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- rdf:value = " EXTENSION DE LA JORNADA DE TRABAJO DE LOS MEDICOS RADIOLOGOS.
El señor FIGUEROA (Secretario). -
En conformidad a un acuerdo de Comités, corresponde tratar el informe de la Comisión de Salud Pública, suscrito por los Honorables señores Barros (presidente), Curti, Enríquez y Noemí, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza la extensión del horario de trabajo de los médicos radiólogos.
La Comisión recomienda a la Sala aprobar el proyecto con las modificaciones contenidas en el boletín número 23.783.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo tramité, sesión 52ª, en 5 de septiembre de 1968.
Informe de Comisión de:
Salud Pública, sesión 22ª, en 10 de diciembre de 1968.
El señor LUENGO (Vicepresidente).-
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor BARROS.-
Señor Presidente, este proyecto fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados. Constaba primitivamente de un artículo único que tenía por finalidad ampliar, de G, a 8 horas el peligroso trabajo do los médicos radiólogos. Contó con la anuencia del señor Ministro de Salud Pública, con el visto bueno de la Sociedad Chilena de Radiología y con la aceptación de los interesados. Ello constituyó un fuerte fundamento para Que la Comisión aceptara el artículo ya aprobado por la Cámara, no obstante que sus disposiciones se refieren a una especialidad muy riesgosa. La Comisión de Salud Pública del Senado lo aprobó por unanimidad y en tal virtud pasa a la consideración de la Sala.
Personalmente, sigo creyendo que la especialidad de radiología es peligrosa, de modo que ocho horas diarias constituye un exceso, a pesar de los medios de protección existentes hoy día contra las radiaciones, pues los equipos radiológicos son muy perfectos.
Reitero que es un trabajo muy arriesgado. La vida de los radiólogos está infinitamente más expuesta que la del resto de los especialistas. Pero como no podemos ser más papistas que el Papa, ya que los interesados aceptan el proyecto, nosotros decimos: quien por su gusto se condena, váyase al infierno a penar.
Se agregaron otros artículos relativos a la medicina curativa de los empleados. Se acepta que los médicos recién recibidos tengan las mismas prerrogativas que los profesionales antiguos, con el objeto de mejorar la atención.
Se aprobó también un artículo -el Honorable señor Enríquez, nos puede informar al respecto- que suprime un sorteo de la Polla Chilena de Beneficencia, que coincide con otro de la Lotería de Concepción.
En el artículo 6º se declaran imponibles las remuneraciones a que se refiere el artículo 4º de la ley Nº 16.644, a contar de 1968. En vista de las informaciones del personal de la Polla Chilena de Beneficencia -Alejandro Poillot Luna, Alberto Moyano Hughes, Eduardo Salgado Solo-vera, René Urrutia Cuadrado, Hugo Zúñiga Cabezas, Ramón Rey Duque, Hernán Hormazábal Varas- y en consideración a lo dicho por el Honorable señor Noemí en cuanto a que no habría veto, porque no habría mayor gasto fiscal al aprobarse la indicación de que se trata, ya que el beneficio se financia con las economías en los gastos de administración, aprobamos todo el proyecto, y así solicitamos proceder a la Sala.
El señor ENRIQUEZ.-
Ya el Honorable señor Barros ha explicado en general el proyecto.
Sólo quiero referirme al artículo 3º, que suprime uno de los dos sorteos de la Polla Chilena de Beneficencia, por coincidir prácticamente en su fecha de realización con uno de la Lotería de Concepción. Tal criterio obedece a que entre Pascua y Año Nuevo no existe suficiente capacidad compradora para la adquisición de los boletos respectivos, lo cual motiva una pérdida neta para ambas instituciones. La Polla Chilena de Beneficencia está de acuerdo con esa supresión. En realidad, el precepto no se refiere a un sorteo determinanado, pero de su contexto se desprende que alude al que señale.
El proyecto es obvio y sencillo, y sus demás disposiciones ya han sido explicadas.
