REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 59ª, en martes 6 de septiembre de 1966 Ordinaria (De 16.30 a 22.55). PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JOSE GARCIA GONZALEZ Y SERGIO SEPULVEDA GARCES. SECRETARIOS, LOS SEÑORES PELAGIO FIGUEROA TORO Y FEDERICO WALKER LETELIER. INDICE. Versión Taquigráfica. I.- ASISTENCIA , 3461 II.- APERTURA DE LA SESION 3461 III.- LECTURA DE LA CUENTA 3461 Proyecto de ley sobre ampliación del plazo concedido a los choferes de taxis y secretarios de Parlamentarios para acogerse a los beneficios previsionales. (Trámite a Comisión) 3462 Proyecto de ley que establece la jornada ordinaria de trabajo en las minas de carbón. (Preferencia) 3462 Proyecto de ley que reglamenta la devolución del sobreprecio cobrado por los televisores. (Prórroga del plazo a Comisión) 3463 Proyecto de ley que otorga recursos para la ejecución de obras públicas en las provincias de Aconcagua y Valparaíso. (Aplazamiento) 3463 Proyecto de ley que proporciona recursos para el campeonato sudamericano de tenis. (Preferencia) 3463 IV.- FACIL DESPACHO: Proyecto de ley contenido en una moción del Honorable señor Gumució, por el cual se autoriza la celebración de carreras extraordinarias en los hipódromos de Santiago y Valparaíso, a beneficio de la Sociedad Protectora de la Infancia. (Se aprueba) 3463 Proyecto de ley por el cual se condonan las deudas que la Sociedad de Artesanos La Unión, de Chillan, tiene con la Corporación de la Vivienda. (Se aprueba en general y particular) 3472 Autorización a Comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala 3473 Proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de La Cisterna para contratar empréstitos. (Se aprueba en general y particular) 3474 V.- ORDEN DEL DIA: Proyecto de ley por el cual se suplementa el presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas. (Queda pendiente) 3474 VI.- TIEMPO DE VOTACIONES: Inserción de cuadros estadísticos en discurso pronunciado por el señor Noemi en sesión de 31 de agosto. (Se acuerda) 3491 Acuerdos de Comités. (Se anuncian) 3492 VII.- INCIDENTES: Peticiones de oficios. (Se anuncian) 3492 Enseñanza de religión en los primeros años de la educación general básica. Oficio. (Observaciones del señor González Madariaga) 3497 Atentados contra choferes de taxis. Oficio. (Observaciones del señor Teitelboim) 3516 Inconvenientes del seguro de accidentes en vehículos de locomoción colectiva. Oficio. (Observaciones de la señora Campusano) 3516 Enseñanza de religión en primeros años de educación general básica. 3520 Creación de Escuela Universitaria en Rancagua. Carro-bomba para Cuerpo de Bomberos de Graneros. Incorporación del distrito de Tunca a la comuna de Graneros. Construcción de externado de liceo de Niñas de San Fernando. Oficios. (Observaciones del señor Ahumada) 3520 Anexos. DOCUMENTOS: 1.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito con la República Argentina, en Santiago, el 14 de diciembre de 1948 3525 2.- Informe de la Comisión de Educación Pública recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica la ley 12.567 que destina recursos para la construcción y alhajamiento de establecimientos educacionales en la ciudad de Viña del Mar 3528 3.- Informe de la Comisión de Educación Pública recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza la erección de monumentos en memoria del Abate Juan Ignacio Molina, en las ciudades de Santiago y Villa Alegre 3530 4.- Informe de la Comisión de Educación Pública recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del ex Senador señor Acharán Arce, que otorga autonomía a determinadas facultades y escuelas de la Universidad Austral 3531 5.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que ordena vender a sus actuales ocupantes las casas que forman las poblaciones Rafael Saavedra y Cañete, de Viña del Mar 3532 6.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que incluye a la población Carlos Acharan Arce de Valdivia, en los beneficios de la ley Nº 15.907 3534 7.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza el otorgamiento de títulos de dominio a los adquirentes de terrenos de la población San José, de la comuna de Arica 3538 8.- Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que prorroga el plazo establecido en los artículos 2º y 3º transitorios de la ley Nº 15.722 y en la ley Nº 16.421, con el objeto de que los choferes de taxis y los secretarios de Congresales puedan acogerse a sus beneficios 3543 9.- Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social que establece la jornada ordinaria de seis horas para los trabajadores de las minas del carbón y para los mineros que por su labor se encuentran expuestos a contraer silicosis u otra enfermedad profesional 3546 10.- Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que autoriza la transferencia de un terreno fiscal ubicado en la comuna de Arica al Club Deportivo Yungay, de esa ciudad 3549 11.- Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que condona los saldos insolutos de precios e intereses de las ventas efectuadas por el Fisco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9º del D.F.L. Nº 256, de 1931 3551 12.