REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 13ª, en miércoles 22 de junio de 1966 Ordinaria. (De 16.13 a 20.24) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES TOMAS REYES VICUÑA, JOSE GARCIA GONZALEZ Y EXEQUIEL GONZALEZ MADARIAGA. SECRETARIOS, LOS SEÑORES PELAGIO FIGUEROA TORO Y FEDERICO WALKER LETELIER. INDICE Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA 1064 II.- APERTURA DE LA SESION 1064 III.- LECTURA DE LA CUENTA 1064 Proyecto sobre creación de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado. (Prórroga de plazo a Comisión) 1065 Fecha de vigencia de ascensos en las Fuerzas Armadas. Oficio (Se acuerda) 1065 IV.- ORDEN DEL DIA: Asunto de gracia en favor de doña María Elena Astorga Williams (Preferencia)1069 Proyecto que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Cardenal Arzobispo de Santiago y Primado de Chile doctor José María Caro Rodríguez. (Se exime de Comisión y se aprueba) 1070 y 1082 Proyecto de ley sobre protección de menores. Veto. (Queda pendiente la votación) 1070 y 1083 Sesión secreta V.- TIEMPO DE VOTACIONES: Solicitud de desafuero del Intendente de Santiago (Se rechaza) ... 1085 Solicitud de desafuero del Gobernador del departamento Pedro Aguirre Cerda. (Se rechaza) 1087 Solicitud de desafuero del Gobernador de Parral. (Se rechaza) ... 1088 Homenaje a la memoria del ex Presidente de la República Ecmo. señor Juan Antonio Ríos. (Se anuncia) 1088 VI.- INCIDENTES: Peticiones de oficios. (Se anuncian) 1088 Homenaje a la memoria del Cardenal Arzobispo de Santiago doctor José María Caro con motivo del centenario de su natalicio. (Discursos de los señores Noemi, Bulnes, Castro y señora Campusano) Tabla de fácil despacho para la sesión ordinaria siguiente. (Se anuncia) 1098 Funcionamiento de oficinas de Misiones Militares norteamericanas en edificio del Ministerio de Defensa Nacional. Oficio. (Observaciones del señor Barros) 1099 DOCUMENTOS: 1.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley que destina recursos al Club de Abogados de Chile para la adquisición de un bien raíz 2.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley sobre condonación de impuesto a la producción de vinos en las provincias de Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco 1103 3.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de derecho la internación de un automóvil donado al Obispo de Iquique 1105 4.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de todo gravamen la internación de dos televisores donados al Liceo de Niñas Nº 11, de Santiago 1106 5.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar diversos inmuebles en la ciudad de Iquique 1107 6.- Informe de la Comisión de Obras Públicas en el cual propone enviar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el proyecto de ley que modifica el artículo 29 de la ley Nº 15.364, con el objeto de facultar la inscripción en los Registros del Colegio Técnico de Chile a los empleados de la Empresa de Ferrocarriles del Estado 1108 7.- Informe de la Comisión de Obras Públicas que propone enviar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social el proyecto de ley, iniciado en moción del H. señor Miranda, que dispone la donación de una vivienda a los familiares de las personas fallecidas y el otorgamiento de una indemnización a quienes resultaron heridos en los incidentes ocurridos en el mineral de El Salvador el día 11 de marzo de 1966, respectivamente 1109 8.- Moción de los Honorables señores Senadores Sepúlveda y Von Mühlenbrock con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Constitución Política del Estado en el sentido de crear la décima agrupación provincial y postergar las elecciones generales de regidores que tendrán lugar en el año 1967. . 1110 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Barros, Jaime; Bossay, Luis; Bulnes S., Francisco; Campusano, Julieta; Castro, Baltazar; Contreras, Carlos; Corbalán, Salomón; Curti, Enrique; Chadwick, V., Tomás; Durán, Julio; Enríquez, Humberto; Ferrando, Ricardo; Foncea, José; Fuentealba, Renán; García, José y; Gómez, Jonás; González M., Exequiel; Gormaz, Raúl; Gumucio, R. Agustín; Jaramillo, Armando; Juliet, Raúl; Luengo, Luis F.; Miranda, Hugo; Noemi, Alejandro; Pablo, Tomás; Palma, Ignacio; Prado, Benjamín; Reyes, Tomás; Rodríguez, Aniceto; Sepúlveda, Sergio; Tarud, Rafael; Teitelboim, Volodia, y; Von Mühlenbrock; Concurrió, además, el Ministro de Justicia. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Federico Walker Letelier. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16,18, en, presencia de 12 señores Senadores. El señor REYES (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor REYES (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios. Cuatro de los señores Ministros de Agricultura, del Trabajo y Previsión Social, y de la Vivienda y Urbanismo, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Ahumada (1), Contreras Labarca (2), Durán (3), González Madariaga (4) y Rodríguez (5) : 1) Pavimentación de calles en comuna de Paredones. 2) Obras públicas en Lanco. 3) Reforesíación en Estero Ranquilco. 4) Celebración de contratos mes a mes. 5) Obras públicas en Lanco. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Uno de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento en que comunica que el jueves 23 del mes en curso, en su sesión de 9.45 a 13 horas, iniciará el estudio en particular del proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 15.576, sobre abusos de publicidad. -Se mandó a comunicar a los señores Senadores. Uno de la Comisión Especial encargada de estudiar los proyectos de reforma constitucional, en que comunica que ha designado como su Presidente al H. Senador señor Prado. -Se manda archivar el documento. Informes. Cuatro de la Comisión de Hacienda, recaídos en las siguientes materias: 1) Observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley que destina recursos al Club de Abogados de Chile para la adquisiciones de un bien raíz. (Véase en los Anexos, documento 1). 2) Observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley sobre condonación de impuestos a la producción de vinos, en las provincias de Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco. (Véase en los Anexos, Documento 2) . 3) Proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que libera de derechos la internación de un automóvil donado al Obispo de Iquique. (Véase en los Anexos, Documento 3) . 4) Proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que libera de todo gravamen la internación de dos televisores donados al Liceo de Niñas Nº 11 de Santiago. (Véase en los Anexos, Documento 4) . Tres de la Comisión de Obras Públicas: El primero, recaído en el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar diversos inmuebles en la ciudad de Iquique, con los fines que indica. (Véase en los Anexos, Documento 5). Con el segundo, recomienda enviar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el proyecto de ley, iniciado en moción del ex Senador señor Faivovich, que modifica el artículo 29 de la ley Nº 15.364, con el objeto de facultar la inscripción en los Registros del Colegio de Técnicos de Chile a los empleados de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que indica. (Véase en los Anexos, Documento 6) . Con el tercero, propone enviar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social el proyecto de ley, iniciado en moción del H. Senador señor Miranda, que dispone la donación de una vivienda a los familiares de las personas fallecidas y el otorgamiento de una indemnización a quienes resultaron heridos en los incidentes ocurridos en el mineral de El Salvador el día 1.1 de marzo de 1966, respectivamente. (Véase en los Anexos, Documento 7) . -Quedan para tabla. Moción. Una de los Honorables Senadores señores Sepúlveda y Von Mühlenbrock, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica la Constitución Política del Estado en el sentido de crear la décima agrupación provincial y postergar las elecciones generales de Regidores que tendrán lugar en el año 1967. (Véase en los Anexos, Documento 8) . -Posa a la Comisión Especial de Reformas Constitucionales. CREACION DE LA DIRECCION NACIONAL DE FRONTERAS Y DE LIMITES DEL ESTADO. PRORROGA DE PLAZO A COMISION. El señor SEPULVEDA.- ¿Me permite, señor Presidente? En la tabla de la sesión de hoy figura, en tercer lugar, un proyecto, aprobado por la Cámara de Diputados, que crea la Dirección Nacional de Fronteras y de Límites del Estado. Pese a haber sido aprobado allí en general, aún no está totalmente despachado por la Comisión de Relaciones Exteriores, Por esta razón, el Ministro del ramo ha prometido enviar un oficio, que debe llegar a la Sala de un momento a otro, para retirar la urgencia. Por lo tanto, ruego al señor Presidente recabar el asentimiento del Senado para prorrogar el plazo reglamentario a dicha Comisión, a fin de que pueda evacuar el informe la próxima semana. El señor REYES (Presidente).- Si le parece a la Sala, se prorrogará por una semana el plazo reglamentario a la Comisión. Acordado. FECHA DE VIGENCIA DE ASCENSOS EN LAS FUERZAS ARMADAS. OFICIO. El señor FUENTEALBA.- ¿Me permite, señor Presidente? Con motivo de las discrepancias habidas en la Comisión de Defensa Nacional y, posteriormente, entibe el criterio sustentado por ésta y el sostenido por el Ejecutivo, se retardó el pronunciamiento sobre los ascensos propuestos para determinados jefes de las Fuerzas Armadas, quienes, en definitiva, resultarán perjudicados, por cuanto, a raíz de dicha demora, sufrirán también una merma en sus remuneraciones. Si los ascensos se hubieran despachado antes, los mencionados militares habrían comenzado a percibir los mayores sueldos también con anterioridad. Parece haber consenso en todos los Senadores en el sentido de reparar este daño, pues ni el Senado ni el Presidente de la República han tenido intención de inferirlo a los jefes que resultan afectados por la tardanza. Por esta razón, un señor Senador -me parece que fue el Honorable señor Ampuero- formuló una petición, en una de las sesiones anteriores, e insinuó la conveniencia de que los acuerdos del Senado se hicieran con fecha anterior, a fin de permitir que las nuevas remuneraciones comiencen a ser percibidas, no desde la fecha del decreto que dicte el Jefe del Estado, sino desde aquella en que la Comisión despache estos ascensos. Sin embargo, en la actualidad existe la disposición del artículo 59 del decreto con fuerza de ley Nº 129, de 1960, que dice: "Para la promoción a los grados de Oficiales Superiores y Generales, la fecha de nombramiento que deberá establecer el decreto supremo correspondiente, podrá ser la fecha del acuerdo del Honorable Senado." Según tengo entendido, este precepto se dictó, precisamente, porque la Contraloría General de la República estimaba que la fecha desde la cual regiría el nombramiento sería la de la dictación del decreto supremo que lo cursara. Y, mediante la disposición legal citada, se autorizó para fijar como fecha de la designación una anterior: la del acuerdo adoptado por el Senado. En presencia de esta norma legal, nosotros no podríamos remediar la situación de los afectados por la última incidencia producida a raíz de la discrepancia de criterio entre la Comisión de Defensa del Senado y el Ejecutivo. Porque, de acuerdo con este precepto, el nombramiento sólo podría hacerse a contar de la fecha del acuerdo de la Cámara Alta, lo cual, en el caso que nos ocupa, se producirá en la próxima semana, siempre que nosotros nos pronunciemos mañana en la Comisión respecto de los ascensos. Ante este problema, es preciso buscar otra solución de carácter legal. Afortunadamente, hace pocos días el Senado despachó una ley -la Nº 16.466, de 29 de abril del presente año- que mejora las rentas del personal de las Fuerzas Armadas. El artículo 17 de ese texto legal facultó al Presidente de la República para modificar el decreto con fuerza de ley 129, de 1960. En consecuencia, lo que cabe hacer -ésta es la petición que deseo formular- es que el Senado -ya sea en mí nombre o en el del Comité Demócrata Cristiano; pero lo ideal sería que fuera en nombre de la Corporación-oficie al Presidente de la República para que éste, haciendo uso de la facultad que le otorga el artículo 17 de la citada ley, dicte de inmediato, antes de que nosotros adoptemos acuerdo, un decreto con fuerza de ley tendiente a modificar el artículo 59 del decreto Nº 129, en el sentido de disponer que la fecha de nombramiento que debe establecerse en el decreto supremo correspondiente podría ser la de recepción del mensaje del Ejecutivo por el Senado. O sea, en vez de estatuir, como ocurre hoy día, que podrá ser la fecha del acuerdo del Senado, que se diga: "Podrá ser la fecha de recepción del mensaje del Ejecutivo por el Senado." De este modo, no sólo solucionaremos el problema que afecta en este momento a los jefes superiores, sino que crearemos también una situación de carácter general y permanente para afrontar cualquiera demora futura que pueda producirse respecto de ascensos. En definitiva, si se mantiene la situación actual, ello redundará en perjuicio de los interesados. Por estas razones, solicito oficiar al Presidente de la República para que, en uso de las facultades que le concede la disposición legal mencionada, proceda a dictar de inmediato un decreto con fuerza de ley que modifique el artículo 59 del decreto 129 en el sentido que he indicado. He formulado esta petición aquí, en el Senado, y no he ido a solicitar al Presidente de la República, en forma personal, que solucione esta situación, porque creo que somos nosotros quienes debemos tener iniciativa en este sentido, puesto que en esta Corporación se suscitó el problema, a raíz de las diferencias de criterios surgidas entre la mayoría de la Comisión de Defensa y el Senador que habla. Repito: es este propio cuerpo legislativo el que debe tomar la iniciativa al respecto. Por eso he formulado la petición. El señor TEITELBOIM.- A propósito del problema planteado por el Honorable señor Fuentealba, quiero decir, por mi parte, que en la sesión celebrada esta mañana por la Comisión de Defensa Nacional se discutió la proposición formulada ayer, en la Sala, por el Honorable señor Ampuero, tendiente a considerar como fecha del nombramiento de los oficiales de nuestras Fuerzas Armadas cuyo ascenso se propone, la de recepción del mensaje por el Senado. Después de consultar en esa oportunidad el texto legal mismo, se concluyó que éste es ambiguo, pues dice que podrá ser la fecha de la aprobación del Senado. Este "podrá" permite interpretación en un sentido u otro. Pero, en vista de que la proposición hecha por el Honorable señor Fuentealba recoge el espíritu y también la iniciativa del Honorable señor Ampuero, que nosotros estimamos plenamente justa, somos partidarios de que, en nombre del Senado, se pida al Ejecutivo que dicte el decreto modificatorio, a fin de que dichos oficiales puedan considerarse ascendidos, para todos los efectos legales, desde la fecha de recepción de los mensajes por la Cámara Alta. El señor CORBALAN (don Salomón).- He escuchado con mucha atención las palabras pronunciadas por el Honorable señor Fuentealba. En ausencia del Honorable señor Ampuero y de acuerdo con el planteaminto hecho ayer por Su Señoría, en representación de] Partido Socialista, quien pidió, precisamente, que estos nombramientos rigieran desde la fecha en que los mensajes llegaron al Congreso, debo manifestar que concordamos con la petición del Honorable señor Fuentealba, porque interpreta fielmente el sentir expresado en la sesión de ayer por el Honorable señor Ampuero, miembro de la Comisión de Defensa Nacional por parte de nuestra colectividad política. Creemos que éste es el procedimiento correcto, y esperamos que el Senado obtenga el acuerdo para que el oficio sea enviado en nombre de todos los Comités de la Corporación. El señor JULIET.- Señor Presidente, he solicitado la palabra para manifestar la adhesión de los Senadores radicales a lo. propuesto ayer por "el Honorable señor Ampuero y analizado hoy día, en su aspecto legal, por el Honorable señor Fuentealba . Pero quiero agregar que me asaltan serias dudas acerca de la legalidad que pudiera tener nuestro acuerdo. Si el Senado solicitara al Presidente de la República la dictación de un decreto que permitiera aclarar el sentido de la ley, podríamos exponernos a que dicho decreto no sea cursado por la Contraloría General de la República por no estar de acuerdo con una ley vigente. A mi juicio, las observaciones formuladas por el Honorable señor Teitelboim han permitido aclarar lo planteado sobre el particular. El término "podrá" puede interpretarse de dos maneras: de acuerdo con la fecha de recepción del mensaje por el Senado, o de conformidad con el momento en que esta Corporación adopte el acuerdo. El Jefe del Estado no puede interpretar legalmente una ley ni darle un sentido distinto del que pudo tener el legislador. De allí que quizás valga la pena que nuestra Comisión de Legislación o el Presidente del Senado estudien el aspecto legal de este asunto antes de que formulemos la petición de decreto al Jefe del Estado. El señor FUENTEALBA.- ¿Me permite, señor Senador? Deseo advertir a Su Señoría que no se trata de pedir al Presidente de la República la dictación de un decreto aclaratorio, sino que, de acuerdo con la facultad que le otorgó la última ley que aumentó las remuneraciones de las Fuerzas Armadas, modifique el decreto con fuerza de ley Nº 129 del año 1960, en el sentido de establecer que la fecha de los ascensos militares deberá ser la de recepción del respectivo mensaje por el Senado. Por lo tanto, no se trata de un simple decreto supremo, sino del ejercicio de una facultad legal concedida por el Congreso precisamente para modificar el D.F.L. 129. El señor JULIET.- Declaro no tener ningún conocimiento legal profundo con relación al punto en debate, pues, como bien dijo el Honorable señor Teitelboim, esta materia no fue debatida más allá de cinco minutos en la sesión celebrada esta mañana por la Comisión. Todos estuvimos contestes con el propósito expresado por el Honorable señor Fuentealba. Sin embargo, no con el ánimo de polemizar, sino con el de evitar que el Senado pueda incurrir en una inconsecuencia, me permito insistir en la necesidad de estudiar más detenidamente la cuestión. El Presidente de la República fue facultado, según entiendo, para modificar el decreto mencionado por Su Señoría con relación a ciertas disposiciones, no en términos generales. El señor FUENTEALBA.- No; la facultad concedida por el Congreso es precisamente para modificar el decreto con fuerza de ley Nº 129. Puedo afirmarlo, por cuanto he estudiado el asunto. El señor JULIET.- De ser así, debo adherir a lo expresado por el Honorable señor Fuentealba. Sí hubiera algún error en lo aseverado por Su Señoría, no lo culparé de ello; pero, en el momento oportuno, recordaré mi posición en esta materia. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No estuve presente en la Comisión, pero comparto también el justo deseo de que las proposiciones de ascensos de aquellos oficiales que han sido afectados por tan prolongada dilación en su despacho, tengan vigencia a partir de la fecha en que los respectivos mensajes fueron recibidos en el Senado. El Ejecutivo resolvería en una materia de su competencia, cual es la dictación de un decreto con fuerza de ley modificatorio; pero lo que aparece de toda justicia es que tales promociones rijan en la forma que he señalado. El señor JARAMILLO LYON.