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- rdf:value = " 2.- MOCION DEL H. SENADOR SEÑOR CONTRERAS TAPIA CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE DETERMINADOS TERRENOS, UBICADOS EN LA COMUNA DE IQUIQUE, A SUS ACTUALES OCUPANTES.
Honorable Senado:
La I. Municipalidad de Iquique enfrentada, hace ya algunos años, a la necesidad de proporcionar sitios en los cuales pudieran levantar sus habitaciones los miles de trabajadores que emigraron hacia la costa al producirse el cierre de las oficinas salitreras del interior, debió adoptar diversos acuerdos para autorizar su instalación en terrenos que aparecían como de propiedad municipal.
Posteriormente se estableció que dichos terrenos pertenecían a particulares, lo que ha determinado una infinidad de problemas de índole social y jurídica que afectan especialmente a los pobladores allí establecidos que encaran la posibilidad de un desalojo. Incluso se ha interpuesto una querella en contra de los regidores de la I. Municipalidad, por supuesta usurpación de terrenos, por haber concurrido con sus votos a la aprobación de los loteos correspondientes.
Ante la gravedad de la situación y teniendo en cuenta la magnitud del problema que aqueja a los pobladores; que los propietarios de los terrenos los tuvieron abandonados durante muchos años y la necesidad de eximir de toda responsabilidad a los Regidores que actuaron, en el entendido que se trataba de terrenos municipales, motivados por la urgencia de proporcionar vivienda a miles de modestas familias, vengo en someter a la consideración del H. Senado el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º- Decláranse exentos de toda responsabilidad, legal pecuniaria o de cualquiera naturaleza, a los Regidores de la Municipalidad de Iquique que concurrieron con sus votos a la aprobación de los loteos municipales de los terrenos en que se levantan las poblaciones José Miguel Carrera, Aeropuerto, O'Higgins y Pasaje Chorrillos de dicha comuna.
Artículo 2º- Decláranse de utilidad pública los terrenos señalados en el artículo anterior, de acuerdo a los planos de loteo aprobados por la Municipalidad.
Artículo 3°- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo deberá expropiar con sus propios recursos y transferir gratuitamente a la Municipalidad de Iquique los terrenos a que se refiere el artículo 1º. La Municipalidad deberá otorgar, dentro de sesenta días contados desde la fecha de la transferencia, títulos gratuitos de dominio a los actuales ocupantes de los terrenos señalados.
Artículo 4º- Declárase que los loteos a que se refiere la presente ley cumplen con todos los requisitos legales necesarios para la transferencia de dominio a sus actuales ocupantes. Los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces que correspondan deberán inscribir sin más trámite los instrumentos públicos que sean necesarios.
(Fdo.) : Víctor Contreras Tapia.
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