- Informe de la Comisión de Agricultura y Colonización recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que desafecta de su condición de bienes nacionales de uso público los terrenos de la población Histórica de Chile, y los transfiere a la Municipalidad de San Miguel 3553 VERSION TAQUIGRAFICA I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Aguirre D., Humberto; Ahumada, Hermes; Altamirano O., Carlos; Allende, Salvador; Bossay, Luis; Campusano, Julieta; Castro, Baltazar; Contreras, Víctor; Corbalán, Salomón; Curtí, Enrique; Duran, Julio; Enríquez, Humberto; Ferrando, Ricardo; Foncea, José; Fuentealba, Renán; García, José; González M., Exequiel; Gormaz, Raúl; Gumucio, Rafael A.; Ibáñez, Pedro; Jaramillo, Armando; Juliet, Raúl; Luengo, Luis F.; Musalem, José; Noemi, Alejandro; Pablo, Tomás; Palma, Ignacio; Prado, Benjamín; Rodríguez, Aniceto; Sepúlveda, Sergio; Tarud, Rafael; Teitelboim, Volodia; Von Mühlenbrock, Julio. Concurrió, además, el Ministro de Salud Pública. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro y de Prosecretario, el señor Federico Walker Letelier. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16,13, en presencia de 18 señores Senadores. El señor GARCIA (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor GARCÍA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios Ocho del señor Presidente de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y de los señores Ministros del Interior, de Relaciones Exteriores, de Hacienda, de Obras Públicas y de Agricultura, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Aguirre Doolan (1), Ahumada (2), Ampuero (3), Corvalán Lépez (4), Chadwick (5), Rodríguez (6) y Teitelboim (7): 1) Fondos para la Dirección de Deportes del Estado 2) Servicio de trenes a Pichilemu Necesidad de Bomberos de Pichilemu 3) Designación de Ministro en visita 4) Poder comprador de vinos en ECA 5) Política sobre Convenios de cooperación técnica 6) Diversos problemas de Valdivia. 7) Expropiación de fundos en Víllarrica y San Bernardo. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Informes Uno de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito con la República Argentina, en Santiago, el 14 de diciembre de 1948. (Véase en los Anexos, documento 1). Tres de la Comisión de Educación Pública, recaídos en los siguientes asuntos: 1) Proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 12.567, que destina recursos para la construcción y alhajamiento de establecimientos educacionales en la ciudad de Viña del Mar. (Véase en los Anexos, documento 2). 2) Proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que autoriza la erección de monumentos en memoria del Abate Juan Ignacio Molina, en las ciudades de Santiago y Villa Alegre. (Véase en los Anexos, documento 3). 3) Proyecto de ley, iniciado en moción del ex Senador señor Acharan Arce, que otorga autonomía a determinadas Facultades y Escuelas de la Universidad Austral. (Véase en los Anexos, documento 4). Tres de la Comisión de Obras Públicas, recaídos en los siguientes proyectos de ley de la H. Cámara de Diputados: 1) El que ordena vender a sus actuales ocupantes las casas que forman las Poblaciones "Rafael Saavedra" y "Cañete", de Viña del Mar. (Véase en los Anexos, documento 5). 2) El que incluye a la Población "Carlos Acharan Arce", de Valdivia, en los beneficios de la ley Nº 15.907. (Véase en los Anexos, documento 6). 3) El que autoriza el otorgamiento de títulos de dominio a los adquirentes de terrenos de la Población San José, de la comuna de Arica. (Véase en los Anexos, documento 7). Dos de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaídos en los proyectos de ley de la H. Cámara de Diputados que se señalan: 1) El que prorroga el plazo establecido en los artículos 2º y 3º transitorios de la ley Nº 15.722 y en la ley Nº 16.421, con el objeto de que los choferes de taxis y los secretarios de Congresales puedan acogerse a sus beneficios. (Véase en los Anexos, documento 8). 2) El que establece la jornada ordinaria de seis horas para los trabajadores de las minas de carbón y para los mineros que por su labor se encuentren expuestos a contraer silicosis u otra enfermedad profesional. (Véase en los Anexos, documento 9). Tres de la Comisión de Agricultura y Colonización, recaídos en los siguientes proyectos de ley de la H. Cámara de Diputados: 1) El que autoriza la transferencia de un terreno fiscal, ubicado en la comuna de Arica, al Club Deportivo Yungay, de esa ciudad. (Véase en los Anexos, documento 10). 2) El que condona los saldos insolutos de precio e intereses de las ventas efectuadas por el Fisco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9º del D.F.L. Nº 256, de 1931. (Véase en los Anexos, documento 11). 3) El que desafecta de su condición de bienes nacionales de uso público los terrenos de la Población "Histórica de Chile", y los transfiere a la Municipalidad de San Miguel. (Véase en los Anexos, documento 12). -Quedan para tabla. BENEFICIOS PREVISIONALES PARA CHOFERES DE TAXIS Y SECRETARIOS DE CONGRESALES. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Se acaba de dar cuenta de un informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto sobre prórroga del plazo establecido en los artículos 2° y 3° transitorios de la ley 15.722 y en la 16.421, con el objeto de que los choferes de taxis y los secretarios de congresales puedan acogerse a sus beneficios. Dicho informe recomienda enviar el proyecto a la Comisión de Hacienda, con el propósito de que ésta se pronuncie en lo relativo a la internación de algunos vehículos para el gremio de taxistas. A fin de no esperar la emisión de este último informe, pido a la Mesa que se sirva solicitar el asentimiento de la Sala para enviar dicha iniciativa a la Comisión de Hacienda, con el objeto de que ésta informe a la brevedad. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se enviará el proyecto a la Comisión de Hacienda, señor Senador. JORNADA ORDINARIA PARA MINEROS DEL CARBON Y OBREROS EXPUESTOS A CONTRAER ENFERMEDADES PROFESIONALES. El señor CONTRERAS (don Víctor).