REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 26ª, en martes 29 de noviembre de 1966 Ordinaria. (De 16.40 a 20.20). PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES TOMAS REYES VICUÑA Y JOSE GARCIA GONZALEZ. SECRETARIOS, LOS SEÑORES PELAGIO FIGUEROA TORO Y FEDERICO WALKER LETELIER. INDICE. Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESION III.- LECTURA DE LA CUENTA Reunión de Comités 1683 Acuerdos de Comités. (Se anuncian) 1683 IV.- FACIL DESPACHO: Proyecto de ley que determina las características distintivas de los automóviles de alquiler. Veto. (Queda despachado) 1684 Proyecto de ley que libera de derechos la internación de un automóvil donado a la Sociedad Chilena de Rehabilitación. Veto. (Se aprueba) 1688 Proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para decretar la devolución de los impuestos pagados por la Municipalidad de Los Angeles, con motivo de la internación de dos vehículos para su servicio. Veto. (Se aprueba) 1688 Proyecto de ley que condona las deudas que la Sociedad de Artesa nos La Unión, de Chillán, tiene con el Fisco y con la CORVI. Veto. (Se aprueba el informe) 1688 Proyecto de ley que exime del pago de impuestos de espectáculos y de cifras de negocios a los teatros municipales que funcionen en pueblos de menos de diez mil habitantes. Veto. (Se aprueba) . . 1688 Proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Puerto Saavedra para contratar empréstitos. Veto. Envío de oficio. (Se aprueba el informe) Proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de La Cisterna, para contratar empréstitos. Veto. (Se despacha) ... 1690 Proyecto de ley que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Teniente de Carabineros don Hernán Merino Correa. Veto. (Se aprueba) Proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Río Negro. Veto. (Se aprueba el informe y se insiste) 1694 Proyecto de ley que autoriza al Subalférez Miguel Krasnoff Martchenko para que al término de sus estudios pueda ser nombrado Oficial del Ejército de Chile. (Se aprueba) 1694 Informe de la Comisión de Policía Interior recaído en una presentación de los Secretarios particulares de los señores Senadores. Proyecto de acuerdo. (Se aprueba) 1695 Proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio entre el Gobierno de Chile y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. (Queda para segunda discusión) 1700 Proyecto de ley que concede amnistía a don Elidio Soto Soto. Veto. (Se aprueba el informe) 1704 Proyecto de ley que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar inmuebles ubicados en Iquique. Veto. (Se despacha) . 1705 Proyecto de ley que exime de contribuciones a los pabellones de emergencia destinados a la habitación en la ciudad de Chillán. (Se aprueba) 1705 V.- TIEMPO DE VOTACIONES: VI.- INCIDENTES: Peticiones de oficios. (Se anuncian) 1706 Centenario de Antofagasta. Proyecto de ley. Inclusión en la convocatorio. Oficio. (Observaciones del señor Gómez) 1712 Paralización de faenas en la Oficina Salitrera Flor de Chile. Oficio. (Observaciones del señor Contreras, don Víctor) 1717 Análisis de la política de la Empresa Portuaria de Chile. Oficio. (Observaciones del señor Contreras, don Víctor) 1718 Anexos. DOCUMENTOS: 1.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que destina recursos para obras de adelanto local en el pueblo de Pomaire 1727 2.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que destina el aporte del rendimiento del uno por mil del impuesto territorial relacionado con el servicio de empréstitos municipales 1729 3.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que autoriza a las Municipalidades de Ancud, Castro, Chonchi, Quellón, Chaitén, Achao, Quemchi, Dalcahue, Queilén y Curaco de Vélez para contratar empréstitos 1730 4.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, al proyecto de ley que modifica la ley 14.171, que estableció impuestos a los espectáculos públicos 1733 5.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para transferir a la Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República los terrenos que señala, ubicados en el departamento de San Antonio 1734 6.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, al proyecto de ley que ordena vender a sus actuales ocupantes las casas de las poblaciones Rafael Saavedra y Cañete, de Viña del Mar 1736 7.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que abona un año por cada cinco de servicios a los empleados y obreros que trabajen en ambientes califica dos como tóxicos 1739 8.- Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que exime del pago de contribuciones a un bien raíz de propiedad de la Sociedad Protectora de Animales 1741 9.- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados, que establece normas por las cuales deberán regirse las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias 1741 10.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que aprueba el Convenio Internacional para la constitución del Instituto ítalo-Latinoamericano 1750 11.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en las observaciones, en primer trámite, al proyecto de ley que concede amnistía a don Elidio Soto Soto . . . 1751 12.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la solicitud de rehabilitación de ciudadanía de don José Luis Emilio Jiménez Morales 1755 13.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en las observaciones en primer trámite, al proyecto de ley que dispone que la Corporación de la Vivienda expropiará el villorrio agrícola Villa García, de Cunco 1758 14.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en las observaciones en segundo trámite, al proyecto de ley que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar inmuebles ubicados en Iquique 1763 15.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en la petición de desafuero del señor Intendente de la provincia de Chiloé y del señor Gobernador de Castro, presentada por don Hugo Oyarzún González 1765 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Aguirre D., Humberto; Ahumada, Hermes; Altamirano, Carlos; Allende, Salvador; Ampuero, Raúl; Barros, Jaime; Bulnes, Francisco; Campusano, Julieta; Castro, Baltazar; Contreras, Víctor; Corbalán, Salomón; Corvalán, Luis; Curtí, Enrique; Durán, Julio; Enríquez, Humberto; Ferrando, Ricardo; Foncea, José; García, José; Gómez, Jonás; González M., Exequiel; Gormaz, Raúl; Gumucio, Rafael A.; Ibáñez, Pedro; Jaramillo, Armando; Juliet, Raúl; Luengo, Luis Fernando; Maurás, Juan Luis; Miranda, Hugo; Musalem, José; Noemi, Alejandro; Pablo, Tomás; Prado, Benjamín; Reyes, Tomás; Rodríguez, Aniceto; Sepúlveda, Sergio; Tarud, Rafael; Teitelboim, Volodia; Von Mühlenbrock, Julio Concurrieron, además, los Ministros de Justicia y del Trabajo y Previsión Social. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Federico Walker Letelier. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16.14, en presencia de 22 señores Senadores. El señor REYES (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor REYES (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes. Dos de S. E. el Presidente de la República: Con el primero, retira la urgencia hecha presente para el despacho del proyecto de ley que establece normas por las cuales deberán regirse las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. -Queda retirada la urgencia y el documento se manda agregar a sus antecedentes. Con el segundo, incluye, entre los asuntos de que puede ocuparse el Congreso Nacional en la actual legislatura extraordinaria, el proyecto de ley que establece el servicio de medicina curativa para los empleados particulares. -Se manda agregar a sus antecedentes. Oficios. Nueve de la Honorable Cámara de Diputados: Con el primero, comunica que ha tenido a bien aprobar, en primer trámite, las observaciones formuladas al proyecto de ley que destina recursos para realizar obras de adelanto local en el pueblo de Pomaire. (Véase en los Anexos, documento 1). Con los dos que siguen, comunica los acuerdos que ha tenido a bien adoptar, en primer trámite, respecto de las observaciones formuladas a los proyectos de ley que se indican: El que destina el aporte del rendimiento del uno por mil del impuesto territorial destinado al servicio de empréstitos municipales. (Ex empréstito a la Municipalidad de Chimbarongo). (Véase en los Anexos, documento 2); El que autoriza a las Municipalidades de Ancud, Castro, Chonchi, Quellón, 1) Chaitén, Achao, Quemchi, Dalcahue, Quei-lén y Curaco de Vélez para contratar empréstitos. (Véase en los Anexos, documento 3). -Pasan a la Comisión de Gobierno. Con los dos siguientes, comunica que ha tenido a bien aprobar, en primer trámite, las observaciones formuladas a los proyectos de ley que se señalan: 1) El que modifica la ley Nº 14.171, que estableció impuestos a los espectáculos públicos. (Véase en los Anexos, documento 4). -Pasa a la Comisión de Hacienda. 2) El que autoriza al Presidente de la República para transferir a la Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República los terrenos que señala, ubicados en el departamento de San Antonio. (Véase en los Anexos, documento 5). -Pasa a la Comisión de Agricultura y Colonización. Con los dos siguientes, comunica que ha tenido a bien rechazar, en primer trámite, las observaciones formuladas a los proyectos de ley que se señalan y que ha insistido en la aprobación de los textos primitivos: 1) El que ordena vender a sus actuales ocupantes las casas de las poblaciones "Rafael Saavedra" y "Cañete", de Viña del Mar. ( Véase en los Anexos, documento 6). -Pasa a la Comisión de Obras Públicas. 2) El que abona un año por cada cinco de servicios a los empleados y obreros que trabajen en ambientes calificados como tóxicos. (Véase en los Anexos, documento 7). -Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Con el octavo, comunica que ha tenido a bien prestar su aprobación al proyecto de ley que exime del pago de contribuciones a un bien raíz de propiedad de la Sociedad Protectora de Animales. (Véase en los Anexos, documento 8). -Pasa a la Comisión de Hacienda. Con el último, comunica que ha tenido a bien aprobar la modificación introducida por el Senado al proyecto de ley que autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para invertir en acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales el producto de la venta de determinados predios. -Se manda archivar el documento. Siete de los señores Ministros del Interior, de Hacienda, del Trabajo y Previsión Social, de Salud Pública y de la Vivienda y Urbanismo, y del señor Director General de Obras Públicas, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Aguirre Doolan (1), Barros (2), Contreras Tapia (3), Enrí-quez (4), Gómez (5) y Teitelboim (6): 1) Ejecución de diversas obras en Ñuble y Concepción. 2) Situación de Población Kennedy, de Concepción. 3) Cesantía de músicos en Iquique. 4) Jubilación especial para obreros de Obras Públicas. Inclusión de Lota en operación invierno. 5) Aplicación en Chile de determinada vacuna. 6) Instalación de Sucursal del Banco del Estado en Colina. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Tres del señor Contralor General de la República, con los cuales remite copia de los antecedentes relacionados con la dictación de los siguientes decretos de insistencia: Sobre reanudación de faenas en el fundo San Víctor, de Concón, del Ministerio del Interior; Sobre reanudación de faenas en el fundo "Paico Alto", del departamento de Melipilla, del Ministerio del Interior, y Sobre reglamentación de la internación, distribución, entrega y control de los automóviles destinados al servicio público 1) del alquiler del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. -Se manda archivar los documentos. Informes. Uno de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que establece normas por las cuales deberán regirse las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. (Véase en los Anexos, documento 9). Uno de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que aprueba el Convenio Internacional para la constitución del Instituto ítalo-Latinoamericano. (Véase en los Anexos, documento 10). Dos de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaídos en las siguientes materias: Observaciones, en primer trámite, al proyecto de ley que concede amnistía a don Elidio Soto Soto. (Véase en los Anexos, documento 11). Solicitud de rehabilitación de ciudadanía de don José Luis Emilio Jiménez Morales. (Véase en los Anexos, documento 12). Dos de la Comisión de Obras Públicas, recaídos en los siguientes asuntos: 1) Observaciones, en primer trámite, al proyecto de ley que dispone que la Corporación de la Vivienda expropiará el villorrio agrícola "Villa García", de Cunco. (Véase en los Anexos, documento 13). 2) Observaciones, en segundo trámite, al proyecto de ley que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar inmuebles ubicados en Iquique. (Véase enlos Anexos, documento 14). -Quedan para tabla. Uno de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la petición de desafuero del señor Intendente de Chiloé y del señor Gobernador de Castro, presentada por don Hugo Oyarzún González. (Véase en los Anexos, documento 15). -De conformidad con lo establecido en el inciso tercero del artículo 190 del Reglamento, la votación queda para el tiempo de votaciones de primera hora de la sesión ordinaria siguiente. REUNION DE COMITES. El señor REYES (Presidente).- Invito a los señores Comités a que celebremos de inmediato una reunión para resolver acerca del procedimiento por seguir en el despacho de varios asuntos, entre ellos el último de la Cuenta, relativo a la petición de desafuero de los señores Intendente de Chiloé y Gobernador de Castro. Se suspende la sesión. -Se suspendió a las 16.21. -Se reanudó a las 16.58. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Continúa la sesión. ACUERDOS DE COMITES. El señor FIGUEROA (Secretario).- La unanimidad de los Comités, en sesión de hoy, acordó lo siguiente: Primero, votar las observaciones del Presidente de la República al proyecto de reforma constitucional relativo al artículo 10 Nº 10, el miércoles 7 de diciembre, no antes de las 20 horas, y conceder una hora a cada Comité durante la discusión general, y al señor Ministro, el tiempo que estime prudente para defender la posición del Gobierno. Segundo, votar el mismo día miércoles 7, a las 18 horas, la acusación en contra del Intendente de Chiloé y el Gobernador de Castro. Tercero, prorrogar la duración del Fácil Despacho de esta sesión por todo el tiempo necesario para despachar la tabla, cargándolo al Orden del Día. Cuarto, discutir mañana, en el primer lugar del Orden del Día, el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo aprobatorio del convenio sobre creación del Instituto ítalo-Latinoamericano. Quinto, destinar diez minutos del Orden del Día de la presente sesión a considerar el informe de la Comisión de Legislación sobre el proyecto que concede amnistía al señor Elidio Soto Soto y el informe recaído en las observaciones del Ejecutivo al proyecto por el cual se expropian algunos terrenos en la calle Obispo Labbé, de Iquique. Sexto, dar carácter de especiales a las sesiones en que se trate el veto sobre el proyecto de reforma constitucional. El señor FONCEA.- ¿Cuál fue el último acuerdo? El señor FIGUEROA (Secretario).- Transformar en especiales las sesiones en que se discuta el veto mencionado, los días martes 6 y miércoles 7. El señor FONCEA.- ¿Eso significa que no habrá Orden del Día? El señor FIGUEROA (Secretario).- Ni Incidentes. El señor GONZALEZ MADARIAGA- En mi calidad de independiente, me permito formular algunas preguntas. Como sólo se habla de dar una hora a cada Comité, ¿se podrá fundar el voto? El señor NOEMI.- Sí, siempre. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Y ya que estoy con el uso de la palabra, aprovecho para preguntar si las reuniones de Comités no se podrían celebrar en horas que no sean de sesión, salvo casos de urgencia para resolver alguna "impasse", porque el tiempo transcurre. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Generalmente no hay número a otra hora. El señor GONZALEZ MADARIAGA- Es una insinuación, nada más. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Entiendo que los Incidentes de hoy quedarán para mañana. El señor GARCIA (Vicepresidente).- No, señor Senador. Se realizarán normalmente. IV.- FACIL DESPACHO. DISTINTIVOS DE LOS AUTOMOVILES DESTINADOS AL SERVICIO DE TAXIS. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde discutir el informe de la Comisión de Gobierno recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, al proyecto de ley que determina las características distintivas de los automóviles de alquiler. -El oficio con las observaciones figura en los Anexos de la sesión 18ª, en 2 de noviembre de 1966, documento 5; y el informe, en los de la sesión 21ª, en 15 de noviembre de 1966, documento 4. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. El señor FIGUEROA (Secretario).- El informe, suscrito por los Honorables señores Ruines Sanfuentes (presidente), Foncea, Luengo y Miranda, recomienda al Senado los siguientes acuerdos: 1° Rechazar la colocación de una coma después de "República" e insistir en el texto primitivo en este aspecto, al igual que la Cámara, pues tal coma no es gramaticalmente aceptable. -Se aprueba el informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- 2ª Aprobar la supresión de las palabras "deberán identificarse por este único distintivo", contrariamente al criterio adoptado por la Cámara. -Se aprueba el informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- 3º Aprobar la agregación del párrafo segundo al primero del inciso, en un texto continuado. -Se aprueba el informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- 4º Rechazar el reemplazo de la palabra "su" por "el" e insistir en el texto primitivo, tal como lo hizo la Cámara. -Se aprueba el informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- 5º Aprobar la agregación de la frase "y parte circundante de los vidrios", contrariamente a la determinación de la Cámara de Diputados. -Se aprueba el informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- 6º Aprobar la supresión del tono "claro" en el color amarillo y su reemplazo por el "rey". El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor BARROS.- Señor Presidente, lamentablemente estamos aprobando en el Senado una reglamentación colorimétrica en los servicios de taxis, reglamentación que en países inmensamente más poblados que el nuestro, con capitales que abarcan poblaciones enormes, no existe con carácter imperativo. Sólo en Estados Unidos, donde empresas monopólicas poseen estos servicios, se da un color vistoso peculiar a los taxis. En París, la inmensa mayoría de los vehículos de alquiler tienen colores a gusto del propietario. Lo mismo sucede en Ginebra, sede de tantos organismos internacionales. En Londres, son negros, por la comodidad de adquirir los vehículos que fabrica la Austin. Estos automóviles son negros, altos, con una gran puerta abierta para colocar maletas. Son característicos. Resultan mucho más baratos si son de ese color. En Tokio, capital con más de 11 millones de habitantes en la actualidad, los taxis tienen el color que desea su dueño. Lo mismo ocurre en ese hervidero humano llamado Hong Kong. Sin embargo, en Chile se quiere cometer la tremenda aberración que vengo a denunciar a esta Sala, máxime después de haber transcurrido muy pocos meses desde que la Municipalidad de Santiago ordenó pintar en los taxis una franja roja de veinte centímetros o más y que es preciso borrar ahora. Esto, a mí manera de entender, se llama ociosidad, pérdida de tiempo del Congreso, tormento para los propietarios de taxis. Y es discusión bizantina la referente a si en la noche el color amarillo claro se ve blanco y el vehículo se puede confundir con la "cuca" de Carabineros. En este instante, cualquier chileno siente deseos de reflexionar sobre esta idea luminosa, sobre este afán de copia de lo norteamericano, que lleva al Gobierno a crear un servicio de "Taxis Yellow Cab", como los que allá existen. La cuestión es meter el color amarillo en cualquier forma. Toda persona con conocimientos etimológicos sabe que "amarillo" deriva de "amargo", por razones ignoradas, y de "ámbar", debido al color de esa piedra. Discutir, corno lo hace esta observación sustitutiva o aditiva del Gobierno, el tono de ese color, carece de importancia. Es sencillamente ociosidad. Sacar el amarillo del espectro solar para colocarlo en el techo de los automóviles, es tan inútil como pretender sacarlo de las camisetas del Everton. Cada persona o grupo humano tiene predilección por algún amarillo. Es natural que el avaro lo vea en el oro; el campesino o el jardinero, en el retamo o en la flor del aromo; el antropólogo, en el pigmento de la raza asiática. Personalmente, lo he visto tanto en el amarillo fecal de los pañales del lactante, como en el amarillo ictérico de la epidermis de los hepáticos. Por razones de profesión, esos son los amarillos que están más cerca de mi concepto. Para un Gobierno cesáreo, personalista, es natural imponer a los taxis, según las observaciones a la vista, el amarillo rey. Creo que sólo los que tienen delirio de grandeza proceden así, pues éste puede dar para todo, y pretender colocar el amarillo rey a los taxis, sencillamente, así lo demuestra. Por lo menos, no se trata del rey Midas, porque lo que toca el Gobierno no se convierte en oro, sino en deudas y en bombo. Me figuro que imponer por ley determinado amarillo es como obligar a hogares proletarios a consumir limones maduros y a tener jaulas de oro con canarios flautas en su interior. A la vista de lotos, esto sería inaudito. Por otra parte, algunas personas ven ciertos símbolos en los colores. Para algunos, el verde representa la esperanza; el rojo, la pasión; el amarillo, el color del desprecio. A este respecto, quiero interpretar simbólicamente el color del desprecio por la vida, por la protección y por la seguridad de los choferes de taxis en Chile. Los Carabineros -la fuerza represiva - se destinan para hacer de la isla de Pascua un estado policial, donde hay un carabinero por cada veinte personas; para proteger a malandrines y socios, como el "ahijado" de un Gobierno que no fue capaz de dejar en la frontera a extranjeros indeseables. Ni lo ha hecho con la eminencia amarilla volponiana, ni lo hará con la eminencia gris, ensotanada y jesuítica de Veckemans, a quien me atrevo a calificar, junto con Volpone, como las hermanas siamesas de Santiago. Por último, por muy desprejuiciada que sea una novia, el día de mañana no aceptará ser conducida a la iglesia en un carro con techo de color amarillo. Tendrá que existir una especie de "Casa Util" que, junto con arrendar fraques, "smokings", atuendos de matrimonio, deberá arrendar también automóviles para los novios, limusinas especiales, todo lo cual resultaría demasiado caro. A este respecto, propongo que los "garages" de la Presidencia, que cuentan con una numerosa flota de automóviles último modelo, los faciliten a las futuras novias que no deseen ser conducidas a la iglesia en taxis con techo de color amarillo. Estos vehículos tampoco serán apropiados para los entierros. ¡ Parecería el funeral de la gran canaria. . . ! Sólo pensarlo resulta una aberración. Todavía más: el Gobierno pretende, en lo sucesivo, uniformar a los choferes de taxis. ¡Esto es el colmo! Me abstendré de votar este "sesudo" proyecto -me atrevo a poner esta palabra entre comillas-; y al hacerlo, protestaré, como lo he hecho en este instante, por la indefensión en que actualmente se encuentran los choferes frente a los atracos y por la política del Gobierno de permitir que Chile ostente el "record" mundial de robo y el "record" de carestía en los precios de todos los automóviles: vehículos que en Estados Unidos cuestan mil o dos mil dólares a lo sumo, llegan a valer en nuestro país 50 millones, 100 millones ó 150 millones de pesos. ¡ Esto es el colmo! Naturalmente, esto no puede importar nada a quienes se mecen en "Mercedes Benz", "Volvos" y otras "delikatessen" de la industria automovilística, mientras el pueblo paga para que estos señoritos, que conocieron en su infancia sólo el caballo de palo de escoba, lleguen a pasearse en estos elegantes vehículos, como vulgares millonarios de última hora. Al votar por el criterio del Congreso, aceptaré la idea del color amarillo claro, y al acoger el veto, estaré por el amarillo rey. Por eso, creo que la abstención dejará tranquila mi conciencia. En consecuencia, respecto del punto 6, no concuer-do ni con una posición ni con la otra. El señor PABLO.- Una vez más, la Corporación ha escuchado la voz del Honorable señor Barros, quien, por definición política y por la vehemencia de los discursos a que ya nos tiene acostumbrados, da la sensación de estar representando el contenido de la revolución cultural de los "guardias rojos". El señor BARROS.- ¡ No sea insolente! El señor PABLO.- Su Señoría ha planteado una discusión acerca de colores,. . . El señor BARROS.- ¡Sus Señorías son guardias amarillos. . . ! El señor PABLO.- . . .y, en verdad, empezó por defender la franja roja, y luego se opuso al color amarillo rey, por considerarlo un tono que se ve en los pañales de las guaguas, según nos indicó. Pero debo manifestar que Su Señoría ha endilgado sus ataques en contra del Gobierno, no obstante tratarse de un proyecto de iniciativa parlamentaria, en el cual están interesados los distintos sindicatos de trabajadores de taxis. El señor BARROS.- ¡Están indignados ! El señor PABLO.- Oportunamente, en el Senado se hizo presente la inconveniencia de legislar en forma directa sobre esta materia. De ahí que el Gobierno se vio abocado a una disputa que debió ser dirimida en condiciones que sean menos lesivas, dentro de una legislación de carácter autónomo como ésta. Por eso, no entraré a contestar la pintoresca intervención del Honorable colega, caracterizada por esos ataques que estamos acostumbrados a oír y dejar pasar, pero sólo en cierta medida. Porque la verdad es que los discursos de Su Señoría pertenecen a ese tipo tan peculiar que, con franqueza, muchas veces nos mueven, aun a quienes somos afectados por sus pullas, más al jolgorio que a sentirnos ofendidos. En general, las ofensas se reciben como de quien vienen y en los términos en que están concebidas. Honradamente, creo que mi Honorable colega, a quien aprecio en lo personal -Su Señoría lo sabe-, abusa de la simpatía que le brindamos en lo privado, y en sus intervenciones llega más allá de lo que debe ser la norma usual. En verdad, al señor Senador sólo interesa que haya una nueva revolución cultural al estilo Mao. Por eso, los Senadores democratacris-tianos votaremos favorablemente el informe de la Comisión. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Señor Presidente, ha sido interesante el empeño del señor Senador por Concepción de "torpedear" al Honorable Senador por Valparaíso. Tal vez por representar al puerto de Talcahuano, el Honorable señor Pablo es muy ducho en los ataques. Por mi parte, debo decir que este proyecto es inconveniente, no debió haberse sometido a la consideración del Congreso y es deplorable que se haya originado en una iniciativa parlamentaria. La Democracia Cristiana, que tiene plena fuerza en la Cámara de Diputados, debió haberlo detenido, a fin de impedir que estemos •preocupándonos de problemas tales como el color de los taxis. A mi juicio, ésta es materia que compete a la autoridad local. Tan así es que la Ordenanza General del Tránsito dispone que estos automóviles "tendrán los colores y distintivos que señale la autoridad competente". De manera que las observaciones formuladas por el Honorable señor Barros son justas. En Inglaterra, refiriéndome ya a otro aspecto de los automóviles destinados al servicio público, los choferes de taxis disponen de otros sistemas para defenderse de los pasajeros: están separados de ellos por un cristal divisorio. Esto es muy conveniente. Si dispusiéramos de algo semejante en Chile, no tendríamos que observar cómo los conductores de automóviles de alquiler son asesinados diariamente. Estimo que el Honorable Senado pierde tiempo al legislar sobre proyectos de esta naturaleza. -Se aprueba el número 6, con la abstención del Honorable señor Barros. El señor FIGUEROA (Secretario).- En cuanto al punto 7, la Comisión recomienda rechazar el reemplazo de las frases observadas en el inciso segundo, e insistir en el texto primitivo. -Se aprueba el número 7, con la abstención del Honorable señor Barros. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Terminada la discusión del proyecto. FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA AUTOMOVIL DONADO A LA SOCIEDAD CHILENA DE REHABILITACION. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto que libera de derechos la internación de un automóvil donado a la Sociedad Chilena de Rehabilitación. La Comisión, con la firma de los Honorables señores Corbalán (presidente), Contreras Tapia, Noemi y Von Mühlen-brock, recomienda aprobar las observaciones. La Cámara también las aceptó. -El oficio y el informe aparecen en los Anexos de las sesiones 18ª y 21ª, en 2 y 15 de noviembre de 1966, documentos Nºs. 9 y 6, respectivamente. -Se aprueba el informe. DEVOLUCION DE IMPUESTOS PAGADOS POR MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto que autoriza al Presidente de la República para decretar la devolución de los impuestos pagados por la Municipalidad de Los Angeles con motivo de la internación de dos vehículos para su servicio. La Comisión aprobó unánimemente las observaciones y recomienda al Senado adoptar igual temperamento. Firman el informe los Honorables señores Corbalán. (presidente), Contreras Tapia, Noemi y Von Mühlenbrock. La Cámara aceptó también las observaciones. -El oficio y el informe se insertan en los Anexos de las sesiones 18ª y 21ª, en 2 y 15 de noviembre de 1966. documentos N°s 7 y 8, respectivamente. -Se aprueba el informe. CONDONACION DE DEUDAS DE SOCIEDAD DE ARTESANOS LA UNION, DE CHILLAN. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que condona las deudas que la Sociedad de Artesanos La Unión, de Chillán, tiene con el fisco y con la CORVI. La Cámara de Diputados aprobó la observación del Ejecutivo, que consiste en la desaprobación total del proyecto. La Comisión, no obstante que su pronunciamiento no influye en el acuerdo de rechazar el proyecto adoptado por la Cámara de Diputados, acordó, con el voto en contra del Honorable señor Noemi, disentir de esa posición y recomienda rechazar e insistir en la aprobación del proyecto primitivo. -El proyecto y el informe se incluyen en los Anexos de las sesiones 18ª y 21ª, en 2 y 15 de noviembre de 1966, documentos Nºs 8 y 9, respectivamente. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión.. Ofrezco la palabra. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Sólo para manifestar mi total acuerdo con lo resuelto por la Comisión de Hacienda, en el sentido de disentir de la posición del Ejecutivo. En consecuencia, estoy por aprobar la que la Comisión recomienda. -Se aprueba el informe. EXENCION DE IMPUESTOS A TEATROS MUNICIPALES DE DISTRITOS CON MENOS DE DIEZ MIL HABITANTES. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que exime del pago de impuesto de espectáculos y de cifra de negocios a los teatros municipales que funcionen en pueblos de menos de diez mil habitantes. La Cámara de Diputados aprobó las observaciones. La Comisión estuvo en desacuerdo con el veto, pero, a fin de permitir que haya ley sobre el particular, le prestó su aprobación, y recomienda adoptar similar criterio. Firman el informe los Honorables señores Corbalán (presidente), Contreras Tapia, Noemi y Von Mühlenbrock. -El oficio sobre el veto y el informe se insertan en los Anexos de las sesiones 18ª y 21ª, en 2 y 15 de noviembre de 1966, documentos Nºs 12 y 10, respectivamente. -Se aprueba el informe. EMPRESTITOS PARA MUNICIPALIDAD DE PUERTO SAAVEDRA. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Puerto Saavedra para contratar empréstitos. La Cámara aceptó el veto, que consiste en reemplazar en el artículo 5º la frase "un impuesto del tres por mil adicional" por la siguiente: "una contribución adicional de un uno por mil". La Comisión, con la firma de los Honorables señores Bulnes (presidente), Foncea y Luengo, recomienda, por las razones contenidas en el informe, solicitar el asentimiento de la Cámara para archivar el proyecto, pues la observación es inoperante. -El señor Secretario da lectura al informe de la Comisión de Gobierno, que figura en los Anexos de la sesión 24ª, en 22 de noviembre de 1966, documento Nº 7. -Las observaciones del Ejecutivo se insertan en el volumen I de la legislatura 296ª {noviembre de 1954 a mayo de 1955), página 176. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor LUENGO.- Señor Presidente, tal como expresa el informe de la Comisión, hemos propuesto el archivo del proyecto que nos ocupa, pues en la actualidad existe otra iniciativa legal tendiente a autorizar a la Municipalidad de Puerto Saavedra para contratar empréstitos hasta por Eº 100.000, cantidad que, evidentemente, le sirve mucho más que los Eº 40.000 consignados en el proyecto que hoy nos ocupa. La nueva iniciativa, de la cual es autor el Honorable señor Durán, fue aprobada por el Senado en septiembre de este año, y se encuentra en estos momentos en la Cámara de Diputados. Deseo insistir en la necesidad de archivar el proyecto en referencia, porque, como expresa el informe, de aprobar la observación, resultaría que la comuna de Puerto Saavedra sería la única del país que, en estos momentos, estaría pagando 21 por mil por concepto de contribuciones, a diferencia de las demás, que sólo deben cancelar 20 por mil, incluido el uno por mil para el pago de los empréstitos. El nuevo proyecto, aprobado por el Senado y en trámite en la Cámara de Diputados, destina ese uno por mil, dentro del 20 por mil, para el pago del empréstito por cien mil escudos cuya contratación se autoriza. A mi juicio, las razones dadas son más que suficientes para archivar el proyecto. Aprovecho esta oportunidad para solicitar de la Mesa que envíe un oficio al Ejecutivo, por lo menos en nombre del Senador que habla, si la Sala no está de acuerdo con ello, a fin de pedirle que incluya en la convocatoria extraordinaria el nuevo proyecto que autoriza a la Municipalidad de Puerto Saavedra para contratar un empréstito. En esa forma, esperamos que dicha iniciativa pueda convertirse pronto en ley y que la mencionada Municipalidad esté en condiciones de hacer uso de ella. El señor JULIET.- Solicito que en el oficio pedido por el Honorable señor Luengo se incluya también el nombre del Partido Radical. El señor CONTRERAS (don Víctor).- El Comité Comunista también desea agregar su nombre al oficio mencionado por el Honorable señor Luengo, a fin de pedir que se incorpore en la legislatura extraordinaria el referido proyecto. Yo visité Puerto Saavedra después del sismo, y llegué a la conclusión de que es indispensable, no sólo aprobar dicha iniciativa, sino, además, otorgarle recursos extraordinarios para reconstruir la ciudad. Por tal razón, adherimos gustosos al oficio pedido por el señor Senador. El señor ALLENDE.- En realidad, el veto no tiene explicación. Tampoco ha sido incluida en la convocatoria extraordinaria la iniciativa que autoriza a la Municipalidad de Puerto Saavedra contratar el otro empréstito. Después del sismo, no sólo en una oportunidad, sino en dos, pasé por esa zona, y pude darme cuenta de que si hay una ciudad donde la acción municipal es indispensable, por la forma brutal como fue destruida casi en su totalidad, es Puerto Saavedra. Por tal motivo, pido incluir el nombre del Comité Socialista en el oficio por el cual se pedirá al Ejecutivo agregar a la convocatoria extraordinaria el proyecto mencionado. -De conformidad con el Reglamento, se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Luengo y de los Comités Comunista, Socialista, Demócrata Cristiano y Radical. -Se aprueba el informe, y queda despachado el proyecto. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en las observaciones, en segundo trámite constitucional, formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que autoriza a la Municipalidad de La Cisterna para contratar empréstitos. -Las observaciones del Ejecutivo y el informe sobre el veto aparecen en los Anexos de las sesiones 18ª y 24ª, en 2 y 22 de noviembre de 1966, documentos Nºs 3 y 8. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara de Diputados aprobó las dos observaciones del Ejecutivo. La primera incide en el artículo 2º, y tiene por objeto suprimir la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos". Al respecto, la Comisión de Gobierno, por un voto a favor y dos en contrario, recomienda rechazar la observación e insistir en el texto primitivamente despachado por el Congreso. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor LUENGO.