- No me parece que la Cuenta sea la oportunidad más adecuada para discutir la procedencia o improcedencia de una petición como la que se propone formular a Su Excelencia el Presidente de la República. Sin embargo, consciente de la importancia y gravedad que entraña esta cuestión relativa a las Fuerzas Armadas que tanto tiempo ha preocupado al Senado, adhiero, en nombre de los Senadores del Partido Nacional, a la petición formulada por el Honorable señor Fuentealba, a fin de que estos oficiales superiores de nuestros institutos armados no sean perjudicados por una situación del todo ajena al desempeño de sus funciones y en virtud de la cual han visto retardados sus ascensos y, por ende, la legítima percepción de las nuevas remuneraciones a que se han hecho acreedores. Por las consideraciones expuestas, solicito agregar al oficio solicitado el nombre del Partido Nacional. El señor LUENGO.- Pido que también enviarlo en nombre de nuestro Comité, señor Presidente. El señor REYES (Presidente).- Hago presente que la proposición del Honorable señor Fuentealba, a la que han adherido distintos Comités o Senadores, discrepa de la formulada por el Honorable señor González Madariaga. En efecto, la del primero, coincidiendo con la que habría hecho el Honorable señor Ampuero en sesión anterior, significaría una norma de carácter permanente, en tanto que la sugerida por el Honorable señor González Madariaga -así la he entendido yo, por lo menos- se refiere en forma específica a los mensajes de ascensos que han sufrido una postergación más allá de lo prudente en el Senado. Sobre esa base, propone incorporar, en el acuerdo que a dichos ascensos preste el Senado, una fecha distinta de vigencia; más concretamente, la de recepción de los respectivos mensajes por parte de esta Corporación. El señor FUENTEALBA.- Me atrevo a pedir al Honorable señor González Madariaga que no haga cuestión de su solicitud. Nadie ignora que respeto mucho el criterio de Su Señoría; pero si tomáramos un acuerdo como el que ha propuesto no resolveríamos el problema que nos interesa superar por iniciativa del propio Senado. Al respecto, dejo constancia de que he elegido esta vía por respeto a mis Honorables colegas, y por creer que está presente en el ánimo de todos el deseo de solucionar esta cuestión. Personalmente, considero que no hay otro camino que el señalado: la dictación de un decreto con fuerza de ley aclaratorio o modificatorio del Nº 129, tantas veces mencionado. En cambio, si aceptáramos la petición del Honorable señor Senador, correríamos el riesgo de que la Contraloría estimara que los decretos de nombramiento deben regir desde la fecha en que el Senado les presta su acuerdo, y no desde aquella en que fueron recibidos los respectivos mensajes. Por lo demás, la Corporación no despachará esos ascensos hasta la próxima semana. En consecuencia, no podemos evitar este aspecto de hecho en cuanto a la vigencia de esas promociones. La proposición del señor Senador tendría sólo valor de carácter moral; pero, desde el punto de visita jurídico, no resuelve el problema, pues, con seguridad, encontrará tropiezos en la Contraloría. El señor CORBALAN (don Salomón).- También me permito solicitar al Honorable señor González Madariaga que no insista en su proposición, porque, además, los mensajes de ascensos no son proyectos de ley; de modo que no es posible introducirle modificaciones. La proposición de Su Señoría tendría que ser materia de un proyecto aparte y exigiría una tramitación del todo distinta, que haría imposible hacerla coincidir con el problema concreto que preocupa el Senado. Nosotros podemos concordar en cuanto a que no sería conveniente dar el carácter de permanente a. una norma como ésta; sin embargo, como no hay otro modo de resolver el problema en la forma que lo hemos planteado, los Senadores de estas bancas no haremos cuestión de ello, a fin de que se pueda adoptar el acuerdo propuesto, en el bien entendido de que el Ejecutivo hará la enmienda respectiva. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No crea el Senado que es mi propósito ser obstáculo para una solución, sobre todo si con ello pudiera dañar a las personas a quienes todos deseamos favorecer. Por lo tanto, con mucho agrado acojo las peticiones de los Senadores señores Fuentealba y Corbalán y retiro mi indicación. El señor REYES (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado, en nombre de los señores Senadores y de los Comités correspondientes. Acordado. V.- ORDEN DEL DIA. ASUNTO DE GRACIA A FAVOR DE DOÑA MARIA ELENA ASTORGA WILLIAMS. El señor REYES (Presidente).- Por ser la materia que figura en el primer lugar de la tabla motivo de discusión secreta, propongo destinar a ella los últimos cinco minutos del Orden del Día y entrar a considerar el proyecto que figura a continuación. Acordado. ERECCION DE MONUMENTO A LA MEMORIA DEL CARDENAL ARZOBISPO DE SANTIAGO Y PRIMADO DE CHILE DOCTOR JOSE MARIA CARO RODRIGUEZ. El señor FIGUEROA (Secretario).- Ha llegado a la Mesa una presentación, suscrita por todos los Comités, en virtud de la cual se exime del trámite de Comisión y se propone despachar, sin debate, en el segundo lugar del Orden del Día de la sesión de hoy, un proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Cardenal Arzobispo de Santiago y Primado de Chile doctor José María Caro Rodríguez . El señor REYES (Presidente).- Si a la Sala le parece, daré por ratificado el acuerdo de Comités. Acordado. PROTECCION DE MENORES. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde continuar ocupándose en los informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda recaídos en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional al proyecto que modifica la legislación sobre protección de menores. -Las observaciones aparecen en los Anexos de la 82ª, en 18 de marzo de 1966, documento Nº 2, página 4695, y los informes sobre el veto, en los de la sesión 1ª de esta legislatura, documentos Nºs. 3 y 4, páginas 20 y 41. El señor FIGUEROA (Secretario).- En la última sesión, quedó pendiente la observación N° 8, recaída en el artículo 3º, referente a la Junta Directiva del Consejo Nacional de Menores. La observación consiste en suprimir las letras f), g) y h), relativas a los representantes en ese organismo de personeros del Colegio de Asistentes Sociales, de la Unión de Profesores de Chile y del Servicio Nacional de Salud. La Cámara aprobó la observación. El señor REYES (Presidente.- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CHADWICK.- En sesión anterior, ya formulamos las observaciones que nos merece el veto. El señor TEITELBOIM.- No es mi deseo repetir los argumentos dados a propósito de este veto; pero como han transcurrido algunos días, deseo reiterar, brevemente, mi juicio en todo adverso a él. En mi concepto, la observación del Ejecutivo destituye a ese organismo del carácter técnico que debe tener. Este problema es digno de considerarse al abordar una materia relacionada con la protección de menores, en que la especialización juega un papel que ha sido ahora abiertamente desdeñado por el Ejecutivo. Pido a mis Honorables colegas que mediten acerca de la gravedad que entraña el veto en cuestión. El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).- Puesto que se trata de reiterar, aunque sea someramente, las posiciones planteadas durante el debate pendiente, debo insistir en que el veto no entraña, a juicio del Gobierno, la gravedad que supone el Honorable señor Teitelboim. En efecto, el Consejo de este organismo queda integrado por suficiente personal técnico y, a mayor abundamiento, en su planta se considera la asesoría necesaria y adecuada a tal objeto. El señor REYES (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. -Resultado de la votación: 12 votos por la afirmativa, 12 por la negativa y 1 pareo. El señor REYES (Presidente).- Corresponde repetir la votación. Si le parece a la Sala, se dará por repetida, con el mismo resultado. El señor CHADWICK.- Da lo mismo: ya están suprimidas las letras. No tiene influencia alguna el resultado de esta votación . El señor LUENGO.- Ya está aprobada por la Cámara la observación. El señor FONCEA.- Como se ha estado discutiendo durante dos sesiones... El señor REYES (Presidente).- El señor Secretario me informa que el empate no produce efectos reglamentarios. Corresponde tomar votación nuevamente. El señor FIGUEROA (Secretario).- Si hay un nuevo empate, la votación quedaría pendiente para ser dirimida en la próxima sesión ordinaria. -Se aprueba la observación (14 votos por la afirmativa, 13 por la negativa y un pareo). El señor FIGUEROA (Secretario).- La 9ª observación recae en el artículo 4º. El Ejecutivo propone eliminar, en el inciso primero de este artículo, la frase "en las letras b), e), f) y g) del artículo anterior y los que representen a la Federación Nacional de Instituciones Privadas de Protección de Menores". Igualmente, propone agregar, en sustitución de aquélla, la siguiente frase, seguida de una coma: "en las letras d) y e) del artículo anterior serán designados por el Presidente de la República". La Comisión, con el voto favorable de los Honorables Senadores señores Bulnes Sanfuentes, Durán y Prado, y con la abstención del Honorable señor Luego, recomienda aprobar la observación. El señor REYES (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CHADWICK.- Esta observación es consecuencia de la anterior. En efecto, en el artículo 3º se suprimió la facultad de las respectivas instituciones para designar a sus representantes ante el Consejo Nacional de Menores. Por eso, el artículo 4º, al tenor de la modificación propuesta por el Ejecutivo, consigna la facultad del Presidente de la República para hacer tales designaciones. Es lógico, entonces, que el criterio tenido respecto del artículo 3º rija también para el 4º; de otro modo, queda el proyecto mutilado, sin señalar quién hace la nominación. El señor REYES (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el informe. El señor CHADWICK.- Con la misma votación anterior. El señor REYES (Presidente).- Aprobado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Mediante la 10ª observación, el Ejecutivo propone agregar, al final del inciso primero del artículo 4º, el siguiente párrafo: "Sin embargo, si la Junta Directiva les encomendare comisiones de servicios fuera del lugar de su residencia, tendrán derecho a pasajes y a un viático diario que se calculará sobre la base de la remuneración del Contador del Consejo, sin que pueda asignárseles ningún otro emolumento". La Comisión aprobó este agregado y, en consecuencia, recomienda a la Sala adoptar igual temperamento. Por su parte, la Cámara de Diputados también aprobó la observación. El señor REYES (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. La señora CAMPUSANO.- ¿Me permite una pregunta, señor Presidente? Deseo que se me informe cuál es la remuneración del Contador del Consejo. El señor CHADWICK.- Aparece en el artículo 9º, señora Senadora. El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).- La remuneración del contador del Consejo se fija en el artículo 9°, que aparece en la página 15 del texto comparado : es un cargo de tercera categoría y su remuneración asciende a 10.308 escudos anuales. El señor CHADWICK.- Más la asignación de 50% que le corresponde por pertenecer a la planta técnica. El señor REYES (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el informe. Aprobado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Con la 11ª observación, el Ejecutivo propone suprimir, en el inciso segundo del artículo 4º, la frase "ó entidad". De esa forma el inciso quedaría con la siguiente nueva redacción: "Si algunos de los miembros de la Junta Directiva cesare en sus funciones por cualquier causa, será reemplazado por el tiempo que falte de su período por la persona que designe la autoridad a quien correspondió el nombramiento del titular.". La Comisión recomienda aprobar esta supresión, ya que, de conformidad con un acuerdo anterior, los consejeros serán siempre designados por una autoridad de Gobierno, incluso los tres representantes de la letra d), sin que tengan ingerencia en su designación las autoridades a que pertenezcan. Por su parte, la Cámara de Diputados también aprobó esta observación. El señor REYES (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el informe. El señor TEITELBOIM.- Con nuestra abstención. El señor CHADWICK.- Y con la nuestra. El señor LUENGO.- Y con la mía, señor Presidente. El señor REYES (Presidente).- Se aprueba, con la abstención de Sus Señorías. Él señor FIGUEROA (Secretario).- Con la 12ª observación, el Ejecutivo propone reemplazar, en el inciso primero del artículo 8º, la palabra "Ejecutiva", por la siguiente: "Administrativa" . Al mismo tiempo, intercalar, en el mismo párrafo, entre las palabras "Vicepresidente" y "que", la palabra "Ejecutivo". Con esto, el encabezamiento del artículo queda como sigue: "La Dirección Administrativa del Servicio estará a cargo de un Vicepresidente Ejecutivo que tendrá las siguientes atribuciones:". La Comisión aprobó la observación y recomienda adoptar igual temperamento. Por su parte, la Cámara de Diputados también la aprobó.- Se aprueba. El señor FIGUEROA (Secretario).- Mediante la 13ª observación, el Ejecutivo proponer agregar, a continuación de la letra b) del artículo 8º, la siguiente letra: "c) Someter a la aprobación del Presidente de la República, previo acuerdo de la Junta Directiva, el Presupuesto Anual de la Institución, el que se confeccionará de acuerdo a lo dispuesto en el D.F.L. Nº 47 de 1959;", reemplazando las letras "c)" y "d)" por "d)" y "e)", respectivamente. La Comisión también recomienda aprobar esta observación y los reemplazos que derivan de la nueva letra aprobada. La Cámara de Diputados también la aprobó.- Se aprueba la observación. El señor FIGUEROA (Secretario).- Con la 14ª observación, el Ejecutivo propone sustituir el inciso segundo del artículo 8º por el siguiente: "El Consejo Nacional de Menores tendrá un Secretario General Abogado, quien se desempeñará además como Ministro de Fe de todas las actuaciones y acuerdos de la Junta Directiva, a cuyas sesiones asistirá, pero sin derecho a voto. En ausencia o impedimento del Vicepresidente, lo subrogará con todos sus deberes y atribuciones.". La Comisión dio por aprobada la observación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 163 del Reglamento, luego de repetirse la votación con idéntico resultado: los Honorables señores Bulnes y Prado la votaron favorablemente; el Honorable señor Luengo, en contra, y se abstuvo el Honorable señor Durán. -Se aprueba la observación (15 votos por la afirmativa, 13 por la negativa, una abstención y un pareo. El señor FIGUEROA (Secretario).- Con la 15ª observación, el Ejecutivo propone agregar, en el inciso primero del artículo 9º, después de la palabra "Vicepresidente", que figura en la planta, la palabra "Ejecutivo". -Se aprueba. El señor FIGUEROA (Secretario).- Mediante la 16ª observación, el Ejecutivo propone eliminar, en la letra a) del inciso tercero del artículo 9°, la palabra "Primario" y la frase "Secundario con título reconocido por el Estado o Asistente Social", como también el punto y coma con que termina esta letra. Con ello, queda del siguiente tenor: "a) Estar en posesión, a lo menos cinco años, de título profesional de Abogado, Médico Cirujano, Sociólogo, Psicólogo, Profesor o". La Comisión, después de doble empate, acordó rechazar la observación. Votaron a favor de ella los Honorables señores Bulnes y Prado, y, en contrario, los Honorables señores Durán y Luengo. El señor REYES (Presidente).- Ofrez-co la palabra. La señora CAMPUSANO.- Me agradaría que el señor Ministro explicara a qué se debe esta discriminación del Ejecutivo al eliminar a los profesores primarios y secundarios y asistentes sociales entre quienes pueden postular a la Vicepresidencia del Consejo Nacional de Menores. El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).- En verdad, no se trata de eliminar a ciertas personas, sino, al contrario, de dar las mayores posibilidades para ser nombrado en ese cargo, sin perjuicio de exigir la idoneidad requerida, como se desprende del texto propuesto por el Ejecutivo. Según el proyecto aprobado por el Congreso, los requisitos de las letras a) y b) eran copulativos e imponían tales exigencias, que en la práctica resultaba extraordinariamente difícil encontrar a una persona que reuniera todas aquellas condiciones. En efecto, exige estar en posesión a lo menos durante cinco años del título profesional de abogado, médico cirujano, sociólogo, psicólogo, profesor primario o secundario con título reconocido por el Estado, o asistente social. O sea, tener cualquiera de los títulos enumerados y, además, estar en posesión de ellos por lo menos durante cinco años. Y entre esos títulos está el de profesor primario o secundario. El veto no restringe la disposición ni excluye a nadie; por lo contrario, la amplía, pues sólo exige tener el título de profesor. En seguida, los requisitos de la letra b) dejan de ser copulativos y se convierten en alternativos, porque es muy difícil encontrarlos agregados a los ya señalados. Cuesta mucho encontrar a un abogado, médico cirujano, sociólogo, psicólogo, profesor primario o secundario o asistente social, en posesión del título por más de cinco años, y que además tenga conocimientos especializados en materia de tratamiento de menores en situación irregular, que deberá acreditar mediante estudios prolongados en universidades nacionales o extranjeras, debidamente certificados, complementarios de la respectiva formación profesional, etcétera. Como digo, dado ese cúmulo de requisitos exigidos, resulta prácticamente imposible o, por lo menos, sumamente difícil, encontrar a la persona adecuada. Puede haber alguien muy idóneo, en apariencia, por sus títulos, pero no ser apto para desempeñar la función para la cual se le requiere- El señor CHADWICK.