Sin ostentación, puedo decir que el hospital de Calama se construyó gracias a una moción que patrociné.
Esta es la experiencia en las entidades que tienen función delegada.
En las mutualidades, el problema es todavía más serio, sobre todo en el aspecto financiero de las pensiones, porque aquellas quebraban antes de poder cumplir con los compromisos contraídos con sus afiliados. Eso lo ha vivido dolorosamente Chile, y es una experiencia que no puede borrarse. Por eso, inclusive con el acuerdo del Superintendente de Seguridad Social, en el proyecto se consigna un artículo que obliga perentoriamente, en el supuesto caso de perdurar el régimen de las mutualidades, a legislar para supervigilar los derechos económicos de los afiliados.
Subsiste otro problema importante, cual es el de la recuperación y rehabilitación del accidentado. Si las compañías aseguradoras de accidentes del trabajo, más poderosas que las mutualidades, no cumplieron eficientemente con este aspecto de la atención médica, resulta lógico que las mutualidades no hayan podido ni puedan hacerlo, porque la recuperación, la rehabilitación, la reeducación del accidentado, es la parte más costosa, larga y difícil del tratamiento, y eso lo sabemos muy bien los médicos.
Hay enfermos que deben ser reeducados durante año y medio, dos años, o más. Por lo tanto, el gasto que implica este aspecto del tratamiento es mucho mayor que los demás, y las compañías de seguros no lo cubren.
En todas partes del mundo se ha terminado con el lucro obtenido sobre la base de la enfermedad, y aquí también se pretende terminar con las compañías de seguros de accidentes del trabajo.
En seguida, se ha argumentado que determinadas instituciones otorgan mayores beneficios que el organismo estatal. Eso es efectivo; pero, ¿por qué? Porque están constituidas por grupos privilegiados que tienen mayor ingreso medio, pagan más imposiciones y, además, tienen otras fuentes de ingresos. Así ocurre, por ejemplo, con la Caja Bancaria de Pensiones.
Esa comparación en lo concerniente a los beneficios, puede ser llevada a cualquier otra actividad. Una empresa de omnibuses que cubra el tramo Santiago Concepción puede obtener grandes utilidades; pero los Ferrocarriles del Estado, que sirven toda la red y han debido atender determinados ramales en cumplimiento de una función social, deben afrontar gastos muy superiores. Es también el caso de la Línea Aérea Nacional, que debe realizar el transporte en zonas de provincias que comercialmente ninguna empresa privada podría atender. Pero que, desde el punto de vista nacional, una empresa fiscal tiene la obligación de llevar a cabo.
Por eso, considero anacrónica la mutualidad. Además, los datos que al respecto proporcioné en la sesión a que hice referencia de 19 de mayo del presente año son muy claros. Ruego a mis Honorables colegas prestarles atención:
"Las mutualidades no pagan los recargos de primas de 10% para reajuste de pensiones, que debe entregarse al Fondo de Garantía, ni tampoco el impuesto del 17,9%. Lo anterior significa que, en 1967, el Fondo de Garantía dejaría de percibir Eº 200.000, y el físico, Eº 360.000."
Estos datos los he solicitado a la Superintendencia de Seguridad Social.
El señor FONCEA.-
¿Me permite una interrupción, con la venia de la Mesa?
El señor ALLENDE.-
Con todo agrado.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor FONCEA.-
Sólo deseo señalar que, efectivamente, las mutualidades no aportan impuestos para este fondo de garantía; pero el señor Senador sabe que dicho fondo se destina exclusivamente a financiar el reajuste de las pensiones, el que, de acuerdo con el proyecto, las mutualidades otorgan en forma directa. En consecuencia, no tendrían por qué pagar impuestos que integran un fondo destinado a una finalidad que ellas cubren directamente.
El señor ALLENDE.-
Avanzaré en mis observaciones y, como es lógico, el Honorable señor Foncea podrá rebatirme más adelante.
Todos estos datos repito los he solicitado a la Superintendencia de Seguridad Social.
