-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963/seccion/akn595963-po1-ds11
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963/seccion/akn595963-po1-ds11-ds13
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963/seccion/akn595963-po1-ds11-ds14
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963/seccion/akn595963-po1-ds11-ds12
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963/seccion/akn595963-po1-ds11-ds15
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- dc:title = "REESTRUCTURACION DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA."^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2623
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3539
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/321
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1224
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2097
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1151
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4403
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2435
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2864
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1071
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionParticular
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/aeronautica
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/direccion-general-de-aeronautica-civil
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/direccion-de-aeronautica-civil
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnParticularConModificaciones
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/comision-de-defensa-nacional
- rdf:value = " REESTRUCTURACION DE LA DIRECCION DE AERONAUTICA.El señor FIGUEROA (Secretario).-
En el primer lugar del Orden del Día, corresponde tratar los segundos informes de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda, recaídos en el proyecto de la Cámara de Diputados que modifica la estructura orgánica de la Dirección de Aeronáutica.
-El proyecto figura en los Anexos de la sesión 24ª, en 20 de julio de, documento N° 2; los primeros informes, en los de la sesión 34ª, en 23 de agosto de 1967, documentos N°s 4 y 5, y los segundos informes, en los de esta sesión, documentos N°s 7 y 8.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Defensa Nacional, en su segundo informe, hace presente que no han sido objeto de modificaciones ni indicaciones los siguientes artículos correspondientes al informe de la Comisión de Hacienda: 1º, 3º a 21, 23 a 26, 28 a 31, 33 y 1º a 8º transitorios.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En conformidad al Reglamento, se dan por aprobados.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, la Comisión de Defensa Nacional propone reemplazar, en el inciso segundo del artículo 2º del proyecto consignado en el informe de la Comisión de Hacienda, las palabras "en meteorología" por "perteneciente al Escalafón de Meteorólogos de la Dirección de Aeronáutica".
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe.
El señor AMPUERO.-
¿Es una indicación renovada, señor Presidente?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Se trata de una modificación propuesta por las Comisiones.
El señor CHADWICK.-
Y aceptada por unanimidad.
El señor AMPUERO.-
Es decir, se establece la exigencia, de pertenecer al escalafón de meteorólogos.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe en esta parte.
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, en el inciso primero del artículo 22, en punto seguido, la Comisión de Defensa Nacional propone agregar lo siguiente: "La Dirección de Aeronáutica proporcionará a la Fuerza Aérea de Chile el servicio de telecomunicaciones que esta institución le requiera".
El señor ALLENDE (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Cómo quedaría el artículo?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En los siguientes términos, señor Senador:
"Artículo 22.- Podrán ingresar a los cargos de las Plantas Directiva, Profesional y Técnica de la Dirección de Aeronáutica las personas que tuvieren el título de la respectiva especialidad otorgado por la Universidad de Chile y demás Universidades reconocidas por el Estado o por las Fuerzas Armadas, tanto del país como del extranjero. La Dirección de Aeronáutica proporcionará a la Fuerza Aérea de Chile el servicio de telecomunicaciones que esta institución le requiera."
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, la Comisión de Defensa Nacional propone aprobar el artículo 34 en los mismos términos en que lo ha propuesto la Cámara de Diputados. Por su parte, la Comisión de Hacienda propone rechazar el artículo.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor PABLO.-
Señor Presidente, el artículo 34 consigna la posibilidad de otorgar jubilación perseguidora a todos los funcionarios del Senado y de la Cámara de Diputados. Estimamos que el precepto no guarda relación con la materia central del proyecto. En seguida, este asunto, de suyo, debería haber sido objeto de un estudio especial. Por otra parte, en el primer informe de la Comisión de Hacienda del Senado, por unanimidad, se limitó este beneficio exclusivamente a los secretarios de comisiones y a los funcionarios que tuviesen sueldos iguales o superiores a los de aquéllos, siguiendo así el criterio establecido en el Estatuto Administrativo. Vale decir, se otorga este tipo de pensiones a los funcionarios de categoría igual o superior a la quinta.
En el segundo informe, a solicitud de los propios funcionarios que iban a ser beneficiados, o, por lo menos, de quienes los representaban, la Comisión de Hacienda, por unanimidad, rechazó en la mañana de hoy este precepto.
A nuestro juicio, si se desea innovar en esta materia, debemos abocarnos a un estudio especial; pero no debemos elaborar una legislación con mucha generosidad, porque con ello acentuaríamos cada vez más la situación de desnivel entre este personal y el resto de la Administración Pública.