- En esta materia es donde tal vez se presenta con mayor profundidad la diferencia que separa al Ejecutivo de ciertos sectores, a lo menos, del Congreso Nacional. Para este último es absolutamente claro y fuera de toda discusión que el organismo directivo debe estar bajo la tuición de un vicepresidente ejecutivo altamente calificado. Nosotros entendíamos que no bastaba poseer un título profesional que acreditara conocimientos más o menos generales sobre la materia. Sin duda, la formación universitaria o la especializada del profesor abre el camino para el conocimiento de los problemas psicológicos, sociológicos y demás que se presentan en el tratamiento del menor en situación irregular. Pero, naturalmente, eso no era bastante a juicio del sector que hizo predominar su concepto en la aprobación del proyecto. En nuestra opinión, aun cuando se tratara de un psicólogo, y en atención a que las funciones que debe desempeñar el vicepresidente ejecutivo tienen tan alta responsabilidad, debía exigirse un requisito que diera la seguridad de que el nombrado domina o está en situación da dominar el problema en su conjunto, y que tiene alta preparación científica. Las cuestiones a que da lugar el tratamiento del menor en situación irregular son complejas. Requieren criterio bien afinado, que no se forma por la simple intuición, ni siquiera por la vocación o la experiencia. Hay que acumular datos, dominar las técnicas y aún las leyes biológicas y psicológicas que rigen a esos menores; saber apreciar el alcance de las medidas que se recomiendan o imponen y tener capacidad para prever consecuencias que escapan al lego y que no pueden ser debidamente valoradas por quien carece de verdadera y profunda especialización. El Ejecutivo discrepa de nuestra manera de pensar. A su juicio, puede ser convenientemente designada vicepresidente ejecutivo una persona por el solo hecho de tener cinco años de abogado, aunque jamás haya tenido ninguna experiencia en el tratamiento de menores, o un lego cualquiera, sólo por haber realizado algunas obras o hecho ciertos estudios no calificados. A nosotros nos parece que esto rompe lo que debería ser una línea permanente hacia la tecnificación de la función pública. No concebimos cómo en estas materias puede darse esta discrecionalidad, esta apreciación personal, no sujeta a ningún requisito establecido por la ley de manera seria. No entiendo que un simple profesor con cinco años de título pueda ser designado vicepresidente ejecutivo del Consejo Nacional de Menores, aun cuando no pueda acreditar conocimientos especializados en materia de tratamiento de menores en situación irregular, ya sea por certificado de universidades nacionales o extranjeras o por haber prestado servicios profesionales durante cierto tiempo en esa actividad; porque no se trata de probar que ha ejercido su profesión de abogado, de médico cirujano o de sociólogo en otro orden de materias. Al proponer la alternativa, el Ejecutivo se reserva el derecho de atender a una u otra circunstancia: puede designar a cualquiera de los profesionales mencionados en la letra a) o atender a los conocimientos especializados consignados en la letra b) del proyecto despachado por el Congreso. A nuestro juicio, ello es inconcebible, y aquí radica -repito- la fundamental -diferencia que nos separa del Ejecutivo en la consideración de sus observaciones. Por las razones señaladas, votaremos en contrario. El señor REYES (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. El señor FIGUEROA (Secretario).- Resultado de la votación: 13 votos por la afirmativa; 13 por la negativa y 1 pareo. El señor REYES (Presidente).- Por haberse producido empate, debe repetirse la votación. -Se rechaza la observación (14 votos por la negativa, 13 por la afirmativa y 1 pareo). El señor LUENGO.- ¿Cómo va a quedar esta disposición, señor Presidente? El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara aprobó la supresión; de modo que quedan eliminadas las palabras observadas por el Ejecutivo. El señor LUENGO.- Este veto, ¿es supresivo o sustitutivo? El señor FIGUEROA (Secretario).- Es supresivo, señor Senador. El señor CHADWICK.- No, señor Secretario . El señor LUENGO.- Este veto, en apariencia supresivo, en realidad es sustitutivo . Así lo hemos entendido nosotros. El señor FONCEA.- Debemos votar de nuevo. El señor CHADWICK- No hay disposición. El señor REYES (Presidente).- En el informe se deja constancia de que el Honorable señor Bulnes, al votar, señaló que, aun cuando el texto aparece como supresivo, a su juicio, es sustitutivo, porque cambia conceptos de la disposición del Congreso. Pero la Comisión no adoptó criterio sobre el particular. Al respecto, la Mesa estima que no cabe otra solución que consultar a la Sala. El señor FONCEA.- Pero la Comisión resolvió. El señor REYES (Presidente).- No, señor Senador; no ha resuelto. El señor FONCEA.- La Comisión se pronunció en el entendido de que el veto es supresivo, y la Cámara lo estimó igual. El señor CORBALAN (don Salomón).- No basta que la Cámara lo haya estimado así, señor Senador. El señor REYES (Presidente).- Hubo dos votos a favor, correspondientes a los Honorables señores Prado y Bulnes. Pero este último emitió su voto estimando que se trata de un veto sustitutivo. Por lo tanto, votó a favor de la sustitución, según se consigna en el informe. El señor LUENGO.- El Honorable señor Bulnes, dejó constancia expresa de que, en su concepto, se trata de una sustitución, y en tal sentido votó el veto. El señor PRADO.- La Comisión estimó que era supresivo. El señor RODRIGUEZ.- No hay constancia en el informe. El señor PRADO.- Ahora la dejo, en forma pública. El señor BULNES SANFUENTES.- Aun cuando no recuerdo con toda exactitud el debate habido en la Comisión, me parece que la cuestión es la siguiente: el proyecto exigía, para optar a estos cargos, la concurrencia de varios requisitos copulativos. El Gobierno, mediante la supresión de una o más palabras, transformó los requisitos copulativos en alternativos. De esta manera, amplió considerablemente el campo de las personas que podían ser nombradas en los cargos correspondientes. En mi opinión, este veto, aunque supresivo en la forma, en realidad no suprime una idea, sino que cambia en su totalidad la norma aprobada por el Congreso. Estimo que el concepto expresado en el proyecto del Congreso, que es lo que importa establecer, está siendo sustituido por uno distinto. El señor CORBALAN (don Salomón).- Del todo distinto. El señor BULNES SANFUENTES.- En la Comisión, voté a favor del veto; pero dejé constancia de que, a mi juicio, es sustitutivo y, por lo tanto, para que sea ley se necesita la mayoría de ambas Cámaras. .. El señor LUENGO.- De la Sala. El señor BULNES SANFUENTES.- ...y no se rige por la norma de las observaciones supresivas. El señor CORBALAN (don Salomón).- ¡ Votemos! El señor BULNES SANFUENTES.- Por lo demás, en estas mismas observaciones han surgido casos realmente irrisorios. El Gobierno suprimió parte de un inciso y acomodó las palabras iniciales de él con otras frases del inciso siguiente. El señor LUENGO.- Esa situación corresponde exactamente a este caso. El señor BULNES SANFUENTES.- Precisamente. El señor LUENGO.- Dejó la conjunción "o". El señor BULNES SANFUENTES.- De esa manera, el Gobierno, bajo la apariencia de una observación supresiva, en realidad estaba estableciendo conceptos enteramente diferentes a los aprobados por el Congreso. El señor CORBALAN (don Salomón).- No cabe duda. El señor CHADWICK.- El problema de la calificación del veto tiene extraordinaria importancia y no puede ser considerado en forma ligera. En el fondo, se trata de saber hasta dónde llega la facultad del Presidente de la República para alterar, por medio del veto, la decisión mayoritaria del Congreso. No cabe duda alguna de que el constituyente tuvo en cuenta la necesidad de que el Presidente de la República pudiera objetar una disposición y proponer su eliminación. En este sentido, habrá de calificarse el veto supresivo cuando el precepto mismo es eliminado a proposición del Ejecutivo; pero cuando éste mantiene la disposición y, mediante la supresión de palabras, le da sentido diferente, lo que hace es proponer la sustitución, al cambiar la idea por otra. La idea del Congreso es, así, modificada, y la observación tiene el sentido de una nueva proposición que requiere el asentimiento de ambas ramas del Parlamento. Lo contrario conduciría a legislar por la sola voluntad del Ejecutivo y de una de las ramas del Congreso, porque el Presidente de la República, por medio de la supresión de una o más palabras del precepto aprobado por el Senado o por la Cámara, obtendría un texto de ley respecto del cual no consiente en forma alguna la otra Cámara. Supongamos que la disposición es prohibitiva y está, por ejemplo, concebida en los siguientes términos literales: "El Director de los Ferrocarriles del Estado no podrá conceder pases libres a los funcionarios". El Ejecutivo, al eliminar la palabra "no", con la aceptación de una rama del Congreso, sin duda está sustituyendo el precepto prohibitivo por otro nuevo, de carácter facultativo. Si aceptáramos la constitucionalidad de tal procedimiento, también deberíamos admitir que, en cualquier proyecto despachado por el Congreso, el Ejecutivo, con el asentimiento de la Cámara de Diputados, puede sancionar como ley las ideas que desee, utilizando el recurso de hacerlas casar con mutilaciones hechas al proyecto del Parlamento. Bastaría sólo retirar una palabra que niega, para que la oración se convierta en afirmativa o facultativa; bastaría retirar una frase para que todo el período quedara sin sentido. En esta forma, caemos en una renuncia que, estoy cierto, ningún señor Senador querrá consentir, pues el papel del Senado quedaría reducido a admitir de antemano que el Ejecutivo puede dar sentido diferente a los proyectos despachados por él, con la sola aprobación de la Cámara de Diputados. Por eso, parece innecesario argumentar mucho para concluir que, en el caso particular que nos ocupa, el veto ha sido sus-titutivo de la norma que determinaba las condiciones o requisitos que debe cumplir el vicepresidente ejecutivo del organismo que se crea. El Presidente de la República, mediante la eliminación de palabras y el reemplazo de una conjunción copulativa por otra de carácter alternativo, ha propuesto una norma distinta, con alcance diferente, la cual no ha contado con el asentimiento del Senado. Por lo tanto, no puede transformarse ese precepto en ley. Es útil que la Corporación se pronuncie sobre la materia, a fin de fijar un criterio permanente sobre el alcance que tienen los vetos. Estos, a mi juicio, no se determinan por los recursos verbalistas que usan, sino por el sentido que debe dárseles. El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).- De las últimas palabras del Honorable señor Chadwick, se infiere que el problema en cuestión consiste en si hemos de atenernos al sentido verbalista -como lo ha denominado- del texto de un veto, o a su sentido profundo y trascendente, para los efectos de calificarlo de supresivo o sustitutivo. Yo no enfocaré el problema en la forma como lo ha hecho el Honorable señor Chadwick, porque me parece que, en este caso, es ocioso analizar qué sentido debe prevalecer: si el que Su Señoría llama verbalista, o el otro, que denomina profundo y trascendente. Considero que ello es innecesario, pues ambos sentidos se concilian y llevan a estimar que éste es un veto supresivo. Lo es, desde un sentido formal, y respecto de ello parece existir consenso en la Sala. En verdad, este aspecto es indiscutible, porque no cabe la menor duda de que, desde el punto de vista formal, lo que el veto procura y busca es eliminar determinadas palabras o partes del texto aprobado por el Congreso. Quedaría, pues, por saber si el texto del veto es supresivo miradas las cosas desde el ángulo de las ideas o de los conceptos. Cuando este punto se discutió en la Comisión de Legislación, tuve oportunidad de expresar, como se consigna en el informe, que, en opinión del Ministro que habla, el veto es supresivo tal como ha sido redactado. Para sostenerlo así, tengo en cuenta que el efecto práctico -por consiguiente, las ideas puestas en marcha por el veto- no es otro que eliminar uno de los requisitos entre los que el texto aprobado por el Congreso Nacional exigía para optar al cargo de Vicepresidente del Consejo Nacional de Menores. El texto propuesto por el Congreso exigía los dos requisitos señalados por las letras a) y b) del artículo 9º, y el veto, en cambio, establece uno solo, aunque alternativo. Por lo tanto, su efecto práctico, vale decir, la idea que inspira al veto, consiste precisamente en eliminar uno de los dos requisitos propuestos por el Parlamento. Para terminar, haré tan sólo una breve referencia. Si el veto se hubiera limitado a la supresión íntegra de la letra a), nadie podría discutir su carácter supresivo. ¿Qué ha hecho el Ejecutivo? Algo menos que eso: no ha suprimido íntegramente la letra a) ni ha eliminado del todo el requisito consignado en la letra b). Y lo ha hecho así para acercarse al pensamiento' del Congreso. La proposición consiste en transformar estos dos requisitos en uno solo, pero alternativo. Esta reflexión sirve para reforzar la tesis que estoy sustentando. En suma, sin pronunciarme acerca de si para calificar un veto de supresivo, de sustitutivo o de aditivo debe atenderse al contenido esencial o a la forma de su redacción, estimo que, en este caso, nos encontramos en presencia de un claro veto supresivo, tanto si se lo considera desde el punto de vista formal como desde el de las ideas que sustenta. El señor CHADWICK.- Lo que acaba de decirnos el señor Ministro contribuye a clarificar el debate, porque ha dado como fundamento de su tesis el hecho de que los dos requisitos exigidos por la disposición en examen quedarían reducidos, en virtud de un veto supresivo, a uno solo. En esta situación -nos agrega-, no cabe duda acerca de la naturaleza del veto. No participo siquiera del pensamiento general que sirve de base a esta conclusión, pero me detengo en ella para procurar demostrar su inconsistencia. En verdad, la disposición original establecía la concurrencia necesaria de estos dos requisitos: poseer título profesional por más de cinco años y, además, conocimientos especializados. No me parece admisible sostener que la finalidad del veto es suprimir uno de ellos y mantener el otro, pues lo que hace es mantener cualquiera de esos requisitos como suficiente. Si la ley fuera despachada como lo propone la observación del Ejecutivo, deberíamos entender que el Presidente de la República podrá designar para el cargo de que se trata a un profesional con cinco años en posesión de su título o a un no profesional con conocimientos especializados que cumpliera las demás exigencias contenidas en la letra b). Es manifiesto, entonces, que no se trata de una supresión. Está a la vista que lo que el Presidente de la República ha hecho es proponer una nueva disposición, una norma distinta. Concretamente, según el veto, puede ser designado un profesional que no tenga conocimientos especializados, que es uno de los requisitos, o una persona no profesional pero con conocimientos especializados, en el supuesto de que tales conocimientos pudieran darse en un no profesional, lo cual es discutible y, a mi juicio, falso. Por lo expuesto, sin entrar en mayores profundidades, pronto se advierte que, en el caso particular en estudio, es indudable que el veto, no obstante consistir en la supresión de palabras y la refundición de textos, es sustitutivo, y, en consecuencia, la disposición propuesta por el Ejecutivo viene a reemplazar determinado precepto aprobado por el Congreso, por otro de contenido diverso. Insisto, pues, en la conveniencia de que el Senado se pronuncie sobre estas materias, para no sentar precedentes ni caer en el renuncio completo de nuestras facultades legislativas. El señor BULNES SANFUENTES.- Me parece incuestionable que, para calificar un veto de supresivo, de aditivo o de sustitutivo, debe atenderse a la esencia de la observación y no a las palabras en que está reflejada. Señalaré, por vía de ejemplo, un caso típico. Si mañana se dicta una ley mediante la cual se crea una nueva caja o corporación, es posible que, entre las disposiciones de semejante iniciativa legal, figure una en virtud de la cual se establezca que el vicepresidente ejecutivo de la nueva institución no podrá otorgar la fianza ni enajenar los bienes raíces de ese organismo. Pues bien, el Gobierno, al vetar la disposición pertinente, podría sencillamente pedir la supresión de la palabra "no", para que el referido precepto, en definitiva, estableciera que el vicepresidente de marras podrá otorgar la fianza y enajenar los bienes raíces de la institución. ¿Qué habría hecho, en tal caso, el Ejecutivo? Habría incorporado una idea nueva al proyecto, bajo la apariencia de una supresión. En el fondo, el veto, propuesto en tal forma, tendría por objeto otorgar al vicepresidente de que hablo dos atribuciones que el Congreso no le había dado. El señor CHADWICK.- Para hacer lo que se prohibió. El señor BULNES SANFUENTES.- Me parece que el ejemplo expuesto contiene una forma típica de veto supresivo que, en mi concepto, no tendría el carácter de tal, sino el de aditivo. En la Cámara de Diputados, se planteó esta cuestión en 1945, y fue estudiada por la Comisión de Legislación, de la cual yo formaba parte. Esta emitió un informe que fue aprobado por la Sala y originó una reforma del Reglamento de aquella rama legislativa. Por eso, dicho Reglamento ordena en la actualidad que corresponde a la Comisión o a la Sala, en su caso, calificar si el veto formulado por el Ejecutivo es aditivo, supresivo o sustitutivo, prescindiendo de la forma que él revista. A mi parecer, la doctrina es incuestionable, porque sería considerar demasiado obtuso al constituyente suponer que estableció una mayoría u otra según el aspecto formal de la observación. Lo que interesa al constituyente es el concepto de fondo, y, con relación a dicho concepto, exige la mayoría de ambas Cámaras o aquella mayoría especialísima requerida tratándose de vetos supresivos. ¿ Qué ocurre en el caso de que tratamos ? La letra a) del artículo 9º señalaba, como requisito para ser nombrado vicepresidente de la institución, "la de estar en posesión, a lo menos cinco años, del título profesional de Abogado, Médico Cirujano, Sociólogo, Psicólogo, Profesor Primario o Secundario con título reconocido por el Estado o Asistente Social". Luego, se daba al Presidente de la República facultad para nombrar vicepresidente a cualquiera de los profesionales mencionados, pero no se le otorgó la de designar a un profesor universitario o a un profesor primario o secundario que no tuviera título reconocido por el Estado. La observación tiende a suprimir la palabra "Primario" y la frase "o Secundario con título reconocido por el Estado o Asistente Social". Si aprobamos el veto, el Presidente de la República podrá nombrar en el referido cargo a cualquier profesor, sea éste universitario, primario o secundario, con título reconocido por el Estado o sin él. El señor LUENGO.- O a un técnico. El señor BULNES SANFUENTES.- Por la vía de la eliminación de los requisitos que debe cumplir el profesor, se daría al Presidente de la República una facultad que no le confirió el proyecto aprobado por el Congreso. En efecto, se le da atribución para llenar el cargo de que se trata con un profesor universitario o con uno primario o secundario, sin título reconocido por el Estado. Si bien el caso que nos ocupa no es tan claro como el del ejemplo que señalaba, relativo a la supresión de la palabra "no", es, sin embargo, un caso suficientemente claro de veto sustitutivo o aditivo. Desde el punto de vista que nos interesa esclarecer, da más o menos lo mismo que sea sustitutivo o aditivo, porque en uno y otro caso se necesita mayoría de ambas Cámaras. Me parece que las facultades que, según el veto, tendría el Presidente de la República en exceso respecto de las que le otorgaba el proyecto del Congreso, no las puede obtener por la vía de la observación supresiva, y sólo puede conseguirlas con el acuerdo de la mayoría del Senado y de la Cámara de Diputados. Por estas consideraciones, manifesté en la Comisión ser partidario de dar al Presidente de la República las atribuciones que pedía, por lo cual voté a favor del veto; pero, al mismo tiempo, dejé expresa constancia de que la observación es aditiva y de que, para ser aprobada, requiere la mayoría de la Sala. El señor CORBALAN (don Salomón).- Que resuelva la Mesa. El señor PRADO.