- La Comisión de Trabajo ha emitido un informe recaído en el proyecto de la Cámara que establece una jornada ordinaria de seis horas para los trabajadores de las minas de carbón. Pido a la Sala tratar dicho informe en el primer lugar de la tabla de la sesión ordinaria de mañana, pues la mayoría de los Comités están contestes en que sea despachado a la brevedad. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Al efecto, habría que obtener acuerdo escrito de los respectivos Comités. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Adhiero a la petición formulada por el Honorable señor Contreras. Por lo tanto, ruego a la Mesa recabar el asentimiento de los Comités para resolver favorablemente esa solicitud. El señor JARAMILLO LYON.- Por nuestra parte, no hay inconveniente. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se consultará por escrito a los Comités con el objeto señalado. DEVOLUCION DE SOBREPRECIO DE TELEVISORES. El señor IBAÑEZ.- La Comisión de Economía se encuentra abocada al estudio del proyecto de ley que legisla sobre devolución de sobreprecios de televisores, asunto que ha resultado bastante complejo y difícil de dilucidar en sus aspectos económicos y jurídicos. Por esta razón, los miembros de la Comisión me han encargado solicitar, por intermedio de la Mesa del Senado, la prórroga de la urgencia, hasta el término del plazo constitucional. El señor GUMUCIO.- Dicho acuerdo puede ser adoptado por la Sala. El señor IBAÑEZ.- Si es así, mucho mejor. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se prorrogará el plazo a la Comisión de Economía para emitir su informe, de conformidad con lo solicitado por el Honorable señor Ibáñez. Acordado. RECURSOS PARA OBRAS PUBLICAS DE ACONCAGUA Y VALPARAISO. El señor CURTI.- Solicito a la Sala aplazar el estudio del informe de la Comisión de Economía recaído en el proyecto que figura en primer lugar del Orden del Día de la sesión de hoy, y que destina recursos para la ejecución de obras públicas en las provincias de Aconcagua y Valparaíso. Dicho asunto fue despachado por la Comisión sólo en la sesión de hoy, y el boletín correspondiente no se ha elaborado aún. Por ello ruego a Su Señoría acceder a mi petición. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece al Senado, el proyecto a que ha hecho referencia el señor Senador será tratado en primer lugar del Orden del Día de la sesión de mañana. Acordado. RECURSOS PARA CAMPEONATO SUDAMERICANO DE TENIS. El señor CASTRO.- Quiero consultar a la Mesa sobre la situación reglamentaria del proyecto de ley que financia el campeonato sudamericano de tenis. El señor JARAMILLO LYON.- Los Comités han pedido tratar dicha iniciativa con preferencia. El señor FIGUEROA (Secretario).- Efectivamente, señor Senador: los Comités resolvieron tratarlo en el primer lugar de la sesión ordinaria de mañana, después de los asuntos respecto de los cuales se ha pedido preferencia. IV.- FACIL DESPACHO. CARRERAS EXTRAORDINARIAS A BENEFICIO DE LA SOCIEDAD PROTECTORA DE LA INFANCIA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Gobierno, suscrito por los Honorables señores Curti (presidente), Foncea, Luengo y Miranda, recaído en una moción del Honorable señor Gumucio con la cual inicia un proyecto de ley que autoriza la celebración de reuniones extraordinarias de carreras en los hipódromos de Santiago y Valparaíso, a beneficio de la Sociedad Protectora de la Infancia. La Comisión recomienda aprobar el proyecto con las modificaciones contenidas en el boletín 22.256. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 16ª, en 5 de julio de 1966, documento Nº 1, página 1307, y el informe en los de la sesión 56ª, en 2 de agosto de 1966, documento Nº 2, página 3392. El señor GARCÍA (Vicepresidente).- En discusión el informe. Ofrezco la palabra. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Como acabo de imponerme del proyecto, desearía saber en qué consisten las modificaciones propuestas por la Comisión. El señor FIGUEROA (Secretario).- Se trata de una moción, señor Senador. La Comisión propone aprobarla en los siguientes términos: "Artículo 1º- Autorízase por cuatro años la celebración de dos reuniones extraordinarias de carreras en el año en cada uno de los tres hipódromos centrales, cuyo producto se distribuirá como sigue: a) un 40% para la Sociedad Protectora de la Infancia; b) un 10% a la Dirección de Deportes del Estado para que lo destine exclusivamente al mejoramiento y ampliación del Estadio Regional de Temuco; c) un 10% al Cuerpo de Bomberos de La Serena, y d) un 8% a cada uno de los Cuerpos de Bomberos de San Carlos, Parral, Cauquenes, Constitución y Temuco. "Las instituciones beneficiadas percibirán directamente de los hipódromos las sumas que les correspondan antes de 60 días después de verificada la reunión. "Artículo 2º -En estas reuniones se destinarán íntegramente a las instituciones beneficiadas las entradas de boletería que en ella perciban los hipódromos y el total de la comisión sobre las apuestas mutuas, simples y combinadas que rijan en el momento en que ellas se verifiquen, sin otros descuentos que los contemplados en los artículos 2º, Nºs. 1 y 2, y 3º, Nºs. 1, 2 y 3 (letras e, j y k) del Decreto Nº 2626, de 2 de noviembre de 1965. "Artículo 3º- El producto del impuesto que establecen los artículos 47 y 48 de la ley 14.867, de 4 de julio de 1962, que se obtenga en estas reuniones, será percibido por las instituciones que beneficia esta ley y distribuido entre ellas en los términos que fija el artículo 1º. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Es posible que mi voto sea el único contrario a este proyecto de ley; pero jamás he participado de una iniciativa cuyo objeto es extender el juego, en especial, los de azar. Acepto los deportes físicos, porque tienen razón que los justifica; pero aumentar los juegos de azar en forma que lleguen a afectar la jornada de trabajo con menoscabo del proceso económico del país, me parece alarmante. El país se encamina, a mi juicio, por malos rumbos cuando proyecta extender las reuniones hípicas e instalar casinos en el norte, centro y sur de Chile, pues con ello todo el territorio se convertirá en una verdadera sala de explotación de los juegos, lo cual no incita al individuo a trabajar y a tener confianza en el esfuerzo productor, sino a la holganza, con la consecuencia de malograr los intereses de su hogar. Por tales consideraciones, votaré en contra del proyecto. El señor AHUMADA.- A mi juicio, la Comisión de Gobierno, por desgracia, no ha considerado ni recopilado todos los antecedentes relativos a este proyecto de ley. El espíritu que guió al Honorable señor Gumucio a formular esta iniciativa fue financiar la Sociedad Protectora de la Infancia para otorgar a los niños las prestaciones que les proporciona. Sin embargo, me pregunto: ¿qué cantidad de subvenciones percibe ese organismo de parte del Estado y de otras instituciones de carácter privado? ¿Cuál es el monto de sus prestaciones? ¿Qué justifica recurrir al arbitrio de realizar carreras de caballos, sistema que, pese a sus fines laudables, constituye un procedimiento repudiable, sobre todo si esas reuniones se efectúan en días de trabajo? Evidentemente, ello permite incitar la práctica del juego, de preferencia en nuestras clases populares. En efecto, más de 80% de quienes asisten a esas reuniones pertenecen al pueblo, con toda la secuela de dificultades de orden económico que repercute en sus salarios y les impide cubrir los gastos del grupo familiar. Estimular el juego en la forma y proporción como se pretende en esta iniciativa es repudiable. Por eso, ante la falta de antecedentes, es útil devolver el proyecto a Comisión, con el objeto de que se nos informe sobre el presupuesto de la Sociedad Protectora de la Infancia, sus ingresos habituales y el déficit que la afecta. ¿Acaso no existe otro procedimiento para financiar el déficit de esa institución, cuyos fines loables son reconocidos por todos los señores Senadores? Por lo tanto, formulo indicación para que el proyecto vuelva a Comisión y se estudie en forma más completa. El señor BOSSAY.- Me alegro de las observaciones del Honorable señor Ahumada y, por eso, adhiero a su solicitud de enviar el proyecto a Comisión. A mi juicio, en esta iniciativa hay algo discutible, si bien no me parece mala la idea del Honorable señor Gumucio de ayudar a la Sociedad Protectora de la Infancia. Uno de los principales hipódromos en los cuales se realizarán estas carreras extraordinarias es el de Viña del Mar. Las provincias de Aconcagua y Valparaíso - no es novedad para los señores Senadores- fueron azotadas por un terremoto. La mayoría de los cuerpos de bomberos sufrieron destrozos de considerable importancia en sus cuarteles. En la ley general dictada para reparar los daños ocasionados por ese sismo, prevenir otras catástrofes y adoptar las medidas pertinentes en caso de tragedias similares, logramos incluir una disposición destinada a solucionar el problema de las instituciones mencionadas. La directiva de los cuerpos de bomberos -entiendo que se han dirigido personalmente a todos los señores parlamentarios- nos ha planteado que estos recursos prácticamente no han servido para reparar los destrozos causados por el último sismo a los distintos cuarteles existentes en las provincias de Aconcagua y Valparaíso. Tengo entendido que esos fondos permitieron construir dos pequeños cuarteles: uno para El Quisco y Algarrobo y otro en la provincia de Aconcagua. Pero, en general, los problemas y dificultades económicas de los bomberos, en ambas provincias, siguen siendo graves, por lo cual se ha pensado solicitar la ayuda del Ejecutivo para acudir en auxilio del Cuerpo de Bomberos de Valparaíso, que es el más antiguo de Chile. Me parecería no cumplir con mis deberes de parlamentario por esas provincias si no pidiera, como es lógico, incluir a los cuarteles de bomberos de Valparaíso y Aconcagua en los beneficios de una ley cuyos recursos provienen del Valparaíso Sporting Club de Viña del Mar, si en dicha ley se considera la solución de problemas que afectan a los Cuerpos de Bomberos de San Carlos, Parral, La Serena, Cauquenes, Constitución y Temuco, en circunstancias de que se encuentran aún destruidos muchos cuarteles de bomberos de Valparaíso. El señor FONCEA.- Debo recordar a mi Honorable colega que, en virtud de una ley de carácter permanente, todos los años se celebran carreras extraordinarias en Viña del Mar en beneficio del Cuerpo de Bomberos de esa ciudad. Lo mismo ocurre en la capital: se han autorizado carreras extraordinarias en beneficio de los bomberos de Santiago. De manera que el reparo que Su Señoría está formulando se debe, a mi juicio, a un olvido sobre la existencia de esa ley permanente que favorece a los cuerpos de bomberos de las comunas de Valparaíso y Viña del Mar. El señor BOSSAY.