. "PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTISTAS PROFESIONALES."^^ . . . . " 2.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTISTAS PROFESIONALES. \nProyecto de ley: \n\"Art\u00EDculo 1\u00B0-Cr\u00E9ase un Registro Nacional de Transportistas Profesionales, que deber\u00E1 llevar la Subsecretar\u00EDa de Transportes del Ministerio de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n, y en el cual se inscribir\u00E1n las personas naturales o jur\u00EDdicas que ejerzan habitualmente la actividad del transporte de mercader\u00EDas ajenas, en veh\u00EDculos automotores de carga, conforme a lo dispuesto en el T\u00EDtulo V del C\u00F3digo de Comercio, en las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos. \nArt\u00EDculo 2P-La inscripci\u00F3n deber\u00E1 hacerse en el Registro Nacional de Transportistas Profesionales, a cuyo cargo estar\u00E1 una Comisi\u00F3n compuesta por: el Subsecretario de Transportes, que la presidir\u00E1; el Presidente del Club de Seguridad en el Tr\u00E1nsito, y dos representantes de la Asociaci\u00F3n Nacional de Due\u00F1os de Camiones. \n. Art\u00EDculo 3 . . . . "2.-"^^ .