REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 51ª, en jueves 14 de septiembre de Especial. (De 11.12 a 12.58). PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES SALVADOR ALLENDE GOSSENS, PRESIDENTE; LUIS FERNANDO LUENGO ESCALONA, VICEPRESIDENTE, Y SERGIO SEPULVEDA GARCES, PRESIDENTE ACCIDENTAL, SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO. INDICE. Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESION III.- LECTURA DE LA CUENTA Proyecto de ley, iniciado en moción de] señor Rodríguez, sobre empréstitos para la Municipalidad de Los Lagos. (Se aprueba) 3089 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Valdivia. (Se aprueba) 3089 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de La Unión. (Se aprueba) 3088 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Purranque. (Se aprueba) 3090 Proyecto de ley, iniciado en moción del señor Pablo, sobre empréstitos para la Municipalidad de Los Alamos. (Se aprueba) 3090 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de San Esteban. (Se aprueba) 3090 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Algarrobo. (Se aprueba) 3090 Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza a la Municipalidad de La Calera para contratar empréstitos. (Se aprueba) 3091 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Curacaví, Quilicura y Lampa. (Se aprueba) 3091 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Quinta Normal para contratar empréstitos. (Se aprueba) 3091 Observaciones al proyecto de ley sobre empréstitos para las Municipalidades de Rauco, Romeral y Hualañé. (Queda despachado el proyecto) 3091 Observaciones al proyecto de ley sobre empréstitos para la Municipalidad de Zapallar. (Queda despachado el proyecto) 3092 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Villa Alemana. (Se aprueba) 3092 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre empréstitos para la Municipalidad de Talagante. (Se aprueba) 3094 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre impuestos a los pasajes aéreos a Punta Arenas. (Se aprueba en general) 3095 Proyecto de ley, iniciado en moción del señor Enríquez, sobre organización de planes de estudio de las Escuelas de Química y Farmacia y de Odontología de la Universidad de Concepción. (Se aprueba) 3097 Proyecto de ley, en cuarto trámite, sobre franquicias de internación para elementos destinados a la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas. (Queda despachado el proyecto en este trámite) 3098 Proyecto de ley, en segundo trámite sobre liberación de impuestos para los suplementeros. (Se aprueba) 3099 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre carreras hípicas a favor del Club de Deportes Yugoslavenski Sokol, de Antofagasta. (Se aprueba) 3099 Proyecto de ley, iniciado en moción del señor Jaramillo Lyon, sobre indemnización a los asignatarios del personal de la Aviación Civil fallecidos a consecuencia de un acto del servicio de vuelo. (Se aprueba) 3101 Proyecto de ley, iniciado en moción del señor Maurás, sobre jubilación de empleados del Cable West Coast of America Telegraph Co. de Chile. (Se aprueba) 3101 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre franquicias de internación para elementos destinados al Club Musical Eleuterio Ramírez, de Valdivia, (Se aprueba) 3107 Proyecto de ley, en segundo trámite, que condona deudas de agua potable a diversos establecimientos y poblaciones. (Se aprueba en general) 3107 Proyecto de ley, en segundo trámite, que destina recursos para Centro de Atención Médica Rural de Peralillo y Hospital de Chimbarongo. (Se aprueba) 3112 Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre transferencia de viviendas adquiridas por la Dirección General de Carabineros. (Se aprueba) 3114 Anexos. DOCUMENTOS: 1.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el nuevo Capítulo IV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio 3116 2.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el nuevo Capítulo IV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio 3117 3.- Informe de la Comisión de Educación Pública recaído en el proyecto que crea el Colegio de Bibliotecarios 3126 4.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones al proyecto que exime de impuestos las funciones del Teatro del Cuerpo de Bomberos de Ancud 3134 5.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que libera de derechos de internación a elementos destinados a la Parroquia de San Juan Evangelista, de Lota 3135 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Ahumada, Hermes; Altamirano, Carlos; Allende, Salvador; Ampuero, Raúl; Aylwin, Patricio; Barros, Jaime; Campusano, Julieta; Castro, Baltazar; Contreras, Víctor; Curtí, Enrique; Chadwick, Tomás; Duran, Julio; Enríquez, Humberto; Ferrando, Ricardo; Foncea, José; Gómez, Jonás; González M., Exequiel; Gormaz, Raúl; Ibáñez, Pedro; Jaramillo, Armando; Luengo, Luis F.; Miranda, Hugo; Musalem, José; Noemi, Alejandro; Pablo, Tomás; Prado, Benjamín; Reyes, Tomás; Rodríguez, Aniceto; Sepúlveda, Sergio; Tarud, Rafael; Von Mühlenbrock, Julio. Concurrió, además, el Ministro de Salud Pública. Actuó de Secretario, el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Daniel Egas Matamala. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 11.12, en presencia de 13 señores Senadores. El señor ALLENDE (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- LECTURA DE LA CUENTA. Informes. El señor ALLENDE (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios. Cuatro de la Honorable Cámara de Diputados. Con el primero, comunica que ha tenido a bien aprobar, con la modificación que indica, el proyecto de ley, remitido por el Senado, que beneficia por gracia, a don Waldo Vila Silva. -Queda para tabla. Con los tres siguientes, comunica que ha aprobado igual número de proyectos de ley que benefician, por gracia, a las siguientes personas: Chateauneuf Duhalde, Alfredo Muñoz Arancibia, Lidia del Carmen, y Venegas Carvacho, Berta. -Pasan a la Comisión de Asuntos de Gracia. Siete de los señores Ministros de Obras Públicas, Agricultura y Salud, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Aguirre (1), Ampuero (2), Jaramillo (3), Luengo (4) y Rodríguez (5): 1) Posta para Tucapel Crédito para agricultores de Bulnes, y Obras de adelanto en Chillán. 2) Plano regulador de Iquique. 3) Alcantarillado para Lolol. 5) Camino entre Traiguén y Victoria., y 6) Camino entre río Pato y Las Marcas, en Puerto Montt. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Uno de la Comisión de Relaciones Exteriores y otro de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de acuerdo, remitido por la Honorable Cámara de Diputados, que aprueba el nuevo Capítulo IV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, relativo al comercio y desarrollo. (Véase en los Anexos, documentos 1 y 2). Uno de la Comisión de Educación Pública, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Teitelboim, que crea el Colegio de Bibliotecarios. (Véase en los Anexos, documento 3). Dos de la Comisión de Hacienda, recaídos en los siguientes asuntos: 1.- Observaciones, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que exime de impuestos a las funciones que se realicen en el Teatro del Cuerpo de Bomberos de Ancud. (Véase en los Anexos, documento 4). 2.- Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que libera de derechos la internación de elementos destinados a la parroquia de San Juan Evangelista, de Lota. (Véase en los Anexos, documento 5). -Quedan para tabla. IV.- ORDEN DEL DIA. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE LOS LAGOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto iniciado en moción del Honorable señor Rodríguez que autoriza a la Municipalidad de Los Lagos para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar, por unanimidad, el proyecto contenido en el informe. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 39ª, en 2 de agosto de 1966, documento N° 15, y el informe, en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre dez documento Nº 3. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE DE VALDIVIA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de Valdivia para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 46ª, en 12 de septiembre de, documento Nº 10 y el informe, en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento Nº 4. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA UNION. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de La Unión para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 46ª, en 12 de septiembre de, documento Nº 11 y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de , documento N° 8. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Celebro mucho la forma de confeccionar la tabla, colocando en los primeros lugares las iniciativas referentes a empréstitos municipales. Ruego, sí, al señor Secretario advertir a la Sala los "injertos" de que hemos reclamado. El señor ALLENDE (Presidente).- Los "colgajos". El señor GONZALEZ MADARIAGA.- A su vez, sería conveniente repetir tal recomendación a los Secretarios de Comisiones. Votaremos con satisfacción las iniciativas que autorizan a distintas municipalidades para contratar empréstitos. Reitero: no queremos ser sorprendidos con indicaciones abusivas. El señor ALLENDE (Presidente).- Tenga la seguridad, señor Senador, de que todos los proyectos en tabla referentes a empréstitos municipales no contienen materias extrañas a ellos. -Se aprueba en general y particular el proyectó. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE PURRANQUE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de Purranque para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 43ª, en 16 de agosto de 1966, documento Nº 6 y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento Nº 9. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE LOS ALAMOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto iniciado en moción del Honorable señor Pablo, que autoriza a la Municipalidad de Los Alamos para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa tal como se propone en el informe. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 40ª, en 5 de septiembre de, documento Nº 7, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento Nº 5. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN ESTEBAN. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de San Esteban para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 66ª, en 8 de septiembre de 1966, documento Nº 2, y el informe, en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento Nº 6. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de Algarrobo para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 70ª, en 13 de septiembre de 1966, documento Nº 5, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento N° 7. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CALERA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de La Calera para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 14ª, en 4 de julio de, documento Nº 2, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de , documento Nº 10. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LAS MUNICIPALIDADES DE CONCHALI, MAIPU, CURACAVI, QUILICURA Y LAMPA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a las Municipalidades de Conchalí, Maipú, Curacaví, Qui-licura y Lampa para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 46ª, en 12 de septiembre de, documento Nº 15, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de , documento Nº 12. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de Quinta Normal para contratar empréstitos. La Comisión recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 46ª, en 12 de septiembre de, documento Nº 9, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento Nº 13. -Se aprueba en general y particular el proyecto. EMPRESTITOS PARA LAS MUNICIPALIDADES DE RAUCO, ROMERAL Y HUALAÑE.- VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, recaído en las observaciones, en segundo trámite, al proyecto que autoriza a las Municipalidades de Rauco, Romeral y Hualañé para contratar empréstitos. La Cámara aprobó las observaciones. La Comisión, por tres votos contra uno, propone rechazarlas. Cualquier resolución que adopte el Senado, no surtirá efecto. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 1º, en 3 de octubre de 1966, documento Nº 9; el informe en los de la Sesión 18ª, en 11 de julio de, documento Nº 18; las observaciones en los de la Sesión 46º, en 12 de septiembre de, documento N° 5, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de , documento Nº 15. - Se aprueba el informe. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ZAPALLAR.- VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, recaído en la observación, en segundo trámite, al proyecto que autoriza a la Municipalidad de Zapallar para contratar empréstitos. La observación del Ejecutivo consiste en suprimir en el artículo 2º, que se refiere a la facultad otorgada al Banco del Estado para tomar el empréstito, la frase que dice "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos". La Cámara aprobó la observación. La Comisión, por tres votos contra uno, recomienda rechazarla. Cualquier resolución que adopte el Senado, no surtirá efecto. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 66ª, en 8 de septiembre de 1966, documento Nº 1; el informe en los de la Sesión 8º, en 14 de jimio de, documento Nº 3; las observaciones en los de la sesión 27º, en 1° de agosto de , documento Nº 5, y el informe en los de la Sesión 49ª, en 13 de septiembre de , documento N° 16. -Se aprueba el informe. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Segundo informe de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza a la Municipalidad de Villa Alemana para contratar empréstitos. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 27ª, en 1º de agosto de, documento Nº 9, el primer informe en los de la Sesión 34ª, en 23 de agosto de, documento Nº 2, y el segundo informe en los de la Sesión 49, en 13 de septiembre de , documento Nº 17. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión, en este segundo informe, hace presente que no han sido objeto de modificación ni de indicación los artículos 2º y 10. El señor ALLENDE (Presidente).- De conformidad con el Reglamento, quedan aprobados. El señor FIGUEROA (Secretario).- En seguida, la Comisión propone reemplazar el artículo 3º por el siguiente: "El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines: Escudos "1.- Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para la extensión de la red de agua potable 80.000 "2.- Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para la extensión del alcantarilla do 80.000 "3.- Extensión del alumbrado público 80.000 "4.- Adquisición de camiones para el aseo 60.000 "5.- Obras en el Estadio Municipal 60.000 "6.- Aporte para construcciones escolares y adquisición de banda instrumental para el Liceo Fiscal 40.000 "7.- Obras en la localidad de Peñablanca 200.000 Total Eº 600.000." -Se aprueba la enmienda. El señor FIGUEROA (Secretario).- Ha llegado a la Mesa, respecto de esta iniciativa, una indicación renovada, con la firma de los Honorables señores Von Mühlenbrock, Contreras Tapia, Jaramillo, Chadwick, Ampuero, Barros, Foncea y Aylwin, y de los Honorables señores Noemi y González Madariaga para los efectos reglamentarios, que establece un artículo nuevo, que dice: "El personal de empleados de la Planta Municipal de Teléfonos de Arica, no se considerará para el cálculo del porcentaje a que se refiere el artículo 35 de la ley Nº 11.469." El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor AMPUERO.- Deploré mucho no poder defender personalmente en el organismo técnico la indicación que formulé a solicitud de la Ilustre Municipalidad de Arica. Pido a los señores Senadores innovar respecto de lo que plantea el informe, con el objeto de aceptar la indicación que me he permitido renovar con las firmas reglamentarias. En Arica existe una planta telefónica de carácter municipal, tal vez la única que posee tal calidad, cuyo personal era considerado, hasta hace muy pocos años, como empleados particulares. Sin embargo, en virtud de una ley -cuyo número no recuerdo en este momento- se incorporó a esos funcionarios a la planta del municipio. En estas condiciones, el problema tiende, progresivamente, a acentuarse, porque lo natural es que aumente la capacidad de la planta telefónica y, con ello, la necesidad de mayor número de personas para atenderla. En esta forma, se va copando el porcentaje presupuestario que la municipalidad puede dedicar a sueldos y salarios, en desmedro de la planta propiamente municipal, que debe atender servicios de carácter urbanístico. Así hemos llegado a que, en la actualidad, existen trece cargos vacantes en los servicios administrativos de la municipalidad, y estas vacantes aumentarán hasta llegar a quince el próximo año, pero no pueden ser llenadas, porque, al hacerlo, se excedería el tope fijado por la ley para los empleados propios de la municipalidad. En otras palabras, mientras crece la planta de empleados que atiende la empresa telefónica, debe irse restringiendo el número de funcionarios encargados de atender los servicios habituales de todo municipio. Por lo dicho, se ha formulado indicación tendiente a separar la administración municipal propiamente dicha, de lo que es atención de la planta telefónica. En el fondo, esta última constituye una empresa comercial anexa al municipio, el cual tiene exigencias absolutamente diferentes en cuanto a la calidad del personal, a sus funciones y al número de empleados. Aparte lo señalado, debe considerarse el crecimiento de la ciudad, la que, en 1952, era una aldea de quince mil habitantes. En la actualidad, su población pasa de sesenta y cinco mil almas. Ello permite comprender mejor el apremio con que la Municipalidad de Arica recaba del Congreso las normas legales necesarias para modificar la actual situación en cuanto se refiere a normalizar su planta de empleados. Por las razones que dejo expuestas, ruego a mis Honorables colegas aceptar la indicación, la cual, según entiendo, fue desestimada en la Comisión debido exclusivamente a la falta de antecedentes oportunos. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- He suscrito la indicación del Honorable señor Ampuero para los efectos reglamentarios. Ahora he escuchado atentamente las explicaciones del señor Senador respecto del servicio público, de mucha importancia, proporcionado por la Municipalidad de Arica con carácter nacional, lo que es de celebrar. Por eso, debo manifestar mi conformidad con la indicación en sus líneas generales. La votaré favorablemente, pero advierto que el problema merece ser estudiado posteriormente por la autoridad. Una planta telefónica, si bien está destinada a proporcionar un importante servicio público, no puede suministrarlo en forma gratuita; debe ser considerada como una empresa comercial y, en consecuencia, producir utilidades. En principio, la municipalidad propietaria de estas instalaciones no debe perseguir la obtención de utilidades cuantiosas, pero sí velar por que los ingresos sean suficientes para costear el servicio. Por lo mismo, la planta telefónica de Arica debería estar constituida en empresa autónoma dentro de la municipalidad. Así no sería necesario legislar en el sentido propuesto por la indicación que votamos. Con todo, como dije, votaré a favor de la indicación, mientras la autoridad propone, más adelante, una solución definitiva a la situación creada a la Municipalidad de Arica. -Se aprueba el proyecto, con la indicación del señor Ampuero. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE TALAGANTE. El señor FIGUEROA (Secretario).- En seguida, corresponde tratar el proyecto de la Cámara de Diputados sobre empréstito a la Municipalidad de Talagante. -El proyecto figura en los Anexos de la Sesión 37ª, en 30 de agosto de , documento Nº 3, y el informe, en los de la Sesión 43ª, en 4 de septiembre de , documento Nº 1. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Gobierno Interior, en informe suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Aguirre Doolan, Chadwick y Luengo, recomienda aprobar el proyecto con las enmiendas consignadas en dicho informe. Ha llegado a la Mesa una indicación del Honorable señor Luengo, tendiente a introducir modificaciones al artículo 3° del proyecto. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión general. Ofrezco la palabra. El señor LUENGO.- La indicación que he formulado tiene por objeto modificar la destinación de los fondos que la Municipalidad de Talagante obtenga por medio del empréstito. Sobre el particular, he conversado con el alcalde y los regidores de ese municipio. El señor ALLENDE (Presidente).- ¿Me permite, señor Senador? Solicito el acuerdo de la Sala para empalmar la presente sesión con la que ha sido convocada a continuación. Acordado. El señor LUENGO.- En el estudio del proyecto, en el cual han participado los regidores de Talagante, también ha actuado la Honorable Diputada señora Laura Allende, quien, además, asistió a la reunión de la Comisión de Gobierno en que se trató esta iniciativa de ley. La indicación de que soy autor modifica en parte la forma de distribuir el producto del empréstito, en el sentido de consignar fondos para la terminación del estadio municipal y, al mismo tiempo, suprimir la destinación de recursos para adquirir terrenos y edificar un mercado municipal. Según los regidores y el alcalde de esa comuna, esta última obra resulta innecesaria por el momento. Aparte las enmiendas señaladas, se mantiene sin variaciones la destinación de fondos contenida en el artículo 3º. Junto con dar estas informaciones, ruego a mis Honorables colegas acoger la indicación que he formulado, con la que han manifestado su acuerdo los sectores interesados. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No hace mucho pregunté si en estos proyectos sobre empréstitos municipales se consignaban disposiciones ajenas a dicho fin. Lo digo porque ahora me encontré con un precepto realmente abusivo. Ignoro si la Comisión ha revisado la iniciativa legal que discutimos ni lo que piensa sobre el problema que he enunciado. El artículo 12 del proyecto introduce enmiendas a la ley Orgánica de Municipalidades, materia extraña a la autorización para contratar empréstitos, y, además, legisla en el sentido de que las Municipalidades cuyos presupuestos sean superiores a tres millones de escudos puedan acordar a los regidores ciertos beneficios especiales, como los gastos de representación y secretaría. El señor ALLENDE (Presidente).- Advierto al señor Senador que la Comisión propone rechazar ese artículo. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Deseaba conocer la opinión que han merecido estas disposiciones a los miembros de la Comisión y, al mismo tiempo, llamar la atención de mis Honorables colegas sobre estos procedimientos que yo he calificado de legislación filibustera. El señor LUENGO.- ¿A qué artículo se refiere, Honorable colega? El señor GONZALEZ MADARIAGA.- AI artículo 12, que autoriza a ciertos municipios para pagar gastos de secretaría a sus regidores. El señor LUENGO.- El proyecto no tiene doce artículos. No sé a cuál otro se está refiriendo el señor Senador. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Al proyecto en debate, señor Senador. Tengo a la vista el texto de esta iniciativa. El señor FIGUEROA (Secretario).- El proyecto de la Cámara tenía más de doce artículos, no así el propuesto por la Comisión. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Me basta con saber que se propone la supresión del artículo 12. -Se aprueba el proyecto en la forma que recomienda el informe, con la indicación del señor Luengo. FINANCIAMIENTO DE PASAJES DE LINEA AEREA NACIONAL ENTRE SANTIAGO Y PUNTA ARENAS. El señor FIGUEROA (Secretario).- A continuación corresponde tratar el proyecto de la Cámara de Diputados sobre impuesto a los pasajes aéreos a Punta Arenas. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 27ª, en 1º de agosto de , documento Nº 24, y los informes, en los de sesión 44ª, en 7 de septiembre de , documentos N°s. 5 y 6. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Economía y Comercio recomienda aprobar el proyecto con enmiendas, y la de Hacienda acordó rechazarlo. El proyecto quedó en segunda discusión. El señor ALLENDE (Presidente).- En la segunda discusión, ofrezco la palabra. El señor CASTRO.- Deseo saber qué razones ha tenido la Comisión de Hacienda para rechazar el proyecto. El señor PABLO.- La Comisión de Hacienda no profundizó en el estudio sobre las finalidades del proyecto, las que encontró plausibles, pero resolvió proponer a la Sala su rechazo, acuerdo que adoptó por mayoría de votos fundada en que es inconveniente establecer un financiamiento sobre la base de impuestos a los pasajes aéreos. Personalmente, considero que el proyecto, como se dijo en sesión de ayer, beneficia notablemente a la zona. Se hizo presente que es difícil a los habitantes del sur venir hasta Santiago o a otros puntos de Chile con el objeto de conocer el país, no sólo en su geografía, sino también en su desarrollo cultural. El proyecto tiende a facilitar dicha finalidad. Por otra parte, quien gasta 500 escudos en un pasaje a Punta Arenas, bien puede pagar 510 escudos, y cubrir la diferencia privándose de ver uno de los espectáculos a que tiene fácil acceso, con lo cual paga el impuesto aquí establecido. Estimamos que, desde el punto de vista popular, el proyecto es beneficioso. Muchos de los habitantes del sur nunca estarán en condiciones de asistir a un espectáculo nacional si no damos facilidades para que esta clase de manifestaciones artísticas lleguen hasta allá. Ahora bien, de acuerdo con el proyecto, el gasto que ello demande se financiaría principalmente con el recargo a los pasajes de quienes viajen desde Santiago a Punta Arenas. Ayer se manifestó que yo habría señalado un hecho falso, en el sentido de que viajaba más gente de Santiago a Punta Arenas que desde esa localidad a la capital. No he dicho eso, sino que son más los residentes de Santiago que hacen repetidamente el viaje de ida y vuelta a Punta Arenas, que los residentes de Punta Arenas que hacen el viaje de ida y vuelta a Santiago. Por eso, el impuesto recaería principalmente sobre las personas que, ya sea por turismo o por negocio, están viajando a Punta Arenas. Por lo demás, se trata de un impuesto reducido. Por lo expuesto, votaremos favorablemente esta iniciativa y pedimos a nuestros colegas tengan a bien acogerla. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- El informe emitido por la Comisión de Hacienda es más completo que lo que ha dicho el Honorable señor Pablo. Expresa inquietud por el recargo de los pasajes, lo que va contra lo que fundamentalmente debe ser una buena organización. En consecuencia, el informe declara preferible subvencionar a los grupos culturales que viajan a Punta Arenas, por medio de la Corporación de Magallanes, que pronto tendrá existencia legal. Se advierte, pues, que lo propuesto por la Comisión de Hacienda tiene fundamento. En el fondo, la Comisión se opone al aumento de tarifas aéreas, las cuales han subido extraordinariamente, al punto que es una verdadera exageración el monto del pasaje de ida y vuelta a Punta Arenas, fijado actualmente en Eº 500. Nuestras tarifas son más bien bajas en comparación con las que rigen en algunos países europeos, pero debe procurarse mantenerlas en ese nivel e, incluso, rebajarlas, porque somos un país de escasa población y de prolongada extensión territorial. No sé si, reglamentariamente, se puede, en este momento, pedir aplazamiento de la discusión, para estudiar el proyecto con más calma. El señor BARROS.- Pido aplazamiento de la votación. El proyecto es demagógico. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Tal vez, podríamos volver el proyecto a Comisión, para que ésta revise su informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- Dos Comités han pedido aplazamiento de la votación. El señor CASTRO.- Pero la discusión puede continuar. El señor ENRIQUEZ.- Mejor sería volver el proyecto a Comisión y seguir estudiando los demás asuntos de la Tabla. El señor VON MÜHLENBROCK.- Sigamos con la tabla, señor Presidente. El señor CASTRO.- En vista de que se ha pedido aplazar la votación, algunos señores Senadores proponen dar por terminado el debate, a fin de seguir con los demás asuntos de la Tabla. Digo a Sus Señorías que lo puedo aceptar, con mucho agrado, porque tengo interés en que se traten los asuntos incluidos en la tabla. Pero también me gustaría que se despachara este proyecto, de manera que, a la inversa, puedo sostener mi derecho a usar de la palabra, si no por el resto de la sesión, al menos por el tiempo suficiente para llevar a mis Honorables colegas al convencimiento de que es preferible aprobar el proyecto. Ruego, pues, a mis Honorables colegas que han pedido aplazar la votación, tengan a bien retirar su petición, con el objeto de que podamos despachar este proyecto y, en seguida, dar curso también al resto de la tabla. El señor ALLENDE (Presidente).- Hago presente que se han formulado dos indicaciones, pero que una de ellas ha sido retirada. El señor CASTRO.- Podríamos votar de inmediato el proyecto y la indicación. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Como el informe de la Comisión de Hacienda propone rechazar el proyecto, preferiría que volviera a Comisión, para un mejor estudio. Hago presente que no he formulado indicación alguna al proyecto. El señor JARAMILLO LYON.- Despachémoslo en general y que vuelva a Comisión. El señor PABLO.- Despachémoslo en general, y que vuelva para segundo informe. El señor ALLENDE (Presidente).- Si al Senado le parece, lo daré por aprobado en general y se enviará de nuevo a Comisión. El señor BARROS.- Con mi voto en contra. El señor ALLENDE (Presidente).- ¿Lo enviamos a la Comisión de Hacienda o a la de Economía? El señor PABLO.- A las dos; y a otras si es necesario, según cuál sea el texto de las indicaciones. El señor ALLENDE (Presidente).- ¿Mantiene su posición el Honorable señor Barros? El señor BARROS.- Yo acepto que se apruebe en general, con mi voto contrario, y que se envíe a Comisión. El señor FONCEA.- ¿Para qué van a hablar después Sus Señorías, si el proyecto ha sido aprobado en general? El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece al Senado, quedará aprobado en general el proyecto y pasará a Comisiones. Acordado. El señor CASTRO.- Yo estaba con el uso de la palabra, señor Presidente. El señor ALLENDE (Presidente).- Sí, señor Senador. El señor CASTRO.- Dije que no haría uso de ella, si los señores Senadores aceptaban votar, pero entiendo que el señor Presidente no me había privado de continuar mis observaciones. El señor ALLENDE (Presidente).- No, señor Senador. En absoluto. Creí que Su Señoría aceptaba el planteamiento del Comité Demócrata Cristiano, en el sentido de aprobar en general el proyecto y volverlo a Comisión. El señor CASTRO.- En atención a que todavía quedan bastantes proyectos en Tabla, me "sacrifico" y dejo el uso de la palabra. El señor JARAMILLO LYON.- Muchas gracias. ORGANIZACION DE PLANES DE ESTUDIO DE LAS ESCUELAS DE QUIMICA Y FARMACIA Y DE ODONTOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCION. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Educación, recaído en la moción del Honorable señor Enríquez con la que inicia un proyecto de ley tendiente a organizar los planes de estudio de las Escuelas de Química y Farmacia y de Odontología de la Universidad de Concepción. El informe, suscrito por los Honorables señores Víctor Contreras (presidente), Curti, Enríquez y Ferrando, recomienda aprobar el proyecto en los términos que indica. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 77ª, en 15 de septiembre de 1966, documento Nº 11, y el informe en los de la sesión 40º, en 5 de septiembre de, documento Nº 3. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión el informe. Ofrezco la palabra. El señor BARROS.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con el proyecto del Honorable señor Enríquez. Sobre todo, porque se refiere a reformas de planes de estudio de cada curso de las Facultades de Química y Farmacia y de Odontología de la Universidad de Concepción, máxime si ésta efectivamente se regirá por lo que ocurre en la Universidad de Chile. En estos momentos hay efervescencia en Concepción. Es necesario poner en juego todos los medios posibles para hacer llegar la reforma universitaria también a ese plantel. El movimiento estudiantil del viernes pasado reveló un estado de agitación. El sábado llegaron a Concepción -lo dice el diario "La Patria" de hace dos o tres días- cuatrocientos carabineros desde Santiago. ¡Más carabineros en la calle que alumnos de la Universidad, con sus carros, armados con ametralladoras y armas automáticas modernas! Me alegro de que reformas como la pro puesta por el Honorable señor Enríquez se traigan al Senado; pero temo que, como van las cosas, y habida cuenta de que hace poco hemos aprobado una banda instrumental de guerra para el gobierno estudiantil del liceo fiscal de Villa Alemana, el Consejo de Seguridad, resucitado ayer por el Gobierno, considere también este proyecto como subversivo, tal como se ha calificado a los alumnos de la Universidad de Concepción. Yo rindo homenaje a esos alumnos del plantel sureño que están luchando por reformas culturales, estructurales y actividades complementarias. El señor ALLENDE (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece al Senado, daré por aprobado el informe de la Comisión. Aprobado. FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA LA CONGREGACION DE LOS HERMANOS DE LAS ESCUELAS CRISTIANAS. CUARTO TRAMITE. El señor FIGUEROA (Secretario).- A continuación, corresponde ocuparse en el estudio del proyecto de ley, en cuarto trámite constitucional, que libera de derechos la internación de especies destinadas a la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas de Santiago y otras instituciones. La Cámara de Diputados rechazó las modificaciones introducidas por el Senado, y que este aprobó por unanimidad. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 43ª, en 16 de agosto de 1966, documento N° 8; el informe, en los de la sesión 28ª, en 2 de agosto de, documento Nº 2, y el oficio de la Cámara, en los de la sesión 46ª, en 12 de septiembre de , documento Nº 1. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión el rechazo de la Cámara de Diputados. Ofrezco la palabra. El señor BARROS.- Señor Presidente., estimo que debemos insistir en esas disposiciones, que, como aquí se ha expresado, fueron aprobadas por unanimidad en el Senado. Me han llamado profundamente la atención las pruebas de sectarismo dadas en la Cámara de Diputados por el partido único de Gobierno, en virtud de las cuales ha eliminado de esas liberaciones a la Sociedad Bíblica Bautista y al Centro Universitario de Ñuble, dependiente de la Universidad de Chile, que funciona en la ciudad de Chillán. Y, por último, ha suprimido del último artículo el inciso que dice: "Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas." Considero mucho más lógica, correcta y amplia la proposición del Senado. Estoy, pues, por la insistencia, y solicito que del mismo modo se pronuncien mis Honorables colegas. El señor ENRÍQUEZ.- Los Senadores radicales estamos también por insistir en el criterio del Senado, por las razones que se dieron en su oportunidad y que merecieron la aprobación unánime de la Corporación. En consecuencia, solicito que, en la misma forma en que procedimos 'entonces, insistamos. El señor ALLENDE (Presidente).- Si le parece al Senado, se acuerda insistir. Acordado, con la abstención de los señores Senadores democratacristianos. LIBERACION DE IMPUESTOS PARA SUPLEMENTEROS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda, suscrito por los Honorables señores Altamirano (presidente), Von Mühlenbrock y Pablo, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de determinados impuestos a los suplementeros. La Comisión recomienda aprobar el proyecto, con las modificaciones que indica; una de ellas consistente en agregarle un artículo 2º. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 37ª, en 3 de agosto de, documento N° 10, y el informe, en los de la sesión 44ª, en 7 de septiembre de , documento Nº 2. -Se aprueba en general y particular el proyecto, en la forma propuesta por la Comisión. CARRERAS HIPICAS EN FAVOR DE CLUB DE DEPORTES YUGOSLAVENSKI SOKOL, DE ANTOFAGASTA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en favor del Club de Deportes Yugoslavenski Sokol, de Antofagasta. El informe, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Prado, Gómez y Rodríguez, recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo ha hecho la Cámara de Diputados. El señor RODRÍGUEZ.