REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 33ª, en martes 22 de agosto de 1967. Ordinaria. (De 16.14 a 19.12). PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES SALVADOR ALLENDE GOSSENS, PRESIDENTE; LUIS FERNANDO LUENGO ESCALONA, VICEPRESIDENTE, Y TOMAS REYES VICUÑA, PRESIDENTE ACCIDENTAL. SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO, Y EL PROSECRETARIO, SEÑOR DANIEL EGAS MATAMALA. INDICE . Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA 1880 II.- APERTURA DE LA SESION 1880 III.- TRAMITACION DE ACTAS 1880 IV.- LECTURA DE LA CUENTA 1880 Nota de la Unión de Mujeres de Chile respecto del movimiento de la Universidad Católica. (Se le da lectura) ... 1883 Antecedentes sobre condiciones de vida y trabajo en oficinas salitreras "María Elena" y "Pedro de Valdivia". Reiteración de oficio 1884 Desalojo de colonos de terrenos fiscales en Coihaique. Oficio .... 1884 Acuerdos de Comités ... 1886 V.- FACIL DESPACHO: Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre exención de impuestos para elementos destinados a Congregación de Hermanos de Escuelas Cristianas de Santiago y otras instituciones. (Queda pendiente el debate) . . . 1886 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre exención de impuestos para elementos destinados a embarcaciones fleteras de Valparaíso. (Se aprueba) 1888 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre autorización a Municipalidad de Vichuquén, para contratar empréstitos. (Se aprueba) 1888 Proposición de archivo. (Se aprueba) 1888 VI.- ORDEN DEL DIA: Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre normas para la conservación, utilización y fomento de los recursos forestales. (Se solicita al Ejecutivo el retiro de la urgencia) 1889 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre reestructuración de la Dirección de Aeronáutica. (Queda pendiente el debate) 1889 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. (Queda pendiente el debate) 1889 Proyecto de ley, en segundo trámite, que denomina "Liceo de Niñas Gabriela Mistral" al Liceo de Niñas de La Serena. (Se aprueba). 1889 Proyecto de ley, iniciado en moción del señor Ampuero, sobre modificación del Código del Trabajo en lo relativo a asociación sindical y que concede personalidad jurídica a la Central Unica de Trabajadores. (Se aprueba en general) 1901 VII.- TIEMPO DE VOTACIONES: 1901 VIII.- INCIDENTES: Tabla de fácil despacho para la próxima sesión ordinaria. (Se anuncia) 1902 Peticiones de oficios. (Se anuncian) 1902 Situación económica del Poder Judicial. (Observaciones del señor Barros) 1920 Tabla de fácil despacho para la próxima sesión ordinaria. (Se complementa) 1924 Situación económica de las Fuerzas Armadas y Carabineros. (Observaciones del señor Ahumada) 1924 Anexos. DOCUMENTOS: 1.-Mensaje mediante el cual S. E. el Presidente de la República, solicita el acuerdo del Senado para nombrar Director General del Servicio Nacional de Salud al doctor don Juan Hepp Dubiau . . 1930 2.-Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre creación de una Corte de Apelaciones en Rancagua y aumento del número de Tribunales en el país 1930 3.-Proyecto de ley, en segundo trámite, que beneficia a deudores morosos de impuestos y contribuciones 1936 4.-Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre autorización a las Armadas de Chile, Perú y Estados Unidos para realizar ejercicios navales combinados en aguas chilenas 1939 5.-Informe de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto sobre emisión de estampillas con la efigie del ex Presidente don Juan Antonio Ríos, para financiar diversas obras recordatorias del ex Mandatario " . 1940 6.-Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto sobre emisión de estampillas con la efigie del ex Presidente don Juan Antonio Ríos, para financiar diversas obras recordatorias del ex Mandatario 1941 7.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Migración entre Chile y Holanda 1944 8.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención de Viena, sobre Relaciones Consulares 1946 9.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo entre Chile y Paraguay 1947 10.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo sobre aprobación del Convenio Cultural entre Chile y Yugoslavia 1948 11.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Educacional, de Intercambio Cultural y de Becas, entre Chile y Panamá ... . 1949 12.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención Única de Estupefacientes 1951 13.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba la adhesión de Chile al Con venio sobre Asociación de Academias de la Lengua Española . . 1952 14.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba dos Protocolos de Enmienda de la Convención de Aviación Civil Internacional 1953 15.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención de Viena, sobre Relaciones Diplomáticas 1954 16.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo que instituye el Centro Latinoamericano de Física 1956 17.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención Internacional relativa a los Congresos Indigenistas Latinoamericanos y al Instituto Indigenista Interamericano .. .. 1957 18.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Postal Universal 1958 19.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Postal de las Américas y España y el Protocolo Final del Convenio 1960 20.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en la recomendación de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, respecto de la Constitución de determinadas Comisiones permanentes en los Parlamentos Nacionales ... 1961 21.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores que propone enviar al Archivo las Recomendaciones N°s, 120, 121 y 122 de la Organización Internacional del Trabajo 1962 22.-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores que propone enviar al Archivo los Convenios Nºs. 108 y 109, relativos a Gente de Mar, de la Organización Internacional del Trabajo ... . . 1963 23.-Informe de la Comisión de Educación Pública, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del señor Jaramillo Lyon, sobre creación del Premio Nacional de Educación .. 1964 24.-Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto que crea el Premio Nacional de Educación 1965 25.-Segundo informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley sobre franquicias tributarias para inmuebles pertenecientes al Vicariato Apostólico de Aisén 1967 26.-Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del señor Víctor Contreras, sobre beneficios a determinados obreros jubilados del Ministerio de Obras Públicas . . 1970 27.-Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del señor Mauras, so bre jubilación de determinados empleados del Cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile 1972 28.-Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley sobre normas para las vacaciones de los obreros de la construcción y demás que desarrollen labores discontinuas 1974 29.-Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la jornada de radioperadores, operadores y probadores telefónicos 1976 30.-Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto sobre venta de propiedades del Servicio de Seguro Social a sus ocupantes 1978 31.-Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social por medio del cual se propone enviar a la de Obras Públicas, un proyecto sobre autorización al Servicio de Seguro Social para conceder préstamos hipotecarios a sus imponentes 1980 32.-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la petición de desafuero del Intendente de Santiago, formulada por doña Eliana Gálvez Dávila 1980 33.-Moción del señor Pablo, con la que inicia un proyecto de ley sobre autorización a la Municipalidad de Coihueco para contra tar empréstito 1983 34.-Moción del señor Ahumada, sobre denominación de "Hospital Doctor Julio Sepúlveda Urrutia", al Hospital de San Fernando 1985 35.-Moción del señor Bossay, sobre revalorización de pensiones de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional 1986 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA.. Asistieron los señores: Aguirre D., Humberto; Ahumada, Hermes; Alessandri, Fernando; Altamirano, Carlos; Allende, Salvador; Ampuero, Raúl; Aylwin, Patricio; Barros, Jaime; Bossay, Luis; Campusano, Julieta; Carrera, María Elena; Castro, Baltazar; Contreras, Víctor; Curti, Enrique; Chadwick, Tomás; Enriquez, Humberto; Ferrando, Ricardo; Foncea, José; Fuentealba, Renán; García, José; Gómez, Jonás; González M., Exequiel; Gormaz, Raúl; Gumucio, Rafael A.; Jaramillo, Armando; Juliet, Raúl; Luengo, Luis Fdo.; Miranda, Hugo; Noemi, Alejandro; Pablo, Tomás; Palma, Ignacio; Prado, Benjamín; Reyes, Tomás; Rodríguez, Aniceto; Sepúlveda, Sergio; Tarud, Rafael; Von Mühlenbrock, Julio. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Daniel Egas Matamala. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16.14, en presencia de 20 señores Senadores. El señor LUENGO (Vicepresidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- TRAMITACION DE ACTAS. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 28ª, que no ha sido observada. Las actas de las sesiones 29ª, 30ª, 31ª y 32ª, quedan en Secretaría a disposición de los señores Senadores hasta la sesión próxima para su aprobación. (Véase el Acta aprobada en el boletín). IV.- LECTURA DE LA CUENTA El señor LUENGO (Vicepresidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.-Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes. Cuatro de Su Excelencia el Presidente de la República. Con el primero, solicita el acuerdo del Senado para designar como Director General del Servicio Nacional de Salud al doctor Juan Hepp Dubiau. (Véase en los Anexos, documento 1). -Pasa a la Comisión de Salud Pública. Con los tres que siguen, hace presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley: 1.-El que autoriza a las Armadas de Chile, Perú y Estados Unidos de América para realizar ejercicios navales combinados en aguas chilenas. -Se califica de "simple" la urgencia. 2.-El que beneficia a deudores morosos de impuestos y contribuciones. .- Se califica de "simple" la urgencia. 3.-El que modifica la ley Nº 13.908, que creó la Corporación de Magallanes. -Se califica de "simple" la urgencia y los documentos se mandan agregar a sus antecedentes. Oficios. Nueve de la Honorable Cámara de Diputados. Con los tres primeros, comunica que ha prestado su aprobación a los siguientes proyectos de ley: 1.-El que crea una Corte de Apelaciones en Rancagua y eleva el número de Tribunales en el país. (Véase en los Anexos, documento 2). -Pasa, a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y a la de Hacienda, en su caso. 2.-El que beneficia a deudores morosos de impuestos y contribuciones. (Véase en los Anexos, documento 3). -Pasa a la Comisión de Hacienda. 3.-El que autoriza a las Armadas de Chile, Perú y Estados Unidos para realizar ejercicios navales combinados en aguas chilenas. (Véase en los Anexos, documento 4). -Pasa a la Comisión de Defensa Nacional. Con el siguiente, comunica que ha tenido a bien aprobar la proposición formulada por el Senado, respecto de las materias sobre las cuales deberá pronunciarse la Comisión Mixta de Senadores y Diputados, encargada de estudiar diversos problemas en la tramitación de las leyes. -Se manda agregar a sus antecedentes. Con el quinto, comunica que ha accedido al retiro del proyecto de ley, iniciado en Mensaje, sobre autorización al Banco Central para aumentar la cuota de Chile en el Fondo Monetario Internacional. Con el sexto, comunica que ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto sobre reconstitución de Registros de Conservadores de Bienes Raíces, destruidos por siniestros. Con los dos siguientes, comunica que no ha insistido en el rechazo de las modificaciones introducidas por el Senado a los siguientes proyectos de ley: 1.-El que beneficia a los familiares de las víctimas de los sucesos ocurridos en el mineral El Salvador, el 11 de marzo de 1966, y 2.-El que establece normas sobre saneamiento de títulos de dominio y urbanización de poblaciones en situación irregular. Con el último, comunica al Senado que ha aprobado un proyecto de acuerdo modificatorio del Reglamento Interior de la Cámara de Diputados. -Se manda archivarlos. Uno del señor Intendente de Santiago, con el que da respuesta a la petición de desafuero formulada por doña Eliana Gálvez Dávila. -Pasó a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Informes. Uno de la Comisión de Gobierno y otro de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados, sobre emisión de estampillas con la efigie del ex Presidente don Juan Antonio Ríos, para financiar diversas obras recordatorias del ex Mandatario. (Véase en los Anexos, documentos 5 y 6). Dieciséis de la Comisión de Relaciones ' Exteriores. Los trece primeros, recaídos en los siguientes proyectos de acuerdo: 1.-El que aprueba el Convenio de Migración entre Chile y Holanda. (Véase en los Anexos, documento 7). 2.-El que aprueba la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. (Véase en los Anexos, documento 8). 3.-El que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo' entre Chile y Paraguay. (Véase en los Anexos, documento 9). 4.-El que aprueba el Convenio Cultural entre Chile y Yugoslavia. (Véase en los Anexos, documento 10). 5.-El que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Educacional, de Intercambio Cultural y de Becas, entre Chile y Panamá. (Véase en los Anexos, documento 11). 6.-El que aprueba la Convención Única sobre Estupefacientes. (Véase en los Anexos, documento 12). 7.-El que aprueba la adhesión de Chile al Convenio sobre Asociación de Academias de la Lengua Española. (Véase en los Anexos, documento 13). 8.-El que aprueba dos Protocolos de Enmienda de la Convención de Aviación Civil Internacional. (Véase en los Anexos, documento 14). 9.- El que aprueba la Convención de. Viena sobre Relaciones Diplomáticas. (Véase en los Anexos, documento 15). 10.-El que aprueba el Acuerdo que instituye el Centro Latinoamericano de Física. (Véase en los Anexos, documento 16). 11.-El que aprueba la Convención Internacional relativa a los Congresos Indigenistas Latinoamericanos y al Instituto Indigenista Interamericano. (Véase en los Anexos, documento 17). 12.-El que aprueba el Convenio Postal Universal. (Véase en los Anexos, documento 18). 13.--El que aprueba el Convenio Postal de las Américas y España y el Protocolo Final del Convenio. (Véase en los Anexos, documento 19). Los tres últimos, recaídos en los siguientes asuntos: 1.-Recomendación de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, respecto de la Constitución en los Parlamentos Nacionales de determinadas Comisiones permanentes. (Véase en los Anexos, documento 20). 2.-Proposición de archivp de las Recomendaciones Nºs. 120, 121 y 122 de la Organización Internacional del Trabajo. (Véase en los Anexos, documento 21). 3.-Proposición de archivo de los Convenios N°s. 108 y 109 de la Organización Internacional del Trabajo, relativos a la Gente de Mar. (Véase en los Anexos, documento 22). Uno de la Comisión de Educación Pública y otro de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Jaramillo, sobre creación del Premio Nacional de Educación. (Véanse en los Anexos, documentos 23 y 24). Un segundo informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados sobre franquicias tributarias a inmuebles pertenecientes al Vicariato Apostólico de Aisén. (Véase en los Anexos, documento 25). Seis de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaídos en los siguientes asuntos: 1.-Proyecto de ley, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Contreras Tapia, sobre beneficios a determinados obreros jubilados del Ministerio de Obras Públicas. (Véase en los Anexos, documento 26). 2,-Proyecto de ley, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Mauras, sobre jubilación de determinados empleados del Cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile. (Véase en los Anexos, documento 27). 3.-Proyecto de la Honorable Cámara de Diputados, sobre normas para las vacaciones de los obreros de la construcción y demás, que desarrollen labores discontinuas. (Véase en los Anexos, documento 28). 4.-Proyecto de la Honorable Cámara de Diputados, sobre modificación del Código del Trabajo, en lo relativo a la jornada de los radioperadores, operadores y probadores telefónicos. (Véase en los Anexos, documento 29). 5.-Proyecto de la Honorable Cámara de Diputados, sobre venta de propiedades del Servicio de Seguro Social a sus ocupantes. (Véase en los Anexos, documento 30). 6.-Proposición de la Comisión para enviar a la de Obras Públicas, el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados, sobre autorización al Servicio de Seguro Social para conceder préstamos hipotecarios a sus imponentes, para construcción de viviendas. (Véase en los Anexos, documento 31). -Quedan para tabla. Uno de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en la petición de desafuero del Intendente de Santiago, formulada por doña Eliana Gálvez Dávila. (Véase en los Anexos, documento 32). -La votación queda para el tiempo de Votaciones de primera hora de la sesión ordinaria siguiente. Mociones. Uno del Honorable Senador señor Pablo, con la que inicia un proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Coi-hueco para contratar empréstitos. (Véase en los Anexos, documento 33). -Pasa a la Comisión de Gobierno. Otra del Honorable Senador señor Contreras Tapia, con la que inicia un proyecto de ley sobre amnistía a don Jorge Es-pinoza Pérez. -Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Una tercera, del Honorable Senador señor Ahumada, con la que inicia un proyecto de ley que cambia el nombre del Hospital Regional de San Fernando por el de "Hospital Doctor Julio Sepúlveda Urrutia". (Véase en los Anexos, documento 34). -Pasa a la Comisión de Salud Pública. Una cuarta, del Honorable Senador señor Bossay, con la que inicia un proyecto de ley sobre revalorización de pensiones de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. (Véase en los Anexos, documento 35). -Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Cinco de los Honorables Senadores señores Ahumada, Chadwick, Gómez, Jaramillo y Von Mühlenbrock, con las que inician sendos proyectos de ley que benefician, por gracia, a las siguientes personas, respectivamente: 1.-Sotomayor Orrego, Luis 2.-Varela Miranda, Ramón Luis 3.-Benítez de García Huidobro, Inés 4.-Mesina viuda de Baro, Aída Rosa, y 5.-Lyon viuda de Alamos, Ana. -Pasan a la Comisión de Asuntos de Gracia. Comunicaciones. Una del señor Director de Presupuestos, en la que hace presente diversos antecedentes relacionados con máquinas de contabilidad y estadística. Una del Comité de Defensa y Desarrollo de Coihaique, en la que solicita el pronto despacho del proyecto denominado "Estatuto Aisén". Otra del Alcalde y del Secretario Municipal de Puerto Natales, referente a problemas de ese departamento, y Una última, de la Unión de Mujeres de Chile, respecto del movimiento estudiantil de la Universidad Católica. -Se manda archivarlas. NOTA DE LA UNION DE MUJERES DE CHILE SOBRE MOVIMIENTO ESTUDIANTIL, EN LA UNIVERSIDAD CATÓLICA. La señora CAMPUSANO.- Pediría que se leyera la comunicación enviada por la Unión de Mujeres de Chile acerca del problema suscitado por la huelga de los alumnos de la Universidad Católica, de la cual se acaba de dar cuenta. El señor FIGUEROA (Secretario).- Dice la comunicación: "Unión de Mujeres de Chile, Filial Valparaíso." "Independencia 1988, 3er. piso." "Unión de Mujeres de Chile, filial Valparaíso, alarmada por el giro que toma el justo movimiento de los estudiantes de la Universidad Católica poi* la democratización de la Universidad, llamó a reunión extraordinaria y acordó lo siguiente: "a) De acuerdo a nuestros principios de "Por la defensa de la juventud" y "Por la solidaridad nacional e internacional". "b) Protesta enérgicamente por los sucesos ocurridos el martes 1° de agosto frente al Obispado, donde el estudiantado de Valparaíso fue vilmente apaleado por carabineros con procedimientos impropios de un régimen democrático. "c) Pide la inmediata salida del Intendente señor Enrique Vicente, del abogado de la Intendencia y jefes policiales responsables directos de esta represión. "d) Libertad inmediata de los detenidos a raíz de estos sucesos. "e) Suscribe ampliamente la declaración emitida por las mujeres y Jóvenes democratacristianos frente a estos hechos." "Brunilda Bolbarán Costa, Presidenta". "Raquel Rivera, Secretaria General." "Valparaíso, 2 de agosto de 1967." ANTECEDENTES SOBRE CONDICIONES DE VIDA Y TRABAJO EN OFICINAS SALITRERAS MARIA ELENA Y PEDRO DE VALDIVIA. REITERACION DE OFICIO. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Señor Presidente, hace alrededor de dos meses solicité y obtuve el envío de un oficio al señor Ministro de Minería, con el objeto de que se me proporcionaran algunos antecedentes relacionados con la misión cumplida por un funcionario de ese Ministerio en lo tocante a las condiciones de vida y trabajo de los obreros y empleados de las oficinas salitreras María Elena y Pedro de Valdivia. Estos antecedentes se pidieron por conducto de la Oficina de Informaciones, pero el señor Ministro respondió que no Ira posible remitirlos por tratarse de documentos de carácter reservado. Sin embargo, yo había planteado que, si no era dable poner en coro-cimiento del Senado dichos antecedentes, el señor Ministro concurriera a una sesión secreta de esta Corporación. Esta mañana pregunté a dicho Secretario de Estado por qué causa no se habían enviado las conclusiones mencionadas, y él me contestó que son documentos privados. Esto querría decir que ya no sólo los balances de las empresas son privados para los parlamentarios, sino también los informes de carácter técnico elaborados por funcionarios públicos. Por lo demás, el señor Ministro de Minería expresó que no ha recibido comunicación del Senado para solicitarle los antecedentes pertinentes, o su concurrencia a una sesión de esta rama del Congreso para exponerlos. A mi juicio, en vísperas del término de la vigencia del referéndum salitrero -a menos de un año-, necesitamos, especialmente los parlamentarios de la Primera Agrupación, algunos antecedentes hasta la fecha mantenidos en secreto por el Ministerio de Minería. En nombre de los Senadores comunistas, reitero mi petición de oficiar a ese Secretario de Estado, con el objeto de que envíe, en mi nombre y con el carácter reservado, los antecedentes solicitados o, en su defecto, darlos a conocer directamente en una sesión del Senado. El señor LUENGO (Vicepresidente).- De conformidad con el Reglamento se enviará el oficio solicitado en nombre de Su Señoría. El señor RODRIGUEZ.-¿Se suspendió la hora de Incidentes, señor Presidente? El señor LUENGO (Vicepresidente).- Se está pidiendo acuerdo para ello. El señor ALLENDE.-¿Me permite? En reunión de Comités, el Senador Aniceto Rodríguez solicitó 10 minutos sobre la Cuenta, petición que quedó condicionada a un acuerdo. Si éste no se toma oportunamente, al término de la cuenta y antes de Fácil Despacho, el señor Senador no podrá hacer uso de la palabra. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se concederán al Honorable señor Rodríguez 10 minutos para referirse a un problema regional. El señor PALMA.- ¿Adoptaron acuerdo sobre ello los Comités? El señor LUENGO (Vicepresidente).- No, señor Senador. Tal acuerdo se condicionó a la supresión de los Incidentes. El señor ALLENDE.-Estuvo condicionado a que se suspendieran los Incidentes. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se le concederá el tiempo solicitado por el Honorable señor Rodríguez. Acordado. . Tiene la palabra Su Señoría. DESALOJO DE COLONOS DE TERRENOS FISCALES EN COIHAIQUE. OFICIOS. El señor RODRÍGUEZ.- Seré muy breve. En primer lugar, agradezco la gentileza de la Corporación por darme la oportunidad, en estos pocos minutos, para referirme a un grave problema regional, conocido de los señores Senadores por la zona austral. Mediante comunicaciones telefónicas y la visita de una delegación de Aisén, he tenido conocimiento de que, a cuatro o cinco kilómetros de la localidad de Coihaique, se produjo un desalojo violento, con excesiva brutalidad, de algunas familias de colonos que habían ocupado terrenos fiscales que, por vencimiento del contrato de arrendamiento, había dejado de ocupar la Sociedad Explotadora Ganadera de Aisén. Tal hecho se produjo en marzo del año en curso; de tal manera que ellos estaban absolutamente desocupados. En esa provincia hay exactamente mil familias, optando para ocupar esos terrenos constituidos por 120 mil hectáreas disponibles en proporción a los pobladores. En realidad, los organismos administrativos no han procedido con la celeridad necesaria para instalar pobladores o repoblar el territorio de Aisén. Las ocupaciones de tierra datan desde muchos años. Tan así es que la legislación especial sobre tierras australes reconoce dominio a los ocupantes de hecho. Repito: las familias que tomaron terrenos cerca de Coihaique fueron desalojadas antenoche con excesiva brutalidad y rigor policial. No obstante estar en plena época de invierno, con los caminos inundados de nieve, los hombres y las mujeres, con niños y guaguas, fueron expulsados violentamente por la policía, con intervención, inclusive, de unidades del Ejército, como si se tratase de un gran movimiento de tropa para detener una verdadera invasión extraterritorial. En el territorio en referencia, como todos sabemos, ocurrieron los incidentes de Laguna del Desierto. Allí, aparentemente según los informes oficiales, los argentinos han penetrado en una pequeña porción territorial. Pero según los que tenemos los Senadores por la Novena Agrupación, la penetración argentina es mucho más extensa. Precisamente, para defender la zona de Laguna del Desierto, territorio chileno, el Gobierno debería ejercer, con virilidad, nuestra soberanía mediante el rigor policial que ahora se aplica sobre algunos connacionales que han ocupado tierras en Aisén. En la mañana de hoy, el señor Presidente del Senado, los miembros de la brigada parlamentaria socialista y la delegación de Coihaique, nos entrevistamos con el señor Ministro del Interior, quien, en principio, ha tratado de resolver el problema aun cuando, a mi juicio, no dio excusas suficientes para justificar el excesivo rigor policial a que he hecho referencia. También nos reunimos con el Subsecretario de Tierras y Colonización. De todo ello surge la evidencia de que esas tierras fiscales deben ser habilitadas para los pobladores que desean un pedazo de ellas en el cual trabajar, lo que les es negado sistemáticamente por la burocracia instalada en esa zona, en particular, por el Gobernador de Coihaique. He querido utilizar estos pocos minutos dispensados por el Senado, en primer lugar, para reiterar, en nombre del Comité Socialista, nuestra reclamación por los excesos policiales señalados, por el mal criterio de las autoridades de la zona y, por último, para exigir que las 120 mil hectáreas disponibles en el territorio de Aisén se entreguen, con la mayor urgencia, a las mil familias que, sin duda, transformarían esos terrenos en un verdadero emporio de riquezas que, si son explotadas por chilenos -y están dispuestos a haberlo-, podría hacer progresar la economía y productividad de la zona. En consecuencia, pido oficiar, reiterando nuestra posición sobre la materia, al señor Ministro del Interior, al señor Ministro de Tierras y también al funcionario respectivo de la Corporación de la Reforma Agraria, con el objeto de que intervenga en este asunto y dé solución cabal, patriótica y técnica al problema de estos colonos de la provincia de Aisén, condenando, por supuesto, los excesos policiales ocurridos allí. De estos incidentes hay constancia. También el Honorable señor González Madariaga ha tenido informaciones en el sentido de que los pobladores y los organismos más representativos de la provincia se quejan de la situación que afrontan. Es todo cuanto quería decir, señor Presidente. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Intervendré brevemente sobre la materia, señor Presidente. Lo más grave de este problema es que se trata de una escasa extensión de terreno. Son ochenta hectáreas ocupadas por ocho familias, desde hacía largo tiempo inexplotadas y que, por ello, no prestaban beneficio alguno. Por consiguiente, existía indolencia y espíritu negligente por parte de los servicios del Estado respectivos, al no distribuir la superficie de terrenos que dejó de ocupar la Sociedad Explotadora Ganadera de Aisén. La ocupación en referencia se produjo, en verdad, por la ansiedad de trabajar la tierra que esos chilenos tienen. Yo adhiero a las palabras expresadas por el Honorable señor Rodríguez y pido, también, que los oficios a que el señor Senador hizo referencia se envíen en nombre de todos los Comités a los Ministros respectivos. El señor AMPUERO.-Y en nombre del Comité Socialista Independiente. La señora CAMPUSANO.- Y en el del Comunista. El señor BARROS.-También en el del Partido Democrático Nacional. El señor ALLENDE (Presidente).- Se enviarán los oficios en nombre de los señores Senadores que los han solicitado, a los Ministros del Interior y de Tierras y Colonización. ACUERDOS DE COMITES. El señor ALLENDE (Presidente).- Se va a dar cuenta de los acuerdos de Comités. El señor FIGUEROA (Secretario).- Son: 1.-Celebrar sesiones especiales los días jueves 24 y 31 de agosto, y 7 y 14 de septiembre, de 16 a 20 horas, a fin de despachar asuntos en estado de Tabla; 2.-Dejar sin efecto el acuerdo de Comités relativo al despacho del proyecto sobre ayuda y fomento de las industrias elaboradoras de harina y aceite de pescado de Tarapacá y Antofagasta, adoptado en sesión de fecha 8 del actual; 3.-Solicitar al Ejecutivo el retiro de la urgencia hecha presente para el despacho del proyecto sobre conservación, utilización y fomento de los recursos forestales del país, y 4.-Destinar los últimos quince minutos del Orden del Día de la sesión de hoy a considerar los siguientes proyectos: El que denomina "Liceo de Niñas Gabriela Mistral" al Liceo de Niñas de La Serena, y El que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la asociación sindical y que concede personalidad jurídica a la Central Unica de Trabajadores. V.- FACIL DESPACHO. EXENCION DE IMPUESTOS PARA ELEMENTOS DESTINADOS A CONGREGACION DE HERMANOS DE ESCUELAS CRISTIANAS DE SANTIAGO Y OTRAS INSTITUCIONES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de derechos a la internación de especies destinadas a la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas de Santiago y de otras instituciones La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Sepúlveda (presidente), Bossay, Contreras Tapia, Ibáñez y Noemi, propone aprobar el proyecto. -El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 43ª, en 16 de agosto de 1966, documento Nº 8, y el informe, en los de la sesión 28ª, en 2 de agosto de 1967, documento Nº 2. El señor ALLENDE (Presidente).- En la discusión general y particular, ofrezco la palabra. El señor PABLO.- Señor Presidente, como miembro de la Comisión de Hacienda, formulé una indicación a la iniciativa en debate para liberar de derechos de internación a dos ambulancias destinadas al Instituto Médico de Concepción. No obstante ser ésta, sociedad anónima, no persigue fines de lucro, ni otros objetivos de índole similar. Se trata de una entidad formada por diversos médicos de la zona de Concepción mediante suscripción de acciones. Con ese capital se ha constituido un instituto cuyo propósito es proporcionar atención médica preferente, y directamente, a grupos de empleados. Ese organismo particular no está dirigido por sectores que podrían tener intereses especiales. Por el contrario: es una sociedad cuyo capital se integró por acciones en vez de hacerlo por el sistema de cooperativa. Sus socios tendrán derecho a atención médica, como dije, personal, pero que, a la postre, beneficiará a la comunidad. Por eso, renovaré esta indicación y pido al Senado que al considerarla tenga en cuenta los antecedentes expuestos. El señor BARROS.- Señor Presidente, la Comisión de Hacienda rechazó también, por mayoría de votos, la concesión de franquicias que consta en el artículo primero del proyecto de la Cámara de Diputados, para internar una camioneta marca Chevrolet, modelo C-1503, destinada al "Instituto Rafael Ariztía", de Quillota. Seguramente, la Comisión no conoció los fines perseguidos por tal solicitud del Instituto referido, cuales son los de servir a su Brigada de "Boy-Scouts". Por norma, siempre me he opuesto a liberar del pago de derechos aduaneros a vehículos motorizados cuando éstos sirven a instituciones millonarias o para la comodidad individual de algún prelado. Jamás me opuse ni me opondré cuando se trata de internar implementos de deporte, de estudio, material audiovisual o cualquier artículo que estimule el saber, destinado, ya sea a cualquier universidad, o a liceos o colegios particulares. En este caso -del que he conversado con el Honorable señor Bossay-, ruego al Senado rectifique la negativa que recomienda la Comisión en lo tocante a la liberación tributaria de esa camioneta para los Hermanos Maristas de Quillota, porque ésta ha de servir para favorecer a los niños exploradores que, en días festivos o durante las vacaciones, acuden a incursionar por los cerros o parajes del valle de Quillota. Los que hemos sido "boy-scouts"; los que, desde el punto de vista médico, sabemos que el niño en contacto con la naturaleza va adquiriendo la carga emocional y física que lo capacite para ser un adulto sano integralmente, no podemos menos que continuar admirando más y más la obra de ese genial creador de la organización de los "boy-scouts", Sir Robert Baden Powell, porque el "scoutismo" es una herencia magnífica sin color político ni religioso. Por eso, y en homenaje a ese niño explorador que hace pocos días se fatalizó en los aledaños del cerro La Campana, de Olmué, vecino a Quillota, quiero recabar de los señores Senadores que aprueben la liberación de derechos aduaneros del vehículo mencionado, que los Hermanos Maristas de Quillota han de utilizar para su brigada de niños "boy-scouts". El señor AGUIRRE DOOLAN.- Tiene que formular la respectiva indicación Su Señoría. , El señor ALLENDE (Presidente).- Ruego a los señores Senadores enviar por escrito a la Mesa sus indicaciones, que no constan en los antecedentes. El señor PABLO.- Me ha extrañado no encontrar, en la parte pertinente del informe, mi indicación, que tampoco está en la Mesa. Por lo tanto, el Comité Demócrata Cristiano solicita, por mi intermedio, que el proyecto quede para segunda discusión. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Estimo que el Senado debe ser muy parco y austero en el despacho de proyectos de esta naturaleza. Se dictó una ley -la que lleva el número 15.139- que otorga al Jefe del Estado la facultad de conceder tales liberaciones en favor de institutos que no persigan finalidades de lucro; de manera que su tramitación ha sido transformada ya en un proceso de orden administrativo. Sin embargo, casi no hay sesión del Senado en que no estemos preocupados de materias de esta índole, las que -repito-, en virtud de aquella ley, deben ser resueltas por el Administrador. Ojalá tome en cuenta la Comisión lo que acabo de expresar, para que, en adelante, se dé a estas liberaciones de derechos el carácter que les corresponde. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. De acuerdo con la petición del Honorable señor Pablo, queda para segunda discusión el proyecto, y en primer lugar de la tabla de Fácil Despacho de la sesión de mañana. EXENCION DE IMPUESTOS PARA ELEMENTOS DESTINADOS A EMBARCACIONES FLETERAS DE VALPARAISO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda, suscrito por los Honorables señores Rodríguez (presidente), Bossay, Contreras La- barca, Ibáñez y Noemi, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de gravámenes de internación a elementos destinados a embarcaciones fleteras del puerto de Valparaíso. La Comisión recomienda aprobar el proyecto con las modificaciones que indica. -El proyecto se encuentra en los Anexos de la sesión 25*, en 25 de julio de 1967, documento Nº 13, y el informe, en los de la sesión 28ª, en 2 de agosto de 1967, documento Nº 3. -Se aprueba en general y particular el proyecto, con las modificaciones propuestas por la Comisión. EMPRESTITOS PARA MUNICIPALIDAD DE VICHUQUEN. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Bulnes Sanfuentes (presidente), Gomez y Reyes, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de Vichuquén para contratar empréstitos. La Comisión recomienda al Senado aprobar el proyecto, con la modificación que señala en su informe. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 18ª, en 11 de julio de 1967, documento Nº 3, y el informe, en los de la sesión 29ª, en 8 de agosto de 1967, documento Nº 8. -Se aprueba en general y particular el proyecto, con la modificación propuesta por la Comisión. PROPOSICION DE ARCHIVO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Y en el último lugar de la tabla de Fácil Despacho figura un informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, suscrito por los Honorables señores Altamirano (presidente), Castro, Fuentealba y Juliet, en que pone en conocimiento del Senado el Convenio Nº 111, relativo a Discriminación en materia de Empleo y Ocupación, adoptado en la 42ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, efectuada en Ginebra en junio de 1958, y propone su archivo. -El informe aparece en los Anexos de la sesión 29ª, en 8 de agosto de 1967, documento Nº 10. -Se aprueba. VI.- ORDEN DEL DIA. NORMAS SOBRE CONSERVACION, UTILIZACION Y FOMENTO DE RECURSOS FORESTALES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Respecto del primer punto del Orden del Día, es decir del proyecto por el que se dictan normas sobre conservación, utilización y fomento de recursos forestales, los Comités acordaron dar un nuevo plazo a la Comisión respectiva y solicitar al Ejecutivo el retiro de la urgencia correspondiente. REESTRUCTURACION DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA. El señor FIGUEROA (Secretario).- En cuanto al proyecto que figura en segundo lugar, que es el relativo a reestructuración de la Dirección de Aeronáutica, las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda terminaron de informarlo tan sólo hoy, a las 13.30. En consecuencia, el informe no está listo y quedará para ser tratado en la sesión de mañana. SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde, por lo tanto, tratar el punto tercero del Orden del Día, que es el segundo informe de las Comisiones de Salud Pública y de Trabajo y Previsión Social, unidas, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que establece el seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. -El proyecto se inserta en los Anexos de la sesión 33ª, en 26 de julio de 1966, documento Nº 3, y los informes, en los de las sesiones 19ª, en 19 de mayo de 1967, y 22ª, en 19 de julio de 1967, documentos Nºs. 3 y 10, respectivamente. El señor FIGUEROA (Secretario).