"Además, debe observarse la relación existente entre el número de accidentes y el de asegurados, de acuerdo con cifras estadísticas de 1965. La proporción entre el total de asegurados y el número de accidentes, en ¡a Caja de Accidentes del Trabajo, durante 1965, fue de 23,6% ; en las compañías de seguros, de 23,9%, y, en las mutuales, de 11%."
Cualquiera diría: "¿No ven, señores? ¡La mutualidad es una política de prevención de riesgos que ha originado estos resultados!"
Sin embargo, no es así. Aquí está el motivo:
"¿A qué razones obedece esta disparidad? La Caja de Accidentes del Trabajo presenta una tasa más alta porque está afectada por los riesgos de la agricultura y de la ganadería, los cuales representan una frecuencia de 26,3%, y por los riesgos correspondientes a la explotación de minas y canteras, cuya frecuencia alcanza a 43%. Vale decir, hay índices de mayor peligrosidad y frecuencia."
Si una mutualidad tuviera que hacerse cargo exclusivamente de los riesgos miraros, quebraría. Lo mismo sucedería si debiera establecer servicios médicos para readaptación y recuperación. Sólo la distribución del promedio de los riesgos permite que un organismo estatal pueda atenderlos en forma eficiente.
"Más de un tercio de los accidentes que se producen a los asegurados de la Caja corresponden a trabajadores de esas dos actividades, que no atienden las mutuales.
Sin embargo, la tasa de accidentes de la Caja es ligeramente menor que la mostrada por las compañías privadas.
"En seguida, importa dar a conocer la relación entre gastos administrativos y el monto de las primas recibidas. En la Caja de Accidentes del Trabajo, dicho índice es de 15,5% ; en las compañías de seguros, de 17,9%, y, en las mutuales, de 14,9%. Puede apreciarse la escasa cuantía de diferencia entre los respectivos porcentajes; prácticamente, la variación entre la Caja y las mutuales es de tan sólo 1%.
"Por último, vale la pena destacar la relación entre los beneficios otorgados y las primas recibidas. En la Caja de Accidentes del Trabajo, dicha relación es de 57,3%; en las compañías de seguros, de 49,7%, y, en las mutuales, de 52,7%. ¿Qué quiere decir esto? Que la Caja de Accidentes del Trabajo es una institución que destina mayor porcentaje de las primas recibidas al beneficio de sus asegurados."
El señor FONCEA.-
¿Me permite una breve interrupción?
El señor ALLENDE.-
Con todo gusto, con la venia de la Mesa.
El señor FONCEA.-
Me referiré al último punto analizado por Su Señoría.
El Honorable señor Allende dice que ¡as mutualidades aseguran aquellas actividades que tienen menor riesgo. Así lo entendí.
El señor ALLENDE.-
Efectivamente, es así.
El señor FONCEA.-
Quiero señalar únicamente lo que ocurre en el ramo de la construcción, que en todos los países es una de las actividades que tiene mayor porcentaje de riesgos.
En 1962, de acuerdo con el boletín de la Superintendencia de Seguridad Social, no había mutualidad alguna que cubriera estos riesgos, y era la Caja de Accidentes del Trabajo la que tomaba esos seguros. Pues bien, siendo 28.652 los asegurados del gremio de la construcción de obras públicas, se registraron 10.551 accidentes, o sea, 37%. Posteriormente se crearon las mutualidades para los obreros de la construcción, y ese porcentaje bajó a la cifra señalada por Su Señoría, de 14,9%.
En consecuencia, es obvio que las mutualidades han adoptado las medidas pertinentes se consignan en el informe de la Comisión para evitar y prevenir estos siniestros.
El señor ALLENDE.-
Señor Presidente, como es lógico, debo escuchar y respetar las opiniones del Honorable señor Foncea, pero, en realidad, estimo que los médicos conocemos más esta materia, y yo, sin petulancia, creo tener derecho para decir al señor Senador que la conozco, y a fondo.
Sé de las fallas tremendas de la higiene industrial de nuestro país; sé que lo tocante a la prevención de los accidentes del trabajo es uno de los aspectos menos encarados desde el punto de vista técnico, y que sólo ha sido abordado por algunas de las grandes empresas. Es el caso de la silicosis, cuya prevención implica inversiones extraordinariamente altas: aireación, ventilación de los túneles de trabajo, etcétera, labor que no puede hacer ninguna mutualidad. O la hace la empresa, o la hace un organismo del Estado. Si la realiza la empresa, como es lógico, el gasto, de millones y millones de pesos, lo carga a los costos.
