. . . . " El se\u00F1or VON M\u00DCHLENBROCK.- \n \n En los t\u00E9rminos en que qued\u00F3 redactado el art\u00EDculo 2\u00BA del segundo informe, dice textualmente en sus incisos finales: \n\"El producto del impuesto que corresponda a la provincia de Curic\u00F3 se destinar\u00E1 a la construcci\u00F3n del nuevo hospital de esa ciudad\". O sea, esta norma comprende la totalidad de los fondos de la provincia. \n\"Los recursos correspondientes a la provincia de Talca se invertir\u00E1n en la siguiente forma: \n\"a) El 50% para suscribir acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para la construcci\u00F3n del Liceo de Molina, y \n\"b) El 50% para la construcci\u00F3n del Hospital de Lontu\u00E9\". \nO sea, este precepto distribuye todo el producto del impuesto que corresponde a Talca. Por consiguiente, para lograr el objetivo que tiene en vista el Honorable se\u00F1or Foncea, habr\u00EDa que decir que el 50% de los recursos que pertenezcan a Talca beneficiar\u00E1 a la Municipalidad de Sagrada Familia, y el 50% restante se invertir\u00E1 en la edificaci\u00F3n de los dos establecimientos que acabo de se\u00F1alar. \n \nEl se\u00F1or SEPULVEDA (Presidente accidental).- \n \n Hago presente que, por tratarse de la discusi\u00F3n de un segundo informe, s\u00F3lo se pueden votar las indicaciones propuestas por la Comisi\u00F3n o las que hayan sido renovadas en la Sala. \n \nEl se\u00F1or VON M\u00DCHLENBROCK.- \n \n Hay acuerdo un\u00E1nime para proceder en ese sentido. \n \n " . . . . . . .