- La discusión de este proyecto quedó pendiente en el artículo 31 del primer informe, que pasa a ser 32 en el segundo, y con relación al cual han sido renovadas dos indicaciones : la que lleva el número 63 y que tiene por objeto sustituir el artículo propuesto por las Comisiones, y la indicación número 64, tendiente a reemplazar el guarismo "45%" por "35%". Estas indicaciones quedaron pendientes de resolución en la sesión pasada. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Tiene la palabra el Honorable señor Víctor Contreras. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Señor Presidente, la indicación número 63, que fue presentada por los Senadores comunistas, y luego renovada con las firmas correspondientes, tiene por objeto establecer una escala para los efectos de la clasificación de las enfermedades profesionales; vale decir, fundamentalmente para los enfermos de silicosis; para los mineros, en particular. ¿Qué se propone en la indicación? Ella dice lo siguiente: "Si la disminución de la capacidad de ganancia es igual o superior a un 30% e inferior a un 50%, el accidentado o enfermo tendrá derecho a una pensión mensual, cuyo monto será equivalente al 45% del sueldo base. "Si la disminución de la capacidad de ganancia es igual o superior a un 50% e inferior a un 70%, el accidentado o enfermo tendrá derecho a una pensión mensual cuyo monto será equivalente al 75% del sueldo base." En la actualidad, hay sólo dos escalas. Para que un silicoso pueda percibir media pensión, debe haber perdido más de 40% de su capacidad de ganancia. Nosotros proponemos que las personas que hayan contraído esta enfermedad tengan una remuneración equivalente a 45% del sueldo base cuando su capacidad haya disminuido en 30%. ¿Qué se entiende por salario base en este momento? El mal llamado salario base de un obrero es de 4.800 pesos. ¿Qué puede hacer un padre de familia que ha perdido 30% de su capacidad de trabajo, que se encuentra imposibilitado de continuar desempeñando la actividad, el oficio que seguramente aprendió de niño? Esta persona, una vez declarada silicosa, para poder incorporarse a un nuevo trabajo debe contar con un examen médico; y como éste ha de arrojar un resultado negativo, automáticamente se verá imposibilitado de recontratar sus fuerzas para obtener el sustento diario de ella y de su familia. Ya di a conocer en sesiones anteriores que en algunos países europeos se considera la pérdida de capacidad de trabajo del obrero desde que ésta es de 12%. Nosotros proponemos, además, que a la disminución en 50% de tal capacidad, corresponda pagar al obrero 70% de su salario base, y en el caso de que la haya perdido en 70 %, su pensión equivalga a 100% de dicho jornal. Pero al mismo tiempo está en discusión en este precepto, la rebaja de 45% a 35% de la pensión mensual. Y para ello se da como argumento, eternamente, la falta de financiamiento. ¡En todos los proyectos que tienen relación con los trabajadores, nos encontramos con el escollo del financiamiento! Pero éste no se busca en el momento oportuno. Se dice al trabajador que se conforme, que debe soportar algo más todavía, que debe sufrir un poco más. Y lo curioso es que, en esto, comulgan, a veces, moros y cristianos, católicos y protestantes. Y en particular los católicos, aquellos que creen en los Mandamientos de la Ley de Dios, que dicen profesar la misericordia; que predican que debe darse de comer al hambriento -pero medio Chile está hambriento y es un grupo muy reducido el que se come los alimentos, mientras la gran mayoría, la masa, trabaja y padece-; que hay que dar de beber al sediento -y todos los días sube el costo del agua potable y ya la gente ni siquiera eso puede beber-; que hay que dar posada al peregrino, y día tras día nos afligen las disposiciones del decreto con fuerza de ley número dos y los reajustes de las viviendas económicas que los trabajadores no pueden pagar. Sería largo, señor Presidente, seguir enumerando "obras de misericordia" como ésas. Una de ellas consiste en vestir al desnudo. Pero ocurre que hay personas que tienen sus "closets" repletos de ropas, mientras otras sólo poseen andrajos. Y frente a este dramático cuadro que vive el país, se niega apoyo a esta indicación. Si no hay financiamiento adecuado, es simplemente porque no se ha querido darlo. ¿Acaso no ha dicho la Superintendencia de Seguridad Social que se requiere 2,5% de cotización básica para financiar esta iniciativa? La cotización básica se rebajó a 1% y se aumentó la adicional. Si para financiar el proyecto el Gobierno está facultado para hacer efectiva esta cotización hasta 4% de las remuneraciones imponibles, ¿por qué no se concede este beneficio, principalmente a los mineros? No insistiré sobre el particular, pues deseamos el pronto despacho de la iniciativa. Pero anticipo que los Senadores comunistas pediremos votación nominal respecto de esta indicación, a fin de que quede constancia de cómo se emitirán los votos; se demuestre la sensibilidad que siempre es manifestada sólo de viva voz y no en los hechos, y para que Sus Señorías sepan, por ejemplo, que no es posible vivir con el salario o pensión mínima que en estos instantes percibe la gran masa de trabajadores acogidos al beneficio del Seguro Social o de la ley de accidentes del trabajo. Como los señores Senadores saben, esa pensión mínima en la actualidad alcanza a 172 pesos mensuales. No creo en los milagros de los Santos, sino en los que realizan las mujeres de los pobres para administrar los miserables salarios que perciben sus maridos. Imagino que mucha gente no sabe cuánto cuestan los artículos de primera necesidad; que todos los días suben los precios ni cuál es el valor del vestuario de sus hijos. Como los hijos de los pobres están acostumbrados a vestirse con ropa vieja que les regalan las personas caritativas, son muchos los que en este país no saben cuánto cuesta subsistir. No hablemos de vivir, porque son pocos los que pueden darse el lujo de decir que en Chile se vive y se atienden todas las necesidades de un ser humano. Reitero mi solicitud de votación nominal. El señor AGUIRRE DOOLAN.- ¿De qué indicación se trata, señor Senador? El señor CONTRERAS (don Víctor).- Es la número 63, Honorable colega, que fija una escala de pensión para quienes contraen enfermedades profesionales. El señor ALLENDE (Presidente).- Hago presente a la Sala que sobre el particular existen tres posiciones: la indicación renovada para aumentar la escala; la escala establecida por el informe de la Comisión, y una indicación del señor Ministro destinada a rebajar esa escala., El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¿No mandó el señor Ministro ninguna indicación donde nos informe respecto de cuánto gana... ? Sería interesante que nos informara sobre el particular. El señor FONCEA.- Señor Presidente, entiendo que estamos discutiendo conjuntamente la indicación renovada del Honorable señor Contreras Tapia con la del Ejecutivo. En este predicamento, insistiré en las observaciones que formulé en la sesión anterior, pues los señores Senadores deben saber que el debate sobre esta materia está prácticamente agotado. Sin embargo, como Su Señoría insiste en ciertas afirmaciones que no se ajustan a la realidad, yo también me veo obligado a reiterar lo que he sostenido a lo largo de esta discusión. El Honorable señor Víctor Contreras, ha hecho hincapié en que, respecto del financiamiento, la mayoría de las Comisiones -no fue la unanimidad, porque sólo contó con el voto contrario de Su Señoría - lo rebajó. Sostengo que esto no es exacto, toda vez que lo único que hizo el Senado, con relación a la iniciativa despachada por la Cámara, fue establecer una cotización básica de 1%, susceptible de aumentarse en 4% más, de acuerdo con la peligrosidad de la faena o empresa, lo que, a mi juicio, es justo, porque no es posible, mediante una cotización única, beneficiar a empresas con alto porcentaje de frecuencia en accidentes del trabajo, como es el caso de las compañías de la gran minería del cobre. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Son las que tienen menos. El señor FONCEA.- Las que tienen más, señor Senador. Por eso, nosotros fijamos una cotización básica susceptible de aumentarse en 4%, lo que en definitiva da el mismo resultado que el financia-miento aprobado por la Cámara. En cuanto a las críticas que se formulan, no diré al Ejecutivo, sino a la mayoría de las Comisiones, por haber aprobado la indicación en la forma como se hizo, debo señalar que desde la dictación del Código del Trabajo -esto no data de hace diez años, sino de cuarenta y dos- existe el sistema vigente en la actualidad. El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¿Por qué no lo modifican, entonces? El señor FONCEA.- Y resulta que respecto de accidentes del trabajo que originan incapacidad de 15% a 70%, hoy día se paga una indemnización global ínfima. Todos los señores Senadores que se han interesado por la materia saben lo insignificante que es esta pensión. Ello no ha merecido, por lo menos no tengo conocimiento, ninguna indicación de Sus Señorías, salvo las formuladas por otros señores Senadores para modificar esta situación. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Estamos hablando de los silicosos, señor Senador. El señor FONCEA.- Pues bien, en 1961 el Senado despachó un proyecto que se consideró ideal en esa época y cuyo patrocinio fue disputado por diferentes señores Senadores al discutirse en general la iniciativa. Y este proyecto, que se consideró ideal, consignaba una indemnización global para los accidentes que originaran incapacidad entre 15% y 70% - no a 40%, como dice el proyecto del Ejecutivo- y una pensión de 30% para las incapacidades que fueran del 50 al 70%. Si se considera que en el proyecto del Ejecutivo, que fue modificado por la indicación del Honorable señor Contreras Tapia en el primer informe, esta pensión se aumentó de 35% a 45% -ello produjo un desfinanciamiento que, según demostré en la sesión anterior y de acuerdo con los informes de la Superintendencia, alcanza a una suma superior a 17 millones de escudos-, debe concluirse que aquí es preciso aplicar el adagio de que lo bueno es el peor enemigo de lo mejor. Sobre esta materia, estamos dando un paso que no se ha dado a lo largo de cuarenta años. Y cosa curiosa: de entre los técnicos que concurrieron a las Comisiones, el doctor Oyanguren, destacado especialista en la materia, dijo: ".'. . subdividir el tramo producía innumerables problemas técnicos, de insuperable solución, debido a que en la determinación de los grados de incapacidad es principal la apreciación subjetiva de quien califica". Ya señalé que es una comisión de médicos la que determinará en definitiva el grado de incapacidad. Porque no es lo mismo el accidente que provoque la pérdida de un dedo a un pianista que aquel que provoca igual daño a una persona que trabaja en un banco u oficina particular. De manera que es el factor ocupacional lo más importante en la determinación de la incapacidad. Muchas veces se ha sostenido aquí por parlamentarios de Oposición -cito el caso del Honorable señor González Madariaga- que nosotros no podernos aprobar proyectos que vienen totalmente desfinanciados, por ser una actitud poco seria y tendiente sólo a ilusionar a mucha gente, como ha ocurrido con legislaciones existentes sólo en el papel e inaplicables en la práctica. El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¡Lo serio es que la gente está muriendo de hambre! El señor FONCEA.- Por eso, en consideración a que el proyecto del Ejecutivo es mucho más favorable y amplio que el aprobado por esta Corporación en 1961 y a que no cabe comparación alguna con la legislación vigente desde hace 42 años, participo del criterio de la mayoría de las Comisiones en el sentido de rechazar la indicación renovada. El señor AHUMADA.- Señor Presidente, ya expresamos nuestro criterio general respecto de las prestaciones con relación al financiamiento que la iniciativa consigna. Ahora, la indicación del Honorable señor Contreras Tapia dice: "Si la disminución de la capacidad de ganancia es igual o superior a un 30% e inferior a un 50%, el accidentado o enfermo tendrá derecho a una pensión mensual, cuyo monto será equivalente al 45% del sueldo base". O sea, mediante esta indicación se aumenta el beneficio; pero al incrementarse éste, debe consignarse mayor financiamiento. Su Señoría tendría toda la razón si en las Comisiones y en la Sala se hubiera aprobado, en lo fundamental, la indicación tendiente a que el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se financie con una cotización básica de cargo de la entidad empleadora equivalente a 3,5% de todas las remuneraciones que paguen a sus trabajadores. Pero ésta no es la forma como se financia el proyecto. Por consiguiente, seguiremos insistiendo en la misma discusión, ya que todas las otras indicaciones del Honorable señor Contreras, al aumentar el beneficio, inciden en el financiamiento. Es decir, o se reabre debate sobre el financiamíento -ya consignado al aprobar el artículo 11- y se modifica sustancialmente este aspecto, o, sencillamente, estamos perdiendo el tiempo en forma lamentable. Repito: lo fundamental es que el Senado acuerde o reabrir debate respecto del artículo 11 y revisar el financiamiento aprobado, que es genérico para todas las prestaciones consignadas en el proyecto, o, sencillamente, al expresar nuestra opinión, tendremos que volver a insistir sobre lo mismo. ¿Por qué? Porque en el momento en que se discutió el artículo 11, relacionado con el financiamiento, se escuchó a los técnicos que concurrieron a las Comisiones -el señor Superintendente de Seguridad Social, don Carlos Briones, hombre que a todos nos merece respeto por su eficiencia y capacidad; el jefe de la Oficina de Racionalización de la Superintendencia, don Hernán Munita; los asesores del Ministerio del Trabajo, y el Jefe del Departamento de Higiene Ambiental del Servicio Nacional de Salud, doctor Hernán Oyanguren-, quienes expresaron la conveniencia de obtener un financiamiento adecuado, pues de otro modo se produciría una situación de so-brefinanciamiento, lo que provocaría desgaste y fatiga .en las tributaciones que se imponen al sector de empleadores. Por eso, lo único cierto es que debemos revisar el artículo 12, ya aprobado. En caso contrario, no cabe sino aprobar lo que recomiendan las Comisiones unidas, con lo cual estuvimos de acuerdo todos los sectores del Parlamento, menos el Honorable señor Víctor Contreras. En esa forma, podríamos despachar el proyecto y no nos cansaríamos en discusiones repetidas e insistentes. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación nominal la indicación renovada Nº 63. El señor FIGUEROA (Secretario).- La indicación renovada Nº 63 tiene por objeto sustituir el artículo 31, que pasa a ser el 32 aprobado por las Comisiones, por el siguiente: "Artículo 31.-Si la disminución de la capacidad de ganancia es igual o superior a un 30% e inferior a un 50%, el accidentado o enfermo tendrá derecho a una pensión mensual, cuyo monto será equivalente al 45% del sueldo base. "Si la disminución de la capacidad de ganancia es igual o superior a un 50% e inferior a un 70%, el accidentado o enfermo tendrá derecho a una pensión mensual cuyo monto será equivalente al 75% del sueldo base." El señor ALLENDE (Presidente).- Hago presente que después se votará la indicación del Ejecutivo. - (Durante la votación). El señor AGUIRRE DOOLAN.- En virtud de las declaraciones emitidas por el Honorable señor Ahumada, tanto en las Comisiones como en la Sala, sobre una materia que, por lo demás, ya fue dilucidada en dos sesiones anteriores, voto que no. -Se rechaza la indicación (12 votos por la negativa, 10 por la afirmativa y 4 pareos). -Votaron por la negativa los señores Aguirre Doolan, Ahumada, Enríquez, Ferrando, Foncea, Fuentealba, García, González Madariaga, Gormaz, Juliet, Palma y Reyes. -Votaron por la afirmativa los señores, Allende, Ampuero, Barros, Campu-sano, Carrera, Castro, Contreras (don Víctor), Curti, Jaramillo Lyon y Luengo. -No votaron, por estar pareados, los señores Gumucio, Noemi, Pablo y Rodríguez. El señor ALLENDE (Presidente).- En votación la indicación del Ejecutivo. El señor FIGUEROA (Secretario).- La indicación es para reemplazar, en el artículo 31 que figura en el informe de las Comisiones, el guarismo "45%", por "35%". El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Hay acuerdo para rechazar la indicación. El señor ALLENDE (Presidente).- Si le parece a la Sala, se rechazaría la indicación. El señor REYES.-Con los votos favorables de los Senadores democratacristianos. El señor ALLENDE (Presidente).- Queda así acordado, con los votos favorables de los señores Senadores democratacristianos. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Yo pido votación nominal. El señor AGUIRRE DOOLAN - Si Su Señoría pide votación nominal, yo lo acompañaría. El señor ALLENDE (Presidente).- Ya está proclamada la votación. El señor AGUIRRE DOOLAN.- He pedido votación nominal en nombre del Comité Radical, pero si ya se ha tomado acuerdo, no insistiré. El señor ALLENDE (Presidente).- En efecto, ya se tomó el acuerdo de rechazar la indicación. El señor FIGUEROA (Secretario).- El artículo 32 pasa a ser 33, sin enmiendas de las Comisiones. El señor Ministro ha renovado la indicación º 78, para reemplazar el guarismo "100%" por "70%". El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Entiendo que, si atendemos a las recientes demostraciones de mis Honorables colegas de la Democracia Cristiana, esta indicación, por desgracia, no será objeto de mayor debate y se traducirá en rebajar el porcentaje acordado por las Comisiones respecto de las pensiones mínimas por invalidez total. En efecto, las Comisiones proponen una pensión mensual equivalente a 100% del salario mínimo, y la indicación propone rebajar tal porcentaje a 70 %. Cabe recordar que el salario mínimo es de sólo Eº 172, de manera que su disminución significará agravar el sufrimiento de la gente humilde. Sería ocioso seguir argumentando sobre el particular. Se dice que los industriales están muy recargados de gravámenes y de imposiciones. Es posible que así sea, pero yo pregunto: ¿acaso ha mejorado la situación económica de los trabajadores? Indudablemente, no. Pido votación nominal. El señor ENRIQUEZ.- ¿Para qué, señor Senador? No tendría objeto, pues hay mayoría para rechazar la indicación. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Después de lo que hemos oído, podría' darse por rechazada la indicación, sin perjuicio de los votos favorables de los Senadores democratacristianos. El señor CONTRERAS (don Víctor).- No insistiría en la votación nominal si se tomara el acuerdo en la forma enunciada por mi Honorable colega. El señor FONCEA.- Los Senadores de estas bancas y yo personalmente insistiremos en el criterio del Ejecutivo, por las razones que paso a indicar. Como he tenido oportunidad de demostrarlo, no hay país en el mundo donde se pague, como pensión mínima por invalidez total, el 100% del sueldo base. Obsérvese que se trata del sueldo base y no, como lo manifestó el Honorable señor Víctor Contreras, del salario mínimo. En la actualidad, las pensiones por incapacidad o por invalidez total ascienden al 60% del sueldo base, sin considerar en dicho sueldo las asignaciones familiares, y ello en moneda no deflactada. El proyecto del Ejecutivo eleva ese porcentaje a 70% y toma en consideración las cargas familiares, lo que permite incrementar las pensiones hasta el 100% del sueldo base. Si en vez del 70% se aprobara el 100%, las pensiones, con todos los incrementos señalados, podrían llegar al 150% del sueldo base. Cabe recordar que, según el proyecto que aprobó el Senado en 1961, las pensiones por invalidez o incapacidad total se calcularon en 70% del sueldo, en moneda no deflactada y sin aumento alguno por concepto de asignaciones familiares. En consecuencia, el proyecto del Ejecutivo -que ha motivado tantas críticas- es, en este aspecto, mejor que la iniciativa de ley aprobada anteriormente por el Sanado. El señor AHUMADA.- En verdad, la argumentación del Honorable señor Foncea estaría bien si las pensiones por invalidez fueran altas, pero lo cierto es que éstas son muy bajas. Su Señoría hace hincapié en el incremento derivado de las asignaciones familiares, el cual, de conformidad con lo dispuesto por el proyecto, sería de 5% por cada hijo, pero debe tenerse presente el límite señalado por el mismo proyecto, que impide que las pensiones excedan en total de 140% del sueldo base. Carece de importancia, entonces, que la pensión, en casos como los señalados, sea de 100%, en lugar de 70%, sobre todo tratándose de trabajadores cuyo grupo familiar está constituido por cuatro o cinco hijos, pues la pensión mensual no podría pasar del mencionado 140%. Por lo expuesto, los Senadores del Comité Radical rechazaremos la indicación en debate, suscrita originalmente por el Honorable señor Foncea y renovada por el Ejecutivo. El señor FONCEA.- No refutaré la argumentación del Honorable señor Ahumada. Me limito a expresar que el sueldo base, que puede ser de Eº 172, según lo manifestado por el señor Senador, también puede ser superior a esa cifra, pues el artículo 20, ya aprobado, permite al trabajador accidentado acreditar que ha recibido una remuneración superior a aquella por la cual se le hicieron las cotizaciones. En esta forma, el sueldo base podría ser hasta de Eº 500. Respecto de los empleados, cabe anotar que en ningún caso su sueldo base será de Eº 172, ya que el sueldo vital asciende a trescientos y tantos escudos. He querido intervenir tan sólo para señalar que los cálculos se hacen sobre la base de la remuneración efectivamente ganada por el accidentado. -Se rechaza la indicación, con los votos afirmativos de los Senadores democratacristianos. El señor ALLENDE (Presidente).- Hago presente que el proyecto se ha discutido en siete sesiones; que aún quedan diez votaciones, y que el Orden del Día termina un cuarto para las seis. En consecuencia, ruego a los señores Senadores hacer lo posible por despachar hoy este proyecto. En caso contrario, la Mesa deberá citar a sesiones especiales. El señor AGUIRRE DOOLAN.- ¡No sea optimista! El señor ALLENDE (Presidente).- No me cabe sino serlo. El señor FIGUEROA (Secretario).- En el inciso primero del artículo 34, que pasa a ser 35, las Comisiones proponen suprimir la frase "en exceso sobre dos,". Este acuerdo fue tomado con abstenciones. -Se aprueba. El señor FIGUEROA (Secretario).- Las modificaciones al artículo 37 fueron aprobadas por unanimidad. En el inciso primero del artículo 38, que pasa a ser 39, las Comisiones proponen sustituir el guarismo "30%" por "50%". Dicha enmienda fue aprobada por mayoría de votos. -Se aprueba con la abstención de los Senadores democratacristianos. El señor FIGUEROA (Secretario).- El artículo 42, que pasa a ser 43, fue aprobado por unanimidad. Lo mismo ocurrió respecto del 44, que pasa a ser 45. En cuanto al artículo 45, que pasa a ser 46, las Comisiones acordaron, por mayoría de votos, agregar el siguiente inciso segundo: "No regirá la incompatibilidad establecida en el inciso anterior, cuando sumado el monto de las pensiones, éstas no excedan la cantidad equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala a), del departamento de Santiago". Por su parte, el señor Ministro ha renovado indicación, signada con el número 91, para reemplazar los artículos 45 y 46 por el siguiente: "Los beneficiarios de las prestaciones de subsidios, pensión o cuota mortuoria, que establece esta ley, no podrán solicitar simultáneamente las que consultan los diversos regímenes previsionales, por los mismos servicios que hayan sido considerados en el otorgamiento de las primeras. "Asimismo, los servicios por los cuales se haya otorgado pensión de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, no podrán considerarse para los efectos de otras pensiones que pudiera solicitar el beneficiario. "En todo caso, los beneficiarios a que se refiere el inciso primero, podrán optar, en el momento del llamamiento legal, por la prestación que consideren más beneficiosa. "Las normas de los incisos precedentes son sin perjuicio del derecho del beneficiario para obtener una nueva pensión o una reliquidación de la ya otorgada, en razón de nuevos servicios, de acuerdo con las disposiciones legales que les fueran aplicables." El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor AHUMADA.- Con la indicación renovada, se hace un nuevo estudio de los dos artículos. Deploro que el señor Ministro del Trabajo, a quien reconozco extraordinaria competencia técnica en estos asuntos. .. La señora CAMPUSANO.- No lo ha demostrado. El señor AHUMADA.- Tal vez desde un punto de vista político; pero, como profesor de Derecho del Trabajo, debemos reconocer su capacidad. Por ello me hubiera agradado su opinión respecto de este problema. El Ejecutivo tiene el mecanismo del veto para proponer la fusión de estos dos artículos. Con el objeto de dar mayor rapidez a la tramitación del proyecto, votaremos por el criterio de las Comisiones. Si el señor Ministro tiene una posición diferente, como lo demuestra su indicación, puede proponerla mediante el veto. El señor FONCEA.- ¿Cuántos minutos restan, señor Presidente? El señor ALLENDE (Presidente).- Un cuarto de hora. El señor FONCEA.- ¿Para tratar este proyecto? El señor ALLENDE (Presidente).- No, señor Senador. Ese lapso está destinado a tratar otros asuntos. El señor FONCEA.- El Ejecutivo no acepta la compatibilidad entre la pensión por accidente del trabajo con la que se puede percibir por otra clase de regímenes. Este es el verdadero alcance de la indicación renovada. Debo recordar que las Comisiones acordaron acoger la indicación del Honorable señor Allende que limita la incompatibilidad a dos sueldos vitales. El señor ALLENDE (Presidente).- Efectivamente. El señor FONCEA.- El Gobierno no acepta esta compatibilidad por estimar que el proyecto se desfinancia. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Si no me equivoco, para los efectos de la jubilación, existe un tope de 8 sueldos vitales. Ahora se trata de hacer compatibles dos pensiones mínimas: una correspondiente al Servicio de Seguro Social y la otra a accidentes del trabajo. Sumadas las dos pensiones, dan un total de 340 escudos. Sin embargo, ¿quién puede vivir con esa cantidad? La parte final del artículo 46 dice que no regirá la incompatibilidad establecida en el inciso anterior, cuando sumado el monto de las pensiones éstas no excedan la cantidad equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala a), del departamento de Santiago. Si el tope para todos los funcionarios públicos es de 8 sueldos vitales y se pretende que es exagerado hacer compatible dos pensiones, no sé en qué país estamos. El señor FONCEA.- Deseo contestar la pregunta del Honorable señor Contreras en cuanto al país en que estamos. En Francia, país económicamente más rico que el nuestro, las pensiones por accidentes .del trabajo ascienden" a 180 francos mensuales, equivalentes a 220 ó 250 escudos. En Inglaterra, la pensión por accidente del trabajo, igual para todos, es de 67 chelines semanales, es decir una suma que no excede los 250 escudos mensuales. Si seguimos analizando, lamentablemente, comprobaremos que en otros países del mundo dichas pensiones son bajas. Por lo tanto, no creo que sea Chile un país tan rico como para fijar nuevas pautas al respecto. El señor JARAMILLO LYON.- Pero 180 francos se transforman en Chile en .300 escudos. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobaría el informe de las Comisiones con el voto en contra de los Senadores democratacristianos. Acordado. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Del Honorable señor Foncea solamente. El señor FONCEA.- Déjenos pronunciarnos, porque para ello no tenemos censor. La señora CAMPUSANO.- Sí, de vez en cuando. El señor FONCEA.- Pero Sus Señorías, cuando han estado en el Gobierno, no han sido capaces de despachar ningún proyecto en beneficio de los trabajadores. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Si nosotros estuviéramos en el poder, gobernaríamos para otras clases sociales y no para las que lo hacen Sus Señorías. El señor FONCEA.- Cuando llegan "arriba", no siguen tal norma. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Cualquier día podemos esclarecer ese punto. El señor FIGUEROA (Secretario).- Las enmiendas hechas por las Comisiones al artículo 48, que pasa a ser 49, fueron aprobadas por unanimidad. Por su parte, los Honorables señores Chadwick, Víctor Contreras, Tarud, Luengo, Jaramillo, Miranda, Gómez, Altamirano y Allende, y la Honorable señora Campusano, han renovado indicación para sustituir el artículo 49 por el siguiente : "Los organismos administradores aplicarán a las pensiones causadas por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales el mismo sistema de reajuste vigente para las pensiones de vejez, invalidez y viudez del Servicio de Seguro Social conforme al artículo 47 de la ley Nº 10.383, salvo que las disposiciones legales y resoluciones que sobre reajuste, revalorización y montos mínimos que rijan el régimen de pensiones de vejez a que pertenecía la víctima fueren más favorables." El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor FONCEA.- La indicación renovada perjudica manifiestamente a los empleados particulares, a los cuales, sin duda, el Honorable señor Contreras trata de favorecer. En la Caja de Previsión de los Empleados Particulares, existe un sistema de reajuste que ha dado resultados muy beneficiosos hasta la fecha. Para 1967, el reajuste de las pensiones inferiores a 415 escudos mensuales es del orden de 47,31 %. Y el reajuste de las pensiones superiores a 415 escudos e inferiores a 831 escudos es de 23,65%. Como digo, la indicación perjudica al sector de empleados particulares, porque el reajuste que propone es inferior a los porcentajes señalados. Con relación a los imponentes de la Caja de Empleados Públicos, la indicación es abiertamente inconstitucional, toda vez que será el erario quien deba cubrir los reajustes para el sector público. De modo que variar el sistema vigente según la ley de revalorización de pensiones, simplemente significa violar la disposición constitucional que exige iniciativa del Ejecutivo para mayores gastos fiscales. Por tales consideraciones, me atengo al criterio de la mayoría de la Comisión. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Su Señoría podría hablarnos también del sistema de reajuste para los obreros. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación.- (Durante la votación). El señor CONTRERAS (don Víctor).- No obstante el interés en despachar con prontitud este proyecto, no podemos dejar de hacer algunas observaciones. Hemos propuesto este sistema, porque en forma insistente se ha estado planteando la necesidad de que el reajuste de las pensiones sea equivalente al alza experimentada por el costo de la vida. Según el sistema que proponemos de acuerdo con el artículo 47 de la ley 10.383, las pensiones aumentarán en proporción a los subsidios pagados durante el año anterior. De haberse aceptado las tres proposiciones del Ejecutivo para cambiar ese sistema, las pensiones del Servicio de Seguro Social, en 1966, habrían tenido un aumento de 25%, de conformidad con el alza del costo de la vida; obtuvieron 51%. Asimismo, en 1967, habrían tenido 17% de aumento; en cambio, se reajustaron en 34%. Estas son las razones que nos han movido a hacer esta proposición, tendiente a favorecer a los trabajadores y, en especial, a los obreros, que constituyen el sector que en forma permanente es afectado por accidentes del trabajo. Voto que sí. El señor FONCEA.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor ALLENDE (Presidente).- Estamos en votación, señor Senador. El señor FONCEA.- Quiero fundar el voto. El señor ALLENDE (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para que el Honorable señor Foncea pueda votar de inmediato. El señor LUENGO.-No hay acuerdo. El señor FONCEA.- ¡Muchas gracias! El señor PABLO.- Votaré al final. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- También debería pedirse el acuerdo de la Sala. El señor ALLENDE (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Pablo pueda votar al final. El señor CURTI.- No hay acuerdo. El señor PABLO.- ¿Por qué se requiere acuerdo de la Sala para votar al final? ¿Acaso es votación nominal? El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Es por una razón de orden moral. El señor PABLO.- Yo estoy bastante tiempo en el Senado como para saber cuáles son los aspectos morales. Y si éstos son los problemas morales que preocupan a mis Honorables colegas, creo que valdría la pena discutir sobre otros asuntos. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Por lo demás, es una cuestión de orden reglamentario. El señor ALLENDE (Presidente).- El señor Secretario leerá la disposición reglamentaria respectiva. El señor FIGUEROA (Secretario).- El artículo 140 del Reglamento dice: "La votación individual se efectuará pidiendo a los Senadores uno a uno, según el orden en que estén sentados y empezando por e] primero de la derecha para concluir con el Presidente, que emitan su voto, lo que harán expresando en voz alta las palabras precisas de "Sí", "No", "Me abstengo", "Estoy pareado" o "Estoy inhabilitado."." El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¿Ha quedado satisfecho Su Señoría? El señor PABLO.- No sé qué aspecto moral se ha salvado con esto. He visto cien veces en esta Corporación -el señor Presidente también lo sabe-... El señor AMPUERO.-Hay un Reglamento. El señor PABLO.- . . .alterar el orden de los Senadores durante la votación. El señor ALLENDE (Presidente).- Lamentablemente, señor Senador, ha habido reclamos al respecto, y por eso me veo obligado a aplicar el Reglamento. El señor PABLO.- Me alegro mucho, señor Presidente, y espero que ésta sea la regla del Senado. Estoy dispuesto a jugar de acuerdo con las normas que se fijen, pero no acepto que para unos rija un reglamento y para otros, uno diferente. Voto que no. El señor FONCEA.- El Honorable señor Víctor Contreras, autor de esta indicación renovada, dijo que ella tiende a favorecer a la gran masa de asalariados compuesta por imponentes del Servicio de Seguro Social. Deseo señalar que ello no es exacto. En efecto, según la disposición que estamos analizando, las pensiones de accidentes del trabajo se reajustarán de acuerdo con el sistema que rija en el respectivo instituto de previsión. ¿Cuáles son las normas vigentes en el Servicio de Seguro Social, que el Honorable señor Víctor Contreras, mediante su indicación, pretende hacer extensivas a todas las cajas de previsión? Según lo aprobamos por las Comisiones unidas, las pensiones de accidentes del trabajo se reajustarán de acuerdo con el artículo 47 de la ley Nº 10.383, o sea, en el porcentaje en que haya aumentado el salario medio de subsidios del año anterior. Por su parte, los empleados particulares tienen un régimen excepcional, más beneficioso que el de los obreros. En efecto, la ley Nº 10.474, artículo 25, que legisla sobre esta materia, permitió reajustar las pensiones, en 1967, en 47,31 por ciento. Por lo tanto, los empleados particulares resultan perjudicados con esta indicación. Finalmente, el reajuste para los empleados públicos se fija de acuerdo con la ley de Revalorización de Pensiones, y es el erario, vale decir, el fisco, quien debe financiarlo. Pero como el Ejecutivo no ha patrocinado un mayor gasto, y la indicación significaría aumentar los gastos respecto del sector público, sostengo que ella es inconstitucional. Así lo sostuve en las Comisiones unidas, y por tal razón ellas rechazaron esta indicación del Honorable señor Víctor Contreras. Voto que no. -Se rechaza la indicación renovada (13 votos contra 8). El señor ALLENDE (Presidente).- En conformidad con los acuerdos de los Comités, deberá destinarse los últimos quince minutos del Orden del Día a tratar otros dos proyectos. En consecuencia, por haber llegado la hora, queda pendiente la discusión, de esta iniciativa. DENOMINACION DE "LICEO DE NIÑAS GABRIELA MISTRAL" A LICEO DE NIÑAS DE LA SERENA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley de la Cámara de Diputados, eximido del trámite de Comisión, que denomina "Liceo de Niñas Gabriela Mistral" al Liceo de Niñas de La Serena. El artículo 2º del proyecto dice como sigue: "Denomínase "Escuela Osvaldo Ruiz García" a la Escuela Nº 49, del departamento de Rancagua, ubicada en la ciudad de Coltauco". -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 22ª, en 19 de julio de 1967, documento Nº 3. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor JARAMILLO LYON.- Lamento profundamente que este proyecto de ley haya sido eximido del trámite de Comisión, pues si bien es efectivo que su despacho no presenta mayores dificultades, es necesario tener en cuenta que la Comisión de Educación Pública, de la cual he formado parte accidentalmente, ha elaborado de manera muy minuciosa una especie de reglamento -por así decirlo- en lo relativo a la denominación de los establecimientos educacionales. Uno de los principales criterios que se . ha fijado es que los nombres con que se denominarán los liceos y colegios digan relación a personas que hayan estado vinculadas de manera muy estrecha a la educación pública, o bien, a quienes hayan realizado obras en beneficio de los educandos. Osvaldo Ruiz García -me cupo el honor de conocerlo- fue un ciudadano admirable. Desempeñó el cargo de regidor de la comuna de Coltauco. Era un caballero a carta cabal. Sin embargo, creo que nada tuvo que ver con la labor educacional. Era jubilado de las Fuerzas Armadas. De acuerdo con el criterio sostenido permanentemente, durante más de un año, por la Comisión, me parece que el artículo 2º del proyecto no se justifica. Por estas razones -yo he concurrido a los acuerdos de la Comisión en ese sentido-, y sin tener nada en contra de don Osvaldo Ruiz García, a cuya memoria deseo rendir homenaje esta tarde, por los servicios que prestó a la ciudad de Coltauco, voto en contra del artículo 2º. El señor FERRANDO.- La tesis planteada por el Honorable señor Jaramillo Lyon es la que en esta materia ha mantenido la Comisión de Educación Pública; de modo que nos sorprende un poco el artículo 2º del proyecto. En cuanto al artículo 1°, si bien no tenemos ningún inconveniente en llamar "Liceo de Niñas Gabriela Mistral" al Liceo de Niñas de La Serena, especialmente por estar en la provincia donde nació esa ilustre mujer, creemos que la repetición de ciertos nombres en establecimientos similares entorpece, a veces, el manejo administrativo de los liceos. Por ejemplo, me consta que actualmente hay dos liceos que tienen ese mismo nombre: el Liceo de Niñas de Temuco, del cual fue Directora Gabriela Mistral, y uno de Santiago. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Del cual también fue directora. El señor FERRANDO.- Exacto. Ahora bien, continuamente se despachan comunicaciones a esos establecimientos educacionales, y como tienen el mismo nom bre, se dificulta la distribución de la correspondencia. Esta es la única objeción que me merece este precepto, pues Gabriela Mistral es merecedora de toda distinción que la nación y el Senado quieran conferirle. La señora CAMPUSANO.- ¡Lástima que no lo hayan hecho antes, pues mientras estuvo en vida, fue objeto de muchos desaires! El señor AGUIRRE DOOLAN.- Pido votación separada de ambos artículos. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- El Comité Radical, por una razón u otra, no participó en la reunión de Comités de hoy día, de- modo que tendría derecho a objetar estos acuerdos. A mi juicio, respecto del artículo 1° no cabe discusión, y lo aprobaremos todos por unanimidad. En cuanto el artículo 2°, pienso que debería dejarse para segunda discusión... El señor AGUIRRE DOOLAN.- No, señor Senador; rechazarlo. El señor GONZALEZ MADARIAGA.-. ...o rechazarlo. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad el artículo 1°. Aprobado. Si le parece a la Sala, se rechazará el artículo 2º. Rechazado. MODIFICACION DEL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A ASOCIACION SINDICAL. PERSONALIDAD JURÍDICA PARA CENTRAL ÚNICA DE TRABAJADORES. El señor FIGUEROA (Secretario).- De conformidad con el mismo acuerdo de los Comités, corresponde ocuparse, en los ultimos diez minutos que quedan del Orden del Día, en el informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto que modifica los artículos 384, 368 y 386 del Código del Trabajo, sobre asociación sindical. La discusión general de este proyecto está pendiente. -La moción figura en los Anexos de la sesión 7ª, en 13 de junio de 1967, documento Nº 2, y el informe, en los de la sesión 14ª, en 4 de julio de 1967, documento Nº 12. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor AMPUERO.- A mi juicio, habría asentimiento en la Sala para aprobar este proyecto, probablemente con una pequeña condición que he conversado con algunos Honorables colegas de la Democracia Cristiana: que esta iniciativa pase a Comisión, en segundo informe, fijando plazo para presentar indicaciones. Yo no tengo inconveniente en aceptar ese criterio, sobre todo si ello facilita el rápido despacho del proyecto, que ya se ha discutido en el Senado durante tres sesiones. El señor ALLENDE (Presidente).- Hago presente que hay cuatro indicaciones, de modo que el proyecto debe pasar a Comisión. El problema estaría en fijar plazo para hacer nuevas indicaciones. El señor AMPUERO.- Podría ser hasta el martes. El señor ALLENDE (Presidente).- Podría fijarse plazo hasta el jueves. El señor FONCEA.- Hasta el lunes, porque el martes se reúne la Comisión. El señor ALLENDE (Presidente).- ¿Habría acuerdo en fijar plazo hasta el lunes? El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Hasta el martes próximo. El señor ALLENDE (Presidente).- Hasta el lunes próximo a las 12 del día, porque la Comisión se reúne el martes. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. Ofrezco la palabra. . Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si no hay oposición, se dará por aprobado en general el proyecto. Aprobado. VII.- TIEMPO DE VOTACIONES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Jaramillo Lyon para insertar en la versión del discurso pronunciado por el señor Senador en Incidentes de la sesión ordinaria del martes 8 de agosto en curso el documento que señaló en dicha oportunidad. El señor FONCEA.- ¿Cuánto tiempo hace que pronunció su discurso el Honorable señor Jaramillo Lyon? El señor ALLENDE (Presidente).- Fue pronunciado en la sesión del 8 de agosto, y se refería, según me parece, a la industria vitivinícola El señor FONCEA.- En "El Mercurio" vi una página y media de documentos insertados. Creo que están todos. El señor JARAMILLO LYON.- Están todos, porque hubo acuerdo de los Comités para ello. El señor ALLENDE (Presidente).- Entonces, es innecesaria la indicación. Queda retirada. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Rodríguez, que no fue resuelta en la última sesión, para enviar dos oficios solicitados por el señor Senador, a raíz de la discusión en general del proyecto de fomento a la industria elaboradora de harina de pescado. El señor ALLENDE (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviarán los oficios solicitados, en nombre del señor Senador. Acordado. Solicito autorización de la Sala para designar al Senador que presida la sesión en Horas de Incidentes. Por desgracia, algunos motivos personales impiden al señor Vicepresidente presidir la sesión, y el Senador que habla desea hacer uso del tiempo del Comité Socialista. Por su parte, el Honorable señor García, a quien también consulté, no estará presente en la Sala. No sé si el Honorable señor Reyes pueda presidir. El señor REYES.- Acepto, pero ojalá algún otro señor Senador pudiera sustituirme, pues tendré que retirarme. El señor ALLENDE (Presidente).- El Presidente quedaría autorizado para hacerse reemplazar en el momento oportuno. Se suspende la sesión por veinte minutos. -Se suspendió a las 17.53.- Se reanudó a las 18.22. VIII.- INCIDENTES. TABLA DE FACIL DESPACHO PARA LA PROXIMA SESION ORDINARIA. El señor ALLENDE (Presidente).- Continúa la sesión. El señor EGAS (Prosecretario).- El señor Presidente anuncia para la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria próxima las materias signadas con los números 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17 y 20 en la circular Nº 1.191. PETICIONES.- OFICIOS. El señor EGAS (Prosecretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El señor REYES (Presidente accidental).- Se les dará curso en forma reglamentaria, en nombre de los señores Senadores que los han solicitado. -Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Ahumada: SERVICIO TELEFONICO PARA LOLOL (COLCHAGUA). "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la instalación de servicio telefónico para la localidad de Lolol, provincia de Colchagua, ya que este pueblo se encuentra sin este importante medio de comunicación." RETENES DE CARABINEROS PARA BUCALEMU Y SAN PEDRO DE ALCANTARA. (COLCHAGUA): "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la construcción de Retenes, en las localidades de Bucalemu y San Pedro de Alcántara, provincia de Colchagua, en ambos puntos existen terrenos destinados para este objeto." PROLONGACION DE RED DE ALUMBRADO PUBLICO DESDE CAHUIL HASTA VILA (COLCHAGUA). "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la prolongación de la red de alumbrado de la ENDESA desde Cáhuil hasta La Villa, en la provincia de Colcha-gua." CARRO-BOMBA PARA COMPAÑIA DE BOMBEROS DE SAN FERNANDO (COLCHAGUA). "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva disponer se destinen los fondos necesarios para la adquisición de un carro bomba, para la 3ª Compañía de Bomberos de San Fernando." ELECTRIFICACION DE LOCALIDADES EN PROVINCIA DE COLCHAGUA. "Al señor Ministro del Interior, solicitándole disponer la realización de los trabajos que se indican en la provincia de Colchagua. 1.-Electrificación de Barrancas a La Villa desde Cáhuil, y 2.--Electrificación de Ciruelos." SERVICIO TELEFONICO ENTRE PAREDONES Y SAN PEDRO DE ALCANTARA Y BUCALEMU (COLCHAGUA). "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva disponer la creación de un servicio telefónico que una a Paredones con las localidades de San Pedro de Alcántara y Bucalemu, que quedan en total aislamiento por largo tiempo en la época de invierno a causa de las lluvias." SERVICIOS ELECTRICOS ENTRE BUCALEMU Y SAN PEDRO DE ALCANTARA (COLCHAGUA) "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva disponer la instalación de servicios eléctricos de Bucalemu a San Pedro de Alcántara, aprovechando que pronto se hará la instalación a Bucalemu, pues la ENDESA ya está enviando el material necesario." DECLARACION DE ZONAS DE RADIO URBANO DE PAREDONES, BUCALEMU Y SAN PEDRO DE ALCANTARA (COLCHAGUA) "Al señor Ministro del Interior, solicitándole se sirva disponer se declaren zonas de radio urbano en Paredones, Bucalemu y San Pedro de Alcántara, todas estas localidades ubicadas en la provincia de Colchagua." SUBVENCION PARA CLUB AUCAS Nº 17, DE RANCAGUA (O'HIGGINS). "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva tener a bien conceder una subvención de Eº 5.000 {cinco mil escudos), para el Club Aucas Nº 17, de Rancagua, destinados a la compra de bien raíz, a objeto de que en esta forma pueda continuar la magnífica labor social y cultural que actualmente desarrolla." SUBVENCION PARA CLUB DE CAZA Y PESCA "TUMUÑAN", DE SAN FERNANDO (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva destinar una subvención de tres mil escudos, para el Club de Caza y Pesca "Tumuñán", de San Fernando, en cargo al año 1968." SUBVENCIONES PARA IGLESIAS PENTECOSTAL APOSTOLICA DE RENGO Y DE LOCALIDADES DE PROVINCIA DE O'HIGGINS. "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva destinar una subvención de Eº 5.000 (cinco mil escudos), para la construcción de la Iglesia Pentecostal Apostólica de Rengo, provincia de O'Hig-gins y subvenciones de ayuda para las iglesias de las localidades de Portezuelo, la Isla de Rengo, Cuenca de Pelequén y Lo Miranda, todas con cargo al año 1968." PRORROGA DE PLAZO PARA PAGO DE IMPUESTOS A AGRICULTORES DE O'HIGGINS Y COLCHAGUA. "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva tener a bien disponer se otorgue un mayor plazo para el pago de algunos impuestos a los agricultores de las provincias de O'Higgins y Colchagua, que han sido sumamente afectados por la sequía del presente año." SUBVENCION PARA COMPAÑÍA DE BOMBEROS DE SAN FERNANDO. "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva tener a bien destinar una subvención especial de Eº 10.000 (diez mil escudos), para la adquisición de un carro-bomba para la 3ª Compañía de Bomberos de San Fernando." SUBVENCION PARA CRUZ ROJA DE SANTA CRUZ (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva tener a bien destinar los fondos necesarios para la terminación de una bodega que está construyendo la Cruz Roja de Santa Cruz, para dar comienzo a las actividades de Socorros. "Se hace presente que todo el trabajo construido actualmente en la bodega anteriormente indicada, ha sido costeado solamente por la Cruz Roja de Santa Cruz, motivo por cual merece ser ayudada para que pueda continuar esta noble labor." REPARACION DE ESCUELA Nº 34, DE SAN FERNANDO (COLCHAGUA) "Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole se sirva tener a bien destinar los fondos necesarios para realizar reparaciones en la Escuela Nº 34, de San Fernando, que se encuentra en pésimas condiciones." AMPLIACION DE ESCUELA Nº 88, DE ROSARIO LO SOLIS, (COLCHAGUA) "Al señor Ministro de Educación, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la expropiación de los sitios que rodean la Escuela mixta Nº 88, de la localidad de Rosario Lo Solís, provincia de Colchagua, con el fin de permitir la ampliación de ella, que tiene un patio muy reducido y le faltan varias salas de clase." LOCAL PARA ESCUELA Nº 48 DE RINCONADA DE PARRAL DE PUREN (O'HIGGINS). "Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole la construcción de un nuevo local para la Escuela N° 48 de Rinconada de Parral de Purén, comuna de Col-tauco, provincia de O'Higgins." LOCAL PARA ESCUELA Nº 2, DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA. (O'HIGGINS). "Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la construcción de un nuevo local escolar para la Escuela Nº 2, de San Vicente de Tagua Tagua, ubicada en La Puntilla, ya que el edificio con que cuenta actualmente se encuentra en pésimas condiciones." PROFESOR PARA ESCUELA Nº 10 DE CHEPICA (O'HIGGINS). "Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole se sirva tener a bien disponer el pronto nombramiento de un profesor para el Tercer Año A, de la Escuela Nº 10 de Chépica, ya que la persona que tenía ese curso fue trasladada y no se ha nombrado su reemplazante." LOCAL PARA ESCUELA DE EL MEMBRILLO (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole se sirva tener a bien disponer los fondos necesarios para la construcción de un local nuevo para la Escuela ubicada en El Membrillo, sector de la comuna de Lolol, provincia de Col-chagua, ya que actualmente funciona en un edificio de un particular y se encuentra en estado ruinoso, poniendo en peligro la vida de alumnos y profesores." ACONDICIONAMIENTO DE CAMPOS DEPORTIVOS EN PAREDONES, BUCALEMU Y SAN PEDRO DE ALCANTARA. (COLCHAGUA) "Al señor Ministro de Defensa Nacional, solicitándole se sirva tener a bien destinar los fondos necesarios el próximo año, para ejecutar algunos trabajos en los campos deportivos de Paredones, Bu-calemu y San Pedro de Alcántara, ya que actualmente no cuentan con camarines, tribunas y cierros." CONCESION MARITIMA PARA BALNEARIO DE BUCALEMU (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Defensa Nacional, solicitándole se sirva tener a bien intervenir en favor de la Concesión Marítima que se está solicitando para el balneario de Bucalemu, provincia de Colchagua, y que se encuentra en su último trámite." CIERRO DE ESTADIO MUNICIPAL DE LOLOL (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de de Defensa Nacional, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para proceder a cerrar el Estadio Nacional de Lolol, provincia de Colchagua, ya que en la actualidad se encuentra abierto, no prestando ninguna clase de facilidades a los deportistas." SUBVENCION PARA CLUB DEPORTIVO "VICTORIA", DE MARCHIGÜE (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Defensa Nacional, solicitándole se destine una subvención extraordinaria de diez mil escudos (Eº 10.000), al club deportivo "Victoria" de Marchigüe, para construcción de su sede social en terreno que tiene para dicho objeto." TRAZADO DE CAMINO ENTRE PICHILEMU Y RAPEL (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva disponer que el camino de la represa del Rapel, sea trazado por Rosario Lo Solís, pasando por La Estrella. Trabajo éste que beneficiaría, al balneario de Pichilemu, ya que acortaría la distancia entre Santiago, en 50%." REPARACON DE CAMINOS EN COMUNA DE PAREDONES (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva disponer el arreglo de todos los caminos de la comuna de Paredones, provincia de Colchagua, para esto se hace necesario contar con una máquina moto-niveladora, pues algunos se encuentran en pésimas condiciones." VARIANTE ENTRE CAMINO DE PAREDONES A SAN PEDRO DE ALCANTARA Y NILAHUE (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva disponer la construcción de una variante que una el camino público de Paredones y San Pedro de Alcántara en el sector Nilahue, la cual serviría para ambas localidades para su acercamiento y en especial en la época de invierno." REPARACION DE CAMINO DE POBLACION A PUMANQUE (COLCHAHUAA "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole, se sirva tener a bien considerar la posibilidad de que se arregle el camino de Población a Pumanque, provincia de Colchagua, el que se encuentra intransitable, y demás caminos secundarios de la comuna de Pumanque." REANUDACION DE TRABAJOS EN CAMINO DE SAN FERNANDO A PICHILEMU (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva tener a bien disponer la reanudación de trabajos en camino de San Fernando a Pichilemu." SERVICIO DE ALCANTARILLADO PARA ROSARIO LO SOLIS (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva tener a bien disponer la ampliación para toda la localidad Rosario Lo Solís, provincia de Colchagua, el trabajo de alcantarillado que se ha comenzado en las casas habitacionales de Carabineros. Este trabajo sería de bajo costo si se considera que el desagüe sería el Estero Rosario, que se encuentra a desnivel con respecto a las casas que se les instalaría el alcantarillado." ENSANCHE DE ESTEROS NILAHUE, LOLOL Y PAREDONES (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva tener a bien disponer el ensanche de los esteros Nilahue, Lolol y Paredones, que en partes se encuentran embancados, por lo que continuamente dejan aislado a Paredones y San Pedro de Alcántara, ya que se desbordan entre estas dos localidades." AGUA POTABLE PARA SAN PEDRO DE AL-CANTARA Y BUCALEMU (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva tener a bien disponer la ampliación del servicio de agua potable a San Pedro de Alcántara y Bucalemu, ya que por informaciones recibidas de la Oficina de Saneamiento Rural, se tiene conocimiento que en la próxima primavera se efectuará esta obra hasta Paredones." REPARACION DE CAMINOS ENTRE CAHUIL Y BARRANCAS (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva disponer el relleno del camino de Cáhuil a Barrancas, en el sector que se inunda, y la continuación de la pavimentación de este mismo camino desde Pichilemu, ambos trabajos se podrían ejecutar con los fondos de la ley del camino a San Fernando." PROBLEMAS EN ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN RANCAGUA. "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole su intervención en el grave problema que tiene la ciudad de Rancagua, con el abastecimiento de agua potable, y le agradecerá una pronta solución". "Transcribe carta del señor Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, de fecha 20 de julio ppdo.". "Es conocido el hecho que en la época de verano se produce en Rancagua una escasez alarmante de agua potable; esto llegó a su punto crítico en los meses de enero a marzo del presente año". "Está de más referirnos a toda la correspondencia intercambiada, la lista de trabajos por ejecutar, presupuestos, etc.". "Lo claro es que se nos ha dicho y aseverado que esto iba a quedar solucionado durante 1967 y que Rancagua será la primera ciudad favorecida con el préstamo otorgado por el Banco Internacional de Desarrollo para este objeto". "Con preocupación observamos que ya ha transcurrido un semestre y no se vislumbra la actividad que pueda dar solución al problema planteado". "Rancagua está en un período de franca expansión y no podemos circunscribir el avance en cuanto a construcción de poblaciones, Hospitales, Establecimientos Educacionales, Industrias, áreas verdes, etc., esperando que se materialice lo que es fundamental, un buen abastecimiento - de agua potable y el término de las instalaciones de alcantarillado. Si se nos hubiera aseverado que no se iba a solucionar el problema de agua potable porque no existían disponibilidades, habríamos enfocado nuestro crecimiento con criterio conservador, pero seguimos esperanzados de que se producirá la necesaria coordinación." MOLO DE ABRIGO PARA PICHILEMU (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la construcción de un molo de abrigo en Pichilemu, sector La Puntilla, al costado sur del balnerario, donde existe un roquerío que se interna en el mar. Esta construcción formaría una poza que permitiría la salida y llegada de lanchas pesqueras sin peligro para sus tripulantes." ELEVACION DE NIVEL DE CAMINO DE CAHUIL A BARRANCAS (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva disponer efectuar el trabajo de elevación de nivel del camino Cáhuil a Barrancas, en el sector de La Puerta, en una extensión de más o menos un kilómetro de largo. El material para efectuar este trabajo se encuentra al lado del camino indicado." CONSTRUCCION DE PUENTE EN ESTERO NILAHUE (COLCHAGUA); "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para la construcción de un puente carretero en la laguna de Cáhuil o en el estero de Nilahue, y en esta forma unir las comunas de Pichilemu y Paredones de la provincia de Colchagua." ALCANTARILLADO PARA PICHILEMU (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole destinar los fondos necesarios para la construcción del servicio de alcantarillado en el balneario de Pichilemu, cuyos estudios y planos fueron ejecutados por Ingenieros del Servicio de Obras Sanitarias." OFICINA DE VIALIDAD EN PAREDONES (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva disponer la creación de una Oficina de Vialidad, para la comuna de Paredones, provincia de Colchagua, debido a que es muy extensa y cuenta con una enorme red de caminos." ALCANTARILLADO PARA LOLOL (COLCHAGUA). "AI señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole se sirva destinar los fondos necesarios para realizar los trabajos de alcantarillado en la localidad de Lolol, provincia de Colchagua, ya que en la actualidad la falta de este importante servicio es un atentado permanente para la salud de los habitantes de ese pueblo." PROBLEMAS DE PROPIETARIOS DE VIVIENDAS EN LOCALIDAD LA PUNTA (O'HIGGINS). "Al señor Ministro de la Vivienda, solicitándole su intervención en la solución del problema que afecta a algunos propietarios de la localidad La Punta, sector El Rincón, a quienes por orden del señor Alcalde de la Ilustre Municipalidad de San Francisco de Mostazal, sin ningún aviso previo se les destruyeron los cercos y pircas de deslindes, además con este trabajo se borró una acequia que servía para abastecer a unas 60 familias, incluso quedar privados de dar agua a sus animales." CONSTRUCCION DE VIVIENDAS EN PUMANQUE (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, solicitándole se sirva tener a bien considerar la posibilidad de que se construya una población CORVI, en la comuna de Pumanque, provincia de Colcha-gua, donde existe gran escasez de viviendas." Del señor Aguirre Doolan: SERVICIO TELEFONICO Y DE ALCANTARILLADO PARA POBLACION DE TALCAHUANO (CONCEPCION). "Al señor Ministro del Interior, a fin de que se sirva intervenir ante la Compañía de Teléfonos de Chile, con el objeto de que se solucione de una vez por todas las instalaciones de un Servicio Telefónico en la Población Santa Leonor de Talcahuano, para atender las necesidades de los vecinos. "Igualmente, al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación para que se proceda a la instalación del servicio de alcantarillado en la misma Población Santa Leonor." SUBVENCION PARA JARDIN ZOOLOGICO DE CHILLAN VIEJO (ÑUBLE). "Al señor Ministro de Hacienda, a fin de que se sirva incluir en el ítem de Subvenciones del Presupuesto de 1968, una suma no inferior a Eº 5.000, en beneficio del Jardín Zoológico de Chillan Viejo, comuna de Chillan, que es uno de los pocos existentes en el mundo, con financiamiento particular y sin ayuda estatal. La no entrega de subvención, significará simplemente el cierre total del local, con perjuicio evidente de la ciudadanía ñublense. SUBVENCION PARA ASOCIACION DE FUTBOL DE CONCEPCION. "Al señor Ministro de Hacienda, a fin de que tenga a bien incluir en el Presupuesto del año 1968, una partida de fondos en el ítem de Subvenciones en favor de la Asociación de Fútbol de Concepción, con una suma no inferior a Eº 5.000, como asimismo, para que se dicte el Decreto entregando los fondos consultados para el presente año. Al respecto, ya se había oficiado hace poco sobre el mismo problema." SUBVENCION PARA IGLESIA PENTECOSTAL "PASTOR JIMENEZ", DE COMUNA DE TOME (CONCEPCION). "Al señor Ministro de Hacienda, con el fin de que se sirva incluir en el Presupuesto del año 1968, una partida de fondos del orden de los Eº 5.000, en favor de la Iglesia de Dios Pentecostal, "Pastor Jiménez", de la comuna dé Tomé, provincia de Concepción, la que será destinada a la ampliación de su Templo." AUMENTO DE CATEGORIA DE ESCUELA MIXTA Nº 54, DE CHILLAN (NUBLE). "Al señor Ministro de Educación, y por su intermedio a la Dirección General respectiva, a fin de que se sirva considerar el aumento de Categoría de la Escuela Mixta Nº 54 de Chillan, ubicada en la localidad de El Rosario, ex Estación Pinto de la provincia de Nuble. Actualmente es Escuela Rural de 3ª Categoría, pero cuenta con 4 Profesores y una matrícula de 100 alumnos, con tendencia a aumentar." REANUDACION DE FAENAS EN PARQUE MONUMENTAL BERNARDO O'HIGGINS, EN CHILLAN VIEJO. EJECUCIÓN DE OBRAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARBLLADO EN COMUNA DE CHILLAN (NUBLE). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación, a fin de que se sirva ordenar a la Dirección de Arquitectura o a la Oficina que corresponda, la pronta reanudación de los trabajos en el Parque Monumental Bernardo O'Higgins, de Chillan Viejo, comuna de Chillan. "Igualmente, para que en el Presupuesto de 1968, se consulten todos los fondos necesarios, pera la ejecución de diversos trabajos de extensión de servicio de agua potable y alcantarillado, y cuyos planos y presupuestos aprobados están pendientes de hace tiempo, correspondientes a obras en la Comuna de Chillan, provincia de Ñuble." RED DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE PARA POBLACIONES EN COMUNA DE CHILLAN (NUBLE). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación, a fin de que se sirva informar, si lo tiene a bien, sobre el estado en que se encuentran los estudios para la instalación de Red de alcantarillado y de agua potable, en las poblaciones de Chillan Viejo, Chillancito y Santa Elvira, de la comuna de Chillan, provincia de Ñuble." PRESTAMOS PARA VIVIENDAS A IMPONENTES DE CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS DE CHILLAN. "Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, y por su intermedio a la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, a fin de que se sirvan considerar las" aspiraciones de los socios de la Cooperativa de Viviendas y Servicios Habitacionales "11 de Septiembre Ltda." de Chillan, quienes tienen todo listo para cursar la construcción en terrenos propios de 139 casas, con préstamos acordado por la Asociación de Ahorro "Isabel Riquelme" de Chillan, pero que no pueden cumplir con sus aspiraciones, debido a que la Caja no ha destinado la suma de Eº 366.000, para el ahorro previo." FECHAS DE PAGO DE PENSIONES DE CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS. "Al Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y por su intermedio a la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, en orden a procurar que el pago de las Jubilaciones y Montepíos se efectúe los días 25 de cada mes, ya que en la actualidad el monto reducido de las pensiones de retiro y montepíos no permite nivelar el presupuesto hasta la fecha en que se están pagando actualmente. En este mismo orden, para que los jubilados de provincia puedan percibir a tiempo sus pagos, ordenar el envío de los fondos el día 20. Los Consejos de las Cajas de Previsión tienen facultad para fijar pagos en la fecha sugerida." Del señor Ampuero: OFICIAL DE PRESUPUESTO DE MINISTERIO DE EDUCACION PARA DEPARTAMENTO DE EL LOA (ANTOFAGASTA). "Al señor Ministro de Educación, a fin de que se sirva resolver favorablemente la justa petición que formulan los miembros del Consejo de Directores de Escuelas de Calama y Chuquicamata, y que dice relación con la necesidad de designar un Oficial de Presupuestos para que atienda a 380 funcionarios dependientes de ese Ministerio en el Departamento de El Loa. "En efecto, 17 Directores de Escuelas Primarias del citado departamento, reunidos en Consejo, acordaron dirigirse a la señorita Directora de Educación Primaria y Normal haciendo presente tal necesidad, lo que se concretó a través del oficio Nº 1.409 de fecha 23 de julio próximo pasado, por intermedio del Director Departamental Suplente. "Es indudable que la atención de pago de sueldos en forma oportuna y la tramitación de documentos varios, no puede seguir encomendándose a Directores o profesores de Escuelas, pues las funciones de éstos son de carácter docente y no administrativas o contables. "Por el habitual atraso en el pago de sueldos y salarios y la lentitud con que se tramitan los asuntos administrativos del personal dependiente de ese Ministerio del Departamento de El Loa, es que se reitera al señor Ministro la necesidad de crear, un cargo de Oficial de Presupuesto." PLAN REGULADOR PARA IQUIQUE (TARAPACÁ). "Al señor Ministro de Obras Públicas, a fin de hacerle presente la imperiosa necesidad de dar término a la confección del Plano Regulador de Iquique. "En efecto, la Central Única de Pobladores de Iquique ha escrito planteando que, por tercera o cuarta vez, se ha ordenado por la Dirección de Vialidad un nuevo trazado para la Avenida de Circunvalación. De cualquiera manera que se opere con el nuevo trazado, existe el compromiso de no afectar sectores ocupados por los siguientes barrios: norte Hospital-San Carlos - Colorado Alto - Arturo Prat -Cerro La Cruz y John Kennedy. Pero, tal demora en el nuevo trazado trae un serio problema a más de 200 pobladores que tienen sus mejoras construidas en las poblaciones mencionadas ya que la I. Municipalidad de Iquique no puede hacerle entrega de sus títulos de dominio mientras el Plano Regulador no sea aprobado en su totalidad. "Por las razones expuestas, se ruega al señor Ministro se sirva ordenar se acelere el estudio del nuevo trazado de la Avenida de Circunvalación de Iquique." ALCANTARILLADO PARA POBLACION DE CALAMA (ANTOFAGASTA). "Al señor Ministro de Obras Públicas, a fin de que se sirva resolver favorablemente la petición que por intermedio del suscrito formula la Junta de Vecinos de la Población "Santa Rosa", .de Calama. "Esta Población es una de las más antiguas y, paradojamiente, una de las más atrasadas de Calama. El problema más serio que afronta es el de la falta de alcantarillado, que se agrava aún más con la instalación en pleno centro de ella de la Escuela Nº 33, la cual también carece de servicios higiénicos adosados a la red de alcantarillado que pasa a pocos metros de esa Población. "Por excavaciones que han hecho los propios vecinos se ha podido comprobar que el terreno allí es blando, lo cual facilitaría estos trabajos que puede ordenar ese Ministerio y dar así satisfacción a elementales necesidades de estos pobladores." EXENCION DE PAGO DE DERECHOS DE SEPULTACION PARA FEDERACION MUTUALISTA DE TARAPACA. "Al señor Ministro de Salud, a fin de hacerle presente una reclamación formulada por la Federación Mutualista de Tarapacá, y que dice relación con el alza desmedida que han experimentado los derechos de Cementerios. "En efecto, esta Federación Mutualista, en un estudio que acompaña a su reclamo, hace presente que los llamados "pase de entrada" se han alzado, de Eº 28 que estaban en el mes de enero del presente año, a Eº 100, al 1° de abril. "Como generalmente estas Federaciones son propietarias de Mausoleos, y sus integrantes son personas de escasos recursos, solicitase del señor Ministro de Salud estudie la posibilidad de eximir del pago de tales derechos a los componentes de tales grupos societarios." PROBLEMAS DE POBLACIONES DE IQUIQUE. "Se solicitó recabar el acuerdo de la Sala para enviar oficio al señor Ministro de la Vivienda, en nombre del suscrito, a fin de hacerle presente un grave problema que afecta a determinados sectores de las poblaciones "Bernardo O'Higgins", "Aeropuerto" y "Caupolicán", de Iquique. "En efecto, allí, desde hace más de dos años, se construyeron varias decenas de mejoras en terrenos que entonces eran basurales. El municipio iquiqueño las dotó con agua potable, luz eléctrica, arregló las calles, etc., en consideración a que la mayoría de los ocupantes de esas mejoras eran obreros y empleados desplazados de la industria salitrera. Actualmente se está trabajando en esos sectores para dotarlos de alcantarillado. "Ahora, cuando los interesados han comenzado a solicitar sus títulos de dominio por los terrenos que ocupan, han surgido algunos particulares que reclaman derechos de propiedad sobre esos terrenos y pretendiendo la venta de ellos en sumas que de ninguna manera se justifican. "Por las razones expuestas, se estima que ese Ministerio debería expropiar los terrenos en referencia y donarlos gratuitamente a sus actuales ocupantes." REITERACIÓN DE OFICIOS. "Solicito recabar el acuerdo de la Sala para reiterar, en mi nombre, los siguientes oficios que han sido remitidos por el Senado. Of. Nº Fecha Destinatario 2239 19-4-67 M. de Economía. 2293 27-4-67 Vice CORFO. 2317 2-5-67 Contraloría Gral. 2353 16-5-67 M. de Economía. 2392 19-5-67 M. de Hacienda. 2440 7-6-67 M. de Hacienda. 2441 7-6-67 M. del Trabajo. 2452 7-6-67 M. del Interior. 2550 24-6-67 M. de Educación. 2551 24-6-67 M. de Educación. 2610 30-6-67 M. de Economía." De la señora Campusano: VIGILANCIA POLICIAL EN COMUNA DE VALLENAR (ATACAMA). "Al señor Ministro del Interior, a objeto de recalcar la justa alarma producida en los comerciantes de la comuna de Va-llenar, departamento de Huasco, provincia de Atacama, ante los inusitados y periódicos robos de que han sido víctimas durante cuatro años más o menos. "Tales hechos han llegado al límite de la indignación, al considerarse como causal de ellos, la negligencia y poca atención por parte de las autoridades competentes de la región en lo que a resguardo y vigilancia se refiere. En consecuencia, y, como resultado de esto, ha salido publicada en el Diario La Prensa, de Vallenar, de fecha 3 del presente, cuyo artículo se adjunta. "En base a todo lo expuesto y ante la gravedad que revisten los hechos, la que suscribe -Senadora por la zona- se hace un deber en apelar a ese Ministerio para que se adopten, con la debida urgencia, todas las medidas necesarias para impedir la acción de esa delincuencia afuerina, y reprimirla, como también a aumentar la dotación de Carabineros actualmente existente en Vallenar, y que no dan abasto para vigilar tanto desmán." ESCUELA PARA FUNDO CERRILLOS DE RAPEL (COQUIMBO). "Al señor Ministro de Educación Pública, en relación a construcción de una escuela fiscal en el fundo Cerrillos, de Rapel, comuna de Monte Patria, provincia de Coquimbo. "La dueña del referido fundo, y a petición de los propios campesinos, cedió unos terrenos para que se construyera una escuela y una posta, de beneficio general, en esa localidad. Además, el Gobernador autorizó al Subdelegado de Gobierno, señor René Cañas, para que hiciera entrega de ellos a sus beneficiarios. Como hasta la fecha no se ha hecho nada positivo al respecto, la Senadora suscrita solicita de ese Ministerio se sirva estudiar la manera de poder efectuar la pronta ejecución de dicha escuela, aunque sólo sea construida con materiales de urgencia." RREGULARIDADES EN MINA "VIRTUD", DE MAIPU (SANTIAGO). "A los señores Ministros del Trabajo y de Minería, pidiéndoles tomen medidas para comprobar, sancionar y corregir la explotación que se realiza en la mina "Virtud", situada al interior de la comuna de Maipú, pues la parlamentaria suscrita ha recibido denuncias de testigos oculares que le merecen fe, en el sentido de que los tres trabajadores que allí laboran permanecen en condiciones inhumanas, en viviendas de madera con fonolita descompuesta, muchas veces sin alimentos, por atrasos en los salarios y las asignaciones, al extremo que han debido ser auxiliados por la caridad de algunos vecinos para poder comer. "Aunque se trata de un número reducido de trabajadores, se encarece la realización de una visita inspectiva, sin anuncio previo, ya que este tipo de faena minera labora a veces en malas condiciones de seguridad e higiene, como pudo comprobarse en el caso de la tragedia de Rosario Lo Solís, hace algunos años." IREGULARIDADES EN MINA BERENGUER DE YESO, EN SAN JOSE DE MAIPO (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Trabajo, denunciándole la situación que se da en la mina Berenguer de Yeso, interior de San José de Maipo, donde normalmente se labora sin que se coloquen imposiciones a los trabajadores, sin mantener libreta ni pagar desahucio ni días feriados, de acuerdo a las denuncias de los afectados. Estos exponen que, dado el carácter de temporada de esas faenas, el dueño de la mina toma represalias contra quienes intentan reclamar, dejándolos sin trabajo en la ocasión siguiente. Se solicita, entonces, una fiscalización de esa mina cuando se encuentra en trabajo." POSTA PARA FUNDO CERRILLOS, DE RAPEL (COQUIMBO). "Al señor Ministro de Salud Pública, con el objeto de solicitarle tenga a bien estudiar la posibilidad de construir una Posta de Primeros Auxilios en el fundo Cerrillos, de Rapel, comuna de Monte Patria, provincia de Coquimbo. "Tal petición se hace en base a que los campesinos de dicho fundo consiguieron que su dueña, señora Marta Rodríguez vda. de Claussen, les cediera unos terrenos para dicho efecto, y como hasta el momento no se concretiza nada, la que suscribe se permite insinuar a ese Ministerio la pronta ayuda en beneficio de los peticionarios." ENTREGA DE TITULO DE DOMINIO EN PUNTILLA DE BATEA (ATACAMA). "Al señor Ministro de Tierras y Colonización, a fin de solicitarle tenga a bien ordenar se acelere la entrega de títulos de dominio en el terreno ubicado en Puntilla de Batea, comuna de Tierra Amarilla, provincia de Atacama, de propiedad de la señora Ela Rosa Pérez Zepeda-La Senadora suscrita recurre a esa Secretaría de Estado, por cuanto hace más de un año, el Jefe de Tierras de Copiapó le manifestó que estaba todo listo para efectuar la entrega, y hasta el momento no hay nada efectivo, lo cual considera que es mucho demorar, máxime cuando se decía no haber obstáculo alguno." PROBLEMA DE SINDICATO DE ARENEROS DE COLINA (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Tierras y Colonización, solicitándole considerar las peticiones dirigidas con anterioridad por el Senador señor Volodia Teitelboim al Jefe del Departamento de Tierras y Bienes Nacionales, en el sentido de conseguir información sobre un problema planteado por el Sindicato de Areneros de Colina. Este organismo sindical, con personalidad jurídica, elevó en 1962 una solicitud, por la que pedía la concesión de una faja de terreno de 1.000 metros de largo, ubicada entre la población Chile por el norte, el puente Panamericano por el sur, el fundo Lo Arcaya por el este y el fundo Los Alamos por el oeste, en Colina. El terreno llegó a ser mensurado, sin que hasta ahora el sindicato interesado haya podido conseguir una resolución sobre el particular." SITUACION DE POBLACION "MOLINOS VIEJOS", DE LA SERENA (COQUIMBO). "Al señor Ministro de la Vivienda, a fin de solicitarle informe qué pasa con la población de emergencia "Molinos Viejos", de la comuna de La Serena, debido a que existe preocupación por parte de los pobladores ante la posibilidad que habría -según se ha escuchado- de que dicha población sea vendida al Regimiento Arica. En la población mencionada hay 100 casas habitadas por familias con numerosos hijos, las cuales viven allí por espacio de más de 15 años. Por tanto, la que suscribe solicita a esa Secretaría de Estado le indique qué