. . . " El se\u00F1or CONTRERAS LABARCA.- \n \n El art\u00EDculo 1\u00B0 empieza diciendo: \"Der\u00F3ganse todas las franquicias y exenciones consistentes en la exenci\u00F3n total o parcial del Impuesto Global Complementario\". Esta norma fue aprobada por unanimidad en la Comisi\u00F3n y en la C\u00E1mara de Diputados. \n \nEl se\u00F1or VON M\u00DCHLENBROCK.- \n \n Con algunas excepciones. \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS LABARCA.- \n \n Me estoy refiriendo al principio fundamental que informa la disposici\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or RODRIGUEZ.- \n \n L\u00F3gico. \n \nEl se\u00F1or CONTRERAS LABARCA.- \n \n El precepto tiende precisamente a eliminar algunas franquicias relativas al impuesto global complementario que no se justifican de ninguna manera. \nNo obstante existir consenso para modificar la legislaci\u00F3n sobre el particular, se est\u00E1n introduciendo exenciones, como la que nos ocupa, que, a nuestro entender, no pueden ser defendidas con razones convincentes. Las faenas relacionadas con los bosques est\u00E1n regidas por una legislaci\u00F3n especial que les otorga innumerables franquicias, de las cuales disfrutan actualmente los propietarios de aqu\u00E9llos. \nCuando aprobamos el art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto, manifestamos clara y definitivamente que deb\u00EDan ser abolidas las numerosas exenciones al impuesto global complementario por carecer de justificaci\u00F3n, ya que en nuestra legislaci\u00F3n impositiva ese tributo es el \u00FAnico que tiene car\u00E1cter progresivo y es de elemental justicia aplicarlo en general a todas las rentas. En el caso en discusi\u00F3n, se quiere eliminar lo relativo a los bosques, y el Honorable se\u00F1or Von M\u00FChlenbrock insiste en que es necesario proteger esta actividad. Me parece l\u00F3gico que as\u00ED sea, pero ocurre que los bosques est\u00E1n suficientemente amparados por la legislaci\u00F3n vigente, la cual otorga a este tipo de explotaci\u00F3n toda clase de privilegios tributarios. Por consiguiente, no se justifica eximir tambi\u00E9n a esa actividad del impuesto global complementario, tanto m\u00E1s cuanto que, como hemos dicho, es de total y absoluta equidad tributaria imponerlo de manera general a todas las rentas. \nSin embargo, como lo hemos subrayado en tres oportunidades, no se tiene presente que el impuesto global complementario est\u00E1 gravando en gran parte a los sueldos, salarios y pensiones. De modo que, no por favorecer a un grupo de empresarios e inversionistas que se dedican a la explotaci\u00F3n de bosques, vamos a vulnerar el principio general consignado en el art\u00EDculo 1\u00B0, vale decir que deben ser derogadas todas las exenciones totales o parciales del impuesto a que me vengo refiriendo. \nPor esta raz\u00F3n, nosotros votamos en contra del veto en la Comisi\u00F3n de Hacienda e insistiremos con nuestros votos negativos en la Sala. \n \n " . . . . . . . .