rdf:value = " El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Considero de mucha importancia el aspecto que comenta Su Señoría. Conviene recordar que a la Contraloría no compete la administración del país. El organismo contralor no administra...
El señor PABLO.-
A veces, sí.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
...sino supervigila. Las leyes orgánicas dan facultades a sus jefes de servicio para ejercer la administración.
En realidad, los reparos hechos por la Contraloría son escasos dentro del conjunto general de los actos administrativos. Por eso, conviene aclarar el aspecto antes referido, pues, en verdad, la expedición de los trámites administrativos interesa a la comunidad. La forma de superar los problemas que se produzcan entre las diversas reparticiones y la Contraloría, es cuestión también del buen juicio de las autoridades que en cada oportunidad intervienen.
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