- Para poder responder al señor Senador, me basta recordar que la ley en referencia es anterior al terremoto que últimamente afectó, entre otras, a las provincias de Aconcagua y Valparaíso. En verdad, se efectúa normalmente una carrera anual, como dice Su Señoría, pero ello es con el objeto de allegar fondos para satisfacer las necesidades normales de los cuerpos de bomberos. Ahora, en cambio, se trata de resolver la situación anormal derivada de la catástrofe que destruyó numerosos cuarteles de bomberos en las dos provincias ya tantas veces nombradas. Insisto, pues, en mi indicación tendiente a que los beneficios consignados en el proyecto alcancen también a los cuerpos de bomberos de las provincias que represento. El señor LUENGO.- Soy contrario, como el que más, a las carreras de caballos. Pero sucede que, con frecuencia, el Parlamento despacha proyectos de ley que autorizan tales reuniones para finalidades especiales. En mi calidad de Senador por provincias del Sur, me he visto en la necesidad de acoger esas iniciativas para tratar de que algunas de ellas beneficien también a las zonas que represento. Ante las observaciones del Honorable señor Bossay, encaminadas a que el proyecto en debate favorezca también a los cuerpos de bomberos de Valparaíso, y ante las formuladas por el Honorable señor Foncea, en el sentido de que en Viña del Mar se celebran anualmente carreras extraordinarias a favor de dichas entidades, debo hacer presente que a menudo el Congreso aprueba impuestos que se aplican a determinadas zonas del territorio pero que están destinados a favorecer a otras regiones. Por otra parte, cabe observar que no se trata de una contribución impuesta a los habitantes de determinada zona, pues los recursos derivarán del desembolso que harán los aficionados en las carreras de caballos, quienes voluntariamente concurrirán a esos espectáculos. En consecuencia, no estimo justas las observaciones del Honorable señor Bossay, quien debiera reconocer que, en numerosas oportunidades, Senadores de otras provincias lo hemos acompañado en indicaciones tendientes a beneficiar a Valparaíso. De paso, puedo informar que hoy se despachó en la Comisión de Gobierno un proyecto sobre ejecución de obras de adelanto en Valparaíso y Aconcagua, provincias que representa el Honorable señor Bossay. Las inversiones correspondientes se financian por medio de un impuesto al Casino Municipal de Viña del Mar. Dicho gravamen no lo pagarán, por cierto, los habitantes de Valparaíso, por ser quienes menos concurren al casino. Lo aportarán, en cambio, las personas que, desde Santiago y otras provincias, acuden a ese recinto. Solicito, pues, a mis Honorables colegas, en especial al Honorable señor Bossay, que demuestren también cierta solidaridad con los intereses regionales que representamos otros Senadores. Se han dictado leyes especiales, como las que prorrogan ciertas franquicias tributarias, con motivo del terremoto que afectó hace poco a la zona central. Cuando discutíamos los respectivos proyectos, no pudimos obtener los votos necesarios para extender aquellos beneficios a las provincias de Biobío, Malleco y Cautín. Ellas sufrieron un cataclismo en el año 1960 y aún están a la vista los efectos de ese terremoto. El señor PABLO.- Lo mismo puede decirse de Ñuble y Concepción. El señor LUENGO.- Así es, señor Senador. Considero innecesario volver el proyecto a Comisión, como lo solicita el Honorable señor Ahumada. No es indispensable, a mi modo de ver, ampliar el informe con antecedentes relativos al presupuesto de la Sociedad Protectora de la Infancia, a los aportes fiscales que esa entidad recibe ni al total de sus egresos anuales. La idea principal es la protección a la infancia y, en este caso, el objeto perseguido es ayudar a una de las instituciones empeñadas en tan noble fin. Hemos legislado recientemente sobre estas materias, de tal modo que cualquier otro recurso que destinemos a ese objeto, no estaría de más, por cuanto se trata de un problema nacional que a todos interesa resolver. Por estas consideraciones, insisto en pedir solidaridad para con los Senadores que representamos provincias del Sur, a fin de que, mediante el proyecto en debate, puedan llevarse a la realidad algunas obras que se necesita efectuar con urgencia en las zonas que representamos. Vale decir, pido a mis Honorables colegas que apoyen esta iniciativa así como, en otras oportunidades, hemos contribuido con nuestros votos a que Senadores de otras zonas logren la aprobación de proyectos que benefician a sus respectivas provincias. El señor AHUMADA.- Mi actitud no obedece al propósito de obstruir, sino al hecho de que algunos Senadores no estamos de acuerdo sobre la manera de financiar los gastos de una institución tan respetable como la Sociedad Protectora de la Infancia. Lo mismo sostenemos respecto de los cuerpos de bomberos, cuya situación económica está resuelta por medio de leyes especiales que rigen para todos los existentes en el país. En virtud del artículo 71 del Reglamento, pido retirar el proyecto de la tabla de Fácil Despacho. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Entiendo que Su Señoría había pedido anteriormente volver el proyecto a Comisión. El señor AHUMADA.- Considero que puedo solicitar ambas cosas. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Correspondería votar de inmediato la indicación, si fuera patrocinada por un Comité. El señor AHUMADA.- La respalda mi Comité. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Está ausente el Comité Radical, señor Senador. El señor AHUMADA.- Puede respaldarla otro Comité. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En votación si el proyecto vuelve a Comisión. El señor CURTI.