El señor NOEMI.-
La ley en proyecto constaba de un artículo único, y no de seis como el que ahora se somete a nuestra consideración. Su objeto primordial, como dijo el Honorable señor Barros, era extender a 8 horas diarias la jornada de trabajo de los radiólogos, a fin de que puedan servir funciones de su especialidad aun en servicios o instituciones que no sean aquéllos donde tengan contratada su jornada normal de labores. En otras palabras, no se aumenta el horario de trabajo de esos especialistas, ya" que tal autorización la estableció la ley 16.585. Simplemente, se les otorga mayores facilidades para desarrollar sus labores y se les permite, por ejemplo, servir tanto en el Servicio Nacional de Salud como en el Servicio Médico Nacional de Empleados. Se quiere resolver con ello el problema de escasez de esos profesionales.
Cabe hacer notar, como lo señaló el Honorable señor Barros, que los avances tecnológicos han alcanzado tal nivel que han reducido al mínimo los peligros de irradiación a que están expuestos tales especialistas en el desempeño de sus funciones.
En razón de que los interesados y el propio Colegio Médico lo solicitaron, el precepto se aprobó por unanimidad.
En seguida, la Comisión estudió diversas indicaciones formuladas al proyecto en debate. Una de ellas, propuesta por el Ejecutivo, introduce dos enmiendas al artículo 6º de la ley de Medicina Curativa: la primera suprime la condición impuesta a los médicos-cirujanos que deseen atender en el sistema de libre elección, de acreditar ante el Colegio Profesional respectivo cierto horario mínimo contratado en el sistema funcionario regido por la ley Nº 15.076. Además, elimina la permanencia mínima de tres años en el sistema de libre elección.
En mi concepto, esta indicación se justifica, ya que tiende a aumentar las disponibilidades de profesionales, lo que, sin duda, redundará en el mejor cumplimiento de la ley de Medicina Curativa.
En seguida figura la indicación a que hizo referencia el Honorable señor Enríquez, que aprobamos unánimemente por las razones dadas por Su Señoría.
Reitero que en general votamos positivamente la iniciativa en examen por considerarla beneficiosa para la aplicación de la ley de Medicina Curativa y el mejor aprovechamiento del exiguo número de radiólogos.
Antes de terminar mis observaciones, deseo referirme a una norma que modifica al artículo 12 del DFL. 121, de 1960, en el sentido de autorizar también al Instituto Geográfico Militar para imprimir en sus talleres los boletos de la Polla Chilena de Beneficencia. En la actualidad la Casa de Moneda no posee capacidad suficiente para atender esa función. De esta manera podrá ser resuelto cualquier caso de emergencia en cuanto a emisión de boletos.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Lo que acaba de decir el Honorable señor Noemí me preocupa un poco. Tengo la impresión de que el Instituto Geográfico Militar se fundó con otro propósito: editar los mapas, las cartas geográficas del país, en especial con miras a la defensa nacional y a otros asuntos de más elevado interés para la nación. ¿Por qué se autoriza ahora a esa institución para imprimir boletos de lotería? Creo que tal medida es un poco fuerte. Pudo buscarse otra solución que, sin afectar la función primordial del Instituto, le permitiera no perder la calidad anotada. Aquello me parece, como digo, un poco fuerte.
El informe no proporciona mayores antecedentes respecto de los artículos 5º y 6º, a los cuales se refirió brevemente el Honorable señor Noemi. El primero de ellos dice: "Derógase el inciso primero del artículo 84 de la ley Nº 16.744.", y el segundo expresa: "Declárase que son imponibles las remuneraciones a que se refiere el artículo 4º de la ley Nº 16.644, a contar del año 1968".
Tal vez el Honorable señor Noemi nos podría informar al respecto.
El señor CHADWICK.-
La explicación del artículo 5º aparece en la página 4 del informe.
El señor NOEMI.-
La norma que se deroga establece que hospitales de la actual Caja de Accidentes del Trabajo ubicados en Santiago, Valparaíso, Coquimbo, Concepción, Temuco, Osorno y Valdivia y la Clínica Traumatológica de Antofagasta, se mantendrán como Centros de Traumatología y Ortopedia una vez fusionados la Caja de Accidentes del Trabajo y el Servicio de Seguro Social.
Esta es la explicación.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Y en cuanto al otro artículo?
El señor NOEMI.-
Lo explicó el Honorable señor Enríquez.