- La observación recaída en el artículo 2º del proyecto tal como se acaba de informar, propone suprimir la frase final que dice: "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos". En verdad, no se ve la razón que tuvo el Ejecutivo para proponer la supresión de esta frase, pues se trata de un precepto sacramental -si pudiéramos decirlo- en todos los proyectos que autorizan a los municipios para contratar empréstitos, y tiene por objeto permitir al Banco del Estado o a las instituciones de crédito o bancarias que otorguen el préstamo, no sujetarse necesariamente a las restricciones de sus leyes orgánicas, por tratarse de operaciones con fines sociales, de beneficio local o comunal. En consecuencia, solicito al Honorable Senado -tal como consigné mi opinión en el informe- rechazar la observación e insistir en la primitiva redacción del artículo 2º. Deseo relacionar este artículo con el número 4°, en el cual recae otra observación --que seguramente se votará por separado-, por estar ambos íntimamente ligados. En efecto, la observación recaída en el artículo 4º tiene por objeto agregar un inciso final que dice: "Podrá destinarse el rendimiento de las tasas parciales c) y d) señaladas en el inciso anterior, sólo en el caso que se encuentren suficientemente garantidos los pagos de alumbrado y de pavimentación de la comuna". En otras palabras, el Ejecutivo pretende que la Municipalidad de La Cisterna, financie los empréstitos que pueda obtener de las instituciones bancarias, con lo que pueda sobrar de las destinaciones establecidas en el artículo 2° del decreto reglamentario de Hacienda Nº 2047, de 29 de julio de 1965. Pero ocurre que las destinaciones establecidas por ese decreto están relacionadas con el pago del alumbrado público, pavimentación comunal y otras obras de ese carácter, respecto de las cuales, normalmente, los municipios se encuentran escasos de fondos. En consecuencia, casi nunca existe remanente en estas destinaciones. En estas circunstancias, es evidente que ninguna institución bancaria querrá conceder un préstamo a la Municipalidad de La Cisterna con cargo a tales fondos, puesto que son eventuales. Por las razones expuestas, estimo que el Senado debe rechazar la observación recaída en el artículo 2". El señor TEITELBOIM.- Este proyecto, vetado por el Ejecutivo, tiene, como otros destinados a autorizar a municipalidades para contratar empréstitos, una significación de cierta importancia, pues, al fin y al cabo, la comuna de La Cisterna es una de las más populosas de Santiago, con un proceso de expansión muy rápido. En estos últimos tiempos se habla a destajo acerca de la promoción popular, y particularmente respecto de la importancia que se pretende dar a las juntas de vecinos y a las posibilidades de desarrollo de la comunidad. Pues bien, precisamente se trata de legalizar estas instituciones y proporcionarles derechamente fondos que, en general, se les dan de manera oblicua, por la puerta excusada, por medio de recursos que no dicen francamente su destino, sino de manera enmascarada. Este proyecto, como otros que autorizan a municipios de otras comunas para contratar empréstitos, está destinado, precisamente, a atender al interés de la comunidad y de las poblaciones, pues los cuatro millones de escudos que provendrán de él se invertirán en alumbrado a gas de mercurio, aportes a la Dirección de Pavimentación Urbana para realizar trabajos en la comuna, campos deportivos, equipamiento del garaje municipal y adquisición de elementos automotrices para el servicio de aseo de la comuna. Sin embargo, vemos que las dos observaciones tienden directamente a dificultar la obtención del préstamo. En efecto, la observación recaída en el artículo 2º elimina la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos", de modo que el Banco del Estado y demás instituciones de crédito o bancarias no podrán, de manera alguna, tener la libertad necesaria para proporcionar los fondos. Por otra parte, como lo recordaba el Honorable señor Luengo, la observación recaída en el artículo 49 es igualmente restrictiva. Según el Ministro de Hacienda, el veto al artículo 2º se basa en la necesidad de no establecer "un mecanismo crediticio que quiebra las normas sobre política monetaria que imparte el Banco Central de Chile". Es algo muy parecido a lo que se dice respecto de los reajustes de los sueldos y salarios. Como es necesario no quebrar la barrera de la congelación, se impone a los trabajadores una especie de camisa de fuerza: no pueden pasar más allá de cierto reajuste, que siempre es inferior al alza del costo de la vida. También se impone una especie de camisa de fuerza a las municipalidades: se les dificulta la posibilidad de poder realmente conseguir un empréstito que les permita solventar necesidades que, entre otras cosas, se anuncia que la promoción popular estará destinada a satisfacer. Por estas razones, los Senadores comunistas manifestamos nuestro desacuerdo con las dos observaciones recaídas en este proyecto. A nuestro juicio, son francamente antipopulares y dañarán seriamente, no sólo a la Municipalidad de La Cisterna, sino a la comuna misma y a sus sectores populares. El señor FONCEA.- El Senador que habla votó favorablemente en la Comisión de Gobierno las observaciones del Ejecutivo, en atención a que normalmente, y en esta misma Corporación, se han formulado críticas al Gobierno porque el Banco del Estado, según se ha sostenido, destina el grueso de sus colocaciones crediticias a las instituciones fiscales, semifiscales o municipalidades, o lo que se llama sector público. Y se ha dicho que ese banco, destinado principalmente a servir a los particulares, a la producción, ha debido disminuir ostensiblemente tales colocaciones, para poder satisfacer exigencias del sector público. Esto lo hemos escuchado. Hoy día las críticas son en el sentido contrario y se dice que el veto del Ejecutivo, que tiende precisamente a impedir la situación a que me acabo de referir, es injustificado y demuestra que el Gobierno no quiere solucionar los problemas de una municipalidad tan importante como es la de La Cisterna. En verdad, la explicación dada en el oficio del Ejecutivo es totalmente atendible para quienes estimamos que en este país debe existir una política monetaria. Si deseamos que el flagelo de la inflación disminuya y llegue, en definitiva, a terminarse, debe necesariamente existir una política sobre el particular. El Honorable señor Teitelboim se ha referido a la promoción popular, a la misma a la cual ellos, como es de dominio público, se han opuesto. A juicio de los Senadores del partida de Gobierno, el veto, en esta primera parte, es totalmente justificado y viene, precisamente, a satisfacer el problema crediticio que se ha planteado en esta misma sala, con el beneplácito de Sus Señorías. Por eso, creemos que si existen normas sobre créditos, disposiciones que establecen el margen de encaje para impedir que haya un circulante desproporcionado a la. producción del país y los bienes que puedan adquirirse, necesariamente debe seguirse el sistema vigente. Si el sector privado ha soportado restricciones, no veo por qué éstas no puedan afectar a los demás. Esas son las razones por las cuales acepté el veto del Ejecutivo. En cuanto a la segunda parte del veto, la verdad es que no entiendo las objeciones formuladas por los Honorables señores Luengo y Teitelboim. Me parece que la observación es justificada. Por eso, también contó con el voto favorable del Senador que habla. Mantendremos nuestra posición era cuanto a aprobar el veto. Sobre el particular, consulto a la Mesa si el rechazo del veto por parte del Senado produciría algún efecto en este trámite. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Cualquiera resolución que adopte el Senado, no influye, pues la observación en debate fue aprobada por la Cámara de Diputados. El señor ALLENDE.- Aun cuando no incide en el fondo del problema el acuerdo que adopte el Senado, me parece importante destacar la experiencia que adquirí en mi último viaje a la provincia de Magallanes. El alcalde de Puerto Natales me manifestó en una conversación que hace más de dos años una ley de la República autorizó a ese municipio para contratar un empréstito con el Banco del Estado, y que a pesar de los reiterados esfuerzos realizados -no sólo por parte de la autoridad edilicia y la misma municipalidad, sino por parlamentarios de distintos sectores-, todavía no ha podido conseguir ese préstamo. Por lo tanto, la municipalidad no ha logrado realizar elementales obras de adelanto local. Por eso, pienso que son justas las observaciones de los Honorables señores Luengo y Teitelboim. Si todavía se aplican las normas generales y no se permite por ley que no rijan las disposiciones de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos, será más difícil otorgar estos empréstitos a los municipios. No imagino que el Banco del Estado pueda realizar una labor política y otorgar estos préstamos a algunos municipios según el color político de sus alcaldes. De todas maneras, sería útil enviar un oficio, en mi nombre, para obtener la nómina de los municipios que han obtenido leyes que les permiten obtener empréstitos, y saber en qué situación se hallan sus solicitudes en el Banco del Estado, pues no creo que la única afectada sea la Municipalidad de Puerto Natales. -Se anuncia en envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador. El señor FONCEA.- A la Municipalidad de San Miguel, recientemente se le otorgó el empréstito más alto. El señor ALLENDE.- Por eso he dicho, señor Senador que no creo que se trate de una acción de carácter político. Si tuviera conciencia de eso, usaría otros términos para decir que se hace política con recursos públicos. Declaré que no imagino que así ocurra; pero me interesa saber cuántos son los municipios que disponen de leyes despachadas por el Congreso y promulgadas por el Ejecutivo, y están tramitando la obtención de préstamos y durante cuánto tiempo. Es lógico imaginar que una política crediticia del Banco del Estado debe estar, entre otras cosas, destinada a otorgar empréstitos a los organismos públicos o a entidades como los municipios. Estimo que el Banco del Estado no puede tener un mismo criterio para la concesión de créditos a los municipios y a particulares, quienes buscan su beneficio y ventaja. Por lo demás, en este período se han aumentado las líneas de créditos a los particulares, con normas que son muy beneficiosas en algunos aspectos. Así sucede, por ejemplo, con el sector industrial, caso que conozco. Se le ha otorgado créditos para arreglar sus presupuestos de caja, lo cual antes no existía y que ha permitido a los industriales, en consideración a sus capitales y a las proyecciones de su trabajo, descontar una suma global y no verse obligados a acudir permanentemente al Banco para obtener descuento de sus documentos. Es decir, los particulares, por qué no recordarlo, en algunos aspectos, han obtenido considerables ventajas, como la que he señalado. Me parece que tal beneficio debería extenderse a los municipios o darse la posibilidad de que ellos puedan hacer uso de las leyes despachadas por el Congreso. No me haré cargo de las observaciones relativas a la Promoción Popular, porque llegará el momento en que podamos debatir extensamente y con agrado lo que significa tal iniciativa. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. El señor FIGUEROA (Secretario).- La primera observación, relativa al artículo 2º, consiste en suprimir la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos". La Cámara aprobó la observación. -Se rechaza (12 votos por la negativa, 8 por la afirmativa y un pareo), y se acuerda na insistir con la misma votación. El señor FIGUEROA (Secretario).- La segunda observación incide en el artículo 4º. El Ejecutivo propone agregar el siguiente inciso final: "Podrá destinarse el rendimiento de las tasas parciales c) y d) señaladas en el inciso anterior, sólo en el caso que se encuentren garantidos los pagos de alumbrado y de pavimentación de la comuna". La Comisión recomienda, por unanimidad, aprobar la observación. -Se aprueba. MONUMENTO A LA MEMORIA DEL TENIENTE MERINO CORREA. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en las observaciones formuladas por el Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Teniente de Carabineros, don Hernán Merino Correa. -Las observaciones y el informe figuran en los Anexos de las sesiones 18ª y 24ª, en 2 y 22 de noviembre de 1966, documentos 2 y 9. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara aprobó la observación consistente en sustituir el artículo 2° por otro nuevo. La Comisión, por dos votos a favor y una abstención, recomienda adoptar el mismo predicamento, vale decir, aprobar la observación. -Se aprueba. EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE RIO NEGRO. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Bulnes Sanfuentes (presidente), Foncea y Luengo, recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Río Negro para contratar empréstitos. -Las observaciones y el informe se insertan en los Anexos de las sesiones 74ª en 14 de septiembre de 1966, y 24ª, en 22 de noviembre de 1966, documentos Nºs. 2 y 10. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara rechazó el veto e insistió en el texto primitivo. La Comisión propone rechazar también el veto e insistir. -Se aprueba el informe. NOMBRAMIENTO DE OFICIAL DE EJERCITO DE SUBALFEREZ NACIONALIZADO EN CHILE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Defensa Nacional, suscrito por los Honorables señores Chadwick, Fuentealba y Jaramillo, recaído en un Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con el que inicia un proyecto de ley que autoriza para que el Subalférez Miguel Krassnoff Mart-chenko, al término de sus estudios, pueda ser nombrado oficial del Ejército de Chile. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 39ª, en 2 de agosto de 1966, documento Nº 1, página 2550, y el informe, en los de la sesión 74ª, en 14 de septiembre de 1966, documento Nº 30, página 3993. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor AMPUERO.- Me parece poco feliz la redacción del artículo único. Entiendo que tenemos la posibilidad de mejorarla, si fuera incorrecta. Aquí se autoriza al señor Miguel Krassnoff Martchenko, en circunstancias de que, en realidad, debe autorizarse al Presidente de la República para nombrar a esa persona oficial del Ejército de Chile. En todo caso, habría que dispensar al señor Miguel Krassnoff del cumplimiento del requisito de nacionalidad, exigido por el D.F.L. 129. Creo que la mejor redacción sería la siguiente : "Autorízase al Presidente de la República para que, al término de sus estudios, pueda nombrar a don Miguel Krassnoff Martchenko, nacionalizado chileno y alumno del curso militar de la Escuela Militar "Bernardo O'Higins", como oficial del Ejército chileno, siempre que cumpla con los demás requisitos exigidos"; ello en virtud de que, en realidad, la autorización corresponde al Poder Ejecutivo. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobaría el proyecto con la redacción dada por el Honorable señor Ampuero. Para ser aprobado se requiere votación secreta, salvo que la Sala acuerde no realizarla. ¿Habría acuerdo unánime para no efectuar la votación secreta? El señor VON MÜHLENBROCK.- Sí, señor Presidente. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Acordado. Si le parece a la Sala, se aprobaría el proyecto. Aprobado. PRESENTACION DE LOS SECRETARIOS DE PARLAMENTARIOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Policía Interior recaído en una presentación de los secretarios particulares de los señores Senadores. -El informe aparece en los Anexos de la sesión 19ª, en 8 de noviembre de 1986, documento 1. -El señor Secretario da lectura al informe. El señor FIGUEROA (Secretario).- Suscriben el informe los Honorables señores García, Presidente, Jaramillo Lyon, Miranda, Gumucio y Altamirano. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No me pronunciaré sobre el monto de la gratificación que el informe recomienda otorgar. Tan sólo quiero decir brevísimas palabras para expresar que aplaudo el hecho de haberse entregado a la Sala la resolución sobre estos asuntos. Se ha reprochado la situación particularísima de que disfrutan el personal del Congreso y aun los parlamentarios, por el hecho de que se acuerdan beneficios especiales por la sola voluntad de la Comisión de Policía Interior, sin que la Sala participe del acuerdo respectivo. Me parece que el procedimiento no ha sido el más acertado. La democracia debe ser transparente, y ver la ciudadanía en quien la representa una conducta que inspire respeto y confianza. Debo agregar algo más. Cuando se trata de asuntos relacionados con el personal, es reprochable la costumbre de estarse colgando, por así decirlo, de proyectos de ley que están en tramitación, a fin de incluir en ellos determinados beneficios o favores para los empleados de esta Corporación. El personal del Congreso, particularmente el del Senado, es respetable, y debe dársele esta respetabilidad ante la opinión pública. Lo lógico es proceder con dignidad a la dictación de un estatuto que reglamente estas situaciones mediante normas de carácter general. De ese modo se evitará que los empleados deban andar tras los Senadores, los miembros de la Comisión de Policía o cualquiera otra persona. La dignidad del cargo aconseja lo que sostengo. Por mi parte, yo colaboraré en ese sentido. El señor JULIET.- Quisiera que alguno de los miembros de la Comisión de Policía me explicara por qué se comprometen fondos del próximo presupuesto. Lo digo por la experiencia que tuve. Durante tres años fui Presidente de la Cámara de Diputados y jamás la Comisión de Policía de aquella rama del Parlamento comprometió presupuestos futuros. El informe recomienda aprobar gastos con cargo al presupuesto de 1967, en circunstancias de que no sabemos a cuánto ascenderá ni hasta qué punto será posible financiarlo. De manera que comprometer desde ya el presupuesto que nos habrá de consignar la ley para el año 1967, me parece que no se conciba con el temperamento seguido por el Congreso, por lo menos en la Cámara, como algo tradicional. He pedido que algún miembro de la Comisión de Policía Interior nos explique la razón que se ha tenido en vista, tanto más cuanto que podríamos acordar el otro 50% en los primeros días del próximo año, al conocer el monto del presupuesto del Senado. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Me correspondió presidir la Comisión de Policía y puedo informar que no fue posible acordar el pago de la totalidad de la gratificación este año, por falta de capacidad de caja. Su Señoría tiene razón en el sentido de tomar el acuerdo consistente en pagar 50% de la gratificación durante este año, y el 50% restante, en el próximo. El señor JULIET.- No es lo que estoy proponiendo. Voto contra la idea de acordar ahora el pago 50% de la gratificación con cargo al presupuesto del año próximo. No discuto que el propósito puede ser bueno, pero constituye una mala práctica. El señor FONCEA.- Se trataría del 25%... El señor GARCIA (Vicepresidente).- Lo que se propone es otorgar una gratificación de un mes y medio de sueldo. La mitad de la gratificación se pagaría en el curso de este año y con cargo al presupuesto vigente, mientras la otra mitad se cancelaría con fondos del presupuesto del año venidero. El señor FONCEA.- O sea, quedaría el 25%... El señor GARCIA (Vicepresidente).- No, señor Senador. El Honorable señor Juliet se opone al procedimiento. El señor GUMUCIO.- Lo que el señor Senador objeta es acordar gastos de un año para otro. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Podría aprobarse el informe, con la observación del Honorable señor Juliet; o sea, pagar este año 50% de la gratificación propuesta y dejar pendiente el acuerdo sobre pago del otro 50%. El señor CONTRERAS (don Víctor). -De acuerdo con el informe de la Comisión de Policía, corresponderá a la Sala, en lo sucesivo, pronunciarse sobre los mejoramientos de sueldos del personal del Senado. Me parece conveniente, en esta oportunidad, ya que el Honorable señor González Madariaga lo ha planteado, decir algunas palabras acerca de la tremenda especulación que se hizo durante el curso del presente año con motivo del aumento de sueldos del personal del Senado. En reuniones de Comités y de la Comisión do Policía, se habló extensamente sobre la necesidad de reajustar los sueldos de este personal. Con todo, yo diría que no tuvimos la valentía de responder a los ataques que entonces se hicieron. Digo que no tuvimos la valentía suficiente, porque fuera de esta Corporación se comentó con insistencia que los sueldos del personal del Congreso eran realmente exagerados. Se lanzó a los cuatro vientos una errada información sobre la cuantía de la renta que percibía el jardinero del Congreso. Fue necesario que el interesado demostrara que no ganaba un millón de pesos por el cuidado de cada una de las palmeras que hay en los jardines del Congreso, sino que sus emolumentos ascendían a un millón trescientos mil pesos. Aclaró, por otra parte, que tenía quince años de servicios y poseía el título de ingeniero agrónomo. Pero no hubo una explicación para demostrar ante la opinión pública que hace muchos años que no se aumenta la planta del Senado, salvo aislados y reducidos aumentos que podrían calificarse de "parche". En pocos años, el trabajo se ha duplicado o triplicado; hay gente que trabaja diez o doce horas diarias. Nunca se dio a conocer a la opinión pública que hay secretarios de Comisión que trabajan doce horas al día y, a la hora de almuerzo, deben atender otras Comisiones, como las unidas. El personal no dispone de un medio para hacer presentes sus peticiones, porque últimamente la Comisión de Policía ha tomado un acuerdo en el sentido de que las peticiones deben formularse por conducto regular, a semejanza de lo que sucede en el Ejército, donde lo que pide un soldado, luego de trámites sucesivos ante diversos oficiales, termina por llegar a conocimiento del general. De paso, quiero declarar que en la Comisión no di mi asentimiento a ese acuerdo, que no fue unánime, como erróneamente se dice en una circular en-viadad al personal. Tampoco di mi consentimiento para que se distribuyera semejante circular. En resumen, me parece necesario reestructurar la planta de empleados del Congreso Nacional. Desde hace cinco años, desde que ejerzo el cargo de Senador, se viene hablando de la reestructuración del personal. Hemos reconocido que el personal trabaja muchas horas que, si fueran pagadas en el carácter de extraordinarias, 1o harían percibir remuneraciones superiores a los sueldos que actualmente recibe. Pero aún no se lleva a cabo la reestructuración. Ahora se trata el problema de los secretarios de los Senadores. Bien sabernos cuánto ganan estos empleados y cuál es la asignación concedida a los Senadores para pagar a dicho personal. Asimismo, sabemos que varios Senadores -tal es mi caso- tienen dos secretarios, por lo que les corresponde pagar a cada uno de ellos no más de 400 mil pesos. Uno de mis secretarios es egresado de leyes, y puede decirse que trabaja más bien por amor a la causa. Es cierto, como decía el Honorable señor Juliet, que no debemos comprometer el presupuesto del próximo año, porque no sabemos el monto que se fijará a los gastos del Senado. Por eso, es necesario hacer presente al Ejecutivo el monto real de los gastos que deberemos afrontar. No podemos decirle al personal: les daremos el veinticinco por ciento; confórmense con esto hasta el año venidero. Me parece que esa no es una solución, de modo que votaremos por el informe. El señor AMPUERO.- Técnicamente, la objeción planteada por el Honorable señor Juliet tiene fundamento; pero si miramos el asunto desde un ángulo más práctico, menos teórico, la generalidad de los Senadores convendremos en otorgar la gratificación propuesta. Quiero justificar, por lo menos, la posición personal mía sobre esta materia. Declaro, en resumen, que no comparto la objeción del Honorable señor Juliet y que me parece incomprensible la demora de la Corporación, en especial de la Mesa, para acometer la tarea a que se refirió el Honorable señor Víctor Contreras. En el mes de febrero, en reunión de Comités, cuando yo desempeñaba ese cargo en representación de los Senadores socialistas, propuse que se hiciera un examen completo de la estructura y funcionamiento del Senado, tanto desde el punto de vista del personal como en el aspecto físico. Al hablar de personal, me refiero tanto a los funcionarios de la Corporación como a los secretarios de los Senadores. Estamos terminando el mes de noviembre, a punto de empezar el de diciembre, y aun no tengo una respuesta satisfactoria. Creo que allí está el fondo del problema: la Corporación sigue funcionando en la misma forma como lo hacía hace medio siglo, esto es, en condiciones precarias, elementales. Toda la sabiduría del mundo la tenemos en una pieza de treinta o cuarenta metros cuadrados en la que funciona la Oficina de Informaciones. El personal carece de un régimen racional de trabajo, de modo que es más nominal que efectiva la asesoría técnica sin la cual los parlamentarios, especialmente los Senadores, no están en condiciones de asumir responsablemente las tareas que la época les está exigiendo. Este es un problema que interesa a todos. Considero indispensable pedir a la Mesa que ponga mayor diligencia en el estudio señalado, el cual debe ser previo a cualquier compromiso relativo a la construcción de un edificio. Ese nuevo edificio debería obedecer a cierta funcionalidad, la cual no podría lograrse sin dicho estudio previo. De ahí que, personalmente, piense que, a riesgo de pasar por encima de algunas formalidades, debemos dar solución a algunos problemas urgentes. Comparto las ideas expuestas por el Honorable señor Víctor Contreras, pero también considero indispensable hacer un estudio racional de la forma como debe trabajar la Corporación, porque, si a su progresivo empequeñecimiento institucional agregamos un mal funcionamiento, el resultado será deplorable. Hablo de su empequeñecimiento institucional, porque hace poco rato se vio cómo nos preocupábamos, por largos momentos, del color que deben tener los techos de los autos de arriendo. Esta es una facultad que todavía parece reservársenos a los representantes populares dentro del régimen político. Sin embargo, no tenemos absolutamente nada que ver en la fijación, por ejemplo, del tipo de cambio, sobre el cual resuelven ciertos caballeros del Banco Central, de acuerdo con determinadas recomendaciones del Presidente de la República, y adoptan medidas que tienen extraordinaria influencia en toda la vida económica del país. Sobre eso, no tenemos nada que hablar, salvo opinar "a posteriori", para conformar nuestras conciencias y para conocimiento de nuestros electores. Pero podemos proponer, no obstante, que los techos de los "taxis" sean amarillos, violetas, etcétera. O sea, una perfecta democracia. A mi juicio, es indispensable reinvindicar la función parlamentaria en su plenitud, en todo su estricto sentido democrático, y, dentro de ese criterio, considerar la reestructuración del Senado, incluyendo la revisión de las rentas, la sistematización de las funciones y la modernización de las modalidades de trabajo. Por eso, votaremos favorablemente el informe de la Comisión de Policía, que beneficia a los secretarios de los señores Senadores. El señor AGUIRRE DOOLAN.- A fin de no alargar el debate, sólo deseo manifestar mi apoyo a las expresiones de los Honorables señores Ampuero y Contreras y anunciar que votaré favorablemente el informe. El señor JULIET.- Vuelvo a insistir que no es mi propósito obstruir el acuerdo para otorgar una gratificación de un mes y medio de sueldo a los secretarios de los Senadores. Estoy conforme con eso, pero no creo que sea prudente, no sólo desde el punto de vista teórico, sino del práctico, que la Comisión de Policía comprometa el presupuesto del próximo año. Bien sabemos que quizás todos los rubros de los gastos generales del Senado habrán de ser mayores debido al alza de los costos de muchos de los útiles que necesita la Corporación. Como es propósito efectuar economías y, por otra parte, como no se sabe todavía en la Comisión Mixta de Presupuestos cuál será la cantidad de que dispondrá el Senado, me parece de elemental prudencia no comprometer ese presupuesto. En seguida, la Corporación podrá conocer de la proposición de la Comisión en las primeras sesiones del año próximo y, seguramente, será aprobada en dos o tres minutos. Lo que planteo es un concepto de buen orden en la administración de los dineros fiscales que tenemos la responsabilidad de custodiar y distribuir de acuerdo con las necesidades de la Corporación. El señor GONZALES MADARIAGA.- Señor Presidente, las observaciones del Honorable señor Juliet son justas, y ello me lleva a preguntar si en la recomendación sometida a la Sala por la Comisión informante se deja constancia de algún financiamiento. El señor JULIET.- De ninguno. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Si es así, mal se puede entrar a hacer discriminación entre los presupuestos de este año y el del próximo. A mi juicio, podría haberse acordado la gratificación con cargo al presupuesto de este año, sin decir nada más. Y si al término de él no hay dinero, puede arreglarse por la vía corriente del presupuesto. Pero comprometer el actual presupuesto y el siguiente es alarmante. Eso no se puede hacer en la Administración Pública. Quizás convendría enviar de nuevo a Comisión este asunto, a fin de que se le busque solución. El señor AGUIRRE DOOLAN.- No es conveniente. El señor LUENGO.- Las observaciones de los Honorables señores Juliet y González Madariaga me mueven a presentar una indicación respecto de lo propuesto por la Comisión de Policía. Además, estoy informado de que los secretarios de los Senadores habían solicitado una gratificación superior a la acordada en definitiva. Ahora bien, la Comisión propone otorgar un mes y medio -como se dice en el informe- que se pagará en dos cuotas: la mitad este año y la otra mitad, el próximo. Propongo dividir el informe y dar por aprobado, de inmediato, lo correspondiente al presente año y consultar a la Comisión si es posible pagar, también, el 50% restante con cargo al presupuesto de este año. Con ello, estamos dando la mitad de lo solicitado por los secretarios de los Senadores. A mi juicio, no habría ningún obstáculo para aprobar la indicación. Propongo este procedimiento, porque creo ver -lo digo con toda franqueza- la intención de negar a este personal la concesión de cualquier nuevo beneficio de este tipo el año próximo. El señor GUMUCIO.- No tengo intención de demorar el debate. En realidad, aunque en parte el Honorable señor Juliet tiene razón, el presupuesto del Congreso Nacional tiene modalidades distintas del de otros servicios fiscales. Este Poder del Estado tiene plena autonomía para distribuir los gastos del año. La ley de presupuestos señala sólo algunos rubros, como el relativo a sueldos del personal. Por lo tanto, el Congreso Nacional tiene plena facultad para tomar compromisos para el año siguiente. Y si un empleado quisiera entablar juicio porque no se le ha pagado por falta de fondos, su acción judicial no tendría éxito. Sin embargo, el Congreso puede comprometer los fondos de un año para otro, porque no hay impedimento legal para ello. Distinto es el caso de otros servicios fiscales, porque tienen ítem fijos que se aprueban año a año. El presupuesto del Congreso es global. Por eso, no tengo inconveniente en aprobar el informe tal como viene. El señor ALLENDE.- Señor Presidente, en mi opinión, hay dos aspectos que considerar en las observaciones formuladas por los Honorables señores Juliet y González Madariaga y en los problemas más a fondo que plantearon los Honorables señores Contreras Tapia y Ampuero. Creo, en primer lugar, útil que la Mesa se haga cargo de ellas en el sentido de plantear en la Comisión respectiva un estudio acucioso, urgente, para hacer un reajuste total del trabajo, de las condiciones materiales y remuneraciones del personal que aquí trabaja. En una oportunidad, por ejemplo, sugerí la conveniencia de desglosar del proyecto de reformas constitucionales la que tiene por objeto relacionar las remuneraciones en escala de la Administración Pública con la dieta parlamentaria, a fin de evitar la permanente especulación que se hace respecto de las determinaciones del Congreso sobre esta materia. En el caso actual creo que podría obviarse este problema. Todos estamos de acuerdo en que la situación de los secretarios de Senadores es angustiosa. Hay una diferencia notable entre lo que ellos perciben por su trabajo -que muchas veces es informarnos- con lo que ganan los funcionarios y los propios señores Senadores. Es gente que además de necesitar sus remuneraciones, tienen capacidad y preparación para desarrollar sus funciones. Si se elimina la frase "la que sería pagada en el 50% de su monto en el curso de este año y el saldo con los fondos del Presupuesto del próximo año,..." se obviarían las justas objeciones formuladas por el Honorable señor Juliet. Formulo indicación para suprimir la frase a que he hecho referencia, porque, así, se solucionaría todo el problema. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará la supresión de la frase "... la que sería pagada en el 50% de su monto en el curso de este año y el saldo con los fondos del Presupuesto del próximo año". El señor PABLO.- ¿Por qué no se vota el informe? El señor NOEMI.- ¿Qué frase se suprime? El señor ALLENDE.- La que dice que 50% se pagará este año y 50% el año próximo, con cargo a los presupuestos de 1966 y 1967. Se reconoce el pago del mes y medio de gratificación de acuerdo con las posibilidades de la Tesorería del Senado. El señor JULIET.- Eso es lo lógico. -Se aprueba el proyecto de acuerdo en la forma propuesta por el Honorable señor Allende. CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y EL FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Relacionen Exteriores, suscrito por los Honorables señores Sepúlveda, (presidente), Juliet y Prado y la Honorable señora Campusano, recaído en el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. -El proyecto de acuerdo figura en los Anexos de la sesión 13ª, en 21 de octubre de 1966, documento Nº 2, y el informe, en los de la sesión 24ª, en 22 de noviembre de 1966, documento 12. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CORBALAN (don Salomón).- Pido que se lea el Convenio. El señor JULIET.- Es muy largo y la sola lectura de él significaría media hora de la atención del Senado. Por lo demás, en el informe de la Comisión se expresan claramente los objetivos del Convenio suscrito entre Chile y la UNICEF, que tiende a dar a nuestro país, en primer lugar, la agencia que se crea en Chile para ese organismo; en seguida, está el aporte de más de un millón de dólares, distribuidos en una serie de obras, que el señor Secretario podría tener a la mano y detallarlas, porque no aparecen en el informe. Se trata de un Convenio multilateral en cierto sentido, por cuanto es igual a todos los suscritos por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia con el resto del mundo. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¿Por qué no se distribuyó un ejemplar a los señores Senadores? El señor FIGUEROA (Secretario).- Está en su escritorio, señor Senador. El señor TARUD.- Dejémoslo para mañana. El señor AGUIRRE DOOLAN.- A mi juicio, el sentir de los señores Senadores obliga a la Mesa a sacarlo de la tabla y colocarlo en el Orden del Día de mañana. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Cada señor Senador tiene copia del convenio. El señor TARUD.- No se alcanzó a leer. El señor AGUIRRE DOOLAN.- En mi concepto, lo expresado por los señores Senadores obliga a la Mesa a sacar este proyecto de la tabla de Fácil Despacho e incluirlo en el Orden del Día de la próxima sesión. El señor ALLENDE.- ¿Por qué no se agrega a la tabla de Fácil Despacho de la sesión de mañana? En esa forma tendremos oportunidad para leer el informe de la Comisión y el convenio. El señor FONCEA.- Con la sola lectura quedarían enterados Sus Señorías. El señor CORBALAN (don Salomón). - En realidad, bastaría con la lectura del informe. Inmediatamente después, votaríamos. El señor JULIET.- Perfecto. -El señor Secretario da lectura al informe de Comisión. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión general y particular el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor CORBALAN (don Salomón). - Deseo saber si las disposiciones contenidas en el convenio corresponden a la norma general establecida para todos estos instrumentos. Tengo la impresión de que es así. .. El señor ALLENDE.- Claro. El señor CORBALAN (don Salomón).