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- rdf:value = " El señor BULNES SANFUENTES.-
-Señor Presidente, en la Comisión de Legislación, junto con los Honorables señores Prado y Durán, voté favorablemente el veto exactamente por las mismas razones muy bien expuestas por el Honorable señor Sepúlveda.
A mi juicio, sería atentatorio contra la libertad de religión, que consagra la Constitución Política, el que a una institución organizada y mantenida por una iglesia o por un grupo de personas que profesan determinada creencia religiosa se la obligara a aceptar que las clases de religión en dicho establecimiento fueran hechas por personas de distinta creencia. Yo creo que esto, además de violar la recta interpretación de la garantía constitucional sobre libertad de religión, produciría, en la práctica, toda clase de problemas más o menos insolubles.
En realidad, es difícil concebir que una institución como la que mantiene el Ejército de Salvación se pueda ver obligada mañana a tener como profesor de religión a un sacerdote católico, y es igualmente inconcebible que una entidad mantenida por las monjas del Buen Pastor deba recibir mañana a un profesor de religión mahometana.
Me parece que, en nombre de la libertad religiosa, muy equivocadamente, se había aprobado una disposición que atenta contra ella. El veto sólo tiende a eliminar esa norma y, a mi juicio, a restablecer la libertad religiosa y el buen orden de las cosas.
Voto que sí.
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