" El se\u00F1or ENRIQUEZ.- \n \n \u00BFMe permite la palabra, se\u00F1or Presidente? \nMe parece que en esta disposici\u00F3n tambi\u00E9n se plantea un problema de orden constitucional: lo relativo al financiamiento. \nDe conformidad con el inciso segundo, \"el gasto que demande este art\u00EDculo se imputar\u00E1 al mayor ingreso que se produzca en la Cuenta A-1 Impuesto a la Renta de las Empresas 1\u00AA Categor\u00EDa del C\u00E1lculo de Entradas de la Ley de Presupuestos de la Naci\u00F3n para el a\u00F1o 1967\", \nEsa manera de otorgar financiamiento es incorrecta, porque los Presupuestos de la Naci\u00F3n, en sus c\u00E1lculos de ingresos, resultan un todo indisoluble. El financiamiento no puede acordarse sobre la base de excedentes que se pueden calcular en cuentas determinadas, cuando en otras cuentas -ya es notorio, y fluye de la propia exposici\u00F3n del Ministro de Hacienda- hay d\u00E9ficit. \nDecir que con el excedente de esta cuenta se financia un mayor gasto significa, en realidad, atentar contra las disposiciones constitucionales y la ley org\u00E1nica de Presupuestos. \nPor esta raz\u00F3n, mi voto es contrario al veto. \n " . . . . . . . . .