- Sin embargo, estimo llegado el momento de que el Gobierno se preocupe de esta materia, pues dichos convenios se han transformado en abuso incalificable por parte de las organizaciones internacionales. En efecto, aquéllos constituyen un medio para internar al país todos aquellos artículos que figuran en las listas de prohibición del Banco Central, como automóviles, por ejemplo. Por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, y asilándose en este tipo de convenios, encontramos una infinidad de organismos de carácter religioso, que amparados en su calidad de organismo internacional invaden nuestro territorio con toda clase de medios, ya sea de transporte o de formación de opinión pública. Poseen equipos formidables de proyección de películas, medios de transporte tales como camionetas, "station wagons", automóviles, camiones, etcétera, que vemos circular a lo largo de Chile con patente de Organización Internacional. En cierta ocasión, en un pueblo de nuestro país, encontré a la salida de un local varios de esos automóviles. Tenían patente con las iniciales OI. Incluso anoté la lista de ellos. Penetré al local y comprobé que allí se estaban exhibiendo películas de índole anticomunista, filmadas en los Estados Unidos, en las que el malo de la película era, por supuesto, un agente confidencial comunista. O sea, se trataba de propaganda política elaborada en dicho país, e internada a Chile por una de esas organizaciones -no me refiero a ésta- al amparo de esta clase de convenios y, por supuesto, liberada de todo derecho. El personal encargado de exhibirlas se moviliza por todo el país gracias a este privilegio que les permite internar vehículos y toda clase de equipos, para cumplir funciones que, en muchos casos, reviste carácter político. ¡Para qué referirnos a CARITAS! Sabemos la cantidad de vehículos que interna en virtud de su carácter de organización internacional. Acabamos de escuchar la lectura del informe de la Comisión hecha por el señor Secretario. Estoy ojeando el convenio y observo que en distintos artículos establece toda una serie de privilegios de orden tributario y en materia de derechos y posibilidades de internación de equipos al país, para los funcionarios de UNICEF. No creo que éste sea el momento de revisar esta situación, pero no nos opondremos a la aprobación del convenio, dado que la Comisión de Hacienda lo estima conveniente para el país. Sin embargo, me parece que el planteado es un aspecto importante, y pido que al respecto se oficie en mi nombre al señor Ministro de Relaciones Exteriores, solicitándole informe sobre cuál es el procedimiento y sobre qué disposiciones legales se basa, para otorgar toda la infinidad de privilegios que se conceden en el orden tributario, cambiario y aduanero, a multitud de organismos internacionales, en algunos casos, como en éste, en virtud de convenios y, en otros, sin convenios de ninguna especie. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En conformidad con el Reglamento, se enviará el oficio solicitado, en nombre del señor Senador. El señor ALLENDE.- Solicito, desde luego, que se agregue mi nombre al oficio pedido por el Honorable señor Corbalán. La señora CAMPUSANO.- Y el mío también. El señor BARROS.- Y el mío. El señor LUENGO.- Y en mi nombre. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Solicito que se agregue mi nombre también, señor Presidente. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se agregará el nombre de los señores Senadores que lo han solicitado. El señor ALLENDE.- Señor Presidente, tengo antecedentes, como los tienen la mayoría de los señores Senadores, para decir que en realidad la labor desempeñada por UNICEF en el campo internacional y en el nacional es positiva. Como lo ha hecho notar el Honorable señor Corbalán, no nos opondremos a la aprobación de este convenio; pero es deplorable cierta monotonía, cierta concepción estática, cierto cinismo, por así decirlo, que se observa en el texto de tales compromisos y cartas internacionales. En el caso del Fondo Monetario Internacional, las cartas que se firman en todos los países tienen la misma configuración, el mismo contenido. En estos acuerdos, como en el presente, sucede algo similar, que incluso me parece lesivo para el concepto que tenemos del respeto de los derechos y de las relaciones, reflejado en la vida general del país. Fíjense, señores Senadores, en lo que dice el convenio en uno de sus artículos: "No estarán sujetas a censura la correspondencia oficial ni demás comunicaciones oficiales de UNICEF". Tengo entendido que en Chile no está sujeta a censura ninguna comunicación de ningún organismo. ¿Puede admitirse que nuestro Gobierno firme tal cosa? Es como reconocer que otras comunicaciones están sometidas a censura. El señor CORBALAN (don Salomón).- Lo están los teléfonos. El señor ALLENDE.- Así es, pero, por desgracia, no podemos evitarlo. Yo lo sufro todos los días y a veces replico groserías que deben romper los tímpanos de quienes las oyen. Eso no puede demostrarse. Pero que un Gobierno acepte declarar que no estará sujeta a censura la correspondencia de un organismo, me parece excesivo. Demuestra que es una fórmula calcada, que se trata de un texto igual en todas partes, traducido de un formulario en inglés, que puede parecer normal en algún otro país, pero es penoso que en el nuestro se apruebe así. Por eso dejo constancia de mi extrañeza y hasta de mi protesta, porque se repita en forma tan mecánica este tipo de convenios, algunos de cuyos párrafos son lesivos para nuestra dignidad nacional. Esto, por una parte; y, por otra, porque se consagran privilegios que no sabemos hasta dónde van a llegar. Ahora relataré algo que he vivido personalmente ayer, en Valparaíso, en una conversación que sostuve con algunas personas vinculadas a empresas radiales. Allí comentábamos, de manera casi documentada, el desarrollo que ha adquirido en otros países la acción radial y la utilización de elementos mecanizados, que permiten, por ejemplo, la eliminación de lo que se llama "números vivos", por el procedimiento comercial de grabar cintas magnetofónicas y enviarlas, desde un organismo central, al resto del país. Me dijeron en Valparaíso que existía una especie de laboratorio muy bien montado para imprimir cintas, especialmente de telerra-dio, que se vendían a lo largo de Chile. Y supe -lo que me extrañó muchísimo- que esto, que no sé cómo llamarlo, esta especie de laboratorio, pertenecía a un "padrecito", cuya profesión, tengo entendido, no es ésta; que las máquinas fueron internadas por intermedio de Cáritas; que se desarrolla una labor comercial que significa intensísimo trabajo; que se cobra por ello; y que, si bien es indiscutible que representa, aparentemente, un progreso, había provocado protesta de algunos elementos artísticos que se sentían lesionados, porque su actuación se repetía a lo largo del país en una cinta magnetofónica. Pero, en el fondo, lo que importa es que una organización como Cáritas ha internado estas máquinas, con las que hoy día desempeña una labor comercial a cargo de un sacerdote. No tengo mayores detalles. Las personas que me informaron son del ramo; conocen el problema y hablan elogiosamente de la persona que tiene a su cargo esa labor; pero me parece que no es función propia ni de Cáritas ni de un sacerdote. El Honorable señor Corbalán ha destacado algunas ventajas extraordinarias que merecen, indiscutiblemente, ser consideradas en un plano nacional, con criterio restrictivo, para evitar abusos que, a todos nos consta, se han producido y se producen, fuera de lo que hemos padecido por la entrega de alimentos con sello proseli-tista. La señora CAMPUSANO.- Señor Presidente, en la Comisión los Senadores comunistas nos pronunciamos a favor de este convenio, y lo mismo haremos en la Sala. Pero quiero dejar establecido que la frase relativa a la censura -contenida en el artículo 4º, apartado 3-, observada por el Honorable señor Allende, me movió también, en la Comisión, a preguntar si la censura es habitual para algunos de los sectores nacionales. Se me dijo que es una cuestión de rutina el dejar estampada esa frase en tales documentos. Hice, además, una consulta que el señor Secretario de la Comisión quedó de absolver, pero todavía no me ha contestado. Se trata de que, en la ayuda de UNICEF a nuestro país, figuran 160 mil dólares entregados a plantas lecheras de Chillán y Valdiva. Los Senadores comunistas tenemos interés en saber dónde ha ido a parar esta cantidad, porque es posible que UNICEF esté ayudando a quienes hoy día venden leche para pobres y leche para ricos, y a nuestro entender tal organismo no puede prestarse para esa estafa que se está cometiendo con la lecha destinada a los niños. Por eso, he querido esta tarde dejarlo establecido. El señor JULIET.- Señor Presidente, adhiero a lo expuesto por el Honorable señor Corbalán, quien se ha referido a las exenciones tributarias y aduaneras que se conceden por este convenio, como por todos los demás similares, suscritos con FAO, UNESCO, etcétera. Pero si he solicitado la palabra es también para expresar que en la Comisión de Relaciones Exteriores hice, en más de una ocasión, iguales alcances, que constan en actas, con relación al convenio suscrito por Chile con el Banco Interamericano de Desarrollo -banco de crédito internacional regido por modalidades técnicas propias de las instituciones bancarias-, que es copia de otro que también suscribió con otros bancos internacionales, y en que se establecen las mismas modalidades, franquicias o privilegios. En una de aquellas oportunidades, en que se encontraba presente el señor Ministro de Relaciones, hice ver la conveniencia de modificar ese texto casi uniforme de los convenios internacionales. A tal efecto, se conversó con el Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, don Felipe Herrera, durante su último viaje a nuestro país, y él quedó en concebir nuevos términos, que rompieran esa uniformidad en los textos. Pero si bien es cierto que lo señalado por el Honorable señor Corbalán hiere profundamente los ojos de los chilenos que observamos dariamente el tráfico que se hace.... El señor GARCIA (Vicepresidente).- Señor Senador, está a punto de terminar el tiempo del Orden del Día, El señor JULIET.- Quisiera ocupar unos dos minutos más. . . El señor GARCIA (Vicepresidente).- Propongo prorrogarlo para terminar de discutir este proyecto y despachar los otros dos que acordaron los Comités tratar en esta sesión. El señor ALLENDE.- ¿Por qué no dejamos pendiente este proyecto? El señor GONZALEZ MADARIAGA.- A mi juicio, debe quedar pendiente, porque hay que analizarlo. El señor JULIET.- Pero, señor Presidente, hay unanimidad en aprobar el convenio. Sólo he querido advertir que si bien es cierto que lo dicho por el Honorable señor Corbalán es bastante grave, lo es muchísimo más lo que dice relación a la inmunidad. Eso sí es serio, pues hasta impide la detención personal en caso de delito. El señor ALLENDE.- Por eso, Honorable señor Juliet y señores Senadores, pedimos que quede pendiente la discusión. Deseamos hacer más observaciones sobre este proyecto, sin perjuicio de apobarlo. Lo que Su Señoría está señalando, yo también iba a hacerlo presente. Es sumamente grave, y demuestra que no podemos mecánicamente aprobar convenios de esta índole sin que, por lo menos, el Gobierno sepa lo que pensamos. Por eso, formulo indicación para dejar pendiente el proyecto hasta mañana, y tratarlo en el primer lugar de la tabla. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Quiero insistir en lo que ha dicho el Honorable señor Juliet... El señor JULIET.- Yo continuaría con el uso de la palabra, a menos que el señor Presidente me lo impidiera. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Acabo de informarme acerca de las inmunidades. El Senado no puede dar su beneplácito a una cláusula que detenga la acción de la justicia. Se hace imperativo, en un Estado soberano, suprimir tal impedimento. Pido segunda discusión para este proyecto. El señor GUMUCIO.- ¡ Pero la mayoría del Senado está de acuerdo en despacharlo! El señor GARCIA (Vicepresidente).- Como no se ha producido acuerdo para prorrogar la hora, queda pendiente el proyecto, y con el uso de la palabra el Honorable señor Juliet. El señor JULIET.- En el primer lugar de la tabla de mañana. El señor CORBALAN (don Salomón). -En el Orden del Día de mañana. El señor FONCEA.- ¡ Todos dicen estar de acuerdo, y se oponen 1 AMNISTIA PARA DON ELIDIO SOTO SOTO. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- De conformidad con lo acordado por los Comités, corresponde tratar, en seguida, el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, firmado por los Honorables señores Altami-rano (Presidente), Juliet, Pablo, Rodríguez y Sepúlveda, recaído en las observaciones del Ejecutivo, en primer trámite constitucional, al proyecto de ley que concede aministía a don Elidio Soto Soto. La Comisión recomienda rechazar el veto de Su Excelencia el Presidente de la República e insistir en la aprobación del proyecto. -Las observaciones y el informe figuran en los Anexos de esta sesión, documento 11. -Se aprueba el informe. EXPROPIACION DE INMUEBLES POR LA CORPORACION DE LA VIVIENDA, EN IQUIQUE. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- También por acuerdo de Comités, corresponde tratar el informe de la Comisión de Obras Públicas, firmado por los Honorables señores Von Mühlenbrock (presidente), Aguirre Doolan, Contreras (don Víctor) y Ferrando, recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza a la CORVI para expropiar inmuebles ubicados en Iquique. -Las observaciones y el informe aparecen en los Anexos de las sesiones 24ª y 26ª, respectivamente, en 22 y 29 de noviembre de 1966, documentos 3 y 14. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara de Diputados aprobó las observaciones formuladas por el Presidente de la República a este proyecto. La Comisión propone adoptar igual temperamento; en lo relativo a las dos primeras observaciones, porque, de lo contrario, no habría ley sobre la materia. La primera observación consiste en reemplazar el artículo 1° por el siguiente: "Facúltase al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para considerar dentro de sus planes, y previos los informes técnicos correspondientes, la expropiación por la Corporación de la Vivienda u otra de las instituciones señaladas en el artículo 5º de la ley 16.391, de los inmuebles ubicados en la ciudad de Iquique, en las calles y números que se señalan a continuación : Zegers, números 518 y 526; Obispo Labbé, números 962, 966, 970, 974 y 978; conforme a las normas señaladas en los artículos 50 y 51 de la citada ley." La segunda consiste en reemplazar el artículo 2º por el siguiente: "El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo encomendará a los organismos de la Vivienda competentes las tareas de rehabilitación de las viviendas o construcción de nuevas edificaciones, según corresponda, y otorgamiento de títulos de dominio, en su caso, a los ocupantes respectivos." El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra sobre las dos observaciones. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Hubo acuerdo unánime en la Comisión. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el informe. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Quisiera saber por qué no se trató el punto 13 de la tabla de Fácil Despacho, o sea, el informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que exime de contribuciones a los pabellones de emergencia de Chillán. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Porque terminó el Orden del Día diez para las siete y no hubo acuerdo para prorrogarlo. El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¿Por qué no consulta de nuevo a la Sala, señor Presidente? Me parece atinada la observación del Honorable señor Aguirre Doolan, pues se refiere a una iniciativa de ley relativa a las construcciones de emergencia levantadas en Chillán con motivo del terremoto. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Oportunamente consultaré a la Sala sobre el particular. Ahora estamos en la discusión de otro proyecto y he ofrecido la palabra sobre dos observaciones recaídas en él. -Se aprueban ambas observaciones. El señor FIGUEROA (Secretario).- En seguida, la Comisión recomienda aprobar la tercera observación, consistente en agregar un artículo nuevo. -Se aprueba. EXENCION DE TRIBUTOS A PABELLONES DE EMERGENCIA DE CHILLAN. El señor FIGUEROA (Secretario).- El señor Presidente consulta a la Sala si se discute sobre tabla el proyecto signado con el número 13 en la tabla de Fácil Despacho, sobre exención de contribuciones a los pabellones de emergencia destinados a la habitación en la ciudad de Chillán. El señor LUENGO.- Sí. El señor VON MÜHLENBROCK-Está dentro de los asuntos que acordaron tratar los Comités. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Acordado. -El proyecto figura en los Anexos de sesión 1ª, en 3 de octubre de 1966, documento 16, y el informe, en los Anexos de la sesión 24ª, en 22 de noviembre de 1966, documento 13. El señor FIGUEROA (Secretario).- El informe, suscrito por los Honorables señores Salomón Corbalán (presidente), Luis Corvalán, Ferrando, Miranda y Von Mühlenbrock, recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. El proyecto consta de dos artículos. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor FONCEA.- ¿De qué se trata? El señor LUENGO.- De eximir de contribuciones a los pabellones de emergencia construidos en Chillán. El señor PABLO.- Los democratacristianos daremos nuestros votos favorables a este proyecto, que también contó con nuestro apoyo en la Cámara. El señor VON MÜHLENBROCK.- Lo aprobamos con todo agrado. -Se aprueba el proyecto. VI.- TIEMPO DE VOTACIONES. PETICIONES DE OFICIOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Han llegado diversas peticiones de oficios formuladas por los señores Senadores. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En conformidad al Reglamento, se enviarán dichos oficios en nombre de los señores Senadores que los han solicitado. -Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Ahumada: CONSTRUCCION DE ESCUELA Nº 54, DE EL RULO, COINCO (O'HIGGINS), "Al Ministro de Educación Pública, solicitándole tenga a bien ordenar se termine a la brevedad el local de la Escuela Nº 54 de El Rulo, Coinco, provincia de O'Higgins. Falta la colocación de puertas, ventanas, servicios higiénicos, agua potable e instalación de cocina. "La terminación del local es muy urgente, debido a que la escuela sigue funcionando en el local viejo, el cual está en pésimas condiciones." SUBVENCIONES PARA INSTITUCIONES DIVERSAS DE SAN VICENTE (O'HIGGINS) Y SAN FERNANDO (COLCHAGUA). "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole se sirva considerar las subvenciones en el presupuesto del año 1967, a las instituciones que se indican: "San Fernando. Círculo del Personal en Retiro de la Defensa Nacional y del Orden, Eº 500 (quinientos escudos). Cuerpo de Bomberos, Eº 10.000 (diez mil escudos). Cruz Roja, Eº 15.000 (quince mil escudos). "San Vicente de Tagua-Tagua. Círculo del Personal de Suboficiales y Carabineros en Retiro, Eº 10.000 (diez mil escudos)." De la señora Campusano: REAJUSTE DE PENSIONES POR CAJA DE LA DEFENSA NACIONAL. "Al Ministro de Defensa Nacional a objeto de reclamar sobre el no reajuste de pensiones a los jubilados de la Caja de Defensa Nacional sobre la revalorización de las mismas. "La Senadora suscrita pone especial énfasis en que se estudie la causa de esa anomalía, ya que ello perjudica en gran manera a sus asegurados y les impide obtener los beneficios legalmente establecidos." AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA COMUNA DE GUAYACAN (COQUIMBO). "Al Ministro de Obras Públicas para que se sirva estudiar la posibilidad de dotar de agua potable e instalar alcantarillado en la comuna de Guayacán, provincia de Coquimbo." EXPROPIACION DE ESTANCIA VIÑITA, EN ELQUI (COQUIMBO). "Al Vicepresidente de la Corporación de Reforma Agraria (CORA) en relación a expropiación de la Estancia Viñita en departamento de Elqui, provincia de Coquimbo. "Dicha expropiación se solicita sobre la base de que en la Estancia mencionada habitan 55 familias que se dedican a la crianza de animales cabríos y durante los años lluviosos aprovechan de efectuar algunas siembras. Además, los señores propietarios ejercen faenas mineras en la estancia y no se preocupan para nada de su desarrollo agrícola; solamente se les cobra a estas familias, arriendos, talajes por intermedio de un administrador sin que se les entregue ninguna clase de garantías." CARRO-BOMBA PARA CUERPO DE BOMBEROS DE COPIAPO (ATACAMA). "Al Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción, con el fin que acoja solicitud presentada por el Cuerpo de Bomberos de Copiapó, sobre préstamo a largo plazo para la obtención de carro-bomba que beneficiaría a dicha Institución." PROBLEMAS DE OFICINA DEL REGISTRO CIVIL DE VALLENAR (ATACAMA). "Al Director General del Registro Civil, en relación a diversos problemas surgidos en el Registro Civil de Vallenar. "La Senadora suscrita pudo comprobar en su visita a esa ciudad, que el personal ha disminuido en 2 funcionarios, en circunstancias que la población ha aumentado en un ciento por ciento. Ellos han sido trasladados a Santiago y no se ha hecho el reemplazo correspondiente. "CORVI construyó un departamento de identificación en la población Ambrosia O'Higgins y sólo se necesitaría que esta Dirección General ordene el traslado del Registro Civil a ese departamento. Además, sería conveniente que se enviara un índice de nacimientos nuevos, pues los libros existentes están prácticamente hechos pedazos, lo cual dificulta bastante la búsqueda de datos. "En resumen, se presenta toda una calamidad dado lo incómodo e insalubre de las oficinas donde se trabaja, ubicadas en un edificio ruinoso que ofrece gran peligro, por lo que sería muy necesario un rápido pronunciamiento al respecto." PRESTAMO HABITACIONAL PARA EMPLEADOS PUBLICOS DE CHAÑARAL. "Al Vicepresidente de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas a objeto de insistir en la necesidad que significa para los empleados públicos el estudio de un préstamo habitacional a través de esa Caja, para solucionar el constante problema de la vivienda, especialmente comprobado en Chañaral, Mina Carmen, Pueblo Hundido y Salado. "La suscrita ha comprobado en Chañara!, casos gravísimos de promiscuidad a que se está llevando a estos empleados trasladados que poseen en otras ciudades, un nivel habitacional superior." PROBLEMAS DE LA OFICINA DE ENAMI EN INCA DE ORO (ATACAMA). "Al Gerente General de la Empresa Nacional de Minería para comunicarle de la urgente necesidad que existe de dotar de un vehículo a la oficina ubicada en Inca de Oro y de solucionar un sinnúmero de problemas derivados de esto mismo. "Como primera medida, se hace indispensable la dotación de un vehículo que realice diversos trabajos locales y también para atender la salud del personal. La falta de movilización propia y la constante "panne" de motor perjudican enormemente a los mineros ya que ello significa la paralización de 4 ó 5 días en sus faenas. "Aparte lo ya expuesto, se hace necesario el envío de una polea por cuanto la transportadora se encuentra actualmente paralizada por estar rota. Esto se solicita con el fin de retirar a tiempo el mineral de la cancha de Inca de Oro y trasladarlo a Paipote." APLICACION DE DISPOSICION LEGAL A JUNTA DE VECINOS DE GUAYACAN (COQUIMBO). "Al Vicepresidente de la Corporación de Servicios Habitacionales, a objeto de insistir en que se dé cumplimiento al artículo 29 del reglamento de la ley 16.392 que favorecerá especialmente a Junta de Vecinos de Guayacán, provincia de Coquimbo. "A pesar de haber oficiado anteriormente a esta Corporación el Intendente de Coquimbo sobre lo mismo, la Senadora que suscribe se permite recalcar sobre la materia dado el beneficio que ello reportaría a estas juntas vecinales y a su urgencia inmediata. "Además, se aprovecha la oportunidad para exigir a la Corporación mencionada que designe a las Visitadoras respectivas para que levanten el censo de la población y así poder aplicar la ley". FALTA DE MEDICOS Y PRACTICANTES EN POSTA DE HUASCO (ATACAMA) "Al Director General del Servicio Nacional de Salud, a fin de solicitarla se sirva aumentar la dotación de practicantes en la Posta de Huasco como asimismo la de médicos pediatras y un médico jefe. "Se hace indispensable dotar de mayor personal a esta Posta, especialmente en lo que a practicantes se refiere, ya que a ella concurre mucha gente de escasos recursos, la que no es atendida oportunamente y en buena forma debido a que la Posta cuenta con un solo practicante que abre tarde y no va a domicilio. Además, la designación de un solo médico pediatra se hace insuficiente para una población cada vez más creciente." Del señor Contreras (don Víctor): ACTUACION DE AUTORIDADES EN CONFLICTO ESCOLAR DE MARIA ELENA. "Al Ministro del Interior a fin de que se sirva disponer la investigación de las actuaciones del subdelegado señor Lindley Maxwell Miranda y del Teniente de Carabineros señor Enio Muñoz Oyarce en el conflicto que afecta a los alumnos de la Escuela Consolidada de María Elena. "El Senador suscrito ha recibido una denuncia del Consejo Local de Unión de Profesores de María Elena en el sentido de que estas autoridades habrían actúado en forma parcial contribuyendo al desmedro del prestigio del establecimiento y de su cuerpo docente." PARTICIPACION ADEUDADA POR COMPAÑÍA MINERA TOCOPILLA (ANTOFAGASTA). "Al Ministro del Trabajo y Previsión Social a fin de que se sirva informar acerca de la situación producida a propósito de la distribución del 10% de las utilidades ordenada por el artículo 107 de la ley Nº 15.575 por parte de la Compañía Minera Tocopilla. "Según antecedentes proporcionados por los trabajadores, la empresa habría comunicado a sus obreros y empleados de las faenas de Tocopilla que 83 millones de pesas del referido 10% habrían sido distribuidos entre los empleados de administración de la compañía, con residencia en Santiago, entre los cuales se contarían, incluso, los abogados del cuerpo jurídico y otros funcionarios de rentas elevadas, sin poner a disposición de los sindicatos los documentos justificativos de sus afirmaciones. "Se solicita en consecuencia del señor Ministro, por intermedio de los organismos competentes, que proporcione antecedentes acerca de lo expuesto anteriormente, en atención, por otra parte, a que las gestiones ante la Inspección del Trabajo de Tocopilla no han producido mayores resultados concretos. "Y además, que la Dirección General del Trabajo se pronuncie acerca de si tienen derecho ai 10% de las utilidades a que se refiere el artículo 107 de la ley Nº 15.575 los obreros y empleados de faenas situadas fuera de las provincias de Tarapacá y Antofagasta dependientes de empresas que tienen también explotaciones mineras o industrias en las provincias señaladas." AMPLIACION DE PLAZO PARA ADQUIRENTES DE VIVIENDAS DE POBLACION SOR ANA GIGLIA ZAPPA, DE ANTOFAGASTA. "Al Ministro de la Vivienda y Urbanismo a fin de poner en su conocimiento la petición formulada por la Junta de. Vecinos de la Población "Sor Ana Giglia Zap-pa" de Antofagasta en el sentido de que se amplíe en noventa días el plazo fijado por la Corporación de Servicios Habitacio-nales para la adquisición de las viviendas de esa población por sus ocupantes y que vence el 15 de diciembre próximo. "En atención a que se trata de un sector de modestos recursos, se solicita de esa Secretaría de Estado se sirva acoger la petición de dicha Junta de Vecinos, al mismo tiempo que estudie las medidas que estime convenientes para facilitar o propiciar la concesión de préstamos hipotecarios de Cajas de Previsión e instituciones de crédito a esos pobladores para la adquisición de sus viviendas." Del señor Corvalán (don Luis): ACTUACIONES DE CARABINEROS EN PUERTO SAAVEDRA (CAUTIN). "Al Ministro del Interior a fin de hacerle presente una serie de atropellos cometidos por carabineros y que me han sido denunciados por habitantes de la zona. "El dirigente campesino Isaías Riffo Castillo domiciliado en el lugar Bajo Yupehue en la comuna de Puerto Saavedra, fue detenido el día domingo 13 de noviembre y conducido por Carabineros a Cara-hue donde permaneció detenido todo el día sin haber orden de tribunal para hacerlo. Luego fue puesto en libertad al día siguiente y no se le dio ninguna explicación por la detención. "Otro caso es la señora María del Carmen Ortiz de Muñoz que vive en Alpehue, al interior de Melipeuco; esta señora es continuamente hostilizada por carabineros, siendo incluso amenazada con armas de fuego, habiéndose reclamado del hecho a la Intendencia y a Carabineros de Cunco. "Por tanto pido al señor Ministro investigar estos hechos y sancionar a los culpables de estos atropellos a los derechos ciudadanos." CALIDAD FISCAL PARA LICEO NOCTURNO PARTICULAR DE BULNES (ÑUBLE). "Al Ministro de Educación pidiéndole tenga a bien considerar la petición del Consejo de Profesores, del Centro de Padres y Apoderados y del Rector del Liceo Nocturno Particular "Carlos Palacios" de Bulnes, en el sentido de declarar que dicho Liceo es fiscal desde el año 1967, y que sea reconocido como tal. "Por tanto ruego al señor Ministro acceder a lo solicitado." PERSECUCION A CIUDADANO DENUNCIANTE DE DELITO DE CONTRABANDO. "Al Ministro de Justicia pidiéndole se sirva investigar los hechos que expongo a continuación: "El señor Ivo Daslav Roic Garafulic, actualmente detenido en la cárcel pública, fue quien denunció a Aduanas el 22 de diciembre de 1965, la internación ilegítima de 10 automóviles, algunos de ellos robados. Este delito fue comprobado y Aduanas inició el Sumario correspondiente. "Según el señor Roic Garafulic uno de los culpables de este fraude aduanero era el juez del IV Juzgado del Crimen de Santiago, señor Jorge Pica. "Según este mismo señor Roic, él ha sido injustamente perseguido por el solo delito de haber denunciado los hechos anteriormente mencionados; dice que se le ha detenido injustamente, se le ha incomunicado sin motivo, etc. "Dice incluso que el juez señor Oscar Alvarez Gallardo, que sustancia su proceso ha actuado en forma parcial contra él guiado por un espíritu de cuerpo en favor del juez señor Pica. "En definitiva, el señor Roic Garafulic reclama que contra él se está cometiendo una tremenda injusticia y que se le persigue y encarcela sin haber motivo legal. "Por tanto, ruego al señor Ministro se sirva investigar los hechos y sus consideraciones, a fin de hacer prevalecer la justicia por sobre toda otra consideración." CONFLICTO EN MINAS DE ARCILLA Y CARBON DE YOBILO, LOTA (CONCEPCION). "Al Ministro del Trabajo y Previsión Social haciéndole presente los graves problemas que enfrentan los obreros que trabajan en las minas de arcilla y carbón ubicadas en el sector denominado "Yo-bilo", de la comuna de Lota. "El contratista a cargo de las obras, señor Sergio Barrales dio aviso de caducidad de sus contratos a 23 obreros que trabajan allí como una manera de liquidarles su organización sindical e impedir la presentación de pliegos de peticiones. "Este contratista ya enfrenta una querella en Santiago, por este mismo motivo. "Por otra parte, los sindicatos de la zona denuncian el poco interés de la Inspección del Trabajo de Lota en resolver sus problemas, especialmente este conflicto ya que en varias oportunidades se ha pronunciado en contra de los trabajadores pasando sobre los dirigentes sindicales. "Por tanto, pido al señor Ministro tenga a bien buscar una pronta solución al grave problema que enfrentan estos trabajadores". PROBLEMAS DE POBLACION LIBERTAD, EN LOTA (CONCEPCION). "Al Ministro de la Vivienda y Urbanismo haciéndole presente y pidiéndole pronta solución para los urgentes problemas de la Población "Libertad" de la comuna de Lota. "Actualmente la población no cuenta con alumbrado público ni tampoco lo tiene en los domicilios de los pobladores. Para obtener la energía eléctrica es necesario que ella sea conducida desde Camino a Colcua o desde Población "21 de Mayo" que son los lugares más cercanos que la poseen, 1711 promediando una distancia de 600 metros, lo que hace necesario solamente 25 postes y un transformador. "El otro problema urgente de la población es el del agua. La población posea sólo tres pilones de agua para más de 1.500 habitantes. "La solución de estos graves problemas permitiría un mejoramiento urbanístico de la población y la solución de generalizados problemas sociales. "Por tanto, ruego al señor Ministro tenga a bien buscar urgente solución a los problemas de esta población." Del señor Jaramillo Lyon: ALCANTARILLADO DE CALLE GUAGUALI, EN RENGO (O'HIGGINS). "Al Ministro de Obras Públicas adjuntándole copia del oficio del Comité pro defensa habitantes calle Guagualí de la comuna de Rengo, el que hace suyo en todas sus partes, y en el que solicitan la instalación de alcantarillado, antes de que pavimenten las veredas de la aludida vía, en razón a los argumentos citados en el oficio que se acompaña." Del señor Pablo: TERMINACION DE UNIDAD COMERCIAL DE QUIRIHUE (ÑUBLE). "La Ilustre Municipalidad de Quirihue inició la construcción de una obra para una Unidad Comercial, con aportes concedidos por el Ministerio de Economía. Esta obra no alcanzó a terminarse totalmente, solamente se construyó la parte pruesa y techumbre, por haberse terminado los fondos. "Como la Unidad Comercial iniciada por la Municipalidad de Quirihue viene a solucionar el problema de locales ruinosos en que actualmente funciona el comercio de esa localidad, ya que contaría con doce locales amplios y modernos, se hace necesario que el Ministerio de Economía otorgue un nuevo aporte a fin que se dé término a la construcción de esta obra. Por otra parte es necesario hacer presente que esta construcción se está deteriorando debido al tiempo que se encuentra paralizada su terminación. "Consecuente con lo anterior solicito se oficie al señor Ministro de Economía a fin que considere la otorgación de un nuevo aporte para dar término a la Unidad Comercial de Quirihue." OBRAS PUBLICAS EN TALCAHUANO (CONCEPCION). "Al Ministro de Obras Públicas, a fin que se sirva considerar el estudio de solución al problema de congestionamiento del tránsito de vehículos del actual camino Concepción-Talcahuano que consiste el entronque de este camino con la autopista a la altura del Puente Perales, tramo que debe tener aproximadamente 10 kilómetros. "Edificio para Servicios Públicos: Los estudios para la ejecución de esta obra estarían terminados, faltando únicamente el financiamiento respectivo. La construcción de este edificio es indispensable que se considere en los planes de 1967, para dar solución definitiva al problema de los pésimos locales que ocupan actualmente las oficinas públicas de Talcahuano. "Muro de abrigo Caleta Tumbes: El estudio y planos de esta obra también estarían terminados, la que no ha podido iniciarse por falta de fondos. Para dar solución a este problema se hace necesario que se considere su financiamiento para los planes del año 1967. "Muro de contención Caleta "El Morro", Talcahuano: Con las altas mareas esta caleta sufre frecuentes inundaciones por cuanto los sitios de los ocupantes llegan justo a la playa. Este problema se ha agudizado con la construcción del camino que unió la Isla Rocuant o de los Reyes, con tierra firme, circunstancia que impide el libre curso de las aguas cuando sube la marea. Actualmente existe un muro, pero se encuentra en pésimas condiciones, por lo que se hace necesario la construcción de uno nuevo que realmente cumpla con su objetivo." El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se suspende la sesión por veinte minutos. -Se suspendió a las 18.58. -Se reanudó la sesión a las 19.20. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Continúa la sesión. El primer turno de la hora de Incidentes corresponde al Comité Demócrata Cristiano, que cambió su tiempo con el Comité del Partido Nacional, y éste lo ha cedido al Honorable señor Gómez. Tiene la palabra Su Señoría. CENTENARIO DE ANTOFAGASTA. PROYECTO DE LEY. INCLUSION EN LA CONVOCATORIA. El señor GOMEZ.