- ¿No hay constancia de mi abstención? El señor FIGUEROA (Secretario).- Sí, señor Senador. El Honorable señor Rodríguez se abstuvo de votar. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 46ª, en 12 de septiembre de, documento N° 13, y el informe, en los de la sesión 49ª, en 13 de septiembre de, documento Nº 11. El señor ALLENDE (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, daré por aprobado el informe de la Comisión. El señor RODRIGUEZ.- Con mi abstención. La señora CAMPUSANO.- Y la mía. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Con mi voto contrario. El señor AYLWIN.- El mío también. El señor ALLENDE (Presidente).- ¿Votación, entonces? El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Casi convendría votarlo. Este país es muy curioso: libera todo lo que puede del pago de derechos de aduana, y aumenta las carreras. Santiago, dos hipódromos. Viña, el casino... Creo que esto rebaja la moral de la República. El señor ALLENDE (Presidente).- ¿Se aprobaría el proyecto, con los votos negativos de los Honorables señores Aylwin y González Madariaga y la abstención de., la Honorable señora Campusano y. el Senador señor Rodríguez? El señor LUENGO.- Y el mío. El señor RODRIGUEZ.- Señor Presidente, no discuto los fines loables que persigue el proyecto: fines deportivos. Pero, por principio y tradición, he votado en contra de toda iniciativa relacionada con competencias hípicas y otros juegos de azar. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Muy bien. El señor AYLWIN.- Mis razones son las mismas. El señor ALLENDE (Presidente).- En votación el informe. -(Durante la votación): El señor AMPUERO.- Señor Presidente, a menudo nos encontramos, en esta Sala, ante una alternativa muy dura, cuando los fines de ciertos proyectos de ley son loables, de interés social, como ocurre en este caso, y su financiamiento está reñido con una bien entendida política fiscal. Y eso acontece en todos los órdenes de cosas. Con frecuencia se nos proponen, por ejemplo, impuestos indirectos que, en principio, sabemos que han de recaer sobre las espaldas de los trabajadores; pero tenemos que darles nuestro asentimiento, salvo que deseemos anular la finalidad perseguida. Este es un caso típico de aquellos en que tal alternativa se nos plantea. La verdad es que, si tuviéramos una actitud absolutamente rígida frente a este tipo de financiamientos, lo natural sería terminar con las carreras y el juego .en que se fundan. Como eso no está en la cabeza de nadie, o ninguno de nosotros se atreve a proponerlo, porque dejaría en el aire a una serie de instituciones, empezando por la Universidad de Concepción, que se financia en parte con una lotería, apruebo el proyecto, en razón de las circunstancias expuestas, sobre todo tomando en cuenta los altos fines que persigue, y convencido de que el financiamiento debería ser más sano. Pero no estamos en condiciones de proponer una sustitución eficaz. El señor BARROS.- Voto que no, porque me parece inadmisible que se fomente un deporte a expensas de seguir fomentando un vicio. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¡Muy bien! El señor FONCEA.- Señor Presidente, voto favorablemente el proyecto, de acuerdo con el criterio que siempre he sustentado, de bastante fundamento. En primer lugar, porque son varias las instituciones, en especial de provincias, que no tienen otra posibilidad de financiarse que la de recurrir a esas carreras. En segundo lugar, porque, como lo ha señalado el Honorable señor Ampuero, existe mucha hipocresía en esta materia. Jamás he tenido conocimiento de un proyecto de ley en que se proponga suprimir de una vez por todas la hípica. Y he demostrado aquí, en otras oportunidades, mediante estadísticas, que las carreras extraordinarias, que se celebran durante la semana, son mucho menos peligrosas que las del domingo; en galerías, que es adonde concurre el pueblo, no hay, en esas reuniones de la semana, más de cuatrocientas o quinientas personas, y en cambio son-miles en el día domingo. Pero la razón de fondo que me asiste es la de que ninguno de los Honorables colegas que se han opuesto a esas reuniones extraordinarias de la hípica ha tenido nunca la entereza de proponer concretamente la supresión de esta actividad, que, por lo demás, da altas utilidades, otorga fondos al erario y permite que vivan muchos miles de familias modestas. Finalmente, debo decir que existen en el país lotería y casino, y tampoco nadie dice nada en contrario. Pero cuando se trata de financiar alguna institución que, como esta de Antofagasta, no hace publicidad -yo no la conozco-, ¡entonces salen a relucir todos los escrúpulos que impiden aprobar esta clase de proyectos! Por eso, voto que sí. El señor FIGUEROA (Secretario).- 7 votos por la afirmativa, 6 por la negativa, 4 abstenciones y 2 pareos. El señor ALLENDE (Presidente).- Las abstenciones influyen en el resultado. La votación debe repetirse. El señor FONCEA.- Démosla por repetida. El señor PABLO.- Démosla por repetida. El señor ALLENDE (Presidente).- Si le parece a la Sala, daré por repetida la votación. Acordado. Aprobado el proyecto. INDEMNIZACION PARA ASIGNATARIOS DEL PERSONAL DE LA AVIACION CIVIL FALLECIDO EN ACTOS DEL SERVICIO DE VUELO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Defensa Nacional, suscrito por los Honorables señores Ampuero (presidente), Campusano, Aguirre Doolan, Gormaz y Jaramillo Lyon, recaído en la moción del Honorable señor Jaramillo Lyon con la que inicia un proyecto de ley sobre indemnización a los asignatarios del personal de la Aviación Civil fallecido a consecuencia de un acto determinado del servicio de vuelo. La Comisión recomienda aprobar el proyecto, en los términos que transcribe en su informe. -La moción figura en los Anexos de la sesión 21ª, en 18 de julio de , documento Nº 10, y el informe, en los de la sesión 41ª, en 5 de septiembre de , documento Nº 6. -Se aprueba el informe. JUBILACION DE EMPLEADOS DEL CABLE WEST COAST OF AMERICA TELEGRAPH CO. DE CHILE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en la moción del Honorable señor Maurás que autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para otorgar el beneficio de la jubilación a determinados ex empleados de la Cable West Coast of America Telegraph Co. de Chile. La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Contreras Tapia (presidente), Allende, Gómez y Jaramillo, recomienda aprobar el proyecto en los términos que viene formulado. -La moción figura en los Anexos de la sesión 109ª, en 12 de mayo de 1966, documento Nº 3, y el informe, en los de la sesión 33ª, en 22 de agosto de, documento Nº 27. El señor LUENGO (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor PABLO.- ¿Me permite, señor Presidente? Esta iniciativa legal nos plantea nuevamente el problema del otorgamiento de jubilaciones prematuras. Si bien es cierto que la West Coast cerró una serie de sus oficinas, no lo es menos que en el país, y en forma permanente, otras actividades comerciales e industriales también están paralizando sus labores, lo que nos obligaría a seguir aprobando jubilaciones de esta naturaleza. En virtud de las proyecciones generales de la iniciativa, la votaré en contra. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¿Conoció la Comisión de Hacienda lo relativo al financiamiento de este proyecto? Porque entiendo que se imponen algunos gravámenes, y debió tomar conocimiento de ello. El señor FONCEA.- Pido la palabra, señor Presidente. Quiero señalar que el artículo 1º de esta iniciativa comienza autorizando a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para otorgar el beneficio a que se refiere. Y a continuación, en el inciso segundo, dice: "Concédese el plazo de 6 meses, contado desde la fecha de publicación de esta ley o desde la del despido, según corresponda, para que los interesados puedan acogerse al beneficio del inciso precedente". Deseo que algún señor Senador me explique por qué en el inciso primero del artículo 1º se establece una simple autorización a dicha caja, y en el segundo, un derecho que podrá ejercerse dentro de determinado plazo. A mi juicio, aquí hay abierta contradicción. Por lo demás, tal como señaló el Honorable señor González Madariaga, sería conveniente saber quién financiará este beneficio excepcional. Como es evidente, debería hacerlo la compañía extranjera mencionada y no recaer en la Caja de Previsión de Empleados Particulares. Desde luego, concuerdo con el proyecto en general, pero -repito- siempre que sea la compañía y no la caja previsional citada la que cubra las imposiciones o las diferencias, porque de este modo se afecta a todos los empleados particulares, que nada tienen que ver con el asunto. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- El problema es aún más complejo, porque esa empresa ha caducado, cerrado sus oficinas, desaparecido del país y se ha retirado en conformidad a la ley. Y como es lógico, ésta ha debido imponerle algunas exigencias; de otro modo, no se habría autorizado su clausura. En estas condiciones, ¿vamos a imponerle obligaciones ahora? ¿En qué forma podríamos hacerlas efectivas? En mi opinión, sólo es un volador de luces, que me parece muy raro. Pienso que incluso sería conveniente que esta materia fuera conocida por la Comisión de Legislación, aparte el estudio pertinente de la de Hacienda. La señora CAMPUSANO.- Creo que la observación del Honorable señor González Madariaga es justa. Pero, a mi juicio, debe haber algún recurso que permita hacer cumplir a esta compañía las obligaciones que se le impongan, pues ella existe en otros países,... El señor CONTRERAS (don Víctor).- En Chile también tiene oficina central. La señora CAMPUSANO.- ...y mantiene, como apunta el Honorable señor Contreras, oficina central en Chile. Además, esta institución no sólo ha cerrado sus locales en Antofagasta, sino también en Coquimbo y en casi todo el norte. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- En la costa del Pacífico. La señora CAMPUSANO.- Estimo justa la proposición, pues se tiende a beneficiar' a personas de edad no inferior a 55 años. Todos sabemos que los hombres y mujeres mayores de 50 años ya no encuentran trabajo en parte alguna, y, por lo tanto, van definitivamente a la cesantía, al hambre y la miseria. Repito: me parece justo que estas personas, que no podrán volver a trabajar en parte alguna, cuenten, por lo menos, con una pensión que les permita subsistir. Concuerdo con la indicación del Honorable señor Foncea. Creo que podríamos autorizar a la Mesa para redactar el artículo 1º en el sentido de que sea la compañía quien pague las imposiciones indispensables para que ese personal pueda acogerse al beneficio de la jubilación. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Me parece que es necesario salvar esta situación, que es humana, como bien dijo la Honorable señora Campusano, porque afecta a un personal de avanzada edad, que ha trabajado durante muchos años y que enfrenta una situación de apremio. Creo que el proyecto, tal como está redactado, es ilusorio, no dará nada, pues hace recaer el peso de este beneficio sobre una empresa que ya se retiró del país-y cerró sus oficinas. A mi juicio, lo razonable sería enviar nuevamente la iniciativa a Comisión, a fin de estudiar allí un beneficio directo para esas personas. ¿Cómo lo hará? No sé. En todo caso, no me parece fácil enunciar la forma definitiva en que ello podrá consagrarse. Desde luego, es necesario que los servicios de previsión den a conocer su criterio al respecto. Por lo demás, la idea de servir a ese personal es loable, aun cuando no en la forma como se ha propuesto, que es efímera. El señor LUENGO.- Señor Presidente, deseo dar alguna información respecto de esta iniciativa. En efecto, la West Coast cerró sus oficinas. Aquí se ha hecho cuestión acerca del financiamiento para pagar esas jubilaciones; pero quiero hacer notar a los señores Senadores que el artículo 1º del proyecto autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para otorgar el beneficio de jubilación a los empleados que tengan una antigüedad como imponentes, en cualquier instituto de previsión, superior a 20 años de imposiciones, y una edad no inferior a 55 años. En el hecho, esto no importa desfinanciamiento para dicha caja ni ésta necesita de aporte especial. Lo que ocurre es que la caja, en este caso, deberá dar una jubilación equivalente a la veinte o treinta y cinco ava parte del sueldo. Por consiguiente, la jubilación que percibirá el empleado que trabajó en la West Coast será equivalente a los años de servicio, siempre que, por lo menos, tenga 20 años como imponente. En cuanto al artículo 2º, que obliga a la empresa a pagar una indemnización equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, vigentes para el año del despido, por cada año de servicios prestados en dicha empresa, pienso que, por un lado, no parece posible hacerlo efectivo en definitiva y, por otra, estimo un poco dudosa la constitucionalidad de la disposición. Finalmente, quiero dar otro antecedente, que me parece más interesante: la empresa West Coast suscribió, con sus empleados y obreros, un convenio en virtud del cual les otorgó una indemnización extraordinaria. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¿Se las dio? El señor LUENGO.- Sí, señor Senador, y el personal la recibió, quedando conforme con ella. Expreso lo anterior, porque conozco bastante bien los términos de ese convenio, ya que algunos compañeros de partido, que trabajaron en las oficinas de esa compañía en Concepción, me consultaron exhibiéndome todo el legajo del convenio y manifestaron estar conformes con la indemnización recibida, pero no así en cuanto a que la caja no les pudiera dar el beneficio de la jubilación, por no contar con el tiempo requerido. Por eso, considero necesario revisar la redacción del artículo 1º, a fin de que el instituto previsional mencionado, en forma excepcional, pueda, en este caso, dar una jubilación de acuerdo con los años de servicio. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Me parece que las observaciones del Honorable señor Luengo son muy completas y aclaran mucho el panorama. De ahí que la autorización concedida en el artículo 1° puede ser aprobada, y en cuanto al 2º, retirado, por carecer de justificación. El señor FONCEA.- No deseo dilatar el debate, pero intervendré nuevamente, por estar en total desacuerdo con la tesis sustentada por el Honorable señor Luengo. El señor Senador dice que la caja no se perjudica en nada, porque los beneficiados no jubilarán con el total de las remuneraciones sino con las veinte o treinta avas partes. Pero aquí hay cálculos actuariales muy complejos, que han sido destacados en más de una oportunidad. No obstante, de acuerdo con la teoría del Honorable señor Luengo, no habría ningún inconveniente para que el personal pudiera jubilar al año, a los dos años... El señor LUENGO.- No, señor Senador. El señor FONCEA.- ...a los cinco o a los veinte años de servicio. El señor LUENGO.- Ya le contestaré, Honorable colega. El señor FONCEA.- Porque al jubilar con las fracciones pertinentes, en el caso de las cinco treinta avas partes, en cinco años estaría solucionado el problema. En realidad, no creo que sea así, e implicaría suscitar un largo debate entrar al análisis del sistema que actualmente impera, que se hace sobre la base de una serie de cálculos actuariales, en cuanto al financiamiento de estas cajas previsionales. Sostengo que si la disposición del inciso primero no establece que el empleador o firma empleadora deberá financiar estas diferencias... El señor LUENGO.- ¿Qué diferencias? El señor FONCEA.- Las diferencias para otorgar ese beneficio, que no está consignado dentro de las normas ordinarias de jubilación de la Caja de Empleados Particulares. Por lo demás, en ninguna parte se señala que la jubilación se concederá de acuerdo con el régimen indicado por Su Señoría, o sea, que se jubilará con las veinte treinta avas partes. El señor LUENGO.- Las veinte treinta y cinco avas partes. El señor FONCEA.- Aparte lo anterior, quiero decir que esto no puede constituir mera autorización para la caja, porque los derechos se otorgan en forma categórica y no como simple autorización. Porque ¿qué haría mañana la Caja de Empleados Particulares si quisiera jubilar en esta forma a determinados empleados y no otorgar igual beneficio a otros? Pero lo increíble de este proyecto es que en el inciso segundo del artículo 1º esta autorización pasa a ser un derecho. Entonces, se otorga a los interesados un plazo de seis meses para reclamarlo. Yo no he hecho referencia al inciso segundo del artículo 2º, sino al inciso segundo del artículo 1°, que está en abierta contradicción con el inciso primero de este mismo precepto. ¿Cuántas indicaciones se han formulado al proyecto? El señor FIGUEROA (Secretario).- Se han presentado tres indicaciones, señor Senador. El señor FONCEA.- En tal caso, y como debe volver a Comisión, podemos abreviar bastante el debate. El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¿Me permite la palabra, señor Presidente? Quiero sólo hacer presente que la iniciativa en discusión favorece a los personales de las oficinas del Cable West Coast que han cerrado. La empresa sigue funcionando en Chile. Únicamente han paralizado sus funciones aquellas oficinas cuyo movimiento cablegráfico ha disminuido en forma considerable. Estoy seguro de que por este motivo -no me consta, pero supongo que es por ello- la compañía ha despedido a todos sus funcionarios y cerrado sus locales. ¿Qué se propone con el proyecto? Conceder un beneficio de jubilación a aquellas personas que hayan servido a la empresa por un tiempo superior a veinte años, que tengan las imposiciones correspondientes y una edad no inferior a 55 años. Se trata de personal especializado, que ha laborado durante muchos años en esa empresa y que, con seguridad, no encontrará fácilmente una nueva ocupación. Ahora, como la iniciativa ha sido objeto de tres indicaciones y reglamentariamente deberá volver a Comisión -no podrá ser despachada hasta el próximo año-, creo inoficioso seguir dando razones acerca de sus bondades y de los beneficios que deberán percibir los funcionarios que fueron despedidos por esa empresa. Termino haciendo notar que las tres indicaciones significan suspender por un año más la tramitación de este proyecto, con lo cual el personal afectado deberá esperar hasta 1968 -si es que no hay nuevas indicaciones y se tramita con rapidez en la Cámara- para ver solucionado su problema. El señor LUENGO.