-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/597244/seccion/akn597244-po1-ds1-ds11
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1014
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3049
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1014
- rdf:value = " El señor DURAN.-
Después de las observaciones que hemos escuchado, y en conocimiento de lo ocurrido en la comuna de Cunco, debo expresar mi opinión favorable al proyecto presentado por el Honorable señor Ferrando.
Concedo que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, pueden ser valederas las argumentaciones hechas por nuestro distinguido colega y compañero de representación Honorable señor Luengo. Pero, en el fondo, el propósito de esta iniciativa de ley es más amplio que el contenido en el planteamiento exclusivo, y yo diría excluyente, que consistiría en otorgar título de dominio sobre cada una de las porciones de terreno ocupadas por los campesinos de ese villorrio. El proyecto fue redactado con miras a proporcionar fondos a un sistema en el que se conjugan el acto generoso -agradecido por todos los representantes de aquellas provincias- que tuvo el Alcalde del Cunco, señor García, con la actividad del padre Bernabé de Lucerna y la acción de cada uno de los campesinos ocupantes del terreno. El señor García hizo una donación a dicho sacerdote, quien es el actual propietario de los terrenos. El predio está ocupado en estos momentos por un grupo de campesinos que se encuentran allí en calidad de mejoreros y se endeudaron para ejecutar esa obra, tanto con el apoyo del padre Bernabé como de otros particulares de Cuneo. Los créditos obtenidos se emplearon no solamente para edificar las viviendas, sino también para completar esta especie de comunidad, con campos deportivos, escuelas y policlínicas, aparte algunas instalaciones que, a la larga, servirán para instaurar un régimen de cooperativas. El planteamiento hecho por el Honorable señor Luengo es justo, pero más amplia y práctica es la proposición del Honorable señor Ferrando.
¿Qué se pretende con el sistema? Obligar a la Corporación de la Vivienda a expropiar los terrenos y a pagar al Banco del Estado el total de las deudas pendientes con motivo de la construcción de aquel villorrio. La expropiación debe acordarse respecto del dueño del inmueble. ¿Y quién es el dueño? El padre Bernabé de Lucerna; en consecuencia, él recibirá el dinero correspondiente a la indmenización que se pague por el bien expropiado. A primera vista, ello podría parecer injusto, y lo sería efectivamente en caso de que ese sacerdote tomara aquella suma de dinero para sí. Pero lo que se desea es que él, a su turno, con el dinero que reciba con motivo de la expropiación, pague las deudas contraídas con el Banco del Estado.
El señor RODRIGUEZ.-
Pero eso no está consignado en parte alguna del proyecto.
El señor DURAN.-
Concretamente, se trata de pagar deudas contraídas con el Banco del Estado y, por cierto, disponer también del eventual remanente que se produzca, para aplicarlo a finalidades similares. Este mecanismo tiene semejanza con el régimen de subvenciones, en cuanto el remanente permitiría continuar las obras de mejoramiento e instalación de esta verdadera cooperativa.
Si bien dentro del sistema clásico de las concepciones jurídicas podrían hacerse reparos, estimo que la fórmula propuesta por el Honorable señor Ferrando dará resultados prácticos. En consecuencia, como aquí, si nos atenemos a la obra realizada, no hay nada que justifique dudas en cuanto a las inversiones y como este régimen significa positivos beneficios a determinados sectores agrícolas, anuncio mi voto favorable al proyecto, que implica, por otra parte, una interesante experiencia cuya utilidad me complazco en reconocer, como también a una indicación, bastante amplia, que he formulado, tendiente a favorecer, por intermedio de la Corporación de la Vivienda, a los moradores de poblaciones marginales afectados por los últimos sismos, beneficio consistente en otorgarles título de dominio.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/597244
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/597244/seccion/akn597244-po1-ds1