resolución se ha tomado al respecto y que dichos terrenos sean vendidos a sus actuales ocupantes, quienes fueron expropiados y erradicados en ésa y otras poblaciones de La Serena." SITUACION DE INQUILINOS DE FUNDO LAS CASAS DEL ALBA, EN COLINA (SANTIAGO). "Al señor Vicepresidente de la Corporación de Reforma Agraria, a fin de solicitarle revise los trámites efectuados para la venta del fundo Las Casas del Alba, ubicado en la comuna de Colina, y que fue vendido por medio de la Cooperativa de los Pequeños Agricultores de Chile. Según han informado, ésta, a su vez, le venderá a los inquilinos, o sea, que para poder continuar en el fundo, éstos deberán incorporarse a dicha Cooperativa, o de lo contrario, pierden toda clase de regalías. Por consiguiente, solicito de dicha Corporación interceda en esta situación, ya que los mencionados inquilinos han sido incluso atemorizados en cuanto a la pérdida de todo derecho. Además, cabe considerar que según la ley 16.465, en su artículo 1°, letra c), estipula que los inquilinos tienen derecho al 40% de la parcelación de los predios o terrenos vendidos, lo que significa que dichos inquilinos pueden-en este caso- continuar usufructuando de los terrenos que le pertenecían por espacio de 5 años, ya que ellos son los que han entregado todo su esfuerzo y trabajo a la productividad de esas tierras." IRREGULARIDADES EN PAGO DE BENEFICIOS A INQUILINOS DE FUNDO CERRILLOS DE RAPEL (COQUIMBO). "A la señorita Vicepresidenta del Servicio de Seguro Social, a objeto de solicitarle tenga a bien ordenar la investigación por el no pago de imposiciones y asignaciones familiares a los inquilinos y me-dieros del fundo Cerrillos de Rapel, ubicado en la comuna de Monte Patria, provincia de Coquimbo, por parte de sus patrones. Estos campesinos, entre los cuales hay algunos que cuentan con 5 y 6 años de trabajo, no reciben contrato alguno de parte de los dueños del mencionado fundo y, aunque les tiene Libreta de Seguro, no aparecen en ellas las imposiciones correspondientes al tiempo trabajado." IRREGULARIDADES EN PAGO DE BENEFICIOS A JUBILADOS DE VALLENAR. "Al señor Vicepresidente de la Caja de Previsión de los Ferrocarriles del Estado, a objeto de solicitarle tenga a bien informar por qué aún no se le otorga el pago de los 6 años de jubilación -que le fueron reconocidos por la ley de Continuidad de la Previsión- al señor Roberto Alfaro Alfaro, de Vallenar. El asegurado en referencia, fue jubilado por incapacidad física en la Empresa, el 11 de noviembre de 1954, y su resolución se hizo por decreto Nº 810, con fecha -20 de enero de 1956. Posteriormente, el pago de esos años quedó estipulado en el decreto supremo de 23 de -diciembre de 1958, que fuera publicado en el Diario Oficial, según el cual debería pagársele la cantidad de Eº 18,62 mensuales. Sin embargo, la Empresa insiste en que se le debe cancelar esa cantidad anual y rechaza el decreto enviado por el Seguro Social, protestando que está mal hecho. En base a ello, la que suscribe ruega a esa Vicepresidencia, se sirva indagar al respecto y ordenar se cumpla con lo ya establecido." VENTA DE SITIOS EN HUAMALATA (COQUIMBO) "Al señor Director General de los Ferrocarriles del Estado, a fin de solicitarle se sirva estudiar la manera de efectuar el traspaso de los terrenos en desuso, de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles, a Bienes Nacionales, y éstos, a su vez, lo hagan a la Corporación de la Vivienda, para que puedan ser vendidos a 67 familias que no tienen dónde vivir, en el pueblo de Huamalata, comuna de Ovalle, provincia de Coquimbo. La Senadora que sucribe, quedará muy agradecida de la intercedencia que dicha Dirección tenga en dar solución a este agudo problema." De la señora Carrera: ESCUELA PARA LA PUNTILLA (O'HIGGINS). "Al señor Presidente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, para que atienda la imperiosa e impostergable necesidad de construir un local destinado a la escuela completa de educación básica, con capacidad para quinientos alumnos, en la localidad La Puntilla, de San Vicente de Tagua-Tagua. Este edificio deberá contar con las suficientes salas de clases para su matrícula, incluyendo los cursos de kindergarten; talleres, casa para el Director y amplio . patio. En esta forma se solucionará el problema que actualmente preocupa a padres y apoderados de la Escuela Nº 2, de San Vicente de Tagua-Tagua, que funciona en un ruinoso local y de condiciones antipedagógicas." Del señor Contreras Labarca: UBICACION DE ESCUELA DE NIÑAS Nº 2, DE OSORNO. "Al señor Ministro de Educación Pública, a fin de que se sirva informar la posibilidad de acoger y resolver favorablemente la reclamación formulada por el Centro de Padres y Apoderados de la Escuela Superior de Niñas Nº 2, de Osorno, en el sentido de que no sea reubicada y su local destinado al funcionamiento del Instituto Comercial, pues -según los integrantes del citado Centro -constituiría una medida desatinada y lesiva al funcionamiento del establecimiento." Del señor Contreras Tapia: INCUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES DE LA LEY Nº 16.372, POR COMPAÑIAS EMBARCADORAS. "Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, a fin de poner en su conocimiento que, nuevamente, he recibido denuncias responsables de dirigentes de la CUT Provincial de Coquimbo, en el sentido de que por parte de las compañías embarcadoras no se está cumpliendo con la ley Nº 16.372, que reservó para los marineros auxiliares de bahía chilenos el trabajo a bordo de naves extranjeras. Esta anomalía es común a los diversos puertos de la provincia. Por otra parte, los embarcadores han logrado que no se aumente el número de matrículas de marineros auxiliares de bahía, a fin de impedir que se reúna el número mínimo exigido por la ley para constituir sindicato. Solicito, por lo tanto, una investigación severa por parte de los Servicios del Trabajo y la adopción de medidas que garanticen efectivamente los derechos de esos trabajadores." DEROGACION DE DECRETO QUE AUTORIZO PARALIZACION DE SOCIEDAD PESQUERA DEL SUR S. A. "Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, a fin de que se derogue el decreto que autorizó la paralización de la Sociedad Pesquera del Sur S. A., con la consiguiente cesantía masiva de su personal, teniendo en cuenta que con posterioridad a este hecho la industria contrató a 32 trabajadores y sigue en funciones. Estos hechos han sido denunciados ante el Inspector Provincial del Trabajo en Iquique, por constituir una burla a los trabajadores." Del señor Corvalán: OBRAS PUBLICAS EN CHILLAN (ÑUBLE). "Al señor Ministro del Interior, a fin de hacerle presente la urgencia que existe en solucionar dos graves problemas de la ciudad de Chillan. Es necesario reanudar los trabajos suspendidos que corresponden al Parque Municipal Bernardo O'Higgins, de Chillan Viejo, honrando con este parque monumental el lugar de nacimiento de nuestro héroe nacional. Existe una gran cantidad de planos de extensiones de agua potable y alcantarillado de la comuna de Chillan, cuyos presupuestos se encuentran aprobados. Sería de gran conveniencia que el Gobierno incluyera el financiamiento de estas obras en los presupuestos de los organismos pertinentes, a fin de que puedan ser una realidad a corto plazo. Dada la urgencia y necesidad de estas obras, se ruega al señor Ministro tenga a bien darles la prioridad que merecen." Del señor Duran: PRESTAMO A MUNICIPALIDAD DE VICTORIA (MALLECO). "Al señor Ministro del Interior, solicitándole tenga a bien aprobar la petición formulada por la I. Municipalidad de Victoria respecto de un préstamo por el monto determinado por la Empresa Eléctrica de la Frontera, como presupuesto por extensiones en baja tensión y distribución de energía eléctrica a dicha ciudad, acogiéndose a las disposiciones del artículo 11 de la ley 14.914 y proyecto que fuere aprobado por la Corporación edilicia y asamblea provincial, y remitido al señor Ministro para obtener su patrocinio y el destino de fondos correspondientes." Del señor Enríquez: PROBLEMAS DE AGRICULTORES DE "BULI", DE SAN CARLOS (ÑUBLE). "Al señor Ministro de Agricultura, solicitándole su favorable acogida al oficio despachado por el Comité de Pequeños y Medianos Agricultores "Buli", de San Carlos, con fecha 28 de julio ppdo., dando solución a los problemas que en él se indican." PAVIMENTACION EN CALLES DE TALCAHUANO (CONCEPCION). "Al señor Director General de Pavimentación, solicitándole su interés en favor del oficio Nº 828, de 8 de junio de 1967, en que el Comité Pro Adelanto del cerro Cornou, de Talcahuano, en que se solicita la pavimentación de las calles 28 de Octubre y 7 de Enero, de esa localidad." Del señor Foncea: PROLONGACION DE CALLE DE LINARES. "Al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación, a objeto de señalar la urgente necesidad de destinar fondos para iniciar las faenas de prolongación de la calle Constitución, de Linares, en su extremo poniente, a fin de empalmar con el camino de acceso a dicha ciudad. Cabe hacer presente que, de hacerse realidad la prolongación del camino en referencia, se descongestionaría enormemente el tránsito en dicho lugar, en especial, el de los camiones remolacheros, procedentes de diversos puntos de la zona." CONSTRUCCION DE CAMINO PAVIMENTADO ENTRE YERBAS BUENAS Y LINARES. "Al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación, a objeto de precisar la pronta iniciación de las faenas de construcción del camino pavimentado que comunica a la comuna de Yerbas Buenas con la ciudad de Linares. Cabe hacer presente que en la ley de Presupuesto de la Nación del año en curso se encuentra destinada la cantidad de Eº 1.000.000 para la construcción del camino en referencia, que de llevarse a efecto, coronaría una antigua aspiración de los habitantes de la comuna anteriormente mencionada." Del señor Rodríguez: SERVICIO COLECTIVO NOCTURNO EN PUERTO MONTT (LLANQUmUE). "Al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a fin de que la Subsecretaría de Transportes se sirva instruir a las autoridades provincial y comunal correspondientes para que en la ciudad de Puerto Montt los empresarios de la locomoción colectiva cumplan con destinar el quince por ciento de sus máquinas para atender el servicio hasta la medianoche, y no hasta las 21.30 como ocurre actualmente. En la actualidad los habitantes que viven lejos del centro de la ciudad cuentan solamente con servicio de taxis, que encarece totalmente la locomoción para quienes deben cumplir obligaciones de trabajo o realizar otras actividades." PERSONERIA JURIDICA A COOPERATIVA DE VIVIENDO DE OSORNO "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, a objeto de que el Departamento de Cooperativas de esa Secretaría de Estado informe del estado en que se encuentra el expediente que concede personería jurídica a la Cooperativa de Viviendas "Diana Rob", de Osorno, haciendo presente que dicha organización cuenta ya con diez años de existencia y tiene todos los derechos reglamentarios para lograr su reconocimiento legal. Por la misma nota solicitar se informe de los trámites pendientes para la resolución definitiva de la personería jurídica ya expresada." ESCUELA FISCAL PARA METRENQUEN (LLANQUIHUE). "Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole la creación de una escuela fiscal en la localidad de Metrenquén, comuna de Puerto Montt, señalando que existe un colegio particular, que podría servir de base a la creación que se solicita." UBICACION DE LICEO DE NIÑAS Nº 2, DE OSORNO. "Al señor Ministro de Educación Pública, exponiendo los deseos del profesorado, padres y apoderados del Liceo de Niñas Nº 2, de Osorno, en el sentido de que el establecimiento no sea cambiado del local en que actualmente funciona, y que, según informaciones confirmadas por la Intendencia de la provincia, existe el propósito de reubicar ese Liceo para destinar su actual local al Instituto Comercial de Osorno." FUNCIONAMIENTO DE LICEO GENERAL CARRERA, DE CHILE CHICO (AISEN). "Al señor Ministro de Educación Pública, para que se dispongan las medidas pertinentes que permitan continuar su funcionamiento al Liceo "General Carrera", de Chile Chico, provincia de Aisén, en los locales que ocupan actualmente sus salas de clases. El profesorado, padres y apoderados de los alumnos de dicho Liceo tienen el justificado, temor de verse privados del edificio, debido a que su propietario lo ha puesto en venta, y si no se interesa en su adquisición el Fisco pasaría a manos particulares, por lo cual esperan un pronunciamiento del Ministerio de Educación." TERMINACION DE CAMINO ENTRE RIO PATO Y LAS MARCAS (LLANQUIHUE). "Al Ministerio de Obras Públicas, a fin de que la Dirección de Vialidad atienda la terminación del camino entre Río Patos a Las Marcas, comuna de Puerto Montt, restando un tramo de ocho kilómetros por ejecutar, que beneficiaría a numerosos pequeños agricultores." PROBLEMAS DE OBREROS DE COIHAIQUE (AISEN). "Al señor Ministro de Agricultura, para que informe de las resoluciones adoptadas sobre la presentación elevada a su conocimiento por la Agrupación de Obreros Transitorios de la VII Zona Forestal, con sede en la ciudad de Coihaique. El problema planteado por ese sector de trabajadores incide en que están amenazados del término de sus respectivos contratos; que no se cumplió la promesa de las autoridades respectivas, de pasarlos a la planta del Servicio Forestal; que se le adeudan los jornales de junio y julio últimos, incluyéndose la gratificación de zona desde abril del año en curso." INCUMPLIMIENTO DE LEYES DEL TRABAJO EN FUNDOS DE COLEGUAL (LLANQUIHUE). "Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, para que se sirva solicitar al Servicio de Seguro Social ordene una investigación en los fundos de propiedad de los señores Gilberto y Clemente Binder, ubicados en la localidad de Colegual comuna de Puerto Varas, por existir denuncias de que a los trabajadores se les burlan sus imposiciones ni se le cancelan las asignaciones familiares. Esta situación afecta a numerosos obreros de ese sector campesino y requiere una inmediata intervención oficial." CALIDAD DE TRABAJADORES DE EMPRESA ELABORADORA DE MADERAS, EN CONTAO (LLANQUIHUE). "Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, solicitándole se sirva dictaminar si los trabajadores de una empresa que mantiene una planta elaboradora de maderas, y que ejecutan trabajos de construcción de caminos y volteo de árboles mediante sierras mecánicas, tienen o no la calidad de obreros industriales. Es el caso de la firma BIMA, que tiene una planta maderera en la localidad de Contao, comuna de Puerto Montt, donde trabajan 111 obreros, que están organizados en un Sindicato Industrial, estando excluidos 75 trabajadores que laboran en construcción de caminos y volteo de árboles, a quienes se les ha contratado en calidad de obreros agrícolas, siendo perjudicados por tener dicha calidad. A mayor abundamiento, al resolverse el pliego dé peticiones presentado por el Sindicato Industrial los aumentos de salarios y regalías favorecieron a todos los trabajadores. El Sindicato Industrial que reúne a los 111 obreros de la planta, por la razón antedicha no han podido incorporar a esa organización a los otros 75 trabajadores, pues la Inspección Provincial del Trabajo afirma que no tendrían derecho." EQUIPO DENTAL PARA CONTAO, EN PUERTO MONTT (LLANQUIHUE). "Al señor Ministro de Salud Pública, informándole que en la localidad de Contao, comuna de Puerto Montt, se encuentra instalada una planta de la industria BIMA, existiendo 210 imponentes del Servicio de Seguro Social, que con sus familiares suman más de dos mil personas. La atención médico-asistencial les era proporcionada por el buque sanitario "Cirujano Videla", una vez al mes y por espacio de dos horas, pero dicho servicio ha sido suprimido por los subidos gastos de mantención de dicho barco. Solicitar al señor Ministro que el Servicio Nacional de Salud adopte las medidas, a fin de que un equipo médico-dental se traslade periódicamente a dicha localidad, para cuyo efecto el Sindicato Industrial ha obtenido el ofrecimiento de la Compañía de proporcionarles avión -que arrendaría en cada oportunidad-, la estada a cuenta de la industria y proporcionaría la Posta que mantiene a cargo de un practicante. Hacer presente que dado el aislamiento en que se encuentra esta localidad tampoco se proporciona alimentos a los lactantes, como asimismo las prestaciones a que tienen derecho los imponentes y sus familiares." TITULOS DE DOMINIO PARA OCUPANTES DE COLONIA LAS MARCAS LLANQUIHUE. "Al Ministerio de Tierras y Colonización, solicitándole que se sirva informar acerca de los títulos de dominio de los ocupantes de la Colonia Las Marcas, de la localidad de Alerce, comuna de Puerto Montt." AMENAZA DE LANZAMIENTO A POBLADORES DE PREDIO EN OSORNO. "Al señor Vicepresidente de la Corporación de la Reforma Agraria, a fin de que se sirva informar acerca de la presentación formulada por los señores Manuel Garrido Urra y Alfredo Garrido Garrido, que enviaron directamente al señor Presidente de la República con fecha 30 de mayo ppdo. La Oficina de Partes de la Presidencia de la República comunicó a los interesados que envió la petición con los antecedentes a la Corporación de la Reforma Agraria con Providencia Personal y Confidencial Nº 2.218, de 6 de junio. Hasta la fecha la Oficina de la Corporación de la Reforma Agraria en Osorno no ha informado, debido a que no se le han solicitado más antecedentes, y los afectados están amenazados de lanzamiento del predio que ocupan, el que, de acuerdo a documentos protocolizados, les habría sido entregado en pago de trabajos ejecutados por su ex patrón don Carlos del Río." TÍTULOS DE OCUPANTES DE POBLACION "CARMELA CARVAJAL", DE PUERTO MONTT (LLANQUIHUE). "A la Corporación de Servicios Habita-cionales (Ministerio de la Vivienda), a fin de que se sirva informar acerca del estado en que se encuentran los títulos qué deben otorgarse a los ocupantes de la Población "Carmela Carvajal", de Puerto Montt." Del señor Sepúlveda: HABILITACION DEL ESTADIO MUNICIPAL DE VALDIVIA. "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva arbitrar las medidas para- materializar el aporte de doscientos cincuenta mil escudos prometido a las autoridades de la ciudad de Valdivia, por intermedio del señor Subsecretario de esa Cartera, para la habilitación del Estadio Municipal de esa ciudad, con motivo de la celebración del proximo Campeonato Nacional de Fútbol Amateur, que tendrá lugar en Valdivia." Del señor Tarud: PROLONGACION DE CALLE EN LINARES. "Al señor Ministro de Obras Públicas, para solicitarle tenga a bien interesarse para que en el presupuesto para el próximo año se consulten los fondos necesarios para poder efectuar la prolongación de la calle Constitución en la ciudad de Linares, con el objeto de que pueda empalmar con el camino de acceso a la ciudad, en las cercanías del frigorífico de la Empresa de Comercio Agrícola. Esta nueva arteria es de gran importancia para el pueblo, ya que serviría para descongestionar el tráfico, especialmente en la época en que se hace la recolección de la remolacha." PAVIMENTACION DE CAMINO ENTRE LINARES Y YERBAS BUENAS. "Al señor Ministro de Obras Públicas, para solicitarle tenga a bien interesarse y disponer que la Dirección General de Obras Públicas consulte en el presupuesto para el próximo año, los fondos necesarios para iniciar los trabajos de pavimentación del camino de Linares a Yerbas Buenas, vía de más o menos 12 kilómetros, y de gran tráfico durante toda época del año. La ejecución de esta obra constituye una antigua aspiración de los vecinos de la zona." Del señor Teitelboim: PROVISION DE CARGO DE DIRECTORA EN ESCUELA PUBLICA DE HUILQUEN PAINE (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Educación, solicitándole una información acerca de si se ha regularizado la situación existente en la escuela pública de Huilquén Paine, en lo relativo a la provisión del cargo de directora, que habría estado vacante legalmente durante un lapso prolongado." El señor REYES (Presidente accidental).- En Incidentes, corresponde el primer turno al Comité Mixto. Tiene la palabra el Honorable señor Barros. SITUACION ECONOMICA DEL PODER JUDICIAL. El señor BARROS.- Señor Presidente, en estos últimos días, las luchas reivindicativas de los obreros y campesinos chilenos están adquiriendo caracteres de un tipo nuevo, demostrativos de que el proletariado de nuestro país ya está tomando conciencia de clase en sí, y de que en la misma práctica de la lucha diaria se está plasmando la unidad obrero-campesina. La marcha de los campesinos de Molina, la solidaridad demostrada por los trabajadores a lo largo de esa gran marcha, demuestran que los obreros toman conciencia de su papel hegemónico y dirigen al campesinado. Pero mi análisis no se referirá a la alianza obrero-campesina, que está en proceso de toma de conciencia y de desarrollo. En la lucha por la liberación nacional, por el establecimiento de un Chile libre, democrático, independiente; en contra de los enemigos del pueblo chileno, el imperialismo, la oligarquía semifeudal y el capitalismo monopolista y altamente desarrollado, no sólo constituyen el pueblo los obreros y campesinos: lo integran, también, otros sectores de trabajadores no proletarios. Forman en las filas del pueblo los sectores profesionales, universitarios, intelectuales, trabajadores de la Administración Pública y privada, que durante años han permanecido engañados con la falsa ilusión burguesa de la "independencia", de "la aristocracia intelectual", de la primacía de la labor intelectual sobre el trabajo material. La burguesía mantiene una contradicción entre el trabajo intelectual y el manual, creando ilusiones en los sectores de la intelectualidad trabajadora de ser sus intereses contrapuestos a los del proletariado y del campesinado. Pero, señor Presidente, la crisis del sistema capitalista en un país subdesarrollado como el nuestro; la falta de una planificación económica; la dependencia irritante del imperialismo norteamericano, que domina nuestras industrias básicas y nuestro comercio de importación y exportación ; la explotación anticientífica del campo chileno, y las limitaciones impuestas a nuestra industria nacional por el capitalismo monopolista, están probando día a día a los sectores intelectuales, a los trabajadores de las diversas ciencias, que sus intereses son comunes a los de los obreros y campesinos de Chile. Al decir de Lenin, más que las teorías y las palabras, cuentan los porfiados hechos. Y los porfiados hechos han puesto en evidencia a los profesionales que sirven en los Servicios de Asistencia Judicial del Colegio de Abogados de las provincias que represento, Valparaíso y Aconcagua, que deben recurrir a los mismos métodos de lucha reivindicativa que los obreros y campesinos. Es así como, ante la negativa de Consejo General del Colegio de Abogados de Chile de aumentarles sus sueldos o, por lo menos, de equiparar sus emolumentos con los que en los mismos cargos perciben los abogados funcionarios del Colegio de Abogados de Santiago, y basados en el principio justo laboral de "a igual trabajo igual salario", presentaron su pliego de peticiones en la Honorable Junta de Conciliación de Valparaíso. Seguidos los trámites legales, la Honorable Junta de Conciliación propuso como solución, nivelar los sueldos de Valparaíso y Aconcagua con los de Santiago. Conocida es en Valparaíso la carta enviada a "El Mercurio" por un padre que no sabía qué carrera hacer seguir a su hija, después de haber rendido satisfactoriamente la Prueba de Aptitud Académica. El quería que estudiara Derecho, pero había leído en "El Mercurio" un aviso del Colegio de Abogados por el cual se solicitaba un jurista para desempeñar el cargo de Abogado-Jefe del Consultorio de La Ligua, con un sueldo de Eº 200 mensuales, y en la misma edición, una familia pudiente de Viña del Mar solicitaba una empleada y ofrecía un sueldo de Eº 250. Decía ese padre que, respetando las nobles funciones de la empleada doméstica, no veía estímulo para una universitaria, en estudiar largos años, y, al final, ser contratada como Abogado-Jefe de un servicio jurídico con Eº 200 mensuales. No existe en Chile una evaluación del trabajo profesional. Los abogados funcionarios del Colegio, no ganan más allá de un vital y medio en Valparaíso y Aconcagua. Es por esto por lo que han votado favorablemente la huelga. Por eso han tomado conciencia de que son trabajadores, al igual que los obreros, campesinos y empleados, y han hecho valer sus derechos. Esta huelga, indudablemente, afectará a los sectores modestos de la población de Valparaíso y Aconcagua, pero al ganar los abogados funcionarios su conflicto, los afectados serán recompensados con mejores, justos y humanos sueldos y cumplirán mejor sus obligaciones profesionales que con estipendios de Eº 200, 250, ó 305. Para ilustrarme frente a este tema, un tanto tabú para mí, he debido conversar con varios juristas amigos míos. Los abogados con quienes me informé me han expresado que no aceptarán ser utilizados como rompe-huelgas como vulgares "krumiros", en contra de sus colegas. Además, no aceptarán que se designe a más de uno como abogado de turno para atender estos problemas, en el caso de haber quienes estén dispuestos a actuar en contra de sus colegas en conflicto. Pero esto no es todo. También hay problemas entre el Ministerio de la Vivienda y el Colegio de Ingenieros de Chile y en tre INDAP y los ingenieros agrónomos y técnicos de agricultura. Quiero analizar, ahora, el problema que afecta al Poder Judicial, pero deseo tomar esta cuestión como un solo todo, como la unidad que en sí representa. Para nosotros, para nuestra Constitución, el Poder Judicial es una entidad única. En la práctica, hay diversas categorías y grados. En un enfoque simple, distinguimos entre los funcionarios con título universitario, que forman la magistratura, y los funcionarios subalternos, que desempeñan las funciones de interrogar, escribir y hacer todo el trabajo administrativo, rutinario, de oficina, de la justicia. Se pretende dividir al Poder Judicial; se pretende mejorar la situación de los jueces y dejar pendiente la del personal subalterno. "Dividir para reinar", dijo Luis XI. Esta táctica la emplea la burguesía con gran éxito, y pretende usarla ahora, en este conflicto. Este es el lado negativo del problema, pero no hay mejor maestro que el maestro negativo. Los hombres del Poder Judicial, con el beneplácito de la Excelentísima Corte Suprema, organizaron la Junta Nacional de Jueces. Dicho organismo representa los intereses de los abogados que ejercen la magistratura, fundamentalmente en la defensa del aumento de sus remuneraciones. Los sueldos de los Ministros de la Corte Suprema, de Apelaciones, fiscales, jueces y relatores son bajos. Me han informado que un Ministro con 28 ó 30 años de servicios y con varios quinquenios gana E? 2.600 mensuales. Está obligado a mantener un nivel de vida consecuente con el rango social que implica su calidad de magistrado; se le prohíbe el ejercicio de la profesión y no se le paga asignación de título; tiene obligación de residencia, y el Código Orgánico de Tribunales le impone una serie de prohibiciones que prácticamente le impiden sentirse incorporado a la sociedad. Un asesor cualquiera que acaba de botar las espinillas gana más que eso. A cambio de ello, reciben remuneraciones bajas y, en la práctica, deben solicitar préstamos o ver cómo sus documentos son protestados, cómo contraen deudas, todo lo cual contribuye a alienar más al Magistrado que empezó perdiendo su libertad, su independencia y sus posibilidades de desarrollo dentro de la sociedad, para terminar privado de su independencia, para subsistir, al tener que contraer deudas. Nuestros jueces han sido siempre honestos e imparciales. Hablo en general,' no por las excepciones, que las hay, naturalmente, y los conocemos. Aun en las épocas de persecuciones, en la del "Tiempo de la Infancia", de la "Ley Maldita", los tribunales, los jueces, supieron hacer respetar los derechos de los perseguidos políticos. Y jamás un juez chileno ha pedido asilo a embajadas extranjeras cuando ha habido golpes militares, y estoy seguro de que no lo haría si el "gorilismo" epidémico desembarcara al señor Frei. Hay quienes pretenden denunciar a los jueces como sediciosos, acusarlos de estar efectuando trabajo lento, de entorpecer la marcha de la justicia, de atentar contra la ley de Seguridad Interior del Estado como funcionarios públicos. Algunos mentecatos lo han afirmado estos días. Sin embargo, ello es falso. Quien hace trabajo lento es el que impide a los jueces y al personal subalterno de los tribunales percibir rentas justas, humanas. Quien hace trabajo lento es el que insiste en mantener la vigencia de códigos caducos y anticientíficos. Quien hace trabajo lento es el que persevera en mantener una superestructura jurídica que solamente defiende el derecho de propiedad, y que mantiene un procedimiento penal y civil retardatario, remora de la época en que éramos colonia española y los juicios se ventilaban en las Cortes de España. Los jueces forman un Poder, el Poder Judicial. Este debe ser autónomo, independiente y autofinanciado. Actualmente, y aun cuando ello pueda herir el orgullo profesional y los sentimientos de los magistrados, el Poder Judicial en Chile no pasa de ser un servicio público más, dependiente, en cuanto a estabilidad y seguridad económica, del Ministro de Hacienda. Este análisis nos hace llegar a una conclusión: el destino de los ingenieros civiles y agrónomos, de los abogados y jueces de Chile, actualmente en situaciones conflictivas, está íntimamente ligado al del proletariado y del campesinado chilenos. Hay, señor Presidente, una serie de ilusiones que aún perviven en los intelectuales chilenos con título universitario. La base de todo estriba en que los profesionales, los intelectuales con título universitario, no forman una clase, sino una capa que oscila entre el obrero y la burguesía. Además, el hecho mismo de su preparación humanista y científica, como producto de una universidad clasista, burguesa -que los ha preparado, no para servir al pueblo, la sociedad chilena, sino para, ejercer la profesión con miras a "triunfar en la vida", a escalar posiciones y poderles ha creado la ilusión del individualismo. Conveniente es recordar las palabras de Roger Garaudy en su ensayo "Sobre los Intelectuales": "este individualismo es la fuente de todas las vacilaciones del intelectual". Esas vacilaciones se ven en el mismo desarrollo de sus luchas. La otra ilusión que los embruja es la "abstracción". No trabajando en contacto con las cosas materiales, como el obrero y el campesino, tiende a concebir símbolos de las cosas y a estimar que sus luchas son ajenas a sus intereses de clase y sólo obedecen al mérito de sus conocimientos. Gramsci dice: "Los intelectuales se creen independientes y autónomos". Estas dos ilusiones pesan fundamentalmente en lo que se refiere al conflicto del Poder Judicial, que, naturalmente, debe democratizarse. Acostumbrados a un trato personal residuo de otras épocas, a ser tratados como "Su Señoría", "Ilustrísimo Señor", "Usía", han estado un poco imbuidos en este individualismo. A nosotros nos ocurre algo parecido: somos "Honorables", como si fuese nuestro el patrimonio del honor, y tenemos que decir "Su Señoría" cuando quisiéramos otra cosa. Pero los hechos, los porfiados hechos, están demostrando que los intereses de clase, la defensa de sus remuneraciones, de sus condiciones de vida, están rompiendo estos fantasmas y haciendo que tomen conciencia de sus problemas y, dentro de sus medios, luchen, hasta el extremo de haber redactado sus renuncias colectivas, para el caso de no ser solucionados sus problemas. Eso no lo soñaron jamás los que le pusieron una tranca al progreso, los momificados con olor a naftalina. Tenemos perfectamente claro que ningún abogado de Chile, para el caso de ocurrir que los jueces renuncien colectivamente y se dé curso a sus renuncias, se interesará, por razones políticas o de cualquier otra índole, a ocupar los cargos de los renunciados. Esta lucha de los magistrados debe ser debidamente valorizada, porque se encuentra absolutamente dentro de los marcos de la Constitución y de la ley. En efecto, sus métodos no son sino el fiel y estricto cumplimiento del Código Orgánico de Tribunales y de los Códigos de Procedimiento Civil y Penal, que obligan a los jueces a estar cuatro horas en su despacho y tomar personalmente todos los comparendos y diligencias, fuera de que nadie puede impedir a un ciudadano chileno renunciar a un cargo que no le conviene. Por otra parte, ella está demostrando que el campo de nuestros amigos, el campo del pueblo, en Chile, es el camino de nuestra liberación nacional, mucho más amplio que lo que pueden considerar algunos trasnochados encastillados en su torre de marfil. Estos conflictos demuestran que día a día nuevas capas de los sectores de la pequeña burguesía toman conciencia de la forma de luchar, conciencia que irá madurando y les irá señalando que su destino y su camino, para la superación de todas sus contradicciones de clase y sus problemas, no es otra cosa que seguir el destino y el camino en la revolución democrático-popular del proletariado chileno y su aliado natural, el campesinado, y que, bajo la hegemonía del proletariado, se formará el gran frente cuya base es la alianza obrero-campesina y los sectores de la pequeña burguesía urbana, intelectual y otras fuerzas progresistas no proletarias de la ciudad y del campo. Estos abogados en conflicto se han atrevido a luchar, han despreciado estratégicamente a sus poderosos enemigos, están enfrentando las dificultades, superarán los sacrificios y, con la comprensión de los obreros, campesinos y empleados, que deben valorizar estos hechos de hoy día, obtendrán la victoria. No es sino informativo el valor que he querido dar a estas observaciones, obtenidas al calor de una lucha reivindicativa más, de las tantas que pululan por el ancho cauce de la agitación gremial chilena. Desde luego, a esos abogados porteños y jueces llegue mi cordial y entusiasta apoyo solidario, en la calle, entre los trabajadores de la mente y el músculo y desde una banca solitaria en que estoy sentado en un parlamento burgués. He dicho. El señor REYES (Presidente accidental).- ¿Algún otro señor Senador del Comité Mixto desea hacer uso de la palabra? Se va a complementar la tabla de Fácil Despacho. TABLA DE FACIL DESPACHO PARA LA PROXIMA SESION. ORDINARIA. El señor EGAS (Prosecretario).- El señor Presidente anuncia para la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria próxima los siguientes asuntos: Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaídos en los siguientes proyectos de acuerdo: El que aprueba el Convenio de Migración entre Chile y Holanda. El que aprueba la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. El que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo entre Chile y Paraguay. El que aprueba el Convenio Cultural entre Chile y Yugoslavia. El que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Educacional, de Intercambio Cultural y de Becas, entre Chile y Panamá. El que aprueba la Convención Unica sobre Estupefacientes. El que aprueba la adhesión de Chile al Convenio sobre Asociación de Academias de la Lengua Española. El que aprueba dos Protocolos de Enmienda de la Convención de Aviación Civil Internacional. El que aprueba la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. El que aprueba el Acuerdo que instituye el Centro Latinoamericano de Física. El que aprueba la Convención Internacional relativa a los Congresos Indigenistas Latinoamericanos y al Instituto Indigenista Interamericano. El que aprueba el Convenio Postal Universal. El que aprueba el Convenio Postal de las Américas y España y el Protocolo Final del Convenio. Recomendación de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, respecto de la Constitución en los Parlamentos Nacionales de determinadas Comisiones permanentes. Proposición de archivo de las Recomendaciones Nºs 120, 121 y 122 de la Organización Internacional del Trabajo. Proposición de archivo de los Convenios N°s 108 y 109 de la Organización Internacional del Trabajo, relativos a la Gente de Mar, y Proposición de la Comisión de Trabajo para enviar a la de Obras Públicas el proyecto de la Cámara de Diputados sobre autorización al Servicio de Seguro Social para conceder préstamos hipotecarios a sus imponentes, para construcción de viviendas. SITUACION ECONOMICA DE LAS FUERZAS ARMADAS. El señor AHUMADA.