- Quiero ser muy breve, señor Presidente. Respecto del punto que ha promovido algunos debates y ha llevado a estimar necesario un informe de la Comisión de Legislación sobre el carácter de los vetos y sus efectos, luego de escuchar los argumentos dados varias veces por mis Honorables colegas que han intervenido esta tarde, deploro comprobar que, por desgracia, sólo ahora, en el curso de este año, se procura establecer la doctrina que antes no se sentó en materia de observaciones del Ejecutivo, o que, por lo menos, no se la estableció en los términos como ahora se la quiere precisar. Por eso, no estimo convincentes los argumentos esgrimidos. Basta revisar las numerosas observaciones consideradas su-presivas y votadas en tal carácter por los señores Senadores en otros proyectos y aun en el que estamos despachando... El señor BULNES SANFUENTES.- ¿Me concede una interrupción, Honorable colega? El señor PRADO.- Deseo completar la idea que estoy exponiendo. El señor BULNES SANFUENTES.- Quería referirme a eso mismo, antes de que Su Señoría pase a otro tema. El señor PRADO.- Sólo trataré este tema. Tan pronto termine de enunciar la idea que estaba planteando, concederé gustoso la interrupción solicitada. Se ha aseverado que el veto supresivo, para ser considerado tal, debe significar una eliminación formal que no implique sustituir o adicionar lo aprobado por el Congreso. Este es el punto que debe ser precisado, pues nunca antes, al votar observaciones del Ejecutivo, que fueron aprobadas tanto por el Senado como por la Cámara, se pidió la definición que ahora se desea establecer, y los acuerdos pertinentes han surtido sus efectos. Sin ir más lejos, esto de que la supresión no implique una alteración básica de la idea, ¿constituye algo tan claro como aquí se pretende sostener? No, señor Presidente. En este mismo proyecto, por ejemplo, en lo relativo a la letra f) del artículo 2º, aparece una observación aprobada, que se acepta como supresiva. En efecto, expresa: "Suprímese la frase "y fiscalizar su inversión", reemplazándose la coma que la antecede por un punto". ¿Cuál fue el efecto de este veto supresivo? De la lectura de la letra f) se desprende su sentido. Dice así: "Artículo 2º-Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el Consejo Nacional de Menores tendrá las siguientes funciones: ...f) Destinar recursos a las entidades mencionadas en la letra b) de este artículo, que colaboren al cumplimiento de los objetivos del Consejo, y fiscalizar su inversión;". Al suprimir aquella frase, de acuerdo con el veto, es evidente que el efecto no es otro que dar una facultad amplia respecto de la inversión de los fondos, ya se trate de los recursos a que se refiere esa letra o de otros que pudieran asignarse al mismo objetivo. Resulta mucho más amplia la idea. Al Consejo Nacional de Menores se le está otorgando una atribución mucho más amplia que la primitiva. ¿Cuál fue, pues, el propósito de este veto supresivo? Ampliar la facultad, alterar la idea, modificarla, evidentemente. ¿Cuál fue el efecto de ese veto? Precisamente, ése. En consecuencia, ¿es cierto que el veto supresivo no puede adicionar la idea, o agregar ideas distintas para aumentar las facultades que el Congreso no quiso dar? Por desgracia, debo decir que no es cierto. Por esta razón, la doctrina invariable del Senado ha sido la de considerar los vetos en un sentido más bien formal; porque, de lo contrario, la discusión no terminaría jamás. He oído a varios señores Senadores expresar que hasta la fecha no se ha sentado un precedente suficientemente claro en cuanto al límite exacto, a la frontera que distingue un veto supresivo de otro sustitutivo, porque, realmente, no es fácil hacerlo o, por lo menos, ello no ha sido precisado. Por eso, estimo que, al no existir en esta Corporación determinado procedimiento -estamos en un año en que se están estableciendo demasiadas doctrinas en este Senado, y, al parecer, quiere sentarse otra más- debe prevalecer el criterio con que siempre han sido juzgadas las observaciones del Ejecutivo. Me limito a esto: a que, por lo menos, no alteremos ese criterio. La Cámara de Diputados ha considerado supresivo este veto. Lo es, a mi juicio, porque resulta muy difícil que el Presidente de la República observe una disposición y suprima parte de ella sin alterar su sentido, a menos de tratarse de una simple enmienda de redacción: de que el Jefe del Estado quede tan descontento de la capacidad gramatical de los Senadores o de quienes hayan redactado el precepto, que suprima una palabra porque la encuentra de más, o porque no le guste. Pero, por lo general, los vetos implican modificación de ideas; disminuir o acrecentar requisitos; cambiar o agregar conceptos; alterar fundamentalmente ideas. Y yo no había visto, hasta ahora, cuestionado tal carácter de los vetos. Resumo: no creo que, hasta el momento presente, hayamos establecido como manera de calificar los vetos otra que la de atenernos a lo formal o literal. Concederé una interrupción al Honorable señor Gumucio, quien me la ha solicitado. El señor GUMUCIO.- En concepto del Senador que habla, es urgente que la Comisión de Constitución absuelva el problema en discusión, planteado ya en varias ocasiones en el Senado. Además, estoy conteste en estimar que la costumbre, por lo menos según mi recuerdo de todo el período pasado, ha sido considerar los vetos según venían consignados en lo formal. Esta ha sido la costumbre -repito- que recuerdo de las discusiones... El señor LUENGO.- Una mala costumbre. El señor GUMUCIO.- ¡ Como sea ! Ahora bien; resulta curioso que, si el veto en debate fuera considerado sustitutivo y una Cámara votara en forma distinta de la otra, no habría ley sobre la materia. El señor LUENGO.- Puede haber ley si se acuerda en seguida la insistencia. El señor GUMUCIO.- Y si se suprimiera la letra entera, el veto resultaría más supresivo que el sustitutivo, porque el Presidente de la República podría designar a quien quisiera, con título o sin él. El señor CHADWICK.- Según cuál fuera el resultado de la votación. El señor BULNES SANFUENTES.- ¿Me ha concedido la interrupción el Honorable señor Prado? El señor PRADO.- Quiero expresar una última idea: la relativa a la suerte que correrá esta disposición. Me parece que está tratándose la importancia que reviste calificar la observación, lo que es previo a la votación necesaria, en el Senado, para insistir o no insistir; pero entiendo que, en todo caso, se necesitan los dos tercios para insistir en un veto sustitutivo. El señor LUENGO.- Para insistir, sí. El señor PRADO.- En todo caso, un tercio del Senado determinaría la suerte del precepto. El señor LUENGO.- Ya está aprobado el rechazo. El señor PRADO.- Es cuanto quería decir. Concedo una interrupción al Honorable señor Bulnes. El señor BULNES SANFUENTES.- Señor Presidente, es efectivo que el Reglamento del Senado no contiene ninguna disposición sobre la materia. Que yo recuerde, no se ha planteado, antes de ahora, la cuestión de si un veto debe ser considerado en su aspecto formal o en el de fondo. Pero también es efectivo que nunca ha habido pronunciamiento del Senado en cuanto a que deban las observaciones ser consideradas en su aspecto formal. Simplemente, no nos hemos pronunciado sobre la materia. No se ha pronunciado la Corporación, porque, en realidad, no se había producido hasta ahora abuso en la presentación de los vetos. La Cámara de Diputados, en cambio, se pronunció sobre la materia, ya en 1945, porque se produjo entonces un abuso. Por la vía de la eliminación de una palabra -de un "no"-, se transformaba a la Caja de Crédito Agrario en un banco comercial completo. La Comisión de Legislación de la Cámara de Diputados estudió este asunto, y, si la memoria no me engaña, el informe que emitió al respecto fue unánime en manifestar que lo que debe tomarse en cuenta para calificar el veto es el concepto de fondo. A raíz de ello, se modificó el Reglamento de la Cámara, y el Honorable señor Juliet, que fue Presidente de aquella rama del Congreso y en aquella ocasión era Diputado -como el que habla y varios de los señores Senadores aquí presentes-, me anota que ese Reglamento establece el procedimiento para calificar la naturaleza de la observación: la califica el Presidente, pero la Sala puede rectificar, por mayoría, tal calificación. Yo digo que, en este caso, ahora, se está abusando en la manera de presentar los vetos; y ruego a mis Honorables colegas abrir en la página 22 el boletín comparado de este proyecto. Se encontrarán con algo realmente impresionante. Ahí están los incisos 3º y 4º del artículo 17. El inciso 3º dice: "Los aportes o ayudas a instituciones o personas del sector privado no podrán exceder en conjunto al 10% de los recursos que de conformidad al inciso anterior, se destinen a subvenciones." Esta es una idea. Y el inciso 4º agrega otra idea enteramente distinta: "El aporte al Consejo Nacional de Menores se depositará en el mes de enero de cada año, en una cuenta especial en la Tesorería General de la República, que se abrirá a nombre del Consejo Nacional de Menores y sobre la cual podrán girar, en forma conjunta, el Vicepresidente y el Contador, en los casos y con los requisitos que determine el reglamento." En la columna de enfrente, figura la observación, aparentemente supresiva, del Ejecutivo. ¿Qué hace? Dice: "Elimínense, en los incisos 3º y 4º del Artículo 17 del Proyecto, las siguientes frases: "aportes o ayudas a instituciones o personas del sector privado no podrán exceder en conjunto al 10% de los", "a subvenciones", "El aporte" y "en el mes de enero de cada año", y el punto que sigue a la palabra "subvenciones", y la coma que sigue a la palabra "año"." El señor CHADWICK.- ¿Cómo queda la disposición? El señor LUENGO.- Es un precepto enteramente nuevo. El señor BULNES SANFUENTES.- De esta manera, con forma supresiva, se "fabrica" una disposición totalmente nueva, cogiendo unas palabras del inciso tercero y otras del inciso 4º. La disposición queda así: "Los recursos... El señor CORBALAN (don Salomón).- ¡Un rompecabezas! El señor BULNES SANFUENTES.- ... que de conformidad al inciso anterior, se destinen al Consejo Nacional de Menores se depositarán..." Es decir, expresa una idea totalmente diferente a las contenidas en los dos incisos que, por la vía sustitutiva, se han convertido en uno solo. Es natural que el Senado haya pasado por alto, durante mucho tiempo, algunos vetos dudosos en cuanto a su carácter supresivo; pero ya cuando se extrema la nota, cuando se llega a tal clase de abuso en el procedimiento, es natural también que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento adopte un pronunciamiento definitivo y establezcamos la buena doctrina: la de que las cosas son sustitutivas, aditivas o supresivas según lo que son en esencia, y no según la forma o apariencia que el Ejecutivo les dé. Hay un axioma, muy conocido: "La necesidad crea el órgano." Mientras no había necesidad de contener excesos en esta materia, no se adoptó acuerdo por el Senado para establecer las disposiciones reglamentarias correspondientes; pero en el momento en que vemos, patente, la necesidad de hacerlo; en el momento en que comprobamos que el Ejecutivo puede, polla vía de la supresión aparente, "fabricar" disposiciones totalmente diferentes de las que aprobó el Congreso, lo lógico es que, para perfeccionar los procedimientos del Senado, nos preocupemos de la materia y adoptemos un acuerdo sobre ella. MONUMENTO A LA MEMORIA DEL CARDENAL ARZOBISPO DOCTOR JOSE MARIA CARO. El señor NOEMI.- ¿Me permite, señor Presidente, plantear una cuestión de orden? La mayoría de los Comités aceptó una indicación cuyo objeto es tratar en segundo lugar del Orden del Día de hoy el proyecto de ley que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Cardenal Arzobispo señor José María Caro. No sé por qué motivo tal acuerdo no se ha cumplido. Según él, correspondía despachar ese proyecto antes de las observaciones que estamos analizando. Pido, pues, que los últimos cinco o diez minutos del Orden del Día se destinen al proyecto en cuestión, señor Presidente. El señor REYES (Presidente)-Ello implicaría el término inmediato de la discusión en que nos encontramos. El señor GUMUCIO.- Prorroguemos el Orden del Día por diez minutos, señor Presidente. El señor PRADO.- Esto es. Aceptemos la prórroga por diez minutos. El señor GOMEZ.- O votamos en seguida ese proyecto a que se ha referido el Honorable señor Noemi. El señor TARUD.- La observación en debate debe votarse y quedan otras veinte. El señor REYES (Presidente).- Este proyecto no alcanzará a quedar despachado hoy día, porque hay aún muchas observaciones por resolver. PROTECCION DE MENORES. VETO. El señor CORBALAN (don Salomón).- ¿En qué quedamos? ¿Es "parchativo" el veto? El señor REYES (Presidente).- Desde el punto de vista de la Mesa, en atención a que no existe disposición reglamentaria sobre la materia, procedería la consulta a la Sala. Me parece que no hay otra manera de resolver la duda. El señor CHADWICK.- Sobre la cuestión de método, es absolutamente indispensable un pronunciamiento del Senado, porque, según como se considere el veto, procederá tomar un acuerdo de insistencia o no tomarlo. Es absolutamente necesario evacuar la consulta, pues sólo así quedará determinado el procedimiento que debamos seguir: tomar votación sobre la insistencia o no tomarla. El señor REYES (Presidente).- Pongo en votación la calificación del veto en este caso particular: si es sustitutivo o supresivo. Al respecto, también pido el acuerdo de la Sala para solicitar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, que nos proponga un procedimiento de carácter general y permanente. El señor LUENGO.- Es decir, que se le pida un informe. El señor REYES (Presidente).- Que se le pida un informe. Acordado. En votación. - (Durante la votación). El señor CONTRERAS LABARCA.- El veto es notoriamente sustitutivo. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Deseo hacer algunas observaciones, nada más que con el fin de aclarar este aspecto. He oído con mucha atención lo que aquí se ha dicho, y lo considero muy interesante. Pero quiero hacer notar algo: el mecanismo del veto incide en las observaciones que un Poder Público hace al otro. Ahora bien, si ambos Poderes son colegisladores y, frente a uno de estos proyectos, una de las partes no ha participado en su estudio, ¿puede el Ejecutivo hacer enmiendas por la vía del veto? Sin dejar de considerar lo que se ha manifestado en cuanto a que el Gobierno hace parches mediante los vetos, lo cual no me parece nada de normal, creo que, si el Ejecutivo tiene la calidad de colegislador, nosotros no podemos entrar en estas disquisiciones acerca de si un veto es sustitutivo o supresivo. Lo único formal para reglar las relaciones entre un Poder y otro es llegar a una legislación de común acuerdo. Ni siquiera bastaría un informe de la Comisión de Legislación. Sería necesario un proyecto de ley regulador de la materia para lograr un entendimiento. Constituiría, por ejemplo, exageración y grave error que en un veto se introdujeran materias inconexas. En ese caso, sí, se produciría un absurdo, pues sólo un tercio de los parlamentarios legislaría. En cuanto a lo otro, me abstengo de votar. El señor JULIET.- Durante el debate, oímos decir al Honorable señor Prado que ésta es "la era de las doctrinas" y que el Senado está tratando de incorporarlas en lo que constituye el trámite normal del veto. En realidad, no sé a qué se refirió el señor Senador; pero, en todo caso, deseo hacer un alcance a las expresiones vertidas por Su Señoría y por el Honorable señor Gumucio, pues, sin llegar a la interpretación de intenciones, advierto que el Honorable señor Prado acusa a la Oposición de usar procedimientos tendientes a entorpecer el normal trámite de las iniciativas legales en esta Corporación. Deseo recordar al Senado que en 1941, siendo Presidente de la Cámara don Alfredo Rosende, se presentaron problemas de esta índole en esa rama del Parlamento y su Comisión de Legislación evacuó un informe. En 1947 -no en 1945, como sostuvo el Honorable señor Bulnes-, se suscitó también el mismo problema y la citada Comisión de la Cámara emitió un informe que reiteraba el de 1941, en el sentido de apreciar la forma como venía formulado el veto y no las expresiones usadas en él. Quiero referirme a esto porque, en 1961, con motivo de tramitarse el proyecto de ley sobre reconstrucción de la zona sur y cuando el Ministro de Justicia de entonces, señor Julio Philippi, reemplazaba transitoriamente a don Roberto Vergara, titular de Hacienda, el Partido Demócrata Cristiano formuló a aquél, creo que por intermedio del Honorable señor Gumucio -si la memoria no me traiciona, en contradicción con la extraordinaria memoria que reconozco en Su Señoría-, planteamientos semejantes a los que ahora se han hecho respecto de los vetos sustitutivos o supresivos. A causa de ello, se originó una dificultad de interpretación entre el Senado y la Cámara. En aquella oportunidad, como Presidente de la Cámara Baja, vine a conversar con el señor Videla Lira, Presidente del Senado, a fin de buscar una fórmula de entendimiento entre ambas ramas del Congreso para poder despachar una norma a la cual la Cámara Alta había dado una interpretación distinta de la que le dio la de Diputados. Luego, el planteamiento formulado no constituye novedad, ni Su Señoría puede acusar a la Oposición de estar buscando procedimientos dilatorios, pues, en cierta medida, tal acusación produce el efecto de atribuir al Parlamento la calidad de negligente en el cumplimiento de sus deberes. He levantado mi voz para recordar a los señores Senadores que hacen mal en sembrar el desprestigio de este Congreso, que ha dado la mayor celeridad al trámite de las iniciativas propuestas por la actual Administración y a sus propósitos de Gobierno. Nadie puede acusarlo de haber entorpecido maliciosamente los objetivos del partido de Gobierno. El señor CORBALAN (don Salomón).- Así es. El señor TARUD.- Todo tiene que cambiar, señor Senador. -Se acuerda declarar que el veto es sus-titutivo (16 votos contra 7, 2 abstenciones y 3 pareos). El señor BOSSAY.- Insistamos con la misma votación, señor Presidente. El señor GUMUCIO.- Ahora corresponde votarlo, señor Senador. El señor CORBALAN (don Salomón).- Si se aplica la misma votación, ahorramos tiempo. El señor REYES (Presidente).- En votación el veto. El señor FIGUEROA (Secretario).- ¿Se insiste o no en mantener el criterio del Congreso en este punto? - (Durante- la votación). El señor GUMUCIO.