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- rdf:value = " 9.- INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS PARA EL PAGO DE LOS GASTOS COMUNES EN LOS EDIFICIOS QUE LAS CAJAS DE PREVISION SOCIAL VENDAN A SUS IMPONENTES.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado las observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley que establece normas para el pago de los gastos comunes en los edificios que las Cajas de Previsión Social vendan a sus imponentes.
Las observaciones en referencia consisten en la supresión de los artículos tercero y quinto del proyecto. La Honorable Cámara de Diputados las aprobó.
La primera observación elimina el artículo tercero que declara que el préstamo que autoriza la ley número 15.727 a los imponentes de Valdivia, Osorno, Llanquihue y Chiloé, con motivo de los sismos de 1960, corresponde a todos los imponentes de las Cajas de Previsión, hayan o no obtenido préstamos de auxilio en el año 1960.
El Ejecutivo funda su observación en que no es conveniente revivir un beneficio ya concedido para atender necesidades que han perdido actualidad, o que han sido cubiertas por otros medios, como asimismo, extenderlo a personas que no sufrieron los daños que lo motivaron.
Vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores Contreras Tapia y Corbalán, y la oposición del Honorable Senador señor Foncea, acordó proponer el rechazo de la observación y la insistencia en el artículo observado.
La segunda observación elimina el artículo quinto que fija en el 20% de las remuneraciones imponibles o pensiones de los deudores y de sus cónyuges el servicio de las deudas en los sistemas de obligaciones hipotecarias y créditos de cualquiera especie regulados por el D.F.L. N° 2, de 1959.
El Gobierno funda la observación en que el sistema aprobado por el Congreso para el pago de las deudas hipotecarias es de difícil aplicación y en que dicha materia ha sido regulada en forma lógica y orgánica por la ley que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores Contreras Tapia y Corbalán, y la oposición del Honorable Senador señor Foncea, acordó proponeros que rechacéis la observación e insistáis en el precepto.
Sala de la Comisión, a 20 de enero de 1966.
Acordado con la asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia ( Presidente), Corbalán y Foncea.
(Fdo.): Iván Auger Labarca, Secretario.
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