El señor ENRIQUEZ.-
En realidad, el artículo 6° se refiere a otra materia: es una disposición interpretativa. El artículo 4º de la ley 16.644 dice:
"Declárase que el reajuste de 15,54% ó 25,9% aplicado a las remuneraciones condicionadas a porcentajes de utilidad de superávit presupuestario que pasó a incrementar el sueldo del año 1966 del personal de Polla Chilena de Beneficencia está ajustado a derecho y en consecuencia dicho personal ha tenido y tiene derecho a seguir percibiendo esa suma como parte integrante de su sueldo".
Como señalé, la Contraloría ha objetado el precepto en referencia, porque en él se omitió la expresión "imponible" después de la palabra "sueldo". De ahí que al decir el artículo 6" del proyecto que son "imponibles las remuneraciones", está interpretando el artículo 4º de la ley 16.644, pero no tiene carácter retroactivo, pues la imponibilidad se aplica a contar de 1968. Además, no significa mayor gasto, ya que los mayores egresos se cubrirán con economías en los gastos de administración de la Polla Chilena de Beneficencia.
Por último, este precepto cuenta también con el beneplácito del Ejecutivo.
El señor NOEMI.-
Exactamente. Tengo entendido que ya lo dijo el Honorable señor Barros al fundar su voto.
El señor CHADWICK.-
No quiero objetar el informe de la Comisión, pero destaco que, en mi opinión, el artículo 6° tiene efecto retroactivo, porque su mandato regirá a contar desde el 1° de enero de 1968.
El señor ENRIQUEZ.-
Es indudable
El señor CHADWICK.-
Entonces, Su Señoría está de acuerdo en que el artículo tiene tal calidad.
El señor ENRIQUEZ.-
Sí, señor Senador, pero la retroactividad tiene validez a partir de 1968, y no desde 1966, cuando se comenzó a aplicar el artículo 4º de la ley Nº 16.644, que acabo de leer.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Quiero agregar algo más.
Mi intervención obedeció al propósito de destacar el compromiso contraído por él Honorable señor Aylwin en el Senado, en nombre del Gobierno,, de suprimir en lo futuro los vetos aditivos, lo cual celebré mucho. Tal compromiso se adquirió en el entendido de que en lo sucesivo nosotros nos abstendríamos, conforme a preceptos reglamentarios, de injertar materias ajenas a la idea central de los proyectos. Todo ello conduce a una mejor claridad legislativa, porque ahora ocurre que el Ejecutivo, al enviar vetos aditivos, y el legislador, al "pegar" indicaciones ajenas a la materia central de los proyectos, están distorsionando la labor legislativa.
Espero que esta oportunidad será la última en que se quebrante la promesa.
El señor NOEMI.-
Estamos discutiendo un proyecto, no un veto.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Ya lo dije: el compromiso se amplió también al legislador en el sentido de no introducir materias extrañas a la idea esencial de un proyecto de ley.
El señor FONCEA.-
-Deseo destacar un hecho importante: en mis 16 años de parlamentario, por primera vez me corresponde conocer un proyecto destinado a extender un horario de trabajo, a solicitud de los propios interesados y de la Sociedad Chilena de Radiología, según se expresa en el informe. A mi juicio, este proceder merece destacarse, porque no es normal en el país.
Aprovecho la oportunidad también para felicitar muy cordialmente a los médicos especialistas en radiología, porque ellos han tomado la iniciativa en esta petición. Ojalá su actitud sea imitada en Chile, ya que es común vernos abocados a solicitudes para reducir la jornada laboral, en circunstancias de que el estímulo del trabajo es la única manera de promover la grandeza de los pueblos.
El señor CHADWICK.-
Quisiera restablecer la verdad en este asunto. Es estrictamente cierto que no se extiende la jornada de trabajos de esos especialistas, sino que se da autorización a los médicos radiólogos para contratar dos horas más en otro servicio, ya que en la actualidad sólo pueden hacerlo en instituciones que tengan jornada diaria de ocho horas.
El señor FONCEA.-
No me he referido a las razones, sino a los hechos.
-Se aprueba en general el proyecto, y también en particular, por no haber sido objeto de indicaciones.
"
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