- Señor Presidente, deseo contestar brevemente las observaciones formuladas por el Honorable señor Juliet. En primer lugar, nadie puede dudar de que los Senadores de estas bancas jamás hemos tratado de desprestigiar al Parlamento. Por el contrario, nuestra conducta en este hemiciclo siempre ha revelado paciencia para comprender que la Oposición tiene derecho a fiscalizar, aunque a veces llega muy lejos por este camino. Sus Señorías nunca han apreciado, de nuestra parte, un gesto airado o una expresión que pueda considerarse injuriosa o destinada a llevar desprestigio al Congreso. En segundo lugar, hemos sostenido que estamos viviendo una especie de "año de la doctrina". La verdad es que -no sé si con intención o sin ella- en este período hemos visto definir una serie de conceptos que nunca antes se definieron. Naturalmente, ello nos lleva a pensar -tal vez tengamos cierta suspicacia- que toda esta doctrina está inspirada en la gran "ley del embudo": angosta por un lado y ancha por el otro. En este caso, la parte angosta sería para el Gobierno, y la ancha, como es natural, para la Oposición. En realidad, ahora se están discutiendo hasta las comas del Reglamento, con el objeto de abrir la posibilidad de demorar, muchas veces, el proceso de tramitación de las leyes. Respecto del hecho mismo señalado por el Honorable señor Juliet, en realidad, no recuerdo si fue como dice Su Señoría. Si sucedió así, estaría en contradicción con lo que entonces sostuve; pero investigaré bien los hechos, porque en la Cámara no fui muy amante de los reglamentos. Generalmente he confiado en los colegas que conocen a fondo el mecanismo reglamentario, y concordado con lo que ellos han sostenido. Por eso, me parece extraño que yo hubiera actuado como campeón de una discusión de esta índole. En todo caso, si estuve en esa posición, lo reconoceré con toda hidalguía El señor BULNES SANFUENTES.- Consecuente con la forma como procedí en la Comisión, votaré favorablemente la observación del Ejecutivo, pues creo que, si el veto no se aprueba, quedará demasiado restringido el campo de los profesionales a quienes se podría designar para el cargo de vicepresidente ejecutivo de la institución. En consecuencia, voto por la no insistencia. Se acuerda no insistir (15 votos por la insistencia, 12 por la no insistencia y 1 pareo). El señor REYES (Presidente).- Queda pendiente la discusión de las restantes observaciones. ERECCION DE MONUMENTO A LA MEMORIA DEL CARDENAL JOSE MARIA CARO RODRIGUEZ. El señor FIGUEROA (Secretario).- En conformidad al acuerdo adoptado por la unanimidad de los Comités, corresponde ocuparse en el proyecto de la ley de la Cámara de Diputados, que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Cardenal Arzobispo de Santiago y Pri-mado de Chile, doctor José María Caro Rodríguez, en la ciudad de Santiago. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 12ª, en 21 de junio de 1966, documento Nº 1, página 985. -Se aprueba en general y particular el proyecto. El señor REYES (Presidente).- Se va a constituir ¡a Sala en sesión secreta. SESION SECRETA -Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 18.13, y aprobó el proyecto relativo a doña Elena María Astorga Williams. - Se reanudó la sesión pública a las 18.31. El señor REYES (Presidente).- Continúa la sesión pública. V.- TIEMPO DE VOTACIONES. SOLICITUD DE DESAFUERO DEL INTENDENTE DE SANTIAGO. El señor FIGUEROA (Secretario).- En primer lugar, corresponde votar la petición de desafuero del Intendente de la provincia de Santiago, don Sergio Saavedra Viollier, formulada por don Félix Eduardo Pinto Díaz. -El informe figura en los Anexos de la sesión 12ª, en 21 de junio de 1966, documento N° 5, página 1002. El señor FIGUEROA (Secretario).- El informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, suscrito pollos Honorables señores Chadwick (Presidente provisional), Contreras Labarca, Juliet, Pablo y Sepúlveda, recomienda, por unanimidad, rechazar la acusación y declarar que no ha lugar a la formación de causa en contra del Intendente de Santiago. El señor CONTRERAS LABARCA.- Pido la palabra. El señor JARAMILLO LYON.- Me parece que en este caso no procede la votación secreta. El señor REYES (Presidente).- Hace algunos días se promovió un debate sobre el particular. El señor JARAMILLO LYON.- Cuando votamos el desafuero del Gobernador de Itata, lo hicimos públicamente. El señor REYES (Presidente).- Pero se reclamó contra el procedimiento, señor Senador. En vista de ello, el señor Secretario recordó los precedentes sobre la forma de actuar en estos casos. Hay precedentes en ambos sentidos, pero predomina la modalidad de votar en secreto. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Me parece que este punto debe aclararse bien. Entiendo que, cuando se pide el desafuero de algún Intendente o Gobernador -en este caso el del Intendente de Santiago-, debe hacerse una relación a fin de que los señores Senadores se impongan de todos los antecedentes. La votación es secreta, por tratarse de un asunto particular; pero tanto la acusación como la sesión son públicas, de modo que los Senadores podemos fundar nuestros votos. Sin embargo, no puede abrirse una polémica, pues en tal caso dejaría la Corporación de ser jurado. El señor CHADWICK.- La relación de los hechos consta en el informe. El señor REYES (Presidente).- Así es. Si le parece a la Sala, se le dará lectura. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Muy bien. -El señor Secretario lee el informe. El señor JARAMILLO LYON.- Pido la palabra. El señor CONTRERAS LABARCA.- Pido la palabra. El señor REYES (Presidente).- De acuerdo con el Reglamento, no corresponde hacer uso de la palabra. El señor CONTRERAS LABARCA.- Pero podemos fundar el voto. El señor JARAMILLO LYON.- A mi juicio, el derecho a usar de la palabra no está restringido por el Reglamento en estos casos. En efecto, el artículo 190, al fijar el procedimiento aplicable a este tipo de asuntos, dice que el Presidente los someterá a votación; pero eso no significa que los Senadores no puedan intervenir previamente para expresar sus puntos de vista. El señor PRADO.- Fundando el voto, sí. El señor JARAMILLO LYON.- ¿Pero cómo vamos a fundar el voto, cuando la votación es secreta? Deseo saber en qué momento podríamos hacerlo, o si es cuando nos pasan el cajón. Si lo hiciéramos, la votación dejaría de ser secreta. El señor REYES (Presidente).- Debo reiterar a la Sala que, en atención a lo planteado en sesión anterior acerca de la forma irregular de votar la petición de desafuero del Gobernador de Itata, la Mesa examinó los precedentes de casos similares y observó la aplicación de diversos procedimientos. Sin embargo, en su gran mayoría, las votaciones fueron secretas y sin debate en la Sala. Por tal razón, pareció conveniente restablecer ese principio, sobre todo cuando se trata de asuntos de interés particular. Ahora, estas materias se consideran en el Tiempo de Votaciones, de manera que sólo corresponde votar. Y como la votación es secreta, tampoco cabría fundar el voto. El señor PRADO.- Tiene razón, señor Presidente. El señor CONTRERAS LABARCA.- ¿ No hay fundamento de voto ? El señor REYES (Presidente).- La votación es secreta, señor Senador. El señor GARCIA.- En este caso el Senado actúa como jurado. En consecuencia, no procede debate alguno. El señor JARAMILLO LYON.- En todo caso, deseo formular algunas observaciones, antes de entrar a votar la petición de desafuero del Intendente de Santiago. La petición de desafuero del Gobernador de Itata fue votada en días pasados en sesión pública, y no sólo con fundamentos de voto, sino también con expresión de conceptos. En esa oportunidad, el Honorable señor Pablo, refiriéndose al peticionario del desafuero, don Humberto Sepúlveda Titus, sostuvo, entre otras cosas, que dicha persona fue alejada de mala manera de la administración de justicia. En la mañana de hoy llegó a mi oficina el señor Sepúlveda, a quien no tenía el agrado de conocer, a expresarme su deseo de que por lo menos quedara en buen pie su reputación como hombre y como abogado, y me pidió hacer presente al Senado que él presentó voluntariamente su renuncia al cargo de Juez del Segundo Juzgado de Letras de Valdivia, la que fue cursada por decreto Nº 168, de 15 de enero de 1963, firmado por el Subsecretario de Justicia de la época, don Jaime del Valle. Y como podría creerse que presentó su renuncia por haberle sido solicitada o presionado por los hechos, me hizo presente que ella fue tan voluntaria que el actual Gobierno, por decreto Nº 2.014, de julio de 1965, lo nombró Defensor Público de Itata. Con estas palabras, deseo dejar la persona y el prestigio profesional del señor Sepúlveda Titus en el lugar que le corresponde. Como digo, no salió de mala manera de la administración de justicia, al extremo de que en la actualidad es Defensor Público en dicha localidad. El señor REYES (Presidente).- En votación. -Se rechaza la petición de desafuero (18 balotas blancas y 5 negras). El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¿Me permite, señor Presidente? Deseo allegar algunas ideas respecto de este procedimiento, porque, tal como están sucediendo los hechos, prácticamente se burlan las garantías constitucionales, de lo cual el Senado no puede hacerse cómplice. Tengo la seguridad de que el señor Intendente no conoce el hecho. Más de una vez, el propietario de una casa pide que se la desocupen para ocuparla él mismo o aumentar sus ingresos, sin que se acceda a su solicitud. Hay razones de justicia social para no permitir el desalojo; pero el examen de estas cuestiones compete a los tribunales de justicia y no al Senado. En algunos casos, el arrendatario no paga los servicios comunes de la casa que ocupa, ni el gas ni la energía eléctrica, en circunstancias de que el dueño del inmueble respectivo, a veces, carece de recursos suficientes para pagar el saldo insoluto del precio de su casa, o las contribuciones territoriales. En consecuencia, una segunda persona se aprovecha de los beneficios del arrendador. Tal situación no ha sido considerada en este proceso, pues son los tribunales de justicia quienes deben analizarla. Pero si el Senado sigue por este camino de amparar a todos los Intendentes y Gobernadores que deniegan el auxilio de la fuerza pública, prácticamente se dejará sin efecto la garantía que la Constitución asegura a todos los habitantes del territorio nacional. SOLICITUD DE DESAFUERO DEL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO PEDRO AGUIRRE CERDA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Legislación, suscrito por los Honorables señores Chad-dick (Presidente provisional), Contreras Labarca, Juliet, Pablo y Sepúlveda, recaído en la petición de desafuero del Gobernador del departamento Presidente Pedro Aguirre Cerda, don Francisco Rivera, formulada por doña Rosa y doña Francisca Nogué Bustamante. -El informe aparece en los Anexos de la sesión 12ª, en 21 de junio de 1966, documento Nº 6, página 1006. -El señor Secretario da, lectura al informe. -Se rechaza la petición de desafuero (14 balotas blancas. 5 negras y 1 roja). SOLICITUD DE DESAFUERO DEL GOBERNADOR DE PARRAL. El señor FIGUEROA (Secretario).- Finalmente, corresponde ocuparse en el informe de la Comisión de Legislación y Justicia recaído en la petición de desafuero del Gobernador de Parral, don Claudio Fuentes Avello, formulada por don angel Custodio Arellano Gajardo. -El informe se inserta en los Anexos de la sesión 12ª, en 21 de junio de 1966, documento Nº 7, página 1008. -El señor Secretario lee el informe. -Se rechaza la petición de desafuero (16 balotas blancas, 4 negras y 1 roja). PUBLICACION DE DISCURSOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Teitelboim para publicar "in extenso" el discurso pronunciado por el Honorable señor Contreras Labarca en la hora de Incidentes de la sesión ordinaria de ayer. -Se aprueba. E1 señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Gumucio para publicar "in extenso" las observaciones formuladas por el Honorable señor Ferrando en la sesión ordinaria de ayer, durante la discusión general del proyecto sobre supresión del bachillerato. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se publicará "in extenso" todo el debate habido sobre ese proyecto. Acordado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Ha llegado a la Mesa una recomendación, sobre la cual estarían de acuerdo todos los Comités, para destinar la hora de Incidentes de la sesión ordinaria del martes venidero a rendir homenaje a la memoria de don Juan Antonio Ríos, y para que la respectiva distribución de tiempo por Comités se aplique en la semana siguiente. El señor CASTRO.- ¿Es necesaria la anuencia de todos los Comités? El señor FIGUEROA (Secretario).- Sería necesario el acuerdo de la Sala. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Entiendo que se ha consultado a todos los Comités. El señor FIGUEROA (Secretario).- En realidad, la comunicación que ha llegado a la Mesa no está firmada, pero se ha recibido la insinuación de que se proponga la adopción de un acuerdo por la Sala en tal sentido. El señor CASTRO.- No habría inconveniente, por mi parte. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, así se procederá. Acordado. VI.- INCIDENTES. PETICIONES DE OFICIO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En conformidad al Reglamento, se enviarán los oficios en nombre de los señores Senadores que los han solicitado. -Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Ampuero: PETICIONES DEL SINDICATO PROFESIONAL DE TRIPULANTES DE NAVES PESQUERAS DE IQUIQUE (TARAPACA). "Al señor Ministro del Trabajo, a fin de que se sirva informarme acerca de las siguientes cuestiones que plantean los dirigentes del Sindicato Profesional de Tripulantes de Naves Pesqueras de Iquique respecto de sus empleadores: "1) No reconocen actas de avenimiento en lo referente al reajuste anterior del 38,4%, a sus personales. "2) No pagan los feriados marítimos. "3) No pagan los viáticos de alimentación correspondientes al año 1965. "4) Se resisten a cancelar el 10% de las utilidades industriales, sin que las autoridades les apliquen las sanciones que proceden. "5) Desconocen la ley de Inamovilidad. "6) Persiguen a los dirigentes y obreros que se destacan por su espíritu gremialista. "7) Hasta fines del mes de abril se ha despedido al siguiente personal, sin que la autoridad competente haga valer los derechos de empleados y obreros: "Pesquera "Punta Negra": Despidió 9 obreros y anunció que despidiría otros 9 cada semana. "Pesquera "Pacífico": Reduce a la mitad su personal de planta, medida que afecta a 60 trabajadores. Además dos tripulaciones completas, con otros 20 hombres. "Pesquera "Alinorte": Despidió 9 obreros y anunció nuevas cancelaciones. "Pesquera "América": Paralizó la industria. Dejó cesantes a 32 obreros y 12 empleados, además de 20 tripulantes. "Pesquera "Alcatraz": Despidió a 48 obreros. "Pesquera "Piscis": Paralizará su industria, y quedarán cesantes 100 trabajadores entre empleados y obreros, sin contar las tripulaciones (80 hombre en total). "Pesquera "Horizonte": Está cancelando personal. No se puede precisar su número, pues no tiene sindicato. 10 tripulantes. "Pesquera "Cachagua": Canceló a 9 obreros y anunció nuevos despidos. De sus tripulaciones despidió a 10 hombres. "Pesquera "Guanaye" : Anunció cancelaciones. "Pesquera "Misle": Anunció cierre de la industria, y ya despidió a 100 obreros. "En cuanto al personal de rederos y rederas de la industria pesquera en general, y que suman 500, ya han sido despedidos 300 y entre ellos se encuentran varios dirigentes sindicales. "Dada la gravedad de la denuncia que formulan los dirigentes, ruego al señor Ministro la máxima celeridad en la solución de los problemas enunciados". Del señor Contreras (don Carlos): REAJUSTE DE ASIGNACION DE ZONA DE CHILOE. "Al señor Ministro de Hacienda, transcribiéndole el siguiente telegrama enviado desde Ancud por la Asociación de Empleados de Tesorería y la Asociación Telegráfica de Chiloé, a fin de que se sirva acoger y resolver favorablemente la petición que contiene: "Considerando inquietud existente funcionarios provincia por razones aislamiento elevado costo vida y riguroso clima existente repercutiendo forma alarmante gastos vestuarios y alimentos, solicitamos aumento asignación zona a nivel provincia Aisén"." VACACIONES ESCOLARES DE INVIERNO EN MAGALLANES. "Al señor Ministro de Educación, transmitiéndole lo manifestado por la Federación de Educadores, seccional Magallanes, en el sentido de que se mantenga la primitiva fecha fijada para vacaciones de invierno, es decir, del 25 de julio al 13 de agosto; y solicitándole se sirva acoger y resolver favorablemente esa petición". Del señor Contreras (don Víctor): CONFLICTO COLECTIVO EN CIA. SUDAMERICANA DE EXPLOSIVOS, EN RIO LOA, CALAMA (ANTOFAGASTA). "Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, a fin de que se sirva disponer la intervención de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta -y si fuere necesario, la designación de un representante de esa Secretaría de Estado- para encontrar pronta solución al conflicto colectivo que afecta al Sindicato Industrial Obrero de la Compañía Sudamericana de Explosivos Río Loa (Du-pont) en Calama. "De acuerdo con las informaciones proporcionadas por ese Sindicato Industrial, esta semana se iniciaba la huelga legal por no haber avenimiento en torno al pliego de peticiones presentado por los obreros. "Este pliego consulta un aumento de salarios del orden, del 40% y la implantación de una escala móvil de acuerdo con el alza mensual del costo de la vida determinada por la Dirección de Estadísticas y Censos; aumento de asignaciones y bonos que perciben por diversos conceptos (asignación familiar; de casa, luz y agua; de estudiantes; de vacaciones; bonos por turnos; cesación de servicios, etc.); aumento de la asignación por accidente, muerte e incapacidad por enfermedad profesional en 40%. "Sin ánimo de entrar a detallar todos los puntos del pliego cabe destacar, asimismo, la preocupación de los obreros por medidas que garanticen la seguridad en el trabajo y la salud de los operarios, que se traducen en la petición de un examen semestral por un médico oculista del personal de herreros, protección contra gases, extinguidores, reparaciones y construcciones necesarias para la seguridad de la fábrica, etc. "Esta compañía tiene una producción estable y utilidades que le permiten afrontar sin problemas los aumentos solicitados por su personal y las medidas de seguridad en el trabajo que, por otra parte, deberían haber sido adoptadas por la empresa sin necesidad de conflicto colectivo, especialmente si se consideran las frecuentes denuncias formuladas sobre este problema y los riesgos que ofrece este tipo de producción". Del señor Foncea: CAMINO DE ACCESO A SAN JAVIER (LINARES). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación, a objeto de señalar la urgente necesidad de pavimentar el acceso Norte a San Javier. Uno de los escollos más difíciles para obtener la pavimentación de dicho acceso era la construcción del puente Amarillo, escollo que ya se solucionó. "El acceso a San Javier por la Avda. Balmaceda, que es una calle angosta y donde están instaladas 3 escuelas con cerca de 1.500 alumnos, hace esa arteria sumante peligrosa". Del señor Jaramillo Lyon: EDIFICIO DE LICEO DE NIÑAS DE SAN FERNANDO (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Educación, en mi nombre, haciéndole presente la urgente necesidad de activar los trabajos de construcción del pabellón de externado y reparación del edificio del Liceo de Niñas de San Fernando, problema que se ha agravado como consecuencia de los últimos temporales". DESTINO DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE SEWELL (O'HIGGINS). "Al señor Ministro de Educación, haciéndole presente el clamor que existe en el Campamento Minero de Sewell, motivado por el traslado de dicho grupo habitacional, a la ciudad de Rancagua, sin que se haya considerado, hasta el momento, el destino que se dará a los establecimientos educacionales que allí existen. Especial interés en este problema tienen los profesores y alumnos del Instituto Politécnico de Sewell, quienes le han hecho llegar un memorándum que adjunta al presente oficio". El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se suspende la sesión por diez minutos. -Se suspendió a las 19.18.