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- rdf:value = " 6.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA Y FINANCIA DIVERSAS OBRAS RECORDATORIAS DEL EX PRESIDENTEDON JUAN ANTONIO RIOS MORALES.
Honorable Senado:
Este proyecto de ley tuvo su origen en la H. Cámara de Diputados en una moción del H. Diputado señor Laemmermann, quien asistió a la sesión en que se trató esta materia.
El informe de la H. Comisión de Gobierno, permite la expropiación de la casa en que nació el señor Ríos, en la ciudad de Cañete, a objeto de instalar en ella un Museo Folklórico Araucano y una Escuela-Hogar que llevará su nombre.
Para este efecto se autoriza consultar fondos en la Ley Anual de Presupuestos y lanzar una emisión de estampillas postales que llevará la efigie del Presidente Ríos con sobretasa de veinte pesos (Eº 0,02).
La construcción de estas obras se encarga a la Dirección de Arquitectura de la Dirección General de Obras Públicas, las que se realizarán de acuerdo con el proyecto que elija una comisión, que para ese efecto se nombra, en un Concurso Nacional.
La Comisión de Hacienda discrepa del financiamiento dado a este proyecto. En primer lugar porque no se precisa el monto a que ascenderá la emisión de estampillas y, en seguida, porque teme que la sobretasa que se contempla sirva de base para una nueva alza del franqueo postal, pues de otro modo difícilmente podrá colocarse esa emisión salvo entre los filatélicos. Además, técnicamente es inconveniente la proliferación de emisiones postales, pues atentan contra el prestigio de Chile en estas materias.
En cambio, considera la Comisión que la obra que se propone tiene un alto contenido histórico y social y se justifica ampliamente financiarla con fondos presupuestarios, más aun cuando los que se requieren no representan una suma importante. Por esto la Comisión os propone contemplar una obligación presupuestaria de destinar a la Dirección de Arquitectura referida setenta mil escudos anuales durante cinco ejercicios presupuestarios.
La Comisión innovó también respecto a la idea de llamar a un concurso nacional para determinar el proyecto a realizarse, pues la experiencia de sus miembros indica que este método es poco operante. Por esto os proponemos que las obras a ejecutarse se hagan en conformidad a los planes y proyectos que confeccione el Ministerio de Educación, quien podrá asesorarse de una comisión que integrarán el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, el Rector de la Universidad de Concepción, el Alcalde de Cañete y el Director Provincial de Educación de Arauco.
En virtud de las consideraciones expuestas os proponemos aprobar el proyecto de ley contenido en el informe de la Comisión de Gobierno con las siguientes modificaciones:
Artículo 1°
Intercalar entre el apellido "Morales," y la preposición "en", lo siguiente: "ubicado en Cañete,".
El inciso segundo pasa a ser artículo transitorio, redactado en los términos que se indicará oportunamente.
Contemplar como inciso segundo, nuevo, el siguiente:
"El inmueble referido anteriormente tiene los siguientes deslindes:
Al Norte: Hijuela Nº 1, de don Virgilio Morales Vivanco; de por medio indígenas Fermín Viluñir, Antonio Neculpí; cerco de alambre, río Leiva, en parte, separado por la hijuela de Larroulet;
Al Este: río Leiva y Aníbal Gajardo separado en parte por arroyito;
Al Sur, con Aníbal Gajardo, separado en parte por arroyito, hijuela Nº 2 de doña Dolores Domínguez Ríos de Cerda, separado por línea estacada de este-oeste, cerco de alambre y arroyito en parte, y
Al Oeste: río Peleco, antes denominado Leiva, hijuela Nº 1 de don Virgilio Morales Vivanco, separada por línea trazada en el terreno con una inclinación de 34 grados al Oeste a partir de la estaca A. por plantaciones de pinos y camino vecinal y en parte, río Leiva."
Artículo 2º
Reemplazarlo por el siguiente:
"La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas tomará a su cargo las obras de construcción del Museo y Escuela de que trata el artículo anterior, en conformidad a los planes y presupuestos que confeccione el Ministerio de Educación, quien podrá asesorarse para tales efectos por una Comisión compuesta por el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, por el Rector de la Universidad de Concepción, por el Alcalde de Cañete y por el Director Provincial de Educación de Arauco."
Artículo 3º
Suprimirlo.
Artículo Transitorio.
Consultar como artículo transitorio el inciso segundo del artículo primero, redactado en los siguientes términos:
"Créase, por espacio de cinco años y a partir de 1968, en el presupuesto de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos del Ministerio de Educación Pública el ítem "09-05/1-29.6) Museo Folklórico Araucano y Escuela Hogar Juan Antonio Ríos Morales. Con cargo a este ítem se podrá pagar la expropiación que autoriza la ley y la construcción, habilitación y dotación de este Museo y Escuela Eº 70.000."
En conformidad a lo expuesto el proyecto de ley queda como sigue:
Proyecto de ley
"Artículo 1º-Declárase de utilidad pública y autorízase la expropiación del inmueble, o parte de él, en que nació el Presidente de la República, don Juan Antonio Ríos Morales, ubicado en Cañete, en el que se instalarán el Museo Folklórico Araucano y una Escuela Hogar que llevarán su nombre.
El inmueble referido anteriormente tiene los siguientes deslindes:
Al Norte: Hijuela, Nº 1 de don Virgilio Morales Vivanco; de por medio indígenas Fermín Viluñir, Antonio Nelcupí; cerco de alambre, río Leiva, en parte, separado por la hijuela de Larroulet;
Al Este: río Leiva y Aníbal Gajardo separado en parte por arroyito;
Al Sur: con Aníbal Gajardo, separado en parte por arroyito, hijuela Nº 2 de doña Dolores Domínguez Ríos de Cerda, separado por línea estacada de este-oeste, cerco de alambre y arroyito en parte, y
Al Oeste: río Peleco, antes denominado Leiva, hijuela Nº 1 de don Virgilio Morales Vivanco, separada por línea trazada en el terreno con una inclinación de 34 grados al Oeste a partir de la estaca A. por plantaciones de pinos y camino vecinal y en parte, río Leiva.
La expropiación se hará por la Dirección General de Obras Públicas y con el procedimiento que establece su Ley Orgánica.
Artículo 2º-La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas tomará a su cargo las obras de construcción del Museo y Escuela de que trata el artículo anterior, en conformidad a los planes y presupuestos que confeccione el Ministerio de Educación, quien podrá asesorarse para tales efectos por una Comisión compuesta por el Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos, por el Rector de la Universidad de Concepción, por el Alcalde de Cañete y por el Director Provincial de Educación de Arauco.
Artículo transitorio.-Créase, por espacio de cinco años y a partir de 1968, en el presupuesto de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos del Ministerio de Educación Pública el ítem "09-0511-29.6) Museo Folklórico Araucano y Escuela Hogar Juan Antonio Ríos Morales". Con cargo a este ítem se podrá pagar la expropiación que autoriza la ley y la construcción, habilitación y dotación de este Museo y Escuela
Eº 70.000."
Sala de la Comisión, a 18 de agosto de 1967.
Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Rodríguez (Presidente), Contreras Labarca, Bossay, Ibáñez y Pablo. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.
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