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Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de poner en conocimiento de esta Corporación el Convenio Nº 111, relativo a Discriminación en materia de Empleo y Ocupación, adoptado en la 42* Reunión de la Conferencia. Internacional del Trabajo, efectuada en Ginebra en junio de 1958, auspiciada por la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) y os recomienda su archivo.
A la sesión en que se trató este asunto asistió el señor Subsecretario de RelacionesExteriores, don Oscar Pinochet.
En Mensaje del Ejecutivo Nº 19, de fecha 26 de junio de 1959, que la Sala tuvo a bien enviar a esta Comisión con fecha 30 del mismo mes y año, se inició un proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de que se trata.
Con posterioridad, el mismo Ejecutivo, en oficio Nº 10.633, de 21 de julio de 1959, que se mandó agregar a los respectivos antecedentes, comunicó a esta Corporación que las autoridades técnicas del Ministerio del Trabajo consideraban que nuestra legislación no se aviene del todo con las disposiciones señaladas en el citado Convenio Nº 111, razón por la cual no se estimaba procedente ratificarlo, sin perjuicio de cumplir con su obligación de ponerlas en conocimiento del Honorable Senado en virtud de lo dispuesto por el artículo 19, número 5º, de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.).
Con el mérito de las consideraciones anteriores y las explicaciones que sobre el particular dio a esta Comisión el señor Subsecretario de Relaciones Exteriores, tenemos el honor de poner en vuestro conocimiento las Recomendaciones consultadas en el Convenio a que se refiere este informe, y hecho, os proponemos su archivo.
Sala de la Comisión, a 1º de agosto de 1967.
Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Castro, Fuentealba y Juliet.
(Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario.
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