- Señor Presidente, en la sesión 26ª ordinaria, en miércoles 26 de julio de este año, el Honorable señor Bossay, en nombre de nuestro partido, planteó la inquietud que nos asiste acerca de la situación económica de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros. Después de ese importante enfoque, hemos leído en la prensa las declaraciones del señor Ministro de Hacienda, don Sergio Molina. Al preguntársele sobre las posibilidades de que se otorgue a esos sectores un reajuste especial durante este año, dicho Secretario de Estado expresó enfáticamente que no había ninguna probabilidad. Luego, al pedirse un comentario sobre este asunto, al Comandante en Jefe del Ejército, General don Luis Miqueles, manifestó textualmente: "Es indispensable y urgente el mejoramiento económico sustancial del personal de la institución. Los sueldos actuales, de soldados a generales, no nos permiten cubrir las necesidades mínimas de vida y menos las de nuestros familiares, con el decoro que corresponde a los miembros de las Fuerzas Armadas de la República". Tal como lo hice en la sesión del 3 de octubre de 1962, en esta ocasión intervengo con el fin de agitar ante la opinión pública y las autoridades de Gobierno el imperativo de encarar en alguna forma el aumento sustancial de las remuneraciones del personal de los institutos armados y de Carabineros. Al enfatizar la urgencia de esa medida, mi partido no quiere significar preeminencia alguna de estas instituciones, a las cuales respetamos, con relación a otros conglomerados sociales, ya que tanto en el sector público como en el privado se advierte la necesidad de otorgar un reajuste de sueldos y salarios, debido a que los índices del alza constante del costo de la vida han llegado a niveles muy superiores a los pronosticados para 1967. Esa alza permanente inquieta a los hogares modestos de nuestra población; preocupa al sector proletario, al sector campesino; golpea fuertemente en la pequeña burguesía o clase media. Al referirnos ahora de manera especial a los efectos económicos del proceso inflacionario en las rentas de los miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros, tanto en actividad como en retiro, lo hacemos guiados por un gran espíritu público, por un espíritu de amor y cariño, aprecio y respeto hacia esas instituciones y por el deseo de que tales anomalías sean subsanadas por el Ejecutivo, pues afectan vitalmente a un sector de importancia del llamado sector público. El Ejército, la Armada, la Aviación y el Cuerpo de Carabineros están pasando por un período crítico. Tal circunstancia ha dado lugar a que incluso el Comandante en Jefe del Ejército, en un acto que quizás podríamos calificar de insólito en nuestra República, llame la atención en forma pública sobre las necesidades de los hombres que sirven como soldados, marinos, suboficiales y oficiales en los institutos armados, y de sus núcleos familiares. Más todavía. Hay una cantidad de hechos que deberían ser largamente analizados y que examinaremos en esta oportunidad sólo de manera sucinta. Tengo a la mano un estudio realizado por la Oficina de Informaciones del Senado acerca de las escalas de sueldos de estos personales. En él se aprecia que el sueldo base máximo que rige en el Ejército, la Armada y la Aviación es de E9 941, correspondiente a los Comandantes en Jefe de esas tres ramas. En atención a que casi siempre se aduce que ésta es la remuneración básica, la cual se hipertrofia con otros beneficios, daré a conocer los vigentes hoy día, que de ningún modo son cuantiosos. Los beneficios que se agregan al sueldo base son los siguientes: Eº 10 como asignación especial por aplicación de la ley 14.603, artículo 2º; Eº 11 mensuales de bonificación en virtud de la ley 14.688; Eº 60 al mes como asignación de casa al personal casado que no la ocupa, del grado cuarto a la primera categoría, y Eº 30 por el mismo concepto a los servidores del grado quinto al decimotercero; Eº 44,40 como asignación de rancho a los casados, y E9 36 a los solteros. Además, la ley 12.428 establece un sistema de quinquenios: los dos primeros quinquenios son de 30%; el tercero y el cuarto, de 20%, y del quinto al séptimo, de 15%; vale decir, en conjunto no exceden de 115%. En consecuencia, con todas las asignaciones, bonificaciones, quinquenios y porcentajes, el sueldo base del Comandante en Jefe del Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea llega aproximadamente a E9 2.000. O sea, los beneficios adicionales prácticamente duplican el sueldo base. Es conveniente tener presente este guarismo para el estudio y consideración de los otros grados. Me detendré en la escala relativa a un sector fundamental en el Ejército, el de los capitanes, constituido por oficiales que en un grado superior desempeñarán labores de comando. Un capitán de Ejército, que corresponde al teniente 1° de la Ar mada, recibe un sueldo base de Eº 461. Si aumentamos esa suma en ciento por ciento, porcentaje correspondiente al máximo de remuneraciones adicionales que puede obtener, no supera los 800 ó 900 escudos. Y los capitanes son hombres que a esa altura de su vida, tienen por lo general más de treinta años de edad y un núcleo familiar de dos o tres hijos, fuera de su cónyuge. En seguida hay otra escala más baja, también fundamental: la correspondiente a la oficialidad inferior constituida, especial, por los recién egresados de las Escuelas Militar, Naval y de Aviación. Su sueldo base alcanza a 303 escudos, cantidad que no puede multiplicarse por cien pues no gozan de quinquenios. Sus otros beneficios son fijos, y no superan los 130 ó 150 escudos, con lo cual su remuneración total no llega a 500 escudos. Respecto de la más alta categoría de 1 suboficialidad, integrada por hombres que ya peinan canas y con más de 30 años deservicios, que configuran la categoría drías Clases -grado superior a Sargento 1°-, el sueldo base, en las tres ramas de la Defensa Nacional, es de 263 escude-cifra que, multiplicada por cien -gozan de quinquenios y de beneficios-, se encuentre 520 y 560 escudos: Los soldados no reciben un sueldo vital como remuneración base, ni tampoco el personal civil Respecto de este grupo de funcionario integrado por jornaleros, asistentes, etcétera, existen muchas escalas que no llegar a un sueldo vital. Según el informe de la Oficina de Informaciones del Senado, r que me refiero, el salario de los obreros. que trabajan en distintas actividades en las reparticiones de las Fuerzas Armadas, fluctúa entre 187 y 320 escudos mensuales. O sea, el sueldo superior que esos trabajadores reciben es de un vital. Los asistentes-mozos ganan 156 escudos. Con el sistema de quinquenios y las asignaciones de rancho y zona, dicha suma se eleva a 220 y 250 escudos. En consecuencia, si a esta remuneración base se descuenta las imposiciones a la Caja de la Defensa Nacional, por concepto de desahucio, de leyes especiales, como la 11.766 y la 11.856, y de impuesto a la renta, esos guarismos disminuyen en 30%. Señor Presidente, es inadmisible que en este momento un obrero especializado gane el doble que un sargento 1°, y que cualquier empleado público de grado intermedio tenga una remuneración superior a la de un general de la República. Nuestro deber como Senadores es subrayar este proceso de desigualdad abismante existente entre personal civil y personal militar. Esta situación se agrava, sin duda, en las escalas de sueldos bajos de las Fuerzas Armadas y Carabineros, como hemos venido señalando. Por lo demás, las diferencias en cuanto a renta entre estas instituciones no es, de ninguna manera, sustancial. Por ello, lo que he expresado, tanto respecto de las escalas de los altos oficiales, como de los capitanes, tenientes, sargentos y personal civil de las Fuerzas Armadas es válido para Carabineros. Respecto del problema de mejoramiento económico, ¿qué piensan las Fuerzas Armadas en retiro? Fui informado de que en la actualidad el Ministerio de Defensa tiene dos criterios sobre la materia. Por el primero, se desea aumentar el sueldo en proporción sustancial y, por el otro, otorgar una bonificación compensatoria por el alza del cesto de la vida producido durante el año en curso. El segundo criterio, en mi concepto, está fuera de lugar. Sólo sería una manera de paliar en parte el problema y no de resolverlo por completo. A mi juicio, el Gobierno debe asignar recursos adecuados para financiar un aumento efectivo, que compense el ritmo creciente del índice de precios al consumidor y la forma desigual con que las Fuerzas Armadas lo encaran. Ellas se encuentran en situación similar a la de aquellos empleados de la Administración Pública con situación económica inferior, ya desmejorada, si la comparamos con la del sector semifiscal. Y no me refiero al particular porque sé que en este aspecto la situación de los organismos privados es, a veces, superior a los públicos. La Asociación de Oficiales en Retiro d la Armada me expresa, mediante un memorándum, la necesidad de recupera-paralelismo antes existente entre los sueldos base de las Fuerzas Armadas y el Poder Judicial, por considerar similares las funciones que ellos realizan. En este aspecto, es preciso hacer notar que toda vía la Constitución asigna a los grupos armados restricciones mayores en comparación con la mayoría de los ciudadanos. A continuación, el documento en referencia plantea la posibilidad de compatibilizar en ciertos casos, y como medida transitoria, determinadas pensiones y sueldo procedimiento existente respecto de lo intendentes, gobernadores, etcétera, con el fin de poder aprovechar elementos que salen de otras instituciones con pensiones bajas en los institutos de la Defensa Nacional. En seguida, se sugiere en esa solicitud que los años de estudio en la Escuela Na-val sean considerados como de servicio activo, problema que, según creo, está siendo abordado o ya lo ha sido; la modificación de la ley 14.709, sobre desahucio; la incorporación al sueldo base de personal en servicio activo de los beneficios establecidos en las leyes sobre mejoramiento económico de las Fuerzas Ajinadas, y consignar mayores estímulo" Por ejemplo, a veces la oficialidad sub oficialidad ocupa casas en forma transitoria en algunos departamentos y viviendas ajenas a las instituciones armadas. Pienso que los oficiales, suboficiales y miembros de la tropa que se retiran, después de muchos años de servicios en estos institutos, bien podrían tener cierta prioridad para los efectos de obtener un título de dominio en esas poblaciones o en otras que las Fuerzas Armadas, mediante la CORVI, construyan. En la actualidad, en vez de ello reciben una asignación muy baja, de carácter especial, configurada' como renta de arrendamiento de esas habitaciones. De conformidad con el artículo 86 del D.F.L. 338, Estatuto Administrativo, "el empleado que para el desempeño de un empleo se vea obligado a residir en una provincia o territorio que reúna condiciones especiales derivadas del aislamiento o del costo de la vida recibirá una gratificación de zona que se fijará por medio de un porcentaje calculado sobre sus remuneraciones totales, excluida la asignación familiar". No obstante lo anterior, al personal de las Fuerzas. Armadas y de Carabineros no se le calcula la asignación de zona incluyendo los quinquenios, como sería lo correcto de acuerdo con el Estatuto Administrativo. Otro punto importante es el referente al aumento de la asignación de vestuario proporcionado a los oficiales uniformados, de una o dos tenidas completas anuales, beneficio de que también debería gozar el personal civil. ¿Cuáles son las razones que deben mover al Gobierno a aumentar su preocupación por las Fuerzas Armadas? En primer lugar, ellas constituyen una institución de importancia fundamental para la defensa nacional, y se encuentran, como hemos estado señalando, en situación des medrada respecto de otros sectores públicos. Por último el Ejecutivo debe tratar de evitar la pérdida de capital humano para la defensa nacional, debido al retire-de las filas de los miembros de los cuadros, militares y su ingreso al sector privado. Tengo a la mano un cuadro en el cual se señala que en 1964 se retiraron voluntariamente 390 oficiales y 2.290 suboficiales, cifras a las que es necesario agregar un 20% de aumento para tener una visión actualizada del fenómeno. Tales deserciones se produjeron porque se los incluyó en la cuota de eliminación anual -para dar "tiraje a la chimenea", como se dice- por retiro voluntario. Este hecho significa una gran sangría en los recursos del Estado. De los 390 oficiales mencionados, una cuarta parte se marginó voluntariamente del Ejército. A los capitanes y comandantes, que a veces están en el grado años y años, no les conviene seguir sirviendo a la institución, a pesar del cariño y amor que por ella tienen. Simplemente, no pueden cubrir el gasto que significa el sustento de su familia, y se retiran. La Braden Copper, que ahora se llama Sociedad Minera El Teniente, a la cual conozco de cerca, debe de tener 30 ó 40 oficiales de Ejército que desempeñan funciones administrativas. Lo más seguro es que estas cifras sean inferiores a las reales, porque se trata, precisamente, de oficiales que piden el retiro voluntario del Ejército para servir a las empresas privadas, las cuales les pagan tres, cuatro o cinco veces más que lo que ganaban en servicio activo en el Ejército. Del guarismo de 2.290 suboficiales eliminados voluntariamente durante 1984, que cité, 700 estaban pidiendo el retiro para ingresar a sectores privados, al municipal, etcétera. Es ésta una sangría demasiado severa para un instituto armado, sobre todo si se considera el costo que significa al Estado -vale decir, a todos los contribuyentes?- la formación de un oficial en la Escuela Militar, o la de un suboficial en las Escuelas de Armas. Ahora bien, ¿se sustituye el número de egresados por igual cantidad de quienes ingresan a esas escuelas? No, señor Presidente, porque mientras por un lado se retiran, ya sea por cuota de eliminación o en forma voluntaria, 400 oficiales, ingresan a la Escuela Militar 265 cadetes; y cuando 2.290 suboficiales dejan de pertenecer al Ejército, entran a servir a las clases 960 individuos. Existe, por lo tanto, manifiesta desproporción entre el contingente que sale del Ejército, por causas voluntarias o por cuota de eliminación, y el que entra a servir en él. Lo mismo ocurre en la Fuerza Aérea. En lo tocante a la Armada Nacional, no tengo estadísticas a mano, pero debe de ser más o menos lo mismo. En la FACH se retiran 100 oficiales y 1.200 suboficiales. ¡Y hay qué ver cuánto cuesta, lo que significa formar un oficial en esa rama de nuestras Fuerzas Armadas! Por eso, señalo estos hechos con el mismo énfasis con que denuncié en el Senado el éxodo de profesionales -médicos, ingenieros, arquitectos-, que van a servir al extranjero después de haber recibido enseñanza en Chile, de haber gastado la Universidad ingentes sumas en su formación. En efecto, la formación de un médico está costando alrededor de 90 millones de pesos... El señor BARROS.- Más. El señor AHUMADA.- ..., y más, como apunta el Honorable doctor Barros: unos 120 millones; un arquitecto, otro tanto; un ingeniero, lo mismo que un médico. Se van a Canadá, a Estados Unidos, a Australia, y de esta manera producen una sangría en el capital intelectual de nuestro país, de enorme significación en el proceso de producción nacional y de intercambio. Con el mismo énfasis -digo- señalo lo que ocurre en el Ejército, en la Armada, en la Aviación, en Carabineros de Chile: se están formando oficiales y suboficiales que se retiran de esos cuerpos, a pesar de sentir por ellos inmenso cariño, pues tienen vocación y espíritu militar, impelidos en momento determinado por la fuerza de las circunstancias y abocados a la imposibilidad de subvenir a las necesidades de su núcleo familiar. Conozco oficiales de Ejército que están trabajando complementariamente, en la noche, de taxistas. Este hecho nos está indicando en forma clara cómo se está produciendo en Chile el fenómeno económico, y la gravedad que él representa. En atención a estas consideraciones y habida cuenta de que los antecedentes en que ellas se basan han sido proporcionados por instituciones que merecen, absoluta fe y respeto -la Oficina de Informaciones del Senado, la Asociación de Oficiales en Retiro de la Armada y el Consejo Superior del Personal en Retiro y Montepío de la Defensa Nacional y Carabineros de Chile-, solicito oficiar en nombre del Comité Radical, a Su Excelencia el Presidente de la República y al señor Ministro de la Defensa Nacional, para expresarles una vez más la inquietud que asiste a mi partido frente a la lenidad, por no decir la negligencia, que se observa en el Gobierno ante la necesidad urgentísima de mejorar los sueldos y salarios del personal civil y militar -de tropa, suboficiales y oficiales- de las Fuerzas Armadas: Ejército, Armada, Fuerza' Aérea y Carabineros de Chile. El señor REYES (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, de acuerdo con el Reglamento, en nombre de Su Señoría. El señor AHUMADA.- Del Comité Radical, señor Presidente. El señor REYES (Presidente accidental).- Se pedirá el acuerdo del Comité de su partido, señor Senador, en el momento en que esté presente. El señor JARAMILLO LYON.- Similares observaciones formulé sobre esta materia el otro día, señor Presidente. Por esta razón, pido que el nombre del Comité Nacional se incluya en ese oficio. El señor BARROS.- Y el de nuestro Comité también. La señora CAMPUSANO.- Pido se agregue el de nuestro Comité, señor Presidente. El señor REYES (Presidente accidental).- Así se hará, señores Senadores. Ofrezco la palabra al Comité Socialista. Ofrezco la palabra. PUBLICACION DE DISCURSOS. El señor REYES (Presidente accidental).- Se dará lectura a unas indicaciones, aun cuando no hay número en la Sala para tomar acuerdos. El señor EGAS (Prosecretario).- Indicación del Honorable señor Tarud para publicar "in extenso" el discurso pronunciado hoy en la hora de Incidentes por el Honorable señor Barros. El señor REYES (Presidente accidental).- Queda para ser resuelta en el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión. El señor EGAS (Prosecretario).- El Honorable señor González Madariaga formula indicación para publicar "in extenso" el discurso que acaba de pronunciar el Honorable señor Ahumada. El señor REYES (Presidente accidental).- Del mismo modo, queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión. Se levanta la sesión. -Se levantó a las 19.12. Dr. Rene Vuskovic Bravo; Jefe de la Redacción. ANEXOS. DOCUMENTOS. 1 MENSAJE DEL EJECUTIVO MEDIANTE EL CUAL SE SOLICITA EL ACUERDO DEL SENADO PARA NOMBRAR DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD AL DOCTOR JUAN HEPP DUBIAU. Con fecha 16 de agosto ppdo., se encuentra vacante el cargo de Director General del Servicio Nacional de Salud, por haberse aceptado la renuncia voluntaria de quien lo servía como titular. En conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Nº 10.383, el Director General del Servicio Nacional de Salud debe ser "médico chileno, con más de 10 años de profesión, designado por el Presidente de la República, con acuerdo del Senado". En mérito de las circunstancias expuestas, tengo el honor de dirigirme a V. E. proponiendo el nombre del Dr. Juan Hepp Dubiau como Director General del Servicio Nacional de Salud, para que se sirva someter esta proposición al acuerdo del H. Senado de la República. Acompaño al presente Oficio una relación de los antecedentes del Dr. Juan Hepp D., para el conocimiento de V. E., y de los HH. señores Senadores. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.-Ramón Valdivieso D. 2 PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE ELEVA EL NUMERO DE TRIBUNALES DEL PAÍS Y CREA UNA CORTE DE APELACIONES CON ASIENTO EN RANCAGUA. Con motivo del Mensaje, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cardara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1°-Créase, a contar del 1° de diciembre de 1967, una Corte de Apelaciones con asiento en la ciudad de Rancagua que se compondrá de cuatro miembros y tendrá, además, un Fiscal, un Relator, un Secretario, un Oficial 1°, un Oficial 2º y dos Oficiales de Sala. Artículo 2º-Auméntase a cuatro, a contar de la misma fecha señalada en el artículo anterior, el número de miembros de las Cortes de Apelaciones de Iquique, Antofagasta y La Serena. Artículo 3º-Elévanse, a contar del 1° de enero de 1968, los Juzgados de Letras de Menor Cuantía de Copiapó, La Calera, Curicó, Chillan y Cu-ranilahue a Juzgados de Letras de Mayor Cuantía. Artículo 4º-Créanse, a contar de la misma fecha señalada en el artículo anterior, en los departamentos que se indican a continuación, los siguientes Juzgados de Letras de Mayor Cuantía: ARICA: un tercer Juzgado; LA SERENA: un segundo Juzgado; VALPARAISO: un Juzgado del Crimen con asiento en la ciudad de Viña del Mar; SANTIAGO: dos Juzgados Civiles, que se denominarán sexto y séptimo Juzgados, y dos Juzgados del Crimen que se denominarán octavo y noveno Juzgados; PRESIDENTE AGUIRRE CERDA: un cuarto Juzgado del Crimen; CONCEPCION: un cuarto Juzgado; PUERTO MONTT: un segundo juzgado, y PUNTA ARENAS: un segundo Juzgado. Artículo 5º.-El territorio jurisdiccional del Juzgado que se crea con asiento en la ciudad de Viña del Mar, será la comuna subdelegación del mismo nombre. A contar de la fecha de su elevación a mayor cuantía, el Juzgado de La Calera tendrá como territorio jurisdiccional las comunas de La Calera, Hijuelas, Nogales y Llay-Llay, y el Juzgado de Curanilahue, la comuna subdelegación del mismo nombre. Artículo 6º-Para los efectos de la presente ley, facúltase al Presidente de la República para introducir en el Código Orgánico de Tribunales, todas aquellas modificaciones que sean pertinentes. Facúltasele, asimismo, para fijar, previo informe de la Corte Suprema, la planta del personal de los Juzgados que se crean. Artículo 7º-Trasládanse el Segundo Juzgado del Trabajo de Valparaíso y el Sexto Juzgado del Trabajo de Santiago a la comuna de Viña del Mar y al departamento Presidente Aguirre Cerda, respectivamente. El Segundo Juzgado del Trabajo de Valparaíso pasará a denominarse Juzgado del Trabajo de Viña del Mar y su territorio jurisdiccional será la comuna subdelegación del mismo nombre. El Sexto Juzgado del Trabajo de Santiago pasará a denominarse Juzgado del Trabajo del departamento Presidente Aguirre Cerda y tendrá su asiento en la comuna de San Miguel. Artículo 8º-Introdúcense las siguientes modificaciones en los artículos del Código de Tribunales que se indican a continuación: Artículo 43 Derógase su inciso primero. Artículo 44 Elimínase en su inciso tercero el punto y coma que sigue a la palabra "Algarrobo" y agréganse a continuación de ellas las expresiones "y Cu-racaví", seguidas de un punto y coma. Artículo 54 Reemplázase la palabra "once" por "doce" e intercálase, a continuación de la coma que sigue a la palabra "Santiago", la palabra "Ranca-gua", seguida de una coma. Artículo 55 Sustituyese por el siguiente: "Artículo 55.-El territorio jurisdiccional de las Cortes de Apelaciones será el siguiente: El de la Corte de Iquique comprenderá la provincia de Tarapacá; El de la Corte de Antofagasta comprenderá la provincia de Antofagasta; El de la Corte de La Serena comprenderá las provincias de Atacama y Coquimbo; El de la Corte de Valparaíso comprenderá las provincias de Aconcagua y Valparaíso; e) El de la Corte de Santiago comprenderá la provincia de Santiago, exceptuado el departamento de Maipo; f) El de la Corte de Rancagua comprenderá las provincias de O'Higgins y Colchagua y el departamento de Maipo de la provincia de Santiago. No obstante, en materia laboral el departamento de Maipo dependerá de la Corte del Trabajo de Santiago; g) El de la Corte de Talca comprenderá el departamento de Constitución de la provincia de Maule y las provincias de Curicó, Talca y Linares, exceptuado de esta última el departamento de Parral; h) El de la Corte de Chillan comprenderá el departamento de Parral de la provincia de Linares y las provincias de Nuble y Maule, exceptuado de esta última el departamento de Constitución; i) El de la Corte de Concepción comprenderá las provincias de Concepción, Bío-Bío y Arauco; j) El de la Corte de Temuco comprenderá las provincias de Malleco y Cautín; k) El de la Corte de Valdivia comprenderá las provincias de Valdi-via, Osorno, Llanquihue y Chiloé, y 1) El de la Corte de Punta Arenas comprenderá las provincias de Aisén y Magallanes y la Antártida Chilena o Territorio Chileno Antartico." Artículo 56 Reemplázase por el siguiente: "Artículo 56.-Las Cortes de Apelaciones se compondrán del número de miembros que a continuación se indica: 1°-La Corte de Punta Arenas tendrán tres miembros; 2°-Las Cortes de Iquique, Antofagasta, La Serena, Rancagua, Talca, Chillan y Valdivia tendrán cuatro miembros; 3º-La Corte de Temuco tendrá cinco miembros; 4º-Las Cortes1 de Valparaíso y Concepción tendrán siete miembros, y 5º-La Corte de Santiago tendrá veintiún miembros." Artículo 59 Intercálase, en su numerando primero, entre la coma que sigue a las palabras "La Serena" y la palabra "Talca", la expresión "Rancagua", seguida de una coma. Artículo 65 Agrégase, en su inciso segundo, entre las palabras "La Serena" y "y Punta Arenas", la palabra "Rancagua", precedida de una coma. Artículo 216 Sustituyese por el siguiente: Artículo 216.-Si en una Sala de las Cortes de Apelaciones no queda ningún miembro hábil se deferirá el conocimiento del negocio a otra de las Salas de que se componga el Tribunal y si la inhabilidad o impedimento afecta a la totalidad de sus miembros, pasará el asunto a la Corte de Apelaciones que deba subrogar según las reglas siguientes: Se subrogarán recíprocamente las Cortes de Apelaciones de Iquique con la de Antofagasta; la de Santiago con la de Valparaíso; la de Rancagua con la de Talca; la de Chillan con la de Concepción y la de Temuco con la de Valdivia. Las Cortes de La Serena y Punta Arenas se subrogarán por las de Santiago y Valdivia, respectivamente. En los casos en que no puedan aplicarse las reglas precedentes, conocerá la Corte de Apelaciones cuya sede esté más próxima a la de la que debe ser subrogada. Artículo 9º-Introdúcense las siguientes modificaciones en los artículos que se indican del Código del Trabajo: Artículo 515 Reemplázanse, en su inciso primero, las expresiones "seis" y "dos" por "cinco" y "uno", respectivamente, e Intercálanse, en el inciso tercero, a continuación de la coma que sigue a la palabra "Ovalle", las expresiones "Viña del Mar, San Miguel" seguidas de una coma. Artículo 516 Agrégase, como inciso segundo, el siguiente: "El Juzgado de Viña del Mar tendrá jurisdicción en la comuna sub- delegación del mismo nombre y el de Valparaíso en el resto del departamento.". Artículo 10.-Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para destinar recursos con el fin de realizar las obras que para ese departamento se consulten en los programas del Ministerio de Justicia. Concédese igual autorización al Instituto CORFO del Norte respecto de los fondos que se consultan para el adelanto urbano y el bienestar social en los departamentos de Pisagua e Iquique de la provincia de Tarapacá y las provincias de Antofagasta y Atacama y al Consejo de Desarrollo de O'Higgins respecto de los recursos de su Presupuesto de Progreso Social para esa provincia. Los fondos que se destinen por estas instituciones con el objeto indicado, serán puestos globalmente a disposición del Ministerio de Justicia. Artículo 11.-Agrégase al artículo 14 de la ley Nº 16.272 sobre Timbres, Estampillas y Papel Sellado, el siguiente inciso: "Sin perjuicio del impuesto establecido en el Nº 4 del artículo 1°, y en el inciso primero cuando proceda, los contratos de compraventa a plazo de cosas muebles que se celebren en conformidad a la ley Nº 4.702, deberán extenderse en papel sellado de Eº 5 siempre que el valor de la cosa vendida exceda de un sueldo vital mensual, escala A, del Departamento de Santiago.". Artículo 12.-Facúltase al Presidente de la República para modificar, en la medida que sea necesario, las plantas del Consejo de Defensa del Estado y de la Sindicatura General de Quiebras, con el fin de dotar del personal suficiente a las oficinas de estos servicios que se creen o funcionen en Antofagasta, Rancagua y Punta Arenas. Disposidiones transitorias Artículo 1°-Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 43 del Código Orgánico de Tribunal, el Presidente de la República, previo informe de la Corte de Apelaciones de Santiago, deberá fijar los territorios en que ejercerán jurisdicción los Juzgados del Crimen de Mayor cuantía de los departamentos de Santiago y Presidente Aguirre Cerda, a contar de la fecha de instalación de los Juzgados que se crean en dichos departamentos por el artículo 4° de esta ley. Artículo 2º-Desde la fecha de instalación de los Juzgados señalados en el artículo 4º para los departamentos de Arica, La Serena, Concepción, Puerto Montt y Punta Arenas y de elevación de categoría de los Juzgados de Letras de Menor Cuantía de Copiapó, Curicó y Chillan, corresponderá a estos tribunales iniciar los turnos a que se refiere el artículo 175 del Código Orgánico de Tribunales. Artículo 3º-Las causas de que estuvieren conociendo el Segundo Juzgado del Trabajo de Valparaíso y el Sexto Juzgado del Trabajo de Santiago a la fecha de su traslado, seguirán radicadas en ellos hasta su terminación. . Igual regla se aplicará respecto de las causas del trabajo de que estuvieren conociendo los Juzgados Civiles del departamento Presidente Aguirre Cerda y los Juzgados de Policía Local de San Miguel y Viña del Mar. Artículo 4º-El personal de los Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de Rancagua conservará sus actuales categorías en los respectivos es- -calafones y sus categorías y grados en la escala de sueldos a partir de la fecha de creación de la Corte de Apelaciones de Rancagua. No obstante, aquellos funcionarios y empleados que hayan cumplido dos o más años de servicios en sus actuales categorías y grados, pasarán a ocupar aquellas que correspondan a sus cargos en sus respectivos tribunales como Juzgados de Asiento de Corte. Con todo, será necesario que la Corte Suprema, oyendo a la Corte de Apelaciones de Santiago declare, respecto de cada uno de los funcionarios y empleados, que tienen la idoneidad requerida para su promoción. Los funcionarios y empleados respecto de los cuales se declare que tienen dicha idoneidad, percibirán las rentas correspondientes a sus nuevas categorías o grados a contar del mes siguiente a aquel en que reúnan la antigüedad señalada en el inciso segundo. En aquellos casos en que se considere que falta la idoneidad necesaria, los funcionarios y empleados podrán ser trasladados a un cargo de igual jerarquía del que ocupen a la fecha de la declaración. Artículo 5°-Las reglas del artículo anterior se aplicarán también al personal de los Juzgados de Menor Cuantía de Copiapó, Curicó y Chillan, una vez elevados a Mayor Cuantía, salvo en cuanto a la antigüedad que se requerirá para ocupar las categorías y grados superiores, que será de cuatro o más años, y en lo relativo al acuerdo de la Corte Suprema respecto de la idoneidad, que se adoptará oyendo a las Cortes de Apelaciones respectivas. Artículo 6º-El personal de los Juzgados de Letras de Menor Cuantía de La Calera y Curanilahue continuará ocupando los cargos respectivos en estos Tribunales una vez elevados a Mayor Cuantía y pasará a ocupar las nuevas categorías en el escalafón y las nuevas categorías y grados en la escala de sueldos, sin necesidad de nuevo nombramiento, siempre que reúnan los requisitos legales para ocupar dichos cargos. Los que no reunieren dichos requisitos continuarán en las mismas categorías y grados del escalafón y de la escala de sueldos hasta que los reúnan o se decrete su traslado a un cargo de igual jerarquía del que ocupan. Artículo 7º-El personal de los Juzgados del Trabajo trasladado a la comuna subdelegación de Viña del Mar y al departamento Presidente Aguirre Cerda, continuará ocupando sus actuales categorías en el Escalafón Judicial del Trabajo y sus actuales categorías y grados en la escala de sueldos, no obstante lo dispuesto en los artículos 7º y 9º de esta ley. Asimismo, los funcionarios y empleados en actual servicio en estos Juzgados que sean promovidos a un cargo superior dentro de estos mismos Tribunales, mantendrán las categorías en el escalafón y las categorías y grados en la escala de sueldos que correspondían a dichos cargos antes del traslado del respectivo Tribunal." Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Alfredo Lorca Valencia.-Eduardo. Cañas Ibáñez. 3 PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS SOBRE CONSOLIDACION DE DEUDAS DE DEUDORES MOROSOS DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES. Con motivo de las mociones, informé y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido ha bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1°-Los deudores morosos de impuestos y contribuciones de cualquiera naturaleza, exceptuando solamente los de retención, recargo, difusión o traslación, podrán solicitar al Servicio de Tesorerías la consolidación de las deudas que tenían pendientes y vencidas en dicho organismo al 30 de junio de 1967, dentro del plazo de 90 días a contar desde la fecha de vigencia de la presente ley. Esta consolidación operará separadamente por tipo de impuesto y consistirá en la acumulación del tributo, multas, intereses, costas procesales, derechos arancelarios y toda clase de recargos adeudados al 30 de junio de 1967, con adición de los intereses mensuales que a continuación se señalan, de acuerdo con el plazo de pago elegido por el contribuyente, y calculados solamente sobre el impuesto neto adeudado. Plazo de pago Interés mensual Cuota contado Hasta 6 meses 0,5% 10% Más de 6 meses y hasta 12 meses 1% 15% Más de 12 meses y hasta 18 meses 1,5% 20'% Más de 18 meses y hasta 24 meses 2% .25% Más. de 24 meses y hasta 30 meses 2,5%; 30% Estos intereses especiales comenzarán a devengarse desde el 1° de julio de 1967 respecto de los contribuyentes que se acojan a la consolidación. Para hacer efectiva la consolidación, los contribuyentes deberán cumplir los siguientes requisitos: Cancelar, al contado, como mínimo, la cuota porcentual que en cada caso se ha indicado, calculada sobre la suma total resultante de la consolidación. Aceptar, por el saldo, letras de cambio de montos iguales con vencimientos al último día de cada bimestre a partir de la fecha de suscripción de las letras. El monto de cada letra no podrá ser inferior a cien escudos. Acreditar, mediante la exhibición de los recibos cancelados, el pago de los impuestos de la misma especie devengados con posterioridad al 30 de junio de 1967 y pagar oportunamente los que se devenguen con posterioridad a la consolidación y mientras se encuentre pendiente el plazo elegido. La mora en el pago de cualquier período posterior del impuesto incluido en la consolidación y la devolución efectuada por el Banco de cualquiera letra protestada por falta de pago, producirán la pérdida total de los beneficios otorgados por la presente ley, respecto del saldo insoluto de la deuda. Artículo 2º-Los contribuyentes del sector agrícola que se acojan a la consolidación de deudas tributarias que esta ley establece, no estarán obligados a cumplir con los requisitos establecidos en la letra a) del artículo 1° de esta ley. En todo caso el plazo para el pago de la primera letra de cambio vencerá el 31 de marzo de 1968 y las restantes, bimensualmente, a partir de esta fecha. Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos certificar la actividad en virtud de la cual tributa el contribuyente, para beneficiarse de lo dispuesto en el inciso anterior. Artículo 3º-Los contribuyentes que a la fecha de publicación de la presente ley tengan reclamaciones pendientes ante el Servicio de Impuestos Internos, podrán acogerse a las disposiciones de esta ley, para cuyo efecto deberán solicitar el correspondiente giro provisorio. Conocida la sentencia de término de la reclamación, los contribuyentes podrán solicitar la devolución de lo que se hubiere pagado indebidamente o en exceso, como asimismo modificar los términos del convenio y reajustar la deuda consolidada. Artículo 4º-Los contribuyentes que a la fecha de la promulgación de la presente ley se encuentren condenados por delitos configurados en el Código Tributario no podrán acogerse a las facilidades que otorga la presente ley. Artículo 5°-Los contribuyentes que adeuden contribuciones de bienes raíces por propiedades adquiridas a la Corporación de la Vivienda y Junta de Adelanto de Arica y destinadas a la habitación, al 30 de junio de 1967, estarán exentos del pago de las multas, intereses penales y sanciones que se aplican por el atraso en el pago de tales contribuciones siempre que éstas se enteren en Tesorería dentro de noventa días, a contar desde la fecha de publicación de la presente ley. Artículo 6º-Facúltase al Servicio de Tesorerías, a las empresas del Estado, a los organismos autónomos y de administración autónoma, a las instituciones semifiscales, instituciones filiales de la Corporación de Fomento de la Producción y, en general, a todas las instituciones que forman parte del Estado, para anticipar a sus acreedores, con cargo a los créditos que tengan pendientes y legalmente en condiciones de ser pagados, la parte necesaria para cancelar la totalidad de sus impuestos en mora o la cuota al costado que se exige en el artículo 1° de la presente ley. Este anticipo se efectuará sobre la base de la certificación de la deuda, efectuada por el Tesorero respectivo, y procederá solamente a petición del acreedor que deberá formularse a más tardar 15 días antes del vencimiento del plazo de 90 días a que se refiere el artículo 1º de esta ley. Por el monto anticipado se extenderá un cheque nominativo a favor del Tesorero Comunal que corresponda. Todo contribuyente podrá pagar sus deudas fiscales con documentos bancarios ya sean letras de cambio o pagarés, emanados de instituciones u organismos en los cuales el Estado Chileno participe directamente con aportes. La calificación de tales documentos será de cargo del Abogado Jefe Provincial de la Defensa Fiscal en cada provincia, y tales documentos con respaldo estatal podrán servir para las cuotas parciales o el total de la deuda consolidada. Para los efectos a que haya lugar se deja establecido que las cancelaciones antes citadas podrán efectuarse con documentos girados directamente o endosados. Artículo 7º-Los intereses especiales establecidos en el artículo 1° no estarán afectos a recargo alguno y las letras que giren los Tesoreros Comunales serán proporcionadas por los contribuyentes y estarán exentas de impuestos, a excepción del timbre fijo. Artículo 8º-Las letras aceptadas en pago de la deuda consolidada serán entregadas en cobranza al Banco del Estado de Chile, institución que podrá cobrar la comisión establecida para esta clase de operaciones. Artículo 9º-También podrán acogerse a la consolidación los contribuyentes que tengan convenios suscritos con el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos o Tesorerías. Artículo 10.-Facúltase al Presidente de la República para modificar las normas que rigen la declaración de incobrabilidad de los impuestos y contribuciones en mora. En uso de esta facultad podrá modificar las causales de incobrabilidad, los mínimos incobrables y el procedimiento establecido respecto de esta materia en el Código Tributario. El mínimo incobrable no podrá ser superior al 10% de un sueldo vital mensual escala A del Departamento de Santiago. Artículo 11.-Los contribuyentes morosos de impuestos y contribuciones, a excepción de los de retención, recargo, difusión y traslación, que paguen los tributos adeudados al 30 de junio de 1967 al contado, dentro del plazo de 60 días contado desde la vigencia de esta ley, sólo pagarán el 50% de los intereses, sanciones y multas devengados a la misma fecha. Artículo 12.-Dentro del plazo de 90 días a que se refiere el inciso primero del artículo 1°, quedarán suspendidos todos los apremios judiciales en contra de los deudores morosos a que se refiere ese mismo inciso. Artículo 13.-Los deudores morosos por falta de pago de imposiciones a los Institutos de Previsión, podrán celebrar convenios con esas Instituciones en la misma forma y condiciones establecidas en los artículos 1° y 2º de la presente ley, consolidando las deudas que tuvieren con ellos al 31 de julio de 1967. El Convenio establecerá que las imposiciones adeudadas por el empleador quedarán acreditadas en las cuentas individuales del imponente, ya sea por el respectivo asiento contable o por la colocación de las estampillas correspondientes, de modo que el imponente queda materialmente al día en sus imposiciones sin perjuicio del cumplimiento posterior del Convenio. Para estos efectos se faculta al Servicio de Seguro Social para entregar al empleador las estampillas que correspondan al Convenio suscrito. El no cumplimiento de cualquiera de las cretas en la fecha fijada en el respectivo convenio, hará efectivo el total de la deuda. La respectiva Institución previsional podrá aplicar las sanciones e intereses penales que correspondan y reiniciar el procedimiento judicial, en su caso. Artículo 14.