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El señor FIGUEROA (Secretario).-
La unanimidad de los Comités acordó eximir del trámite de Comisión y despachar en la presente sesión las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto que prorroga el plazo establecido en la ley Nº 15.629 para que las municipalidades del país transfieran los terrenos de su propiedad a los ocupantes que hubieren construido viviendas en ellos.
El veto -ya aprobado por la Cámara- consiste en agregar, al final del artículo 2º, la siguiente frase: "previa consulta a la institución respectiva."
-Las observaciones figuran en los Anexos de la sesión 6ª, en 14 de junio de 1966, documento Nº 4, página 676.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobada la observación.
La señora CAMPUSANO.-
No, señor Presidente. Pido votación.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
La señora CAMPUSANO.-
Consideramos que el veto del Ejecutivo mediante el cual, una vez más, se autoriza la consulta a las instituciones respectivas para entregar títulos de dominio a las citadas personas -me parece que es tercera o cuarta vez que se entregan nuevas facilidades a tales organismos-, está impidiendo a los ocupantes obtener tales títulos sobre las propiedades.
Por tal razón, estamos en contra del veto aditivo formulado por el Gobierno a esta iniciativa.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Me parece conveniente autorizar a los municipios para que entreguen a sus ocupantes las construcciones que hayan realizado algunas instituciones de previsión social.
La observación del Ejecutivo tiende a agregar la frase "previa consulta a la Institución respectiva." Yo la admitiré; pero, para que la consulta que envuelve el criterio de los municipios no constituya engaño, quiero dejar bien en claro que ella no es favorable. Las corporaciones edilicias sólo pueden hacer la consulta a los institutos, y ella puede ser aceptada o rechazada. En otros términos, el informe de tales organismos puede ser favorable o desfavorable, pero ello no es óbice para que las municipalidades resuelvan efectuar la entrega.
En esa inteligencia, acepto el veto.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Muy bien, señor Senador.
El señor LUENGO.-
Participo de la opinión manifestada por el Honorable señor González Madariaga en cuanto a que la observación tiende a agregar una frase que involucra la consulta a los institutos de previsión. Por lo tanto, de ninguna manera ésta será decisiva acerca de si los municipios pueden o no pueden realizar la venta de estos terrenos.
Creo que, en tales condiciones, la consulta es totalmente innecesaria, pues sólo demorará el pronunciamiento de las municipalidades, ya que alguna de éstas puede sentirse desautorizada para resolver en tanto no se evacue la consulta que haya formulado a algún instituto de previsión, el cual, deliberadamente, puede demorar su respuesta.
Por eso, prefiero que no exista la exigencia de la consulta y, por lo tanto, voto en contra de la observación.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Deseo rectificar mi voto, señor Presidente.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Esto sucede cuando los proyectos de ley no son analizados debidamente. Las votaciones precipitadas conducen a estas situaciones.
Las observaciones formuladas por el Honorable señor Luengo me han dejado una duda. Supónganse los señores Senadores que los institutos de previsión no responden a la consulta. En tal caso, ¿queda suspendida la tramitación?
El señor SEPULVEDA.-
No, señor Senador. Los municipios cumplen su finalidad.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Pero resulta que la observación no lo establece.
Dice: "previa consulta a la Institución, respectiva." Si la institución no evacua la consulta, ¿embaraza el procedimiento?
El señor SEPULVEDA.-
No lo embaraza, Honorable colega.
El señor GUMUCIO.-
Dice: "previo informe favorable."
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Si hubiera dicho así, sería obvio.
Es un temor que me ha asaltado.
¿A qué viene esto?
El señor SEPULVEDA.-
A que es conveniente, señor Senador.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Si no se efectúa una declaración clara y precisa, me abstengo de votar, pues siempre procedo lealmente en las cosas. No me gusta la doble intención.
-Se aprueba la observación (12 votos por la afirmativa, 8 por la negativa, una abstención y 5 pareos).
"
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