- Señor Presidente: Transcurre noviembre de 1866. En el litoral abandonado, frente al Morro Moreno, con ligera inclinación sur, un mocetón prieto de carnes, más bien alto que bajo, curtido, ennegrecido por los soles, cenceño, hecho a todas las privaciones, aventurero, montaraz, salta de su frágil falucho y posa sus anchos y gruesos pies desnudos sobre una playa estrecha. Las arenas son blancas, y las aguas, intensamente azules y límpidas. Abruptos roqueríos se internan, desde el lugar, como bergantines en el mar; peñascos y rocas se alzan como islotes por doquier sobre las arenas blancas. En los peñascos y las rocas, blanquean los guanos de las aves. El mocetón -a la sazón, de poco más o menos 40 años- escribe en las arenas remojadas, al pie de una roca de alba cima, "Peña Blanca". Y en las inmediaciones levanta su choza de palos, latas, cañas, barro y sacos. Unos cueros de lobos de mar constituyen su lecho. El mocetón está solo. Ha recorrido la costa, ha explotado guaneras en Mejillones y ha tenido socios en ésa y otras empresas. Ha estado en el Perú y sostenido tratos con el Gobierno de Bolivia. Ha sido un hombre rico, y ahora no lo es. Es un empresario, un minero, un mariscador, un individualista. Ha vivido en Cobija y participado en las aventuras mineras que tuvieron su origen en ese lugar. Ahora está en Peña Blanca, y es el amo y señor de su soledad. Pronto traerá a su hijo y su familia. Así, de esta manera tan simple, tan poco espectacular, tan silenciosa, surge a la vida la ciudad más joven de Chile. Ni siquiera sabe el día exacto en que ello ocurrió. Fue en 1866, y presumimos con relativa certeza que en noviembre, pero no podemos precisar más. Por eso, al celebrarse el primer centenario de vida de la que hoy es Antofagasta, los organizadores de los actos conmemorativos tomaron, no sé si al azar, el día 12, y quede, pues, el 12 de noviembre de 1866 como el día memorable de la fundación de esa ciudad. Taltal y Antofagasta son las dos ciudades auténticamente chilenas en su nacimiento. Las otras ciudades importantes ya existían cuando nació la República. Taltal la había fundado ocho años antes, el 12 de julio de 1858, el Manco Moreno. En las ceremonias del establecimiento, ondeó el tricolor de la estrella solitaria, y un conocimiento de embarque reemplazó a la Biblia. Al fundarse Santiago, Concepción, La Serena, Valdivia, Valparaíso, solemnizaron la fiesta los pendones de Castilla, la Biblia y las casullas litúrgicas. Mas un guerrillero radical, minero y empresario de Copiapó, tenía otra manera de fundar pueblos: la manera laica y no menos viril con que surgieron las faenas del norte de Chile. José Antonio Moreno, el fundador de Taltal, poseía en alto grado la reciedumbre y las virtudes de nuestra raza. Su hazaña y la que realizaron sus compañeros, no sólo en los campos de batalla -también fueron a los campos de batalla a luchar contra el centralismo, los intereses creados de Santiago, la tiranía y la intolerancia-, sino también cateando el desierto y sondeando las costas; instalando faenas mineras, maestranzas y fundiciones; exportando piedras y metales; fundando pueblos; construyendo huellas por cerros, montañas y quebradas; resistiendo la sed, el sol abrasador y el hambre; perdiéndose en los arenales y viendo sucumbir a sus compañeros sin poder socorrerlos; reapareciendo por los ribazos; dominando, en una palabra, la hosca geografía del norte de Chile; su hazaña -repito- puede ser comparada con aquella otra gigantesca que cumplieron los fundadores de nuestra nacionalidad, esos locos insignes, viriles y generosos que fueron los conquistadores castellanos y extremeños. Pues bien, el mocetón de Peña Blanca era otro de estos mismos. El pueblo lo llamó el "Chango López". Juan López es su nombre ante el Registro Civil. Copiapino de nacencia, minero de oficio, mariscador y pescador por necesidad, descreído, compañero del Manco de Taltal, del Loco Al-meyda, de Barazarte, Matías Rojas, Díaz Gana, no sé si también miembro de la misma asamblea fundada por Gallo en Copiapó, a la que casi todos ellos pertenecieron, se lanzó en su barca más allá de Pa-poso, que es donde pusieron en 1866 la raya frontera y, luego de recorrer todos los litorales con su singladura intrépida, de armar y desmontar empresas, de tutearse con la buena fortuna y la derrota, llegó un día cualquiera, hacia fines de 1866, a las que hoy son las costas de Anto-fagasta y allí instaló su rancho y sirvió de puente al avance de los chilenos hacia el salitre. Cuentan las crónicas que José Santos Ossa acampó, en diciembre del mismo año, en los dominios del "Chango" y ocupó sus galpones para guardar herramientas, explosivos, víveres y otros elementos, y que desde allí partió con su caravana hacia el salar del Carmen a explotar el salitre que descubrió unos años antes. Juan López, nuestro buen "Chango", el mocetón de Peña Blanca -cuentan las mismas crónicas-, proveyó de agua potable a los expedicionarios del salitre, la cual agua iba a buscar, con arrojo y esfuerzo, en su barca, cruzando la ensenada de San Jorge a Cerro Moreno. Así, Peña Blanca -luego, también, La Chimba, y más tarde y hoy, Antofagasta- quedaba indisolublemente unida al salitre en su destino. Pronto surgirá la Compañía de Salitres de Chile, que más tarde pasará a manos de Melbourne Clar-ke y Compañía, y la caleta se convertirá en ciudad. Otros ranchos irán surgiendo junto a los del Chango, con rapidez vertiginosa, y muy pronto el auge salitrero determinará que se habiliten un puerto y un ferrocarril. Hacia 1873, Antofagasta o La Chimba habrá de contar con siete calles de mar a cerro y once de norte a sur, siendo las principales las de Bolívar, Sucre, Lamar, hoy Prat; Colón, hoy Balma-ceda; Washington y San Martín. Por esos mismos años, Caracoles, el mineral de plata recién descubierto en la precordillera perpendicular a Sierra Gorda, ha de entregar a Antofagasta un nuevo impulso vital. La ciudad nace y crece chilena, aunque se halla, en virtud del Tratado de 1866, bajo el dominio del Gobierno de Bolivia en lo político, que no en lo económico, pues el mismo tratado establecía para tales efectos, especialmente para la explotación minera, un condominio de Chile y Bolivia. Su Junta Municipal está integrada en su casi totalidad por chilenos, y todas las actividades mineras que le dan vida -guano, salitre, plata, cobre- son impulsadas por empresarios y obreros chilenos. En 1879, al producirse el desembarco de Sotomayor, pueblan la ciudad 6.554 chilenos, 1.226 bolivianos y 727 de otras nacionalidades. Dijimos que Juan López inició el pobla-miento de la ciudad bajo el nombre de Peña Blanca. A poco andar, se la llamó también La Chimba, que en quechua quiere decir "del otro lado". Del otro lado del morro, debieron de querer significar para señalar a Peña Blanca. El nombre de Antofagasta aparece hacia 1870, y fue el Presidente Melgarejo quien dispuso que se bautizara así a La Chimba, en recuerdo de una estancia de pastos que el Mandatario de Bolivia poseía en Antofagasta de la Sierra, en plena Puna de Atacama. Antofagasta significa en quechua "pueblo del salar grande". Es la ciudad de nombre vernacular más grande de Chile. Las otras más pobladas, tienen nombres que trajeron los conquistadores. Antofagasta es uno de los topónimos que los conquistadores encontraron en nuestra tierra. Acaso por eso, la sentimos más nuestra y la queremos más. Pues bien, señor Presidente, el pobla-miento del Chango, la erección de una choza de latas de parafina, tablas, cañas, barro y carrizo, efectuada por Juan López hacia noviembre de 1866, es lo que los an-tofagastinos hemos celebrado alborozados en el mes que va corriendo. Aún no hace tres años, celebrábamos desde esta misma tribuna el primer centenario del Partido Radical. Hoy conmemoramos los 100 años de vida de Antofagasta. No hay casualidad alguna en los dos hechos. Aun cuando con proyecciones en distintos planos, la provincia de Antofagasta y el Partido Radical tienen un mismo origen y nacen y se desarrollan coetáneamente. El Manco Moreno funda Taltal en 1858; Gallo funda el Partido Radical en 1863; el Chango López inicia el poblamiento de Antofagasta en 1866. Los tres son atacameños; los tres son mineros; los tres son empresarios, idealistas y aventureros. Mineros atacameños, guerrilleros del Ejército de Liberación del Norte, que organizó y comandó el fundador del Partido Radical, son los cateadores que se aventuran por el desierto y forjan nuestra Antofagasta. Con sangre atacameña y minera; con sentido de empresa y espíritu de aventuras; con rebeldía frente a lo injusto; en actitud de combate, fue hecha nuestra ciudad. Ha cumplido 100 años la ciudad más joven de Chile, la ciudad pujante. Ha cumplido un siglo la urbe de recia personalidad introvertida. El silencio y la paciencia de sus hijos, que le valió por mucho tiempo el calificativo de "ciudad dormida", puede trocarse de pronto en un despertar vigoroso, como acaeció en 1932, cuando los antofagastinos derrocaron la dictadura. Un siglo de esfuerzo, de combate contra el desierto, el abandono, la adversidad, la incomprensión, el despojo y el centralismo, hemos celebrado los antofagastinos. Cien años de triunfos y derrotas, de auges y crisis, de trabajo y cesantía; cien años viendo surgir y desaparecer pueblos y faenas; cien años de trágico combate del hombre contra el medio enteco, indócil; cien años de trabajoso y difícil dominio del hombre sobre el páramo, han celebrado en este mes de noviembre los hijos del desierto y el mar. Los antofagastinos han celebrado la forja de su personalidad diferenciada, plasmada en 100 años. Personalidad recia y flemática, que les permite mirar al futuro y al que manda sin apresuramientos; al triunfo sin envanecimientos, y a la derrota sin desánimo. Acostumbrado a esperar y ser postergado, por la fuerza y no por la razón, el antofagastino fue armándose de un rostro impenetrable y un carácter nada expresivo. Al mismo tiempo, fue robusteciendo su interior, preparando su ánimo para forjar su futuro y su grandeza por su propio esfuerzo, luchando no sólo contra la geografía inhóspita, sino también contra el egoísmo unitario, contra la injusticia centralista y la explotación de que lo ha hecho víctima la carencia de estadistas en la conducción de los negocios nacionales. El antofagastino sabe adónde va y lo que quiere. Sabe que está enclavado en un "hinterland" que debe florecer un día en provechosos intercambios para América. Sabe que el salitre, el cobre, el fierro, todos los metales y minerales que encubre en el territorio nortino son de los hombres del norte y no del Estado ni de los extranjeros. Sabe que tiene el derecho de crear en su tierra una civilización con lo suyo. Sabe que debe organizarse, y lo está haciendo, para poseer sus propios organismos de desarrollo y de crédito; sus propias flotas para transportar sus productos y llevar los alimentos de que precisa; sus propios aviones para movilizar a su pueblo a precio justo. Sabe que debe quebrantar muchos intereses para hacerse respetar en su derecho, y está preparándose y esperando la ocasión propicia para avanzar por la senda que se ha trazado y de la cual no habrá poder humano ni divino que pueda apartarlo. La historia de Antofagasta es una historia de avances lentos y trabajosos en pos de días mejores. Es la historia de un pueblo que ha sabido enfrentarse con la adversidad y ha resistido hambrunas y crisis con una porfía, un valor y un tesón que le aseguran un lugar de honor entre los pueblos más esforzados. La historia de Antofagasta es la de un pueblo llamado a grandes destinos. Antofagasta es una democracia ejemplar. Allá no hay apellidos. Allá nadie vale por lo que fueron sus antepasados. Allá no hay escudos en los frontis de las casas ni en el recuerdo de las familias. El origen de Antofagasta no pudo ser más humilde. Primero, el "Chango" y su gesta y los mineros de Atacama. Luego, y a corto andar, inmigrantes de todos los continentes. Allá, como a todo el norte, fueron hombres de esfuerzo dispuestos a hacer fortuna forjando una región, a fundar sus hogares sobre el desierto, a decir sí donde la naturaleza dijo no, a hacer brotar chorros de riqueza a punta de picota, porfía e ingenio. Allá nada fue fácil. Allá todo lo que hay es un canto al esfuerzo. Los jardines, por ejemplo, se construyeron con glebas transportadas como lastre por los vapores que iban a buscar salitre, desde todo el globo y abriéndoles paso, entre las rocas, a golpes de dinamita. Y se cultivaron esos jardines, como es el caso de la Avenida del Brasil, tan verde, tan húmeda, tan tierna, tan familiar a un antofagastino como el que habla, privando de agua a la fauce y al lavadero. Otro pionero radical, el Alcalde Maximiliano Poblete, inmortalizó su nombre al construir esa avenida. Griegos, ingleses, italianos, árabes, franceses, chinos, alemanes, japoneses, yugoslavos, españoles llegaron "con alpargatas" -por usar una expresión popular que habla de su modestia- unos pocos años después que el "Chango", y levantaron también sus chozas, donde albergaron sus hogares, y se cruzaron con las hijas de los changos, los indios y los atacameños, para dar origen a una raza de chilenos verdaderamente excepcional, y para crear una sociedad que es una democracia verdadera, en la cual el hombre vale por sus méritos, su esfuerzo y su inteligencia. En la democracia nortina, todos tienen las mismas oportunidades; todas las puertas están abiertas a todos, y a todos cerradas las del Estado central, salvo a los empresarios extranjeros con residencia fuera de Chile. Allá ha sido común observar cómo el cargador o el mozo de Coloso, la caleta ya desaparecida, o el que vendía barquillos en la Avenida del Brasil, llegaron a presidir el Club de la Unión, la Sociedad Yugoslavia, el Club Inglés o el Centro Español; cómo el hijo del obrero o de la empleada de una casa se recibieron de médico o ingeniero; cómo el nieto o el sobrino de panaderos, o el hijo del que fue un modesto campesino, obrero o pastor en los campos del Mediodía italiano, en una isla yugoslava del Adriático o en la meseta castellana, llegaron a Rector de una universidad regional, a Diputado, Ministro o Senador. Y el más alto honor que los hombres exhiben es su origen humilde y su esfuerzo. En Antofagasta lo que no se perdona son la deshonestidad y la holgazanería. Podrá tener dinero, mucho dinero un individuo, pero si lo hizo con malas artes, no tendrá cabida en la consideración humana y social. Podrá haber alcanzado grandes situaciones políticas otro individuo, pero si el pueblo descubre un día que ha sido un holgazán, caerá del pedestal artificialmente creado. Esto es Antofagasta: una tierra de esfuerzo para hombres honestos. En su formación, en su basamento de razas entrecruzadas, en su condición tan democrática, tiene nuestra tierra una similitud muy pronunciada con los Estados Unidos de Norteamérica. Me estoy refiriendo, por supuesto, al pueblo yanqui en su textura, y toda otra asimilación sería inapropiada. Esto me permite afirmar que algún día, cuando crezca en la debida proporción nuestra población, hoy extremadamente escasa, se producirá en el norte el desarrollo que anhelan sus hijos, un desarrollo comparable al que ha tenido Norteamérica, no sólo en su avance hacia el oeste, sino especialmente en los campos de la ciencia y la industria. No quiero decir con esto que aguardamos la hora en que los hijos del Loa y el Lluta y de las costas de Peña Blanca o Iquique suplantemos a los hijos del Mapocho en la conducción de los destinos nacionales. No, no es esto; ni siquiera aspiramos a eso. Nos interesan mucho más el avance hacia el interior de nuestros desiertos, la reconquista de nuestras riquezas para Chile y el norte y el establecimiento de rutas de comercio y de intercambio hacia el interior del continente. Queremos enlazar nuestros destinos y los de Chile con la carretera marginal de la selva del Presidente Belaúnde y eso deseamos que nos dejen hacer. Al rendir esta tarde un homenaje a Antofagasta, a su "Chango" y sus mineros, no puedo dejar de dirigir una mirada emocionada a esos emigrados de sus patrias que se fundieron con nosotros e influyeron tan poderosamente en lo que somos; una mirada de consideración y de respeto a los abuelos y los padres de tantos de nosotros, cuyo legado moral y ejemplo en el esfuerzo nos han ayudado tanto a hacer de Antofagasta lo que es: la ciudad del gran impulso. Antofagasta seguirá progresando por sus propios esfuerzos, por su rebeldía indomable, por su vitalidad inquebrantable. El centralismo y las viejas estructuras, los intereses creados, la política con "p" minúscula que estamos acostumbrados a ver, seguirán oponiéndose al desarrollo del norte. Pero Antofagasta y el norte seguirán su ruta ascendente. Nada ni nadie podrán oponerse a su desarrollo. Antofagasta ya logró crear una tradición y solera, y ya hay legiones de nortinos dispuestos a seguir adelante. Antes lo corriente era que las familias emigraran al llegar los hijos a la edad universitaria. Pero hoy no es así. Ahora tenemos tres universidades y una conciencia regional muy acendrada. Esa conciencia, asistida por las universidades, seguirá abatiendo obstáculos y derribando injusticias y determinará que el norte se enfrente cada vez con mayores bríos y reciedumbre al Estado central, a pesar de ciertos períodos de insomnio pasajero, como el que hoy padece la ciudad, para alcanzar metas más altas de justicia, progreso y desarrollo. En el centenario de la ciudad donde nací y en cuyas arenas descansan mis mayores, el mejor homenaje que puedo rendir a la colectividad antofagastina y nortina es la promesa que formulo de servir siempre su causa, como hasta hoy lo he hecho, con el vigor y entereza que caracterizan a los hijos del desierto, sean las que fueren las consecuencias personales y políticas, sean los que fueren los riesgos que hubiere que sortear. Fue lo común en los centenarios de otros pueblos solicitar fondos para determinadas obras. Yo no hago esto, por decoro de nortino, ni me pongo a pedir ni ofrecer determinadas obras con cargo a los fondos del cobre, que pertenecen al norte. No me presto para engañar a los míos. Mi homenaje al norte lo he rendido a cada instante, luchando y luchando por impedir que se despoje a mi pueblo de lo suyo. Y seguiré en esa ruta. A Antofagasta y al norte les basta que no les quiten lo suyo. En este centenario, mi pensamiento se dirige hacia algo más subjetivo: que se nos autorice usar de nuestros fondos para erigir un monumento junto al mar, sobre los roqueríos, sobre base maciza de cobre, en plena Avenida Costanera, al fundador de nuestra ciudad, el "Chango" López. En esta oportunidad estoy entregando un proyecto de ley para ordenar a la COR-FO que ponga a disposición de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta la suma de Eº 100.000 para dicho objeto, y solicito que se oficie a Su Excelencia el Presidente de la República para que incluya el citado proyecto en la convocatoria extraordinaria. -De conformidad con el Reglamento, se anuncia, el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador. -El texto de la moción del señor Senador, cuya inserción se acordó en la sesión 27ª, en 30 de noviembre de 1966, es del tenor siguiente: Santiago, 30 de noviembre de 1966. Considerando: 1°) Que el país entero tiene una deuda de gratitud con Juan López, minero ejemplar que cateó el desierto de Atacama; que conquistó con su esfuerzo grandes fortunas y las perdió realizando riesgosas empresas en el Norte de Chile, que recorrió sus costas y fue el primer poblador de Antofagasta. 2º) Que su vida es un ejemplo que las generaciones venideras deben conocer. 3º) Que el pueblo de Antofagasta, que lo apoda cariñosamente el "Chango López", lo recuerda con caracteres legendarios y venera su nombre. 4º) Que es de toda justicia, por lo expuesto, inmortalizar su figura, me permito presentar el siguiente Proyecto de ley "Artículo 1°.- La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición de la I. Municipalidad de Antofagasta la suma de Eº 100.000, a objeto de destinarlos a la erección de un monumento que recuerde la figura del fundador de dicha ciudad, el minero Juan López. Dichos fondos se imputarán al Art. 27 de la ley 11.828. Artículo 2°.- Dicho monumento deberá estar situado en lugar apropiado, sobre los roqueríos de la Avenida Costanera, de espaldas al mar y mirando la ciudad. Artículo 3°.- Denomínese a la Avenida Costanera de Antofagasta "Avenida Chango López". (Fdo.) : Jonás Gómez Gallo. El señor CONTRERAS (don Víctor).- ¿ Cuántos minutos me puede ceder de su tiempo, Honorable señor Gómez? El señor GOMEZ.- Todos los que me restan, señor Senador, con el mayor agrado. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Al Comité Radical restan siete minutos. Al Comité Comunista corresponden treinta; en consecuencia, Su Señoría dispone de 37 minutos. PARALIZACION DE FAENAS EN LA OFICINA SALITRERA "FLOR DE CHILE". OFICIO. El señor CONTRERAS (don Víctor). -Señor Presidente, invitado por el Alcalde de la Municipalidad de Taltal, concurrí el viernes de la semana pasada a un cabildo abierto que se realizó en dicha ciudad con el propósito de examinar la situación en que quedarán los trabajadores de la oficina salitrera "Flor de Chile", empresa que ha solicitado del Ministerio respectivo la paralización de las faenas. Laboran en la citada oficina alrededor de 400 obreros y 47 empleados. En dicho cabildo se planteó el problema de la cesantía. Se dijo que el Gobierno debe tomar las medidas necesarias, no sólo para evitar la cesantía de los trabajadores, sino para que la compañía pague todos los emolumentos atrasados, que son aproximadamente de dos meses. Son 360 millones de escudos los que adeuda la empresa por concepto de imposiciones al Servicio de Seguro Social, lo que impide a> un considerable porcentaje de trabajadores recibir los subsidios correspondientes en caso de enfermedad, y a quienes han cumplido con el plazo establecido en la ley, acogerse a los beneficios de la jubilación. Todos los oradores fueron claros y terminantes en sus declaraciones, en el sentido de hacer presente al Supremo Gobierno que los trabajadores no sólo desean que se les paguen sus remuneraciones y se pongan sus libretas al día. Solicitan, también, fundamentalmente, que antes que el Gobierno, si así lo estima conveniente, autorice la paralización de faenas, proponga una solución que permita ofrecer trabajo dentro del departamento a quienes laboran actualmente en ese centro industrial. Sabemos que la paralización de faenas significará la disminución de la carga del ferrocarril de Catalina a Taltal, lo que determinará, por su parte, la disminución del personal de ese servicio, y afectará considerablemente a los pocos días de trabajo que hoy laboran los obreros, estibadores y lancheros del mismo puerto, con graves consecuencias, por ende, para los comerciantes y para la propiedad, que como consecuencia de la cesantía, sin lugar a dudas tendrá una fuerte desvalorización. Las conclusiones de ese cabildo dicen como sigue : "El pueblo de Taltal, convocado por la Ilustre Municipalidad y Centro para el Progreso de esta ciudad, con asistencia de parlamentarios de la provincia; delegación masiva de obreros de la Oficina "Flor de Chile"; representantes de todos los sindicatos del departamento y de la Central Unica de Trabajadores, acordó lo siguiente: "Primero: solicitar al Supremo Gobierno, mantenga en actividad la Oficina "Flor de Chile", pues su posible paralización, no sólo significaría un serio golpe para los obreros y sus familiares de esta Oficina, sino que incidiría negativamente en toda la economía del departamento; "Segundo: pedir la urgencia en la instalación de nuevas fuentes de producción, ya planteadas en memorándum anterior-res, como son: instalación de una planta de ácido sulfúrico, refinería de cobre, apertura del camino costero, la racionalización de la industria pesquera, la intensificación de un plan de fomento y prospección de la pequeña minería y otorgamiento del decreto de instalación de la Compañía Santa Fe en el Mineral Santo Domingo, del departamento de Taltal; "Tercero: mantener al pueblo movilizado, junto a sus autoridades y parlamentarios, hasta lograr una completa estabilización de la economía del departamento, solicitando la cooperación solidaría de todos los trabajadores de la zona; "Cuarto: solicitar una audiencia a Su Excelencia el Presidente de la República, para tratar los graves problemas del departamento de Taltal. Taltal, 25 de noviembre de 1966." Firman los señores Victoriano Quinteros, presidente del Centro para el Progreso; Belmor Rojas Iriarte, Alcalde de la comuna, y la señorita Florylly Escobar Reyes, secretaria municipal. Solicito que se transcriban mis observaciones al Ministerio respectivo, con el fin de que no autorice la paralización de la Oficina "Flor de Chile" mientras no se asegure a los obreros un trabajo estable dentro del departamento. El señor GARCIA (Vicepresidente).- De conformidad con el Reglamento, se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría. ANALISIS DE LA POLITICA DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE. OFICIO. El señor CONTRERAS (don Víctor).-A continuación, por circunstancias muy ajenas a mi voluntad, me veo obligado a formular algunas observaciones relacionadas con la Empresa Portuaria de Chile. Quise hacerlas presente directamente al Subsecretario de Transportes; pero, por desgracia, en dos oportunidades me fue negada la audiencia correspondiente. En la tercera ocasión, el Subsecretario, por intermedio de su secretaria, me pidió que planteara estos problemas al director de la Empresa. Consecuente con mi actitud de siempre de representar a las autoridades pertinentes las necesidades de los trabajadores, solicité, por medio de la funcionaría mencionada, una entrevista con el director de la Empresa Portuaria, pero este señor arguyó que no me podía recibir. Como sólo me quedaba recurrir al portero del Ministerio para plantear el problema -no es mi propósito rebajar su condición de tal, pues miro su actividad con todo respeto-, no me fue posible dar a conocer mis observaciones. Por ello, ahora me veo obligado a intervenir en el Senado con relación a dicha empresa. Un análisis de la política de la Empresa Portuaria de Chile, su funcionamiento y operación financiera, se ha iniciado hace tiempo por la Cámara Marítima y también por parte de algunos círculos ultrarreaccionarios ligados a los intereses norteamericanos. Necesariamente, los enfoques hechos por los capitalistas o los planteamientos de los voceros del imperialismo reflejan la realidad como espejos deformantes con propósitos determinados por sus intereses egoístas. La Cámara Marítima busca poner más y más al servicio de los usuarios -compañías particulares que tienen en sus manos el negocio de embarque y entrada de mercaderías- a la Empresa Portuaria de Chile. Los voceros del imperialismo, por su parte, van más allá: en su afán de acentuar el dominio norteamericano sobre nuestra economía, persiguen lisa y llanamente la desnacionalización de los puertos, que irían a parar a manos extranjeras, en perjuicio, inclusive, de los armadores y capitalistas nacionales. Es indispensable hacer algunos alcances en torno de la Empresa Portuaria, de sus problemas y de las inquietudes de sus obreros y empleados, y dar a conocer, aunque sólo sea en sus líneas centrales, la posición de sus trabajadores. Los trabajadores no pueden ser ajenos a la suerte de la Empresa Portuaria. Por el contrario, les interesa profunda y vitalmente, no sólo por ser su fuente de trabajo y por encontrarse ligado su destino, desde ese punto de vista, a su empleador, sino también porque entienden que la existencia de la Empresa es importante y conveniente a los intereses nacionales. Saben que en EMPORCHI se han invertido enormes sumas de dinero; un largo camino se ha andado en poco más de medio siglo y se han equipado en forma moderna y eficiente varios puertos, especialmente Valparaíso, San Antonio, Talcahuano, An-tofagasta y, ahora, Arica. Este planteamiento patriótico, consecuente y genuino, no oscurece el criterio de los trabajadores. Ellos comprenden que hay muchas deficiencias. Es más: estiman que en gran medida la mantención de ese estado de cosas da margen a los enemigos para desprestigiar a la Empresa; lleva agua a los adversarios del sector estatal de la economía; hace el juego, en suma, a los que quisieran ver a EMPORCHI en manos de los intereses particulares interesados en su control o su liquidación. En su Mensaje del 21 de mayo de 1965, el Presidente de la República decía: "El país carece de una política general de transportes, así como también de las que corresponden a cada una de las ramas que integran el sector". Y caracterizaba la situación de EMPORCHI durante el Gobierno anterior, en estos términos: "La Empresa Portuaria se encontraba con una reducida productividad, la que disminuyó en 28% desde 1960. Mientras tanto que la carga manejada por la Empresa se ha mantenido constante a lo largo del tiempo y que se han mecanizado las operaciones, el personal ha aumentado rápidamente en lugar de disminuir, y el sistema de remuneraciones se ha deteriorado a un grado tal que los trabajadores, alquilan sus cargos, explotando a otros trabajadores." ¿Qué ha hecho el Gobierno para superar esta situación que tan duramente describía, inputando incluso a los trabajadores vicios inexistentes entre los portuarios, como los "medios pollos"? ¿Ha elevado la productividad de la Empresa? ¿Ha formulado una política seria y progresiva de transportes? Podemos decir, sin exagerar, que la crisis orgánica de la Empresa no ha mejorado, y que los problemas se han agravado en los últimos meses, a pesar de haberse puesto en marcha con bombos y platillos lo que se ha querido presentar como una nueva política orgánica y laboral del Gobierno de la Democracia Cristiana. Hace exactamente año y medio, con el pretexto de la aplicación de nuevos sistemas operacionales y financieros, se tomaron medidas contra los trabajadores del puerto de Valparaíso, medidas que provocaron un virtual "lock-out", debiendo mantenerse cerrado el puerto durante 45 días. Se dijo entonces que el Departamento de Cooperación Técnica de la Corporación de Fomento aconsejaba la reducción del personal a fin de promover la racionalización de las faenas. Por resolución Nº 714, la Empresa impuso la jubilación prematura de 568 obreros, la mayoría de los cuales estaba en plena posesión de su capacidad de trabajo y tenía años de experiencia en el trabajo portuario. En Valparaíso se dio, pues, comienzo a la aplicación de la nueva política orgánica de la Empresa. El "lock-out" se llevó adelante, como se recordará, por la fuerza, y se desencadenó la represión sobre los trabajadores y sus familias. El costo económico de estas acciones conviene repetirlo, aunque se haya dicho muchas veces: pérdidas el erario de alrededor de 75 millones de escudos, equivalentes al total de los gastos anuales de EMPORCHI, incluyendo pagos de sueldos y salarios, inversiones en repuestos, maquinarias y demás materiales de trabajo. En medio de la polémica pública desencadenada en torno del conflicto, la propaganda oficial y oficiosa se esmeró por presentar a los trabajadores portuarios como un hato de holgazanes que ganaban rentas fabulosas y que, ante la amenaza de reducir los costos y ampliar el margen operativo de las faenas, se sentían amenazados y organizaban la resistencia orientados por los extremistas para quebrar la mano al Gobierno. Se enfatizó hasta el cansancio en que sólo se trataba de racionalizar el trabajo. Sin embargo, pronto pudo comprobarse que simplemente se había buscado crear vacantes para pagar favores de tipo político y que no existían, en realidad, ni el deseo ni la voluntad de racionalizar en forma efectiva el trabajo portuario. Ya durante el conflicto, se contrataron 740 obreros, que después fueron mantenidos en sus puestos. Hasta abril de este año, la Empresa ha contratado 1.342 nuevos operarios y 274 empleados, la mayor parte de los cuales han sido concentrados en Valparaíso. Mal podrían, entonces, en lo que a esto atañe, haberse abaratado los costos de embarque y desembarque. Es claro que en este rubro han aumentado dichos costos, con relación a lo existente en junio del año pasado. Estos aspectos no son, evidentemente, los más importantes, aun cuando han traído una serie de consecuencias que analizaremos más adelante. Queremos referirnos a otros puntos. Esta clara tendencia burocrática va aparejada de una verdadera dualidad de administración que se advierte en forma principal en Valparaíso. Se creó allí una Oficina de Planificación de Embarque y Desembarque que, en los hechos, ha venido a entorpecer la agilidad de los trabajos diarios. Se han "jibarizado" las nombradas diarias de movilizadores, con lo cual se han elevado artificialmente los valores que obtienen los trabajadores que tienen la suerte de tener trabajo, en tanto quedan a diario entre 150 y 200 movilizado-res manuales y mecanizados al margen de las faenas, siendo perjudicados brutalmente en sus remuneraciones mensuales y creándose, además, un ambiente poco fraterno que sirve de caldo de cultivo a las maniobras divisionistas de la dirección de la Empresa. Intimamente ligado a las actividades de la Oficina de Planificación de Embarque y Desembarque, está el hecho de que la Empresa, so pretexto de no disponer del utilaje necesario, ha autorizado a algunas compañías usuarias para ocupar sus propias maquinarias con su personal, lo que priva de trabajo al personal portuario, situación que se advierte también en Arica, Talcahuano, Iquique, San Antonio, Anto-fagasta y Punta Arenas, y que reviste mucha gravedad, no sólo desde el punto de vista de significar una competencia no prevista por parte de las compañías particulares, sino también de representar un primer paso en el camino de la liquidación de la Empresa Portuaria. Solicito, a propósio de esta materia, dirigir oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, a fin de que la EMPORCHI informe de las condiciones en que se ha autorizado la operación de los usuarios, del menor ingreso que por tal concepto sufren los trabajadores y la propia Empresa y de las razones que habrían determinado esa medida. Sin duda, en estos problemas tiene responsabilidad insoslayable la dirección de la Empresa. Se advierte, en Valparaíso y en otros puertos, falta de vagonetas, carros para la movilización, horquillas, "pallets", grúas móviles y repuestos. En Valparaíso, por ejemplo, se cuenta apenas con tres locomotoras para todos los trabajos de movilización, y es corriente que quede una sola para la atención de los sitios 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Las grúas de los sitios 1, 2 y 3 de Valparaíso fallan en forma constante, y de las doce existentes, no trabajan más de ocho en forma continua. Las grúas Nºs. 1, 2, 12 y 14 están fuera de servicio hace mucho tiempo, las Nºs. 36 y 37 del sitio C están paralizadas desde hace seis meses, y las del sitio B funcionan en su mayoría sin "mufas" y sólo con cables improvisados y peligrosos. Es notoria, también, la falta de grúas móviles tipo Cole o Yales. Por otra parte, es frecuente observar mal aprovechamiento de los equipos. Así, por ejemplo, en el sitio 4, se instalaron seis grúas nuevas, de las cuales sólo trabaja la mitad, por escasez de electricidad. Las otras están inactivas, lo que significa mantener sin uso un material carísimo que el puerto necesita con urgencia. La falta de dirección y coordinación de los trabajos, los problemas de atocha-miento, la ausencia de sincronización de horarios, la carencia de un reglamento de atraque de naves e, incluso, los problemas de orden y aseo que se advierten, hablan muy mal de la dirección de la Empresa. Estas fallas existen, no por culpa de los trabajadores ni porque las empresas estatales necesaria y fatalmente hayan de ser ineficientes. Se deben, simplemente, a que en EMPORCHI se ha instaurado un sistema de trabajo y administración que no responde a los intereses del país, que no se orienta hacia una perspectiva clara de acuerdo con la importancia de sus funciones y a que la Dirección se ha enfrascado en una lucha proselitista, y no considera para nada la voluntad y la experiencia de los obreros y empleados portuarios, justamente alarmados por la marcha de la Empresa. Es más, en las ocasiones en que los obreros han dado a conocer su inquietud y propuesto soluciones, han encontrado la más completa indiferencia por parte de los funcionarios responsables. Se sabe de trabajadores que, preocupados por los verdaderos cementerios de maquinarias diseminados en diferentes sitios, han ofrecido su concurso basado en la experiencia adquirida con elementos y maquinarias similares, y no han sido tomados en cuenta. Debo destacar que existen, en los puertos, operarios perfectamente capacitados para emprender estos trabajos, y que en ocasiones anteriores han reparado locomotoras, grúas eléctricas, grúas móviles, ascensores y vehículos, incluso, por supuesto, automóviles particulares de los altos funcionarios. La mala administración de la Empresa no se demuestra solamente en estos aspectos. Resalta con nitidez en lo relativo a la actitud de la dirección hacia los trabajadores. Desde el comienzo de la administración que se hizo cargo de la Empresa durante el actual Gobierno, se ha buscado introducir y consagrar el paralelismo sindical entre los trabajadores; se ha pugnado por dividirlos, con el objeto de debilitar sus organizaciones y sacar partido conforme a las orientaciones reaccionarias de la política oficial. Un verdadero plan piloto, cuyos resultados están a la vista, se ha llevado a cabo. En los días del movimiento portuario en Valparaíso, EM-PORCHI creó un nuevo organismo que agrupa a los obreros contratados después del 24 de junio del año pasado y al cual ha tratado de favorecer abiertamente, por medio de