Hace cuarenta años, se planteó en Chile el problema de la recuperación del polvillo en la fábrica de cemento ubicada en La Calera. El primer proyecto de ley que presenté, al llegar al Congreso en 1937, fue el destinado a obligar a la fábrica "El Melón" a instalar recuperadores. No obstante, aún no se alcanza un nivel técnico eficiente. Esa empresa que constituye un monopolio debió invertir millones de pesos.
Hace algunos meses un año, quizás intervine para plantear el problema de la Fundición de Chagres. Me hice cargo de la petición de dos patrones de fundo, a quienes no conocía, y de una posición política absolutamente antagónica a la mía, pero que rae mostraron, con hechos, la razón de su reclamación. Su planteamiento era hasta tal extremo justo que, llevado al terreno judicial, la fundición debió indemnizar a ambos patrones, que pudieron pagar a uno de los más prestigiosos abogados de nota del país. Pero el resto de los agricultores, de los parceleros, que a duras penas tienen con qué comer, han visto arruinada sus tierras, porque sobre ellas caen las emanaciones de la Fundición Chagres. Eso lo saben todos los habitantes de Catemu.
Estimo inaceptable el régimen de las mutualidades. Lo digo sin ánimo de molestar al Honorable señor Foncea, y si algunas de mis anteriores expresiones no se avienen con este espíritu, las retiro de inmediato. Las mutualidades no realizan obra de prevención de accidentes, como tampoco la hacen de rehabilitación. No pueden hacerla porque implican grandes gastos. Conozco muy de cerca el problema, pues lo he padecido en mi propia familia. Demoró cuatro o cinco años la recuperación de un pariente mío, pese a que, por ser médico y presidente del Colegio de estos profesionales, pude contar con la ayuda y comprensión de mis colegas. Sin embargo, se encausaba lo que significa este sistema desde el punto de vista de su fracaso.
Entonces, aquí no cabe más que una concepción: la del riesgo social, cuya materialización debe efectuar el Estado por medio de los servicios técnicos pertinentes.
La mutualidad es algo ya de la historia, del ayer, excepto la concepción diferente que existe en otros países con un nivel económico muy alto. En ellos no se ha ¡legado al seguro social, pero, en cambio, tienen atención privada. En Estados Unidos, por ejemplo, no hay seguro social. Y los señores Senadores me dirán: pero allá las cosas andan bien. ¡ No; andan muy mal! Y en el caso de los negros, no pueden andar peor, según lo que la prensa informa todos los días.
Ahora, en un país pobre como el nuestro, hay millones de personas que no tienen cómo comprar la salud, son muchos los que carecen de medios para pagarla. Porque la salud se compra: en la consulta, en el aparato o en el remedio. Por eso se creó el Servicio Nacional de Salud, y por eso la colectividad debe gastar millones de pesos. ¿Que hay deficiencias? Es efectivo. ¿Que es posible utilizar otros organismos? Evidentemente, pero del Estado.
Ayer, en la Comisión de Salud, en una sesión en la cual participaron también los Honorables señores Curtí y Foncea, tuvimos precisamente un interesante debate al estudiar de nuevo el proyecto del Gobierno sobre medicina curativa para los empleados. Allí, el Subsecretario del Ministerio de Salud planteó una concepción que yo califiqué, sin desprecio se lo dije, de híbrida. Porque se trataba de la utilización coordinada de todos los servicios médicos, estableciendo que los hospitales que se construyan en lo futuro no serán para obreros o empleados, sino para ambos grupos, con niveles de atención en lo material no en lo personal distintos en función de ingresos de las personas.
Esa fue la razón por la cual sostuve que era una etapa híbrida. El señor Subsecretario estuvo de acuerdo con ello y quedamos en seguir discutiendo. Por eso, a la salida de la reunión, dije al Honorable señor Curtí durante años hemos contado con su colaboración en la Comisión de Salud que se trataba de un problema muy serio e importante y que debíamos estudiarlo a fondo, al margen de toda concepción política.
