. . . " ASIGNACION DE TITULO DE DIRECTORES DE ESCUELAS PRIMARIAS DE ANTOFAGASTA. \n\"Al se\u00F1or Ministro de Educaci\u00F3n P\u00FAblica a fin de poner en su conocimiento la petici\u00F3n formulada por la Agrupaci\u00F3n de Directores de Escuelas Primarias de Segunda Clase de Antofagasta en el sentido de que se modifique el art\u00EDculo 23 de la ley 16.465 incluyendo sus cargos entre los beneficiados con una asignaci\u00F3n de t\u00EDtulo de 30%. \nLa Agrupaci\u00F3n mencionada se\u00F1ala que los Directores de Segunda Clase tienen a su cargo, generalmente, escuelas completas con varios profesores; carecen de Subdirectores y Personal de Servicios Menores debiendo afrontar estos problemas y, finalmente, que se da el caso de Subdirectores de Escuelas de Primera Clase que han pasado al cargo de Director de Segunda perdiendo -por este hecho- el 5% de Asignaci\u00F3n de T\u00EDtulo. \nEn atenci\u00F3n a los antecedentes expuestos, se solicita de esa Secretar\u00EDa de Estado se sirva informar acerca de la posibilidad de acogen la petici\u00F3n formulada pollos Directores de Escuelas de Segunda Clase.\" \n \n " . . . . . . .