. . . . . " La se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n Creo que la observaci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Gonz\u00E1lez Madariaga es justa. Pero, a mi juicio, debe haber alg\u00FAn recurso que permita hacer cumplir a esta compa\u00F1\u00EDa las obligaciones que se le impongan, pues ella existe en otros pa\u00EDses,... \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS (don V\u00EDctor).- \n \n En Chile tambi\u00E9n tiene oficina central. \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n ...y mantiene, como apunta el Honorable se\u00F1or Contreras, oficina central en Chile. Adem\u00E1s, esta instituci\u00F3n no s\u00F3lo ha cerrado sus locales en Antofagasta, sino tambi\u00E9n en Coquimbo y en casi todo el norte. \n \nEl se\u00F1or GONZALEZ MADARIAGA.- \n \n En la costa del Pac\u00EDfico. \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \n Estimo justa la proposici\u00F3n, pues se tiende a beneficiar' a personas de edad no inferior a 55 a\u00F1os. Todos sabemos que los hombres y mujeres mayores de 50 a\u00F1os ya no encuentran trabajo en parte alguna, y, por lo tanto, van definitivamente a la cesant\u00EDa, al hambre y la miseria. \nRepito: me parece justo que estas personas, que no podr\u00E1n volver a trabajar en parte alguna, cuenten, por lo menos, con una pensi\u00F3n que les permita subsistir. \nConcuerdo con la indicaci\u00F3n del Honorable se\u00F1or Foncea. Creo que podr\u00EDamos autorizar a la Mesa para redactar el art\u00EDculo 1\u00BA en el sentido de que sea la compa\u00F1\u00EDa quien pague las imposiciones indispensables para que ese personal pueda acogerse al beneficio de la jubilaci\u00F3n. \n " . . . . . .