En todo caso, creo tener derecho a opinar aquí con relativa capacidad técnica, porque fui presidente del Colegio Médico y porque nosotros impulsamos la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, lo mismo que la creación del Servicio Nacional de Salud.
Se trata, pues, de una vieja concepción. No cabe más que la atención del Estado por intermedio de los organismos estatales, cuyo aspecto financiero no puede ser entregado a las mutualidades.
Se dice que los excedentes serán entregados a un fondo común, pero ¿ qué ocurre con los gastos administrativos originados por destacados personeros de las mutualidades que en estos momentos se encuentran viajando por Europa?
Por eso, las Comisiones, con los votos de los 'Senadores radicales, socialistas y comunistas, rechazaron la indicación del Gobierno.
Termino reiterando que se trata de un asunto de extraordinaria importancia y que los datos que he dado para demostrar el fracaso de las mutualidades emanan de la Superintendencia de Seguridad Social.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, sólo deseo agregar que durante la discusión general de este proyecto la Honorable señora Campusano, al referirse al problema de las mutualidades, dijo, entre otras cosas, lo siguiente:
"Tengo a la vista los estatutos de la Asociación Chilena de Seguridad, de ASIMET. En su artículo 4° aclara que será una asociación de carácter mutual que propenderá al desarrollo y fomento de la previsión y seguridad sociales. Ahora bien, esta asociación, que no persigue fines de lucro, consigna entre las atribuciones de su directorio, las siguientes (artículo 18, letra k) :
"Adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes y derechos muebles e inmuebles, acciones, bonos y valores mobiliarios, formar, constituir o integrar sociedades, corporaciones de derecho privado, dar o tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, contratar, girar, suscribir y descontar toda clase de letras de cambio, pagarés comerciales, bancarios, agrarios o de cualquier otra naturaleza, endosar, reendosar y protestar estos pagarés, contratar prenda bancaria e industrial...", etcétera.
"¿Qué tienen que ver, preguntamos los Senadores comunistas, estas actividades con la prevención y cobertura de los riesgos del trabajo sin fines de ganancia?
"Como se ve, las mutualidades persiguen negocio por partida doble. En primer lugar, ¿cuál es el objetivo central de ellas? Abaratar, bajar, disminuir los costos del seguro, aumentar la producción y participar en mejores condiciones en la competencia capitalista. Y en segundo lugar, los fondos que ellas acumulan pueden ser destinados, como acabo de demostrarlo, a actividades meramente especulativas, integrándose así al circuito controlado por la oligarquía financiera, cuyos clanes controlan el sistema bancario y las compañías de seguros."
Con esto queda demostrado que las mutualidades no son tan ingenuas como se las presenta; que las personas interesadas en proporcionar salud, bienestar y restablecimiento a los enfermos no viven exclusivamente para servir a la colectividad, a los desvalidos, y que ellas organizarán una mutualidad para acumular bienes en perjuicio de la salud y vida de los trabajadores.
Para finalizar, pido votación nominal para esta disposición y para todas aquellas que dicen relación a las mutualidades, porque los asalariados del país, y particularmente los silicosos, aquellos que han perdido su trabajo y a quienes nadie recibe en nuevas ocupaciones, están pendientes de las deliberaciones de esta Corporación y, del mismo modo, de la conducta que cada uno de nosotros asuma.
Como manifesté en días pasados en las Comisiones, el Senador que habla fue especialmente invitado a un cabildo abierto que celebraron los mineros de Andacollo, quienes le pidieron votar en contra de las mutualidades.
Debo hacer presente que también he recibido cartas de los mineros del carbón, del salitre y del cobre, solicitándome que adoptemos esta misma actitud, a fin de incorporar los servicios por accidentes del trabajo al Seguro Social y encomendar al Servicio Nacional de Salud la atención de la salud de los trabajadores que sufran accidentes del trabajo o contraigan enfermedades profesionales.
El señor FONCEA.-
Señor Presidente, el Honorable señor Contreras ha criticado una de las tres mutualidades que existen, basándose en un artículo del estatuto que establece las destinaciones de los recursos acumulados.