- Se reanudó a las 19.37. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Continúa la sesión. Tiene la palabra el Honorable señor Noemi, para rendir un homenaje. HOMENAJE A LA MEMORIA DEL CARDENAL JOSE MARIA CARO RODRIGUEZ, CON MOTIVO DEL CENTENARIO DE SU NATALICIO. El señor NOEMI.- Señor Presidente del Senado, Honorables colegas: Con emoción de cristiano y de chileno, intervengo en este ejemplar homenaje que el Senado de la República rinde a la memoria del primer Cardenal chileno de la Iglesia Católica, Eminentísimo señor José María Caro Rodríguez. Como cristiano e hijo de la Iglesia, su vida de humilde sacerdote revela la superior visión de la autoridad jerárquica al entregar responsabilidades y honores a los hombres que integran su comunidad, sin atender a otro título que sus cualidades morales y su capacidad intelectual. " Elocuente prueba de ello encontramos -repito- en la vida de Monseñor José María Caro. En efecto, el humilde joven que llegó al Seminario de Santiago traído por un celoso párroco campesino, no poseía bienes de fortuna ni provenía de lo que suele llamarse un hogar de abolengos familiares. Como él mismo lo decía con sencillez ejemplar, era un modesto hijo de nuestros campos que llegaba a la ciudad, atemorizado por lo que era para él un mundo desconocido y deslumbrante... Pero, bajo su aspecto exterior pobre y tímido, había auténticos valores, que muy pronto serían apreciados por sus maestros. Fue así como se propuso un día su nombre al Arzobispo Casanova, para que se le concediera una beca en el Colegio Pío Latino Americano, lo que le permitiría seguir sus cursos eclesiásticos superiores en la célebre y centenaria Universidad Gregoriana, de Roma. Las esperanzas en él cifradas no se frustraron. Sus estudios fueron brillantemente culminados, y pudo, al término de ellos, regresar al país trayendo en su pobre equipaje de simple sacerdote los diplomas académicos que le otorgaban calidad de doctor en Sagrada Teología. Reintegrado a la vida nacional, el sencillo hijo de nuestros campos ejerció con lucidez el delicado oficio de maestro. Su recia contextura física, paradójicamente unida a un exterior frágil y precario, le permitió superar graves dolencias que hizo a muchos pensar que serían breves los trabajos de sacerdote y maestro. La fuerza interior del espíritu no puede pasar inadvertida... Fue así como con sorpresa y estupor para el humilde y modesto sacerdote José María Caro, debió conocer y aceptar por obediencia el alto e inesperado honor de ser promovido al Episcopado y recibir la pesada tarea de transformarse en pastor de la entonces Vicaría Apostólica de Tarapacá. Discípulo fiel del Evangelio, asumió su cargo y altas responsabilidades sin llevar, bajo su manto de misionero y peregrino, riquezas o bienes materiales. Las provincias nortinas lo vieron, en el correr de largos años, cumplir su misión evangélica sin reparar en esfuerzos y sacrificios. Fue un testimonio vivo de su fe interior, e incansable pregonero de la buena nueva de paz, de justicia y de amor. Los pobres, los afligidos, los desheredados fueron el centro de su inquietud pastoral. Defendió a los débiles y abrió para ellos el caudal de su inmensa caridad. El humilde hijo de la pequeña villa de Ciruelo supo enfrentar la prepotencia de los grandes y jamás guardó silencio cuando debió defender la Verdad de su Fe, que no le permitía transacciones ni compromisos claudicantes. No olvidó la modestia de su cuna y no cayó en la tentación de aprovechar de ella para obtener fáciles éxitos en medio de sus hermanos, los humildes. Con la serena quietud de los espíritus superiores, recibió las distinciones que le abrieron las puertas del Colegio Cardenalicio y llegó a ser el primer hijo de Chile que recibió la púrpura de ese alto Senado de la Iglesia. Repito, Honorables colegas, que, como católico, no puedo silenciar mi admiración a nuestra Iglesia, que así cumple su destino y misión, haciendo realidad la palabra de la Sagrada Escritura: "El humilde será exaltado y el soberbio conocerá en su carne y en su espíritu lo frágil de su orgullo y vanidad". Pero este homenaje que se rinde a la memoria del Cardenal Caro Rodríguez va más allá de las fronteras religiosas: alcanza a toda nuestra comunidad nacional, sin distingos ideológicos o doctrinarios. En realidad, la figura de Monseñor Caro Rodríguez, su obra y su extraña y singular vivencia, pertenecen a nuestra patria toda, no sólo porque él fue un exponente auténtico de nuestra nacionalidad, no sólo porque sirvió con acendrado patriotismo a la tierra en que nació, sino también porque su labor sacerdotal y humana fue motivo de admiración y respeto más allá de las fronteras nacionales. ¿Cómo olvidar, señores Senadores, la sorpresa y admiración que provocó la sincera y madura actitud de Monseñor Caro, entonces Obispo de La Serena, al enviar al Excelentísimo señor Pedro Aguirre Cerda un telegrama viril y respetuoso, en el que lo felicitaba por el triunfo que lo ungía Presidente de Chile y formulaba sus votos por el feliz éxito de su tarea de gobernante? Si la pasión interna hizo posible alguna crítica o incomprensión, la reacción internacional fue unánime en aplaudir la autenticidad de un gesto que implicaba una enseñanza sobre el respeto a la ley y a la voluntad soberana del pueblo. Ciertamente, no fue ajeno a este hermoso hecho el que, al ser llamado, poco tiempo después, a ocupar el Arzobispado de Santiago, viajara expresamente a Chile un destacado periodista para entrevistar al nuevo Primado de la Iglesia Chilena. Una vez más, en esa oportunidad, el Obispo y Pastor mostró con sencillez y valentía la rica sensibilidad de su alma de cristiano y de patriota. Interrogado sobre su opinión referente a las inquietudes del pueblo por asegurarse una situación de equidad y de respeto a su dignidad humana, Monseñor Caro, después de reconocer la justicia de esa demanda y el apremio que existía en atenderla, formuló un juicio que, por su riqueza y profundidad, debiera esculpirse, no sólo en el monumento que algún día perpetuará su memoria, sino en el corazón de los hombres : "Los pobres, los desheredados tienen derecho a la alegría de vivir". Palabras, Honorables Senadores, dignas de un pastor; palabras empapadas en el espíritu del admirable Sermón de la Montaña. No era suficiente, para el santo y venerable Cardenal Arzobispo, cumplir con la justicia... Por su espíritu evangélico, tal vez la pura y simple justicia, a pesar de su exigencia y necesidad, la estimaba fría, deshumanizada, y, por eso, acaso recordando privaciones y dolores de su niñez, habló con simpatía y optimista esperanza de la "alegría de vivir", que, para él, constituía un derecho indiscutido de la persona humana. Finalmente, señores Senadores, no quisiera terminar estas palabras sin destacar la presencia de los campesinos en este homenaje. ¡Y cómo no hacerlo! Si fue junto a la tierra morena y fecunda de la ubérrima Colchagua, y del matrimonio de un campesino modesto y austero, don José María Caro Martínez, y de doña Rita Rodríguez Cornejo, una virtuosa mujer, donde germinara el 23 de junio de 1866 -hace cien años- uno de los frutos más preciados que haya dado el agro chileno. .. No quisiera tampoco olvidar a los mineros, rudos en apariencia, generosamente respetuosos y que aprendieron a quererlo durante tres lustros,-que lo vieron predicando misiones en pueblos, minas y villorrios adonde jamás antes había llegado un sacerdote. En la pampa de Tarapacá, en las montañas y los cerros de Atacama y Coquimbo, en las faenas del salitre, del hierro, del oro y del cobre, fue dejando jirones de su pobre sotana y entregando a raudales su vida, predicando con el ejemplo de su existencia, que vivió con franciscana sencillez. Pero no sólo a los campesinos y a los mineros, sino a Chile entero deseo tener presente en mis palabras. Básteme para ello recordar el día 14 de junio de 1946, cuando nuestra capital presenció un espectáculo grandioso. Todos los habitantes de la ciudad, hombres, mujeres, jóvenes, niños, salieron a la calle a vitorear a Su Eminencia, que, con su capelo de primer Cardenal chileno, regresaba de Roma y recibía sonriente las manifestaciones de júbilo de un pueblo entero que reía y lloraba de alegría. Honorables señores Senadores, en nombre de mi partido, el Demócrata Cristiano, tengo el honor de rendir este homenaje no sólo al que fue Pastor y Obispo de la Iglesia Católica en nuestra patria, sino también al ilustre ciudadano que sirvió a nuestra nación y atrajo sobre ella la' simpatía y el respeto que los hombres rectos alientan para quienes, con sus actuaciones, se transforman en defensores de la armonía y tolerancia indispensables para una convivencia en democracia, justicia y libertad. En nombre de nuestro partido hemos levantado nuestra voz, en esta alta tribuna y en otras, para rendir homenaje a hombres de ciencia, luchadores sociales, apóstoles al servicio de sus propios ideales religiosos. En esta ocasión, lo hacemos con honda y sincera emoción, para expresar nuestra gratitud y admiración al Pastor Espiritual de un credo religioso, al que pertenecemos muchos miembros de la Democracia Cristiana, y, al hacerlo, una vez más reiteramos nuestro firme propósito de hacer realidad para nuestro pueblo el anhelo de este ilustre y venerable hijo de Chile: que los pobres de nuestra patria logren por fin el derecho a la alegría de vivir. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En seguida, hará uso de la palabra el Honorable señor Bulnes; pero, previamente, deseo solicitar el asentimiento de la Sala para que continúe presidiendo la sesión el Honorable señor González Madariaga, pues debo ausentarme. Si le parece al Senado, así se acordará. Acordado. El señor CURTI.- Deseo solicitar la publicación "in extenso" del homenaje que en este momento escucha el Senado. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si a la Sala le parece, se acordará publicar "in extenso" todos los discursos de este homenaje. Acordado. -Pasa a presidir el señor González Madariaga. El señor BULNES SANFUENTES.- Señor Presidente, señores Senadores: Hemos hecho esta tarde una pausa en las tareas propias del Senado, para recordar a un varón insigne, a un alma de extraordinaria selección, que iluminó con sus virtudes y su sabiduría un largo trecho de la vida chilena. Nació hace cien años en un caserío de la vieja Colchagua, próximo a la laguna de Cáhuil, donde el mar penetra tierra adentro entre verdes lomajes pastoriles, donde la belleza dulce del paisaje muestra indeleble la huella del Creador. Sintió desde niño el llamado del Señor y entregó toda su vida generosa al servicio infatigable de El y de sus creaturas. Vivió en el mundo, pero permaneció ajeno a sus vanidades: desde el humilde hogar de sus padres, pequeños propietarios campesinos, ascendió al sitial de Príncipe de la Iglesia, pero no perdió nunca la sencillez de las maneras y las costumbres; abogó con denuedo por el bienestar material de sus semejantes, pero reservó para sí, como compañeros de toda su vida, la pobreza, la abnegación y el sacrificio. Su talento y su contracción al estudio le ganaron la rara oportunidad de terminar sus estudios en Roma. Fue doctor en Filosofía y Teología; fue maestro en lenguas muertas y dominó un buen número de idiomas contemporáneos; publicó obras importantes y emitió pastorales que son modelos en su género; fue un hombre docto en todo el sentido de la palabra; pero más que todo aquello, fue Pastor y no permitió nunca que las disciplinas intelectuales nublaran su visión clara y directa de los hombres y las cosas, o acallaran las voces de su gran corazón. Fue Arzobispo de Santiago y Primado de la Iglesia chilena en tiempos de efervescencia ideológica y política y cuando ya estaba planteada, con duros caracteres, la división de los católicos en la vida pública chilena. Dejó oír su voz en materias temporales cada vez que creyó comprometidos los grandes principios morales y filosóficos del Cristianismo, y lo hizo con una altura, una ecuanimidad, una ausencia total de partidismo político, que le conquistaron la adhesión plena de su grey y el respeto casi unánime de los que no compartían sus creencias religiosas. Fue un varón santo, que amó a su Señor y a su pueblo sobre todas las cosas de la vida. Y su pueblo supo reconocer y devolver el amor que él le entregaba. Cuando se fue de este mundo, a los 92 años de edad, en una ancianidad serena y lúcida, estaba rodeado del aprecio cordial de la inmensa mayoría de los chilenos, que, sin distinción de creencias, sintieron entonces la sensación dolorosa de una gran pérdida nacional-Como conocedor y admirador de las tierras costinas de Colchagua, que he representado en el Congreso por más de 21 años, rindo un homenaje emocionado al hijo preclaro de esa región, que de por sí es rica en valores humanos y en virtudes cristianas. Como Senador de la República, en nombre del Partido Nacional y de todos los Senadores adscritos a los Comités Liberal y Conservador, me inclino reverente ante la memoria del Eminentísimo Cardenal José María Caro, uno de los espíritus cumbres que ha producido la chilenidad. La señora CAMPUSANO.- Con respeto, los Senadores comunistas adherimos al homenaje que hoy se rinde a un hombre del pueblo que nunca dejó de sentirse parte de él, aun en los más altos sitiales a que lo llevó a servir la Iglesia. El 4 de diciembre de 1958, un multitudinario y acongojado cortejo acompañó los restos de don José María Caro, Cardenal y Arzobispo de Santiago. El pueblo creyente, de norte a sur, intuyó en su sincero pesar la pérdida de su Pastor, que, elevado desde niveles muy humildes a uno de los más representativos cargos eclesiásticos, había señalado a su Iglesia un camino más amplio y humanista y que esa orientación, en la práctica, trazaba nuevas perspectivas para las relaciones entre su comunidad y la lucha social. En la sesión del martes 9 de diciembre de ese mismo año, el Diputado Juan Domingo Ahumada Trigo, en nombre del Partido Comunista, expresó: "Junto con rendirle sincero homenaje, hacemos votos por que sus sucesores sean continuadores de su espíritu amplio y comprensivo, porque la lucha que divide a los hombres actualmente no es la lucha entre ateos y religiosos o entre comunistas y católicos; no, es la lucha entre oprimidos y opresores". Más adelante señaló: 'En mi carácter de Diputado obrero, deseo dar término a este sencillo homenaje leyendo la declaración que sobre el particular hiciera la Central Unica de Trabajadores y que dice: "La Central Unica de Trabajadores de Chile se asocia con el más profundo pesar al duelo que aflige al país por el fallecimiento del Cardenal Arzobispo de Santiago, Monseñor José María Caro Rodríguez. Su egregia figura supo en todo momento defender a los pobres y humildes de esta tierra en contra de la prepotencia y soberbia de los poderosos, lo que lo enalteció ante el proletariado de nuestra tierra". Mañana, jueves 23 de junio, se cumplirá un siglo del nacimiento de don José María Caro. Sus padre eran humildes campesinos de Pichilemu y, al igual que muchos trabajadores de la tierra del siglo pasado, conocieron las jornadas largas y agobiantes, gozaron la ternura sencilla de los pobres y tejieron sus menguadas esperanzas entre sueños y vigilias. Dentro de las normas y hábitos de esa estrechez hogareña, el niño de entonces comenzó a moldear los principios que regirían los principales actos de su conducta religiosa. Realizó sus estudios en el Seminario de Santiago, en el Colegio Pío Latino Americano y la Universidad Gregoriana de Roma y se doctoró en Teología. En 1899 se desempeñó como párroco de Mamiña, y en 1911 fue designado Vicario Apostólico de Tarapacá y Obispo de Milas. En Mamiña, siendo ya Obispo, puntualizó: "No creo en la maldad de nuestro pueblo. Si a veces pensamos que odia, debemos también pensar que todos tenemos la culpa de que se haya sumergido en la miseria". Su contacto con la brutal explotación imperante en la pampa salitrera, con el heroísmo proletario de sus dirigentes y la justicia de su causa, tocó siempre hondo en sus sentimientos humanistas. Se recuerda que, estando Luis Emilio Recabarren perseguido por la policía, a consecuencia de una huelga, fue hasta el rancho donde se hallaba escondido y le llevó a su casa para que pudiera comer y dormir. En otra oportunidad, no tuvo problemas de conciencia para facilitar a don Elias Lafferte, más tarde secretario general del Partido Comunista, un local de la Iglesia para que realizara en él una reunión sindical. Posteriormente, investido Cardenal, recibió en audiencias especiales a delegaciones de países con los cuales, por su orden social, se negaba a mantener relaciones diplomáticas el Gobierno de Chile, dando él, de este modo, una lección de que comprendía los cambios operados dentro de la sociedad. A ello obedece que no se aceptara, durante el ejercicio de su ministerio, que los sentimientos de los creyentes sirvieran como un factor de división de los pobres y que sectores inescrupulosos lucraran con la frustración de los movimientos reivindicativos. No en vano, durante su permanencia en el Norte Grande, había estado muy próximo a trabajadores creyentes que cayeron, codo a codo, con sus hermanos de clase en defensa de sus derechos. El 25 de agosto de 1939, fue designado Arzobispo de La Serena, y el 30 del mismo mes, pasaba a ser Arzobispo de Santiago. Tal cargo había sido ocupado hasta ese entonces por un personero de activa vida política y de abiertas simpatías por los sectores más reaccionarios del país. El buen sentido que poseía lo había demostrado cuando, aún Obispo de La Serena, envió una comunicación telegráfica por la que felicitaba al Presidente electo don Pedro Aguirre Cerda, reconociendo su victoria mucho antes de que lo hiciera el Congreso Pleno. La historia da un rotundo mentís a quienes han tratado de explotar, con perjuicio del movimiento popular, tos sentimientos religiosos de la mayoría de la población. Fue precisamente el Gobierno del Frente Popular, por intermedio de don Pedro Aguirre Cerda, el que pidió para Chile el cardenalato. Tres meses antes de morir, el Presidente Aguirre Cerda envió una moción a Pío XII requiriendo tal designación, y alcanzó a recibir la respuesta en la que el Papa coincidía con los extraordinarios méritos del Arzobispo Caro y manifestaba no poder hacerla efectiva hasta después de la guerra, noticia que no pudo ser divulgada en dicha oportunidad por ser un secreto diplomático. Nosotros hemos seguido con interés las deliberaciones del último Concilio Ecuménico, sus nuevos planteamientos, su actitud más consecuente con la realidad actual. Creemos, sin temor a equivocarnos, que esos planteamientos hubieran llenado de alegría al Cardenal Caro, porque correspondían a los que él mantuvo durante toda su existencia. El que la Iglesia de hoy quiera dar respuesta a las interrogantes y angustias fundamentales que se plantea la gente común, corno el pan, la paz, la dignidad del hombre, es un avance y un efecto, al mismo tiempo, del impetuoso desarrollo de esta época de paso del capitalismo al socialismo. Este proceso también tiene que ver, por la forma que reviste, con los fenómenos que se han venido produciendo en la Iglesia desde hace casi dos milenios. En ella ha habido tendencias que, de una parte, se han expresado como sumisión a voluntades extrañas y superiores a los