privilegios y ventajas para sus asociados. Entre los trabajadores portuarios, se aprecia en toda su fuerza el trabajo de penetración y discriminación ideológicas en que se ha embarcado el Gobierno. No me voy a referir ahora a los abusos cometidos en la estructuración de la planta de empleados, en la que funcionarios ingresados hace menos de dos años pasaron a la planta administrativa atropellando a empleados antiguos y eficientes. Quiero detenerme, particularmente, en lo atinente a la planta de obreros auxiliares del puerto de Valparaíso. Ha sido una antigua aspiración de los obreros de ese puerto la estructuración de escalafones y plantas del personal que ponga término al estado de inseguridad en que se encontraban y a las arbitrariedades que debían soportar. Ya en el mes de febrero de 1965, la Contraloría General de la República, por dictamen Nº 14.319, había resuelto que la aplicación del artículo 36 de la ley Nº 15.702 con relación a las normas de la ley Nº 10.676, permitía incluir a los obreros eventuales en la planta de movilizadores que esa ley establecía. Una vez terminado el conflicto en la forma que sabemos, el problema se planteó con mayor complejidad por el hecho de que, como dijimos, ingresaron más de 700 nuevos trabajadores amparados por la dirección. Era necesario, entonces, determinar cuáles tenían prioridad: si los antiguos o los recién llegados. Al conversar estos puntos con la dirección, no se llegó a ningún acuerdo, por lo que fue necesario subir hasta el Subsecretario de Transportes, quien manifestó textualmente a los obreros que la Empresa haría lo que la Contraloría General dictaminara. Esta se pronunció, a requerimiento de la Empresa y de la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios, por dictamen Nº 98.917, de 28 de diciembre del año pasado, expresando que no podía compartir la interpretación que hacía la Empresa en el sentido de que se encontraban en igualdad de condiciones todos sus obreros, sin atender a la antigüedad. Reafirmó el dictamen Nº 14.319 y dijo que aceptar el planteamiento de la Empresa significaría que "bastaría con designar a un extraño para movilizador auxiliar para que automáticamente quedara habilitado para su ingreso a la planta en desmedro de los que ya habían adquirido esa preferencia, burlándose de este modo la garantía con que la ley quiso favorecer al personal... " En sus conclusiones, la Contraloría precisaba sin sombra de duda: "la Empresa Portuaria de Chile debe respetar la preferencia que confiere el inciso 2º del artículo 11 de la ley Nº 10.676 a sus movi-lizadores auxiliares cualquiera que sea la denominación interna que les asigne, para el ingreso a la planta respectiva, debiendo promoverlo a ella por estricto orden de antigüedad." El criterio de la Contraloría es perfectamente claro y se ajusta a los términos y al espíritu de las leyes 10.676 y 11.764. A pesar de ello, la Empresa no ha dado cumplimiento. Esta actitud, que no sería rara desde el momento en que la dirección de EMPORCHI ha mantenido, con el respaldo del Gobierno, una actitud de verdadera rebeldía ante los planteamientos del organismo contralor, ofrece la novedad de que la dirección ha rechazado también las distintas fórmulas de arreglo que han propuesto los trabajadores luego de conversaciones directas entre el Consejo Local Portuario "José Mariano Valenzuela" y el organismo paralelo denominado "Unioport". En el hecho, esta situación causa un daño enorme a 164 movilizadores auxiliares que fueron contratados entre los años 1961 y 1965; la mayor parte en 1961 (84 obreros) y 62 (71), y los 9 restantes en los tres años siguientes. Repito: a pesar de que en las conversaciones realizadas entre la "Mariano Valenzuela" y "Unioport", se ha llegado al acuerdo de llenar las 278 vacantes con los 164 trabajadores antiguos y con personal nuevo, la Empresa hace oídos sordos. Yo pregunto: ¿qué razones puede tener ese organismo para no dar cumplimiento, en 18 meses, a los dictámenes de la Contraloría? ¿Qué motivos valederos puede aducir para no cumplir los compromisos contraídos por el director de la Empresa y el propio Subsecretario de Transportes, en circunstancias de que los mismos trabajadores han llegado a un acuerdo? Como si ello fuera poco, en los ascensos de los obreros dentro de las plantas se ha procedido, en la mayor parte de las ocasiones, con criterio abiertamente político, al nombrarse para cargos de alta responsabilidad, como son los jefes de grupos, capataces y contramaestres, a obreros nuevos que no tienen ni la capacidad ni la experiencia indispensables. Los obreros antiguos del ex Servicio de Explotación de Puertos han sido postergados en sus aspiraciones legítimas; se han transformado en verdaderos parias dentro de la Empresa. Hay en estos momentos, en Valparaíso, 156 de esa calificación que están en los mismos grados que tenían el año 1962. Han sido "congelados" por la Dirección en los grados 15, 16 y 17, mientras los trabajadores que ingresaron durante el conflicto o después de él, pertenecientes al Partido de Gobierno o apadrinados por él, han sido asimilados, en 85% de los casos, entre los grados 9 y 14. Estas postergaciones, que constituyen una abierta persecución, violan los términos del acto que puso fin al conflicto del año pasado, la que establecía en su cláusula novena: "las partes acuerdan que no habrá represalias para ningún sector de los obreros portuarios". Es claro que las represalias no sólo pueden identificarse con los despidos. Hay también formas disimuladas, sutiles y solapadas. Se persigue también cuando se posterga a un trabajador en los ascensos a que tiene derecho; si se discrimina en los nombramientos; si se le niega el acceso a la planta que se quiera abrir para los recién ingresados. Por medio de la discriminación se ejerce indirectamente la represalia. No se crea que esta situación existe sólo en Valparaíso: es también una realidad vergonzosa en los demás puertos del litoral atendidos por EMPOR-CHI. Hay más. Esta actitud discriminatoria ha repercutido en los trabajadores que debieron jubilar prematuramente por voluntad de la Empresa. Hasta el momento, a más de la mitad de esos trabajadores no se les han liquidado sus jubilaciones. Un año y medio no ha sido suficiente para cumplir lo dispuesto en la ley Nº 16.375, y ello, casi exclusivamente porque la Empresa no ha destinado el personal necesario para atender estos trámites urgentes que ya parecen un vía crucis. Apenas se han destinado dos funcionarios a este trabajo, los mismos dos que han debido elaborar la planta de empleados, y los mismos encargados de estudiar la planta de obreros. ¿Podría achacarse esto exclusivamente a lenidad o a la impresionante incapacidad administrativa de que hace gala la direción? Creemos que hay algo más: que a la Dirección no le interesa realmente la suerte de estos trabajadores, ya que ve en ellos a adversarios políticos a los cuales hay que combatir por todos los medios. Antes de continuar, quiero señalar un hecho curioso: cuando se trata de plantear al director de la Empresa los problemas que he reseñado aquí u otras cuestiones parecidas, este funcionario se dedica a sacar el cuerpo a los trabajadores; lisa y llanamente, los tramita. Entonces, los afectados buscan a algún parlamentario que los ayude a conseguir entrevistas con los funcionarios superiores, con el Ministro de Economía o con el Subsecretario de Transportes. Conversar con el señor Santa María es prácticamente imposible: vive en tales alturas que se ha convertido en un verdadero personaje celestial. Y el señor Subsecretario de Transportes, cortésmente, se excusa alegando que antes debe hablarse con el director de EMPOR-CHI. En resumen, se juega al compra-huevos. A mí me ha tocado sufrir estas evasivas. Es legítimo pensar que ellas son demostración de que no hay verdadero interés por abordar los problemas de la Empresa; que existe, en cambio, una mentalidad rutinaria, quietista, en virtud de la cual los altos funcionarios eluden las dificultades y se conforman con que las cosas vayan saliendo de una manera u otra; bien o mal, no importa. Lo que cuenta es tener el respaldo del Gobierno y hacer creer que todo es armonía y eficiencia en el servicio. Aprovechándose del divisionismo que patrocina, el Gobierno adopta medidas que envuelven riesgos muy serios para los trabajadores. El 23 de septiembre pasado, por decreto Nº 377 del Ministerio de Economía, Subsecretaría de Transportes, se ha creado el Comité Coordinador Ferro-portuario de Arica, que tendrá como objetivo fundamental, según se expresa, "coordinar las actividades entre el puerto de Arica y el Ferrocarril de Arica a la Paz, de modo de lograr un mejor aprovechamiento de los factores humanos y materiales de que disponen los respectivos servicios". Eso es, por lo menos, lo que dice textualmente el decreto. A dicho Comité corresponde, especialmente, entre otras facultades, estudiar la actual organización del trabajo portuario y ferroviario de Arica, y proponer, en cuanto sea posible, su integración en un solo sistema combinado de labores; propender al perfeccionamiento de la carrera funcionaría, tanto en el puerto de Arica como en el Ferrocarril de Arica a La Paz; escuchar a los servicios respecto de sus necesidades de personal, y emitir recomendaciones sobre la materia, velando por que cada servicio considere la posiblidad de llenar sus vacantes con personal trasladado de otro, etcétera. En este Comité, que tiene atribuciones tan amplias, y sobre cuya justificación todavía no tenemos formado criterio, no se ha dado la menor representación a los trabajadores portuarios ni ferroviarios. Tampoco se ha establecido ningún resguardo en orden a conservar las remuneraciones y el régimen previsional de los obreros y empleados, y ni siquiera se ha señalado qué ocurriría en caso de que se pretendiera hacer reducciones del personal. Ahora mismo hay en marcha nuevos atentados contra los trabajadores. Se conoce el anteproyecto previsional del Gobierno, que es una amenaza de grandes proyecciones a las conquistas duramente logradas por los obreros y empleados. En el propio proyecto de reajustes, aparte la virtual congelación que establece y que es una nueva estabilización de la miseria, se contienen disposiciones que afectan a los beneficios previsionales de los trabajadores portuarios. Se habla ya de reestructuraciones y se hace ostentación de la mano dura. Deseo hacer hincapié sobre las atribuciones especiales de integración del referido Comité, entre las cuales está consignada la de efectuar traslados de personal de una a otra sección. ¿Acaso el trabajo portuario, consistente en labores específicas, ejecutado por personal con gran capacidad y experiencia adquiridas a lo largo de muchos años, puede compararse con el trabajo de los ferroviarios, con el de los que clavan durmientes y reparan la línea? A mi juicio, son labores distintas, y no procederían los mencionados cambios de sección. No hemos querido detenernos en la persona del señor director de la Empresa, cuyas actuaciones han estado y están en tela de juicio. Los problemas son de tal magnitud que trascienden la persona de un funcionario y representan toda una tendencia peligrosa que se advierte desde hace tiempo en el Gobierno. Por una parte, se trata de una ofensiva destinada a fomentar el paralelismo y dividir a los obreros y empleados, introduciendo el proselitismo y transformando a los trabajadores en adversarios alineados conforme a sus ideologías políticas o religiosas, con miras a llevar adelante los planes reaccionarios para arrebatarles sus conquistas, liquidar sus beneficios previsionales y encuadrarlos rígidamente en los marcos de la política económica del Gobierno, que tiende, en lo fundamental, a rebajar el poder de compra de las masas, en disminuir su nivel de vida como precio para detener la inflación. Los comunistas no somos contrarios a los trabajadores democratacristianos ni estamos dispuestos a hacer el juego a la Empresa ahondando las brechas que ella trata de crear. Estimamos que todos los trabajadores de la EMPORCHI tienen problemas comunes que deben ser abordados en forma unitaria. Estamos ciertos de que las exigencias de la lucha irán creando las bases para lograr una unidad orgánica, desde la base, que permita modificar éstos y otros problemas existentes hoy en día. Por otro lado, sobre esta base de paralelismo y debilitamiento de las organizaciones de trabajadores, la EMPORCHI mantiene y acentúa una serie de deficiencias que conspiran contra su funcionamiento y desprestigian a este organismo estatal. Conservan plena validez las palabras del Mensaje en que se proponía la creación de una Empresa Nacional de Puertos, en el año 1957: "El transporte marítimo es un medio indispensable e irreemplazable dada la configuración geográfica del país, su distancia de los más importantes centros mundiales de producción, la falta de elementos terrestres adecuados y la diversidad de producción de las distintas zonas del país. Es interesante destacar que más del 90% del comercio externo de la Nación se realiza por vía marítima y que para algunas regiones del país es el único medio practicable de transportes." Con esta perspectiva deben afrontarse los problemas portuarios, integrados - claro está- a una política general de transportes, vertebrada y progresista. Estimamos que en su formulación los trabajadores tienen un lugar muy importante que ocupar por medio de sus organizaciones gremiales. La eficiencia administrativa, la modernización de los equipos, la construcción de nuevas instalaciones no son contradictorias con los intereses de los trabajadores. Ellas deben ser abordadas a la brevedad, sin sacrificar a los obreros y empleados que entregan su esfuerzo y capacidad al trabajo portuario. Debe buscarse una fórmula que permita a los usuarios contribuir efectivamente al progreso de los puertos del país. Lo mínimo que se puede pedir a las compañías que obtienen utilidades inmensas en el embarque y desembarque de sus mercaderías, es que paguen derechos a tono con los existentes en todos los puertos del mundo, con cargo a sus ganancias. El sector de los usuarios -compañías importadoras, casas embarcadoras, etcétera, constituye uno de los grupos importantes de la oligarquía financiera en nuestro país. Que se sepa: el Gobierno no contempla ni remotamente la posibilidad de limitar sus utilidades y exigirles una contribución adecuada para el fomento y desarrollo de una política portuaria. Los usuarios de los puertos se han llevado hasta el momento la parte del león. Durante todo el siglo pasado y comienzos de éste, no se preocuparon de la construcción de puertos ni instalaciones, sino que clamaron por que el Estado tomara en sus manos esta tarea. Hacia 1902 había en Chile apenas un total de 122.414 metros cuadrados de muelles, de los cuales 60% era de propiedad extranjera, y 20%, más o menos, de propiedad particular. Posteriormente el fisco inició grandes constracciones y habilitó puertos artificiales de gran importancia; los equipó de maquinarias y construyó almacenes. Pues bien, en el año 1951 -antes también lo habían intentado- la Cámara Central de Comercio, la Cámara Marítima y la Asociación de Armadores patrocinaron un proyecto sobre creación de una empresa privada para la adminisración de los puertos, condicionada en su nacimiento a un amplio plan de inversiones que, naturalmente, debía emprender el Estado y sobre la base de un conjunto de franquicias y privilegios tributarios para compensarles el verdadero sacrificio que se aprestaban a realizar. Felizmente una verdadera movilización nacional detuvo tales intentos, pero no pudo obtenerse que se amarraran las manos a estos grandes tiburones, quienes han continuado haciendo grandes negocios gracias a las tarifas baratas que les impone la Empresa y a los precios que cobran por sus servicios. Precisamente, deben ser los obreros y empleados quienes, unidos al conjunto de los trabajadores del país, hagan claridad sobre esta materia y orienten sus luchas, sin distinciones políticas o religiosas, en defensa de sus intereses y por el fortalecimiento de la Empresa Portuaria de Chile. El señor GARCIA (Vicepresidente).- De conformidad con el Reglamento, se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría. Se levanta la sesión. -Se levantó a las 20.20. Dr. René Vuskovic Bravo, Jefe de la Redacción ANEXOS DOCUMENTOS 1 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE DESTINA RECURSOS PARA REALIZAR OBRAS DE ADELANTO LOCAL EN EL PUEBLO DE POMAIRE. Santiago, 23 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que destina recursos para realizar obras de adelanto local en el pueblo de Pomaire. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Nº 3020.- Santiago, 11 de octubre de 1966. V. E. ha tenido a bien comunicar al Gobierno por oficio Nº 1010, de 14 de septiembre del año en curso, y remitido con fecha 20 del mismo mes, que el H. Congreso Nacional prestó su aprobación al proyecto de ley que establece un Fondo Especial "Pomaire", para la ejecución de obras públicas en la localidad de ese nombre, pare el fomento de su producción artística autóctona. La denominación de dicho "Fondo Especial Pomaire" será dada a una cuenta corriente que abrirá el Banco del Estado de Chile a la orden de la Municipalidad de Melipilla. Para la finalidad que se persigue, se establece un impuesto de transferencia del 10% a los caballos fina sangre de carrera. El Ministerio de Hacienda, por oficio Nº 1065, de 4 de octubre del año en curso, ha informado, para los efectos de proponer el reemplazo del impuesto antes referido y que se contempla en el artículo 3º, en la forma que más adelante se propone. Asimismo, se ha considerado la rectificación manifiesta en el oficio Nº 7.467, de 22 de septiembre último, que ha sugerido esa H. Cámara de Diputados, en el sentido de otorgar la facultad de girar contra la cuenta corriente que se establece en el artículo 1º al Tesorero Comunal respectivo, de conformidad a las normas que se observan al respecto. En mérito de lo expuesto y teniendo presente lo establecido en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el referido proyecto de ley y lo remito a V. E. a fin de que tengáis a bien introducirle las siguientes modificaciones: 1.- En el artículo 1° reemplázase la frase "y sobre la cual podrá girar el Alcalde con el acuerdo previo de los dos tercios de los regidores en ejercicio" por la siguiente: "y sobre la cual podrá girar el Tesorero Comunal de Melipilla, ateniéndose a las normas aplicables en estos casos, conforme al acuerdo previo que al efecto adopte la Municipalidad por los dos tercios de los Regidores en ejercicio". 2.- Reemplázase el artículo 3º, por el siguiente: "Artículo 3°.- Establécese un impuesto especial de E° 20.- a la inscripción en el Stud Book de Chile, de la transferencia de animales de fina sangre. No se aplicará este impuesto cuando la inscripción corresponda a transferencia de animales que sean exportados. Este impuesto será recaudado por el Stud Book de Chile al momento de la inscripción y enterado en arcas fiscales en los quince primeros días del mes siguiente al de la inscripción.". Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei M.- Bernardo Leighton G. Observaciones del Ejecutivo: Artículo 1º Reemplazar la frase: "y sobre la cual podrá girar el Alcalde con el acuerdo previo de los dos tercios de los regidores en ejercicio" por la siguiente: "y sobre la cual podrá girar el Tesorero Comunal de Melipilla, ateniéndose a las normas aplicables en estos casos, conforme al acuerdo previo que al efecto adopte la Municipalidad por los dos tercios de los Regidores en ejercicio". La H. Cámara de Diputados ha aprobado) esta observación. Artículo 3º Reemplazarlo por el siguiente: "Artículo 3°.- Establécese un impuesto especial de Eº 20.- a la inscripción en el Stud Book de Chile, de la transferencia de animales de fina sangre. No se aplicará este impuesto cuando la inscripción corresponda a transferencia de animales que sean exportados. Este impuesto será recaudado por el Stud Book de Chile al momento de la inscripción y enterado en arcas fiscales en los quince primeros días del mes siguiente al de la inscripción". La H. Cámara de Diputados ha aprobado esta observación. 2 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY SOBRE APORTE DEL RENDIMIENTO DEL UNO POR MIL DEL IMPUESTO TERRITORIAL DESTINADO AL SERVICIO DE EMPRESTITOS MUNICIPALES. Santiago, 23 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputados ha tenido a bien desechar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley sobre aporte del rendimiento del uno por mil del impuesto territorial destinado al servicio de empréstitos municipales, y ha insistido en la aprobación de los textos primitivos; con excepción de las que consisten en sustituir, en el inciso segando, el guarismo "1965" por "1955", y en suprimir el inciso séptimo, que ha aprobado. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteras R.- Eduardo Cañas I. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Nº 2919.- Santiago, 27 de septiembre de 1966. Por oficio Nº 851, de 23 de agosto último, y remitido con fecha 29 del mismo mes, V. E. ha tenido a bien comunicar al Gobierno que el H. Congreso Nacional prestó su aprobación al proyecto de ley sobre aporte del rendimiento del uno por mil del impuesto territorial destinado al servicio de empréstitos municipales que, sin sujeción a lo dispuesto en el artículo 71 de la ley Nº 11.860, contrate cada Corporación El Ejecutivo concuerda con el propósito base del proyecto, cual es disponer de fondos para el servicio de los referidos empréstitos municipales, no así, con algunas disposiciones contenidas en el mencionado proyecto, que al efecto, han sido objetadas por el Ministerio de Hacienda. De acuerdo con lo anterior se sustituye en el inciso 2° el guarismo "1965" por "1955", se suprime en el inciso segundo la frase final "o en la realización de obras que sean acordadas por los dos tercios de los regidores en ejercicio de cada comuna." y se suprimen los incisos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º. Se ha estimado conveniente que el presupuesto de la Nación contemple en un ítem excedible, el aporte que corresponde al uno por mil del impuesto territorial que se determina en el decreto supremo Nº 2047, de 29 de julio de 1965, del Ministerio de Hacienda, para los efectos de servir los empréstitos municipales que se obtengan con cargo a esos recursos. En cambio, no se considera prudente que se establezca la omisión del trámite de una ley especial para la aprobación de cada uno de los empréstitos municipales, quedando cada Corporación Edilicia en libertad absoluta para contratarlos, pudiendo invertir estos empréstitos ya sea en gastos corrientes u otras inversiones extraordinarias, pues el inciso 2° y siguientes no establecen limitaciones al efecto. La exigencia de una ley que autorice la contratación de un empréstito, es un mecanismo razonable que ha exigido el legislador hasta la fecha, y sería aconsejable que el H. Congreso y el Ejecutivo mantengan su facultad de fiscalizar las deudas contraídas por el concepto señalado. Las consideraciones anotadas justifican la supresión de los incisos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7° y, en todo caso, el inciso 6° debe ser eliminado, pues cabe destacar a este respecto que su aprobación, además de producir un factor de perturbación en la buena administración del Banco Central de Chile, Banco del Estado de Chile y la Corporación de Fomento de la Producción, desde el punto de vista crediticio y monetario, puede distorsionar o alterar la política general, que en tales materias pueda adoptar el Banco Central de Chile. Atendidas las razones expuestas y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el referido proyecto de ley y lo remito a V. E. a fin de que tengáis a bien introducirle las siguientes modificaicones: 1.- Substituir en el inciso 2 el guarismo "1965" por "1955". 2.- Suprimir en el inciso 2º la frase final "o en la realización de obras que sean acordadas por los dos tercios de los regidores en ejercicio de cada comuna", y agregar después de la palabra "extranjera" un punto (.)., 3.- Suprimir los incisos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º. (Fdo.) : Eduardo Freí M.- Bernardo Leighton G. 3 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LAS MUNICIPALIDADES DE ANCUD, CASTRO, CHON-CH1, QUELLON, CHAITEN, ACHAO, QUEMCHI, DALCAHUE, QUEILEN Y CURACO DE VELEZ, PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. Santiago, 23 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a las Municipalidades de Ancud, Castro, Chonchi, Quellón, Chaitén, Achao, Quemchi, Dalcahue, Queilén y Curaco de Vélez, para contratar empréstitos, con excepción de la que consiste en sustituir, en el artículo 2º del proyecto, la frase: "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos" por la siguiente: "Para los efectos de los plazos de amortización de estos empréstitos, no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos.", que ha rechazado, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Acompaño los antecedentes respectivos, inclusive el oficio complementario de dichas observaciones Nº 3.001, de fecha 7 de octubre del año en curso. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Nº 2969.- Santiago-, 4 de octubre de 1966. Por oficio Nº 1011, de 15 de septiembre del año en curso, y remitido con fecha 20 del mismo mes, V. E. ha tenido a bien comunicar al Gobierno que el H. Congreso Nacional prestó su aprobación al proyecto de ley que autoriza contratar empréstitos, hasta por un total de Eº3.500.000, a las Municipalidades que a continuación se expresan, distribuido en la forma que al efecto se señala en su texto, para ser invertido en obras y aportes que redundarán en positivos beneficios de carácter local: An-cud, Castro, Chonchi, Quellón, Chaitén, Achao, Quemchi, Dalcahue, Quei-lén y Curaco de Vélez. El Ministerio de Hacienda ha emitido un informe con relación al Proyecto de Ley de anterior referencia, en el que formula las siguientes observaciones: Eliminar en el artículo 2º la frase "para lo cual no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos" y sustituir en el artículo 6º, inciso primero, las palabras "estos dos" por la palabra "dos". La primera corrección tiene por objeto, impedir que se deje abierta la posibilidad que los préstamos que se hagan en virtud de estas leyes, quiebran la política monetaria que diseña periódicamente el Banco Central de Chile y que fija las cuotas obligatorias de encaje, sobre las cuales no operan líneas de crédito. La segunda es corrección en la redacción del artículo 6º, para mayor claridad. Además, es necesario reemplazar el nombre de la Municipalidad de "Curaco" por "Curaco de Vélez", en el artículo 1° y en el artículo 6º, inciso l9 y final del mismo; asimismo, deberá rectificarse en el artículo 3º letra n) la denominación "Quinac" por la "Quenac". En mérito de lo expuesto y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el referido proyecto de ley y lo remito a V. E., a fin de que tengáis a bien introducirle las siguientes modificaciones: 1.- En el artículo 1° reemplázase la denominación "Curaco" por "Curaco de Vélez". 2.- En el artículo 2º, suprímase la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos". 3.- En el artículo 3º letra n) reemplazar la palabra "Quinac" por "Quenac". 4.- En el inciso primero del artículo 6°, reemplazar las palabras "estos dos" por la palabra "dos" y la denominación "Curaco" por "Curaco de Vélez", y en el inciso final del mismo artículo reemplazar, asimismo, "Curaco" por "Curaco de Vélez". Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei M.- Bernardo Leighton G. Nº 30001.- Santiago, 7 de octubre de 1966. Por oficio N° 2969, de 4 de octubre en curso, el Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere la Carta Fundamental, observó el proyecto de ley que autoriza contratar empréstitos hasta por la suma total de Eº 3.500.000, a las siguientes Municipalidades: Ancud, Castro, Chonchi, Quellón, Chaitén, Achao, Quemchi, Dalcahue, Queilén y Curaco de Vélez. Con relación a las observaciones formuladas en el veto mencionado, es necesario aclarar el texto de una de ellas, substituyéndolo por otro que permita a las Corporaciones Edilicias mencionadas colocar los empréstitos con las Instituciones Bancarias respectivas sin la restricción de los plazos para amortizarlos, pues, prácticamente, no podrían realizarse. De acuerdo con lo expuesto, vengo en retirar en la parte aludida el veto para proponeros una modificación, con lo cual el texto de las observaciones que se introducen, quedará sustituido, reemplazando el del oficio Nº 2969, por el siguiente: 1.- En el artículo 1° reemplázase la denominación "Curaco" por "Curaco de Vélez". 2.- En el artículo 2º, después de la palabra "señala" reemplázase la coma (,) por un punto (.) y substitúyese la frase "para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos" por esta otra: "Para los efectos de los plazos de amortización de estos empréstitos, no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos. 3.- En el artículo 3º letra n) reemplazar la palabra "Quinac" por "Quenac". 4.- En el inciso primero del artículo 6º, reemplazar las palabras "estos dos" por la palabra "dos" y la denominación "Curaco" por "Curaco de Vélez", y en el inciso final del mismo artículo reemplazar, asimismo, "Curaco" por "Curaco de Vélez". Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei M.- Bernardo Leighton G. 4 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 14.171, QUE ESTABLECIO IMPUESTOS A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS. Santiago, 22 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputado ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto que modifica la ley Nº 14.171, que estableció impuestos a los espectáculos públicos. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Nº 1081.- Santiago, 7 de octubre de 1966. Por oficio Nº 1022, esa H. Cámara de Diputados ha tenido a bien comunicar que el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al proyecto de ley que deroga el inciso 2º del artículo 30 de la ley 14.171, y establece en su artículo 2° que los espectáculos musicales y teatrales extranjeros gozarán de las mismas exenciones tributarias que los espectáculos teatrales y musicales nacionales. En uso de la facultad que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado vengo en formular las siguientes observaciones al mencionado proyecto de ley: Artículo 1° Suprimirlo. El artículo 30 de la ley 14.171, que grava los espectáculos actualmente exentos con un impuesto único de un 10% a exclusivo beneficio fiscal, tiene un rendimiento aproximado de Eº 3.000.000 para el año 1966 y está contemplado en la ley de Presupuesto de la Nación en la partida ingresos. Su derogación provocará un grave problema financiero, que en definitiva obligaría a buscar una nueva fuente de financiamiento, lo que no se estima conveniente, y por ende, se solicita suprimir el artículo 1º aprobado. Artículo nuevo Agregar el siguiente nuevo artículo: "Los artistas chilenos que no tengan residencia ni domicilio en Chile no pagarán impuesto adicional respecto de las rentas que perciban en el país por concepto de su actuación profesional personal". En consecuencia con el espíritu de este proyecto de ley de fomentar y difundir la venida al país de artistas de gran calidad, a fin de elevar el ambiente cultural, se estima que sería muy oportuno complementar sus disposiciones en el sentido de liberar de impuesto adicional a la renta a los artistas chilenos que tengan su residencia o domicilio en el extranjero y que efectúen recitales o representaciones en el país. Al efecto, debe tenerse presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62, inciso 2º de la ley de impuesto a la Renta, después de la modificación introducida por el artículo 122 de la ley Nº 16.250, la tasa del impuesto adicional que deben pagar las personas naturales extranjeras que no tengan residencia ni domicilio en Chile, es de sólo 10% en vez del 30%, precisamente, entre otras finalidades, para propender a que vengan al país artistas extranjeros, ya que les es aplicable esa disposición. De acuerdo con lo expuesto, el nuevo artículo viene a complementar el proyecto en análisis, y satisface esa misma finalidad respecto de los artistas chileno que tengan su domicilio o residencia en el extranjero. Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Eduardo Freí M.~ Domingo Santa María. 5 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR A LA CAJA DE RETIRO Y PREVISION DE LOS EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA REPÚBLICA LOS TERRENOS QUE SEÑALA, UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE SAN ANTONIO. Santiago, 22 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que desafecta de su calidad de bien nacional de uso público determinados terrenos en San Antonio para transferirlos a la Caja de Empleados Municipales de la República, con el objeto de que construya viviendas para los empleados municipales de San Antonio. La observación en referencia consiste en la desaprobación total del proyecto. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Texto, de las observaciones del Ejecutivo. Nº 4490.- Santiago, 28 de septiembre de 1966. Con Oficio Nº 1038, de 20 de septiembre del año en curso, se ha servido V. E. comunicar un Proyecto de ley aprobado por el H. Congreso Nacional, por el cual, en su artículo 1° se desafecta de su calidad de bienes nacionales de uso público los terrenos ubicados en el departamento de San Antonio que figuran en el Plano Nº 505 de esa localidad; y, en el artículo 2º se autoriza al Presidente de la República para transferir, en las condiciones que se señala, el dominio de dichos terrenos a la Caja de Retiro y Previsión de Empleados Municipales de la República. Después de estudiarlo, es posible anotar que en el artículo 1°, inciso tercero, del citado Proyecto, figura en los deslindes de los terrenos del Sector "B", dos veces el deslinde Norte, con distintas dimensiones y especificación. En virtud de lo expuesto y de acuerdo a lo prescrito en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en observar el Proyecto de Ley que me ha sido transcrito con el oficio de V. E. ya citado. Acompaño los antecedentes respectivos. (Fdo.) : Eduardo Freí M.- Jaime Castillo. Nº 4700.- Santiago, 10 de octubre de 1966. El Ministerio de Tierras y Colonización, mediante oficio Nº 4490, de 28 de septiembre de 1966, observó el proyecto de ley aprobado por el H. Congreso Nacional que V. E. comunicó con oficio Nº 1038, de 20 de septiembre de último, por el cual en su artículo 1° se desafecta de su calidad de bien nacional de uso público los terrenos ubicados en el Departamento de San Antonio, comuna del mismo nombre, que figuran en el Plano Nº 505 de terrenos fiscales del Puerto de San Antonio, Manzana Nº 68. En el artículo 2º del mismo proyecto se autoriza al Presidente de la República para transferir a la Caja de Retiro y Previsión de Empleados Municipales de la República, los terrenos signados como Sectores "A" y "B" de la citada Manzana Nº 68. Dicho proyecto de ley fue observado en razón de que en el artículo 1°, inciso tercero, al precisarse los deslindes del Sector "B" se consigna dos veces el deslinde Norte, no existiendo en el Ministerio del ramo, en el momento de recibirse la ley, antecedentes que le permitieran determinar cuál de estos deslindes es el correcto. Con postrioridad al envío de esta observación a la ley citada, el Ministerio de Tierras y Colonización ha reunido antecedentes que me permiten solicitar de la H. Cámara de Diputados que en definitiva rechace en su totalidad dicho proyecto de ley. 1736 En efecto, al examinarse el Plano Nº 505 de Terrenos Fiscales del Puerto de San Antonio, se observa que no obstante de que el proyecto menciona solamente la Manzana Nº 68, los Sectores indicados en él comprenden también la Manzana Nº 67. Además ambas Manzanas están comprendidas en una transferencia que el Fisco hizo a la ex Caja de la Habitación Popular, hoy CORVI, por Ley Nº 7783, de 1944. Conforme a la citada ley, la CORVI inscribió a su nombre los terrenos que se le transfirieron y construyó una población, quedando sobrantes y sin edificar precisamente los terrenos que mediante el proyecto se desea transferir a la Caja de Retiro y Previsión de Empleados Municipales de la República. Por otra parte, el Plano Regulador de San Antonio confeccionado en el año 1960 clasifica como "áreas verdes" estos mismos terrenos. De lo anterior se desprende que es previo a la dictación de la ley que se determine, en forma clara y precisa, la extensión y verdaderos deslindes de los Sectores a transferirse, como asimismo, que se compruebe si ellos están o no comprendidos en la inscripción que a su nombre hiciera la CORVI de los terrenos que le fueron transferidos por la Ley Nº 7783. Por último, será también necesario que la I. Municipalidad de San Antonio se pronuncie sobre la calidad de áreas verdes que el Plano Regulador, aprobado por ella, confiere a los Sectores "A" y "B", a objeto de que incluso, si fuere procedente, se modificara. Por las razones expuestas, me permito solicitar del señor Presidente se sirva considerar el presente oficio complementario al ya enviado con fecha 28 de septiembre ppdo., haciéndole presente a la H. Cámara que el Ejecutivo rechaza el proyecto de ley en referencia. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei M.- Jaime Castillo. 6 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE ORDENA VENDER A SUS ACTUALES OCUPANTES LAS CASAS DE LAS POBLACIONES "RAFAEL SAAVEDRA" Y "CAÑETE", DE VIÑA DEL MAR. Santiago, 23 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que ordena vender a sus actuales ocupantes las casas de las Poblaciones "Rafael Saavedra" y "Cañete", de Viña del Mar, construidas por la Corporación de la Vivienda y adquiridas por el Fisco; y ha insistido en la aprobación del texto primitivo. La observación en referencia consiste en la desaprobación total del proyecto. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Nº 1576.- Santiago, 11 de octubre de 1966. V. E. por oficio N° 1002 de 14 de septiembre en curso, remitido con fecha 20, ha tenido a bien enviar al Poder Ejecutivo un Proyecto de Ley, totalmente tramitado por el H. Congreso Nacional, que dispone que las 67 casas de la Población "Rafael Saavedra" y las 22 casas de la Población "Cañete", construidas por la Corporación de la Vivienda y adquiridas por el Fisco, ubicadas en la Comuna de Viña del Mar, sean vendidas a sus actuales ocupantes. En uso de las facultades que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en observar dicho proyecto por las siguientes razones: Las Instituciones Armadas de la Defensa Nacional, están vivamente empeñadas desde hace varios años a esta parte, en adquirir por intermedio de la Corporación de la Vivienda y Caja de Previsión de la Defensa Nacional, grupos habitacionales -cercanos a los Cuarteles- en las diferentes Guarniciones del país, a fin de poder solucionar el grave problema habitacional que se le presenta al personal de planta de las FF. AA. al recibir destinaciones por razones del servicio, a las diferentes Unidades, a fin de poder cumplir requisitos que le permitan seguir regularmente su carrera. Es así como las Guarniciones han ido adquiriendo grupos habitacionales, los que hoy constituyen un patrimonio de la Defensa Nacional. A pesar de estos esfuerzos, el déficit actual de viviendas fiscales, en las diversas Unidades es considerable, lo que impide a los mandos dar solución, a precios acordes con los sueldos de sus subalternos, a una de las necesidades más apremiantes de su personal, por la dificultad de arrendar propiedades particulares en las diferentes ciudades. Esto crea dificultades que se traducen en falta de tranquilidad para los afectados, para desarrollar las labores que le corresponden. Cualquier otra situación o iniciativa que contribuya a aumentar este déficit habitacional en los Institutos de la Defensa Nacional, entorpecerá los Planes previstos y retardará la solución definitiva de este agudo problema de la Defensa Nacional. Por otra parte, es preciso considerar que estas concesiones aisladas que se otorgan a grupos reducidos de personal, para vender propiedades fiscales a sus actuales ocupantes, crean precedentes que impulsan a otros pobladores militares a buscar la solución particular de su problema, en desmedro de los intereses del Fisco. El Ejecutivo, que trata de dar satisfacción adecuada a las aspiraciones de casa propia, de todo el personal activo y pasivo de la Defensa Nacional que consulta préstamos especiales a toda Comunidad o Cooperativa que se organice en las diversas Unidades, para operar en combinación con las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, con lo que se logra dar una solución justa y adecuada al problema habitacional particular. Por otra parte, este Organismo Previsional ha reglamentado sus préstamos hipotecarios para adquirir un bien raíz, formando con el personal que opta a estos préstamos, escalafones de puntajes, por años de servicio, cargas familiares, etc., constituyendo, en consecuencia, un trato discriminatorio cualquier otro procedimiento que se acepte y que permita obtener una casa habitación, eludiendo el sometimiento a este régimen que es el más equitativo que se ha logrado. El beneficio que obtendrán unos pocos servidores del Ejército, con la venta de las casas de las Poblaciones "Rafael Saavedra" y "Cañete", además de significar un grave impacto a la solución del problema habitacional que se pretende para toda la Institución, sólo beneficia a algunos Oficiales y Suboficiales, muchos de los cuales cuentan con escasos años de servicio y ocupan estas propiedades desde fecha reciente. Además, debe considerarse, que los actuales ocupantes de estas propiedades, por razones de su carrera militar, deberán recibir en plazos más o menos breves destinaciones a otras Guarniciones, lo que los obligaría a arrendar sus propiedades a particulares, desvirtuando totalmente el objetivo para el cual fueron construidas estas propiedades. La solución planteada en este proyecto de ley, de restituir al Ejército para el uso del personal activo, un número de casas que en total compense el valor actualizado por la Dirección de Impuestos Internos y en un plazo de tres años, no significa mantener la continuidad asistencial en materia habitacional, creando en consecuencia, un agudo problema al Regimiento Coraceros, Regimiento Maipo y Guarnición Militar de Valparaíso, que son las Unidades y Reparticiones cuyo personal casado usufructúa de estas casas fiscales. Es preciso, por otra parte, dejar constancia que la mayoría de las Poblaciones Militares Fiscales a lo largo del territorio nacional, han sido elegidas preferentemente por su ubicación cercana a los Cuarteles Militares y porque permiten tener en un solo sector a todo el personal de las Unidades, con lo que se facilita su seguridad, concurrencia masiva de sus ocupantes a los recintos militares, en caso de emergencia y facilidades para atender la satisfacción de las necesidades de Bienestar Social de sus pobladores. Nuevas poblaciones que se entreguen, ya no podrán cumplir en forma adecuada con este requisito de ubicación. Por tanto, ruego a V. E. tener por vetado el indicado proyecto de ley. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Freí M.- Juan de Dios Carmona. 7 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE ABONA UN AÑO POR CADA CINCO DE SERVICIOS A LOS EMPLEADOS Y OBREROS QUE TRABAJEN EN AMBIENTES CALIFICADOS DE TOXICOS. Santiago, 23 de noviembre de 1966. La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que abona un año por cada cinco de servicios a los empleados y obreros que trabajen en ambientes calificados como tóxicos, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo. La observación en referencia consiste en la desaprobación total del proyecto. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Texto de los observaciones del Ejecutivo. Nº 1169.- Santiago, 7 de octubre de 1966. Por oficio Nº 1031 de fecha 20 de septiembre último, remitido el 22 del mismo mes, V. E. me comunica que el H. Congreso Nacional ha prestado su aprobación a un proyecto de ley sobre abonos a los empleados y obreros que trabajen en ambientes calificados como tóxicos. Como lo ha manifestado en repetidas oportunidades, el Supremo Gobierno se encuentra abocado al estudio de la reforma integral de la Seguridad Social del país, con el decidido propósito de establecer un régimen asentado sobre bases racionales, en cuanto a las prestaciones que otorgue, e inspirado en sanos principios de redistribución de rentas y de justicia social. El proyecto de ley, que establece un nuevo sistema de abono de tiempo para la jubilación y el desahucio, en favor de los trabajadores que desarrollen sus actividades en ambientes calificados como tóxicos, sólo considera un aspecto parcial del complejo panorama que presenta la Seguridad Social chilena y, por consiguiente, su vigencia acarrearía un nuevo factor desfavorable para los efectos de realizar la reforma racional que se propicia. Los sistemas de abono de tiempo, de los cuales se encuentran numerosos ejemplos viciosos en nuestra legislación previsional, pretenden dar solución al problema del desgaste prematuro del trabajador por medio de una compensación que se otorga cuando el daño ya se ha producido. El enfoque moderno y correcto del problema está en evitar que el daño se produzca, adoptando las adecuadas medidas de carácter laboral que produzcan este efecto. Los estudios que se realizan en la actualidad por el Supremo Gobierno incluyen la conveniente solución de este importante problema, dentro de un marco coordinado de medidas de protección del trabajador. Cabe, además, señalar, que el proyecto en referencia adolece de otros defectos que conviene enumerar. El beneficio que se crea afecta a todos los sectores previsionales, sin establecer incompatibilidades con los sistemas de abonos vigentes, produciéndose -en muchos casos- un doble beneficio que no tiene ninguna justificación. Esta situación es especialmente notable en el grupo de los fotograbadores, que gozan de abonos desde uno hasta seis meses por año, y puede producirse además en otros sectores como los obreros de actividades mineras y de fundición, los trabajadores de la provincia de Magallanes y otros que disfrutan de distintos tipos de abono de tiempo. En cuánto al mecanismo de calificación de ambientes tóxicos, labor que se asigna al Servicio Nacional de Salud, queda sujeta a la intervención de los Juzgados del Trabajo, trasladándose al campo jurisdiccional una materia de técnica muy especializada, lo que no se encuentra conveniente desde el punto de vista de un sistema de Seguridad Social, correctamente concebido, que debe dar fácil acceso a los beneficiarios para obtener sus prestaciones. El proyecto no considera los efectos financieros que producirían sus disposiciones en las diferentes instituciones previsionales y, eventualmente, en el Fico en su calidad de pagador de pensiones, puesto que no establece ninguna forma de financiamiento. El impacto mayor lo recibiría el Servicio de Seguro Social, especialmente por el cambio de fórmula para calcular las pensiones, en que se tomaría el promedio de los 3 últimos meses en vez de los últimos 5 años como lo establece su ley orgánica. Como es de conocimiento público, las sucesivas cargas nuevas que se han dado al fondo de pensiones de este Servicio, sin adecuado financiamiento, lo tienen en una insostenible situación deficitaria, y es de todo punto inconveniente el recargarlo todavía más. Por último, en lo que se refiere al abono de tiempo para los efectos del desahucio, cabe señalar que el fondo con cargo al cual se paga este beneficio, financiado con una forma de ahorro individual, no podría afrontar el pago por tiempo no sujeto a aportes sin caer en desfinanciamiento, en desmedro de la gran masa de afiliados aportantes. Finalmente y en atención a las razones que se han señalado para desaprobar los artículos 1º y 3º de este proyecto, se hace innecesario el mantenimiento del artículo 2º que carecería, en estas condiciones, de relevancia jurídica. En mérito de las razones que anteceden y en uso de las facultades que me otorga el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, veto en su totalidad este proyecto de ley. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei M.- William Thayer A. 8 PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE EXIME DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A UN BIEN RAIZ DE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES. Santiago, 22 de noviembre de 1966. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Incluyese en la lista de las instituciones beneficiadas por la ley Nº 4.174 a la Sociedad Protectora de Animales "Benjamín Vicuña Mackenna"; la que, en consecuencia, queda exenta del pago de contribuciones por el bien raíz destinado a Clínica Veterinaria y Asilo de Animales Abandonados. La presente ley regirá a contar del 1° de enero de 1967." Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I. Sesión 26ª, en martes 29 de noviembre de 1966 Ordinaria. 9 INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE NORMAS POR LAS CUALES DEBERAN REGIRSE LAS JUNTAS DE VECINOS Y DEMAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS, Y CREA LA CONSEJERIA NACIONAL DE PROMOCION POPULAR. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de informaros acerca del proyecto de ley de ¡a H. Cámara de Diputados, iniciado en una moción, con trámite de urgencia calificado de ''simple", que establece normas por las cuales deberán regirse las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, y crea la Consejería Nacional de Promoción Popular. A las sesiones en que vuestra Comisión estudió esta iniciativa asistieron los Honorables Senadores Campusano y señores Gumucio y Prado, y los Ministros del Interior y de Tierras y Colonización, señores Bernardo Leighton y Jaime Castillo, respectivamente. Contamos, asimismo, con la colaboración de los asesores señores Sergio Ossa y Sebastián Vial. La iniciativa de ley en referencia consulta dos materias de contornos bien definidos. En efecto, en los cinco primeros títulos en que se agrupa su articulado configura la estructura legal de las organizaciones comunitarias. En el Título VI, que tuvo su origen en una indicación del Ejecutivo, presentada en la Cámara de origen en el segundo trámite reglamentario, crea la Consejería Nacional de Promoción Popular. En la redacción de este informe nos ajustaremos al siguiente orden: I. Las Organizaciones Comunitarias. II. La Consejería Nacional de Promoción Popular. III. Votación en general y fundamentos de votos. I.- Las Organizaciones Comunitarias. Se distinguen dos tipos de Organizaciones Comunitarias: las de carácter territorial y las de carácter funcional. Las de carácter territorial son las Juntas de Vecinos, entidades a quienes el proyecto reconoce como una expresión de solidaridad y organización del pueblo en el ámbito territorial para la defensa permanente de los asociados y como colaboradoras de la autoridad del Estado y de las Municipalidades. Con el nombre de organizaciones funcionales se define a otras organizaciones comunitarias, tales como Centros de Madres, Centros de Padres y Apoderados, Centros Culturales y Artísticos, Organizaciones Juveniles, Organizaciones Deportivas, Grupos Corales, Cooperativas y otras que tengan caracteres similares y que representen valores específicos de la comunidad vecinal. Ambas son sólo la base de una pirámide o el primer plano de una estructura que parte a nivel de la comuna: Uniones Comunales; para seguir a nivel de la provincia: Federaciones Provinciales, para terminar en un vértice a nivel nacional: Confederaciones. La supervigilancia y fiscalización de las organizaciones en general corresponderá al Ministerio del Interior, y gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de constituirse en la forma señalada por este proyecto de ley. Las Juntas de Vecinos, base de la organización territorial, sólo tienen de semejanza el nombre con las Juntas de Vecinos a que se refiere el artículo 31 de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades, pues éstas últimas son de carácter provisional y de vida efímera que, en ciertos y determinados caso, desempeñan idénticas funciones que un Municipio, con las atribuciones y deberes de éstos. En cambio, la proposición de ley que nos ocupa incorpora a la vida institucional del país a organismos privados que existen en poblaciones y barrios y que se autodenominan "Organizaciones o Juntas Vecinales". La Cámara de origen ha sido acuciosa al confeccionar las normas que atañen a la constitución y organización de las Juntas de Vecinos. Aunque la iniciativa corresponde a las personas que viven en la misma unidad vecinal, que es el territorio jurisdiccional de una Junta de Vecinos, se entrega a las Municipalidades el control en el desarrollo de este proceso. Si ellas no cumplen, interviene el Ejecutivo a través de los Gobernadores e Intendentes, a quienes corresponde también revisar decisiones por la vía de la apelación, sin perjuicio de que se deje entregado a los Alcaldes la facultad de resolver cualquier dificultad entre dos o más Juntas de Vecinos de su territorio jurisdiccional. Dentro de su ámbito, las atribuciones de las Juntas de Vecinos son amplias, del más distinto orden y están expresamente señaladas. A grandes rasgos, citaremos las de promover el progreso urbanístico y el desarrollo del espíritu de comunidad y solidaridad, entre los vecinos; organizar, promover o participar en la formación de cooperativas; colaborar con facultades fiscalizadoras en los servicios públicos con el objeto de asegurar adecuada prestación. En representación de los intereses de los vecinos, podrán realizar actos de orden patrimonial, incluso contratar créditos con Bancos Nacionales u organismos internacionales. Para hacer más efectiva su labor como promotoras del progreso urbanístico, se establece que la Unión Comunal de Juntas de Vecinos podrá defender la prelación del plan coordinador de las otras propuestas el que deberá incluirse en el presupuesto de la Corporación, en caso de que no se produjere acuerdo entre aquella y la respectiva Municipalidad. Así es como los representantes de la Unión Comunal podrán concurrir a las sesiones del Municipio en que dicho plan se trate y el parecer de aquella equivaldría a una cuarta parte de los Regidores en ejercicio, con calidad decisoria si se produjere empate. En todo caso, los Presidentes de las Juntas de Vecinos tendrán derecho a voz en las sesiones de la Municipalidad y en sus diversas Comisiones cuando se traten asuntos que se refieran o afecten a sus Unidades Vecinales. En lo que respecta a las Organizaciones Comunitarias funcionales, que son, como se ha dicho, las que representan intereses de otro orden de actividades, tales como culturales, deportivas, Centros de Madres, etc., el proyecto sólo consulta normas generales relativas a su constitución, dejando lo demás al Reglamento y, especialmente, a lo que dispongan los respectivos estatutos. Por otra parte, se establece expresamente que prevalecerán sobre las disposiciones de este proyecto las normas contenidas en leyes especiales relativas a organismos sujetos a regímenes jurídicos distintos. Pero como de acuerdo con la filosofía que informa la iniciativa en referencia, los valores específicos que promueven y representan las organizaciones comunitarias funcionales tienen en definitiva una misma meta con las de las organizaciones territoriales, se produce la integración desde la base, y es así como de los nueve miembros que componen las directivas de las Juntas de Vecinos, tres son representantes de las organizaciones funcionales, debiendo uno de ellos ser miembro de un Centro de Madres. Si bien el proyecto autoriza la formación y consagra la existencia legal de las Agrupaciones, Uniones, Federaciones, y Confederaciones de las organizaciones comunitarias desde el nivel comunal al nacional, como lo expresáramos anteriormente, la simple lectura del Título pertinente permite deducir que la Cámara de origen ha querido deliberadamente sólo trazar las líneas directrices de tales entidades, cuyo plano básico es la Junta de Vecinos. O sea, se ha pretendido no anticipar o forzar la constitución de dicha estructura, limitándose a abrir una vía legal para que el hecho se produzca naturalmente. Para hacer posible el funcionamiento de las organizaciones comunitarias, especialmente de las Juntas de Vecinos, que constituyen su esquema primario, se les concede ventajas o rebajas tributarias especiales ascendentes al 50% de impuestos fiscales y municipales, y, en algunos casos, exenciones totales y privilegio de pobreza. Para la construcción de sus sedes sociales, se les permite acogerse al D. F.L. Nº 2, de 1959, por el término de dos años. Si la superficie edificada excede del máximo permitido por dicho texto legal, el proyecto y planos respectivos requerirán de la autorización del Intendente de la provincia, previo informe favorable de la Corporación de la Vivienda. Se establece, además, que para la construcción, habilitación y equipamiento de tales sedes, se consultarán anualmente recursos en el Presupuesto de la Nación. II.- La Consejería Nacional de Promoción Popular. El Título VI del proyecto de ley en informe crea la Consejería Nacional de Promoción Popular, institución autónoma del Estado, persona jurídica de derecho público, con patrimonio distinto del Fisco, funcionalmente descentralizado y que se relaciona con el Gobierno directamente a través del Presidente de la República en la forma que determine este proyecto de ley y su Reglamento. A ella le corresponderá, de acuerdo con las normas que imparta el jefe del Estado, orientar la política de desarrollo social del país, en cuanto permita la incorporación de todos los sectores populares a la plenitud de la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Hasta aquí transcribirnos definiciones y conceptos consignados en la letra de la iniciativa en referencia. En seguida, nos detendremos a dar a conocer ciertas ideas fundamentales que, a juicio del asesor señor Sergio Ossa, a quien cupo en el debate el papel de expositor, constituirían la filosofía que informa esta nueva legislación. Ellas son ¡as que se indican en seguida: Si bien el país está estructurado desde el punto de vista político y administrativo, adolece de una deficiente estructura social. Eso da lugar a que no sea posible un enfrentamiento simultáneo y paralelo del proceso de desarrollo económico y del proceso de desarrollo social. Lo anterior es la causa de que nuestra democracia sea meramente formal, por cuanto un vasto sector de la población no participa del proceso en forma integral, es decir, vive marginado de los bienes y beneficios que tanto el Estado como la comunidad van creando. Se hace necesario, en consecuencia, implantar un sistema o mecanismo legal que haga posible que el pueblo, en forma organizada, participe en el proceso de desarrollo económico y social. Aun cuando actualmente existen numerosas organizaciones populares de diversa índole, por falta de un orden adecuado a la expresión de sus fórmulas existe una verdadera anarquía en la materia. Esta falta de participación es lo que impide el levantamiento del nivel de vida de los sectores marginados, o sea, su incorporación a la plenitud del desarrollo nacional. El concepto de marginalidad es amplio. No sólo comprende a los que habitan en la periferia de las ciudades, sino que encierra la idea de imposibilidad de acceso a las fuentes de la cultura, educación, estabilidad en el trabajo, beneficios del crédito, etc. En síntesis, a nivel de Gobierno, la Consejería de Promoción Popular tiene una doble función: Fijar una programación tendiente a lograr prioridad en el acceso de bienes y servicios a los sectores marginados, a fin de integrarlos al desarrollo económico y social, y estudiar los cambios en la estructura del país, la que actualmente constituye un freno a la participación del pueblo a través de sus organizaciones. La Consejería de Promoción Popular es intersectorial. En consecuencia, no es ni un Ministerio ni un servicio, por cuanto éstos son esencialmente sectoriales. Es decir, tiene por función orientar y establecer prioridades en las programaciones y coordinar las ejecuciones en un plano superior. La ejecución en sí misma corresponde al sector respectivo. No pretende ejercer una tuición sobre las organizaciones comunitarias, sino que proporcionarles asesoría técnica y una vía útil para que la estructura pueda funcionar en todos sus niveles. El proyecto establece que la Consejería Nacional de Promoción Popular será la sucesora legal del Departamento de Desarrollo Social de la Corporación de Servicios Habitacionales (ex Fundación de Viviendas y Asistencia Social) y se autoriza al Presidente de la República para determinar cuáles funciones de las que se entregan por el proyecto a la nueva institución autónoma del Estado, y que actualmente son ejercidas por otros organismos oficiales, se traspasarán a aquella, y cuáles continuarán a cargo de los organismos primitivos. Se indica, en seguida, las funciones generales, y, en la especie, las que corresponden tanto a la Consejería Nacional como al Consejero Nacional. Más adelante se señalan las atribuciones, deberes y obligaciones del Viceconsejero, Secretario General y Asesor Jurídico de la Consejería Nacional; el número y representación de los miembros del Consejo; las funciones específicas de éste último; las normas que autorizan a la Consejería para celebrar actos y contratos con todos los organismos que puedan colaborar con sus fines, incluso organismos e instituciones internacionales ; los recursos que forman su patrimonio, que son principalmente los fondos especiales que consulte anualmente la Ley de Presupuestos; las exenciones tributarias de que gozará, y las normas sobre las plantas, cargos, remuneraciones y la calidad jurídica de su personal. Sobre este último punto, cabe subrayar que los empleados que presten sus servicios a la Consejería Nacional serán considerados empleados particulares para todos los efectos legales. En lo que concierne a la composición del Consejo, debe tenerse presente que él consta de 15 miembros: El Consejero Nacional, quien lo presidirá; el Viceconsejero Nacional; un representante del Presidente de la República y un representante de cada uno de los Ministerios, con excepción de los de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional. La Corporación de Servicios Habitacionales fue creada por la ley Nº 16.391, de 16 de diciembre de 1965, Orgánica del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. A dicha Corporación se refiere el Título IV del citado texto legal. El Reglamento de aquella fue aprobado por Decreto Supremo Nº 485, expedido por el citado Ministerio y publicado en el Diario Oficial el 15 de septiembre del año en curso. El Título III de dicho Reglamento se refiere en especial al Departamento de Desarrollo Social, que vendría. a ser el antecesor legal de la Consejería Nacional de Promoción Popular, El Presupuesto de la Nación para el año 1966 consulta, en el ítem 18/03/125.8, la suma de Eº 16.000.000 para la realización, por parte de la Corporación de Servicios Habitacionales, de programas de equipamiento, servicios y desarrollo comunitario, en la forma en que él mismo indica. Establece, además, que con cargo a este ítem podrá imputarse todo tipo de gastos necesarios para la realización de los programas mencionados. A petición de vuestra Comisión, el asesor señor Sergio Ossa rindió cuenta de lo realizado por la Corporación en el curso del presente año. A grandes rasgos, dicha labor se agrupa en los siguientes rubros: Equipamiento, operación invierno, servicios, capacitación, material didáctico, difusión de arte y cultura, y remuneraciones. En sumas globales e incluidas las remuneraciones, las que alcanzan aproximadamente a Eº 3.500.000. la inversión total llega a Eº 9.000.000. El señor Sebastián Vial se refirió, en especial a la labor realizada en materia de asesoría jurídica, tanto en materia de saneamiento de títulos como en lo que concierne a cooperativismo. III.- Votación en general y fundamentos de votos. En la tercera sesión que vuestra Comisión dedicó al estudio de este proyecto, el señor Presidente declaró cerrado el debate y lo puso en votación. Resultó rechazado en general por cuatro votos por la negativa y un voto por la afirmativa. Los votos negativos corresponden a los Honorables Senadores señores Bulnes, Luengo, Miranda y Rodríguez. El voto afirmativo fue emitido por el H. Senador señor Foncea. Al fundar su voto, el H. Senador señor Rodríguez expresó que lo hacía tanto en su propio nombre como en el del Partido Socialista. Señaló que los hechos demuestran que su Partido ha estado siempre empeñado en estimular y ayudar a las organizaciones populares, a fin de que éstas alcancen mayor jerarquía y obtengan de esta manera el máximo de eficacia en su acción. Por esta razón; se encuentra siempre dispuesto a legislar sobre esta materia De acuerdo con este predicamento, manifestó estimar indispensable el darle existencia legal a las Juntas de Vecinos y a las otras organizaciones de esta naturaleza, sean ellas territoriales o funcionales, lo que mejorará el esquema del trabajo y aumentará la participación del pueblo en la administración local del país. Sin embargo, agregó, este proyecto se contrapone a las ideas de su partido en dos puntos fundamentales. Uno de ellos es el control vertical que el Ministerio del Interior ejercerá sobre las Juntas de Vecinos y que se proyectará sobre todas las fases de la estructura que se pretende crear, lo que se traducirá fatalmente en la influencia política que ejercerán los funcionarios más allá del ámbito del propio Gobierno. Añadió que el otro punto de contraposición es el concerniente a la Consejería Nacional de Promoción Popular. Acerca de esta parte del proyecto, reconoció la existencia de disposiciones útiles en su articulado, tales como la asesoría jurídica a sectores marginados y a la cual se refirió el asesor señor Sebastián Vial. No obstante lo anterior, señaló que el asunto debe enfocarse en toda su integridad y que un análisis del contexto demuestra que los buenos objetivos están cegados, por cuanto se advierte el papel eminentemente politizado que está llamado a realizar el organismo en referencia, el cual por un impulso dinámico de los hechos resultará profundamente dañino para la convivencia política del país. A su juicio, la tarea de incorporar a todos los sectores populares a la plenitud de la vida política, como lo establece el artículo 66 del proyecto, es una misión propia de los partidos políticos y no de una Consejería intersectorial. Además, otras disposiciones le dan el carácter de super Ministerio, lo que va mucho más allá de la función coordinadora con la que Su Señoría, está de acuerdo. Critica, en seguida, el hecho de que este organismo escape a la misión de control de la Controlaría General de la República y que sus funcionarios tengan el carácter de empleados particulares para todos los efectos legales. En cuanto a su financiamiento, manifestó que las disposiciones relativas a él hacen temer que el grueso de los recursos provengan del extranjero, hecho que acredita la circunstancia de haber ya recibido asesoría foránea, todo lo cual permite presumir una misión más de carácter político que social. Finalizó diciendo que estaría dispuesto a aceptar enmiendas que dieran mayor envergadura al organismo enquistado en el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, por el cual ha efectuado hasta la fecha su labor la Promoción Popular, pero que no pone en duda que la Cámara de origen, insistiendo por simple mayoría, obtenga que se transforme en ley este proyecto en los mismos términos en que lo despachó. Anuncia que en la Sala profundizará sus argumentaciones. Por su parte, el H. Senador señor Luengo, al fundar su voto negativo, expresó que estima conveniente legislar acerca de las Juntas de Vecinos, a fin de darles organicidad, y, como consecuencia de ello, mayor eficacia en su acción, sin que ello importe dependencia del Ministerio del Interior o de cualquier otro servicio oficial. Agregó que esto último significaría restarle sus verdaderas posibilidades y, en definitiva, convertirlas sólo en órganos al servicio de la gestión política que desarrolla el partido que detente el poder. Lamentó que el Ejecutivo no haya estado dispuesto a separar de la iniciativa que se vota el Título VI referente a la Promoción Popular, Señaló que este último cuerpo de disposiciones adolece de graves defectos que lo convierten en un proyecto vago, tales como el hecho de que no se confiera, tanto a la Consejería Nacional como al Consejero Nacional, facultades específicas, y la circunstancia de establecer una dualidad de organismos oficiales facultados para ejercer diversas atribuciones. El H. Senador señor Foncea, al emitir su voto favorable, expresó que no obstante haber sido suficientemente desvirtuados en el seno de la Comisión todos y cada uno de los cargos formulados al proyecto, abundaría en algunas consideraciones. Entre otras, manifestó que no existe la dependencia que se ha pretendido establecer entre las Juntas de Vecinos y el Ministerio del Interior. A juicio de Su Señoría, las impugnaciones formuladas a esta parte del articulado inciden en detalles. Además, el Ejecutivo ha estado en todo momento dispuesto a recibir sugerencias que mejoren la iniciativa en este sentido. Señaló, en seguida, que las Juntas de Vecinos y, en general, las organizaciones comunitarias en todos los niveles de su estructura, no pueden desarrollar una labor eficaz sin la existencia de la Consejería Nacional de Promoción Popular. Prueba de ello es que hace mucho que existen organismos similares a ellas, sin que hasta la fecha hayan podido traducir su acción en algo verdaderamente efectivo. Añadió que si las organizaciones comunitarias son entes intermedios entre el pueblo y la autoridad en los diferentes planos, los sectores que ellas interpretan no podrán cumplir sus anhelos ni hacer oír su voz. en forma valedera si no existe el organismo que recoja y haga suyas sus inquietudes, abriéndose de este modo el camino hacia el establecimiento de una democracia integral. Por la razón señalada, agregó, el Ejecutivo no ha podido acoger la idea de separar disposiciones que forman un solo todo. Terminó manifestando su extrañeza por la actitud de los sectores de oposición, los que han expresado estar de acuerdo en líneas generales con esta iniciativa y que, por temor a una insistencia por parte de la Cámara de origen, razonamiento que él rechaza por considerarlo basado en subterfugios constitucionales y reglamentarios, se niegan a la idea de legislar sobre la materia. El H. Senador señor Bulnes, al fundar su voto negativo, manifestó reconocer la existencia de ideas plausibles en el proyecto en informe. Dentro de este predicamento, considera propio otorgarle personalidad jurídica a las Juntas de Vecinos, y estima de justicia y conveniencia crear un servicio especial de coordinación que estudie y solucione los problemas de los sectores marginales. Pero señaló que, a su juicio, este proyecto adolece de errores fundamentales. Es así como encuentra altamente inconveniente la dependencia de las Juntas de Vecinos del Ministerio del Interior, lo que se traducirá inevitablemente en un control político de éste sobre aquéllas. En seguida, expresó estimar innecesarias y contraproducentes las disposiciones relativas a las organizaciones funcionales, las que, además de entorpecer su acción, las situarían también en la relación de dependencia expresada con respecto al Gobierno. En lo que concierne a la Consejería Nacional de Promoción Popular, estima que ella causará más daños que beneficios y que, en definitiva será perjudicial para la convivencia democrática del país, dado que por la amplitud y al mismo tiempo imprecisión de sus atribuciones, se convertirá en un estado dentro del Estado. Terminó explicando que cuando se vota en general un proyecto, no se está votando la idea de legislar sobre la materia, sino que la idea de legislar de la manera en que el proyecto respectivo la aborda. Así, el señor Senador está dispuesto a considerar una iniciativa que trate sobre estos puntos en otra oportunidad, siempre que el planteamiento general sobre el cual ella se formule esté más de acuerdo con las ideas que él sustenta sobre el asunto. Con el mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de comunicaros que ha rechazado la proposición de ley materia de este informe y os recomienda adoptar igual temperamento. Sala de la Comisión, a 22 de noviembre de 1966. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables señores Bulnes (Presidente), Foncea, Luengo, Miranda y Rodríguez; y en sesiones de fecha 14 del presente, con asistencia de los mismos señores Senadores, y de fecha 22 del mes en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Bulnes (Presidente), Aguirre Doolan, Foncea, Luengo y Rodríguez. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 10 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA CONSTITUCION DEL INSTITUTO ITALO-LATINOAMERICANO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene a honra entregaros su informe al proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Internacional para la constitución del Instituto ítalo-Latinoamericano. El instrumento de que se trata, crea una organización internacional de las veinte Repúblicas latinoamericanas e Italia, con el fin de promover las relaciones de este continente con ese país mediante una colaboración más estrecha en aspectos culturales, científicos, económicos, técnicos y sociales. La idea se gestó con ocasión de la visita que el Canciller italiano realizó a América del Sur, hace poco más de un año, perfeccionándose durante la gira que cumplió por algunos de estos países el Excmo. señor Saragat, Presidente de la República Italiana. En términos generales, el Instituto ítalo-Latinoamericano constituirá un centro de investigación y de difusión cultural que estudiará las bases para una colaboración estrecha, en aspectos culturales, técnicos y científicos de interés común. El Instituto procurará desarrollar y coordinar toda actividad de la índole que le compete para analizar los problemas, investigar sus perspectivas y soluciones, divulgar los resultados y provocar posibilidades de intercambio, de asistencia recíproca y de acción común o concertada. En la sede del Instituto, en Roma, ubicado en un espléndido edificio que ha construido el Gobierno italiano, se organizarán centros de estudios, con biblioteca especializada, donde podrán acudir los estudiosos a informarse e investigar y a aportar su experiencia personal. El Instituto procurará facilitar su labor, mediante la concesión de becas, la realización de congresos y exposiciones y la promoción de un intercambio de experiencias en las artes, las ciencias, las letras, los negocios, las técnicas y las actividades sociales. En suma, constituirá propiamente un acercamiento de la Italia veterana y siempre renovada a los países jóvenes de América, para abrir un diálogo que en todo caso deberá favorecer a éstos. Un personal administrativo de selección y una organización ejecutiva, con representación equitativa de los países miembros, llevarán la responsabilidad de la marcha del Instituto, sin que se limiten en forma alguna los beneficios recíprocos derivados de los acuerdos que se concierten, con miras a que éstos puedan servir también al progreso y a la colaboración entre todos los países del mundo. El Instituto pretende, dice el Mensaje con que el Ejecutivo solicita la aprobación de este Convenio, "que los lazos que busca crear sean un símbolo para el desarrollo de las naciones latinoamericanas, dentro de un afán común de trabajar juntas por el progreso, el bienestar social y la paz, que son bienes permanentes que conciernen a todos los pueblos". Italia contribuirá con la suma de 250 millones de liras anuales al financiamiento de las labores del Instituto, en los años 1967 y 1968, correspondiéndole a los Estados americanos contribuir con una lira por cada cinco habitantes, lo que, en el caso de Chile, representa una contribución anual de un millón seiscientas mil liras, aproximadamente trece mil escudos, que se destinarán para este objeto en el Presupuesto del Ministerio. El señor Gabriel Valdés, Ministro de Relaciones Exteriores, expuso a vuestra Comisión los propósitos y alcances positivos de esta iniciativa, recalcando que la organización que se crea tiene la ventaja, sobre otras similares existentes, que está fundada sobre bases más reales y menos académicas, en consonancia con la política moderna y las directrices que ella señala a las relaciones internacionales. Hasta el momento, han ratificado el Convenio las Repúblicas de Bolivia, Brasil, Costa Rica, Cuba, El Salvador, México y Paraguay. Italia hizo entrega del Instrumento de Ratificación el día 12 de octubre último, rindiendo con ello un homenaje señalado al Día de la Hispanidad. Estas ratificaciones, de acuerdo con las normas del Convenio, determinan que él ya está en vigencia para las Altas Partes mencionadas, y es el propósito del Gobierno de Chile no retrasar más su adhesión a la organización. Por estas consideraciones, y reconociendo la validez y ventajas de la iniciativa, vuestra Comisión tiene a honra recomendaros la aprobación del proyecto de acuerdo en informe. Santiago, 23 de noviembre de 1966. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Gormaz, Juliet y Teitelboim. (Fdo.) : Luis Valencia A., Secretario. 11 INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION LEGISLACION, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE AMNISTIA A DON ELIDIO SOTO SOTO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene a honra informaros acerca de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que concede amnistía a don Elidio Soto Soto por los delitos a que fue condenado por el Juzgado de Letras de San Antonio, en sentencia modificada por la Corte de Apelaciones de Santiago al conocer del proceso por la vía de la apelación. Funda su observación el Ejecutivo en que este proyecto resulta de abierta inconveniencia al favorecer a don Elidio Soto Soto, ex alcalde de San Antonio, que fue condenado a diversas penas por delitos comunes cometidos durante su actuación funcionaría en la Municipalidad respectiva. Señala que tales delitos fueron dos de malversación de caudales públicos por aplicación pública diferente y uno de defraudación de caudales públicos en perjuicio de la Municipalidad de San Antonio, hecho este último que causó alarma pública. Agrega el Ejecutivo que no hay antecedentes sobre el cumplimiento de las penas pecuniarias a que fue condenado, por parte del amnistiado, y hace presente una serie de consideraciones de orden doctrinal sobre la naturaleza, efectos y límites de la amnistía, para concluir que al acogerla en este caso significa sentar un mal precedente y atentar contra la regularidad administrativa y la honestidad de los empleados públicos, propias de un Estado de Derecho. Por tales razones, rechaza en su totalidad el proyecto. Vuestra Comisión, atendido el tenor de las observaciones, consideró una vez más los numerosos antecedentes examinados con ocasión de aprobarse este proyecto de ley. De ellos se desprende que la I. Corte de Apelaciones de Santiago, en sentencia de 2 de diciembre de 1964, absolvió al señor Soto de la mayoría de los delitos por que fue procesado, y respecto de los que confirmó en su fallo de alzada, cabe tener presente la declaración de que el delito de malversación de caudales públicos por que se le condenó consistió en haber imputado a un ítem determinado del presupuesto, sin daño ni entorpecimiento del servicio, fondos que se emplearon en fines diferentes. Entre estos hechos constitutivos del delito está el de haber pagado un aguinaldo de Pascua a los empleados y obreros de la Ilustre Municipalidad de San Antonio. Vuestra Comisión consideró también en aquella oportunidad los testimonios de numerosas y distinguidas personalidades de la región que acreditaron las condiciones personales del señor Soto y su destacada actuación en favor del progreso general, como la realización de numerosas obras (estadio, matadero, trabajos de pavimentación y de hermoseamien-to de barrios populares), que lo señalan como un notable servidor público. Por otra parte, vuestra Comisión no ha podido dejar de tener presente que la frecuencia con que regidores y alcaldes de distintas Municipalidades del país, sin mediar dolo o provecho personal de su parte, han incurrido en delitos como los cometidos por el señor Soto, motivó una iniciativa de ley para otorgar una amnistía general, proyecto que está en tramitación y cuyo ulterior despacho no justifica el retardar el beneficio que en forma individual se otorga al señor Elidio Soto. Por las consideraciones precedentes, vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene a honra recomendaros, por unanimidad, que rechacéis las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República e insistáis en la aprobación del texto primitivo. Sala de la Comisión, a 28 de noviembre de 1966. Acordado en sesión de día 24 del presente, con asistencia de sus miembros Honorables Senadores señores Altamirano (Presidente), Juliet, Pablo, Rodríguez y Sepúlveda. (Fclo.) : Jorge Tapia Valdés, Secretario. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Nº 208.- Santiago, 28 de septiembre de 1966. Por oficio Nº 1434, de 14 de septiembre en curso, remitido el día 16 del mismo mes, V. S. ha tenido a bien comunicarme que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al Proyecto de ley, iniciado en el Senado por moción del H. Senador don Armando Jaramillo Lyon, cuyo texto esa nota contiene, por el cual se concede amnistía a don Elidio Soto Soto por los delitos a que fue condenado en el proceso Nº 19.847 del Juzgado de Letras de San Antonio. El Ejecutivo viene en observar este proyecto por ser de abierta inconveniencia En efecto, de los antecedentes emanados de las sentencias de primera y segunda instancia del Juzado de Letras de San Antonio y Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, y de los demás que menciona la Comisión de Legislación y Justicia del Senado en su informe, se desprende que don Elidio Soto Soto, ex Alcalde de San Antonio, fue condenado a diversas penas por delitos comunes durante su actuación funcionaría en la Municipalidad de San Antonio. El señor Soto fue condenado por sentencia firme como autor de dos delitos de malversación de caudales públicos por aplicación pública diferente (artículo 236 del C. Penal) y por un delito de defraudación de caudales públicos (artículo 239) en perjuicio de la Municipalidad de San Antonio, a las siguientes penas: 1°) 541 días de presidio menor en su grado mínimo; 2º) 200 días de suspensión del empleo en su grado mínimo; 3º) Inhabilitación perpetua para el cargo de Regidor de la Municipalidad de San Antonio; 4º) Multa de Eº 250.- ; 5º) Pago de la suma de Eº 2471,00 a la Municipalidad de San Antonio, más los intereses devengados desde la fecha de comisión de los delitos; 6º) Las costas de la causa. Las penas fueron impuestas por sentencia de la I. Corte de Apelaciones de Santiago de 2 de diciembre de 1964, y la pena de presidio se dio por cumplida con los 936 días que estuvo privado de libertad durante el proceso. El proceso seguido por defraudación de caudales en la Municipalidad de San Antonio, causó cierta alarma pública, y es así que durante la tramitación del proceso la Corporación Edilicia recurrió de queja ante la Excma. Corte Suprema en contra de la I. Corte de Apelaciones de Santiago, porque este Tribunal había cambiado la calificación de los delitos cometidos a estafas reiteradas y no a defraudación como estaba procesado don Elidio Soto, recurso que fue acogido por la unanimidad de la Corte Suprema. Este fallo fue publicado en la Revista de Derecho, T. LIII, sec. IV, pág. 195. No hay antecedentes sobre que el amnistiado haya cumplido con la pena pecuniaria ni haya restituido las sumas de dinero a que fue condenado al acogerse la demanda civil en su contra. La amnistía "extingue por completo la pena y todos sus efectos" (artículo 93 Nº 3 del C. Penal) y en su virtud se elimina toda responsabilidad penal que pueda recaer sobre los autores de determinados hechos que una ley penal declara delictuosos. Sus efectos son tan amplios que muchos la consideran como una derogación de la ley penal vigente, respecto de los hechos a que ella se refiere. "La doctrina jurídica más autorizada señala que la amnistía debe reservarse especialmente para resolver las injusticias que derivan de la aplicación de leyes permanentes a hechos producidos en circunstancias revolucionarias o anormales o en momentos de profundos cambios políticos o sociales cuando ellas no son adecuadas para su aplicación a circunstancias nuevas o temporalmente anormales y la misma doctrina afirma que puede aplicarse la amnistía a los delitos puramente políticos, a los exclusivamente militares, o a hechos que no repugnen la conciencia ética de un pueblo; pero que ella rechaza la aplicación de la amnistía a delitos comunes porque éstos importan atentados a bienes jurídicos que deben ser objeto de permanente protección por la ley" (Informe Nº 489, de 30 de agosto próximo pasado del Consejo de Defensa del Estado sobre proyecto de amnistía a Alcaldes y Regidores). La defraudación y malversación cometidas por el ex Alcalde de San Antonio, fueron juzgadas por los Tribunales ordinarios en uso de sus facultades privativas (artículo 80 de la Constituición Política), y constituyen delitos comunes que atentan contra bienes jurídicos protegidos en todas las legislaciones del mundo. Todo Estado de Derecho debe celosamente velar por la regularidad administrativa y la honestidad de sus empleados públicos. Acoger la amnistía propuesta significa sentar un mal precedente que podría ser utilizado más adelante por muchos funcionarios que hayan sido condenados o estén procesados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Por otra parte, el Gobierno estima que no puede hacer excepciones para un caso particular cuando existen diversas iniciativas de carácter general encaminadas a dar anmnistía no sólo a quienes han sido condenados sino también a los que se encuentran actualmente procesados por delitos de la misma naturaleza. Ello significaría sentar un precedente que atentaría contra la eficacia y corrección con que deben ser cautelados los intereses colectivos que se administran a través de los municipios, principio que el Gobierno desee resguardar con la mayor energía. En conformidad, pues, a lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Constitución Política del Estado, vengo en devolver a V. Excelencia el proyecto de ley que se me ha remitido por el citado oficio Nº 1434, rechazándolo en su totalidad a fin' de que no se legisle sobre la materia. Dios guarde a V. Excelencia. (Fdo.) : Eduardo Freí Montalva.- Pedro J. Rodríguez González. Proyecto de ley aprobado por el H. Congreso Nacional. . "Artículo único.- Concédese amnistía a don Elidio Soto Soto por los delitos a que fue condenado en el proceso Nº 19.847, seguido ante el Juzgado de Letras de San Antonio, por sentencia de primera instancia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de 2 de diciembre de 1964.". 12 INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RECAIDO EN LA SOLICITUD DE REHABILITACION DE CIUDADANÍA FORMULADA POR DON JOSE LUIS EMILIO JIMENEZ MORALES. Honorable Senado: La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento ha considerado la solicitud de rehabilitación de ciudadanía presentada por don José Luis Emilio Jiménez Morales, en conformidad al Nº 2 del artículo 9º de la Constitución Política del Estado. El peticionario, ex alcalde de Puente Alto desde mayo de 1956 a agosto de 1959, fue condenado por sentencia del Juzgado del Crimen de esa localidad, ampliada en parte y confirmada en lo demás por la I. Corte de Apelaciones de Santiago, a las siguientes penas por los delitos que se indican : A 541 días de presidio en su grado medio como autor del delito de uso malicioso de instrumento público falso que sanciona el artículo 193 Nº 7 del Código Penal, consistente en haber utilizado copias de supuestos decretos municipales confeccionados por él mismo, sin tener a la vista los decretos originales. A 541 días de reclusión menor en su grado medio y a la inhabilitación especial perpetua para el cargo de alcanlde y regidor municipal, como autor del delito de defraudación de caudales municipales que sanciona el artículo 240 del Código Penal, por haber tomado interés directo en su carácter de Alcalde de Puente Alto en los contratos celebrados por la Municipalidad con el contratista don Hugo Hernández Hernández, y A la pena de un año y un día de suspensión del empleo como autor del delito de malversación de caudales públicos que castiga el artículo 236 del Código Penal, al emplear dineros municipales en finalidades distintas a las que estaban destinados. Las sentencias anteriores sólo quedaron ejecutoriadas con fecha 18 de abril de 1966 al desechar la Excma. Corte Suprema los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra de ellas por el peticionario señor Jiménez. Habiéndose cumplido las penas de privación de libertad quedó, sin embargo, subsistente la de inhabilitación especial perpetua para el cargo de alcalde y regidor, pena que tiene el carácter de aflictiva en conformidad a los artículos 21 y 37 del Código Penal. Por su parte, el artículo 39 del mismo cuerpo legal, señala que la pena de inhabilitación especial perpetua para algún cargo u oficio público o profesión titular produce, además de la privación del mismo, la "incapacidad para obtener dicho cargo, empleo, oficio o profesión u otros en la misma carrera, perpetuamente cuando la inhabilitación es perpetua.". Consta de los antecedentes, que el solitante obtuvo con fecha 8 de junio de 1966 y por resolución confidencial del Ministerio de Justicia Nº 1101, los beneficios del decreto ley Nº 409, de 12 de agosto de 1932, que permiten considerar al señor Jiménez Morales como si nunca hubiera delinquido para todos los efectos legales y administrativos. En conformidad al artículo 1º de este decreto ley, la resolución que concede este beneficio se considerará como una recomendación del Supremo Gobierno al Senado para los efectos de la rehabilitación a que se refiere el Nº 2 del artículo 9° de la Constitución Política del Estado. Hace presente el peticionario que el artículo 42 del Código Penal define los derechos políticos, señalando entre ellos la capacidad para ser ciudadano elector y la capacidad para obtener cargos de elección popular, disponiendo ese mismo artículo que el que ha sido privado de la ciudadanía activa o pasiva sólo puede ser rehabilitado en su ejercicio en la forma prescrita por la Constitución. El solicitante acompaña, también, cerca de tres mil firmas de ciudadanos de Puente Alto que acreditan la labor desempeñada por el señor Jiménez en el período en que le correspondió ser Alcalde de esa localidad, su honradez y buen comportamiento durante el tiempo de la condena y con posterioridad a ella, antecedentes que justifican, a juicio de los firmantes, que se le conceda la rehabilitación de ciudadanía por esta Corporación. Durante la discusión de esta materia, el H. Senador señor Altamira-no planteó sus dudas acerca de la legalidad de la resolución del Ministerio de Justicia fundada en el decreto ley Nº 409, que consideró a Jiménez como si nunca hubiera delinquido porque, a su juicio, en este caso, no se cumplen según sus antecedentes los requisitos que señala el artículo 1º de dicho cuerpo legal para otorgar el beneficio. En efecto, el artículo 1º del decreto ley 409, dispone: "Toda persona que haya sufrido cualquier clase de condena y reúna las condiciones que señala esta ley, tendrá derecho después de dos años de haber cumplido su pena, si es primera condena y de 5 años, si ha sido condenado 2 o más veces, a que por decreto supremo, de carácter confidencial, se le considere como si nunca hubiere delinquido para todos los efectos legales y administrativos y se le indulten todas las penas accesorias a que estuviere condenado. El decreto que conceda este beneficio se considerará como una recomendación del S. Gobierno al Senado para los efectos da la rehabilitación a que se refiere el Nº 2 del artículo 9º de la Constitución Política.". Expresa el H. Senador señor Altamirano que el solicitante ha sido sentenciado en dos oportunidades. En la primera sentencia fue condenado a la pena de 61 días de reclusión menor en su grado mínimo como autor del delito de desacato, la que quedó ejecutoriada y que le fue remitida condicionalmente. El proceso respectivo tiene el Nº 29.239 del Juzgado de San Bernardo. En la segunda fue condenado a las penas ya individualizadas al comenzar este informe por los delitos cometidos durante los años 1958 y 1959 cuando el señor Jiménez desempeñaba el cargo de Alcalde de Puente Alto. Es evidente, entonces, a juicio del señor Senador, que al peticionario no se le han debido conceder los beneficios del decreto ley 409 porque desde abril de 1963, fecha en que cumplió su última condena, no han transcurrido los cinco años que ese texto legal exige. A fin de aclarar esta situación, Su Señoría solicitó se enviara oficio al Ministerio de Justicia pidiéndole información sobre los antecedentes que se tuvieron en vista para otorgar el beneficio de que se trata, petición que fue acogida por la Comisión. El señor Ministro de Justicia, contestando la consulta, hace presente que el Ministerio a su cargo está impedido para proporcionar este tipo de informaciones debido a la reserva que para los efectos del citado beneficio establece el artículo 6° del referido decreto ley. Agrega que, sin perjuicio de lo anterior, ha dirigido oficio a la Contraloría General de la República a fin de que dictamine si el Ministerio de Justicia, sin inflingir la reserva, puede hacer llegar al seno de la Comsión la información requerida por el H. Senador señor Altamirano. Tanto el H. Senador señor Juliet como el señor Ministro de Justicia en su informe, hicieron presente que la resolución basada en el decreto ley Nº 409 sólo debe considerarse como una recomendación del Gobierno al Senado, pudiendo en todo caso la Corporación otorgar la rehabilitación o denegarla dentro de sus facultades constitucionales. También durante la discusión, el H. Senador señor Rodríguez consultó sobre el alcance de la rehabilitación que se solicita y se le informó, por la Secretaría de la Comisión, que en derecho esta rehabilitación sólo permite al beneficiario recuperar la ciudadanía activa pero que en ningún caso lo habilita para optar al cargo de Regidor o Alcalde, puesto que la facultad constitucional del Senado al conceder la rehabilitación no implica borrar la pena de inhabilitación especial perpetua para el cargo de regidor o alcalde, o el delito que motivó su aplicación, puesto que para ello sería necesario usar el mecanismo del indulto o de la amnistía, según el caso. Por otra parte, la propia Constitución Política del Estado establece en su artículo 27 que para ser elegido Diputado o Senador -disposición que se aplica también a los cargos de regidores- se requiere no haber sido condenado jamás por delito que merezca pena aflictiva. Se deja constancia de esta opinión de la Secretaría de la Comisión a pedido del H. Senador señor Altamirano, quien al fundamentar su voto negativo a la solicitud de rehabilitación en informe, pidió que ella se consignara en este instrumento por ser coincidente con la de Su Señoría respecto a este asunto., Los Honorables Senadores señores Juliet, Pablo y Sepúlveda fueron partidarios de otorgar el beneficio de que se trata, puesto que ya esta Comisión y el Senado en varias oportunidades han despachado favorablemente rehabilitaciones de esta naturaleza e, incluso, proyectos de ley- de amnistía general en favor de ex Alcaldes y Regidores que han incurrido en los mismos delitos por los cuales fue condenado el peticionario señor Jiménez. Así fue como hace pocos meses esta Corporación despachó un proyecto general de amnistía en favor de "alcaldes y regidores de las Municipalidades del país por los hechos ejecutados en el ejercicio de sus cargos, con excepción de los delitos sancionados en el artículo 233 del Código Penal, como asimismo a les funcionarios municipales y demás personas responsables de esos hechos. La amnistía comprenderá también las responsabilidades civil y administrativa provenientes de esos delitos.". En mérito de lo expuesto y con los votos en contra de los Honorables Senadores señores Altamirano y Rodríguez, vuestra Comisión os propone la aprobación del siguiente Proyecto de acuerdo: "Artículo único.- Rehabilítase, para todos los efectos legales, en su carácter de ciudadano con derecho a sufragio, a don José Luis Emilio Jiménez Morales, ex Alcalde de Puente Alto, condenado por sentencia ejecutoriada del Juzgado de Letras de Puente Alto, de fecha 17 de abril de 1963.". Sala de la Comisión a 28 de noviembre de 1966. Acordado en sesión de esta misma fecha con asistencia de los Honorables Senadores señores Altamirano (Presidente), Juliet, Pablo, Rodríguez y Sepúlveda. (Fdo.) : Rafael Eyzaguirre E., Secretario de la Comisión. 13 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LA CORPORACION DE LA VIVIENDA EXPROPIARA EL VILLORRIO AGRICOLA "VILLA GARCIA", DE LA COMUNA DE CUNCO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas pasa a informaros acerca de-las observaciones del Ejecutivo, en primer trámite constitucional, al proyecto de ley que dispone que la Corporación de la Vivienda expropiará el villorrio agrícola "Villa García", de la comuna de Cunco, para venderlo a sus ocupantes. Concurrieron a la discusión de estas observaciones el señor Subsecretario del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, don Eduardo Truyol;: el señor Director de Finanzas, don Emilio Recabarren y el señor Director General de Planificación y Presupuestos, don Antonio Labadía, reparticiones ambas pertenecientes al Ministerio antes citado. El proyecto despachado por el Congreso consta de un artículo único, cuyo primer inciso dispone que la Corporción de la Vivienda expropiará, con arreglo a las normas que la rigen, el villorrio agrícola "Villa García", de la comuna de Cunco, departamento de Temuco, a fin de venderlo-a sus actuales ocupantes a plazo y sin interés. Respecto de esta disposición el Ejecutivo observa que no guarda armonía con las normas de la Ley 16.391, que creó el Ministerio del ramo, que entregan a esa Secretaría de Estado la planificación y dirección de la política habitacional, creando instituciones como la Corporación de Servicios Habitacionales, para servir esos fines. Por tal motivo propone se otorgue la facultad que el proyecto entrega a la CORVI también a la Corporación de Servicios Habitacionales y que se proceda a la expropiación de acuerdo a los planes del Ministerio y previo los informes técnicos correspondientes. Vuestra Comisión estimó conveniente la observación y la aprobó, en la parte respectiva, por unanimidad. Siempre en relación con el inciso primero del artículo único, el Ejecutivo propone suprimir las palabras "sin interés". La Comisión, atendiendo el carácter de "emergencia" de las casas que constituyen el villorrio y los precarios medios económicos de sus ocupantes, estimó justo eximir del pago de intereses las, deudas correspondientes, razón por la cual, con la opinión disidente del H. Senador señor Ferrando, os propone rechazar esta parte de la observación. Los incisos segundo y tercero del artículo único antes mencionado ordenan a la C'ORVI otorgar título gratuito de dominio a los ocupantes de terrenos o viviendas de esa Institución, entregados con ocasión de los sismos de 1960, en los pueblos que indica de la provincia de Cautín. Rechaza el Ejecutivo esta disposición porque estaría en contradicción con la política habitacional de no gratuidad de la vivienda y significaría una norma excepcional en beneficio de un sector determinado. El señor Ferrando, coincidiendo con esta opinión, hizo presente que en la legislación vigente existen normas destinadas a facilitar la concesión de títulos en favor de quienes detentan en forma precaria las propiedades en que moran, normas que obedecen a una política global y debidamente estudiada, por lo que no se justifica una disposición como la que se observa. La mayoría de Vuestra Comisión, sin embargo, fue de opinión contraria, y haciéndose cargo de la aflictiva situación por que atraviesan los pobladores y la escasa significación económica de los inmuebles respectivos, acordó recomendaros el rechazo de esta observación. Formula, en seguida, el Ejecutivo dos observaciones de tipo aditi-tivo, como artículos segundo y tercero, nuevos, del proyecto. En el artículo segundo propuesto se conceden las mismas franquicias y exenciones tributarias que el D.F.L. Nº 2, de 1959, otorga a las Sociedades Constructoras de Viviendas Económicas, a las Sociedades Mixtas que puedan costituirse entre la Corporación de Mejoramiento Urbano y las Municipalidades o Empresas privadas para la realización de obras de desarrollo, remodelación y mejoramiento urbano. La Corporación de Mejaramiento Urbano es una Empresa Autónoma del Estado, vinculada al Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, encargada de expropiar, comprar, urbanizar, transferir, etc. inmuebles dentro o fuera de los límites urbanos. El artículo 43 de la Ley Nº 16.391 la faculta para "colaborar y asociarse con las Municipalidades y las Empresas privadas en la realización de proyectos de desarrollo y mejoramiento urbano, otorgar créditos para este propósito y supervigilar su realización. El Ejecutivo finda su observación en la conveniencia de crear condiciones adecuadas para el funcionamiento de estas Sociedades Mixtas ,ya que teniendo por objeto básico la construcción o remodelación urbana, no gozan de las franquicias de sus similares destinadas a la sola construcción de viviendas económicas. De acuerdo con la referencia que se hace al D.F.L. Nº 2, la franquicia tributaria comprende, principalmente, el impuesto a la renta sobre los beneficios de la Sociedad; la disminución del impuesto a la escritura de. constitución de la Sociedad; la exención del impuesto a la renta respecta de los beneficios percibidos por los socios; la exención del impuesto de herencias y donaciones de los actos afectos a él, que recaigan en obras ejecutadas por estas Sociedades, etc. Sin embargo el veto declara no aplicable la exención relativa a los impuestos global complementario y adicional. El señor Centreras, don Víctor, fundando su rechazo del artículo propuesto, opinó que la disposición se limita, de hecho y en el fondo a otorgar nuevas franquicias tributarias a sectores de la Construcción, ya que las Sociedades Mixtas que se pretende fomentar contarán tan sólo con pequeñísimos aportes municipales, debido a la crisis económica de las Corporaciones edilicias, quedando entregado su control a las Empresas privadas. El Honorable señor Aguirre votó también por el rechazo de este artículo . El señor Ferrando apoyó la observación manifestando que si en el hecho las Municipalidades no tienen medios para llevar adelante los planes de remodelación urbana y visto que en la práctica las Empresas Constructoras de Viviendas Económicas, que gozan de especiales franquicias tributarias, virtualmente realizan una remodelación, lo que precisamente se desea obtener es que las Municipalidades no queden al margen de esa actividad empresarial. El señor Von Mühlenbrock votó también por la afirmativa. Producido un empate en la Comisión, se procedió a repetir la votación, manteniéndose aquél, por lo cual y de acuerdo con lo establecido en el art. 167 del Reglamento, ella os recomienda desechar la observación en referencia. En el segundo veto aditivo, el Ejecutivo, con el propósito expresado de salvar ciertas omisiones de la Ley Nº 16.391 y dar una organización más adecuada a sus fines al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, propone el establecimiento de normas de excepción respecto a la formación del presupuesto y a la formación de la Planta del personal de esa Secretaría de Estado y de sus Servicios dependientes. Respecto de la primera materia se propone autorizar al Presidente de la República para efectuar traspasos entre diversos ítem del Presupuesta del Ministerio, sin sujeción a las limitaciones de los artículos 42 y 59 del D.F.L. Nº 47, de 1959, y para disponer anualmente que en la Partida correspondiente figuren todos o algunos de los Servicios, Ramas o Categorías de dicho Ministerio en un solo Capítulo. El artículo 42 de la Ley Orgánica de Presupuestos establece las normas a que deberán sujetarse los traspasos de fondos: cuando se hagan entre el Presupuesto Corriente y el de Capital se requerirá de una ley; cuando se haga entre Capítulos de una misma Partida, bastará Decreto presidencial y el traspaso no podrá ser superior al 5% del monto de los gastos del Capítulo que se disminuye; cuando se haga entre ítem de un mismo. Título, será necesario Decreto de Hacienda dictado "Por orden del Presidente" ; no podrán hacerse traspasos sino en el segundo semestre del año calendario-presupuestario. En virtud de la excepción que se propone establecer a través del veto, ninguna de estas regulaciones sería aplicable al Ministerio de la Vivienda, efectuándose siempre los traspasos por Decreto presidencial, aun entre los Presupuestos corriente y de Capital. El artículo 59 a que antes se hizo referencia, del D.F.L. Nº 47, orgánico de Presupuestos, se refiere a los traspasos de fondos en los presupuestos de las instituciones de la administración descentralizada (en este caso CORVI, Concejo Nacional de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales y Corporación de Mejoramiento Urbano, además de la Caja Central de Ahorros y Préstamos y de las empresas de agua potable). En esos presupuestos los traspasos requieren acuerdo del Consejo Directivo correspondiente y, si se trata de traspasos entre el Presupuesto Corriente y el de Capital, además, aprobación presidencial. Debe entenderse alterada esta regla, y facultado directamente el Presidente para efectuar los traspasos en todos ¡os casos. El artículo 15 de la Ley Orgánica de Presupuestos dispone que cada Partida se dividirá en Capítulos, correspondientes a los diversos Servicios, Secciones o Departamentos del respectivo Ministerio. En el veto se autoriza al Presidente para agrupar todos los gastos correspondientes a todas o algunas de las reparticiones del Ministerio en un solo Capítulo, correspondiendo en tal caso a la Dirección de Planificación y Presupuesto la administración financiera correspondiente. Este servicio es uno de los que integran el Ministerio y, como su nombre lo indica, tiene por funciones planificar las labores de la Secretaría de Estado en el orden habitacional y proponer la mejor distribución de los recursos asignados para un manejo discrecional. La excepción que se pretende complementa la recién comentada respecto de los traspasos de fondos, y representa la posibilidad de asignar cantidades globales al Ministerio, para que éste determine su mejor inversión. El señor Subsecretario del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo manifestó que el artículo primero transitorio de la Ley 16.391 contempló una disposición enteramente similar a la propuesta por la vía de la observación, la que ha sido incorporada a la Ley de Presupuestos para 1966 y al proyecto para 1967, conservando en tales proyectos su carácter transitorio. En consecuencia, la observación no tiene más alcance que dar carácter permanente a esta norma, lo que se justifica por las modalidades de las funciones del Ministerio. Vuestra Comisión sin entrar al fondo de la materia, estimó que ella cae, por su naturaleza, dentro de la competencia de la Honorable Comisión de Hacienda de la Corporación. Por este motivo y en forma unánime se acordó solicitar al Senado que envíe las observaciones en informe a esa Comisión de Hacienda para que se pronuncie sobre los incisos primero y segundo del artículo tercero nuevo que propone el Ejecutivo. Por la segunda parte de este veto aditivo, se propone que el Presidente de la República pueda disponer que todos o algunos de los servicios, ramas y categorías del Ministerio puedan constar de una planta única y total, y no de tantas plantas como reparticiones existen. Se funda el veto en el escaso número de funcionarios del Ministerio, y por ende de cada una de sus secciones, lo que no justifica y hace absurdo el gasto de mantener servicios de Oficiales de Presupuestos, oficinas de personal y otras para cada una de esas pequeñas plantas. En el caso que se propone se evi-trían gastos y se simplificarían los procedimientos administrativos de personal, entregándose al Subsecretario las facultades y obligaciones correspondientes a los jefes de servicio, respecto de la Planta única y total. Sin embargo, el Honorable Senador, señor Contreras, don Víctor, formuló objeciones respecto del alcance que podría tener la disposición propuesta en lo que se refiere a los servicios que deberían entenderse incluidos en la autorización, y al resguardo de los derechos de los empleados del Ministerio. Aceptando la conveniencia de un régimen como el sugerido, manifestó no obstante su criterio contrario a la aprobación de la observación, en vista de la imposibilidad de modificar su redacción para aclarar el verdadero sentido y alcance del artículo. El Honorable Senador señor Aguirre fue del mismo parecer que el Honorable Senador señor Contreras. Los Honorables Senadores señor Von Mühlenbrock y Ferrando otorgaron su voto favorable a la observación. Vuestra Comisión, después de un doble empate en la votación y de acuerdo con lo prescrito en el artículo 167 del Reglamento acordó recomendaros el rechazo de la observación, aunque dejando constancia que tal pronunciamiento no importa un rechazo de la idea que ella contiene, sino que se debe a su inadecuada formulación. En mérito de las razones expuestas, Vuestra Comisión tiene a honra proponeros que enviéis en informe a la Comisión de Hacienda los incisos primero y segundo del artículo tercero nuevo propuesto por el Ejecutivo, y que adoptéis sobre las restantes observaciones los siguientes acuerdos: Primera observación Aprobar la que consiste en reemplazar la expresión "Artículo único" por "Artículo primero"; Aprobar la que consiste en agregar a continuación de la frase "Corporación de la Vivienda" con que se inicia el inciso primero, la frase "o la Corporación de Servicios Habitacionales"; Aprobar la que consiste en agregar a continuación de la frase "con arreglo a las disposiciones que la rigen", del inciso primero, lo siguiente: "de acuerdo a los planes del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y previo los informes técnicos correspondientes,"; Rechazar las que consisten en suprimir la expresión "y sin interés", de la parte final del inciso primero, y los incisos segundo y tercero del artículo, e insistir en la aprobación de los textos primitivos. 