- Como se han formulado varias indicaciones que harán volver el proyecto a Comisión, procuraré ser breve. Deseo contestar algo de lo dicho por él, Honorable señor Foncea. Aquí no se trata de otorgar jubilaciones a personas que hayan trabajado uno, dos o cinco años, sino veinte, a lo menos. En consecuencia, el beneficio no es tan excepcional, pues se exige determinada cantidad de tiempo como imponente para tener derecho a percibirlo. En segundo término, es efectivo que el artículo 1º otorga una autorización a la Caja de Empleados Particulares; pero esa misma circunstancia hará que ella tome los resguardos, del caso, para no conceder jubilaciones fuera de los límites que le señalen sus cálculos actuariales. En consecuencia, no se le causa un daño. Simplemente se la autoriza para que, en forma extraordinaria, y de acuerdo con sus cálculos matemáticos, otorgue este beneficio, por supuesto en conformidad a las leyes por las cuales se rige, considerando que el personal beneficiado tiene más de veinte años de imposiciones. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Dentro de sus facultades. El señor LUENGO.- Exacto. Se justifica plenamente este proyecto. Defiendo con calor esta iniciativa, no porque sea su autor, sino porque conozco a muchas de las personas que han quedado cesantes con motivo del término de las actividades de la empresa mencionada. Por lo demás, no son muchos los favorecidos, de modo que tampoco hay peligro de daño por este concepto. No son más de cincuenta o cien, a lo sumo. El señor CONTRERAS (don Víctor).- En ningún caso. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- El Honorable señor Contreras ha dicho que esa empresa no ha retirado sus instalaciones de Chile. Sin embargo, entiendo que ha clausurado sus servicios. Esta empresa era de nacionalidad inglesa y junto con la All America Cables and Radio atendía el servicio de comunicaciones por cable hacia el exterior. He solicitado a la Oficina de Informaciones que en forma rápida averigüe lo concerniente a la subsistencia de esa compañía, porque me parece que en la actualidad no existe, puesto que ha cerrado sus oficinas de Santiago y Valparaíso. Por lo tanto, si hubiera otras instalaciones en el resto del país, serían muy pequeñas. Ahora bien, juzgo de interés conocer el texto de las indicaciones presentadas, para poder apreciar su alcance. El señor FIGUEROA (Secretario).- La primera, del Honorable señor Foncea, es para sustituir, en el inciso segundo del artículo 1°, la frase "puedan acogerse al beneficio del inciso precedente" por la siguiente: "puedan solicitar a la Caja de Previsión de Empleados Particulares que haga uso de la facultad a que se refiere el inciso precedente". Otra es del Honorable señor Aguirre Doolan, para agregar el siguiente artículo: "Al personal contratado a que se refiere el artículo 77 de la ley de Presupuestos para que hubiere dejado el cargo el 31 de diciembre de 1965, se le aplicarán de inmediato los artículos 131 y 132 del D.F.L. Nº 338, a contar del 1º de enero de 1966, con la renta que corresponda a la categoría o grado que tenían al retirarse el 31 de diciembre de 1965". El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No tiene nada que ver con el proyecto. El señor LUENGO.- Es improcedente. El señor FIGUEROA (Secretario).- Por último, el Honorable señor Foncea ha formulado indicación para suprimir el inciso segundo del artículo 2°. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Creo que se puede despachar el proyecto. El señor FONCEA.- Claro que se puede, pero yo no retiraré mis indicaciones. El Honorable señor González Madariaga -comenzó por crear una serie de dudas sobre el proyecto. Yo tenía algunas, pero con la intervención de Su Señoría se me acrecentaron. Ahora, después de algunas observaciones del Honorable señor Luengo, que no comparto, dice que todo ha quedado superado. Considero que no es así. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Absolutamente. El señor FONCEA.- Se mantiene el problema del artículo 1º, y debemos legislar en forma adecuada. Repito que el artículo 1º comienza con una autorización, pero su inciso segundo la convierte en un derecho. Es necesario armonizar ambas normas. El señor LUENGO.- Podemos aprobar sus indicaciones. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Estoy con el uso de la palabra, pero el Honorable señor Foncea me ha sustituido. Iba a decir que la gente se entiende hablando y que uno puede cambiar de opinión. Sólo en el reino animal hay especies que no cambian nunca, y su nombre es muy conocido. El señor FONCEA.- Todos pertenecemos al reino animal, pero eso no impide que algunos sean más animales que otros. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Por mi parte, he mudado de parecer. Me han impresionado las observaciones del Honorable señor Luengo, quien ha estudiado la materia por haber intervenido en ella como abogado. En realidad, el artículo 1º establece una mera autorización para la Caja. Al mismo tiempo, el inciso segundo faculta al personal interesado para demandar el cumplimiento de lo anterior. El artículo 2º estaría condicionado en su aplicación a la existencia de la empresa. Yo había pensado que no era correcto y que no tendría vigencia. No obstante, ahora pienso que conviene volver el asunto a Comisión para determinar si existe esa empresa en Chile y qué se puede hacer. El señor FONCEA.- Únicamente quiero destacar que la iniciativa en debate cumple su primer trámite y de ningún modo alcanzará a ser despachada dentro de la legislatura ordinaria por ambas Cámaras. Por eso, es preferible que vaya a Comisión. El señor LUENGO.- Insisto una vez más ante el Honorable señor Foncea que nos permita aprobarla ahora. En cuanto a las indicaciones, una es improcedente por ser inconexa con la idea matriz. Con relación a las otras dos, del Honorable señor Foncea, estoy dispuesto a votarlas favorablemente, para acelerar la tramitación del proyecto. En esos términos, el inciso segundo del artículo 1° quedaría como plazo para solicitar la puesta en práctica por parte de la Caja de la autorización que se le concede, en la inteligencia de que ella tomará los resguardos procedentes y otorgará las jubilaciones de acuerdo con lo que estime conveniente; y se suprimiría el inciso segundo del artículo 2º. El señor FONCEA.- De acuerdo. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto y se procederá en la forma sugerida por el Honorable señor Luengo, en el sentido de aprobar las dos indicaciones del Honorable señor Foncea y declarar improcedente la suscrita por el Honorable señor Aguirre Doolan, en virtud de estar desvinculada con la materia del proyecto. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Creo que no podemos aceptar las dos indicaciones del Honorable señor Foncea: una es remedio y la otra es la muerte. El señor LUENGO.- Son para incisos distintos. Una modifica el inciso segundo del artículo 1º. El señor FONCEA.- Incluso, estimo que el inciso segundo del artículo 2º es inconstitucional. El señor LUENGO.- La otra incide en el inciso segundo del artículo 2°. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Se aprueba en general el proyecto, junto con las indicaciones del Honorable señor Foncea. La indicación del Honorable señor Aguirre se declara improcedente. Queda despachado el proyecto en este trámite. FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA ELEMENTOS DESTINADOS A CLUB MUSICAL ELEUTERIO RAMIREZ, DE VALDIVIA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de derechos la internación de elementos destinados al Club Musical Eleuterio Ramírez, de Valdivia. La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Altamirano (presidente), Von Mühlenbrock y Pablo, recomienda aprobar el proyecto con modificaciones. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 37ª, en 30 de agosto de, documento Nº 9, y el informe, en los de la sesión 44ª, en 7 de septiembre de, documento Nº 3. -Se aprueba en general y particular el proyecto. CONDONACION DE DEUDAS DE AGUA POTABLE A DIVERSOS ESTABLECIMIENTOS Y POBLACIONES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Obras Públicas, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que condona deudas de agua potable a diversos establecimientos y poblaciones. Está pendiente la discusión de esta iniciativa de ley. -El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 52ª, en 29 de enero de 1963, documento Nº 3; y los informes, en los de las sesiones 27ª, en 7 de agosto de 1963, y 37ª, en 30 de agosto de, documentos N°s. 8 y 30. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- En la segunda discusión, ofrezco la palabra. El señor AYLWIN.- Señor Presidente, en la primera discusión formulé varias observaciones a este proyecto. Pedí antecedentes al Ministerio de Obras Públicas y a la Empresa de Agua Potable, para tener un juicio más acabado sobre él. En mérito de las informaciones que se me han dado, he hecho llegar a la Mesa varias indicaciones. El proyecto tiene tres ideas esenciales. En primer lugar, condona las deudas de agua potable de establecimientos públicos, de reparticiones de la Administración Pública. Esta condonación obedece al hecho de que dichos servicios han excedido los límites que pueden consumir gratuitamente. La Dirección de Obras Sanitarias y la Empresa de Agua Potable, en su caso, tienen giros pendientes contra los funcionarios responsables de esos departamentos, como directores de escuelas, jefes de oficinas de Correos y otros semejantes, por esas diferencias. La petición respectiva nació de la propia Dirección de Obras Sanitarias, con el fin de regularizar su contabilidad, porque son cuentas muy atrasadas. Este artículo, sin embargo, merece una observación: condona deudas contraídas no sólo con empresas fiscales de agua potable, sino también con algunas particulares, muy escasas, que existen en el país, lo que cae manifiestamente fuera de la intención del proyecto y es inconstitucional. Por consiguiente, he formulado indicación para precisar, en el primer artículo, que las afectadas por esta condonación serán las empresas fiscales o municipales de agua potable, y no las de carácter particular. La señora CAMPUSANO.- ¿Están de acuerdo las informaciones que Su Señoría recibió con las reformas al Código de Aguas? Creo que, con la modificación de ese Código dentro de la ley de reforma agraria, todas estas empresas pasan a ser del Estado. El señor AYLWIN.- Eso se refiere al riego. Hay algunas empresas de distribución de agua potable que son concesionarias particulares. Son muy pocas, como las de Lo Castillo y Las Condes. La enorme mayoría de los servicios de agua potable los atiende la Dirección de Obras Sanitarias. La segunda idea del proyecto es la condonación de una serie de deudas de poblaciones, a las cuales se refieren los artículos 2º, 3º y 4°. Los dos primeros venían de la Cámara de Diputados; el último fue agregado por el Senado. Respecto de las deudas por consumos de agua potable de las poblaciones consideradas en los artículos 2° y 3º, se trata de compromisos sumamente antiguos, de una época en que las poblaciones no tenían medidores individuales. Son deudas que las mismas empresas que otorgan el servicio consideran incobrables. Por lo tanto, se trata simplemente de consolidar esta situación, para permitirles poner en orden su contabilidad y eliminar los saldos de las cuentas pendientes. En consecuencia, no habría ninguna observación en este punto. En cambio, en lo relativo a la condonación propuesta en el artículo 4º, para obreros y empleados con una remuneración inferior a dos sueldos vitales que habitan ex colectivos del Servicio de Seguro Social que se encuentren desprovistos de medidores individuales, la Dirección de Obras Sanitarias y la Empresa de Agua Potable de Santiago estiman que no es lo más adecuado proceder en esta forma. Desde luego, porque es discriminatorio, ya que en el mismo caso se hallan las poblaciones habitadas por otros imponentes no del Servicio de Seguro Social sino de otras cajas de previsión, o por personas que no sean imponentes. Dentro de la legislación vigente, existe un régimen que permite a la Empresa de Agua Potable y a la Dirección de Obras Sanitarias acoger a tarifas opcionales o mínimas a todos aquellos habitantes de edificios que carezcan de medidor individual. Sin embargo, el precepto propuesto sólo opera para lo futuro y no en forma retroactiva. El problema que se pretende solucionar con tal disposición, dice relación a situaciones ya producidas. A veces por descuido, por dejar una llave abierta o por otros motivos, los consumos de agua sobrepasan el margen permitido y llegan a ser muy abundantes. En estos casos, en que no hay medidor individual pagan justos por pecadores, porque si un habitante de un edificio colectivo se descuida, en definitiva, subirá la cuenta para todas las personas que habitan el edificio. Por estas consideraciones, he formulado indicación al respecto para sustituir el artículo 4? por uno que autoriza a las empresas para aplicar retroactivamente esa tarifa mínima a los habitantes de edificios colectivos que no tengan medidor individual. Dicha indicación dice lo siguiente: "En los casos de edificios colectivos que se surtan de un medidor común, podrán los Servicios que los abastezcan de agua potable rebajar las deudas existentes por consumos, conservación e impuesto municipal al 30 de agosto de , mediante la aplicación, con efecto retroactivo, de las tarifas opcionales establecidas para este tipo de vivienda, siempre que el avalúo de cada una de éstas no exceda de Eº 10.000 o, si hubiera un avalúo único para el edificio, su valor, dividido por el número de viviendas no exceda la cifra indicada. Podrán, asimismo, los Servicios indicados, condonar parte o el total de las deudas de consumo y los recargos de conservación e impuesto municipal, en aquellos casos en que los usuarios comprueben fehacientemente que cuando llegaron a ocupar la vivienda existía la deuda por condonarse y su avalúo esté dentro de las limitaciones del inciso anterior." Esta indicación es aceptada por la Dirección de Obras Sanitarias y la Ernpre sa de Agua Potable como solución adecuada para el problema que el artículo 4º del proyecto pretende remediar; y no significa la discriminación que representa este artículo del proyecto. Por último, el artículo 5º del proyecte, lisa y llanamente, propone establecer una congelación, como podría llamarse, de las tarifas para el consumo de agua potable de las casas-habitaciones y departamentos destinados a la vivienda en todo el país, sobre la base actualmente vigente para la comuna de Santiago; y ampliar el derecho a consumo mínimo de los consumidores a 25 metros cúbicos mensuales. Sobre este particular y de acuerdo con las informaciones que he recibido, llego a la conclusión de que este precepto no es conveniente desde ningún punto de vista, incluso para los propios usuarios. Desde luego, existen regímenes de tarifas diferentes para la Dirección de Obras Sanitarias y para la Empresa de Agua Potable de Santiago. La Dirección de Obras Sanitarias tiene tarifas mínimas que, normalmente, son más bajas que la de la Empresa de Agua Potable de Santiago. En consecuencia, si ponemos como referencia para todo el país las tarifas de la Empresa de Agua Potable, resultará que automáticamente subirán las tarifas en muchas provincias del país. Por otra parte, las tarifas no pueden ser iguales en las provincias donde hay facilidades de captación de agua potable que en las que la obtención y distribución de tal elemento son difíciles. Por otro lado, aplicando la norma sobre ampliación de los consumos a 25 milímetros con la tarifa mínima resulta inconveniente, ya que la Dirección de Obras Sanitarias tiene medidores de 13 milímetros, con un consumo mensual mínimo de 15 metros cúbicos, con tarifa de Eº 1,13. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Esa tarifa es bimestral. El señor AYLWIN.- El cobro es bimestral, pero corresponde al doble de esa tarifa. Los 15 metros cúbicos mensuales en medidores de 13 milímetros tienen una tarifa de Eº 1,13 al mes. Las facturas se pasan cada dos meses. En consecuencia, el consumo de dos meses puede llegar a 30 metros cúbicos, con lo cual ya no se paga Eº 1,13 sino Nº 2,26. En los medidores de 19 milímetros, el consumo es de 20 metros cúbicos, con una tarifa de Eº 1,73. Y en los de 25 milímetros, el consumo es de 40 metros cúbicos con una tarifa de Eº 4,13. En la Empresa de Agua Potable, el valor mensual por el servicio en medidores de 25 milímetros, el consumo es de 25 metros cúbicos, con una tarifa de Eº 1,76. La mayor parte de la población del país tiene arranques domiciliarios de 13 milímetros, con un consumo mínimo. Si éste es reemplazado por uno equivalente a un arranque de 25 milímetros, en la práctica pasaría a duplicarse el valor de la factura, sin que ello signifique aprovechar totalmente el agua disponible a que tendría derecho el usuario. En cambio, las personas que están en los tramos posteriores, que pertenecen a sectores más acomodados y por ello con mayor consumo, verían disminuidos sus pagos. Por estas razones y dados los antecedentes que se me han proporcionado sobre lo que representa el consumo de cada hogar -tengo datos sobre el consumo en hogares compuestos por cuatro a cinco personas, cuyo consumo se satisface perfectamente con 150 litros calculados para cada una de ellas-, parece inconveniente el artículo 5°, por lo cual he propuesto en mi indicación rechazarlo. Estas son las observaciones que quería formular; y sobre la base de ellas daremos aprobación general al proyecto. Deseamos que las indicaciones que hemos formulado sean estudiadas en detalle. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- He oído con mucho interés las observaciones del Honorable señor Aylwin, quien está compenetrado del problema. Deseo hacer algunas observaciones, porque, en verdad, recién me impongo en detalle del proyecto; y creo conveniente considerarlas en el caso de no estar consultadas. He oído que las deudas condonadas se refieren a las empresas fiscales, lo cual no se consigna en el proyecto. El señor AYLWIN.- He formulado indicación al respecto, señor Senador. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- De manera que deberá determinarse que se condonan las deudas que tenían al 31 de diciembre de 1965 en la Empresa de Agua Potable de Santiago los servicios fiscales, así no comprometemos a las empresas particulares ni caeremos en problemas frente a ellas. El señor AYLWIN.- He formulado indicación para ello. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Me alegro. Igual cosa sucede en el artículo 2º, donde se establece la condonación ante la misma empresa proveniente de consumo de agua potable en diferentes poblaciones, problema que ya ha sido abordado por Su Señoría. Con relación al artículo 4º, he oído al señor Senador hablar de un largo mecanismo; pero no le escuché o no me di cuenta si se consultaba un plazo para liquidar esa situación. Creo que todo el proceso debería referirse a las deudas pendientes hasta la dictación de esta ley, pues de lo contrario podría significar una condonación permanente. El señor AYLWIN.- En la indicación se establece un plazo que regirá hasta el 31 de agosto de 1967 El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¡Muy bien! En cuanto al artículo 5º, no es admisible que el Senado entre a fijar tarifas. Este es asunto de orden administrativo de orden reglamentario. Jamás el Congreso Nacional ha caído en ese error, que es muy peligroso. Ello en razón de que no podemos contar con todos los datos suficientes para operar con éxito y justicia. Como veo que estos problemas están salvados mediante las indicaciones del señor Senador, adhiero a ellas. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Con seguridad, el proyecto en discusión deberá volver a Comisión debido a las indicaciones que se le han formulado. Si bien es cierto que la iniciativa puede adolecer de algunos defectos, no lo es menos que ella representa la realidad que viven y soportan los consumidores de agua potable de todo el país. En la sesión anterior se dijo que mediante el proyecto se pretendía proporcionar agua potable en forma gratuita y continuar las deudas ocasionadas por el incumplimiento de su pago. No se trata de eso ni mucho menos, sino de poner coto al uso y abuso tanto de la Empresa de Agua Potable corno de la Dirección de Obras Sanitarias. Se dijo también en este recinto que el Congreso Nacional no debía preocuparse de la fijación de tarifas. No se trata de hacerlo. No sé si los señores Senadores han estudiado el artículo 1º del proyecto, que dice: "Condónanse las deudas que al 31 de diciembre de 1965 tenían los establecimientos fiscales, municipales y de beneficencia por concepto de exceso de consumo de agua potable, recargos de conservación e impuesto municipal respectivos". Al respecto debo advertir que tal disposición obedece a una solicitud de los propios funcionarios de la empresa correspondiente. En seguida, atendiendo a un proyecto del año 1961 se consideraron las deudas provenientes de consumo de agua potable en las Poblaciones Quinta Bella y Cardenal Caro, de Santiago. En esta última, viven cerca de 14 mil personas que no pagan los consumos de agua potable. Por tal motivo, y como una manera de regular la contabilidad de ambos servicios, se consideró la condonación sólo hasta 1961. En el artículo 3º, se condonan las deudas provenientes de consumo de agua potable en los Pabellones del Parque Ecuador, de Concepción, así como los recargos de conservación e impuesto municipal respectivos. Tengo antecedentes de que estos pabellones fueron construidos a raíz del sismo que afectó a esa zona. El señor PABLO.- Ya no existen esos pabellones. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Claro que no, pero las deudas están pendientes. El señor AYLWIN.- Estamos de acuerdo con ello, señor Senador. Si Su Señoría me escuchó, habrá oído que precisamente dije que respecto de los artículos 2º y 3º estábamos totalmente de acuerdo. El señor JARAMILLO LYON-¿Por qué no votamos? El señor AYLWIN.- Estamos de acuerdo con el proyecto en general. Sólo hemos sugerido algunas indicaciones. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Hago presente a la Sala que quedan cinco minutos de sesión y aún resta por tratar dos proyectos. El señor CONTRERAS (don Víctor).- En esta Sala no he puesto condiciones a ningún Senador para que hable, y espero que no me las pongan a mí, porque estoy ejerciendo un derecho. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Puede continuar Su Señoría. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Aquí, cuando se pronuncian discursos académicos, puedo estarlos escuchando un día o una semana, todo el tiempo que se estime necesario. Pues bien, reclamo mi derecho no a decir discursos académicos, sino a exponer problemas de carácter general que benefician a las poblaciones y hacer ver sus necesidades. El señor LUENGO (Vicepresidente).- La Mesa hará respetar su derecho, señor Senador. Puede continuar con la palabra Su Señoría. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Durante el año pasado y los meses ya transcurridos de, se han producido tres alzas consecutivas de las tarifas del agua potable. Tengo a la mano el decreto Nº 635, que establece normas para las personas que viven en edificios colectivos, y, entre otras cosas, dice en su artículo 2º: "Para los efectos del presente decreto, se entenderá por edificios colectivos aquellos en que estén ubicados varios recintos destinados a: viviendas unifamiliares,...". El señor PABLO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? Solicito del señor Presidente que recabe el asentimiento de la Sala para prorrogar por diez minutos la sesión. El señor LUENGO (Vicepresidente).- So ha citado a reunión de Comités señor Senador. El señor PABLO.- ¿Habría acuerdo para sesionar hasta diez para la una de la tarde, señor Presidente? El señor JARAMILLO LYON.- Pero a esa hora están citados los Comités a una reunión. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Si no hay oposición, se acordará prorrogar la sesión hasta diez para la una. Acordado. Puede continuar el Honorable señor Víctor Contreras. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Por su parte, el artículo 3? del mismo decreto dispone: "En la petición de los usuarios, señalada en el artículo 1º precedente., deberán consignarse o acompañarse los siguientes antecedentes: "a) Dirección del edificio. "b) Cantidad de "unidades de servicio", de que se compone el edificio, conforme a lo señalado en el artículo anterior. "c) Ultimo recibo de consumo cancelado. "La solicitud deberá estar firmada por los representantes de la mayoría de los usuarios ocupantes del edificio, con la individualización del local que ocupan y del nombre y dirección del representante de todos ellos". ¿Qué ha traído esto por consecuencia? Que para poder acogerse a los beneficios que otorga el decreto 635, la gente debe reunir diversos antecedentes que es muy difícil conseguir. Imagínense, señores Senadores, lo que costará encontrar a la gente, ubicar el último recibo y que la gente esté al día en los pagos. Esto es materialmente imposible. Ello ha provocado el atraso en el pago de los pobladores. En la sesión anterior expresé que en Tocopilla los moradores del edificio "Carlos Con-dell" están debiendo más de veintidós millones de pesos por consumo de agua potable. Es necesario condonarles las deudas por el exceso de consumo, a fin de que esta gente pueda alguna vez ponerse al día en sus pagos. Además, hice presente que a los habitantes modestos se les concede la insignificante cantidad de doscientos cincuenta litros de agua por día como consumo mínimo, no obstante lo numerosas que son sus familias. Mientras el decreto Nº 650 concede a empresas como la Anglo Lautaro y la Chile Exploration un consumo mínimo de doce mil metros cúbicos mensuales, al hombre común, al nativo, se le conceden doscientos cincuenta litros de agua por día. A mi juicio, en este sentido hay una desproporción extremadamente grande, y de allí el clamor nacional que se ha levantado. Lamento no disponer de mayor tiempo para dar más antecedentes sobre este problema, que preocupa a todos los habitantes del país. El señor AYLWIN.- Sólo deseo hacer presente dos cosas. En primer lugar, que nosotros estamos de acuerdo con la idea general del proyecto. En seguida, que las observaciones formuladas por el Honorable señor Víctor Contreras no desvirtúan los antecedentes que hemos proporcionado respecto de la necesidad de cambiar el régimen en lo relativo al beneficio de condonación de deudas para los edificios colectivos. Se trata de que los ocupantes puedan acogerse a tal beneficio en forma retroactiva. Ahora, si el reglamento pone muchas trabas, en el estudio de la indicación respectiva se podrían proponer las modificaciones adecuadas con el objeto de hacer más sencilla la aplicación del régimen. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Si Sus Señorías me hubieran dado el tiempo necesario, habría demostrado que tengo la razón. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobaría en general el proyecto. Aprobado. El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¡Y ahora, que los consumidores de agua potable esperen hasta el próximo año! El señor LUENGO (Vicepresidente).- Como se han presentado varias indicaciones, de conformidad con el Reglamento, la iniciativa debe pasar a Comisión para segundo informe. La señora CAMPUSANO.- ¿Por qué no las tratamos de inmediato, señor Presidente, si en la mayor parte estamos de acuerdo? El señor LUENGO (Vicepresidente).- Son más o menos diez indicaciones, señora Senadora. El señor JARAMILLO LYON.- No habría tiempo para tratarlas, Honorable colega. RECURSOS PARA CENTRO DE ATENCION MEDICA RURAL DE PERALILLO Y HOSPITAL DE CHIMBARONGO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Salud Pública, suscrito por los Honorables señores Allende (presidente), Ahumada, Contreras Tapia, Curti y Foncea, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que destina recursos para el Centro de Atención Médica Rural de Peralillo y para el Hospital de Chimbarongo. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 37ª, en 26 de agosto de, documento Nº 17, y el informe, en los de la sesión 47ª, en 12 de septiembre de, documento Nº 6. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión recomienda aprobar el proyecto, con las pequeñas enmiendas consignadas en el informe. El señor LUENGO (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor AHUMADA.- Este proyecto ha tenido origen en diversas intervenciones que en Horas de Incidentes hemos formulado los Senadores por las provincias de O'Higgins y Colchagua, Honorable señor Jaramillo y el Senador que habla. Se trata de una ordenación de lo establecido por la ley 16.582, que destinaba fondos provenientes de los impuestos a la producción de vinos y chicha, derogados por la ley 15.575, a diversas obras asistenciales. El Departamento Técnico del Servicio Nacional de Salud distribuyó dicho producido en pequeñas cantidades que, en total, para la provincia de Colchagua, ascendía a 930 millones de pesos. El proyecto en debate destina todos los ingresos que se obtengan por tal concepto a la construcción del hospital de Peralillo, que, no obstante ser sumamente necesario para la región, en la actualidad es una simple barraca que presta servicios insuficientes e inadecuados. Con este dinero se construirán un nuevo hospital en la comuna de Peralillo y también nuevos servicios higiénicos para el hospital de Chimbarongo. Además, la iniciativa en debate dispone que los terrenos cíe propiedad del hospital de Chimbarongo no destinados a fines asistenciales serán enajenados por el Servicio Nacional de Salud y que deberá invertirse el producto de esta venta en acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios. Por lo expuesto, los Senadores radicales aprobaremos este proyecto en toda les aprobaremos sus partes. El señor PABLO.- ¿Por qué no se prorroga la hora hasta el despacho total de los proyectos? El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No, señor Senador. El señor LUENGO (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor JARAMILLO LYON.- Sólo deseo expresar, brevemente, que la mate-ría de que trata este proyecto de ley, tal como señalaba el Honorable señor Ahumada, la hemos abordado en reiteradas oportunidades en Horas de Incidentes, tanto Su Señoría como el Senador que habla, cuando hemos solicitado atención... El señor PABLO.- Ahora habría acuerdo para prorrogar la sesión, señor Presidente. El señor JARAMILLO LYON.- ...para los hospitales de Chimbarongo y Peralillo. Sin embargo, deseo hacer notar un aspecto: este proyecto de ley es de carácter administrativo, pues da un destino determinado a fondos originalmente asignados al Servicio Nacional de Salud,... El señor LUENGO (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Senador? ¿Habría acuerdo en la Sala para prorrogar el tiempo por algunos minutos, a fin de despachar este proyecto? El señor PABLO.- Y el siguiente, también. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Siempre que se hable lo menos posible. El señor FONCEA.- Pero no vamos a hablar como telegrama. El señor LUENGO (Vicepresidente).- La Mesa procura que los señores Senadores sean lo más breves. ¿Habría acuerdo respecto de lo planteado por el Honorable señor Pablo? Aprobado. El señor JARAMILLO LYON.- Decía que éste es un problema de carácter administrativo, en virtud del cual se destinan a dos centros asistenciales fondos originalmente asignados a la provincia de Colchagua. Sin embargo, hay un aspecto que quisiera subrayar. En esa provincia existen localidades extraordinariamente más necesitadas aún que las comunas de Chimbarongo o Peralillo. Tal es el caso del sector costero, del balneario de Bucalemu, donde se interrumpe el sistema de caminos en los meses de invierno y queda una población de aproximadamente seiscientas o mil personas en el más absoluto desamparo. Deseo aprovechar esta oportunidad para solicitar que se transcriban estas observaciones, si es posible, al señor Ministro de Salud Pública. Sin perjuicio de prestar mi aprobación a la iniciativa en debate, estimo que debe considerarse, con los primeros fondos de que se disponga, con la mayor prioridad, la situación de ese balneario costero de Bucalemu, que requiere, por lo menos, una posta de primeros auxilios. El señor FONCEA.- Accediendo a la petición de la Mesa, únicamente deseo señalar que este proyecto se originó en una iniciativa del Diputado doctor Fernando Cancino, y tiene por objeto hacer una distribución más conveniente y equitativa de los recursos provenientes de la ley 16.588 en la zona que ese parlamentario representa en la Cámara baja. El artículo 26 de la ley 16.582 destina al Servicio Nacional de Salud el producido de los impuestos aplicados a la producción de vinos y chicha, posteriormente derogados por la ley 15.575, que aquél, a su vez, debe destinar a las respectivas zonas vitivinícolas que adeuden esos tributos. Deseo recordar que esto fue iniciativa del Senador que habla, y ha beneficiado a grandes provincias del país, principalmente a las que tengo la honra de representar. Pues bien, el referido artículo 26 de la ley 16.582 establecía que el Servicio Nacional de Salud, dentro del plazo de 90 días, debía hacer la distribución y dictar la resolución que señalara las obras que se realizarían en cada provincia con esos recursos. Según se explicó en la Comisión de Salud, el citado Servicio incurrió en algunos errores respecto de la provincia de Colchagua, pues destinó fondos a obras aprobadas y financiadas mediante otras leyes. En consecuencia, la iniciativa del Diputado señor Cancino tiende exclusivamente a realizar una distribución más conveniente de estos recursos en lo relativo a la provincia de Colchagua. Desde luego, nosotros daremos nuestra aprobación al proyecto. -Se aprueba en general y en particular el proyecto. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado por el Honorable señor Jaramillo. Acordado. TRANSFERENCIA DE VIVIENDAS ADQUIRIDAS POR LA DIRECCION GENERAL DE CARABINEROS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Obras Públicas, suscrito por los Honorables señores Von Mühlenbrock (presidente), Contreras Tapia y Fuentealba, recaído en el proyecto de la Cámara sobre autorización al Presidente de la República para vender a sus actuales ocupantes las viviendas adquiridas por la Dirección General de Carabineros. La Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 39ª, en 2 de agosto de 1966, documento Nº 8, y el informe, en los de la sesión 38ª, en 31 de agosto de, documento Nº 1. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Se va a leer un oficio del Ejecutivo respecto de la iniciativa. El señor PABLO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No hay tiempo para discursos, señor Senador. El señor FIGUEROA (Secretario).- El oficio a que el señor Presidente hizo referencia, suscrito por el señor Ministro del Interior, dice: "Teniendo presente que el fisco no cuenta actualmente con un número suficiente de viviendas para atender a las necesidades del personal en servicio activo del Cuerpo de Carabineros de Chile, vengo en formular indicación para que se rechace el Proyecto de Ley que autoriza al Presidente de la República para vender a sus ocupantes las viviendas adquiridas para la Dirección General de Carabineros, que fuera aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, según consta en su Boletín Nº 22.296, del año en curso." El señor LUENGO (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor PABLO.- Estimo que el señor Ministro del Interior ha cometido un error. La iniciativa consiste en una mera autorización al Primer Mandatario. No le impone obligación alguna. Por otra parte, sé, en forma positiva -he conversado con el Director General, señor Huerta-, que el Cuerpo de Carabineros ha comprometido en venta viviendas en distintas ciudades del país al personal en retiro. Sólo falta una disposición legal para materializar tal transacción. Repito: al Presidente de la República no se lo obliga a vender. Por medio de la iniciativa en debate se le otorga una mera autorización, que podrá usar en forma discrecional, según las necesidades del Cuerpo de Carabineros, o cuando la oportunidad así lo exija. Por eso, pido aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. La señora CAMPUSANO.