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- rdf:value = " El señor FONCEA.-
La verdad de las cosas es que discrepo del criterio sustentado por mis distinguidos colegas Honorables señores Musalem y Pablo.
El señor LUENGO.-
¡Esto sí que es bueno!
El señor FONCEA.-
Estoy hablando totalmente en serio.
El señor TEITELBOIM.-
No se nota.
El señor FONCEA.-
Hay que escuchar razones. No estamos en ninguna escuela de pilotines, en que todos tengamos que opinar lo mismo.
Yo opino lo siguiente: si al condenado por delito tributario -porque el artículo 4º habla de "condenados", es decir de quienes están cumpliendo una condena- no se dan facilidades para pagar, la sanción resulta demasiado drástica, inhumana, e incluso ha de impedir al fisco percibir lo que tales contribuyentes podrían redituar si se les incluyera en los beneficios del proyecto. ¿Cómo no dar facilidades a un condenado, sobre todo considerando el régimen carcelario nuestro,. . .
El señor BARROS.-
Indulte al "Loco Pepe", entonces.
El señor FONCEA.-
. . . en que no existe posibilidad alguna de trabajo? No hay talleres; el delincuente no tiene oportunidad de desenvolverse, de producir. Por eso, ese sector merecería precisamente una disposición contraria a lo que persigue el veto. El que ha sido condenado a una pena corporal, a la privación de su libertad, tiene derecho a que se le permita pagar.
Eso es lo que quería decir, muy brevemente.
El señor RODRIGUEZ.-
¿Por qué no se lo dice al señor Molina?
El señor FONCEA.-
No está aquí. Mañana se lo diré.
Voto que no.
"