El señor CHADWICK.-
La disposición que considera el Senado tiende a corregir una situación que discrimina injustamente en materia de jubilación del personal del Congreso Nacional. Está en vigencia un precepto de ley que establece distinciones al respecto: aquellos que enteraron treinta años de servicios entre 1963 y 1964 tienen derecho a jubilar con la totalidad de sus remuneraciones, y a reajustarlas con relación a los sueldos que gana el personal en el desempeño de las funciones respectivas. No se comprende por qué aquellos que habían alcanzado esa situación tienen un mejor derecho, una causa más legítima para mantener la integridad de sus ingresos una vez que han pasado a la condición pasiva de jubilados, mientras quienes llegan a cumplir la misma condición con posterioridad a ese precepto legal, quedan sometidos a la limitación de los ocho sueldos vitales. Estimo que en esta materia se acepta muy ligeramente el juicio de que sólo algunos pueden tener reajuste en sus jubilaciones, en circunstancias de que, en el fondo, el régimen previsional debe estar a salvo de la desvalorización monetaria. Por lo demás, se financia con recursos de los cuales se priva al respectivo imponente, para asegurarle relativo bienestar en los años de vejez.
Es especialmente grave la limitación en cuanto a las pensiones de montepío, en que llega a ser ridícula la ayuda que, finalmente, reciben las viudas, las hijas solteras y los hijos menores. A mi juicio, debemos corregir este abuso, que no otra cosa significa dar a unos algo que se niega a otros.
El señor PABLO.-
Son beneficios parejos, señor Senador: 80% para todos los funcionarios, con la sola excepción de los jefes de escalafón.
El señor CHADWICK.-
No, señor Senador.
El señor PABLO.-
Ese fue el informe que se nos dio esta mañana en la Comisión.
El señor CHADWICK.-
La estricta verdad parece ser que hay aquí dos situaciones diferentes: la de aquellos que tenían treinta años de servicios cumplidos cuando se dictó la disposición legal a que me referí, y la de quienes no han enterado ese lapso o lo enterarán con posterioridad a esa fecha. Entonces, la disposición que se propone tiende a corregir esta diferencia que nada, justifica. Entiendo que se trata de esa disposición.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En realidad, ésta es la indicación que presentó Su Señoría en la Comisión, pero fue rechazada. En estos momentos se trata de si se establece o no se establece la jubilación perseguidora para todos los funcionarios del Congreso Nacional.
El señor CHADWICK.-
¿No se trata de mi indicación?
El señor FIGUEROA.-
No, señor Senador. La indicación de Su Señoría fue rechazada en la Comisión.
El señor CHADWICK.-
Lamento que así haya sido, pues mediante esa indicación se hacía justicia a determinados funcionarios.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Entiendo que fue rechazada sólo en forma, transitoria, para dar lugar a un estudio más acabado. Vale decir, no se desechó la idea de legislar al respecto. Me parece que sería oportuno elaborar un proyecto especial al respecto, y no encajar estos asuntos en iniciativas que contienen otras materias, con lo que se sientan precedentes que después nos inhiben para plantear observaciones de orden reglamentario.
Creo que la tesis de la Comisión de Hacienda ha sido muy justificada.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe de la Comisión en esta parte.
El señor CHADWICK.-
Con mi abstención.
El señor AMPUERO.-
Excúseme, señor Presidente; pero creo que hay una confusión.
¿Se aceptaría el informe de la Comisión de Hacienda, vale decir, la eliminación de toda referencia al personal del Congreso?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Exacto, señor Senador.
El señor AMPUERO.-
Entonces, que quede constancia de nuestro voto en contrario.
Del señor BARROS.-
Del mío también, señor Presidente.
El señor PABLO.-
Ya estaba proclamada la votación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Queda aprobado el informe y se deja constancia, de los votos contrarios de la Honorable señora Campusano y de los Honorables señores Ampuero, Chadwick, Barros y Contreras Tapia.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, la Comisión de Defensa Nacional propone rechazar el artículo 35, que dice:
"Los mayores descuentos que se hubieren efectuado al personal en retiro del Cuerpo de Carabineros de Chile para el reintegro de los fondos percibidos por concepto de desahucio, le serán devueltos por la Caja de Previsión de Carabineros cuando dichos descuentos excedieren a las sumas percibidas por este beneficio.