creyentes, sirviendo, contradictoriamente, como instrumento de dominación a los esclavistas, señores, reyes y capitalistas y, de otra, como expresión de un sentimiento y un ansia secular de justicia, mil veces aplastada, dimanante de las clases explotadas, donde el contenido fundamental de las ideas cristianas es el amor al prójimo. El enfrentamiento de esas dos tendencias ha llevado a la Iglesia a una situación de crisis, cuya expresión más relevante ha sido el reciente Concilio Ecuménico. Para nadie es misterio que allí chocaron fuerzas conservadoras y renovadoras, consecuencia dialéctica del antagonismo entre lo nuevo y lo viejo, y que sus resultados inmediatos reflejan un enfoque más realista del panorama mundial. Por lo mismo, sentimos preocupación ante ciertos rasgos de retroceso respecto de los planteamientos dados por el Concilio Ecuménico, aunque nos asiste la seguridad de que será la vida misma la que impedirá que aquéllos prosperen. En las murallas de Santiago se ha pegado con profusión un afiche que reproduce algunas frases poco afortunadas de Paulo VI, por las que llama a rechazar la adhesión a movimientos políticos, sociales o ideológicos que deriven o encuentren fuerza en el marxismo, sosteniendo que tal concepción científica entregaría una visión supuestamente falsa del hombre, la historia y el mundo. Quienes han inspirado esta odiosa idea son sobradamente conocidos y representan la antítesis del tipo de cristiano modesto y humano que fue José María Caro Rodríguez. Acciones de este tipo quizás signifiquen dividendos temporales para la reacción, a costa del prestigio moral de la Iglesia. A diferencia de lo que hiciera el Cardenal Caro, quieren que su Iglesia no vibre ante asuntos como el hambre, que golpea a centenas de miles de hogares; la prostitución callejera o privada, infantil o adulta; la vagancia, la cesantía, la delincuencia, la explotación industrial y campesina; el dolor de las madres y la angustia de todo un pueblo desnutrido y, que, en cambio, se dedique a combatir al movimiento popular. Hacemos votos por que el espíritu de concordia y ¡a visión crítica del Concilio prevalezca por sobre estas maniobras antipopulares, y por que sean creyentes y autoridades eclesiásticas las que rechacen a esos privilegiados que ocultan sus miserias morales detrás de los templos de Cristo. A los comunistas no nos interesa la guerra santa, porque semejante guerra es ajena a nuestros principios de acción y de clase. Aunque la reacción se obstine en levantar murallas de odio, aprovechando las diferencias ideológicas y filosóficas, la verdad es que hay un campo de unidad indestructible entre ateos y creyentes, entre marxistas y católicos, entre protestantes y judíos, y que se afianza en la estructura misma de la sociedad en que vivimos: es la lucha por los derechos humanos, la digniddad y la felicidad del hombre. Esta tarde, al adherir al homenaje rendido al Cardenal José María Caro con motivo del centenario de su natalicio, queremos destacar la raigambre popular que caracterizó a este prelado. Fue su respeto al pueblo y el propósito de servirlo lo que hizo grande su personalidad. He dicho. El señor CASTRO.- Ruego al Honorable Senado tener la bondad de excusarme por adherir tan improvisadamente a este homenaje. Pero la verdad es que, a medida que fui oyendo a mis Honorables colegas, recordaba cada uno de los rasgos que dieron forma a la personalidad del Cardenal José María Caro Rodríguez, y, sobre todo, junto con esas palabras, he vuelto a caminar un poco por el pequeño Cáhuil, como decía un señor Senador, entre el silencio del campo, y, a veces, el ensoberbecido Pacífico; he vuelto a tranquear por las pequeñas y quietas ciudades de mi región, por donde también han seguido caminando los miembros de la familia de don José María Caro, con la misma modestia y honestidad de siempre. Mi palabra tiene mucha sinceridad para recordarlo a él y a su familia, porque la familia Caro tipifica perfectamente a esa familia de chilenos laboriosos que, luego de recibir el golpe de sangre de la Madre Patria, se formó sobre la base del trabajo, la austeridad y el sacrificio. Es probable que los Caro de mi zona hayan recibido el ramalazo de otras corrientes extracontinentales; pero fue Chile, con su clima, con su geografía difícil, el que vino talando todo lo que pudo haber de exceso en la herencia europea que ellos recibieron. Formar un hogar en Cáhuil a fines del siglo pasado es, sencillamente, domiciliarse en el hogar de la abnegación, desbrozar la selva, abrir la dura tierra, confeccionar con las propias manos las herramientas que abrirán el surco; es, en fin, ordenar las emociones y las esperanzas a golpes de silencio y meditación. Y don José María Caro, como sus hermanos, que siguieron trabajando hasta ancianos dentro de la misma modestia, eran producto de este doble juego del silencio, a veces del mar, a veces del campo. Cien veces caminó a la noria a sacar el agua para preparar los alimentos; cien veces en el año viajó a lomo de mula o de caballo, a la escuela cercana para acopiar conocimientos. Por lo que oí a quienes me precedieron en el uso de la palabra, y por lo que yo supe siempre, la existencia de don José María Caro es el resultado del silencio para trabajar y estudiar. Llegó a ser la más alta autoridad de la Iglesia nuestra y, sin embargo, en sus palabras, gestos y actos se mantuvo perfectamente nítido el trasunto de aquella existencia laboriosa de sus antepasados en la quietud de Cáhuil y Colchagua. Cuando él, con su ejemplo, apareció practicando las doctrinas de Cristo en su solidaridad con los humildes, pareció adelantarse a ese otro campesino que, desde el Vaticano y con el título de Juan XXIII, abrió nuevas ventanas a la Iglesia Católica, para que entrara la nueva luz de la realidad social. Por eso, se explica muy bien lo que repetía la Honorable señora Campusano: que al morir el Cardenal Caro, fuera todo un pueblo, sin distingos de credos políticos ni de concepciones religiosas, el que lo llevara a su último lugar de residencia, rindiéndole homenaje al sacerdote austero, al que entendió la prédica de Luis Emilio Recabarren, al que tuvo la palabra y la mano suave para acoger al herido, para explicarle al incomprendido. Y ahora, cuando la Iglesia trae también palabras nuevas para explicar la etapa que está viviendo la humanidad y para explicarse la rebelión de los pueblos, pareciera estar sólo repitiendo el ejemplo de nuestro Cardenal. Allego estas pocas palabras como hombre de la región que fue cuna del trabajo y abnegación de la familia de José María Caro. El fue un estudiante modesto en la escuela colchagüina, un etudiante oscuro en el Seminario; pero por dentro le iba la lámpara del talento y del conocimiento, la pasión por el perfeccionamiento. Era un muchacho quieto, anónimo en la vastedad solitaria de Colchagua; y de aquella vastedad solitaria pasó, por obra y gracia de su noble corazón de varón colchagüino, a residir definitivamente en la historia de nuestra patria. He dicho. TABLA DE FACIL DESPACHO PARA LA PROXIMA SESION ORDINARIA. El señor GONZALEZ MADARIAGA (Presidente accidental).- El señor Secretario dará lectura a los asuntos que se anuncian en la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria próxima. El señor WALKER (Prosecretario).- Son los siguientes: 1.- Oficio de la Cámara de Diputados en que propone enviar al Archivo, por haber perdido su oportunidad, el proyecto de ley, pendiente en esa Cámara en tercer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la inamovilidad de los dirigentes sindicales. 2.- Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización recaído en el proyecto de la Cámara sobre transferencia gratuita de un terreno fiscal al Sindicato Profesional de Panificadoras de Tarapacá. 3.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de la Cámara que libera de derechos la internación de un automóvil donado al Obispo de Iquique. 4.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que libera de todo gravamen la internación de dos televisores donados al Liceo de Niñas Nº 11, de Santiago. 5.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto de la Cámara que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar diversos inmuebles en la ciudad de Iquique, con los fines que indica. 6.- Informe de la Comisión de Obras Públicas en que se recomienda enviar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el proyecto de ley, iniciado en moción del ex Senador señor Faivovich, que modifica el artículo 29 de la ley 15.364, con el objeto de facultar la inscripción en los registros del Colegio de Técnicos de Chile a los empleados de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que indica, y 7.- Informe de la Comisión de Obras Públicas que propone enviar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Miranda, que dispone la donación de una vivienda a los familiares de las personas fallecidas y el otorgamiento de una indemnización a quienes resultaron heridos en los incidentes ocurridos en el mineral de El Salvador el día 11 de marzo de 1966, respectivamente. El señor GONZALEZ MADARIAGA (Presidente accidental).- En Incidentes, dentro del tiempo del Comité Mixto, tiene la palabra el Honorable señor Barros. FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS DE MISIONES MILITARES NORTEAMERICANAS EN EDIFICIO DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.- OFICIO. El señor BARROS.- Señor Presidente, es posible que para la opinión pública haya pasado inadvertida la denuncia que el lunes 20 del presente hizo, en el diario "Noticias de Ultima Hora", el señor Hernán Munita Contreras, presidente del Comité Patria y Pueblo, sobre un grave atentado a nuestra soberanía nacional. En efecto, en la Oficina de Partes de la Presidencia de la República, dejó estampada dicha denuncia, que yo me permito refrescar en este infante, mediante la transcripción de lo afirmado en ese diario. Dice así: "El Comité "Patria y Pueblo", que preside Hernán Munita Contreras, entregó esta mañana en La Moneda una carta dirigida al Presidente Frei, que contiene explosiva denuncia. Se refiere concretamente a la delicada situación que plantea para la seguridad e independencia del país la presencia en el edificio del Ministerio de Defensa Nacional de misiones militares norteamericanas que disponen de abundante personal y recursos. Es de dominio público, en todo el mundo, el papel que desempeñan esas misiones norteamericanas que, unidas a los servicios regulares de inteligencia instalados en las Embajadas, o a través de "firmas comerciales", controlan al minuto la vida política de una nación. "El Comité Patria y Pueblo", que formula esta denuncia, es un organismo no partidista, que ha jugado importante papel en el repudio público a las proyectadas experiencias nucleares de Francia en el Pacífico. Los objetivos del Comité, reseñados en la carta a Frei, son "la intransigente defensa de las tradiciones de la chilenidad y el insobornable resguardo de la soberanía, al mismo tiempo que exaltar los valores de la cultura nacional". Añade que el Comité "comprende y valora las nobles virtudes que alientan a los institutos armados de la República, respeta el rol profesional que siempre han desempeñado y su decidida devoción por las prácticas democráticas. "Consecuente con estos planteamientos, el Comité "Patria y Pueblo" denuncia como "indigna situación que no debe mantenerse ni un día más" los siguientes hechos: "1.- El edificio que actualmente ocupa el Ministerio de Defensa Nacional constituye, aparte de ser un severo recinto militar, cuna de heroicas tradiciones, de suerte que todo aquello que lesione, aunque sea ligeramente su prestigio, daña el Honor Nacional. "2.- Pese a esto, sabemos que en el 8º piso, en oficinas lujosamente alhajadas y calefacciomadas, funciona la "U.S. Army Mission" (Misión del Ejército Norteamericano); en el 7º piso, "U.S. Military Advisory Group" y la Misión Naval Norteamericana; y en el 2° piso, "U.S. Air Force Mission" (Misión Aérea Norteamericana). "Es preciso destacar que estas Misiones de Fuerzas castrenses dependen directamente -de acuerdo con el convenio de Ayuda Militar celebrada entre Chile y Estados Unidos, el 21 de julio de 1952- de la Embajada de Estados Unidos, vale decir, de una potencia extranjera. Lo que significa que en el propio edificio del Ministerio de Defensa Nacional, donde se guardan los más confidenciales secretos de nuestros institutos armados, se hallan incrustados, en forma permanente, elementos militares y agentes foráneos. "3.- Es de advertir, asimismo, que para cualquier chileno que pretenda entrar a alguna de sus dependencias, es requisito previo registrar su nombre en un libro especial, a cargo de un miembro de las Fuerzas Armadas, lo que indica la gravedad o importancia que inviste penetrar en un recinto militar, situación que no se compadece con el libre paso de que disfrutan y gozan los integrantes de las Misiones Militares Norteamericanas, al igual que si se encontraran dentro de su propia Embajada o en sus domicilios particulares. "La denuncia entregada esta mañana en la Moneda por el Comité "Patria y Pueblo", agrega en su carta al Presidente Frei que sería un "inusitado espectáculo" el que se ofrecería mañana si "nuestro país celebrara convenios militares con China comunista, con la Unión Soviética o con un gobierno africano, pues con el criterio expuesto anteriormente, las oficinas del Ministerio de Defensa Nacional se verían inundadas por centenares de militares de diversas nacionalidades. "Y añade el documento de "Patria y Pueblo" dirigido al Presidente de la República: "Tenemos conocimiento, y es lo lógico, que Estados Unidos, país signatario del Convenio de Ayuda Militar con Chile, no permite que Misión Militar extranjera alguna tenga oficinas en el edificio donde funciona el Pentágono, y esto nuestro Gobierno lo sabe muy bien. En este punto, concordamos con la posición legítima del Gobierno norteamericano. "El Comité "Patria y Pueblo" sostiene la tesis de que ninguna Misión Militar extranjera puede disponer de oficinas y mantener personal en el edificio del Ministerio de Defensa Nacional, o en cualquiera repartición militar de nuestro país, sea cual fuere el motivo que se invocare. "Por tanto, solicita, con el mayor respeto a V. E. arbitre las medidas legales, a fin de que se consulten fondos en el Presupuesto Nacional para instalar a las Misiones Militares norteamericanas en un edificio particular que se adquiera o se arriende para dicho objetivo, haciendo dejación de sus actuales dependencias, si es que existieran compromisos internacionales que obligaran a realizar dichos gastos. "El Comité "Patria y Pueblo" está absolutamente convencido de que V. E. sabrá interpretar el sentido anhelo de los chilenos de que no se continúe menoscabando, por motivo alguno, el inmaculado principio de la soberanía nacional. "Puede estar cierto V. E., de que todos los chilenos contribuirán gustosos con los recursos económicos que sean necesarios, a fin de lograr este propósito que les impone su calidad de pueblo libre y soberano". Hasta ahí, señor Presidente, lo afirmado por el señor Munita en el diario "Las Noticias de Ultima Hora". Consulté esta mañana al señor Hernán Munita Contreras, presidente del Comité Patria y Pueblo, y me manifestó que esperaba pacientemente la contestación que el señor Frei le daría frente a su formal denuncia. Asimismo, me proporcionó otro antecedente más denigrante para nuestra soberanía y que el Comité Patria y Pueblo está en condiciones de dar a conocer en cualquier momento. Desde luego, yo hago mía esa denuncia. Hay en Chile unidades de Infantería de Marina de Estados Unidos, poderosamente armadas, que vigilan y resguardan la Embajada norteamericana. Desde luego, le manifesté mi extrañeza al señor Munita. Le dije que, sin haber ley que aceptara la permanencia de destacamentos extranjeros en Chile, era imposible mantener una base en la Avenida El Bosque Sur Nº 307 de esta ciudad. Me replicó que eso constituye una injuria para nuestros cuerpos armados, que ciertamente pueden proteger con eficacia las personas y bienes de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en cualquier emergencia hipotética que pudiera acontecer. Afirmó, asimismo, que ninguna otra Embajada se ha atrevido a hacer petición tan insólita como la impuesta por el imperialismo norteamericano. Razón teníamos cuando interpretábamos el artículo 41 del Reglamento del Senado en el sentido de que permite investigar lo concerniente a la penetración en nuestras Fuerzas Armadas de misiones norteamericanas que están minando nuestra soberanía y que permiten que nuestros oficiales deliberen cuando salen del país. Pido oficiar al señor Ministro de Defensa Nacional para que informe sobre la dotación, finalidad y destino que se dio a! contingente acantonado en la Avenida El Bosque Sur Nº 307. He dicho. El señor GONZALEZ MADARIAGA (Presidente accidental).- Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría. Ofrezco la palabra en el tiempo de los Comités Radical y Mixto. El señor PALMA.- Señor Presidente, en extenso discurso, pensaba allegar algunos antecedentes al análisis que en esta Corporación se ha hecho del Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República y de la política general que él implica, pero ya es muy tarde. Por lo avanzado de la hora y en consideración al tiempo ocupado en los importantes homenajes rendidos esta noche, estimo poco prudente hacer hoy mi exposición. Por eso, renuncio a mi tiempo, y espero disponer de una nueva oportunidad durante la próxima semana para poder intervenir. El señor GONZALEZ MADARIAGA (Presidente accidental).- Se levanta la sesión. -Se levantó a las 20.24. Dr. René Vuskovic Bravo, Jefe de la Redacción. ANEXOS DOCUMENTOS 1 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE RECURSOS AL CLUB DE ABOGADOS DE CHILE PARA ADQUIRIR UN BIEN RAIZ. Honorable Senado: Las observaciones del Ejecutivo al proyecto de ley que destina recursos al Club de Abogados de Chile para la adquisición de un bien raíz, constituyen un solo todo, no obstante referirse a varios artículos de esa iniciativa. La idea central de las observaciones coincide plenamente con el criterio que sustentó esta Comisión de Hacienda durante la discusión del segundo trámite constitucional de este proyecto de ley. Sin embargo, primó en el proyecto despachado por el Congreso Nacional el criterio de la H. Cámara de Diputados. El Ejecutivo expresa que el veto ha sido aprobado tanto por el Colegio de Abogados como por el Club de Abogados de Chile. El proyecto aprobado por el Congreso Nacional establecía, en síntesis, que los ingresos que se obtuvieren del recargo de un 400% de las patentes de abogados se depositarían en una cuenta especial sobre la cual giraría la Tesorería General de la República en forma permanente, en favor del Club de Abogados de Chile, el que destinaría estos recursos a la compra de oficinas, a los trabajos que fuere necesario realizar en ellas, a su alhajamiento y demás finalidades de ese Club. El veto, en cambio, estima que tales fondos deben ser girados por los Consejos del Colegio de Abogados, los que podrá destinarlos a subvenciones a instituciones o corporaciones de abogados para el cumplimiento y satisfacción de sus fines societarios o gremiales. Respecto de los fondos que se recauden en la provincia de Santiago, el Consejo General del Colegio de Abogados entregará al Club de Abogados de Chile lo necesario para pagar la deuda que ha contraído por compra de oficinas y para transformarlas y adquirir muebles para guarnecerlas, todo esto último de conformidad a presupuestos que el Club someterá a la aprobación del Consejo. Satisfechos estos objetivos, de la suma que se recaude en Santiago, el Consejo entregará el 40% al Club de Abogados con la carga de aplicarlo a los fines de interés general que indican sus estatutos y destinará el saldo a sus propias necesidades. Para que opere esta subvención del Consejo, es necesario, según el veto, que el Club de Abogados establezca en sus estatutos que en caso de disolución o cancelación de su personalidad jurídica, sus bienes pasarán al Consejo General de la Orden. La Cámara de Diputados aprobó el veto, salvo en cuanto incide en el artículo 3º que modifica la ley orgánica del Colegio de Abogados, a fin de legalizar la existencia de la Junta de Mesas Directivas, materia que rechazó, acordando insistir en el artículo 3º aprobado por el Congreso. La Comisión adoptó las mismas resoluciones que la H. Cámara de Diputados frente a las observaciones formuladas por el Ejecutivo e, incluso, hubo de rechazar la formulada al artículo 3º e insistir en la disposición aprobada por el Congreso, porque de otro modo, no habría ley sobre el particular. En consecuencia, os recomendamos aprobar las observaciones que inciden en los artículos 2º, 4º y transitorio nuevo, y rechazar e insistir, la que dice relación con el artículo 3º. Sala de la Comisión, a 21 de junio de 1966. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Corbalán (Presidente), Gumucio y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 2 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE CONDONA IMPUESTOS A LA PRODUCCION DE VINOS DE LAS PROVINCIAS DE MAULE, ÑUBLE, CONCEPCION, BIO-BIO Y MALLECO. Honorable Senado: Las observaciones del Ejecutivo a este proyecto de ley tienen por objeto restringir el área beneficiada con él. El proyecto aprobado por el Congreso Nacional otorgaba plazos para pagar los impuestos de viñas y chichas que se adeudan en las provincias de Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco. Para este efecto, se concedía un plazo de 180 días para acogerse a los beneficios que se establecían en el artículo 133 de la ley 16.250. El artículo 2º hacía extensivo ese beneficio a las provincias de Curicó, Talca y Linares y, además, se condonaban en el artículo 4º las deudas derivadas de estos impuestos que pesaren sobre contribuyentes de la comuna de Nacimiento de la provincia de Bío-Bío. El Presidente de la República aceptó conceder este beneficio a los propietarios de viñas ubicados en las provincias de Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco y los departamentos de Mataquito y Curepto. En cambio, propuso la supresión de los artículos 2º y 4º que extendían estas franquicias de pago a las otras regiones que hemos indicado. Igualmente, sugirió modificaciones de redacción al artículo 3°, concordándolas con la supresión del artículo 2º. La Comisión de Hacienda, al considerar esta materia, oyó a los Senadores señores Juliet y Foncea, representantes de las provincias de Curicó, Talca, Linares y Maule. El H. Senador señor Juliet lamentó que el Ejecutivo hubiere hecho distinciones entre departamentos de una misma provincia, pues es muy difícil, por no decir imposible, determinar los lugares de esas provincias que han resultado más dañados como consecuencia de las plagas, temporales y heladas que han representado una merma importantísima en la viticultura de esa zona. Citó algunas cifras que muestran la grave disminución de producción de las viñas ubicadas en Curicó, Talca y Linares, lo que ha colocado a sus propietarios en la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones tributarias. En virtud de estas razones, el Senador Juliet estima que el veto, que restringe este beneficio a sólo dos departamentos de esas provincias, no se fundamenta. El H. Senador señor Foncea coincidió plenamente con las observaciones vertidas por el Senador Juliet y anunció que se referiría a esta materia durante su discusión en la Sala. El H. Senador señor Von Mühlenbrock votó favorablemente la observación al artículo 1º para que hubiera ley sobre el particular. El texto que se propone en reemplazo del artículo. 1º aprobado por el Congreso Nacional es muy similar al contenido en el artículo 133 de la ley 16.250. La Comisión aprobó estas observaciones. El veto que suprime el artículo 2º que hacía extensivos los beneficios del artículo 1º a las provincias de Curicó, Talca y Linares fue aprobado por dos votos contra uno. Votaron por la supresión de este artículo los Senadores Corbalán y Gumucio, y por la mantención del artículo aprobado por el Congreso Nacional el H. Senador señor Von Mühlenbrock. El artículo 3º declara incobrables, de pleno derecho, los impuestos de vinos y chichas y prorratas que establece el artículo 126 de la ley 13.305, cuyo monto no sea superior a Eº 300. El artículo 3º, aprobado por el Congreso Nacional, disponía que esta incobrabilidad debería ser, previamente, declarada por el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos del Consejo de Defensa del Estado. La Comisión, por unanimidad, aprobó esta observación, al igual que la H. Cámara de Diputados; de otra manera no habría ley sobre el particular. La Cámara de Diputados rechazó la observación que consiste en suprimir el artículo 4º, e insistió en el que aprobó el Congreso Nacional y que condona las deudas que, por concepto de impuesto de viñas y chichas, adeudan los contribuyentes ubicados en la comuna de Nacimiento, provincia de Bío-Bío. La mayoría de vuestra Comisión no estima justificada esta discriminación dentro de una misma provincia y con los votos de los Honorables Senadores Corbalán y Gumucio, acordó recomendaros aprobar la supresión de este artículo. El Senador Von Mühlenbrock votó en contra de este veto. Por último, el Presidente de la República propone agregar un artículo nuevo que modifica la ley de alcoholes y bebidas alcohólicas. El artículo 149 de la ley 16.464, agregó un inciso al artículo 156 de la ley 11.256, que dispone que en aquellas ciudades en que el Supremo Gobierno no aplique disposiciones sobre jornada continua de trabajo, los establecimientos clasificados como cantinas, bares, tabernas o negocios de expendio de cerveza ¡o de sidras de frutas, no podrán expender bebidas alcohólicas entre las 16 y las 19 horas. Ahora el Ejecutivo sugiere agregar otro inciso al referido artículo 156 de la ley de alcoholes permitiendo la venta de cervezas durante las horas de prohibición siempre que ésta se efectúe en fuentes de soda, pastelerías y otros establecimientos análogos de suministro de alimentos. El veto, además, aclara que la prohibición de vender bebidas alcohólicas entre las 16 y las 19 horas no regirá los días sábado y festivos. Estas observaciones contenidas en el artículo transitorio, nuevo, que se agrega al proyecto fueron aprobadas unánimemente por la Comisión de Hacienda. En virtud de las consideraciones expuestas os recomendamos aprobar todas las observaciones formuladas por el Presidente de la República al proyecto de ley sobre condonación de impuestos a la producción de vinos en Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco. Sala de la Comisión, a 23 de junio de 1966. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Corbalán, don Salomón (Presidente), Gumucio, Von Mühlenbrock y Contreras Labarca. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 3 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, QUE LIBERA DE DERECHOS LA INTERNACION DE UN AUTOMOVIL DONADO AL OBISPO DE IQUIQUE. Honorable Senado: Este proyecto tiene por objeto conceder el beneficio de liberación aduanera a la importación de un automóvil donado al Obispo de Iquique, para el mejor desempeño de sus funciones. No hay antecedentes en el proyecto respecto de la persona o institución que efectúa esta donación. La Comisión rechazó este proyecto después de haberse producido un doble empate en su votación. Votaron por la aprobación los Honorables señores Gumucio y Von Mühlenbrock y por el rechazo los Honorables Senadores señores Corbalán y Contreras Labarca. En consecuencia, os recomendamos adoptar igual resolución. Sala de la Comisión, a 21 de junio de 1966. Acordado, en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables señores Corbalán (Presidente), Gumucio y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 4 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE LIBERA DE DERECHOS DE INTERNACION A DOS TELEVISORES DONADOS AL LICEO DE NIÑAS Nº 11, DE SANTIAGO. Honorable Senado: Esta iniciativa de ley tiende a liberar de gravámenes aduaneros a la internación de dos televisores donados al Liceo de Niñas Nº 11 de Santiago, por el Centro de Padres de ese plantel educacional. La Comisión, al tratar esta materia, analizó la frecuencia con que se están sometiendo a la consideración del Congreso Nacional mociones de parlamentarios que tienen por objeto conceder franquicias tributarias a la internación de mercaderías destinadas a instituciones deportivas, educacionales o de beneficencia. Considera la Comisión inconveniente continuar tramitando este tipo de leyes, en circunstancias que, por propia iniciativa, se dictó la ley 16.217, de fecha 17 de marzo de 1965, que autoriza al Presidente de la República para conceder estos beneficios a las instituciones que lo soliciten. Si existe el procedimiento administrativo adecuado no se justifica distraer la atención del Parlamento y demorar las tramitaciones de importación buscando estas franquicias tributarias por medio de leyes especiales. Por esto, la Comisión adoptó la resolución de no aprobar en el futuro proyectos de ley que puedan tener solución en virtud de la ley 16.217. Respecto de aquéllos en que sea indispensable la dictación de una ley por no poder los interesados obtener las franquicias tributarias en virtud de la ley 16.217, se acordó uniformar el texto de las disposiciones legales que se dicten con el sistema contenido en dicha ley, especialmente, a objeto de poder contabilizar el monto a que ascienden las franquicias tributarias que se están concediendo por esta vía. En cuanto al proyecto de ley en informe, que constituye, precisamente, uno de los casos en que se requiere legislar, por cuanto los televisores a que se hace mención han sido donados por una persona jurídica nacional, caso en el cual, para que operara la ley 16.217 sería necesario que la Corporación de Fomento de la Producción certificara previamente que no existe producción nacional suficiente de las mercaderías a importarse, lo que sería improcedente por tratarse de televisores, la Comisión, como antes lo anunciamos, sustituyó su redacción, de manera de hacerle aplicable a este caso especial la mencionada ley. En virtud de las consideraciones expuestas, os proponemos reemplazar el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados, por el siguiente: Proyecto de ley: "Artículo único.- Apliqúese lo dispuesto en el artículo único de la ley 16.217, de 27 de marzo de 1965, a excepción de su inciso segundo, a la internación de dos televisores llegados a la Aduana de Valparaíso el 11 de junio de 1962 en el vapor Santa Elisa, con conocimiento de embarque 78 y manifiesto 583-62, consignados al Liceo de Niñas Nº 11, de Santiago, donados por el Centro de Padres de ese plantel educacional." Sala de la Comisión, a 21 de junio de 1966. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Corbalán (Presidente), Gumucio y Von Mühlenbrock. (Fdo.) : Pedro Correa Opa-so, Secretario. 5 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN UN PROYECTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA EXPROPIAR DIVERSOS INMUEBLES EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, PARA LOS FINES QUE INDICA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas ha estudiado un proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados mediante el cual se autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar diversos inmuebles situados en la ciudad de Iquique, con el objeto de asignárselos a sus actuales ocupantes o de construir una población o edificios destinados también a dichos beneficiarios. Desde hace más de 20 años ocupan, en calidad de arrendatarios, los predios cuyas expropiaciones se autorizan por el proyecto de ley en comentario, diez familias de esa ciudad. Existe la posibilidad de que el Fisco se constituya en el heredero universal ab intestato de la herencia yacente dejada por un ciudadano yugoeslavo fallecido recientemente, a quien pertenecían dichos sitios. Por otra parte, un mandatario del hermano del causante está efectuando las gestiones pertinentes para la posesión efectiva de los bienes aludidos. En ambos casos, las familias que ocupan los predios individualizados deberán abandonarlos y ante la escasez de casas habitaciones, imperante en la ciudad de Iquique, en la actualidad, se crearía un grave problema a numerosas personas. El proyecto de ley en informe trata de dar una solución al problema social planteado a estas 10 familias, autorizando a la Corporación de la Vivienda para expropiar, conforme a las normas legales de que está investida, los predios individualizados en el proyecto de ley para que los asigne a sus actuales ocupantes o bien para que construya un grupo habitacional en el que venderá preferentemente una vivienda al jefe de los grupos familiares que se indican a continuación o a sus herederos: Jorge Alvarez de la Barra; Irma Pizarro González vda. de Quiñones; Víctor Vera Cisterna; Agustín Cabello; Concepción Guzmán Molina; Carlos Ugarte Vergara; Victoria Muñiz; Clotilde Campusano Campusano; María Aravire Aravire y Olga Montero Pozo vda. de Vera. Se deja establecido en el proyecto que el precio de la compraventa se pagará en el plazo no inferior a 15 años. Como podrá apreciar el H. Senado, esta proposición de ley consigna una mera autorización a la Corporación de la Vivienda para expropiar determinados bienes raíces en la ciudad de Iquique y para venderlos a las personas que se indicaron precedentemente. La Comisión, atendidas las normas de equidad contenidas en la proposición de ley en informe y la solución que se da a un problema social que está virtualmente planteado a un grupo numeroso de familias en Iquique, le prestó su aprobación unánime, en los mismos términos en que lo hizo la H. Cámara de Diputados, acuerdo que también os recomienda adoptar. Sala de la Comisión, a 21 de junio de 1966. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Julio Von Mühlenbrock (Presidente), Tomás Chadwick y Carlos Contreras. (Fdo.) : Daniel Egas M., Secretario. 6 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN UNA MOCION DEL EX SENADOR SEÑOR FAIVOVICH QUE MODIFICA LA LEY QUE CREO EL COLEGIO DE TECNICOS, A FIN DE FACULTAR LA INSCRIPCION EN SUS REGISTROS A LOS EMPLEADOS QUE INDICA DE LOS FF. CC. DEL EE. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene a bien recabar vuestro acuerdo para enviar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, una moción del ex Senador señor Faivovich, que modifica el artículo 29 de la ley Nº 15.364, que creó el Colegio de Técnicos de Chile, con el objeto de facultar la inscripción en sus Registros a los empleados de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que indica. En atención al hecho de que en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento se está estudiando un proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que modifica la ley relativa al Colegio de Técnicos de Chile, esta Comisión resolvió recomendaros remitir el expediente pertinente a los antecedentes del proyecto antes individualizado, a fin de evitar una tramitación paralela de iniciativas de ley de análoga naturaleza. Sala de la Comisión, a 21 de junio de 1966. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Chadwick y Contreras, don Carlos. (Fdo.) : Daniel Egas M., Secretario. 7 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN UNA MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR MIRANDA QUE DISPONE LA DONACION DE UNA VIVIENDA A LOS FAMILIARES DE LAS PERSONAS FALLECIDAS Y OTROS BENEFICIOS A QUIENES RESULTARON HERIDOS EN LOS INCIDENTES OCURRIDOS EN EL MINERAL DE EL SALVADOR. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene a bien recabar vuestro acuerdo para enviar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social una moción del H. Senador señor Hugo Miranda que dispone la donación de una vivienda a los familiares de las personas fallecidas y el otorgamiento de una indemnización a quienes resultaron heridos en los incidentes ocurridos en el Mineral de El Salvador, el día 11 de marzo de 1966, respectivamente. En atención al hecho de que la Comisión de Trabajo y Previsión Social está estudiando un proyecto de ley que beneficia a familiares de las víctimas de los sucesos ocurridos en el Mineral de El Salvador en la fecha señalada, esta Comisión resolvió recomendaros remitir el expediente pertinente a los antecedentes del proyecto antes individualizado a fin de evitar una tramitación paralela de iniciativas de ley de análoga naturaleza, como también para que considere esta iniciativa del H. Senador señor Miranda, que la Comisión comparte plenamente, en razón de encontrarse la tramitación del proyecto en dicha Comisión de Trabajo mucho más avanzada. Sala de la Comisión, a 21 de junio de 1966. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Chadwick y Contreras, don Carlos. (Fdo.) : Daniel Egas M., Secretario. 8 MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES SEPULVEDA Y VON MÜHLENBROCK, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO EN EL SENTIDO DE CREAR LA DECIMA AGRUPACION PROVINCIAL Y POSTERGAR LAS ELECCIONES GENERALES QUE TENDRAN LUGAR EN EL AÑO 1967. Santiago, 22 de junio de 1966. PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL: "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Constitución Política del Estado: En el artículo 37, agrégase, en el inciso segundo, a continuación de las palabras "quince mil" y reemplazando el punto final por una coma, la siguiente frase: "con excepción de las provincias de Aisén y Magallanes, que elegirán cada una dos Diputados.". En el artículo 40, reemplázase la palabra "nueve" por "diez". c) Sustitúyese el inciso tercero del artículo 102, por el siguiente: "Las elecciones generales de Regidores tendrán lugar conjuntamen te con las elecciones generales de Diputados y Senadores." d) En la disposición quinta transitoria: Suprímese la letra "y" en la número 8ª, a continuación de la palabra "Cautín", reemplazándose la coma que la antecede por un punto y coma. Reemplázase la número 9ª, por la siguiente : "9ª-Valdivia, Osorno y Llanquihue, y". Créase la número 10ª, "10ª-Chiloé, Aisén y Magallanes." Agrégase el siguiente inciso: "La elección de Diputados en las provincias de Aisén y Magallanes se verificará en el año 1969, coincidiendo con la elección general respectiva, y la elección de Senadores de la 10ª circunscripción se verificará también en el mismo año para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 41.", y e) Reemplázase la undécima disposición transitoria, por la siguiente: "El mandato de los actuales Regidores durará hasta el tercer domingo de mayo de 1969."." (Fdo.) : Julio Von Mühlenbrock.- Sergio Sepúlveda G. 0|T. 1684 - Instituto Geográfico Militar - 1966