- Anuncio los votos favorables de los Senadores comunistas a la iniciativa en discusión, pues viene a llenar una aspiración mínima del Cuerpo de Carabineros. Pareciera que el Gobierno no quisiera enfrentar el problema derivado de la toma de terrenos, en las cuales también intervienen mujeres de carabineros, pues ellas y sus hijos no tienen donde vivir. Luego, por esas acciones, se somete a sumario a sus maridos. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Este proceder no se entiende, señor Presidente. El partido de Gobierno promueve un proyecto y el Ejecutivo solicita su rechazo. De ello no hay precedentes en la historia. El señor PABLO.- Es decir, si concordamos con el Gobierno, estamos sometidos a él. Si, por el contrario, no lo estamos, actuamos mal. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Ningún Senador radical integró la Comisión que aprobó la iniciativa. La señora CAMPUSANO.- Se trata de un problema humano y justo, señor Senador. -Se aprueba en general y particular el proyecto. El señor LUENGO (Vicepresidente).- Se levanta la sesión. -Se levantó a las 12.58. Dr. René Vuskovic Bravo, Jefe de la Redacción. ANEXOS. DOCUMENTOS 1 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO, REMITIDO POR LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL NUEVO CAPITULO IV DEL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO, RELATIVO AL COMERCIO Y AL DESARROLLO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo, remitido por la Honorable Cámara de Diputados, que aprueba el nuevo Capítulo IV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, relativo al Comercio y al Desarrollo. A la sesión en que vuestra Comisión estudió este asunto asistió el Director General Adjunto para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Gastón Illanes. El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, por resolución de fecha 18 de febrero de 1946, convocó a una Conferencia Internacional sobre Comercio y Empleo, la que se celebró en La Habana el 21 de noviembre de 1947. Esta Conferencia aprobó una Carta de la Organización Internacional de Comercio y un Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (en inglés: General Agreement on Tariffs and Trade, GATT). Sin embargo, estos dos instrumentos internacionales no fueron ratificados por el número suficiente de Estados para que entrara en vigor. Por esta causa, algunos países, entre ellos Chile, optaron por declarar que el citado Acuerdo General regía con respecto de ellos, transformándose él, de esta manera, en un tratado multilateral. Con estos antecedentes estamos en situación de decir que el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, denominado comúnmente con la sigla "GATT", dado el nombre con que se cita y conoce este instrumento en inglés, es un Tratado Multilateral de Comercio cuyo objeto es facilitar y regularizar el comercio internacional mediante concesiones arancelarias recíprocas, como un medio eficaz de crear y mantener una paz duradera. Con todo, transcurridas casi dos décadas desde que el citado Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio "GATT" entró en vigencia del modo señalarlo, la realidad mundial, con su programa de pueblos divididos entre industrializados y en vías de desarrollo, ha venido a superar las normas contenidas en ese instrumento. Estas circunstancias hicieron necesario adecuarlo a la realidad de las relaciones comerciales entre ambos grupos de naciones. La Reunión de Ministros del "GATT", que es uno de sus órganos, acordó, en mayo de 1963, agregar un nuevo Capítulo IV al Acuerdo General, relativo al Comercio y al Desarrollo. El Capítulo IV a que se refiere el proyecto de acuerdo objeto de este informe es, en esencia, el reconocimiento de las diferencias entre países desarrollados y en vías de desarrollo y contiene los preceptos que permitirán aplicar nuevas normas a las relaciones comerciales entre ellos. La respectiva declaración de principios y objetivos parte de la base de que ya no es imperativo esperar reciprocidad en tales materias; para seguir argumentando que se ha hecho necesario que las partes contratantes poco desarrolladas diversifiquen su economía, dependiente hasta hoy de la monoproducción de productos primarios. Consulta más adelante un acuerdo en orden a la adopción de una política de facilidades y mejoramiento en las áreas arancelarias y fiscal, en beneficio, precisamente, de esos países monoproductores y exportadores de productos primarios. Para prevenir el problema suscitado hace 18 años, se tomó un acuerdo complementario, en orden a aplicar el nuevo Capítulo IV de facto, en la medida que la constitución y las leyes de cada Estado lo permitan, mientras él no comience a regir de jure. Os hacemos presente que la Comisión de Hacienda, a la cual fue enviado previamente este asunto, emitió un informe con fecha 25 de agosto último, en el cual recomienda la aprobación del proyecto de acuerdo en referencia. En cuanto al Protocolo que contiene el texto de este Capítulo IV, estimamos necesario reproducirlo, en razón de que fue transcrito en el dictamen de aquella Comisión. En mérito de los antecedentes relatados, vuestra Comisión tuvo a bien aprobar el proyecto de acuerdo objeto de este informe y os recomienda que adoptéis igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 12 de septiembre de . Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Fuentealba y Juliet. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 2 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL NUEVO CAPITULO IV DEL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO, RELATIVO AL COMERCIO Y AL DESARROLLO. Honorable Senado: Los errores que motivaron la crisis económica de 1929 movieron a un grupo de países, inspirados en la idea de buscar sólidas bases económicas, a elaborar un sistema que pusiera fin a la anarquía que existía en materia comercial. De este modo el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas por resolución de fecha 18 de febrero de 1946, resolvió convocar a una Conferencia Internacional sobre Comercio y Empleo, de la cual formó parte Chile. El objeto de esta reunión era elaborar un proyecto de Convención que, posteriormente, consideraría una Conferencia Mundial. La Comisión Preparatoria se reunió en Londres en el año 1946 y elaboró un Proyecto de Carta, que contema dos objetivos esenciales: regularizar el Comercio Internacional, mediante la supresión de los obstáculos para la libertad del intercambio comercial y eliminar toda forma de trato discriminatorio y crear un organismo internacional de carácter permanente sobre Comercio Exterior. Este proyecto fue perfeccionado en Nueva York en el año 1947 y posteriormente la misma Comisión Redactora se volvió a reunir en Ginebra en los meses de abril y octubre del mismo año con el objeto de redactar un proyecto definitivo de carta de la Organización Internacional de Comercio. Este proyecto fue elaborado para ser conocido más tarde por la Conferencia Mundial de La Habana. Conjuntamente con el Proyecto se negoció un Tratado Multilateral de Comercio, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, el cual reproduce importantes conceptos del proyecto de Carta e incluye amplias listas de concesiones arancelarias que los países miembros de la Comisión se otorgarían entre ellos. Lamentablemente en la reunión que el Consejo Económico y Social celebró en La Habana el 21 de noviembre de 1947 no se ratificó por el número de países necesarios la referida Carta, lo que movió a un número importante de países a declarar en vigor el acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). Así el "GATT" constituye un Convenio Multilateral de Comercio y dentro de cuyas características más sobresalientes se encuentran cláusulas como las de "la Nación más fovarecida, sobre tratamiento nacional para los impuestos internos, listas de ventajas aduaneras, la eliminación general de ciertas restricciones cuantitativas en forma no discriminatoria, la ayuda del Estado en favor del desarrollo económico, la libertad de tránsito, los derechos anti-Dumping, normas sobre aforo aduanero, marcas de origen, subsidios, etc. Este Convenio, que suscribieron originalmente veinticuatro países, entre ellos Chile, y que posteriormente, a través de las adhesiones correspondientes, ha obligado a más de setenta, adolece, después de dieciocho años de vigencia, de defectos en su estructura y en su funcionamiento, especialmente notorias para los países subdesarrollados. El reconocimiento de los países capitalistas altamente desarrollados de la necesidad de otorgar ventajas comerciales a los países subdesarrollados para permitir un comercio expedito, se obtuvo en una Reunión Ministerial que tuvo lugar en Ginebra en mayo de 1963. Posteriormente, durante el período de sesiones extraordinario de las Partes Contratantes que tuvo lugar en noviembre de 1964, se aprobó introducir un nuevo capítulo al Convenio acogiendo la insinuación de la referida reunión ministerial. Con fecha 8 de febrero de 1965 se abrió a la firma un Protocolo de Enmienda del "GATT" por el cual se incorpora en éste una Parte IV relativa al Comercio y al Desarrollo, adoptando las Partes Contratantes, al mismo tiempo, una declaración relativa a la aplicación de facto de las nuevas disposiciones hasta que entren en vigor las de jure. Dada la trascendencia de esta materia, estimamos útil transcribir a continuación el Protocolo y la Declaración aludidas: Protocolo de Enmienda del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio' por el cual se incorpora en éste una Parte IV relativa al Comercio y al Desarrollo. Los gobiernos que son partes contratantes del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (denominados más adelantes "las partes contratantes" y "el Acuerdo General", respectivamente), Deseando enmendar el Acuerdo General de conformidad con las disposiciones de su artículo XXX, Convienen en lo siguiente: 1.- Se incluirá en el texto del Acuerdo General una Parte IV compuesta de tres artículos nuevos y se modificarán las disposiciones del Anexo I de dicho Acuerdo en la forma siguiente: A Se incluirán después del artículo XXXV el título y los artículos siguientes : PARTE IV Comercio y Desarrollo. Artículo XXXVI Principios y objetivos. 1.- Las partes contratantes, Conscientes de que los objetivos fundamentales del presente Acuerdo comprenden la elevación de los niveles de vida y el desarrollo progresivo de las economías de todas las partes contratantes, y considerando que la realización de estos objetivos es especialmente urgente para las partes contratantes poco desarrolladas; Considerando que los ingresos de exportación de las partes contratantes poco desarrolladas pueden desempeñar un papel vital en su desarrollo económico y que el alcance de esta contribución depende tanto de los precios que dichas partes contratantes pagan por los productos esen- a) cíales que importan como del volumen de sus exportaciones y de los precios que perciben por los productos que exportan; Comprobando que existe una gran diferencia entre los niveles de vida de los países poco desarrollados y los de los demás países; Reconociendo que es indispensable una acción individual y colectiva, para promover el desarrollo de las economías de las Partes Contratantes poco desarrolladas y para lograr la elevación rápida de los niveles de vida de estos países; Reconociendo que el comercio internacional, considerado como instrumento de progreso económico y social, debe regirse por reglas y procedimientos -y por medidas acordes con tales reglas y procedimientos- que sean compatibles con los objetivos enunciados en el presente artículo, y Notando que las Partes Contratantes pueden facultar a las partes contratantes poco desarrolladas para que apliquen medidas especiales con objeto de fomentar su comercio y su desarrollo; Convienen en lo siguiente: 2.- Es necesario asegurar un aumento rápido y sostenido de los ingresos de exportación de las partes contratantes poco desarrolladas. 3.- Es necesario realizar esfuerzos positivos para que las Partes Contratantes poco desarrolladas obtengan una parte del incremento del comercio internacional que corresponda a las necesidades de su desarrollo económico. 4.- Dado que numerosas Partes Contratantes poco desarrolladas siguen dependiendo de la exportación de una gama limitada de productos primarios, es necesario asegurar para estos productos, en la mayor medida posible, condiciones más favorables y aceptables de acceso a los mercados mundiales y, si procede, elaborar medidas destinadas a estabilizar y a mejorar la situación de los mercados mundiales de esos productos, incluyendo, en particular, medidas destinadas a estabilizar los precios a niveles equitativos y remuneradores, que permitan la expansión del comercio y de la demanda mundiales, así como un crecimiento dinámico y constante de los ingresos reales de exportación de dichos países a fin de procurarles recursos crecientes para su desarrollo económico. 5.- La expansión rápida de las economías de las partes contratantes poco desarrolladas se facilitará mediante la diversificación de la estructura de dichas economías y evitándoles que dependan excesivamente de la exportación de productos primarios. Por consiguiente, es necesario asegurar en la medida más amplia posible, y en condiciones favorables, un mejor acceso a los mercados para los productos transformados y los artículos manufacturados cuya exportación ofrece o puede ofrecer un interés especial para las Partes Contratantes poco desarrolladas. 6.- Debido a la insuficiencia crónica de los ingresos de exportación y otros ingresos en divisas de las Partes Contratantes poco desarrolladas, existen relaciones importantes entre el comercio y la ayuda financiera para el desarrollo. Por lo tanto, es necesario que las Partes Contratantes y las instituciones internacionales de préstamo colaboren estrecha y permanentemente a fin de que puedan contribuir con la máxima eficacia a ali- viar las cargas que asumen dichas Partes Contratantes poco desarrolladas en el interés de su desarrollo económico, 7.- Es necesaria una colaboración apropiada entre las Partes Contratantes, otras organizaciones intergubernamentales y los órganos e instituciones de las Naciones Unidas, cuyas actividades están relacionadas con el desarrollo comercial y económico de los países poco desarrollados. 8.- Las Partes Contratantes desarrolladas no esperan reciprocidad por los compromisos contraídos por ellas en negociaciones comerciales de reducir o suprimir los derechos de aduana y otros obstáculos al comercio de las Partes Contratantes poco desarrolladas. 9.- La adopción de medidas para dar efectividad a estos principios y objetivos será objeto de un esfuerzo consciente y tenaz de las Partes Contratante, tanto individual como colectivamente. Artículo XXXVII Compromisos. 1.- Las partes contratantes desarrolladas deberán, en toda la medida de lo posible -es decir, excepto en el caso de que lo impidan razones imperiosas que, eventualmente, podrán incluir razones de carácter jurídico-, cumplir las disposiciones siguientes: Conceder una gran prioridad a la reducción y supresión de los obstáculos que se oponen al comercio de los productos cuya exportación ofrece o puede ofrecer un interés especial para las partes contratantes poco desarrolladas, incluidos los derechos de aduana y otras restricciones que entrañen una diferenciación irrazonable entre esos productos en su forma primaria y después de transformados; Abstenerse de establecer o de aumentar derechos de aduana u obstáculos no arancelarios a la importación respecto a productos cuya exportación ofrece o puede ofrecer un interés especial para las partes contratantes poco desarrolladas; i) Abstenerse de establecer nuevas medidas fiscales, ii) Conceder, en toda modificación de la política fiscal, una gran prioridad a la reducción y a la supresión de las medidas fiscales vigentes, que tengan por resultado frenar sensiblemente el desarrollo del consumo de productos primarios, en bruto o después de transformados, que se producen, en su totalidad o en su mayor parte, en los territorios de las partes contratantes poco desarrolladas, cuando dichas medidas se apliquen específicamente a esos productos. 2.- a) Cuando se considere que no se cumple cualquiera de las disposiciones de los incisos a), b) o c) del párrafo 1, la cuestión será señalada a la atención de las Partes Contratantes, ya sea por la parte contratante que no cumpla las disposiciones pertinentes, ya sea por cualquier otra parte contratante interesada. b) i) A solicitud de cualquier parte contratante interesada y sin perjuicio de las consultas bilaterales que, eventualmente, puedan emprenderse, las Partes Contratantes realizarán consultas sobre la cuestión indicada con la parte contratante concernida y con todas las partes contra- tantes interesadas, con objeto de llegar a soluciones satisfactorias para todas las partes contratantes concernidas, a fin de realizar los objetivos enunciados en el artículo XXXVI. En esas consultas se examinarán las razones invocadas en los casos en que no se hayan cumplido las disposiciones de los incisos a), b) o c) del párrafo 1. ii) Como la aplicación de las disposiciones de los incisos a), b) o c) del párrafo 1. por partes contratantes individualmente puede efectuarse más fácilmente en ciertos casos si se llevan a cabo en una acción colectiva con otras partes contratantes desarrolladas, las consultas podrán, en los casos apropiados, tender a ese fin. iii) En los casos apropiados, las consultas de las Partes Contratantes podrán también tender a la realización de un acuerdo sobre una acción colectiva que permita lograr los objetivos del presente Acuerdo, según está previsto en el párrafo I del artículo XXV. 3.