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Con motivo de la moción que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Prohíbese, en los días domingo y festivos, la circulación de vehículos de propiedad fiscal, semifiscal o de empresas autónomas del Estado que de acuerdo a las normas vigentes lleven o les corresponda llevar un disco estampado que lo identifique como tal.
Artículo 2º.- Los Carabineros de Chile que comprueben una infracción al artículo anterior, deberán retener y retirar de inmediato de la circulación el vehículo respectivo, y dentro de las 24 horas del día hábil siguiente, ponerlo a disposición de la jefatura de la repartición que corresponda.
El parte respectivo deberá enviarse al Departamento de Inspección de la Contraloría General de la República para que este organismo, previa información sumaria de la infracción, proceda a aplicar la medida disciplinaria de destitución al o a los funcionarios que resulten responsables.
Artículo 3º.- Las normas anteriores no regirán respecto de aquellos vehículos qué correspondan a reparticiones que por la naturaleza de las funciones que desempeñan deban circular los días domingo o festivos. Esta circunstancia deberá ser determinada por una resolución dictada por la autoridad máxima del Servicio, debidamente refrendada por la Contraloría, copia autorizada de la cual deberá portar el conductor del respectivo vehículo."
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Héctor Valenzuela Valderrama. Arnoldo Kaempfe Bordalí.
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