"3.-"^^ . . . . "PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA LA CELEBRACION ANUAL DE UNA REUNION EXTRAORDINARIA DE CARRERAS HIPICAS, A BENEFICIO DE DIVERSAS INSTITUCIONES DE LA PROVINCIA DE MAGALLANES."^^ . . . . . . " 3.- PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA LA CELEBRACION ANUAL DE UNA REUNION EXTRAORDINARIA DE CARRERAS HIPICAS, A BENEFICIO DE DIVERSAS INSTITUCIONES DE LA PROVINCIA DE MAGALLANES.Santiago, 4 de agosto de 1966. \nCon motivo de la moci\u00F3n e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la C\u00E1mara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobaci\u00F3n al siguiente \nProyecto de ley: \n\"Art\u00EDculo I\u00BA-Autor\u00EDzase al Club H\u00EDpico de Santiago y a la Sociedad Hip\u00F3dromo Chile para que efect\u00FAen anualmente, cada uno de ellos y en d\u00EDas no festivos, una reuni\u00F3n extraordinaria de carreras a beneficio del Club Deportivo Sokol Yugoeslavo de Punta Arenas, Sociedad Rural de Magallanes, Cruz Roja de Punta Arenas y Cuerpo de Bomberos de Punta Arenas. \nArt\u00EDculo '2\u00BA-El producto de las reuniones extraordinarias de carreras ser\u00E1 invertido en la provincia de Magallanes en la siguiente forma: \n1.-El 1,21% para la conservaci\u00F3n y compra de material para las distintas Compa\u00F1\u00EDas de Bomberos de Punta Arenas; \n2.-El 1,21% paradla conservaci\u00F3n de los materiales y compra de nuevos elementos para la Cruz Roja de Punta Aire\u00F1as; \n3.-El 3% para terminar la construcci\u00F3n del Estadio Cerrado del Club Sokol Yugoeslavo de Punta Arenas, y, una vez finalizada esta obra, este porcentaje pasar\u00E1 a incrementar los fondos del Ministerio de Obras P\u00FAblicas, que los destinar\u00E1 exclusivamente para construir primordial-mete nuevos gimnasios de deportes en los distintos barrios de Punta Arenas y posteriormente en obras para la ciudad, que se planifiquen por la Direcci\u00F3n de Obras P\u00FAblicas, y \n4.-El 3% para la Sociedad Rural de Magallanes, propietaria del Hip\u00F3dromo de Punta Arenas, que con estos aportes continuar\u00E1 el plan habitacional para su gremio y sus empleados y para mejorar y renovar totalmente sus instalaciones en esa ciudad. \nArt\u00EDculo 3\u00BA-En estas reuniones se destinar\u00E1n \u00EDntegramente a las instituciones beneficiadas las entradas de boleter\u00EDa que en ella perciban los hip\u00F3dromos y el total de la comisi\u00F3n sobre las apuestas mutuas, simples y combinadas, que rijan en el momento en que ellas se verifiquen, sin otros descuentos que los contemplados en los art\u00EDculos 2\u00BA, N\u00BAs. 1 y 2, y 3\u00BA, Ns. 1, 2 y 3 (letras e, j y k) del Decreto N\u00BA 2626, de 2 de noviembre de 1965, sumas que dichas instituciones las percibir\u00E1n directamente de los expresados hip\u00F3dromos. \nArt\u00EDculo 4\u00BA-Las instituciones beneficiadas percibir\u00E1n, tambi\u00E9n, directamente, en estas reuniones extraordinarias el producto del impuesto establecido en los art\u00EDculos 47 y 48 de la ley \"N\u00BA 14.867, de 4 de julio de 1962.\" \nDios guarde a V. E. \n(Fdo.): Eugenio Ballesteros Reyes.- Eduardo Ca\u00F1as Ib\u00E1\u00F1ez. \n \n " .