- Las partes contratantes desarrolladas deberán: Hacer cuanto esté a su alcance para mantener los márgenes comerciales a niveles equitativos en los casos en que el gobierno determine, directa o indirectamente, el precio de venta de productos que se producen, en su totalidad o en su mayor parte, en los territorios de partes contratantes poco desarrolladas; Considerar activamente la adopción de otras medidas cuya finalidad sea ampliar las posibilidades de incremento de las importaciones procedentes de partes contratantes poco desarrolladas, y colaborar con este fin en una acción internacional apropiada; Tener especialmente en cuenta los intereses comerciales de las partes contratantes poco desarrolladas cuando consideren la aplicación de otras medidas autorizadas por el presente Acuerdo para resolver problemas particulares y explotar todas las posibilidades de remedios constructivos antes de aplicar dichas medidas, en ios casos en que éstas perjudiquen los intereses fundamentales de aquellas partes contratantes. 4.- Cada parte contratante poco desarrollada conviene en tomar medidas apropiadas para la aplicación de las disposiciones de la Parte IV en beneficio del comercio de las demás partes contratantes poco desarrolladas, siempre que dichas medidas sean compatibles con las necesidades actuales y futuras de su desarrollo, de sus finanzas y de su comercio, teniendo en cuenta tanto la evolución anterior del intercambio como los intereses comerciales del conjunto de las partes contratantes poco desarrolladas. 5.- En el cumplimiento de los compromisos enunciados en los párrafos 1 a 4, cada parte contratante ofrecerá a cualquiera o cualesquiera otras partes contratantes interesadas la oportunidad rápida y completa de celebrar consultas según los procedimientos normales del presente Acuerdo con respecto a cualquier cuestión o dificultad que pueda plantearse. Artículo XXXVIII Acción colectiva. 1.- Las partes contratantes, actuando colectivamente, colaborarán dentro del marco del presente Acuerdo y fuera de él, según sea apropiado, para promover la realización de los objetivos enunciados en el artículo XXXVI. 2.- Especialmente, las Partes Contratantes deberán: En los casos apropiados, obrar, incluso por medio de arreglos internacionales, a fin de asegurar condiciones mejores y aceptables de acceso a los mercados mundiales para los productos primarios que ofrecen un interés particular para las partes contratantes poco desarrolladas, y con objeto de elaborar medidas destinadas a estabilizar y a mejorar la situación de los mercados mundiales de esos productos, incluyendo medidas destinadas a estabilizar los precios a niveles equitativos y remunerado-res para las exportaciones de tales productos; Procurar conseguir en materia de política comercial y de desarrollo una colaboración apropiada con las Naciones Unidas y sus órganos e instituciones, incluso con las instituciones que se creen eventualmente sobre la base de las Recomendaciones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo; Colaborar en el análisis de los planes y políticas de desarrollo de las partes contratantes poco desarrolladas consideradas individualmente y en el examen de las relaciones entre el comercio y la ayuda, a fin; de elaborar medidas concretas que favorezcan el desarrollo del potencial de exportación y faciliten el acceso a los mercados de exportación para los productos de las industrias desarrolladas de ese modo, y, a este respecto, procurar conseguir una colaboración apropiada con los gobiernos y las organizaciones internacionales, especialmente con las organizaciones competentes en materia de ayuda financiera para el desarrollo económico, para emprender estudios sistemáticos de las relaciones entre el comercio y la ayuda en el caso de las partes contratantes poco desarrolladas, consideradas individualmente, a fin de determinar en forma clara el potencial de exportación, las perspectivas de los mercados y cualquier otra acción que pueda ser necesaria; Vigilar en forma permanente la evolución del comercio mundial, especialmente desde el punto de vista de la tasa de expansión del comercio de las partes contratantes poco desarrolladas, y formular a las partes contratantes las recomendaciones que parezcan apropiadas teniendo en cuenta las circunstancias; Colaborar en la búsqueda de métodos factibles para la expansión del comercio a los efectos del desarrollo económico, por medio de una armonización y un ajuste, en el plano internacional, de las políticas y reglamentaciones nacionales, mediante la aplicación de normas técnicas y comerciales referentes a la producción, los transportes y la comercialización, y por medio de la promoción de las exportaciones a través del establecimiento de dispositivos que permitan aumentar la difusión de la información comercial y desarrollar el estudio de los mercados; Adoptar las disposiciones institucionales que sean necesarias para promover la consecución de los objetivos enunciados en el artículo XXXVI y para dar efectividad a las disposiciones de la presente Parte. d) B Notas y Disposiciones Suplementarias (1). A la Parte IV Se entiende que las expresiones "partes contratantes desarrolladas" y "partes contratantes poco desarrolladas", que se emplean en la Parte IV, se refieren a los países desarrollados y a los países poco desarrollados que son partes en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. Al artículo XXXVI Párrafo 1 Este artículo se funda en los objetivos enunciados en el artículo primero, tal como será enmendado conforme a la sección A del párrafo 1 del Protocolo de enmienda de la Parte I y de los artículos XXIX y XXX, una vez que dicho Protocolo entre en vigor. Párrafo 4 La expresión "productos primarios" incluye los productos agrícolas; véase el párrafo 2 de la nota interpretativa a la sección B del artículo XVI. Párrafo 5 Un programa de diversifícación abarcaría, en general, la intensificación de las actividades de transformación de ios productos primarios y el desarrollo de las industrias manufactureras, teniendo en cuenta la situación de la parte contratante considerada y las perspectivas mundiales de la producción y del consumo de los distintos productos. Párrafo 8 Se entiende que la expresión "no esperan reciprocidad" significa, de conformidad con ios objetivos enunciados en este artículo, que no se deberá esperar que una parte contratante poco desarrollada aporte, en el curso de negociaciones comerciales, una contribución incompatible con las necesidades de su desarrollo, de sus finanzas y de su comercio, teniendo en cuenta la evolución anterior del intercambio comercial. (1) El texto del Acuerdo General en vigor actualmente fue publicado en el volumen III de los "Instrumentos Básicos y Documentos Diversos" (Número de venta: GAT/1958-5. Precio: 1 dólar de los Estados Unidos o 4 francos suizos). Este párrafo se aplicará en el caso de medidas tomadas de conformidad con la sección A del artículo XVIII, con el artículo XXVIII, con el artículo XXVIII bis (que se convertirá en artículo XXIX después de que entre en vigor la enmienda comprendida en la sección A del párrafo 1 del Protocolo de enmienda de la Parte I y de los artículo XXIX y XXX), con el artículo XXXIII, o con cualquier otro procedimiento establecido en virtud del presente Acuerdo. Al artículo XXXVII Párrafo 1 a) Este párrafo se aplicará en el caso de negociaciones para la reducción o la supresión de los derechos de aduana u otras reglamentaciones comerciales restrictivas conforme al artículo XXVIII, al artículo XXVIII bis (que se convertirá en artículo XXIX después de que entre en vigor la enmienda comprendida en la sección A del párrafo 1 del Protocolo de enmienda de la Parte I y de los artículos XXIX y XXX) o al artículo XXXIII, así como en conexión con cualquier otra acción que les sea posible emprender a cualesquiera partes contratantes con el fin de efectuar tal reducción o supresión. Párrafo 3 b) Las otras medidas a que se refiere este párrafo podrán comprender disposiciones concretas tendientes a promover modificaciones en las estructuras internas, estimular el consumo de productos determinados, o establecer medidas de fomento comercial. Aplicación de Facto de la Parte IV. Declaración sobre la aplicación de facto de las disposiciones del Protocolo de Enmienda del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio por el cual se incorpora en éste una Parte IV relativa al Comercio y al Desarrollo (adoptada el 8 de febrero de 1965). En el momento de firmar el Acta Final del Segundo Período de Sesiones Extraordinario de las Partes Contratantes, que autentifica el texto del Protocolo de enmienda del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio por el cual se incorpora en éste una Parte IV relativa al Comercio y al Desarrollo, cada uno de los gobiernos que aprueban la presente Declaración, Considerando que la entrada en vigor de las enmiendas previstas en dicho Protocolo requerirá cierto plazo, Reconociendo que no se creará ninguna obligación antes de que entren en vigor dichas enmiendas, Deseando adoptar lo más rápidamente posible disposiciones para la consecución de los objetivos enunciados en el Protocolo, Declara que tiene la intención de aplicar dichas enmiendas de facto, en la medida en que lo permitan su constitución y sus leyes actuales, a partir del 8 de febrero de 1965 y hasta el 31 de diciembre de 1965 o hasta la entrada en vigor de las enmiendas si éstas empiezan a regir antes del 31 de diciembre de 1965. Es copia fiel del original. La Comisión al conocer de esta materia tuvo oportunidad de oír al Director General Adjunto de Asuntos Económicos de la Cancillería, Abogado don Gastón Illanes, quien explicó que el Capítulo que se agrega a los Convenios del GATT es altamente conveniente para Chile porque le permite prescindir en la renegociación de sus acuerdos comerciales del principio de reciprocidad, lo que facilitará enormemente la concertación de Convenios Mercantiles que deben revalidarse el 31 de diciembre próximo, para lo cual se iniciarán conversaciones próximamente. El H. Senador señor Rodríguez, Presidente de la Comisión, manifestó que aceptaba el Convenio propuesto por contemplar ideas satisfactorias para los países de escaso desarrollo, pero hacía presente su reserva en orden a temer que por no contemplarse en el mismo normas que hicieran exigibles estos compromisos, pasaren a constituir meras declaraciones, sin mayor trascendencia. El señor Illanes concordó con el planteamiento del señor Presidente y agregó que la práctica había demostrado que estaba en lo cierto, pero al mismo tiempo indicó que la lucha que los países subdesarrollados daban en lo que respecta al comercio mundial a través del GATT y de la Conferencia de Comercio y Desarrollo de la NU se fortalecía con el Protocolo cuya ratificación se pide, sin perjuicio de continuar la lucha por lograr ahora que los países desarrollados se vean forzados a cumplir con estas disposiciones. En todo caso se ha logrado un efecto benéfico cual es de haber conseguido unir a los países insuficientemente desarrollados. La Comisión después de oír estas explicaciones aprobó unánimemente el proyecto de acuerdo en debate y os recomienda adoptar igual resolución. Sala de la Comisión, a 25 de agosto de . Acordado con asistencia de los HH. Senadores señores Rodríguez (Presidente), Contreras Tapia, Bossay, Pablo y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 3 INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA RECAIDO EN LA MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR VOLODIA TEITELBOIM, QUE CREA EL COLEGIO DE BIBLIOTECARIOS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de informa- ros acerca de una moción del H. Senador señor Volodia Teitelboim que crea el Colegio de Bibliotecarios. En el estudio que vuestra Comisión hizo de este asunto se oyó a la señorita Gabriela Amunátegui, Secretaria de la Asociación de Bibliotecarios de Chile, a la señorita Silvia Anabalón, Directora de la Biblioteca de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile y profesora de la Escuela de Biblíotecología y al señor Sergio Costagliola, Jefe de la Biblioteca de la Corporación de Fomento de la Producción. El avance científico y tecnológico característico de estos últimos años, ha hecho indispensable que las bibliotecas estén a cargo de personal especializado. Para alcanzar este objetivo se empezó por la formación de centros de especialización y se siguió con la creación de cursos universitarios, como los que mantuvo -aunque en forma irregular- la Universidad de Chile en Santiago y en los Centros Regionales de La Serena, Temuco y Antofagasta. Los primeros cursos regulares de biblíotecología funcionaron entre 1946 y 1958, en la Biblioteca Central de la Universidad de Chile. Estos estudios fueron reconocidos en agosto de 1959, dando existencia legal a la que actualmente funciona con el nombre de "Escuela de Biblíotecología". De sus aulas han egresado hasta el momento aproximadamente 380 personas que están prestando útiles servicios en los diferentes tipos de bibliotecas que existen en el país. Pero esta elevada cifra de titulados en una profesión nueva, ha hecho surgir respecto de esta especialidad diversos problemas. Como una manera de buscar solución a algunos de ellos, valorizando en debida forma la eficiencia profesional, la ley Nº 14.453 dispuso que era necesario estar en posesión del título de Bibliotecario para ingresar en la planta de Bibliotecas Públicas y para ser nombrado bibliotecario en la Administración Pública y en los Servicios y Empresas del Estado. La proposición de ley en estudio va más lejos al satisfacer en forma integral la aspiración lógica y justificada de todas las personas que ejercen una misma profesión, de agruparse en un núcleo que, junto con proporcionarles protección, los oriente y los guíe. Las consideraciones anteriores sirvieron de fundamento a vuestra Comisión para aprobar la idea de legislar sobre la materia a que se refiere la moción en informe. Vuestra Comisión entró en seguida al examen de los 32 artículos en que se agrupan las disposiciones del proyecto consultado en la moción. Os advertimos, desde luego, que, según se ha dicho en el seno de vuestra Comisión, al redactar este articulado se tuvo como base los estatutos orgánicos de los otros Colegios Profesionales existentes en el país. Estimamos innecesario detenernos a analizar cada uno de los preceptos de que consta el proyecto de ley que os proponemos y nos limitaremos a comentar ciertos acuerdos tomados en esta discusión particular, a fin de precisar el criterio de vuestra Comisión en algunas materias de que trata este estatuto y a hacer algunas aclaraciones respecto de ellos. Por de pronto, fuimos partidarios de que la elección del Consejo General se efectuara por el sistema de voto acumulativo, de modo de asegurar una representación proporcional a las mayorías y a las minorías, de acuerdo con la norma que consignamos en el artículo 6º, la que no coincide con el criterio que informa otras leyes orgánicas sobre Colegios Profesionales. Con el voto en contra del Honorable Senador Enríquez, aprobamos un precepto, al que le correspondió el número 7º, que estableció la reelec-tibilidad de los miembros del Consejo General sólo por un período más. En seguida, consideramos necesario aclarar el sentido del artículo 99, en orden a que las exigencias que dicha disposición señala para ser elegido miembro del Consejo General debe regir para el futuro, por cuanto el Primer Consejo General se designará de la manera que señalaremos más adelante. . Fuimos parcos en lo que concierne a aceptar normas muy estrictas que obliguen a efectuar contrataciones o nombramientos sólo de personas que sean bibliotecarios inscritos en los registros de la orden, por estimar que yendo muy lejos en este sentido, más que la obtención de un beneficio, se causa un daño. Por esta razón creemos que, tal como se presentan las cosas, basta con el artículo 21 de nuestro proyecto y con las disposiciones de los artículos 8° y 20 de la citada ley Nº 14.453. De la misma manera fuimos cuidadosos al darle forma definitiva a los artículos del Título VII, que trata de las medidas disciplinarias. En efecto, preferimos la pena de multa a la de suspensión temporal, a causa de la incidencia que ésta podría tener respecto del desempeño de un cargo para el que se requiere poder ejercer los derechos de colegiado. Cabe a continuación destacar que, en el artículo 4º transitorio se prescribe que el Directorio de la Asociación de Bibliotecarios de Chile organizará la elección del Primero Consejo General, dentro del plazo de seis meses. Por último, se procede a aclarar ciertas situaciones que quedan entregadas a la dictación de normas reglamentarias. Así, los artículos 6º, inciso primero, y 22, de manera expresa, disponen que en el Reglamento de la ley, que al Presidente de la República le corresponde dictar dentro de sus atribuciones constitucionales, se consultarán las normas que regulen el procedimiento para elegir el Consejo General y las que determinen las funciones propias del bibliotecario. En cambio, el mismo artículo 6º, inciso segundo, y el artículo 27 -este último concierne al procedimiento para la aplicación de medidas disciplinarias- se refieren a un Reglamento interno que aprobará la Reunión General a proposición del Consejo. Con el mérito de los antecedentes relacionados, vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de recomendaros la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "TITULO I Del Colegio de Bibliotecarios. Artículo 1º-Créase una institución con personalidad jurídica denominada "Colegio de Bibliotecarios", que se regirá por las disposiciones de la presente ley. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios de los Consejos Regionales respectivos. Artículo 2º--El Colegio tendrá por objeto velar por el prestigio, prerrogativas y ética de la profesión de Bibliotecario, mantener la disciplina profesional, defender los derechos de los bibliotecarios y contribuir a su perfeccionamiento. TITULO II De la organización. Artículo 3º-El Colegio de Bibliotecarios será dirigido por un Consejo General, con domicilio en Santiago, y por los Consejos Regionales a que se refiere el artículo 13, los que estarán domiciliados en las capitales de provincia que corresponda. El Consejo General tendrá jurisdicción en la provincia de Santiago y la supervigilancia de los Colegios Regionales y de los bibliotecarios de toda la República. Artículo 4º-Formarán parte del Colegio de Bibliotecarios, previa inscripción en sus registros, los siguientes profesionales: Los bibliotecarios que hayan obtenido o que obtengan el título de tales en las Escuelas de Bibliotecología dependientes de universidades reconocidas por el Estado, y que tenga, a lo menos, los mismos requisitos de ingreso y la misma duración de estudios y programas que los exigidos por la Escuela de Bibliotecología de la Universidad de Chile, y Aquellas personas que, habiéndose graduado en alguna universidad extranjera, obtuvieren el reconocimiento o revalidación de su título en conformidad a las disposiciones del Estatuto de la Universidad de Chile o de las universidades reconocidas por el Estado. TITULO II Del Consejo General. Artículo 5°-El Consejo General estará compuesto por 11 miembros, que desempeñarán sus cargos ad honorem. Artículo 6º- La elección se efectuará en la segunda quincena del mes de abril que corresponda, por el sistema de voto directo y acumulativo, de modo de asegurar una representación proporcional a las mayo- rías y a las minorías. 'El Reglamento de esta ley consultará las normas que regulen el procedimiento eleccionario. Participarán en ella, en la forma que establezca el Reglamento interno, los colegiados inscritos con antelación de por lo menos tres meses a la fecha de la elección. Artículo 7º-Los miembros del Consejo General durarán cuatro años en sus cargos, se renovarán por parcialidades de 5 y 6 de ellos cada dos años, alternativamente y podrán ser reelegidos, consecutivamente, sólo por un período más. Articulo 8º-En su primera sesión y en la primera que realice después de cada elección el Consejo General elegirá de entre sus miembros, por votación directa y secreta, un Presidente y un Vicepresidente. Además, nombrará de entre las personas extrañas a él, sean o no miembros del Colegio, un Tesorero General y un Secretario General, que tendrá la calidad de ministro de fe. Artículo 9°-Para ser miembro del Consejo General se requiere: Estar inscrito en los registros del Colegio; Estar en posesión del título de bibliotecario durante cinco años a lo menos, y haber ejercido la profesión por igual período; No haber sido objeto de medidas disciplinarias en los últimos cinco años, y d) Estar domiciliado en el departamento de Santiago. Artículo 10.- Son atribuciones del Consejo General: Velar por el prestigio y prerrogativas de la profesión de bibliotecario y por su correcto ejercicio de acuerdo con la ética profesional; Proteger a los bibliotecarios, velando por sus derechos y por las condiciones económicas y de trabajo en que ellos prestan servicios, teniendo para ello en cuenta las modalidades y necesidades de cada región; Conocer en segunda instancia de los asuntos sobre aplicación de medidas disciplinarias tramitados por los Consejos Regionales, sin perjuicio de poder aplicar por sí mismo las sanciones que establece la ley; Administrar y disponer de los bienes del Colegio; Aprobar anualmente el Presupuesto de Entradas y Gastos del Consejo General y de los Consejos Regionales; Fijar el monto de las cuotas ordinarias que deben pagar los colegiados y de las extraordinarias que sea necesario establecer en el carácter de generales para todo el país, con consulta y aprobación de la Reunión General; g) Supervigilar el funcionamiento de los Consejos Regionales y responder a las consultas que éstos le hagan; h) Representar legalmente al Colegio: éste estará representado por su Presidente; en ausencia de éste, por el Vicepresidente, y en defecto de éste, por el Consepero que haya obtenido la más alta votación. Para acre ditar la representación, bastará un certificado del Secretario del Consejo; i) Llevar el Registro de todos los bibliotecarios de la República. En este Registro se dejará constancia de las distinciones, de los puestos que desempeñen y de las medidas disciplinarias que les fueren aplicadas; 3) Velar por el cumplimiento de esta ley y proponer a la autoridad competente la dictación o modificación de leyes, decretos y reglamentos que tengan relación con las actividades bibliotecarias; k) Responder a las consultas y evacuar los informes que solicitaren las autoridades sobre asuntos concernientes a la profesión; 1) Contratar a los empleados del Colegio y determinar sus funciones y remuneraciones; m) Propender a la creación, fomento y desarrollo de bibliotecas en el país y participar en la fijación de la política bibliotecaria general del Estado; n) Intervenir en representación de los bibliotecarios en los conflictos de éstos con las instituciones en que presten sus servicios; ñ) Crear y mantener una publicación periódica del Colegio y una biblioteca técnica, y o) Proponer a la Reunión General el Reglamento Interno. Artículo 11.- El Consejo General podrá: a) Organizar convenciones, jornadas y congresos bibliotecarios y mantener relaciones permanentes con instituciones y organismos nacionales y extranjeros, y c) Proponer innovaciones a los programas de estudios que dicten las Escuelas de Biblioteconomía. Artículo 12.- El Consejo General sesionará a lo menos una vez al año, y para hacerlo requerirá la mayoría absoluta de sus integrantes en ejercicio. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría, salvo en los casos en que haya disposición expresa en contrario. La inasistencia a tres sesiones ordinarias consecutivas, sin causa justificada, y cinco alternadas, determinará la vacancia del cargo de Consejero. La vacante que se produzca por esta u otras causas será llenada por la persona que en la elección del Consejo General haya ocupado el décimo segundo lugar, y en caso de imposibilidad o ausencia de ésta, se designará a la o a las siguientes personas, según los casos, y de acuerdo al orden de precedencia, por el tiempo que faltare para completar el período correspondiente. En caso de renuncia colectiva de las personas que integran el Consejo o de falta o imposibilidad de un número de miembros que impida formar quórum para sesionar, el Secretario convocará a la brevedad posible a los colegiados de la jurisdicción a Reunión General para proceder a la elección. TITULO IV De los Consejos Regionales. Artículo 13.- Habrá un Consejo Regional en la capital de cada provincia, siempre que en su territorio ejerzan la profesión por lo menos veinte bibliotecarios. Si dentro de la provincia no se reuniere el número necesario de profesionales para constituir un Consejo, éstos dependerán de] Consejo Regional más cercano que señale el Consejo General. Los Consejos Regionales estarán compuestos por cinco miembros, que desempeñarán sus cargos sin remuneración. Artículo 14.- Para ser miembro de un Consejo Regional se requieren las condiciones exigidas en el artículo 9º, letras a) y c) ; estar en posesión del título de bibliotecario durante dos años, a lo menos; y tener domicilio en la ciudad sede del respectivo Consejo. Artículo 15.- Regirán para los Consejos Regionales las disposiciones de los artículos 6º, 7º, 8º y 12 en cuanto les sean aplicables. Artículo 16.- Son obligaciones y atribuciones de los Consejos Regionales las indicadas para el Consejo General en las letras a), b), j), k), 1) y m) del artículo 10, dentro del territorio de su respectiva jurisdicción. Son, además, obligaciones y atribuciones de los Consejos Regionales: aplicar las medidas disciplinarias a que se refiere el artículo 23, y presentar una memoria anual de la labor del Colegio efectuada en el año precedente y un balance de su estado económico, antes del 15 de marzo de cada año. TITULO V De las reuniones generales. Artículo 17.- Habrá una reunión ordinaria en el curso de la primera quincena de abril de cada año. En ella el Consejo General presentará una memoria de la labor del Colegio en el año precedente y un balance de su estado económico. Artículo 18.- En toda reunión general, ordinaria o extraordinaria, el quorum para sesionar será del 20%, a lo menos, de los colegiados. Si no hay quorum, la sesión se celebrará al día siguiente a la misma hora con los que concurran, debiendo ello expresarse en la misma citación. Los acuerdos se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes. Los colegiados de provincia podrán nombrar delegados. Artículo 19.- Habrá una reunión extraordinaria cuando lo acuerde el Consejo General, o lo pidan por escrito al Presidente, indicando su objeto, un número de bibliotecarios que represente, a lo menos, el 20% de los colegiados. En ella sólo podrán tratarse los asuntos incluidos en la convocatoria. Artículo 20.- La citación se hará por medio de tres avisos publicados en un diario de las ciudades asiento de los Consejos Regionales, con indicación del día, lugar y hora en que debe verificarse la reunión y su objeto, si fuere extraordinaria. El primer aviso será publicado, a lo menos, con quince días de anticipación al designado para la reunión. Artículo 21.- Para ejercer la profesión de bibliotecario se requiere estar inscrito en el Registro de cualquiera de los Colegios Regionales, y estar al día en el pago de las cuotas señaladas en el artículo 28, letra b). Artículo 22.- Son funciones propias del bibliotecario aquellas que determine el Reglamento de esta ley. TITULO VII De las medidas disciplinarias. Artículo 23.- Los Consejos Regionales, dentro de su territorio jurisdiccional, podrán imponer al bibliotecario que incurra en cualquier acto lesivo para la dignidad de la profesión, las sanciones que a continuación se indican: Amonestación: Censura, y Multa no superior a dos sueldos vitales anuales, escala A, del departamento de Santiago. De cualquiera de estas medidas se podrá apelar ante el Consejo General. Articulo 24.- El Consejo General, conociendo de una reclamación a requerimiento de un Consejo Regional, o de oficio, podrá acordar la cancelación de la inscripción en el Registro del Colegio, siempre que monvos seriamente graves lo justifiquen y que la resolución se tome por tres cuartos de sus integrantes. Artículo 25.- ¡Se consideran exclusivamente como motivos graves para los efectos del artículo anterior, los siguientes: Haber sido sancionado con la pena señalada en la letra c) del artículo 23, dos veces a lo menos, y Haber sido condenado el inculpado por sentencia ejecutoriada por dento que merezca pena aflictiva, con excepción de aquellos que por las circunstancias y móviles de la perpetración, tenga el carácter de delito político. Artículo 26.- Las facultades disciplinarias concedidas a los Consejos Regionales no se podran ejercer una vez pasado un año desde la fecha en que se cometieron los actos que se trata de juzgar. Artículo 27.- El Reglamento interno establecerá el procedimiento para la aplicación de medidas disciplinarias. TITULO VIII De los bienes del Colegio. Artículo 28.- Formaran el patrimonio del Colegio de Bibliotecarios los siguientes bienes: a) El derecho de inscripción en el Registro del Colegio, que será fijado por el Consejo General, sin que pueda exceder de un 25% del sueldo vital mensual, escala A, del departamento de Santiago; Las cuotas que fije el Consejo General como aporte periódico de los colegiados, las que no podrán exceder del medio por ciento de la remuneración, cuando ésta sea inferior a tres sueldos vitales mensuales y del uno por ciento cuando aquélla sea mayor, y Las donaciones que reciba. El Reglamento interno establecerá la, forma de cobro de las cuotas que puedan establecerse. Artículos transitorios. Artículo 1º- Dentro del plazo de un año, a contar de la fecha en que empiece a regir esta ley, podrán solicitar su inscripción en el Registro del Colegio, con todos los derechos correspondientes, las siguientes personas: Aquellas que teniendo título de bibliotecario conferido por una universidad extranjera, acrediten haber ejercido la profesión en Chile durante cinco años, y Aquellas que a la fecha de vigencia de esta ley hayan desempeñado el cargo de bibliotecario, sin poseer título, durante un lapso no inferior a dos años y siempre que en la actualidad trabajen como tales. Artículo 2º- Cinco de los miembros del primer Consejo General permanecerán en ejercicio por dos años. Su designación se efectuará por sorteo. Artículo 3º- Los bibliotecarios que a la fecha de publicación, de esta ley fueren socios activos de la Asociación de Bibliotecarios de Chile, quedarán exentos del pago de derecho de inscripción en el Registro del Colegio. Artículo 4º- El Directorio de la Asociación de Bibliotecarios de Chile organizará la elección de Consejeros Generales del Colegio dentro del plazo de seis meses, contado desde la vigencia de esta ley. Sala de la Comisión, a 8 de septiembre de . Acordado en sesiones de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Teitelboim (Presidente), Allende y Enríquez, y de 30 de agosto último, con asistencia de los Honorables Senadores señores Teitelboim (Presidente), Allende, Ibáñez y Reyes. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 4 INFORME DE LA. COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES, EN SEGUNDO TRAMITE, FORMULADAS POR EL EJECUTIVO AL PROYECTO DE LEY QUE EXIME DE IMPUESTOS A LAS PUNCIONES QUE SE REALICEN EN EL TEATRO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE ANCUD. Honorable Senado: La Comisión de Hacienda ha aprobado las observaciones del Ejecutivo al proyecto de ley del rubro porque concuerda en hacer extensivo a todos los Cuerpos de Bomberos del país el beneficio que el Congreso aprobó sólo para el Cuerpo de Bomberos de Ancud. Con el veto que os recomiendan aprobar se refuerza la justicia del proyecto aprobado por el Congreso Nacional. Sala de la Comisión a 13 de septiembre de . Acordado con asistencia de los HH. Senadores señores Altamirano (Presidente), Contreras Tapia, Miranda, Pablo y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 5 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE LIBERA DEL PACO DE DERECHOS LA INTERNACION DE ELEMENTOS DESTINADOS A LA PARROQUIA DE SAN JUAN EVANGELISTA, DE LOTA. Honorable Senado: El proyecto de la H. Cámara tiene por objeto otorgar franquicias aduaneras a la importación de un equipo de campanas electrónicas donadas a la Parroquia de San Juan Evangelista de Lota, la que así podrá reponer otro equipo similar destruido en el terremoto del año 1960. Además se otorga igual franquicia a la internación de una unidad dental destinada al Club Social Hogar del Viajante, de un costo de US$ 1.778,11 incluidos accesorios. La Comisión aprobó esta iniciativa de ley por 3 votos a favor y 2 abstenciones de los señores Altamirano y Miranda pero acordó introducirle modificaciones de redacción a fin de asimilarlo a otros proyectos-análogos. En virtud de lo expuesto os recomendamos aprobar el proyecto de la H. Cámara de Diputados con las siguientes modificaciones : Artículo único. Reemplazar el párrafo inicial del inciso 1º por el siguiente: "Artículo único.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el Decreto de Hacienda, número 2772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, así como de la obligación de efectuar depósitos previos en el Banco Central, a la importación de las siguientes especies destinadas a las instituciones que se indican : a) Un equipo de campanas electrónicas Constan Martin, tipo: 3 B 2 de tres sonidos (3 campanas), con un toque de difunto automático, destinado a la Parroquia de San Juan Evangelista de Lota y que comprende los elementos siguientes:" El parrafo segundo pasa a ser párrafo tercero, sin modificaciones. El inciso segundo pasa a ser inciso final en los términos que se indica más adelante. El inciso tercero suprimirlo. Consultar como párrafo cuarto el inciso cuarto con la modificación que se indicará oportunamente. El inciso cuarto pasa a ser párrafo cuarto del inciso primero, con la sola modificación de anteponerle lo siguiente: "b)". Como inciso final consultar el inciso segundo del proyecto reemplazado por el siguiente: "Si dentro del plazo de cinco años, contados desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o fueren destinadas a fines distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del DFL número 213, de 1953, sobre Or denanza de Aduanas." Con las modificaciones expuestas el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo único.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el Decreto de Hacienda número 2772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, así como de la obligación de efectuar depósitos previos en el Banco Central, a la importación de las siguientes especies destinadas a las instituciones que se indican: a) Un equipo de campanas electrónicas Constan Martin, tipo 3 B 2, de tres sonidos (3 campanas), con un toque de difunto automático, desti- nado a la Parroquia de San Juan Evangelista de Lota y que comprende los elementos siguientes: Una caja de generadores tipo: 3 B 2, número G 2421; Una caja distributor de toques tipo: 3 B 2, número D 2421; Una caja amplificador tipo: 3 B 2, número A 2421; Dos altavoces-campanas tipo: 3 B 2, número C 2421 inscrita en cada altavoz-campana; Dos motores de altavoces-campanas, marca RCF, tipo: 40-60 embalados aparte; Un tranformador de línea, tipo: 3 B 2, número T 2421; Un juego de cables de conexión; Un reloj eléctrico con sistema de ángelus automático, marca Hu-chez, tipo: LSIP - Nº 1158467. Un regulador automático de tensión, tipo: P. P. 220, marca Dinatra. b) Una unidad dental y un sillón dental destinados al Club Social Hogar del Viajante que fueron importados bajo el registro de importa ción número 275602, del 11 de abril de , por el valor CIF, de US$ 1.022,87., según factura Nº 2914 de la firma Hakusui Trading Co. Ltda, de Osaka, Tokío, Japón; un juego Unidad Rayos X para uso dental "ACMEX-S" (X-2) según factura Nº 3096 e instrumentos dentales se gún factura Nº 3097, ambos de un valor de US$ 755,24., CIF Valparaíso. "Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la vigencia de esta ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier titulo o fueren destinadas a unes distintos de los señalados, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del DFL número 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas." Sala de la Comisión a 13 de septiembre de . Acordado con asistencia de los HH. Senadores señores Altamirano (Presidente), Contreras Tapia, Miranda, Pablo y Von Mühlenbrock. Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 0|T. 2340 - Instituto Geográfico Militar -