. . . . . . " \nEl se\u00F1or PALMA.- \n \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Senador? \nEn mi concepto, este \u00FAltimo punto tratado por Su Se\u00F1or\u00EDa es de extraordinaria importancia, no s\u00F3lo en cuanto a lo que est\u00E1 mencionando Su Se\u00F1or\u00EDa, sino tambi\u00E9n en muchos otros aspectos que valdr\u00EDa la pena analizar. \nEl Servicio de Seguro Social ha resuelto algo que ha provocado bastante confusi\u00F3n y tambi\u00E9n, seg\u00FAn entiendo, discusiones en los tribunales y en diversos organismos administrativos. \nYo iba a formular indicaci\u00F3n -aprovecho esta interrupci\u00F3n para hacerla ahora- para que el se\u00F1or Presidente dirija oficio al se\u00F1or Ministro del Trabajo y Previsi\u00F3n Social y a la instituci\u00F3n respectiva, a fin de que se aclare qu\u00E9 se entiende ahora por remuneraciones imponibles. Es absolutamente necesario establecer una pauta fija sobre esta materia, porque, en mi opini\u00F3n, la ley se ha interpretado en forma muy variada. \nComo lo que interesa en este orden de cosas es proceder con criterio uniforme, aprovecho esta interrupci\u00F3n concedida por el Honorable se\u00F1or Chadwick para solicitar el env\u00EDo del oficio mencionado. \n \n \nEl se\u00F1or ALLENDE (Presidente).- \n \n Si le parece a la Sala, se enviar\u00E1 el oficio pedido por el Honorable se\u00F1or Palma. \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n \n Con mi voto en contra, porque ello est\u00E1 establecido por la ley, y creo que la ley es conocida de todos. \n \nEl se\u00F1or ALLENDE (Presidente).- \n \n Acordado. \n " . . . . . . . . . . . . .