-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595965/seccion/akn595965-po1-ds20-ds22
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2346
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2864
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2346
- rdf:value = " El señor GOMEZ.-
En la práctica se vio que esta ley adolecía de defectos. El legislador quiso que ella produjera el desarrollo industrial del departamento de Iquique, pero no quedó bien redactada. Por ejemplo, exigía el certificado de necesidad para importar materias primas a Iquique, certificado en el cual debía constar que en el país no se producían esa^ materias primas y elementos en la cantidad y calidad necesarias. Este tropiezo de tipo burocrático impidió que las actividades de ese departamento se desenvolvieran al amparo de ese cuerpo legal. Por eso, la ley 12.937 no rindió frutos: no se instala-ron nuevas industrias, como se esperaba. Ahora se corrige esta situación.
Es precisamente el Gobierno quien ha propuesto enmendar esas disposiciones. Las enmiendas patrocinadas por el Ejecutivo fueron discutidas por el Ministro señor Carmona y el Secretario de la Comisión Coordinadora de la Zona Norte con personeros de Iquique. Se concluyó en la necesidad de plantear esas modificaciones en este proyecto.
Se utilizó una iniciativa de ley antigua, destinada a encarar el problema de las plantas elaboradoras de harina y aceite de pescado, para agregar todas estas indicaciones. Ello porque lo relativo a la industria pesquera fue resuelto en otra iniciativa. Aquí no queda nada concerniente a esa industria. Simplemente se aprovechó el chasis, por así decirlo, de ese otro proyecto, para abordar las enmiendas que necesita Iquique con relación a la ley 12.937.
Por consiguiente, el artículo 1° en debate modifica los alcances de dicho cuerpo legal.
Si el Honorable señor Foncea tiene a bien leer en el informe la comparación entre el texto anterior y el nuevo, se podrá dar cuenta cabal de las diferencias entre la ley primitiva y la que resultará con las enmiendas propuestas por el Gobierno. Figura en la página 43 del segundo informe de la Comisión de Economía.
Aunque soy Senador de Oposición, concuerdo con estas disposiciones.
El señor FONCEA.-
¡Tremenda gracia!
El señor GOMEZ.-
¿Por qué lo dice, señor Senador?
Este problema es ajeno a las diferencias entre Oposición y Gobierno, pues sólo pretende corregir una legislación defectuosa.
Además, se regulariza lo referente a los plazos. La ley mencionada expiraba en 1973. Ahora se fija un nuevo plazo de quince años, a partir de la vigencia de la ley en proyecto.
Entre las enmiendas al artículo 1°, la fundamental es la que suprimía la obligación del certificado de necesidad para la importación de las materias primas indispensables para Iquique.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595965/seccion/akn595965-po1-ds20
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595965