"En el caso de que, a la, fecha de dictación de la presente ley, el imponente afecto a esta disposición hubiere fallecido, sus beneficiarios percibirán las sumas respectivas."
-Se aprueba el informe en esta parte, con el voto en contra del señor Barros.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, la Comisión de Defensa Nacional propone agregar los siguientes artículos nuevos:
"Artículo 35.- Agrégase en el artículo 3º del D.F.L. 118, de 1960, el siguiente inciso, como segundo:
"No obstante, en el caso de existir plazas de Tenientes del Escalafón masculino de Orden y Seguridad no llenadas por las causales indicadas en el inciso anterior, la Dirección General de Carabineros quedará facultada para dispensar a los Subtenientes del solo requisito de tiempo en el grado para los efectos de disponer su promoción al grado superior."
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Defensa propone agregar el siguiente artículo 36, nuevo:
"Auméntase en un Ayudante segundo la Planta de la Oficina de Informaciones del Senado.
"El mayor gasto que demande lo dispuesto en el inciso anterior se imputará al ítem 02/01/02 del Presupuesto del Senado."
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Con relación al artículo 3º, queremos dejar constancia, para la historia de la ley, de que cuando la Comisión de Defensa Nacional determinó las atribuciones de la Dirección de Aeronáutica, como son autorizar el establecimiento y funcionamiento de los aeródromos en el territorio nacional, clasificarlos de acuerdo con su uso y destino y determinar las condiciones de su operación; controlar y fiscalizar los aeródromos públicos y privados, y administrar los públicos de dominio fiscal; organizar y controlar el tránsito aéreo en el país, consideró que ello era sólo para los efectos técnicos de ese servicio. En ningún momento hemos querido inhibir en sus atribuciones orgánicas a otros organismos fiscales, como el servicio de Aduanas, el cual debe tener plena actividad en el desarrollo de sus funciones propias para el movimiento de pasajeros y mercaderías.
He querido hacer esta aclaración para los efectos de que no haya interferencias entre las atribuciones que el artículo 3º entrega a la Dirección de Aeronáutica, y las de otros servicios, como el de Aduanas.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ofrezco la palabra sobre el artículo 36.
El señor FONCEA.-
Muchas veces he presentado indicaciones respecto de las cuales el presidente de la Comisión respectiva o la Mesa del Senado han manifestado que ellas no guardan relación alguna con la idea matriz de algún proyecto.
El señor CHADWICK.-
Lo dice el artículo 101 del Reglamento.
El señor FONCEA.-
Quiero saber si ese criterio se aplica a todas las indicaciones o sólo a las de algunos parlamentarios. Muchas veces han declarado improcedentes algunas indicaciones que he presentado.
Ahora no veo la relación existente entre la Oficina de Informaciones del Senado y la Dirección de Aeronáutica.
Si en este proyecto es posible incluir toda clase de indicaciones, debería habérsenos comunicado, pues tengo una serie de proposiciones que no he podido incluir en ningún proyecto.
En relación con esta materia, veo que existe una especie de libre pensamiento.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
En realidad, fue en la Comisión de Defensa Nacional, de la cual formo parte, donde se propuso este artículo.
A mi juicio, la Oficina de Informaciones del Senado presta útiles servicios a la Corporación y a todos los señores Senadores en particular. De allí que no veamos obstáculo alguno para satisfacer la solicitud que formula esa Oficina a fin de actuar de manera aún más expedita y beneficiosa en servicio de los Senadores.
El señor FONCEA.-
Como la Mesa tiene atribuciones para declarar improcedente este artículo, me agradaría que hiciera uso de ellas.
El señor ALLENDE (Presidente).-
A mi juicio, el señor Senador tiene razón. Lo único que quiero hacer presente es que esa indicación obedece a un acuerdo de la Comisión de Policía Interior, tomado ante la imperiosa necesidad de que esa Oficina cuente con otro funcionario. Desde el punto de vista estrictamente reglamentario, el señor Senador tiene razón. Por lo tanto, declaro improcedente el artículo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Como artículo 9° transitorio, la Comisión de Defensa propone agregar el siguiente:
"Al personal de la Junta de Aeronáutica Civil, a que se refiere el artículo 29 del D.F.L. 241, de 1960, le serán íntegramente aplicables las disposiciones del D.F.L. 209, de 1953, la ley 12.856, de 1958, y las disposiciones sobre Medicina Preventiva del personal de la Defensa Nacional."
-Se aprueba.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Terminada la discusión del proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595963/seccion/akn595963-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/ley-16752