1) Segunda observación Rechazar la que consiste en agregar un artículo segundo, nuevo, del tenor siguiente: "Artículo 2°.- Las Sociedades a que se refieren los artículos 43 y 44 de la Ley Nº 16.391 y el artículo 3º, Nºs. 10 y 11 de la Ley Orgánica de la Corporación de Mejoramiento Urbano, fijado por decreto supremo de la Vivienda Nº 483, del presente año, gozarán ellas y sus socios de los mismos beneficios, franquicias y exenciones tributarias que el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1959, establece para las Sociedades Constructoras de Viviendas Económicas, salvo la exención del impuesto Global Complementario y Adicional". Tercera observación Rechazar el inciso tercero del artículo 3º, nuevo, cuyo tenor es el siguiente : "En los Servicios públicos, ramas o categorías del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, podrá disponer anualmente el Presidente de la República, que todos o algunos de ellos constituyan una sola planta de su personal, en cuyo caso corresponderá al Subsecretario, para todos los efectos administrativos, las facultades, derechos y obligaciones que corresponden a los Directores y Jefes Superiores de los Servicios dependientes del Minisetrio que se hayan unificado, sin perjuicio de las delegaciones de facultades que le esté permitido efectuar". Sala de la Comisión, a 23 de Noviembre de 1966. Acordado en sesión de esta fecha con la asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Aguirre, Contreras, don Víctor y Ferrando. (Fdo.) : Jorge Tapia Y., Secretario. 14 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA CORVI PARA EXPROPIAR INMUEBLES UBICADOS EN IQUIQUE. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene a honra informaros sobre las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto de ley que autoriza a la Corporación de la Vivienda para expropiar inmuebles ubicados en la ciudad de Iquique, despachadas ya en primer trámite constitucional por la Honorable Cámara de Diputados. El proyecto aprobado por el Congreso Nacional, que consta de dos artículos, autoriza al organismo antes mencionado para expropiar inmuebles ubicados en las calles y con los números que se señala, de la ciudad de Iquique, realizar trabajos de mejoramiento de las viviendas respectivas y aún construir un nuevo grupo habitacional, con la obligación de venderlo preferentemente a las personas que señala en forma nominativa. A juicio del Ejecutivo, estas normas pugnan con las establecidas en la Ley Nº 16.391, que creó el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, encargándolo de la dirección superior y planificación de la política habitacional del país, fijando también normas generales sobre expropiación, que conviene aplicar sin excepción, a fin de no dar lugar a situaciones singulares capaces de crear confusión y pluralidad de procedimientos. Fundado en estas razones, formula dos observaciones de tipo susti-tutivo, ya aprobadas por la Honorable Cámara de Diputados, tendientes a solucionar el problema habitacional concreto a que se refiere el proyecto, a través del Ministerio respectivo y dentro de sus planes generales. Tanto por el fundamento de la observación cuanto porque de no aprobarse ella no habría ley sobre la materia, Vuestra Comisión acordó recomendaros, por unanimidad, su aprobación. Propone, en seguida, el Ejecutivo, una observación aditiva consistente en incorporar al proyecto un artículo tercero, nuevo, que consulte normas mínimas por las cuales ha de regirse el personal del Consejo Nacional de la Vivienda, persona jurídica de Derecho Público, creada por los artículos 22 a 25 de la Ley Nº 16.391. Esta ley nada dijo sobre la situación del personal de ese Servicio ni hizo aplicable a él otras de sus disposiciones. La omisión del Legislador hace necesaria la solución propuesta por el Ejecutivo, que la unanimidad de Vuestra Comisión aceptó, en especial ante las explicaciones del señor Subsecretario del ramo en el sentido de que, en el hecho, resulta aplicable a un reducido personal, integrado por un Abogado y dos Dactilógrafas. En mérito de lo expuesto, Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene a honra recomendaros que prestéis vuestra aprobación a las observaciones formuladas a este proyecto por S. E. el Presidente de la República, que son del tenor siguiente: 1) Reemplazar el artículo 1° por el siguiente: "Facúltase al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para considerar dentro de sus planes, y previos los informes técnicos correspondientes, la expropiación por la Corporación de la Vivienda u otra de las Instituciones señaladas en el artículo 5° de la ley 16.391, de los inmuebles ubicados en la ciudad de Iquique, en las calles y números que se señalan a continuación: Zegers, números 518 y 526; Obispo Labbé, números 962, 966, 970, 974 y 978; conforme a las normas señaladas en los artículos 50 y 51 de la citada ley.". 2) Reemplazar el artículo 21? por el siguiente: "El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo encomendará a los organismos de la Vivienda competentes las tareas de rehabilitación de las viviendas o construcción de nuevas edificaciones, según corresponda, y otorgamiento de títulos de dominio, en su caso, a los ocupantes respectivos.". 3) Agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo 3°.- Agregúese al artículo 25 de la ley Nº 16.391, los siguientes incisos. "El Consejo tendrá un Secretario Abogado, que será de la confianza del Presidente de la República para los efectos de su nombramiento y remoción; tendrá la calidad de Ministro de Fe de las actuaciones del Consejo, será el Jefe Administrativo del personal y le corresponderán las atribuciones y obligaciones que se determinen en el Reglamento de Sala. El Secretario Abogado y el personal del Consejo serán considerados en las plantas de cargo y remuneraciones del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y les serán aplicables las disposiciones de los artículos 46 y 47.". Sala de la Comisión, a 23 de noviembre de 1966. Acordado en sesión de esta fecha con la asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Aguirre, Contreras don Víctor y Ferrando. (Fdo.) : Jorge Tapia V., Secretario. 15 INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RECAIDO EN LA PETICION DE DESAFUERO DEL SEÑOR INTENDENTE DE CHILOE, DON JORGE KINDERMANN FERNANDEZ Y DEL SEÑOR GOBERNADOR DE CASTRO. DON ARTURO PINTO CANOERA, SOLICITADA POR EL ABOGADO DON HUGO OYARZUN GONZALEZ EN REPRESENTACION DE DON RAUL GALLARDO ALARCON. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Constitucio,n, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor de informaros acerca de la petición de desafuero del señor Intendente de Chiloé, don Jorge Kindermann Fernández y del señor Gobernador de Castro, don Arturo Pinto Canobra, solicitada por el abogado don Hugo Oyarzún González en representación de don Raúl Gallardo Alarcón. En primer lugar, debemos dejar constancia de que el peticionario no rindió ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia la información de los hechos que debe efectuarse en conformidad al artículo 620 del Código de Procedimiento Penal, por lo cual ese Tribunal procedió a remitir los antecedentes al Senado juntamente con las certificaciones solicitadas por el acusador en parte de prueba. El actor imputa a los funcionarios aludidos la comisión de los delitos que sancionan los artículos 253 y 256 del Código Penal. El artículo 253 de ese cuerpo legal castiga al empleado público que requerido por autoridad competente, no prestare, en el ejercicio de su ministerio, la debida cooperación para la administración de justicia u otro servicio público. Por su parte, el artículo 256 del Código Penal sanciona al empleado público del orden administrativo que malicionsamente retardare o negare a los particulares la protección o servicio que deba dispensarles en conformidad a las leyes y reglamentos. El primero de los delitos que se imputan se denomina de "Denegación de Auxilio" y la pena es la suspensión del empleo en sus grados mínimo a medio y multa de veinte mil a cien mil pesos; pero si de la omisión resultare grave daño a la causa pública o a un tercero, la pena será la de inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio y multa de veinte mil a doscientos mil pesos. El segundo delito es llamado de "Denegación de Servicio" y la pena es la suspensión del empleo en cualquiera de sus grados y multa de veinte mil a doscientos mil pesos. Según el libelo acusatorio, los hechos que motivan la petición de desafuero en informe son los siguientes: Don Raúl Gallardo Alarcón adquirió una propiedad en San Gabriel, ex fundo "El Natre", comuna de Queilén del departamento de Castro, la cual fue ocupada sin título ni derecho alguno por don Daniel Cárdenas Paredes. Ante esta situación el señor Gallardo inició juicio ordinario de reivindicación, obteniendo sentencia favorable el 16 de septiembre de 1960, la que fue cumplida con el auxilio de la Fuerza Pública el 14 de noviembre del mismo año. Después de haberse procedido al lanzamiento por Carabineros, nuevamente Daniel Cárdenas penetró en la propiedad del señor Gallardo, lo que determinó a éste a querellarse por el delito de usurpación. El proceso respectivo terminó por sentencia de fecha 5 de octubre de 1965, dictada por el Juez del Crimen de Castro, en la que se condenó al reo Cárdenas como autor del delito de usurpación en conformidad al artículo 458 del Código Penal a la pena de multa de cien escudos y a la restitución de la propiedad usurpada una vez ejecutoriada esa sentencia. Notificada esta sentencia personalmente al reo y no habiendo éste apelado, quedó ejecutoriada. Sin embargo, como Cárdenas no desalojara la propiedad, se procedió a solicitar la fuerza pública, la que fue concedida por el Juzgado del Crimen de Castro. Una vez que el oficio respectivo llegó a la Gobernación, ésta dispuso que se prestara la Fuerza Pública al Ministro de Fe encargado de cumplir la sentencia judicial. En el intertanto el querellado Cárdenas Paredes acudió a la Gobernación de Castro y a la Intendencia de Chiloé para obtener una reconsideración, la que al parecer logró pues el Intendente de la Provincia a través de diversos telegramas a Carabineros de Castro ordenó que se suspendiera el lanzamiento e incluso, que el Gobernador de Castro retirara el oficio en que ordenaba prestar el auxilio de la fuerza pública para la restitución de la propiedad. Estos procedimientos, a juicio del acusador, implican una violación manifiesta y flagrante de las normas legales vigentes que obligan al Gobernador e Intendente a prestar el auxilio necesario a los Tribunales de Justicia para el cumplimiento de sus resoluciones, sin que puedan calificar el fundamento con que se les pide ni la justicia o legalidad de la resolución (Artículos 23 del D.F.L. Nº 22, ley sobre Régimen Interior y 11 del Código Orgánico de Tribunales). Expresa también el peticionario que la infracción legal y las sanciones penales fueron hechas presentes por su parte tanto al señor Gobernador como al señor Intendente de la Provincia, como asimismo, al Ministerio del Interior. Agrega que como respuesta obtuvo siempre la negativa a la concesión de la fuerza pública en mérito de órdenes superiores basadas en la aplicación a este caso del Decreto de Interior Nº 2828, de 30 de abril de 1927. Dicho decreto, a juicio del solicitante, estaría derogado orgánicamente; pero aún cuando se lo considerara vigente, su texto no autoriza en parte alguna para "negar la fuerza pública" o para postergar su concesión por más de 15 días. El peticionario expone, además, que solicitó en la Gobernación de Castro certificación de los siguientes hechos: a) fecha en que se recibió el oficio del Juzgado de Letras de Castro solicitado la fuerza pública; fecha en que la Gobernación de Castro otorgó la fuerza pública, y fecha y fundamentos de la resolución que ordenó retirar el oficio de Carabineros de Castro en el que se otorgaba la Fuerza Pública. Señala que nada de esto se obtuvo debido a que el Intendente de la Provincia ordenó no expedir certificado alguno sin consulta previa a la Intendencia, situación que se mantuvo hasta que el Gobernador de Castro manifestó en audiencia al acusador que no se otorgaría certificado alguno por orden superior. Los hechos relatados configuran con claridad, a juicio del actor, las figuras delictivas de denegación de auxilio y denegación de servicio, previstas y penadas en los artículos 253 y 256 del Código Penal. Expresa, asimismo, que la situación creada por las autoridades administrativas cuyo desafuero solicita significa para su representado la pérdida de tiempo y dinero derivado del hecho de haber ejercitado la acción penal por el atentado de usurpación contra su propiedad y, al mismo tiempo, que el trabajo y las decisiones de los Tribunales de Justicia no produzcan efecto legal alguno con lo cual, evidentemente, las autoridades administrativas acusadas han perturbado gravemente el cumplimiento de una decisión de la justicia. Termina manifestando el libelo acusatorio que el fuero de los Intendentes y Gobernadores tiene por objeto evitarles molestias injustificadas, permitiendo con ello el desempeño tranquilo de las funciones superiores para las cuales han sido designados; pero en ningún caso las disposiciones legales sobre la materia pretenden dejarlos exentos de responsabilidad, como tampoco evitar que sean procesados y castigados por sus hechos delictuosos. Acompaña en parte de prueba diversas certificaciones y documentos que se analizarán más adelante. Informando los señores Intendente y Gobernador acusados en oficio que se dio cuenta con fecha 28 del presente, fundamentan sus descargos en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho. Expresa la defensa que la incriminante fundamenta su acción en las figuras descritas y sancionadas por los artículos 253 y 256 del Código Penal. El no otorgamiento de la fuerza pública por la autoridad administrativa constituye, a juicio del recurrente, una denegación de auxilio que se hace consistir en la falta de la "debida cooperación" con la administración de justicia. Esta conducta pasiva se traducirá en un retardo en la función judicial, en términos de frustrar o hacer ilusorio el servicio público requerido; o, lo que resulta más insólito aún, esta conducta significaría una "falta de respecto" a los Tribunales de Justicia, toda vez que se pretendería usurpar atribuciones privativas de otro Poder del Estado; La naturaleza jurídica de las figuras delictivas invocadas excluyen la posibilidad de una relación jerárquica de subordinación entre quien solicita la cooperación y el que debe prestarla, sino que, por el contrario, supone una autonomía administrativa. El delito que se pretende pesquisar es el de negación de auxilio y no el de desobediencia. En esta inteligencia la conducta impugnada no transgredería de manera alguna una orden judicial, por lo que resulta excesivo argumentar en términos de "falta de respeto", sino que tan solo podría constituir una violación a una norma jurídica impuesta por la ley; Nada de esto ocurre en la especie porque las disposiciones legales que informan la materia exigen de la autoridad administrativa que adopte las providencias del caso para evitar las consecuencias derivadas de un lanzamiento, cuando existe un problema social de por medio. Con sujeción estricta a estas normas de profundo contenido social y humano, concluyen las autoridades acusadas de que su participación ha sido conforme a derecho. Agregan que ni la Intendencia de Chiloé ni la Gobernación de Castro han negado el auxilio de la fuerza pública en el caso cuestionado, como se desprende inequívocamente de los antecedentes. Por el contrario, se hizo saber oportunamente al peticionario acerca de los trámites que se seguían en relación al decreto de lanzamiento; No desconocen las autoridades administrativas acusadas la disposición del artículo 11 del Código Orgánico de Tribunales, en cuanto prescribe que no le corresponde a la autoridad requerida calificar los fundamentos de la sentencia o decreto que se trata de ejecutar, disposición que no tiene otro alcance que resguardar la independencia del Poder Judicial y el imperio de los fallos. Sin embargo, agregan, en materia administrativa existen numerosas leyes que fijan atribuciones y deberes a los Intendentes, las que deben aplicarse en su integridad. En efecto el artículo 22 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 20, de 1959, que fija el texto de la ley orgánica de la Dirección de Asistencia Social, dice: "Las autoridades encargadas de otorgar el auxilio de la fuerza pública en juicios de arrendamiento, luego que tomen conocimiento de la respectiva orden judicial, informarán a la Dirección de aquellos lanzamientos que puedan constituir un grave y manifiesto problema social, para que se provea a su pronta solución." En armonía con esta disposición el artículo 26 del D.F.L. Nº 22, de 1959, orgánico del Servicio de Gobierno Interior de la República, al señalar las atribuciones de los Gobernadores consulta la de "atender a los fines de justicia social", que corresponden a la misión gubernativa; e) Ni la disposición contenida en el artículo 11 del Código Orgánico de Tribunales, ni aquella consignada en el artículo 23 del D.F.L. 22, recién referido, establecen un plazo para el cumplimiento de las resoluciones judiciales por lo que el acto administrativo de la concesión de fuerza pública puede considerarse que queda entregado a la prudencia de las autoridades correspondientes. Hacen presente los funcionarios acusados que el cumplimiento de las disposiciones legales a que han hecho mención requiere del tiempo necesario para realizar las investigaciones administrativas correspondientes y que, en el caso de autos, esas investigaciones fueron realizadas por Carabineros y a través de un informe socio-económico del ocupante practicado por una asistente social; f) Dicho informe socio-económico expresa: "ANTECEDENTES FAMILIARES: La familia Cárdenas-Obando procede de la Provincia de Chiloé. Llegó a radicarse en el predio denominado Fundo "Cohiuín", en 1957, pero desde 1951 por cesión del Fisco, según escritura pública que obra en poder de la familia mencionada, comenzaron a trabajar las tierras con grandes sacrificios físicos y económicos, ya que por la topografía del terreno, fue necesario rozar y limpiar las tierras, a fin de convertirlas en aptas para el cultivo, como también para construir la vivienda, bodega y demás dependencias que ocupan." "SITUACION ACTUAL: La extensión de tierras ocupadas por Cárdenas Paredes es de 64 Ha., debidamente cercadas, de las cuales a la medida de sus escasos recursos tiene semi limpias 25 Hás. y limpias 15 Hás., que dedica a siembra de papas, avena y talaje de animales, contando con 2 caballos y 12 ovejas. Además, tiene una plantación de 200 manzanos". "En la actualidad pesa sobre él una orden de lanzamiento, la que en caso de ser. cumplida deja a una familia que ha trabajado intensamente por alcanzar su bienestar, especialmente de sus numerosos hijos, sin ninguna posibilidad, ya que carecen de medios económicos para comenzar en otros terrenos sin explotar y su avanzada edad no les permite hacer los sacrificios físicos que le significó el trabajo de las tierras que por espacio de quince años han ocupado."; g) Frente al contexto del informe precedentemente transcrito es necesario concluir, señalan los acusados, que existen dos hechos cuya responsabilidad corresponde a la autoridad administrativa: 1.- Un indiscutible problema social; 2.- La posibilidad de que estuvieran comprometidos terrenos fiscales. La Gobernación de Castro, primero, y luego la Intendencia de Chiloé, orientaron su actividad en torno a esas dos interrogantes. Con respecto al problema social se concertaron entrevistas con los funcionarios dependientes de los organismos estatales que pudieran asegurar una reubicación inmediata de la familia sobre la cual pendía la orden de lanzamiento, quienes obedeciendo a estos requerimientos formularon las consultas pertinentes a la superioridad de sus respectivos servicios. En lo que dice relación con la naturaleza del título de dominio, se ordenó a la Oficina de Tierras de Castro, en conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 2828, de 30 de abril de 1927, del Ministerio del Interior, que instruyera una información sumaria; h) Los acusados acompañan copia autorizada de la inscripción de dominio en favor del Fisco del Fundo "Coihuín" propiedad que según afirman es donde vive el afectado, con lo cual quedaría acreditado el. dominio fiscal y no particular del predio en litigio. Dicha inscripción rola a fojas 403 vta. Nº 528 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Castro del año 1956; i) El simple análisis anterior conduce, en concepto de los acusados, a la conclusión de que el demandante está pidiendo la restitución de una propiedad cuyo dominio corresponde al Fisco, circunstancia que por sí sola basta de acuerdo a lo prescrito por el artículo 26 letra f) del D.F.L. Nº 22, ley de Régimen Interior, para exigir un pronunciamiento de los organismos técnicos sobre la materia. En efecto la disposición aludida dice textualmente: "Si el ocupante exhibe un título aparente de ocupación o de mera tenencia," el Gobernador enviará los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para su pronunciamiento, "dando cuenta a los Ministerios del Interior y de Tierras y Colonización. En el intertanto, se abstendrá de actuar."; j) Expresan los acusados que los dos procedimientos que indica el artículo transcrito se iniciaron simultáneamente y sin pérdida de tiempo, a objeto de no entorpecer la acción de la justicia; pero ambos legajos de antecedentes fueron elevados en consulta a los Ministerios del Interior y de Tierras a raíz de un reclamo formulado por el ocupante afectado Daniel Cárdenas Paredes en contra del Intendente de Chiloé y Gobernador de Castro, por pretender incurrir en la arbitraria medida de otorgar la fuerza pública en su contra; k) El trámite anterior explica perfectamente, a juicio de los acusados, el por qué no se pudieron otorgar los certificados requeridos por el recurrente. Por lo tanto, la negativa a otorgarlos no fue motivada por una actitud dolosa o simplemente caprichosa de la Gobernación de Castro, sino impuesta por la circunstancia de no contar en el momento oportuno con los documentos sobre los cuales debía recaer la correspondiente certificación. De tal suerte que resulta aventurado e injusto asegurar que se ha configurado la incriminante de denegación de servicio, como se pretende; 1) Según los acusados, este proceso formal y previo, que se inicia sin discriminación en todos los oficios de lanzamiento no puede configurar el delito de "denegación de justicia". De lo anterior puede inferirse que las necesidades sociales dan margen a la investigación de los lanzamientos en el aspecto meramente administrativo y esto no puede interpretarse como una falta de cooperación o una denegación de auxilio; m) Por último, los acusados expresan que la necesidad social ha sido comprendida por el legislador al dictar leyes de excepción en materia de lanzamientos, citando por vía de ejemplo las leyes Nºs 15.273, 15.419, 16.088 y 16.451. Agregan que la autoridad debe cooperar a la acción de la justicia y preocuparse del problema social, sin que exista entre ambas obligaciones ningún contrasentido ya que los dos aspectos se concilian y deben cumplirse armónicamente. La experiencia en esta materia enseña que la política empleada en la especie para cursar los lanzamientos ha sido altamente beneficiosa y útil para la comunidad, sin que ella influya en detrimento del orden jurídico existente y del derecho de propiedad, resolviéndose los casos prácticos con un criterio más humano y asistencial. De los antecedentes relacionados, documentos que se acompañan y pruebas rendidas se desprende: I.- Don Raúl Gallardo Alarcón y don Aléjandro Domínguez Mansilla son dueños por iguales partes de un terreno de aproximadamente 156 Hás., con lo edificado, plantado y adherentes, ubicado en San Gabriel ex El Natre, comuna de Queilén, departamento de Castro. Dicho terreno lo hubieron por compra a doña Clotilde Andrade Vera según escritura pública otorgada en la Notaría de Castro el 24 de diciembre de 1958, inscrito, en el Conservador de Bienes Raíces de la misma ciudad a fojas 214 vta. Nº 400, con fecha 29 del mismo mes de diciembre de 1958; II.- En virtud del título de dominio anterior el señor Gallardo demandó en juicio de reinvindicación al ocupante del predio don Daniel Cárdenas, dictándose sentencia favorable al demandante con fecha 16 de septiembre de 1960, la que fue cumplida con el auxilio de la fuerza pública el 14 de noviembre de ese año 1960. -antecedente que consta de la copia autorizada del Juzgado de Letras de Castro que acompaña el actor-. Juicio Civil Rol Nº 13.508. III.- Debido a que Daniel Cárdenas penetró nuevamente en la propiedad de Gallardo éste se querelló criminalmente por el delito de usurpación que sancionan los artículos 457 y siguientes del Código Penal. En este proceso, después de las pruebas de rigor se dictó sentencia por el Juez del Crimen de Castro, condenando a Daniel Cárdenas Paredes como autor del delito de usurpación. Dicha sentencia se encuentra ejecutoriada, según certificado que rola en autos y en su parte resolutiva condenó al reo Cárdenas a la pena de cien escudos de multa, ordenándole la restitu ción de los bienes usurpados. La misma sentencia deja constancia de que el delito de. usurpación se cometió en el predio denominado Natre, comuna de Queilén del departamento de Castro. Entre los antecedentes del proceso aparece la declaración del Jefe de la Oficina de Tierras y Colonización de Castro, quien afirma que en esa Repartición existen diversos antecedentes que se relacionan con el fundo "Coihuín" inscrito a nombre del Fisco y parcelado y entregado a diversos ocupantes, no existiendo retazos libres. Por esta razón, agrega, se han denegado diversas solicitudes de Cárdenas Paredes sobre concesión de títulos de esos terrenos. En cuanto al fundo llamado "Natre", el mismo funcionario señala que los títulos respectivos fueron reconocidos como válidos en favor de Purísimo y Antonio Loncuante, por lo que ha dejado de ser fiscal desde hace muchos años habiendo, por lo tanto, imposibilidad material y legal de otorgar título de dominio a particulares. Termina sosteniendo el Jefe de Tierras mencionado, que conforme al levantamiento de planos, la parte ocupada por el querellado queda dentro de la propiedad del querellante, antecedentes que rolan de fojas 14 a 22 del proceso respectivo. (Rol Nº 14.374). IV.- A fin de dar cumplimiento a la sentencia en lo relativo a la restitución de la propiedad usurpada, el querellante Gallardo Alarcón solicitó y obtuvo del Tribunal la concesión de fuerza pública, constando a fojas 76 del proceso respectivo que se dirigió exhorto al Juez de Subdelegación de Chonchi para que procediera con su auxilio al lanzamiento del usurpador Cárdenas Paredes; V.- Que con fecha 31 de marzo de 1966 (certificado acompañado en parte de prueba, expedido por oficio Nº 221, de 5 de septiembre de 1966 del Juzgado de Letras de Castro), el Juez de Chonchi da cuenta de la diligencia en los siguientes términos: "En Chonchi a treinta y uno de marzo de mil novecientos sesenta y seis. Me permito devolver a US. el exhorto precedente sin diligenciar toda vez que la fuerza pública no me fue prestada por Carabineros de Castro, ya que, la Autoridad Administrativa procedió a retirar de la Comisaría de Castro la orden correspondiente por instrucciones superiores, según informes proporcionados por el señor Comisario subrogante teniente A. Mardones. Es cuanto puedo informar a US. Luis Cárdenas, Juez de Subdelegación de Chonchi."; VI.- Que a fojas 23 rola oficio Nº 611, de 8 de septiembre de 1966, del Jefe de la Oficina Zonal de Tierras de Castro, dirigido a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia (antecedente solicitado por el querellante por vía de prueba), en el cual este funcionario informa lo siguiente: "En atención a su oficio s/. de fecha 30 de agosto de 1966 tengo el agrado de informar a US. lo que sigue: Con fecha 30 ó 31 de marzo próximo pasado, se me pidió en forma verbal un informe, también verbal, de la situación en que se encontraba el predio ocupado por don Daniel Cárdenas Paredes. En mi exposición dejé bien en claro que el terreno ocupado por el señor Cárdenas era de propiedad particular; en este caso de don Raúl Gallardo y de don Alejandro Domínguez. El Fisco por decreto Nº 2917 de fecha 27 de junio de 1933 reconoció la validez de los títulos presentados por don Purísimo Loncuante Ch. Don Purísimo Loncuante vendió parte de los terrenos, por los cuales obtuvo reconocimiento, a don Ernesto Ahrens P., se acompaña inscripción. Don Ernesto Ahrens P. vendió parte de esos terrenos a don Enrique A. Fernández, se acompaña copia de la inscripción. Don Enrique Fernández y doña Clotilde Andrade Vera, cónyuges, se separaron de bienes, se adjunta copia de la inscripción de separación Je bienes y adjudicación. Doña Clotilde Andrade Vera vendió 156,20 Hás. a don Raúl Gallardo y a don Alejandro Domínguez por iguales partes, se acompaña copia de la inscripción correspondiente. Dentro de estos terrenos es donde se encuentra ubicado el señor Daniel Cárdenas Paredes. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Abel E. Alarcón Celis, Jefe Oficina Zonal." VII.- Que a fojas 24 y en Oficio confidencial Nº 25, de 12 de septiembre de 1966, el Mayor de Carabineros y Comisario de Castro informa a la Ilustrísima Corte de Apelaciones Vildivia (antecedente solicitado por el querellante como prueba), lo siguiente: "En cumplimiento a lo solicitado en su Oficio sin número, de fecha 30 de agosto próximo pasado, recibido el 7 del actual, cúmpleme informar a esa Ilustrísima Corte de Apelaciones lo siguiente: La Gobernación de Castro por Providencia Nº 112, de fecha 10 de marzo de 1966, ordenó a la 2da. Comisaría "Castro" proporcionar la Fuerza Pública, en conformidad a lo resuelto en Causa Rol 14.274, del Juzgado del Crimen de Castro. Posteriormente, con fecha 29 del mismo mes, en Oficio Nº 143 la Gobernación solicitó la devolución de los antecedentes, aduciendo en su oficio el señor Gobernador que lo hacía en conformidad a instrucciones verbales del señor Intendente de la Provincia, los que fueron enviados ese mismo día con Oficio Nº 244 de esta Comisaría por el señor Comisario Accidental de esa fecha, Teniente don Alexis Mardones Moya. La Fuerza Pública no fue solicitada en la Unidad, mientras se encontraba la orden en la Comisaría, según averiguaciones practicadas por el infrascrito. El Comisario de Carabineros que suscribe no tiene antecedentes sobre conversaciones entre los Jefes de la Prefectura de Ancud y el señor Intendente de la Provincia, relacionadas con el retiro de la orden antes mencionada. Saluda atentamente al señor Presidente de esa Corte de Apelaciones. (Fdo.) : Luis Valdivia Román, Mayor de Carabineros y Comisario.". VIII.- Los funcionarios acusados basan su defensa en los siguientes antecedentes principales: a) Que las disposiciones legales invocadas (artículo 23 del D.F.L. Nº 22, Ley de Régimen Interior, y 11 del Código Orgánico de Tribunales) no fijan plazo para el cumplimiento de las resolusiones judiciales y, por lo tanto, éste queda entregado a la prudencia, máxime cuando existen en caso de lanzamientos otras disposiciones legales (artículo 22 del D.F.L. Nº 20 y 26 del D.F.L. Nº 22) que obligan a las autoridades administrativas a tomar diversas providencias cuando éstos constituyen un problema social grave; y b) Que del informe socioeconómico de la Asistente Social doña Vilma Reyes se desprenden dos hechos cuya responsabilidad corresponde a las autoridades administrativas: 1°.- un indiscutible problema social, y 2°.- la posibilidad de que estuvieran comprometidos terrenos fiscales. IX.- Que en lo que dice relación con la prontitud del cumplimiento de las resoluciones judiciales, carece de valor la defensa, puesto que para que ellas sean eficaces y resguarden debidamente los derechos de las partes y el orden jurídico y social, deben ser cumplidas a la brevedad posible. Consta en autos que la fuerza pública fue decretada por el Tribunal en marzo de este año 1966, habiendo transcurrido casi ocho meses sin que pueda darse cumplimiento a la resolución judicial respectiva, lo que no parece razonable ni legítimo aunque hubieren otros intereses de por medio cuya protección fuera administrativamente aconsejable. X.- En cuanto al problema socio-económico relacionado con la familia del usurpador, no cabe duda que el Estado debe solucionarlo dentro de sus facultades y atribuciones, con los medios que diversas leyes otorgan para solucionar situaciones análogas, pero en ningún caso con menoscabo y lesión de los legítimos derechos de otro ciudadano que tiene título de dominio conforme a derecho sobre el predio indebidamente ocupado. XI.- Tampoco pudieron desconocer las autoridades administrativas que el usurpador tiene un nutrido prontuario criminal en el cual aparecen condenas por hurtos reiterados, lesiones graves, ebriedad, maltrato a carabineros, desacato, etc., hechos delictuosos que se han venido repitiendo desde el año 1930, antecedentes que permitirían sostener que se trata de un delincuente habitual. XII.- Finalmente, en lo que se refiere a la calidad de "fiscal" que las autoridades acusadas atribuyen o suponen al predio en disputa, hay constancia tanto en el proceso civil de reivindicación como en el juicio criminal por usurpación, de que se trata en la especie de un predio particular. Dicha constancia aparece en dos fallos judiciales ejecutoriados, como también en las declaraciones y certificaciones de los funcionarios públicos de las Oficinas de Tierras de Castro, que testimonian el carácter particular del predio usurpado. Estos antecedentes constituyen fundamentos más que suficientes para concluir que no cabe aplicar en este caso el Decreto Nº 2.828, de 30 de abril de 1927, que se refiere a tierras fiscales o de indígenas, texto legal que invocan en su defensa los acusados. Tampoco es admisible como lo sostienen las autoridades cuyo desafuero se solicita, sostener que el usurpador señor Cárdenas Paredes vive en el fundo "Coihuín" de propiedad fiscal, puesto que aparece suficientemente comprobado que antes y después del juicio reivindicatorío y del proceso criminal de usurpación, el reo vive en el ex fundo "El Natre" y en el terreno de propiedad del querellante y acusador, don Raúl Gallardo Alarcón. Con lo expuesto y antecedentes relacionados, se desprende que las demás alegaciones de la defensa en cuanto a tramitaciones y consultas con diversos organismos del Estado para conceder la fuerza pública y con la negativa a otorgar diversas certificaciones solicitadas por el acusador, sólo podrían haber tenido fundamento y justificación si se hubiera tratado de un predio fiscal; pero no tienen asidero en autos por no tener los terrenos usurpados ese carácter. Vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores señores Juliet y Sepúlveda y la abstención en dos votaciones del Honorable Senador señor Altamirano, estima que en la especie existe fundamento suficiente en conformidad al artículo 622 del Código "de Procedimiento Penal en relación con el artículo 612 del mismo cuerpo de leyes, para conceder el desafuero de las autoridades acusadas. Por lo tanto os recomendamos declarar que ha lugar la formación de causa en materia criminal para perseguir su responsabilidad por los delitos a que se refieren los artículos 253 y 256 del Código Penal. El Honorable Senador señor Pablo votó en contra del desafuero, fundado en la existencia de un problema social en el predio, como también en que las autoridades administrativas actuaron sin malicia o dolo y, aun más, cumpliendo instrucciones del Ministerio del Interior, Repartición que habría estimado que existían dudas sobre la calidad particular o fiscal de los terrenos ocupados, lo que determinó la suspensión del otorgamiento de la fuerza pública. A la sesión en que se trató el asunto en informe concurrió el señor Ministro del Interior, quien dio explicaciones sobre diversos antecedentes a que hace referencia la defensa de los funcionarios inculpados. Sala de la Comisión, a 28 de noviembre de 1966. Acordado en sesión de esta misma fecha con asistencia de los Honorables Senadores señores Altamirano (Presidente), Juliet, Pablo y Sepúlveda. (Fdo.) : Rafael Eyzaguirre E., Secretario de la Comisión. 0|T. 3333 - Instituto Geográfico Militar - 1966