-En todo período que el Estado establezca para el pago de contribuciones e impuestos, exceptuados solamente los de retención, recargo, difusión o traslación, los contribuyentes podrán cancelar sus deudas con documentos emanados de organismos en los cuales el Fisco participe directamente con aportes; dichos documentos serán calificados por el Jefe Provincial respectivo de la Defensa Fiscal. Los documentos antes citados, ya sean letras de cambio o pagarés, podrán ser girados directamente o ser recibidos por endoso." Dios guarde a V. E. (Fdo.): Alfredo horca Valencia.- Eduardo Cañas Ibáñez. 4 PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE AUTORIZA EJERCICIOS NAVALES COMBINADOS DE LAS ARMADAS DE CHILE, PERU Y ESTADOS UNIDOS, DE AMERICA, EN AGUAS TERRITORIALES CHILENAS. Con motivo del Mensaje, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1°-Autorízase a tres Destructores, y un Submarino y tres Aviones Navales de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica, con sus respectivas dotaciones, para que realicen en aguas chilenas, ejercicios navales con unidades de la Armada de Chile. Igual autorización es otorga para que tres Destructores y dos Submarinos de la Armada del Perú, con sus respectivas dotaciones, tomen parte en los referidos ejercicios. Durante el tiempo de permanencia autorizado, estos buques podrán fondear en puertos chilenos y sus dotaciones desembarcar en ellos. Estos desembarcos podrán efectuarse con armas cuando se trate de rendir honores o realizar otros actos oficiales de cortesía. Los aviones a que es refiere el inciso primero, estarán autorizados para sobrevolar y aterrizar en nuestro territorio, como asimismo, para que sus tripulantes puedan desembarcar sin armas, salvo lo previsto en el inciso precedente. Artículo 2º-La autorización para la permanencia en el país, tanto de los buques como aviones norteamericanos contemplados en la presente ley, regirá desde el 25 de septiembre hasta el 16 de octubre del presente año, y para los buques peruanos, desde el 25 al 30 de septiembre. Artículo 3º-Las naves que componen la Fuerza de Tarea Norteame- ricana que participarán en la Operación UNITAS VIII, estarán liberadas de los derechos y tarifas que corresponda percibir a la Empresa Portua ria de Chile. Artículo 4º-Autorízase la salida de aguas territoriales chilenas de cuatro Destructores, un Submarino y un Transporte Petrolero de nuestra Armada, para que inicien en aguas territoriales peruanas los ejercicios, combinados UNITAS VIII. La permanencia de los buques chilenos en aguas territoriales peruanas no será superior a veinticuatro horas. Artículo 5º-Mientras dure la permanencia en territorio extranjero de las Unidades Navales Chilenas, su personal sólo gozará de su sueldo en moneda corriente, más las gratificaciones que le corresponda, en conformidad a la ley Nº 11.824, de 5 de abril de 1955, debido a que no desembarcará y no estará, por lo tanto, expuesto a gastos extraordinarios" Dios guarde a V. E. (Fdo.): Alfredo horca Valencia.- Eduardo Cañas Ibáñez. 5 INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA LA EMISION DE ESTAMPILLAS CON LA EFIGIE DEL EX PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DON JUAN ANTONIO RIOS MORALES, PARA FINANCIAR DIVERSAS OBRAS RECORDATORIAS DEL EX MANDATARIO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Gobierno tiene a honra entregaros su informe al proyecto de la H. Cámara de Diputados que autoriza una emisión de estampillas postales en homenaje al Presidente señor Juan Antonio Ríos Morales, para financiar diversas obras en su recuerdo. La emisión de estampillas conmemorativas, que se propone lleven la efigie del ex Presidente con una sobretasa de dos centésimos de escudo, se pretende como suficiente para el financiamiento de las obras recordatorias. Vuestra Comisión, sin pronunciarse en este aspecto, cree que en el trámite de vuestra Comisión de Hacienda se podrá idear u obtener otro procedimiento que asegure los propósitos perseguidos por el proyecto. Propone éste la expropiación del inmueble en que nació, en la ciudad de Cañete, el Presidente señor Ríos, con el objeto de construir en él, y habilitar convenientemente, un museo folklórico araucano y una escuela hogar, que llevarán el nombre del recordado mandatario. El proyecto dispone que la Dirección de Arquitectura de la Dirección General de Obras Públicas tome a su cargo la construcción de los locales necesarios para la instalación del museo y escuela, y también que la propia Dirección General llame a concura» a los arquitectos nacionales para la aprobación de un proyecto de tales obras. El H. Senador señor Reyes advirtió que, con respecto a los miembros propuestos por la iniciativa en informe para integrar el jurado para este concurso, debía contemplarse lo que establece la Ley Orgánica del Colegio de Arquitectos, que exige en todo jurado de esta especie una mayoría de miembros de la profesión. Vuestra Comisión, con la sola observación respecto del artículo del financiamiento a que ya nos referimos, acordó proponeros la aprobación de este proyecto, redactándolo como sigue: Proyecto de ley Artículo 1°-Declárase de utilidad pública y autorízase la expropiación del inmueble, o parte de él, en que nació el Presidente de la República, don Juan Antonio Ríos Morales, en el que se instalarán el Museo Folklórico Araucano y una Escuela Hogar que llevarán su nombre. La expropiación que corresponda y la construcción, habilitación y dotación de la Escuela y Museo se pagarán con los recursos que proporcione esta ley y los que se otorguen por las leyes anuales de presupuesto y por entidades del sector privado. La expropiación se hará por la Dirección General de Obras Públicas y con el procedimiento que establece su Ley Orgánica. Artículo 2º-La Dirección de Arquitectura de la Dirección General de Obras Públicas tomará a su cargo las obras de construcción del" Museo y Escuela de que trata el artículo anterior, que se realizarán de acuerdo con el proyecto que resulte aprobado en un Concurso Nacional a que convocará. El Jurado de este Concurso será integrado por el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, el Rector de la Universidad de Concepción, el Presidente de la Delegación Provincial del Colegio de Arquitectos de la misma ciudad, un representante del Consejo General del Colegio de Arquitectos de Chile y un arquitecto elegido por mayoría absoluta de quienes concursen. Artículo 3º-Los gastos que irrogue la aplicación de esta ley se financiarán, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 1°, con el valor de una emisión de estampillas postales que llevarán la efigie del Presidente Ríos sobre tasa de dos centesimos de escudo. Sala de la Comisión, a 1º de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Bulnes (Presidente), Gómez y Reyes. (Fdo.): Luis Valencia Avaria, Secretario. 6 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA Y FINANCIA DIVERSAS OBRAS RECORDATORIAS DEL EX PRESIDENTE DON JUAN ANTONIO RIOS MORALES. Honorable Senado: Este proyecto de ley tuvo su origen en la H. Cámara de Diputados en una moción del H. Diputado señor Laemmermann, quien asistió a la sesión en que se trató esta materia. El informe de la H. Comisión de Gobierno, permite la expropiación de la casa en que nació el señor Ríos, en la ciudad de Cañete, a objeto de instalar en ella un Museo Folklórico Araucano y una Escuela-Hogar que llevará su nombre. Para este efecto se autoriza consultar fondos en la Ley Anual de Presupuestos y lanzar una emisión de estampillas postales que llevará la efigie del Presidente Ríos con sobretasa de veinte pesos (Eº 0,02). La construcción de estas obras se encarga a la Dirección de Arquitectura de la Dirección General de Obras Públicas, las que se realizarán de acuerdo con el proyecto que elija una comisión, que para ese efecto se nombra, en un Concurso Nacional. La Comisión de Hacienda discrepa del financiamiento dado a este proyecto. En primer lugar porque no se precisa el monto a que ascenderá la emisión de estampillas y, en seguida, porque teme que la sobretasa que se contempla sirva de base para una nueva alza del franqueo postal, pues de otro modo difícilmente podrá colocarse esa emisión salvo entre los filatélicos. Además, técnicamente es inconveniente la proliferación de emisiones postales, pues atentan contra el prestigio de Chile en estas materias. En cambio, considera la Comisión que la obra que se propone tiene un alto contenido histórico y social y se justifica ampliamente financiarla con fondos presupuestarios, más aun cuando los que se requieren no representan una suma importante. Por esto la Comisión os propone contemplar una obligación presupuestaria de destinar a la Dirección de Arquitectura referida setenta mil escudos anuales durante cinco ejercicios presupuestarios. La Comisión innovó también respecto a la idea de llamar a un concurso nacional para determinar el proyecto a realizarse, pues la experiencia de sus miembros indica que este método es poco operante. Por esto os proponemos que las obras a ejecutarse se hagan en conformidad a los planes y proyectos que confeccione el Ministerio de Educación, quien podrá asesorarse de una comisión que integrarán el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, el Rector de la Universidad de Concepción, el Alcalde de Cañete y el Director Provincial de Educación de Arauco. En virtud de las consideraciones expuestas os proponemos aprobar el proyecto de ley contenido en el informe de la Comisión de Gobierno con las siguientes modificaciones: Artículo 1° Intercalar entre el apellido "Morales," y la preposición "en", lo siguiente: "ubicado en Cañete,". El inciso segundo pasa a ser artículo transitorio, redactado en los términos que se indicará oportunamente. Contemplar como inciso segundo, nuevo, el siguiente: "El inmueble referido anteriormente tiene los siguientes deslindes: Al Norte: Hijuela Nº 1, de don Virgilio Morales Vivanco; de por medio indígenas Fermín Viluñir, Antonio Neculpí; cerco de alambre, río Leiva, en parte, separado por la hijuela de Larroulet; Al Este: río Leiva y Aníbal Gajardo separado en parte por arroyito; Al Sur, con Aníbal Gajardo, separado en parte por arroyito, hijuela Nº 2 de doña Dolores Domínguez Ríos de Cerda, separado por línea estacada de este-oeste, cerco de alambre y arroyito en parte, y Al Oeste: río Peleco, antes denominado Leiva, hijuela Nº 1 de don Virgilio Morales Vivanco, separada por línea trazada en el terreno con una inclinación de 34 grados al Oeste a partir de la estaca A. por plantaciones de pinos y camino vecinal y en parte, río Leiva." Artículo 2º Reemplazarlo por el siguiente: "La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas tomará a su cargo las obras de construcción del Museo y Escuela de que trata el artículo anterior, en conformidad a los planes y presupuestos que confeccione el Ministerio de Educación, quien podrá asesorarse para tales efectos por una Comisión compuesta por el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, por el Rector de la Universidad de Concepción, por el Alcalde de Cañete y por el Director Provincial de Educación de Arauco." Artículo 3º Suprimirlo. Artículo Transitorio. Consultar como artículo transitorio el inciso segundo del artículo primero, redactado en los siguientes términos: "Créase, por espacio de cinco años y a partir de 1968, en el presupuesto de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos del Ministerio de Educación Pública el ítem "09-05/1-29.6) Museo Folklórico Araucano y Escuela Hogar Juan Antonio Ríos Morales. Con cargo a este ítem se podrá pagar la expropiación que autoriza la ley y la construcción, habilitación y dotación de este Museo y Escuela Eº 70.000." En conformidad a lo expuesto el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo 1º-Declárase de utilidad pública y autorízase la expropiación del inmueble, o parte de él, en que nació el Presidente de la República, don Juan Antonio Ríos Morales, ubicado en Cañete, en el que se instalarán el Museo Folklórico Araucano y una Escuela Hogar que llevarán su nombre. El inmueble referido anteriormente tiene los siguientes deslindes: Al Norte: Hijuela, Nº 1 de don Virgilio Morales Vivanco; de por medio indígenas Fermín Viluñir, Antonio Nelcupí; cerco de alambre, río Leiva, en parte, separado por la hijuela de Larroulet; Al Este: río Leiva y Aníbal Gajardo separado en parte por arroyito; Al Sur: con Aníbal Gajardo, separado en parte por arroyito, hijuela Nº 2 de doña Dolores Domínguez Ríos de Cerda, separado por línea estacada de este-oeste, cerco de alambre y arroyito en parte, y Al Oeste: río Peleco, antes denominado Leiva, hijuela Nº 1 de don Virgilio Morales Vivanco, separada por línea trazada en el terreno con una inclinación de 34 grados al Oeste a partir de la estaca A. por plantaciones de pinos y camino vecinal y en parte, río Leiva. La expropiación se hará por la Dirección General de Obras Públicas y con el procedimiento que establece su Ley Orgánica. Artículo 2º-La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas tomará a su cargo las obras de construcción del Museo y Escuela de que trata el artículo anterior, en conformidad a los planes y presupuestos que confeccione el Ministerio de Educación, quien podrá asesorarse para tales efectos por una Comisión compuesta por el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, por el Rector de la Universidad de Concepción, por el Alcalde de Cañete y por el Director Provincial de Educación de Arauco. Artículo transitorio.-Créase, por espacio de cinco años y a partir de 1968, en el presupuesto de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos del Ministerio de Educación Pública el ítem "09-0511-29.6) Museo Folklórico Araucano y Escuela Hogar Juan Antonio Ríos Morales". Con cargo a este ítem se podrá pagar la expropiación que autoriza la ley y la construcción, habilitación y dotación de este Museo y Escuela Eº 70.000." Sala de la Comisión, a 18 de agosto de 1967. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Rodríguez (Presidente), Contreras Labarca, Bossay, Ibáñez y Pablo. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario. 7 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL CONVENIO DE MIGRACION ENTRE CHILE Y HOLANDA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba el Convenio de Migración entre Chile y Holanda, suscrito en Santiago el 28 de mayo de 1962. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Meló y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Manes. Este instrumento internacional, que consta dé 18 artículos, fue suscrito con el objeto de fomentar e incrementar la corriente migratoria holandesa hacia Chile, teniendo especialmente en consideración el hecho de que la venida al país de personas experimentadas en la industria agrícola, principalmente en crianza de ganado y lechería, significará un factor de progreso para ésta y de gran importancia para su desarrollo. Su articulado principia por disponer que se tendrá en consideración, de manera especial, antes de realizarse la migración, el interés que existe para ello en Holanda, por una parte y las necesidades de mano de obra y posibilidades de establecimiento independiente en Chile, por la otra parte. Se fija, en seguida, las categorías de personas y sus familias que se tomará en cuenta para la migración, principiando por las de agricultores, ganaderos y trabajadores del campo. Se establece, más adelante, el procedimiento preparatorio de la migración y de selección de los candidatos, que termina con el otorgamiento de las visaciones correspondientes y el relativo a la recepción e instalación en Chile. A continuación, se consultan disposiciones que liberan de derechos de internación el menaje de casa, equipo de trabajo, útiles y herramientas que traigan consigo los inmigrantes o introduzcan con posterioridad. Por último, se conviene expresamente que la migración holandesa a Chile sólo podrá realizarse con aquella porción de la población que habita en Europa, excluyéndose, en consecuencia, a las Colonias de ese Reino. Con el mérito de los antecedentes relatados, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, con la abstención del H. Senador señor Contreras don Víctor, aprobó el proyecto de acuerdo objeto de este informe y tiene el honor de recomendaros que adoptéis igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.): Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 8 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA LA CONVENCION DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES Y RECOMIENDA SU APROBACION. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba la Convención de Viena, sobre Relaciones Consulares, suscrita por Chile el 24 de abril de 1963. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos, señor Gastón Manes. La Asamblea General de las Naciones Unidas convocó a una Conferencia Internacional en la ciudad de Viena, en el mes de marzo de 1963, con el objeto de estudiar y reunir en un solo texto las disposiciones existentes sobre relaciones consulares. Tales tareas culminaron en la redacción del texto definitivo de la Convención, que constituye un Código sobre la materia, que establece, además, que regirá de manera supletoria el Derecho Internacional Consuetudinario en los asuntos que no hayan sido expresamente regulados en dicho instrumento internacional. Os advertimos, .desde luego, que del examen de sus disposiciones, agrupadas en setenta y nueve artículos, se desprende que las prerrogativas por ellas concedidas no se otorgan en favor de los beneficiarios, sino con el objeto de garantizar el ejercicio de las funciones consulares. El artículo 1º fija los conceptos de las personas, bienes y territorios, esto es, los sujetos y dominios internacionales., a que será aplicable la Convención en estudio y, haciendo una clasificación, este mismo precepto distingue entre funcionarios consulares de carrera y funcionarios consulares honorarios. Los artículos siguientes están consignados en cinco capítulos. El Capítulo I, consulta las normas a que deben ceñirse los Estados en el establecimiento y en el ejercicio de las relaciones consulares; las relativas a las funciones consulares y a su terminación; las concernientes a Cartas Patentes y Exequátur; y las que respectan al cumplimiento, en determinadas condiciones, de actos diplomáticos por funcionarios consulares, sin que ello afecte su status consular. El Capítulo II, se refiere a las facilidades, privilegios e inmunidades de que gozan las Oficinas Consulares, los Funcionarios de Carrera y otros miembros de las Oficinas. El Capítulo III contiene diversas disposiciones que dicen relación con el régimen de los Funcionarios Consulares Honorarios y las Oficinas Consulares por ellos dirigidas. Sobre el particular, observamos que los derechos de éstos son más restringidos que los de los funcionarios de carrera, sin perjuicio de que en lo atinente a las garantías a los locales y documentación de las Oficinas, se mantenga prácticamente inalterable el estatuto jurídico de los Consulados servidos por los aludidos funcionarios de carrera. Finalmente, los Capítulos IV y V, consignan disposiciones de carácter general que vienen a ser un complemento de las estipulaciones que hemos analizado. Con el mérito de lo anterior, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores prestó su aprobación al proyecto de acuerdo objeto de este informe y os recomienda adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.): Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 9 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AEREO ENTRE CHILE Y PARAGUAY. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo de la H. Cámara de Diputados que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo entre Chile y Paraguay, suscrito en Asunción, el 1º de junio de 1957. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Melo Lecaros y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Illanes. El Convenio a que se refiere este informe es similar, en líneas generales, a los suscritos con Brasil, Ecuador, Perú y Argentina. Consta de un cuerpo principal de quince artículos y dos Anexos. El aludido cuerpo principal consigna las normas fundamentales por las que se regirá la navegación aérea entre los dos países. Así es como, primeramente, señala su objetivo, cual es el establecimiento de servicios aéreos comerciales regulares entre ambos países, sobre la base de la cláusula de la nación más favorecida. Más adelante consulta normas sobre el uso de los aeropuertos y sus servicios anexos, concernientes a la libre internación y tránsito de repuestos, lubricantes y combustibles y acerca de la validez de los certificados de aeronavegación, licencias y otros documentos. Establece, en seguida, los procedimientos para dirimir las divergencias que surjan de la aplicación e interpretación de sus disposiciones y para proceder a su denuncia o simplemente a su modificación. Los Anexos están signados con las letras A y B. El primero se refiere a la capacidad de transporte aéreo de las aeronaves de las empresas designadas por las Partes y consigna el derecho recíproco a embarcar y desembarcar pasajeros, carga y correspondencia en las rutas que el Anexo B señala. Cabe considerar que se establece expresamente en este Anexo A una limitación en lo que concierne al cabotaje. El otro Anexo, esto es, el signado con la letra B, indica las rutas que podrán volar las aeronaves de las empresas designadas por los Estados pactantes, especificándose que desdé cualquier punto en nuestro país se podrá cubrir el trayecto hasta cualquier punto dentro de la República del Paraguay, o de manera inversa. Con el mérito de los antecedentes relatados, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores aprobó, con la abstención del H. Senador señor Contreras, don Víctor, el proyecto de acuerdo materia de este informe y os recomienda adoptar igual temperamento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.): Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 10 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL CONVENIO CULTURAL ENTRE LOS GOBIERNOS DE CHILE Y DE LA REPUBLICA POPULAR FEDERATIVA DE YUGOSLAVIA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba el Convenio Cultural, suscrito en esta ciudad el 7 de julio de 1958, entre los Gobiernos de Chile y de la República Popular Federativa de Yugoslavia. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Illanes. El instrumento internacional en referencia expresa en su parte enunciativa que él tiende a promover las relaciones culturales entre los pueblos de sus respectivos países, en los campos científico, cultural y educacional, a fin de que, de esta manera, se intensifiquen las vinculaciones amistosas entre ambos países. Como está en vuestro conocimiento, Chile ha suscrito en este último tiempo numerosos tratados o convenios de esta naturaleza con distintos países, aun cuando éstos, en algunas ocasiones, se encuentren geográficamente distantes. Tales convenios permiten, además de los móviles indicados, conocer en forma más o menos exacta el grado de cultura y o el adelanto en las artes o en las letras que ha experimentado una determinada nación, y aprovechar las experiencias que en estas materias haya adquirido. El Convenio en cuestión consta de 8 artículos. De su texto cabe destacar las estipulaciones concernientes a publicaciones e informaciones para lo cual ambas Partes se comprometen a destacar y fomentar en especial las relativas al desarrollo de actividades científicas, culturales y educacionales; las concernientes a la colaboración entre las instituciones encargadas de la investigación científica, las sociedades técnicas y las organizaciones culturales y educacionales; las que establecen la mutua participación de las informaciones y material sobre el desarrollo de las actividades arriba mencionadas; y las tocantes al intercambio de personas dedicadas a dichas actividades. Finalmente, se conviene que las Partes Contratantes fomentarán el otorgamiento de becas y la ayuda material que sea necesaria a los estudiantes, técnicos, científicos y artistas para el estudio y la labor de investigación de sus respectivas disciplinas. Con el mérito de los antecedentes relatados y de las explicaciones dadas en el presente informe, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores aprobó el proyecto de acuerdo objeto de este estudio y os recomienda adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.): Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 11 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL CONVENIO BASICO DE COOPERACION EDUCACIONAL, DE INTERCAMBIO CULTURAL Y DE BECAS, ENTRE CHILE Y PANAMA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba el Convenio Básico de Cooperación Educacional, de Intercambio Cultural y de Becas entre Chile y Panamá, suscrito en la ciudad de Panamá, el 14 de agosto de 1962. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Illanes. Como lo hemos dicho en informes evacuados respecto de instrumentos similares, estos Convenios tienen por objeto fomentar el conocimiento entre los Estados, intercambiando, al mismo tiempo, las experiencias producidas en el campo cultural y artístico. En este caso, por consiguiente, estamos en presencia de un instrumento que se ajusta, salvo algunas excepciones, en todos sus preceptos, a las normas clásicas que ordinariamente se adoptan a fin de alcanzar los objetivos señalados. Las disposiciones del Convenio en referencia, que se agrupan en quince artículos, principian por consignar la obligación de cada Parte Contratante de establecer un sistema de becas destinadas a ayudar a los profesionales y estudiantes de la otra Parte, que deseen seguir estudios académicos regulares en la enseñanza media, superior y de post-gradua-dos. Lo anterior es altamente ventajoso para los estudiantes chilenos, como lo señaló el Subsecretario de Relaciones Exteriores. Se imponen, asimismo, el compromiso recíproco de reconocer la validez de los títulos profesionales, técnicos y artísticos otorgados por sus instituciones oficiales o reconocidas por el Estado, para el solo efecto de la matrícula en los cursos de perfeccionamiento o especialización. Se obligan también a dar facilidades para difundir en sus respectivos territorios, toda manifestación de cultura propia de la otra Parte Contratante, sea por medio de la edición de libros y otras publicaciones; intercambio de informaciones; envío de delegaciones artísticas y conjuntos teatrales; exposiciones pictóricas, de escultura, fotográficas y otras; etc. Las consideraciones anteriores han servido de suficiente fundamento para que vuestra Comisión de Relaciones Exteriores apruebe, con la abstención del H. Senador señor Contreras, don Víctor, el proyecto de acuerdo materia de este informe y tiene el honor de recomendaros que adoptéis igual temperamento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras don Víctor, Fuente-alba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 12 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA LA CONVENCION UNICA SOBRE ESTUPEFACIENTES. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba la Convención Unica sobre Estupefacientes, suscrita por Chile el 30 de marzo de 1961, en la ciudad de Nueva York. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Manes. La Convención Unica de Estupefacientes fue aprobada en una Conferencia de Plenipotenciarios que se efectuó en 1961, en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y que fue convocada por el Consejo Económico y Social de este organismo internacional. Este instrumento entró en vigencia el 13 de diciembre de 1964 y viene a sustituir a los diez tratados multilaterales que sobre la materia se habían aprobado desde 1912 a 1953. Ha sido ratificado por setenta y seis países, entre ellos Chile, el cual sólo hizo reservas de su ratificación constitucional. La citada Convención Unica tiende a alcanzar los objetivos que señalaremos en seguida, sin perjuicio de la ventaja que hemos anotado, cual es terminar con los inconvenientes inevitables de la multiplicidad de la legislación internacional sobre la materia, contenida en numerosos y distintos instrumentos; aquéllos serían: limita él uso de los estupefacientes a finalidades estrictamente médicas y científicas, de tal manera que, a partir de la referida Convención Unica, los estupefacientes quedarán bajo el uso exclusivo de los médicos; simplifica la organización internacional de fiscalización; perfecciona la fiscalización nacional, uniformando hasta donde sea compatible los regímenes de cada Estado; somete a normas que resguardan la salud pública, la fabricación y empleo de otras sustancias que, si bien aún no están consideradas en el control internacional, son capaces de crear toxicomanía, tales como los barbitúricos, los tranquilizantes y las anfetaminas; y promueve la creación de centros especializados para el tratamiento médico, el cuidado y la rehabilitación de los toxicómanos. Cabe tener presente que muchas de las medidas que propicia la Convención son reflejo de normas ya vigentes, a las cuales Chile ha debido adaptarse, a fin de participar en el régimen general de informaciones, controles y estadísticas. Las disposiciones del instrumento en estudio están agrupadas en 57 artículos. Rolan anexas 4 listas de estupefacientes o preparados, las que pueden modificarse siempre que una de las Partes, o la Organización Mundial de la Salud, posean datos que justifiquen dichas alteraciones. Los antecedentes relacionados y las explicaciones dadas por el Subsecretario de Relaciones Exteriores, en orden a que la aprobación de este Convenio es motivo de seria preocupación por parte del Ministerio de Salud Pública, nos sirvieron de fundamento para dar una acogida favorable a este instrumento internacional. Tal pronunciamiento lo adoptamos con la abstención del H. Senador señor Contreras, don Víctor. Con el mérito de lo anterior, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de recomendaros que aprobéis el proyecto de acuerdo objeto de este informe. Sala de la Comisión, a 3 de agesto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 13 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA LA ADHESIÓN DE CHILE AL CONVENIO SOBRE ASOCIACIÓN DE ACADEMIAS DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Honorable Senado: Vuesra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de acuerdo remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba la adhesión de la República de Chile al Convenio sobre Asociación de Academias de la Lengua Española, concertado en Bogotá, el 28 de julio de 1960, en el Tercer Congreso de la Asociación de Academias de la Lengua Española. Asistieron a la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto, el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para. Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Meló y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Illanes. En el primer Congreso de Academias de la Lengua Española, que tuvo lugar en la ciudad de México en 1951, se acordó la creación de la Asociación de estas Academias y de la respectiva Comisión Permanente, órgano de la misma. Con posterioridad, en 1956, se efectuó en Madrid el Segundo Congreso y allí se acordó recomendar la celebración de un convenio entre los Estados miembros de dicha Asociación, con el objeto de consagrar en él el carácter jurídico de ésta, dándole, de esta manera, mayor eficacia. Fue así como, en el citado Tercer Congreso, reunido en Bogotá en 1960, se procedió a redactar el Convenio que ahora nos ocupa. Dicho Instrumento -que fue suscrito por dieciséis Estados de habla española- principia por reconocer el carácter internacional de la aludida Asociación de Academias de la Lengua y a su Comisión Permanente. En seguida, consigna preceptos en virtud de los cuales los Gobiernos signatarios se comprometen a prestar apoyo moral y económico, tanto a sus respectivas Academias de la Lengua, como a la Asociación y a la Comisión Permanente. Termina su articulado expresando que el presente Convenio queda -abierto a la firma o adhesión de todos los Estados de lengua española. En mérito de estos antecedentes, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores prestó su aprobación al proyecto de acuerdo objeto del presente informe, con la abstención del H. Senador señor Contreras, don Víctor, y os recomienda, adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor; Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 14 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA DOS PROTOCOLOS QUE INTRODUCEN ENMIENDAS EN LA CONVENCION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba dos Protocolos de enmiendas de la Convención de Aviación Civil Internacional. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Manes. Los Protocolos que menciona el proyecto de acuerdo objeto de este informe, introducen las modificaciones a que nos referiremos en seguida, al citado instrumento internacional, suscrito en Chicago el 7 de diciembre de 1944 y ratificado por nuestro país el 26 de febrero de 1947. El primero de estos Protocolos, es de fecha 14 de junio de 1954 y modifica el artículo 49 e) de la Convención, en el sentido de que la Asamblea de la Organización, que se reúne "por lo menos una vez cada tres años", pueda aprobar en cada una de esas oportunidades los presupuestos para los tres años sucesivos. El segundo, suscrito en Roma el 14 de septiembre de 1962, modifica el artículo 48 a) de dicha Convención, con el objeto de elevar el número de Estados requerido para citar a la Asamblea a sesión extraordinaria, a no menos de la quinta parte del número de Estados Contratantes, los que llegan en la actualidad a noventa. El precepto que se modifica, que fue aprobado cuando la Organización contaba con un número de miembros muy inferior, fija en diez el número de Estados que se requiere para citar extraordinariamente a la Asamblea. El hecho de que se trate de enmiendas de procedimiento que la práctica aconsejaba adoptar, nos sirvió de fundamento para dar una acogida favorable a los Protocolos arriba analizados, con la abstención del H. Senador señor Contreras Tapia. Con el mérito de estas consideraciones, vuestra Comisión de relaciones Exteriores tiene el honor de recomendaros la aprobación del proyecto de acuerdo objeto de este informe. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras, don Víctor, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 15 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA LA CONVENCION DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMATICAS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba la Convención sobre Relaciones Diplomáticas, suscrita por Chile en la ciudad de Viena, el 18 de abril de 1961. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos, señor Gastón Illanes. El instrumento internacional que nos ocupa modifica las disposiciones existentes y en vigor en la práctica, referente a relaciones e inmunidades diplomáticas. El fue elaborado sobre la base de los trabajos realizados por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas y de las deliberaciones de la Confederación Internacional de Plenipotenciarios convocada con este objeto, en 1959, por la Asamblea General de aquella organización. Con anterioridad, sólo existía sobre la materia la Convención de La Habana, de 1928, aprobada por la Sexta Confederación Internacional Americana. Las disposiciones de esta Convención, aun cuando solamente obligan a aquellos países americanos que la han ratificado, han sido de aplicación general, por estimarse que ellas se confoman con principios de Derecho Internacional generalmente aceptados. La existencia de un texto más amplio y general sobre la materia, facilitará la regulación de las relaciones diplomáticas y la solución de los asuntos y problemas que de ellas se derivan. El instrumento consta de cincuenta y; tres artículos, de los cuales nos referiremos a los preceptos que estimamos más dignos de subrayar. Se comienza por definir lo que debe entenderse por "Jefe de Misión", "Miembros de la Misión", "Miembros del Personal de la Misión" y otras acepciones allí empleadas. En seguida se especifican las funciones de una misión diplomática frente al Estado receptor, el otorgamiento por parte de éste del consentimiento que se conoce con el nombre de "Agreement" y la facultad del citado Estado receptor para declarar que un agente diplomático ante él acreditado, ha dejado de ser persona grata. Más adelante se consignan disposiciones que contienen la clasificación de los jefes de misión en: Embajadores o Nuncios acreditados ante los Jefes de Estado; Enviados, Ministros ó Internuncios acreditados ante los Jefes dé Estado; y Encargados de Negocios acreditados ante los Ministros de Relaciones Exteriores. A continuación, dentro del articulado en comentario, se entra al terreno de las inviolabilidades, inmunidades y exenciones tributarias. Sobre el particular, cabe destacar los preceptos que establecen la inmunidad de jurisdicción, absoluta en materia penal, con algunas excepciones en materia civil y administrativa. Los que disponen que tales privilegios e inmunidades se extienden a la familia de los agentes diplomáticos que forman parte de su casa, siempre que no sean nacionales del Estado receptor. Y los que estatuyen que las mismas inmunidades y franquicias beneficiarán al personal administrativo y técnico de la misión, con la salvedad de que, en este último caso, ellas no cubren los actos realizados fuera del desempeño, de sus. funciones. Por último, se preceptúa que los referidos privilegios e inmunidades se entenderán concedidos desde que el agente diplomático entre en el territorio del Estado receptor para tomar posesión de su cargo o, si ya se encuentra en él, desde la comunicación de su nombramiento; y serán conservados hasta que terminen las funciones de la persona que goza de los mismos. Los antecedentes relacionados sirvieron a vuestra Comisión de fundamento para aprobar el proyecto de acuerdo materia de este informe y os aconseja adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras don Víctor, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 16 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL ACUERDO QUE INSTITUYE EL CENTRO LATINOAMERICANO DE FÍSICA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba el Acuerdo que instituye, con sede en Río de Janeiro, el Centro Latinoamericano de Física, suscrito en esa ciudad el 26 de marzo de 1962. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistieron el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Gabriel Valdés, el Subsecretario de ese Ministerio, señor Oscar Pinochet y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Manes. La función principal del Centro en referencia es la realización de investigaciones científicas y la organización de enseñanzas especializadas en el dominio de las ciencias físicas, fijando su máximo interés en la formación y entrenamiento de investigadores y profesores, a nivel universitario, en América Latina. Tiene, además, como objetivo el desarrollo de programas en las diversas ramas de la física y, en especial, en todas aquellas que sean de interés nacional para uno o más de los Estados miembros. Para alcanzar tales fines el Centro dispone del personal humano y de los medios materiales que le sean necesarios. Respecto de lo anterior, es preciso subrayar que el alto costo de las instalaciones para labores en el campo indicado, ha hecho forzosa la creación de grandes laboratorios internacionales y centros regionales, con participación activa de científicos de diversos países, sea de una área geográfica especial o de todo el mundo. El instrumento internacional que estamos analizando ha sido suscrito por quince naciones. Su articulado es cuidadoso al reglamentar la estructura directiva del Centro, la que está compuesta por tres órganos: la Asamblea General, el Consejo Directivo y el personal científico y administrativo. Los recursos de que dispone el Centro están constituidos por la contribución anual de los Estados Miembros. Dentro del territorio de cada uno de éstos, el Centro goza de la capacidad jurídica necesaria para ejercer sus funciones y obtener sus fines. Los antecedentes anteriormente expuestos y la circunstancia indicada por el Subsecretario de Relaciones Exteriores, en orden a que para la Universidad de Chile es de gran interés el instrumento en comentario, sirvieron de fundamento a vuestra Comisión de Relaciones Exteriores para prestar su aprobación al proyecto de acuerdo materia de este informe y os recomienda adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con la asistencia de los HH. Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Fuentealba y Juliet. (Fdo.): Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 17 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA LA CONVENCION INTERNACIONAL RELATIVA A CONGRESOS INDIGENISTAS INTERAMERICANOS E INSTITUTO INDIGENISTA INTERAMERICANO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba la Convención Internacional relativa a los Congresos Indigenistas Interamericanos y al Instituto Indigenista Interamericano, concertada en la ciudad de México, en abril de 1940 y a la cual Chile adhirió el 7 de noviembre de 1961. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistieron el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Gabriel Valdés, el Subsecretario de ese Ministerio, señor Oscar Pinochet y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos del mismo, señor Gastón Manes. La Convención en estudio crea el Instituto Indigenista Interamericano, que constituye el nervio motor de la estructura que analizaremos más adelante, cuya misión primordial es estudiar, analizar y aplicar soluciones adecuadas, que tiendan a elevar el nivel de vida de los grupos indígenas en los países de América. Este instrumento internacional -que consta de 16 artículos- comienza señalando los órganos mediante los cuales los Estados Contratantes propenden al cumplimiento de los propósitos y finalidades enunciados en el Preámbulo. Esos órganos son el Congreso Indigenista ínter-americano, que se reúne en forma periódica y cuya función principal es de carácter legislativo; el Instituto Indigenista Interamericano, órgano permanente, que actúa en lo fundamental como ejecutor, informador e investigador; y los Institutos Indigenistas Nacionales, que tienen por finalidad difundir información, realizar estudios y estimular el interés, tanto de personas naturales como jurídicas, públicas y privadas, sobre materias indigenistas. A continuación, se refiere al régimen administrativo interior del Instituto. Tal régimen está compuesto de un Consejo Directivo, con funciones fiscalizadoras; de un Comité Ejecutivo, sometido al anterior, y de un Director, que tiene a su cargo la jefatura del mismo. Cabe destacar que al citado Instituto ,se le reconoce personalidad jurídica, lo que significa que él tiene una eficaz herramienta para actuar en la vida jurídica nacional e internacional. En consideración a que el propósito que informa el espíritu del instrumento internacional en estudio es la defensa y la solución de los problemas de las poblaciones indígenas de América, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores ha tenido a bien aprobar el proyecto de acuerdo en informe y os recomienda adoptar igual temperamento. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras don Víctor, Fuen-iealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 18 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL CONVENIO POSTAL UNIVERSAL Y OTROS INSTRUMENTOS ANEXOS SOBRE ESTA MATERIA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba el Convenio Postal Universal y otros instrumentos anexos sobre esta materia, suscrito en Otawa, con fecha 3 de octubre de 1957. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos de ese Ministerio, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Illanes. Como está en vuestro conocimiento, la Unión Postal Universal es una institución de carácter eminentemente técnico, de la cual forman parte noventa y un países, entre ellos Chile. Dicha institución tiene por objeto facilitar las relaciones entre los miembros, en todo lo concerniente a los asuntos de su incumbencia. De acuerdo con estas finalidades y como una manera de ir perfeccionando y regulando el intercambio postal internacional, celebra periódicamente reuniones. Ahora bien, en el Congreso celebrado en Otawa, el 3 de octubre de 1957, se aprobaron algunas modificaciones y adiciones -que la práctica y la experiencia aconsejaban- a los acuerdos postales anteriores, a las cuales nuestro país contribuyó con su voto. El proyecto de acuerdo cuyo estudio nos ocupa se refiere a los instrumentos internacionales que consagran estas modificaciones y adiciones. De esta manera, el artículo 1° de dicho proyecto de acuerdo, alude a los textos definitivos del Convenio Postal Universal y de su Protocolo e incluye, también, un Convenio entre la Organización de las Naciones Unidas y la citada Unión Postal Universal. Daremos en seguida algunas explicaciones acerca de este último instrumento. Por intermedio de él, la primera Organización reconoce a la última como la institución especializada encargada de tomar todas las medidas que se expresan en su Acta Constitutiva. Se establece, asimismo, representaciones recíprocas en todas las reuniones de la Unión Postal, por una parte, y en las que celebre el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, por la otra parte. Dentro de este predicamento, las recomendaciones de las Naciones Unidas deben ser sometidas a la consideración de los miembros de la Unión Postal Universal. El artículo 2º del proyecto de acuerdo en cuestión, se refiere a dieciséis instrumentos de reglamentación y complementarios. Cosa estos antecedentes y dada la utilidad y conveniencia de que se ratifiquen instrumentos que perfeccionan y facilitan el funcionamiento de un servicio internacional que cumple tan importante misión, estimamos procedente ratificar tales instrumentos. Este acuerdo se adoptó con la abstención del H. Senador señor Contreras Tapia. En mérito de lo anterior, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de recomendaros que aprobéis el proyecto de acuerdo objeto de este informe. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras Tapia, Fuen-tealba y Juliet. (Fdo.): Raúl Chalín Vicuña, Secretario. 19 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL CONVENIO POSTAL DE LAS AMERICAS Y ESPAÑA Y OTRAS MATERIAS ANEXAS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo, remitido por la H. Cámara de Diputados, que aprueba el Convenio Postal de las Américas y España y el Protocolo Final del Convenio, ambos suscritos en Buenos Aires el 14 de octubre de 1960 y otros acuerdos anexos. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Gabriel Valdés, el Subsecretario de ese Ministerio, señor Oscar Pinochet y el Director General Adjunto para Asuntos Económicos de la Cancillería, señor Gastón Manes. Como lo expresa el Mensaje, la finalidad de este tipo de convenio es estudiar, facilitar y perfeccionar las relaciones postales entre los distintos países que los suscriben, estableciendo, además, una solidaridad de acción capaz de representar eficazmente en los Congresos y reuniones de la Unión Postal Universal, los intereses comunes en todo aquello que se refiere a las comunicaciones por medio de correos. Con anterioridad al VIII Congreso Postal, reunido en Buenos Aires en la fecha que hemos señalado, regían los acuerdos del Congreso Postal para la América y España, celebrados en Madrid el año 1950 y en Bogotá el año 1955, los cuales contaron con el voto favorable del representante del Gobierno de Chile. Ahora bien, el citado VIII Congreso Postal acordó introducir algunas modificaciones a los instrumentos vigentes a esa fecha. El proyecto de acuerdo sometido a la consideración de nuestra Comisión, se refiere en su artículo 1° al Convenio Postal en sí mismo y a su Protocolo Final y en su artículo 2º a doce instrumentos reglamentarios o que lo complementan. De tal manera que se presenta para la ratificación legislativa, textos completos que consultan todas las modificaciones acordadas en el Congreso de Buenos Aires. Los antecedentes anteriormente expuestos y la circunstancia de que tanto el propio Convenio como los demás instrumentos se ajustan a lo usual en estas materias, sirvieron de fundamento a vuestra Comisión de Relaciones Exteriores para prestar su aprobación al proyecto de acuerdo objeto de este informe y tenemos el honor de recomendaros que adoptéis igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Fuentealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 20 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN LA RECOMENDACION DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE LIBRE COMERCIO (ALALC), RESPECTO DE LA CONSTITUCION EN LOS PARLAMENTOS NACIONALES DE DETERMINA-DAS COMISIONES PERMANENTES. Honorable Senado: Vuestra Comisión dé Relaciones Exteriores ha considerado la Recomendación acordada en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de los países que forman la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), consignada en el oficio del Ejecutivo Nº 8237, de 26 de mayo de 1966. A la sesión en que vuestra Comisión consideró este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet, el Director General Adjunto para Asuntos Administrativos, señor Luis Melo y el Director General Adjunto para Asuntos Economicos, señor Gastón Illanes, ambos de ese Ministerio. Dicha Recomendación se refiere a la constitución en los Parlamentos Nacionales de las Partes Contratantes, de grupos o comisiones de carácter permanente, para el estudio y consideración de los asuntos de la referida Asociación. Del estudio de los respectivos antecedentes esta Comisión concluyó que esta no es una materia de su incumbencia, ya que la Recomendación en informe planteaba cuestiones de carácter constitucional, legal y reglamentario sobre las cuales le correspondía pronunciarse a la Comisión técnica de esta Corporación. En virtud de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores os propone enviar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el asunto consignado en el referido oficio Nº 08227 de 26 de mayo de 1966 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Sala de la Comisión, a 3 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Contreras don Víctor, Fuentealba y Juliet. 21 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES EN QUE PONE EN CONOCIMENTO DEL H. SENADO LAS RECOMENDACIONES Nº 119 Y Nºs. 120, 121 Y 122, APROBADAS EN 1963 Y 1964 POR LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) Y OS PROPONE SU ARCHIVO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores pasa a ocuparse de las Recomendaciones Nº 119 y Nºs. 120, 121 y 122, aprobadas en 1963 y 1964 respectivamente, por la Organización Internacional del Trabajo. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Oscar Pinochet y don Mario Rodríguez, Jefe del Departamento Jurídico de ese Ministerio. Las Recomendaciones en referencia fueron enviadas por el Ejecutivo adjuntas al oficio Nº 12.873 de 6 de agosto de 1966, sólo para dar cumplimiento al artículo 19 número 5 de la Constitución de la citada Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), que obliga a los Estados Miembros a someter las Recomendaciones aprobadas a las "autoridades competentes", vale decir, a aquellas que tienen la facultad de legislar sobre la materia, aunque el Gobierno se manifestó contrario a su aprobación, en virtud de que las autoridades técnicas del Ministerio del Trabajo consideraban que nuestra legislación no se aviene del todo con las disposiciones de aquellas Recomendaciones, de modo que no se estimaba procedente ratificarlas. Individualizaremos en seguida las cuatro Recomendaciones que nos ocupan. La Nº 119, aprobada en la 47ª Reunión de la Confederación Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra en 1963, se refiere a la terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador; la Nº 120, aprobada en la 48ª Reunión de la Conferencia, que tuvo lugar en Ginebra en junio de 1964, dice relación con la higiene en el comercio y en las oficinas; la N" 121, aprobada también en la 48ª Reunión, concierne a las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; y la Nº 122, aprobada en la misma 48ª Reunión, versa sobre política de empleo. Con el mérito de las explicaciones anteriores, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de poner en vuestro conocimiento las Rcomendaciones a que se refiere este informe, y hecho, os proponemos su archivo. Sala de la Comisión, a 1° de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Castro, Fuentealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 22 INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES EN QUE PONE EN CONOCIMIENTO DEL H. SENADO LOS CONVENIOS N'S. 108 Y 109, DE 1958, RELATIVOS A DOCUMENTOS NACIONALES DE IDENTIDAD DE LA GENTE DE MAR Y A SALARIOS, HORAS DE TRABAJO A BORDO Y DOTACIÓN, RESPECTIVAMENTE, Y PROPONE EL ARCHIVO DE AMBOS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores pasa a ocuparse de los Convenios Nºs. 108 y 109, adoptados por la 41ª Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, efectuada en Ginebra en el mes de abril de 1958. El primero de dichos Convenios se refiere a Documentos Nacionales de Identidad de la gente de mar y es de fecha 13 de mayo de 1958. El otro, o sea el N9 109, concierne a Salarios, Horas de Trabajo a Bordo y Dotación y está fechado el día 14 del mismo mes y año. A la sesión en que vuestra Comisión trató este asunto asistieron el Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Osear Pinochet y el Jefe del Departamento Jurídico de ese Ministerio, don Mario Rodríguez. El Mensaje N9 27, de fecha 30 de septiembre de 1959, que la Sala tuvo a bien enviar a esta Comisión con fecha 6 de octubre del mismo año, se puso en conocimiento del H. Senado los mencionados Convenios. En el mismo Mensaje se hace presente que del examen practicado por la Sección de Trabajo Marítimo del Departamento de Inspección de la Dirección General del Trabajo y por la Subsecretaría de Marina del Ministerio de Defensa Nacional, se desprende que tales Convenios no están de acuerdo con nuestra actual legislación, razón por la cual no se considera procedente ratificarlos. El oficio del Ejecutivo Nº 15.145, de 15 de octubre de 1959, se insiste sobre este predicamento. Lo anterior, sin perjuicio de cumplir con la obligación contenida en el N9 5 del artículo 19 de la Constitución de la citada Organización Internacional del Trabajo, en orden a someter estos instrumentos a las "autoridades competentes", o sea al Congreso Nacional por tener éste la facultad de legislar sobre estas materias. Con el mérito de las consideraciones anteriores y las explicaciones que sobre el particular dio a esta Comisión el señor Subsecretario de Re- laciones Exteriores, tenemos el honor de poner en vuestro conocimiento los Convenios a que se refiere este informe, y hecho, os proponemos su archivo. Sala de la Comisión, a 1° de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Castro, Fuentealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 23 INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA, RECAIDO EN LA MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR JARAMILLO QUE CREA EL PREMIO NACIONAL DE EDUCACION. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de informaros acerca de una moción del H. Senador señor Jaramillo, en que propone un proyecto de ley que crea el Premio Nacional de Educación. Las leyes Nºs. 7.368 y 11.479 crearon los Premios Nacionales de Literatura, de Arte y de Periodismo. Por otra parte, recientemente ha sido despachado por el Congreso Nacional y está en vía de ser promulgado, un proyecto de ley que crea los Premios Nacionales de Historia, de Ciencia y de Filosofía. La iniciativa de ley objeto de este informe tiende a llenar un vacío que existe en nuestra legislación por el hecho de sacar del olvido y colocar en el plano que corresponde a la función educativa, que bien merece estar junto a las otras disciplinas y actividades intelectuales y ser prestigiada y estimulado su desarrollo con galardones de esta naturaleza. Por las consideraciones anteriores, vuestra Comisión aprobó en general esta iniciativa de ley, teniendo presente, además, que de esta manera se contribuirá a dignificar la función del maestro ante la opinión nacional. Os hacemos presente que el articulado que os proponemos se ajusta a la redacción que se ha dado a los proyectos de ley similares, sobre la base de las ideas consultadas en la moción en referencia, en la que se instituye este Premio Nacional para ser otorgado cada cinco años. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38 del Reglamento de la Corporación, la iniciativa en estudio debe pasar a la consideración de la Comisión de Hacienda. Con estos antecedentes, vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de recomendaros la aprobación del siguiente "Proyecto de ley: Artículo 1°-Créase el Premio Nacional de Educación, que consistirá en una recompensa equivalente a diez sueldos vitales anuales, escala a), del departamento de Santiago, vigente al año en que se otorgue. Artículo 2º-El Premio Nacional de Educación se concederá cada cinco años en forma indivisible, al profesor de educación básica o media que se haya destacado por alguna contribución original, de carácter nacional o local, sea en el campo pedagógico o social, o que se haya distinguido por sus sobresalientes dotes en la actividad docente propiamente dicha, o que haya publicado una obra de gran importancia para la educación nacional. Artículo 3º-El Premio Nacional de Educación será concedido por un jurado compuesto por las siguientes personas: El Ministro de Educación, quien lo presidirá; el Superintendente de Educación Pública; un representante del Consejo de Rectores; un representante de la Facultad de Filosofía y Educación de la Universidad de Chile y un representante de la Federación de Educadores de Chile. El Presidente de la República determinará en el Reglamento que deberá dictar para la aplicación de la presente ley, la forma de elección de los representantes a que se refiere el inciso anterior y la concesión del premio. Artículo 4º-El Premio Nacional de Educación será entregado el día 11 de septiembre del año que corresponda por el Ministerio de Educación en el acto de celebración del Día del Maestro. Artículo 5º-La Ley de Presupuestos de la Nación deberá consultar el año que corresponda, en el ítem 09j01|:27-l), los recursos necesarios para cubrir los gastos que demande la aplicación de la presente ley. Artículo transitorio.-El Premio Nacional instituido en el artículo 1° de esta ley se otorgará por primera vez el año 1968." Sala de la Comisión, a 27 de junio de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Ferrando y Jaramillo. (Fdo.) : Raúl Charlíñ Vicuña, Secretario. 24 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY INICIADO EN UNA MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR JARAMILLO QUE CREA EL PREMIO NACIONAL DE EDUCACION. Honorable Senado: Esta materia ha sido previamente informada por la Comisión de Educación Pública. Mereció observaciones el hecho de que se excluyera de posibilidades para obtener este Premio a los profesores de Educación Superior, razón por la cual se pidió al autor de la moción que concurriera a explicar la razón de fondo que orientaba esta disposición. El señor Jaramillo manifestó que era conveniente hacer distingos para los efectos de este Premio y reducirlo sólo a aquellos profesores que se destacaren en la Educación Básica o Media, pues si se les permitiera competir con profesores de la Educación Superior, difícilmente podrían en alguna oportunidad obtener este Premio. Por lo demás, de acuerdo al artículo 2°, también pueden optar a este Premio las personas que se hayan destacado en la actividad docente o hayan publicado una obra de gran importancia para la educación nacional. De este modo se amplían las expectativas de aquellas personas que no perteneciendo a la educación básica o media tuvieren interés en aspirar a este galardón. El H. Senador señor Ibáñez objetó el conceder este Premio al profesor de educación básica o media que se haya destacado, como señala el proyecto, por alguna contribución original, de carácter nacional o local, sea en el campo pedagógico o social. Estima el señor Senador que con esta última palabra se desvirtúa totalmente el objetivo central de valorar la función educativa, pues bastaría que un profesor que no se hubiere destacado en el campo de la docencia desarrollare una función social meritoria para que se le otorgare el Premio de Educación, lo que sería altamente impropio. Los demás miebros de la Comisión concordaron en modificar el concepto al exigir para obtener este Premio que el profesor hubiere hecho una contribución original en el campo pedagógico-social, relacionando de este modo dos conceptos que en el proyecto aparecen como disyuntivos, evitando de este modo los temores expuestos por el señor Ibáñez. Por unanimidad se aprobó el financiamiento que se contempla para el gasto que representa la instauración de este premio, que se concederá cada cinco años con una recompensa equivalente a diez sueldos vitales anuales, vale decir alrededor de Eº 36.000. El artículo 5º dispone al efecto que la ley de presupuestos de la nación consultará cuando corresponda estos fondos. Os proponemos una enmienda en la cita del ítem que se menciona para ajustaría a la realidad. En virtud de las consideraciones expuestas os proponemos aprobar el proyecto de ley contenido en el informe de la Comisión de Educación con las siguientes modificaciones: Artículo 2º Reemplazar la frase "sea en el campo pedagógico o social" por "en el campo pedagógico-social". Artículo 5º Sustituir la cita al ítem "09]01|27-1)" por otra al ítem "09|01|3-27-D". Sala de la Comisión, a 18 de agosto de 1967. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Rodríguez, Contreras Labarca, Bossay, Ibáñez y Pablo. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario. 25 SEGUNDO INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE EXIME DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A INMUEBLES PERTENECIENTES AL VICARIATO APOSTOLICO DE AISEN. Honorable Senado: El artículo único propuesto en nuestro anterior informe no fue objeta de indicaciones ni de modificaciones por lo que debe dársele por aprobado sin más trámites. Nos referiremos a continuación a las indicaciones presentadas durante la discusión general: 1) El H. Senador señor Bulnes formuló una indicación para reponer los artículos 1° y 2º del proyecto de la H. Cámara de Diputados que eximían del pago de contribuciones de bienes raíces y condonaban el pago de deudas de pavimentación que afectaban a diversos inmuebles del Vicariato Apostólico de Aisén. La Comisión sobre el particular pidió informes tanto al interesado como a la Dirección General de Obras Urbanas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y al Ministerio de Hacienda. Especialmente interesante es este último informe que en sus partes pertinentes expresa lo siguiente: "El artículo 10 de la Constitución Política del Estado en su Nº 2 garantiza a todos los habitantes de la República la manifestación de todas las creencias, la libertad de conciencia y ejercicio libre de todos lo» cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público, pudiendo, por tanto, las respectivas confesiones religiosas erigir y conservar templos y sus dependencias con las condiciones de seguridad e higiene fijadas por las leyes y ordenanzas. "En el inciso final establece que los templos y sus dependencias, destinadas al servicio del culto, estarán exentos de contribuciones. En concordancia con lo anterior la ley Nº 4.174, de 5 de septiembre de 1927, sobre Contribuciones a los Bienes Raíces, en el artículo 2º dispone que estarán exentas del impuesto, entre otros los siguientes bienes raíces: "Las iglesias o templos destinados a algún culto religioso, y las casas parroquiales, habitadas por los funcionarios del culto, y que no produzcan renta, además de las escuelas primarias, colegios y seminarios. "El volumen VIII del Manual del Servicio de Impuestos Internos, se refiere sobre el particular como sigue: "Las Iglesias, Templos y casas parroquiales destinadas a algún culto- religioso gozarán de la franquicia siempre que sean ocupadas por funcionarios del culto y no produzcan renta. "Las casas de los Obispos están exentas del pago de contribuciones, ya que siendo el Obispo un Párroco, según el Derecho Canónico y la Catedral una Parroquia, ésta es la casa habitación de dicho funcionario del culto. Los edificios o casas parroquiales ocupados por curas o tenientes curas deben quedar exentos de contribuciones, pero no los ocupados por simples religiosos. "Los' Conventos están afectos al pago de impuestos de bienes raíces, por aquellas partes destinadas a claustro o habitaciones, quedando solamente exentas las capillas o iglesias abiertas a los fieles. "En general, este Servicio en todas las ocasiones en que se ha solicitado la franquicia la ha otorgado sin distinciones de ninguna clase y sin otra condición que los inmuebles reúnan los requisitos que exige la ley." En base a este antecedente, la Comisión consideró inadecuado ampliar las franquicias tributarias de que goza el Vicario Apostólico de Aisén y acordó rechazar la indicación del H. Senador Bulnes. 2) Analizó, en seguida, una indicación del señor Aguirre Doolan tendiente a eximir del pago de contribuciones a los bienes raíces a los inmuebles de propiedad de la Sociedad de Socorros Mutuos "Nueva Estrella del Mar", de Talcahuano, y de las Sociedades inmobiliarias de Partidos Políticos reconocidos por la Dirección del Registro Electoral. La Comisión aprobó con modificaciones de redacción la exención tributaria que favorece a la Sociedad de Socorros Mutuos "Nueva Estrella del Mar" de Talcahuano y extendió, a solicitud del H. Senador señor Pablo, igual privilegio para el inmueble ubicado en la Calle Colón 970, de Talcahuano, perteneciente a la Unión Industrial del Transporte Marítimo, Sección Estibadores y Portuarios. Respecto de otorgar igual liberación a las Sociedades Inmobiliarias de Partidos Políticos, la Comisión optó por oír, antes de pronunciarse, la opinión del Ministerio de Hacienda, expresando en una sesión posterior el señor Subsecretario don Andrés Zaldívar, que compartía plenamente la idea central de la indicación y que el Gobierno tenía en estudio otorgar similar tratamiento tributario a todos los inmuebles que son ocupados por partidos políticos. Durante el debate que se siguió se pudo apreciar que la indicación era demasiado restrictiva y que en la práctica beneficiaría a uno o dos partidos políticos que ocupan inmuebles de propiedad de sociedades inmobiliarias de adeptos a ellos. Por esto, se optó por modificar la redacción de la indicación propuesta y en definitiva se aprobó, con la abstención de los Senadores Ibáñez y Contreras Labarca, una que exime del pago de impuesto territorial al inmueble que sirva de sede central de los partidos políticos reconocidos por la Dirección del Registro Electoral. Se discutió largamente acerca de la procedencia de favorecer con esta liberación tributaria a inmuebles que son ocupados por partidos políticos, pero que son de dominio de terceras personas. En definitiva se acordó extender también a estos la franquicia porque se estimó que los partidos políticos podrían obtener que se les rebajara la renta de arrendamiento en la misma medida en que el propietario se beneficiará con esta exención, resolviéndose, a solicitud del señor Pablo, complementar el artículo con esta idea. Por otra parte es evidente que los partidos que arriendan inmuebles tendrán un arma poderosa para exigir de los propietarios esa rebaja, cual es la que de conformidad al texto aprobado, anualmente deberán comunicar al Servicio de Impuestos Internos el inmueble que les sirve de sede central para los efectos de que éste goce durante ese año de la exención referida. A indicación del H. Senador señor Rodríguez se resolvió agregar un artículo al proyecto que concede a los contribuyentes de la provincia de Aisén un nuevo plazo de noventa días para acogerse a lo dispuesto en los artículos 27, 28 y 29 de la ley 16.623. Estas últimas disposiciones concedieron a los contribuyentes morosos al 31 de diciembre de 1966 un plazo de treinta meses para cancelar los intereses y multas adeudados siempre que pagaren la totalidad de las deudas que tenían por concepto de impuestos o contribuciones. Por último, se aprobó con modificaciones de redacción otra indicación del H. Senador Aguirre mediante la cual se agrega un artículo a la ley que exime de pago del impuesto territorial a los inmuebles de propiedad de la Asociación Cristiana de Jóvenes, liberación además a las donaciones que se le efectúen del trámite de insinuación y de los impuestos que la afectan. La Comisión aprobó esta indicación dada la alta finalidad que cumple esta institución. En virtud de las consideraciones expuestas os proponemos aprobar el proyecto de ley contenida en nuestro primer informe con las siguientes modificaciones: Artículo único Pasa a ser artículo 1°, sin modificaciones. Agregar los siguientes artículos, nuevos: "Artículo segundo "Exímese del pago del impuesto territorial a los inmuebles que sirvan de sede central a los partidos políticos reconocidos por la Dirección del Registro Electoral. Para los efectos del inciso anterior, los interesados deberán comunicar en el mes de enero de cada año a la Dirección de Impuestos Internos la individualización del inmueble que gozará de dicha franquicia. En caso de que el inmueble declarado exento no pertenezca al partido político deberá rebajarse la renta de arrendamiento o la que se cobre por su ocupación en una cantidad a lo menos igual a la que representa la franquicia concedida." Artículo tercero "Exímese del pago del impuesto territorial a los inmuebles de propiedad de la Asociación Cristiana de Jóvenes; de la Sociedad de Socorros Mutuos "Nueva Estrella del Mar", de Talcahuano, y de la Unión Industrial del Transporte Marítimo, Sección Estibadores y Portuarios, ubicado en calle Colón 970, de Talcahuano, que les sirvan de sede a sus actividades sociales. Libérase del trámite de insinuación a las donaciones que se efecúen a la Asociación Cristiana de Jóvenes, como asimismo de los impuestos que las afecten."." Sala de la Comisión, a 18 de agosto de 1967. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Rodríguez, Bossay, Contreras Labarca, Ibáñez y Noemi. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 26 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR CONTRERAS TAPIA, QUE ACLARA EL SENTIDO DEL ARTICULO 68 DE LA LEY Nº 15.840, QUE BENEFICIA A DETERMINADOS OBREROS- DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de ley, iniciado en moción del H. Senador señor Contreras Tapia, que aclara el sentido del inciso segundo del artículo 68 de la ley Nº 15.840, de 9 de noviembre de 1964, que aprobó el texto de la Ley de Organización y Atribuciones del Ministerio de Obras Públicas y Servicios dependientes. El referido artículo expresa, textualmente: "Artículo 68.-Los obreros contratados por la Dirección General de Oteras Públicas y sus servicios dependientes, se regirán por el Código del Trabajo y sus remuneraciones serán fijadas por el Director General de Obras Públicas, sin perjuicio de los regímenes legales actualmente vigentes. Los obreros que actualmente prestan sus servicios en el Ministerio de Obras Públicas y sus servicios dependientes y que a la promulgación de la presente ley tengan más de 25 años de servicios efectivos, podrán acogerse a los beneficios de la jubilación sobre la base de la última remuneración percibida. La diferencia que resulte de la pensión que otorgue el Servicio de Seguro Social y la última remuneración, se pagará al Servicio con cargo a los recursos de la Dirección General de Obras Públicas. Facúltase al Presidente de la República para que en un plazo de 120 días proceda a encasillar en escalafones especiales a los obreros contratados permanentes de la Dirección General de Obras Públicas.". Sostiene el autor de la iniciativa en informe que el análisis del inciso segundo de esta disposición conduce a aseverar que en él "coexisten dos normas: una dispositiva y otra explicativa. La primera concede el derecho a jubilar con la última remuneración efectivamente percibida a de- terminados obreros del Ministerio de Obras Públicas y servicios dependientes, sin distinguir el régimen previsional a que estaban afectos. La norma explicativa, subordinada a la anterior, simplemente enuncia la forma de proceder para los efectos de pagar efectivamente la última remuneración." Vuestra Comisión considera que indudablemente la primera norma de este inciso otorga un derecho a los obreros que, a la fecha de la ley, trabajaban en el Ministerio de Obras Públicas y sus servicios dependientes y tenían más de 25 años de servicios efectivos. Este derecho consistió en que después de dicha fecha, 9 de noviembre de 1964, podían acogerse a los beneficios de la jubilación sobre la base de la última remuneración percibida. A su vez, estima que la segunda norma queda, en efecto, subordinada a la anterior, por cuanto sólo indica la forma en que el Servicio de Seguro Social financiará el mayor gasto que demande el pago de estas jubilaciones. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la ley N9 10.986, de 3 de abril de 1959, sobre continuidad de la previsión, especialmente en sus incisos segundo y terecro, la jubilación no puede determinarse sobre la base de la última remuneración percibida, porque el Servicio de Seguro Social debe concurrir a su pago en proporción al período durante el cual el obrero ha hecho imposiciones en este organismo, de acuerdo con su ley orgánica. Ambas disposiciones son, por tanto, contradictorias y con la primera de ellas, la del artículo 68 de la ley Nº 15.840, se obtiene una mayor pensión de jubilación que con la segunda. De ahí que el proyecto de ley en informe aclare el sentido del artículo 68 de la ley Nº 15.840, estableciendo que el beneficio de jubilación de estos obreros del Ministerio de Obras Públicas debe determinarse sobre la base de la última remuneración percibida, sin que sea procedente aplicar en este caso la norma del artículo 4º de la ley Nº 10.986, ni ninguna otra que signifique disminuir su monto. En consecuencia, el Servicio de Seguro Social deberá liquidar las referidas pensiones de jubilación aplicando solamente la norma del artículo 68 de la ley Nº 15.840. Vuestra Comisión estimó atendible el propósito de esta iniciativa, por cuanto reitera el espíritu que se tuvo presente al dictar la ley Nº 15.840, en orden a conceder a estos obreros del Ministerio de Obras Públicas el derecho a acogerse a un régimen especial de jubilación, determinando su monto sobre la base de la última remuneración percibida. En mérito de las razones expuestas, vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de recomendaros, por unanimidad, la aprobación del siguiente Proyecto de ley : "Artículo único.-Aclárase que el sentido del artículo 68 de la ley Nº 15.840, de 9 de noviembre de 1964, aplicable a los obreros del Ministerio de Obras Públicas y sus servicios dependientes que a la fecha de su promulgación tenían 25 años de servicios efectivos fue concederles el beneficio de jubilación sobre la base de la última renta percibida, sin que sea procedente aplicar en su determinación la norma del artículo 4º de la ley N° 10.986 ni otra que signifique disminución de su monto." Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Allende y Jaramillo. (Fdo.) : Rodemü Torres Vásquez, Secretario. 27 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR MAURAS, QUE AUTORIZA A LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES PARA OTORGAR EL BENEFICIO DE LA JUBILACION A DETERMINADOS EMPLEADOS DEL CABLE WEST COAST OF AMERICA TELEGRAPH CO. LTDA., DE CHILE. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado un proyecto de ley, iniciado en moción del H. Senador señor Mauras, que autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para otorgar el beneficio de jubilación a determinados empleados del cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile y que, además, obliga a esta empresa a pagar una indemnización a cada empleado u obrero que haya quedado o quede cesante con motivo del cierre de algunas de sus oficinas. La moción e informe tiende a solucionar en parte la aflictiva situación socio-económica creada al personal de las oficinas del Cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile que fue despedido por el cierre de las oficinas de Tocopilla e Iquique a causa de la paralización general de las actividades económicas de esos puertos y, al mismo tiempo, la que por igual motivo pueda producirse en otros lugares del país. El decaimiento de la actividad económica de la zona norte ha producido paralizaciones de empresas o faenas, con el consiguiente despido masivo de trabajadores. Dado que la legislación no contempla la manera de resolver las múltiples situaciones de hecho que en estos casos se presentan y ante la dificultad de establecer un sistema legal amplio y permanente que los ampare, en otras ocasiones se han dictado normas especiales que favorecen a trabajadores exonerados con el otorgamiento de derechos previsionales e indemnizaciones extraordinarias. Tal es el caso de la ley Nº 16.402, de 29 de diciembre de 1965, que se dictó para beneficiar a cierto personal de la actual Empresa Portuaria de Chile. La idea general del proyecto consiste en permitir que los empleados del Cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile, que ha- SESION 33ª, (ANEXO DE DOCUMENTOS) 1973 yan quedado o queden cesantes con motivo del cierre de alguna de sus oficinas, puedan acogerse al beneficio de jubilación ante la Caja de Previsión de Empleados Particulares, siempre que tengan una antigüedad como imponentes, en cualquier instituto de previsión, superior a 20 años de imposiciones y una edad no inferior a 55 años. En seguida, el proyecto de ley en informe concede a cada empleado u obrero del Cable Wesa Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile, cuya cesantía se deba al motivo antes señalado, y con cargo a esta empresa, una indemnización equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, por cada año de servicios prestados en ella. Vuestra Comisión aprobó, por unanimidad, la idea de legislar al respecto por considerar de justicia proteger a trabajadores que han quedado cesantes y sin posibilidades de encontrar nuevas fuentes de trabajo. Si bien advierte que en este caso se legisla en relación a un grupo de trabajadores de una empresa determinada, tuvo en cuenta al adoptar esta resolución que existen precedentes similares fundados, también, en excepcionales circunstancias de hecho, absolutamente ajenas a la voluntad o responsabilidad de los trabajadores. En discusión particular del artículo 1°, vuestra Comisión precisó que el derecho a acogerse al beneficio de jubilación de la Caja de Previsión de Empleados Particulares otorgado a los empleados del Cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., sólo se refiere a aquellos que hayan quedado o queden cesantes con motivo del cierre de alguna de sus oficinas y agregó al requisito de tener una antigüedad superior a 20 años de imposiciones, en cualquier instituto de previsión, otro consistente en que el beneficiario, además, deberá tener 55 años de edad, a lo menos, con el objeto de impedir jubilaciones prematuras. Fijó, asimismo, en 6 meses el plazo para que los empleados de la empresa referida puedan acogerse a jubilación, y estableció que este plazo empezará a contarse desde la fecha de publicación de esta ley, o desde la fecha del despido, según se trate, respectivamente, de empleados que hayan quedado cesantes con anterioridad a la vigencia de la ley o de empleados que queden cesantes con posterioridad a esa fecha. Con las modificaciones señaladas, el artículo 1° fue aprobado por unanimidad. El artículo 2º del proyecto de ley propuesto en la moción en informe, establecía que la empresa debía pagar a cada empleado u obrero que se encuentre en la circunstancia prevista, la indemnización que contempla el artículo 8º de la ley Nº 16.455, consistente en un mes por año de servicios y fracción no inferior a 6 meses, más la cantidad de 2 sueldos imponibles y garantías, por cada año de servicios prestados a la misma empresa, con un mínimo equivalente a 10 años de trabajos. Vuestra Comisión redujo la indemnización señalada a sólo 2 sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, por cada año de servicios prestados en dicha empresa, pues consideró excesiva la propuesta. Por la misma razón, rebajó, también, el monto de la indemnización mínima a 4 sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago. Concebido en estos términos, el artículo 2º fue aprobado por unanimidad. En mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social, por la unanimidad de sus miembros, tiene el honor de recomendaros la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1°-Autorízase a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para otorgar el beneficio de jubilación a los empleados del Cable West Coast of America Telegraph Co. Ltda., de Chile, que, con motivo del cierre de alguna de sus oficinas, hayan quedado o queden cesantes, siempre que tengan una antigüedad como imponentes, en cualquier instituto de previsión, superior a 20 años de imposiciones y una edad no inferior a 55 años. * Concédese el plazo de 6 meses, contado desde la fecha de publicación de esta ley o desde la del despido, según corresponda, para que los interesados puedan acogerse al beneficio del inciso precedente. Artículo 2º-La empresa a que se refiere el artículo anterior deberá pagar a cada empleado u obrero que haya quedado o quede cesante con motivo del cierre de alguna de sus oficinas, una indemnización equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, vigentes para el año del despido, por cada año de servicios prestados en dicha empresa. Esta indemnización, en ningún caso, podrá ser inferior a cuatro sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago." Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores Contreras Tapia (Presidente), Allende, Gómez y Jaramillo. (Fdo.) : Rodemil Torres Vásquez, Secretario. 28 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE NORMAS PARA LAS VACACIONES DE LOS OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMAS QUE DESARROLLEN LABORES DISCONTINUAS. Honorable Senado: Vuestra Comsión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que fija normas para las vacaciones de los obreros de la construcción y demás que desarrollan labores discontinuas, que establece la obligatoriedad del pago de los días no trabajados por causas ajenas a la responsabilidad de los obreros y que crea los Comités de Obras. Tales son las tres ideas básicas del proyecto, que analizamos en seguida. Nuestra legislación no reconoce derecho a vacaciones anuales a los obreros que no enteran 220 días de trabajos continuos, a lo menos, con un mismo patrón. En consecuencia, los obreros que, por la naturaleza de sus labores, desempeñan trabajos discontinuos y a distintos patrones, quedan excluidos de este beneficio, por la imposibilidad de cumplir los requisitos exigidos. El inciso primero del artículo 98 del Código del Trabajo otorga feriado de 15 días, con derecho a salario íntegro, a los obreros que hayan trabajados 288 o más días en el año, en la empresa o faena, y de 7 días a los que hayan trabajado a lo menos 220 días en el año. Esta es la disposición que no puede aplicarse a quienes desarrollan actividades discontinuas, como los obreros de la construcción y ramos similares, porque trabajan para un mismo patrón durante períodos muy inferiores a los señalados. El proyecto en informe concede a estos trabajadores el goce de un día de vacaciones por cada 15 días trabajados y señala que la fracción superior a 7 días trabajados da derecho a un día más de vacaciones y que la inferior a 8 días da derecho a medio día de vacaciones. Esta norma no hace otra cosa que reconocer la situación existente en la realidad. Luego se determina que el pago del día o medio día de vacaciones se hará al término de los 15 días trabajados o de la fracción, según corresponda, y sobre la base del salario promedio efectivamente ganado por el obrero en los días trabajados. Además, en el artículo 7°, se contempla la obligación de que el patrón pague al obrero, fuera del salario correspondiente a los días de vacaciones, una bonificación del 50% del salario promedio que el obrero haya ganado en los 30 últimos días trabajados. La segunda idea se contiene en los artículos 3° y 4º del proyecto de ley en informe y consiste en considerar como efectivamente trabajados los días en que los obreros, por razones ajenas a su responsabilidad, no pueden cumplir su labor. El monto que por esos días se paga es el 75% del salario que gana el obrero. Con esta norma se legaliza, también, una situación de hecho, ya que la mayoría de las empresas proceden en la forma que contemplan los citados artículos. Por último, el proyecto de ley establece que en las obras en que trabajen 15 o más obreros se constituirá un Comité de Obras, que representará a los obreros ante los empresarios y autoridades y que, en nombre de los trabajadores, podrá presentar pliegos de peticiones. Cada Comité será dirigido por tres miembros, que gozarán del fuero sindical o privilegio de inamovilidad. Para ser elegido miembro o delegado del Comité de Obras no se hace ninguna exigencia de permanencia mínima en la empresa. La constitución y disolución de estos Comités quedan entregadas a un Reglamento especial que deberá dictarse dentro de 60 días, a contar de la publicación de la ley. A este respecto, la unanimidad de la Comisión dejó expresa constancia de que las normas legales sobre constitución del Comité de Obras del proyecto de ley en informe no significan, en ningún caso, la derogación tácita de las disposiciones del Código del Trabajo relativas a sindicatos industriales o profesionales y a delegaciones de obreros, en caso de conflictos colectivos en la construcción, puesto que ambas se concilian. De manera que los obreros de la construcción podrán someterse a unas u otras, según corresponda. Dejó constancia, asimismo, que en la dictación del Reglamento sobre constitución del Comité de Obras no podrá establecerse requisito de permanencia mínima para ser elegido miembro o delegado, por cuanto el artículo 5° de esta iniciativa legal no lo exige. Vuestra Comisión de -Trabajo y Previsión Social prestó su aprobación unánime al conjunto de las ideas del proyecto, pues reconoce que las dos primeras sólo persiguen incluir en la norma legal situaciones que ocurren en la realidad y que benefician a los obreros de la construcción. En cuanto a los Comités de Obras, cree que en verdad representan una innovación, pero que su establecimiento se justifica plenamente porque la naturaleza transitoria de los trabajos de los obreros de la construcción ha impedido que se reúnan los requisitos para constituir sindicatos, con lo cual han quedado al margen de la legislación laboral. En mérito de las consideraciones expuestas, vuestra Comisión, por unanimidad, os recomienda aprobar el proyecto de ley en informe en los mismos términos en que viene formulado. Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables señores Contreras Tapia (Presidente), Ahumada y Allende. (Fdo.): Rodemil Torres Vásquez, Secretario. 29 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA EL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A LA JORNADA DE TRABAJO DE LOS RADIOPERADORES, OPERADORES Y PROBADORES TELEFONICOS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de la H. Cámara de Diputados que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la duración de la jornada de trabajo y períodos de descanso de los radioperadores, operadores y probadores telefónicos. Estudios científicos han determinado que la naturaleza especialísima de las labores de estos empleados incide en un extraordinario desgaste físico e intelectual que, con el transcurso de los años, les origina serias alteraciones nerviosas o auditivas y disminuye, por tanto, su capacidad de trabajo. La particularidad de sus servicios ha sido preocupación de organismos técnicos, extranjeros y nacionales, cuyas conclusiones han servido para fundamentar la dictación de normas especiales en su defensa. El proyecto en informe tiene esa finalidad, en cuanto reduce a 42 horas semanales la jornada ordinaria de trabajo de los radioperadores, operadores y probadores telefónicos. La adopción de esta medida ha sido recomendada por la Organización Internacional del Trabajo y existe en diversas legislaciones mundiales. En nuestro país rige actualmente sólo para algunos sectores. Con tal objeto, se agregan dos incisos nuevos al artículo 125 del Código del Trabajo, los cuales rebajan a 42 horas semanales las 48 horas que establece como jornada ordinaria de trabajo y determinan un período de descanso de hasta una hora diaria durante esa jornada, respectivamente. En seguida, por la enmienda introducida al artículo 126 del mismo Código, se dispone que el máximo de 42 horas podrá aumentarse hasta 48 horas a los radioperadores, operadores y probadores telefónicos, cuando se reúnan las condiciones por él señaladas, es decir, cuando el movimiento diario sea notoriamente escaso, a juicio de la Dirección del Trabajo, y, los empleados deban mantenerse constantemente a disposición del público. Son las mismas condiciones que autorizan elevar de 48 hasta 56 las horas semanales a los empleados de empresas de telégrafos, teléfonos y de otras actividades análogas. A continuación, para mantener la debida uniformidad, se modifica el artículo 127 del Código del Trabajo, que define lo que se entiende por horas extraordinarias, a fin de comprender también en esta expresión las que excedan de 42 horas semanales. Finalmente, se agrega un nuevo inciso al artículo 131 del referido Código para precisar las circunstancias en que puede excederse la jornada ordinaria de este personal. Vuestra Comisión, por unanimidad, aprobó en general y particular el proyecto en informe, en atención a que estimó justificados los fines que persigue y, en consecuencia, tiene el honor de recomendaros su aprobación en los mismos términos en que viene formulado. Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Ahumada y Allende. (Fdo.): Rodenal Torres Vásquez, Secretario. 30 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA LA VENTA DE PROPIEDADES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL A SUS ACTUALES OCUPANTES. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que autoriza la venta de propiedades del Servicio de Seguro Social a sus actuales ocupantes y que, a proposición de la Comisión de Gobierno, acordasteis remitirle en estudio el 18 de julio último. El proyecto de ley en informe obliga al Servicio de Seguró Social a vender las propiedades que no haya podido enajenar a sus actuales ocupantes, sean o no imponentes de dicho organismo, siempre que el interesado no sea propietario de otra casa habitación. Asimismo, establece que la venta se hará en las mismas condiciones de amortización que se aplican en la enajenación de propiedades a los imponentes regulares. A la sesión en que se trató este proyecto, asistió la señorita Mercedes Ezquerra, Directora del Servicio de Seguro Social, quien manifestó su opinión absolutamente contraria a la aprobación de esta iniciativa legal, por cuanto le merece serios y fundados reparos. En primer término, observó que, en atención a la amplitud del proyecto de ley, resulta injusto y lesivo a los intereses de los imponentes obligar al Servicio a vender sus propiedades, a través de todo el país, a sus actuales ocupantes, sin distinguir si son o no imponentes de ese organismo. De esta manera, lo que se pretende en el fondo es regularizar las ocupaciones indebidas, en desmedro de los imponentes que han cumplido o cumplen todos los requisitos para ser seleccionados como asignatarios de viviendas. Señaló que el número de postulantes a viviendas es extraordinariamente elevado y que en los dos últimos años se han asignado más de 5.000 casas. Advirtió que la mayoría de los imponentes arrendatarios ocupan las viviendas; pero que hay casos en que éstos las subarriendan a terceros que no reúnen esta calidad y a los cuales, en virtud de los términos en que está redactado el proyecto de ley, el Servicio debería vender las viviendas que ocupan, aun cuando no sean imponentes. Dijo que, en la actualidad, el Servicio de Seguro Social tiene asignadas todas las viviendas a sus imponentes y que si en algunas poblaciones, como las de Calama y Juan Antonio Ríos, ha habido demora en los trámites de las transferencias, se debe únicamente a dificultades presentadas en otros organismos y que ellas dicen relación, por ejemplo, con el saneamiento de títulos de dominio de terrenos, materia que compete a la Corporación de la Vivienda. Agregó, además, que el Servicio se encuentra en vías de solucionar los problemas suscitados con ocasión de la transferencia definitiva de viviendas de algunas poblaciones construidas bajo el imperio de la ley Nº 4.054, las cuales, por otra parte, están sujetas a un procedimiento distinto de tramitación y que, en consecuencia, en breve plazo, el Servicio estará en condiciones de asignar poblaciones, tales como la San Martín, de Lota, a sus actuales ocupantes imponentes. Concluyó manifestando que si con este proyecto de ley sólo se pretende autorizar al Servicio de Seguro Social para que venda las viviendas a sus actuales imponentes, su existencia no tiene justificación alguna porque esto es, precisamente, lo que está haciendo el Servicio desde 1959, en forma regular y por estricto orden de puntaje, en virtud de la ley Nº 10.383 y del Reglamento para la venta de casas, dictado por Decreto Supremo Nº 772, de ese año. En conocimiento de los antecedentes proporcionados por la señorita Mercedes Ezquerra, los miembros de vuestra Comisión estuvieron de acuerdo en que el proyecto de ley no debe beneficiar a ocupantes no imponentes del Servicio de Seguro Social, sino que sólo a sus imponentes. En tal sentido formuló indicación el H. Senador señor Contreras Tapia. Sin embargo, los Honorables Senadores señores Jaramillo y Reyes anunciaron su oposición a legislar sobre la materia. Cerrado el debate y puesto en votación general el proyecto de ley en informe, se produjo un empate de dos votos a favor y dos en contra. Repetida, se obtuvo igual resultado, razón por la cual se dio por rechazada en general esta iniciativa. Votaron a favor los Honorables Senadores señores Allende y Contreras Tapia y en contra lo hicieron los Honorables Senadores señores Jaramillo y Reyes. El señor Contreras Tapia, al fundar su voto afirmativo, expresó que consideraba necesaria la idea de legislar porque, con la indicación por él presentada, en el sentido de que la venta sólo pueda hacerse a los imponentes del Servicio de Seguro Social, se resolvían injustas situaciones de hecho, como la consistente en que personas no imponentes ni ocupantes hayan podido adquirir en remates locales o departamentos de colectivos de ese organismo, a pesar de la autorización que tiene su Consejo para venderlos exclusivamente a sus imponentes. Los señores Jaramillo y Reyes fundaron sus votos negativos en que, de los antecedentes proporcionados por la señorita Directora del Servicio de Seguro Social, se desprende que el proyecto de ley en informe, por no contemplar ninguna situación nueva respecto de la cual no se haya legislado, carece de justificación. En mérito de estas consideraciones, vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de recomendaros que rechacéis el proyecto de ley en informe. Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Allende, Jaramillo y Reyes. (Fdo.): Rodemil Torres Vásquez, Secretario. 31 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA AL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL PARA CONCEDER A SUS IMPONENTES PRESTAMOS HIPOTECARIOS PARA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que autoriza al Servicio de Seguro Social para otorgar a sus imponentes préstamos hipotecarios, a fin de dar término a la edificación de viviendas. De la sola enunciación del proyecto, se desprende que la materia de que trata no es de la competencia de esta Comisión. Por ello, os proponemos, unánimemente, que lo enviéis en estudio a vuestra Comisión de Obras Públicas. Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Allende y Jaramillo. (Fdo.): Rodemü Torres Vásquez, Secretario. 32 INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RECAIDO EN LA PETICION DE DESAFUERO DEL SEÑOR INDENDENTE DE SANTIAGO, DON SERGIO SAAVEDRA VIOLLER, FORMULADA POR DOÑA ELIANA GALVEZ DAVILA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento ha estudiado la petición de desafuero del señor Intendente de la Provincia de Santiago, don Sergio Saavedra Violler, formulada por doña Eliana Gálvez Dávila, en conformidad a lo dispuesto en el Nº 3 del artículo 42 de la Constitución Política del Estado. Cargos formulados por la recurrente. Con fecha 11 de julio ppdo., doña Eliana Gálvez Dávila, profesora, domiciliada en Santiago, ocurrió ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, para producir los antecedentes en que debe fundarse la declaración del H. Senado al resolver sobre su petición de desafuero del señor Intendente de la Provincia de Santiago, por el delito de denegación de auxilio que configura y pena el artículo 253 del Código Penal. Funda su petición la señora Gálvez en los hechos que se expresan a continuación. 1.-Ella es propietaria de una casa-habitación afecta a la Ley Nº 9.135, denominada Ley Pereira, ubicada en la calle Los Tulipanes 2954 de esta ciudad, que dio en arrendamiento al Médico-Cirujano señor Raúl Zapata Díaz, al cual demandó en mayo de 1966, desahuciando el contrato respectivo. En el juicio correspondiente y con fecha 4 de julio de 1966, las partes llegaron a un avenimiento en virtud del cual el señor Zapata Díaz se comprometía a devolver el inmueble a la demandante el 31 de diciembre de 1966, bajo apercibimiento de ser lanzado por la fuerza pública, sin más trámite. 2.-Como en la fecha antes indicada no se hiciera la restitución pactada, la recurrente solicitó y obtuvo se decretara judicialmente el lanzamiento, a raíz de lo cual se ofició a la Intendencia de Santiago, con fecha 27 de marzo del año en curso, para que otorgara el auxilio de la fuerza pública necesaria para ejecutar el fallo. 3.-Pese al tiempo transcurrido hasta la fecha de presentación de la solicitud de desafuero y no obstante las gestiones hechas ante el señor Intendente, éste no dio curso a la orden de lanzamiento. Según expresa la recurrente, en reiteradas oportunidades el señor Intendente manifestó en forma directa y personal su propósito de amparar al señor Zapata, el que no podría abandonar el inmueble hasta el mes de julio de 1967. 4.-Agrega la recurrente que esta negativa de la primera autoridad provincial le ha significado graves daños, tanto por que a su vez ha sido demandada en juicio de desahucio de arrendamiento, viéndose obligada a restituir la casa-habitación que ocupa, cuanto por que le ha sido imposible instalar ciertos implementos médicos indispensables para la curación de su hijo enfermo. 5.-Acompaña por vía de prueba las declaraciones contestes de dos testigos en el sentido de que el señor Intendente se ha negado a cursar la orden de fuerza pública, y un Certificado del Secretario de la Iltma. Corte en el que se acredita la efectividad de las actuaciones procesales expuestas en su solicitud. Descargos formulados por el señor Intedente de Santiago. El señor Intendente de Santiago por Oficio de 17 de agosto en curso, ha formulado los siguientes descargos: 1.-Siendo efectivo que el 27 de marzo de este año el Juzgado respectivo ofició a esa Intendencia disponiendo el auxilio de la fuerza pública para el desalojo de la propiedad de la señora Gálvez, "con posterioridad a esta fecha y mientras se realizaban los trámites administrativos de rigor," tuvo conocimiento de que el demandado se había opuesto judicialmente al desahucio, oposición que se encontraba en tramitación. La oposición fue desechada por el Tribual el 15 de mayo último, ordenándose el 7 de junio se despachara nuevo oficio, lo que se cumplió el 14 del mes de julio. Estos hechos constan en la certificación judicial acompañada por la propia recurrente. 2.-Recibido el segundo oficio que ordenaba la concesión de fuerza pública, luego de desechada la oposición del demandado, la Intendencia dio curso al lanzamiento con fecha. 27 de julio ppdo. 3.-Acompaña un memorándum firmado por el doctor Raúl Zapata Díaz, en el cual este expresa que en diciembre de 1966 convino verbalmen-te con la recurrente continuar pagando una renta más alta de la vigente, durante el año 1967 y que sólo posteriormente, en marzo de este año y una vez que ella fue notificada de desahucio respecto de la propiedad que arrendaba, la recurrente hizo efectivo el convenio a que se había llegado en cuanto debía dejar la propiedad el 31 de diciembre de 1966. Agrega que hizo dejación del inmueble el 27 de julio último. Cabe tener presente que, de acuerdo con las disposiciones legales per-tientes, la concesión del desafuero procede sólo cuando se ha establecido la existencia de hechos que revisten caracteres de delito y existen fundadas sospechas de que ha cabido en ellos una participación culpable al sindicado como responsable. En la especie, vuestra Comisión llegó a la conclusión de que, a la luz de los antecedentes tenidos a la vista, los hechos investigados no revisten caracteres delictivos. En efecto, de las pruebas aducidas por la propia recurrente se desprende en forma clara que existieron tramitaciones judiciales posteriores a la fecha de envío del primer oficio que ordenaba, el otorgamiento de fuerza pública para ejecutar el lanzamiento. Todavía más, el efecto que esta tramitación posterior pudo tener en el asunto contravertido determinó la remisión de un nuevo Oficio, que más que una reiteración, involucraba confirmar la resolución anterior en cuanto ella pudiese haber sido alterada o modificada por la oposición del demandante. El señor Intendente explica, además, que se dio la tramitación administrativa de rigor al primer oficio de concesión de fuerza pública, la que no siguió su curso por conocerse la posibilidad de un nuevo convenio en-tre las partes. Cabe tener presente también que da verosimilitud a la existencia de este convenio el hecho de que la recurrente haya dejado transcurrir más de dos meses antes de exigir el cumplimiento del avenimiento recaído en el juicio de desahucio, y sólo una vez que fue demandada también de desahucio. Por último, es importante considerar que, luego de recibido el segundo Oficio, el señor Intendente le dio inmediato curso, siendo restituida la propiedad a la recurrente el 27 de julio pasado. La suma de estos hechos permite establecer la inexistencia de una conducta maliciosa en el señor Intendente, funcionario que ha estado en la posición de dar cumplimiento al fallo judicial y que no ha ejecutado acto personal en contrario, ya que la demora que pudo producirse -ello siempre y cuando se relacione la afirmación con el primer Oficio de fuerza pública,-se debió a una prolongación de la discusión entre las partes, fundada o no, ajena en todo caso a la voluntad y conducta del señor Intendente. En consecuencia, no hay fundamento para estimar que de parte del funcionario afectado no se ha prestado la debida cooperación a la administración de justicia, por lo cual no procede conceder el desafuero. En mérito de lo expuesto, la unanimidad de vuestra Comisión tiene a honra proponeros que rechacéis la petición de desafuero del señor Intendente de Santiago, don Sergio Saavedra Violler, formulada por doña. Eliana Gálvez Dávila. Sala de la Comisión, a 22 de agosto de 1967. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Chadwick (Presidente), Aylwin, Juliet, Sepúlveda y de la señora Campusano. (Fdo.) : Jorge Tapia Valdés, Secretario. 33 MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR PABLO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE COIHUECO PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. Proyecto de ley: "Artículo 1º-Autorízase a la Municipalidad de Coihueco para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, que produzcan hasta la suma de cuatrocientos mil escudos (Eº 400.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años. Artículo 2º Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos, ni lo dispuesto en el artículo 71, inciso segundo, de la ley Nº 11.860. Artículo 3º-El producto del o los empréstitos autorizados contratar por la presente ley, deberá ser invertido en la ejecución de las siguientes obras: Eº 100.000 para ampliación y reparación del Estadio Municipal de Coihueco, adquisición y habilitamiento de terrenos en sectores rurales de la comuna, para nuevos campos deportivos. Eº 100.000 para extensión, mejoramiento y mantención de la. Red Eléctrica y Alumbrado Público de Coihueco, e instalación de alumbrado público en sectores poblados rurales de la comuna. Eº 100.000 para reparación y mantención de caminos comunales y adquisición de elementos mecánicos para este efecto. E° 80.000 para pavimentación de veredas y construcción de veredas y soleras en el pueblo de Coihueco, sectores rurales poblados de la comuna y adquisición de elementos mecánicos para este efecto. e) Eº 20.000 para la construcción de un nuevo Matadero Municipal en Coihueco. Artículo 4º-Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contrate la Municipalidad de Coihueco, el rendimiento de las respectivas tasas parciales sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna, establecidas en las letras d) y e) del Decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley Nº 15.021. Artículo 5º-La Municipalidad indicada, en sesión extraordinaria especialmente citada, y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una, si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. Artículo 6º-En caso de no contratarse el o los empréstitos, la Municipalidad de Coihueco podrá girar con cargo al rendimiento del tributo establecido en el artículo 4º para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 3º y hasta la total ejecución de las mismas. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeren por un monto inferior al autorizado. Artículo 7°-Si los recursos a que se refiere el artículo 4º fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad de Coihueco completará las sumas necesarias con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de los personales de empleados y obreros municipales correspondientes. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordare ella misma en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio. Artículo 8º-El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Coihueco, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Artículo 9º-La Municipalidad de Coihueco despositará en la cuenta de depósito fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad mencionada deberá consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley". (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. 34 MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR AHUMADA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DENOMINA HOSPITAL DOCTOR JULIO SEPULVEDA URRUTIA AL HOSPITAL REGIONAL DE SAN FERNANDO. Una de las personalidades más importantes de la tierra colchagüina fue el Dr. Julio Sepúlveda Urrutia. Durante más de cincuenta y cinco años, don Julio Sepúlveda estuvo vinculado a las más diferentes instituciones, en el orden público y privado, que sirven a la col-actividad. De esta manera, fue cirujano del Hospital de San Fernando, y su director durante muchos lustros, dejando diariamente, en cada actuación solidaria, su exquisita calidad humana al servicio de los pobres, de los desvalidos. Fue fundador, en el año 1920, de la Cruz Roja de San Fernando y trabajó en esta altruista institución, sea atendiendo en sus consultorios médicos, sea formando personal de enfermería, con alto espíritu humanitario y de amor a sus semejantes. En idéntica forma, contribuyó al desenvolvimiento del .Cuerpo de Bomberos, donde, con singular acierto, organizó varias compañías. Perteneció a la Segunda de ellas, donde prestó su colaboración como cirujano y director honorario. Asimismo, el Rotary Club y otras instituciones privadas, especialmente el Club de Fútbol Colchagua, contaron con su asistencia y colaboración en forma permanente, pues participaba en los trabajos y reuniones periódicas. Por estas grandes y bellas condiciones humanas, trasunto de su alma de médico de los humildes y los pobres de Colchagua, vengo en presentar el siguiente Proyecto de ley: "Denomínase, a contar de la aprobación de la presente ley, al Hospital Regional de San Fernando, del Servicio Nacional de Salud, con el siguiente nombre: "Hospital Doctor Julio Sepúlveda Urrutia."." (Fdo.) : Hermes Ahumada Pacheco. 35 MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR BOSSAY CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA REVALORIZACION DE PENSIONES DETERIORADAS DE LA CAJA DE PREVISION DE LA MARINA MERCANTE Y LA COMPATIBILIZA CON LOS REAJUSTES. Honorable Senado: En la Caja Central de Previsión de la Marina Mercante existe un alto porcentaje de pensiones de jubilación y montepío que sufre un fuerte deterioro, producido por muchos años sin compensación y sólo con ocasionales y discontinuos reajustes notoriamente insuficientes; en especial porque faltó a la. Caja un mecanismo automático regular y adecuado, del cual dispuso sólo a partir de 1964, pues anteriormente los reajustes no se hacían. Desde 1944 se iniciaron cada tres años, y posteriormente, en 1955, cada dos años; pero fueron suspendidos por ley al año siguiente, y no se aplicaban a las pensiones superiores a tres vitales sino cuando, por su deterioro, el monto de ellas llegaba a ese límite y registraban una desvalorización superior al 50% de su monto original para los que jubilaron con pensiones iguales a seis vitales al decretarse aquéllas. Existe también otro porcentaje muchísimo más pequeño de jubilaciones que no está afectado, porque fueron obtenidas con sueldo íntegro y han venido teniendo reajustes regulares y periódicos cada vez que se ha modificado el sueldo vital, lo que ha impedido así su deterioro. Este contraste se debe a que, a contar desde 1964 y en virtud de disposiciones, más justas y equitativas, el monto de las pensiones se ha venido calculando sobre el término medio de los doce últimos meses de trabajo y se reajusta anualmente, como ya hemos dicho, en proporción al alza experimentada por el sueldo vital de Santiago. Como consecuencia de lo dicho, los que jubilaron desde 1964 no han tenido tampoco deterioro inicial en el cálculo de la pensión; en cambio, los que lo hicieron con anterioridad a esa fecha, sufrieron una pérdida de 50% o 25% a raíz del cálculo hecho sobre la base del promedio de los cinco o tres últimos años; y los que jubilaron en 1963, si bien es cierto que sufrieron el deterioro original, no han experimentado ningún otro en su pensión expresada en vitales, ya que anualmente sin ninguna excepción dispusieron del mecanismo automático de reajuste en proporción al alza experimentada por el sueldo vital de Santiago que ya hemos señalado. Para juzgar el gran desnivel existente entre uno y otro grupo basta considerar las siguientes cifras: Que los jubilados y montepiadas, hasta diciembre de 1963, suman 2.740; y los que lo hicieron con posterioridad a esa. fecha, hasta el 31 de diciembre de 1966, fueron 660. Por consigiuente, representan el 13,6% del grupo pasivo de nuestra Caja y disfrutan del 58% del total del pago de pensiones. Los que jubilaron con anterioridad a 1964 representan el 86,4% de la población pasiva de la Caja y disponen del 42% del total de los pagos. Para destacarlo en términos más claros todavía, podemos señalar que la pensión media del segundo grupo alcanza apenas, en 1966, a Eº 266.7, contra un promedio de Eº 778,3 por persona. Para lograr una nivelación, se hace indispensable también hacer compatible la revalorización con el reajuste de las pensiones, pues la revalorización consiste en cubrir el deterioro causado en el pasado y en reajustar el deterioro del último año. Hay, pues, que revalorizar y reajustar simultáneamente, sin que puedan refundirse, porque el reajuste es no sólo para los pasivos, sino también para el personal en servicio activo. Compensar estos deterioros de una vez, en una sola operación inmediata., como se hizo en 1944, al promulgarse la ley 7.759, constituiría, a no dudarlo, un acto de justicia, pero significaría un esfuerzo para la institución, que no es conveniente. Para lograr ese mismo objetivo en forma gradual, se propone un plan sexenal que permita la revalorización total sin esfuerzo para el Pondo Común de Beneficios. Eso resulta tanto más justificado cuanto que estamos contribuyendo con aportes generosos para coadyuvar a la revalorización de los imponentes del sector público; contribución anual que permitiría con desahogo revalorizar las nuestras, lo que se requiere con premura. Para conseguir estos objetivos, que constituyen una necesidad muy sentida e impostergable, hemos confeccionado el siguiente proyecto de ley, donde se proponen mecanismos adecuados, sin precisar de nuevos recursos. Diremos que el monto de las pensiones por revalorizarse durante 1967, que corresponde a los pensionados de jubilación y montepío concedidas con anterioridad al 1° de enero de 1964, alcanzaría a la suma de E9 9.629.135, que en un plan sexenal quedarán revalorizadas al 100%, ya que, simultáneamente, serán reajustadas de acuerdo con el alza del costo de la vida. Como hemos dicho, resulta una quimera nivelar pensiones deterioradas a nivel primitivo, si no se conjugan ambos mecanismos, pues, de lo contrario, no se logrará jamás el objetivo perseguido. Para este efecto, se revalorizarán cada año en un porcentaje que resulte de comparar el 15% de lo que produzca anualmente el mayor impuesto al flete establecido en la ley 11.859, lo que en el hecho importaría una revalorización equivalente al 16% del monto de las pensiones. Al poner en juego ambos mecanismos, se producirá la nivelación en el plazo fijado, dejará de aplicarse la revalorización y quedará el Fondo Común reforzado con ese aporte. Por las razones expuestas, se propone el siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1°-Suprímese la letra e) del artículoa 40 de la Ley 15.386 y reemplázase por la siguiente: "e) La Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional procederá anualmente a revalorizar las pensiones deterioradas concedidas con anterioridad a la promulgación de la ley 15.386 en aquella parte que no exceda de seis sueldos vitales escala a) de Santiago. Para este efecto se considerarán esas pensiones de jubilación y montepío expresadas en sueldos vitales escala a) en el momento de concederse el beneficio a decretarse la pensión. Al monto señalado se le agregará un 25% o un 50% de recargo, también expresado en sueldos vitales, por concepto del deterioro original producido por el promedio de 36 o 60 meses con que fue calculado el sueldo base. La revalorización se hará en el mes de noviembre de cada año, y el porcentaje de aplicación no podrá ser inferior al que resulte de la comparación del 15 % de lo que produzca anualmente el mayor impuesto al flete establecido en la ley 11.859 y el monto total de las pensiones a revalorizarse. La revalorización de estas pensiones será compatible con los reajustes que le correspondan en virtud de la letra d) del presente artículo." Agrégase la siguiente letra nueva: "f) Cuando anualmente algunas de las pensiones de jubilación y montepío que deban revalorizarse lleguen a tener un monto que, expresado en vitales vigentes en esa fecha, corresponda a los sueldos vitales y fracción de vitales con que obtuvo el beneficio, dejará de aplicarse la revalorización y solamente continuarán disfrutando de los reajustes anuales establecidos en la letra d) del presente artículo."." (Fdo.): Luis Bossay Leiva. 0|T. 2088 - Instituto Geográfico Militar - 1967