Personalmente, me parece de la lógica más elemental que sea así, porque estas mutualidades deben hacer frente al pago de las pensiones y otros beneficios, y sería obra absurda, de un pésimo administrador, mantener empozados tales fondos. A mi juicio, ninguna institución podría seguir un criterio distinto del señalado, pese a la crítica formulada por el Honorable señor Contreras.
Repito: si estas mutualidades han de afrontar el pago futuro de pensiones y demás beneficios, es evidente que los fondos no pueden mantenerse guardados, sino que deben ser invertidos para evitar su desvalorización, como lo haría cualquier buen administrador.
Por lo demás, las mutualidades no persiguen fines de lucro. Tan así es que los excedentes que puedan obtener, en virtud de una disposición posterior, deberán ir a un fondo común de solidaridad destinado a financiar a aquellos institutos que tengan déficit.
El señor ALLENDE.-
Respecto de lo último que se ha dicho aquí, quiero argumentar haciendo presente que la concepción de Jos organismos de previsión social, que han tenido o tienen obligaciones financieras, ha sido modificada de manera sustancial en el mundo y en Chile.
Por ejemplo, cuando la imaginación creadora del médico y Senador conservador Exequiel González Cortés hizo posible las leyes 4.054 y 4.055, existía el régimen de capitalización. Y todo el Senado sabe que se compraron fundos, entre ellos las haciendas "La Cantera" y "Mariposas"; se instaló la Central de Leche "Chile"; se creó un centro de reproductores de La Reina, y. . .
El señor CHADWICK.-
Se estableció una fábrica de sacos.
El señor ALLENDE.-
. . . se estableció una fábrica de sacos.
Todas estas adquisiciones se efectuaron sobre la base del criterio de la capitalización. Y esta política la puso en práctica, en forma magnífica, un brillante administrador de la ex Caja del Seguro Obrero: Santiago Labarca.
Pues bien, con posterioridad los conceptos han cambiado, y hoy día existe el régimen de reparto. Los cálculos actuariales permiten saber en qué porcentaje debe o no debe acumularse. Por ¡o tanto, la distribución, en función de los riesgos, se hace casi matemáticamente.
Por eso, la Caja del Seguro Obrero hoy Seguro Social liquidó las inversiones que tenía y ya no existen ni los fundos mencionados, ni la central de leche, ni la fábrica de sacos.
El señor IBAÑEZ.-
Además dejaban pérdidas.
El señor ALLENDE.-
Como apunta el Honorable señor Ibáñez, dejaban pérdidas.
Por otra parte, toda la política de viviendas de los institutos previsionales también ha cambiado de manera fundamental.
Todo lo anterior me permite afirmar que no es valedero el argumento dado por el Honorable señor Foncea.
El señor PALMA.-
Señor Presidente, he seguido con interés este debate, porque, ante todo, concuerdo en principio con la tesis sustentada por los Honorables señores Allende y Contreras, en el sentido de que en el mundo moderno este tipo de servicio o atención tiende a ser socializado. Además, es un servicio de carácter colectivo, pues los medios que permiten financiarlo se originan en medidas tomadas por la comunidad y no por las respectivas empresas o compañías.
Pero es evidente que aquí existe un problema de carácter práctico, concreto, que es preciso resolver, y que probablemente se solucionaría dando carácter de transitorios a los artículos que dicen relación a las mutualidadas.
En el debate producido con anterioridad, a raíz de la discusión del proyecto que otorga medicina curativa a los empleados, se demostró que la incapacidad actual de los servicios no era algo susceptible de resolver con relativa facilidad. De manera que asignarles en este instante nuevas funciones, me parece que sería desconociendo un poco el problema recargar su trabajo y hacer más ineficaz la atención que prestan.
Por eso, deseo consultar si estas normas no podrían quedar consignadas con el carácter de transitorias. Ello con el objeto de que las mutualidades se mantengan en funciones un tiempo más, mientras los organismos respectivos no estén en aptitud de asumir todos los servicios aquí señalados, los cuales, en definitiva, deben quedar en manos de la comunidad.
El señor ALLENDE.-
Quiero dar respuesta a la pregunta justa del Honorable señor Palma.
En realidad, el problema fundamental, frente a la demanda de salud, no está en los locales o en la atención material, sino en los funcionarios, los médicos, las enfermeras y las matronas.
El número de médicos será el mismo, sea que los contraten las mutualidades o el Servicio Nacional de Salud.
El señor CHADWICK.-
Son cinco mil médicos.
El señor ALLENDE.-
Son únicamente cinco mil médicos, como anota el Honorable señor Chadwick. No hay más.
Por eso, al discutir este problema, nos impusimos del criterio del señor Ministro de Salud. El Gobierno está empeñado y en ello le hemos brindado nuestra ayuda en hacer posible la creación de otras escuelas de medicina, a fin de formar más profesionales médicos y llegar a la relación que tienen los países de alto nivel: un médico por cada 800 personas. En otras naciones que han alcanzado una etapa superior, la proporción es de un médico por cada 400 habitantes. En Chile hay zonas, como Cautín, donde uno de estos profesionales debe atender a cinco mil personas. Seguramente en Chiloé debe haber una proporción alta, tomando en cuenta el número de habitantes.
El problema no es el planteado por el Honorable señor Palma, porque la situación no variará. Para atender a mayor cantidad de gente, habrá el mismo número de médicos. Sólo la entidad será distinta: el Servicio Nacional de Salud, una mutualidad, un servicio delegado o una caja de previsión.
El hecho es muy grave. Por eso, hemos pedido estudiar a fondo el problema, en el proyecto de medicina curativa para los empleados. La demanda de atención médica en Chile es extraordinaria, y los facultativos, enfermeras y matronas son escasos.
Además, existe un constante éxodo de profesionales. Deben saber los señores Senadores que hay fuera del país más de 400 enfermeras universitarias y más de 250 médicos. Este es un problema inherente al sistema en vigor.
Me parece haber contestado la pregunta hecha con muy buen propósito por el Honorable señor Palma.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
(Durante la votación).
Se rechaza la indicación (11 votos contra: 6, 1 abstención y 1 pareo).
Votaron por la negativa los señores Aguirre Doolan, Altamirano, Allende, Bossay, Contreras Tapia, Chadwick, Gómez, González Madariaga y Luengo, y las señoras Campusano y Carrera.
Votaron por la afirmativa los señores Ferrando, Foncea, Jaramillo, Noemi, Pablo y Palma.
Se abstuvo de votar el señor Fuentealba.
No votó por estar pareado el señor Curti.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Deseo fundar el voto sólo porque se ha pedido votación nominal.
Entiendo que esto de la votación nominal, más que una cuestión de orden social, envuelve un aspecto de carácter político. Lo digo porque ayer, cuando se solicitó mayor tiempo para fundar el voto por partidos, frente a un incidente grave que había preocupado a la opinión pública, hubo resistencias, lo que me extrañó.
La situación respecto de este problema social, que ha ilustrado mucho el Honorable señor Allende, todavía no satisface. Creo necesario acentuar la atención médica por parte del Estado en forma de hacerla llegar a toda la ciudadanía.
Nada es más interesante que la obra de estructura social impresa por el laborismo inglés. Allá se otorga a toda la población, sin distinguir si se trata de empleados u obreros, no sólo atención médica, sino que también, gratuitamente, elementos tales como anteojos, artefactos ortopédicos, hasta pelucas. Esta es la asistencia social a que ha llegado el régimen laborista.
A veces he pensado si, en las disposiciones que tienen relación con el Servicio Nacional de Salud, no convendría fijar un porcentaje a lo que puede distraerse en gastos de orden administrativo, con el objeto de que mayor número de recursos se destine a las funciones médica y técnica de los servicios. Me parece que esto es indispensable en el campo de la previsión, porque se distrae mucho en lo superfluo y no se va al fondo del problema social.
La solución del problema social inglés nació del proyecto de Beveridge, quien fue el Ministro de la acción social en Inglaterra.
Voto que no.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala,, con la misma votación, se rechazarán las demás indicaciones relacionadas con las mutualidades.
Acordado.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, el proyecto sobre seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales quedará para el martes próximo, en el primer lugar de la tabla.
Acordado.
Terminado el Orden del Día.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595947
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595947/seccion/akn595947-po1