- Entiendo que hay acuerdo de, los Comités para tratar el proyecto en la sesión de hoy. No procedería, en tal caso, retirarlo de la tabla de Fácil Despacho. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Así se resolvió por la unanimidad de los Comités, señor Senador. El señor CURTI.- Entonces, no se lo puede retirar de la tabla. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Pero se ha formulado indicación para volverlo a Comisión. En votación. - (Durante la votación). El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Por ser contrario al proyecto mismo, me abstengo de votar. El señor PRADO.- No obstante reconocer que el proyecto contiene aspectos positivos, me parece conveniente volverlo a Comisión. En tal sentido concedo que las observaciones formuladas por el Honorable señor Bossay tienen cierta razón. El financiamiento afecta, en realidad, a las actividades de una zona carente de riquezas básicas importantes, como es el caso señalado por el señor Senador al referirse a Viña del Mar. No es fácil indicar fuentes de financiamiento en provincias como Valparaíso, de tal modo que, sin pronunciarme sobre los demás aspectos de la iniciativa legal en debate y pese a que su autor es un Honorable colega de estas bancas, voto por que vuelva a. Comisión el proyecto. El señor FONCEA.- El Honorable señor Castro, al comienzo de la sesión, preguntó por un proyecto idéntico al que debatimos en estos instantes, relativo a la autorización para efectuar carreras extraordinarias en los hipódromos, a beneficio de un campeonato de tenis. Todos los Comités parlamentarios, según mis informaciones, suscribieron un acuerdo para que dicha iniciativa sea despachada mañana sin informe de Comisión, o sea, con un trámite... El señor LUENGO.- Con un trámite más acelerado. El señor FONCEA.- ...más acelerado. No comprendo cómo algunos Senadores, sin dar razones que lo justifiquen, impiden el pronto despacho del proyecto. No veo objeto en volver esta iniciativa a la Comisión. Si se la quiere rechazar, quienes así lo estimen conveniente, que la voten en contra, pero no propongan medidas que retardan su despacho. Acordar enviar el proyecto a Comisión sería contradictorio con lo resuelto por todos los Comités en el sentido de tratar mañana, en primer lugar y sin informe de Comisión, una iniciativa análoga a la que estamos debatiendo. Por lo expuesto, voto en contra de la indicación. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Soy partidario del proyecto y lo votaré favorablemente en general; pero debe contar con mi respaldo la Indicación que ha formulado el Honorable señor Ahumada. Voto que sí. El señor CURTI.- No veo finalidad práctica alguna en retardar el despacho del proyecto enviándolo de nuevo a Comisión. No podría sostenerse que la Sociedad Protectora de la Infancia obtiene el financiamiento total de sus obras por los medios indicados en el proyecto. Las reuniones hípicas extraordinarias propuestas sólo proporcionarán alguna ayuda al financiamiento de dicho organismo benéfico, cuya labor es ampliamente conocida y merece el agradecimiento de todo el país. Por otra parte, debe recordarse que tales carreras extraordinarias estuvieron legalmente autorizadas durante cierto plazo, el que ha vencido. De manera que mediante el proyecto en discusión sólo se pretende restablecer algo que la Sociedad Protectora de la Infancia tenía para el desarrollo de su vasta labor. A mi juicio, no es oportuno enviar este asunto a Comisión, porque se sabe que no habrá nuevos antecedentes que estudiar para justificar el pequeño beneficio que proporcionan estas carreras, las cuales se realizan una vez al año. Si se desea votar en contra de la iniciativa en debate, que se haga, pero no se busquen subterfugios como éste de mandarlo a Comisión. Por otra parte, se dice que las reuniones en día de trabajo causan perjuicio mucho mayor que las realizadas en días festivos, porque el pueblo se distrae en horas en que debe estar dedicado a sus labores; pero también se sabe que en los días de trabajo las tribunas populares están vacías. De manera que con el desarrollo de estas carreras no se perjudica a personas acogidas a un sueldo o salario, pues éstas deben concurrir a su trabajo. Por lo tanto, las reuniones realizadas en días festivos son mucho más perjudiciales en lo que respecta a las clases populares y asalariadas. Por todos estos antecedentes -repito-creo que el proyecto no debe volver a Comisión, ya que no se agregaría nada nuevo. Además, existe un acuerdo de Comités para tratarlo y despacharlo en el primer lugar de la sesión de hoy. De manera que la indicación que se está votando vulnera un acuerdo anterior al cual concurrieron todos los Comités. Lamento estar pareado con el Honorable señor Luis Corvalán, lo que me impide votar. -Se rechaza la indicación: 13 votos por la negativa, 5 por la afirmativa, 6 abstenciones y 3 pareos. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra en la discusión general y particular. El señor CASTRO.- El señor Secretario leyó el informe tal como salió de la Comisión, pero la idea original consistía en beneficiar sólo a la Sociedad Protectora de la Infancia. Lo relacionado con los cuerpos de bomberos fue agregado en la Comisión. El señor CURTI.- ¡Para apagar el incendio que se iba a desarrollar aquí...! El señor CASTRO.- Quisiera conocer el proyecto primitivo. El señor FIGUEROA (Secretario).- La moción del Honorable señor Gumucio dice: "Autorízase la celebración de una reunión extraordinaria de carreras al año, en cada uno de los tres hipódromos centrales, a beneficio de la obra Sociedad Protectora de la Infancia". En seguida, vienen los artículos 2º y 3º, que son iguales a los aprobados por la Comisión. Este agregó lo referente a la Dirección de Deportes del Estado y a los cuerpos de bomberos de San Carlos, Parral, Cauquenes, Constitución y Temuco. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. - (Durante la votación). El señor FIGUEROA (Secretario).- Han llegado a la Mesa tres indicaciones para agregar algunas ideas, las que el señor Presidente pondrá en votación después de la aprobación general del proyecto. El señor CASTRO.- ¿La Mesa pone en votación el informe de la Comisión? El señor GARCIA (Vicepresidente).- El proyecto. El señor FIGUEROA (Secretario).- Hay indicaciones presentadas por tres señores Senadores. Como este asunto está en la tabla de Fácil Despacho, primeramente debe votarse en general y particular a la vez, y las indicaciones deben discutirse en la Sala después de aprobado el proyecto, sin volver a Comisión. El señor CASTRO.- Si el resultado de la votación que se está realizando es negativo, ello no significa que estemos rechazando la idea de legislar... El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si fuera negativa la votación, no podrían tratarse las indicaciones, pues no habría proyecto. El señor CASTRO.- El Senado puede pronunciarse en forma negativa sobre el informe de la Comisión del Senado y aprobar la idea primitiva. El señor GARCIA (Vicepresidente).- La Mesa pone en votación el informe de la Comisión. El señor CASTRO.- ¿En qué consisten las indicaciones? El señor LUENGO.- Las veremos a continuación. Además, estamos en votación. -Se aprueba en general el proyecto (14 votos por la afirmativa, 3 por la negativa, 4 abstenciones y 3 pareos). El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ha terminado el tiempo de Fácil Despacho. El señor JARAMILLO LYON.- Prorroguémoslo hasta el despacho del proyecto. El señor JULIET.- Que se termine de tratar sin debate. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se prorrogará el tiempo hasta el despacho del proyecto. Acordado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación de los Honorables señores Bossay y Prado para agregar, en el artículo 1º, "Cuerpo de Bomberos de Valparaíso". El señor GARCIA (Vicepresidente).- En votación. - (Durante la votación). El señor LUENGO.- Esta indicación no puede ser aceptada, porque si se examina el artículo 1º en su letra b), podrá comprobarse que ya está distribuido el 100% de las utilidades que se espera percibir. En consecuencia, si se agregan cuerpos de bomberos de otras ciudades, se excede el total que puede repartirse y, en el hecho, resulta inaplicable la disposición que se propone agregar. Por estas razones, estimo que la indicación debe ser rechazada, y en tal sentido votaré. El señor BOSSAY.- Insisto en que una de estas carreras se efectúa en la provincia de Valparaíso, en el Sporting Club de Viña; o sea, la provincia aporta dinero. En segundo lugar, reitero que ella fue asolada por un terremoto, a causa del cual la mayoría de los cuarteles de bomberos fueron destruidos. Los parlamentarios que representan a Valparaíso saben que eso es efectivo. En consecuencia, existe una razón moral para ayudar en este caso a los cuarteles de Valparaíso. No me gusta hacer comparaciones, porque las encuentro molestas y ofensivas, pero hay, indudablemente, otros cuarteles que no han sido afectados por movimientos sísmicos. De manera que una cosa es actuar con criterio regionalista y otra negarse a ayudar al primer cuerpo de bomberos que se creó en Chile. El señor FONCEA.- Por la indicación en debate se propone agregar al Cuerpo, de Bomberos de Valparaíso. El señor CURTI.- ¿En qué porcentaje? El señor LUENGO.- No dice nada. El señor FIGUEROA (Secretario).- Se podría agregar en cualquier parte. El señor FONCEA.- Pero en el proyecto se indica la destinación de 100% de los recursos. El señor LUENGO.- Estamos en votación, señor Presidente. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Voto que no, por principio. Con idéntico razonamiento podríamos pedir solución a los problemas de los cuerpos de bomberos de la zona sur, donde ha habido catástrofes inmensas. El señor CASTRO.- Quiero concurrir con mi voto para que los autores de las primitivas indicaciones presentadas en la Comisión lleven algún beneficio a las instituciones que desean servir. No obstante, respecto de la indicación de los Honorables señores Prado y Bossay, me parece que ella disminuiría notablemente el porcentaje por repartir; de manera que prefiero ofrecer mi apoyo para cualquiera oportunidad en que se trate de beneficiar directamente al Cuerpo de Bomberos de Valparaíso. Con igual criterio yo habría podido presentar indicación para beneficiar a los bomberos de Rancagua, porque el terremoto de Valparaíso se sintió muy fuerte en aquella ciudad... El señor FONCEA.- Me parece que la Mesa ni siquiera debió poner en votación esta nueva indicación,... El señor CURTI.- ¡Es contraria a las matemáticas! El señor TARUD.- ¡Censure a la Mesa! El señor FONCEA.- ...a menos que los señores Senadores que la apoyan pongan el exceso sobre 100%, porque aquélla obligará a distribuir 116% de los recursos. El señor TARUD.- Única y exclusivamente por falta de financiamiento, voto que no. El señor FIGUEROA (Secretario).- Resultado de la votación: 10 votos por la negativa, 4 por la afirmativa, 7 abstenciones y 5 pareos. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Corresponde repetir la votación, por influir las abstenciones. El señor CURTI.- Démosla por repetida con la misma votación. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, la daré por repetida con la misma votación. Acordado. Queda rechazada la indicación. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Aguirre Doolan para agregar, en el artículo l9, después de la palabra "Temuco", lo siguiente: "y Chillán". El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. - (Durante la votación). El señor LUENGO.- Voy a fundar mi voto. En la letra b) del artículo 1º, se consigna 10% para la Dirección de Deportes del Estado, a fin de que ésta lo destine exclusivamente al mejoramiento y ampliación del estadio regional de Temuco. Esa ciudad posee un estadio que se encuentra en pésimas condiciones. Ahora bien, se desea habilitarlo, con el objeto de que sirva a las necesidades del deporte aficionado de la zona, para lo cual se requieren recursos bastante superiores al ingreso que producirá el 10% propuesto. Creo que el Honorable señor Aguirre Doolan... El señor AGUIRRE DOOLAN.- Tengo el mismo espíritu regionalista de Su Señoría. El señor TARUD.- Nos consta. El señor LUENGO.- Lo celebro, y lo he acompañado muchas veces. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Yo también he acompañado a Su Señoría. El señor LUENGO.- Hasta ahora no. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Su Señoría tiene mala memoria. El señor LUENGO.- Es la primera vez que pongo a prueba a Su Señoría. No discuto que al señor Senador le asisten razones para formular su indicación, pues Chillán también debe de necesitar mejorar su estadio; sin embargo, abrigo el temor de que, por repartir demasiado el producto de estos ingresos, sólo alcancen para arreglar unas cuantas tribunas en cada uno de esos estadios. Por esas consideraciones, no me parece conveniente aceptar la indicación del Honorable señor Aguirre Doolan. En todo caso, ya habrá oportunidad de atender a las necesidades del estadio de Chillan en otro proyecto de ley. Repito: creo estar en lo justo al reclamar de mis Honorables colegas una actitud de solidaridad, a fin de hacer efectiva la habilitación del estadio de Temuco, que representa una gran necesidad para los sectores deportivos de esa ciudad. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Mi Honorable colega el señor Luengo tiene gran espíritu regionalista, el cual aplaudo y celebro. Pero sucede que el estadio regional de Chillan está en peores condiciones que el de Temuco. El señor Senador ha tenido gran ventaja sobre todos los colegas, porque, como es sabido, pertenece a la Comisión de Gobierno. Por eso tuvo mejor oportunidad para formular la indicación respectiva... El señor LUENGO.- Asistí a todas las reuniones. El señor AGUIRRE DOOLAN.- ... y así favorecer exclusivamente al estadio de la capital de una de las provincias que con tanto brillo representa en el Senado. Sin embargo, deseo también que ese 10% sea compartido por dos capitales de provincia, en beneficio de sus respectivos estadios. No dudo de que mis Honorables colegas están animados por sentido de ecuanimidad y convendrán en la justicia de que ambos estadios participen de estos ingresos. Por eso, insisto en mi indicación. El señor CORBALAN (don Salomón).- Deseo rectificar mi voto. Antes me abstuve: ahora voto negativamente. El señor FIGUEROA (Secretario).- Resultado de la votación: 7 votos por la negativa, 6 por la afirmativa, 7 abstenciones y 4 pareos. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Reglamentariamente, corresponde repetir la votación. El señor LUENGO.- Démosla por repetida con la misma votación. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se dará por repetida la votación. Acordado. En consecuencia, queda rechazada la indicación. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Musalem para sustituir los artículos 2º y 3º, por el siguiente: "Artículo...- Descontados los gastos, en estas reuniones se destinarán íntegramente a las instituciones beneficiadas las entradas de boletería, el producto de todos los impuestos que se recauden, en particular del impuesto establecido por la ley 14.867, y el total de la comisión sobre las apuestas mutuas, que rija en el momento en que éstas se verifiquen, sin otros descuentos que los contemplados en las letras e), i), j) y k), del número 3, del artículo 3º, del Decreto Supremo Nº 2.626, de Hacienda, de 2 de noviembre de 1965. Se entenderán por gastos de la reunión extraordinaria, todos aquellos desembolsos y gastos destinados a la organización, desarrollo, funcionamiento, difusión, propaganda y liquidación de la reunión, que determina la Superintendencia de Sociedades Anónimas". El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor TARUD.- Hay unanimidad para rechazarla. El señor FONCEA.- Como el proyecto establece sólo una autorización para celebrar reuniones extraordinarias, de aprobarse esta indicación, los hipódromos se negarán a efectuarlas, por cuanto la disposición propuesta les impedirá financiar los gastos derivados de esas carreras. El artículo 2º, como lo despachó la Comisión, corresponde exactamente a lo que los hipódromos aceptan. Por lo tanto, pido el rechazo de la indicación, a fin de hacer aplicable el proyecto. El señor TARUD.- Hay unanimidad para ello. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En votación. - (Durante la votación). El señor TARUD.- No hay necesidad de tomar votación, señor Presidente. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si no se pide votación, daré por rechazada la indicación. El señor BOSSAY.- No. Que se vote. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En votación. -Se rechaza (12 votos por la negativa, uno por la afirmativa, 7 abstenciones y 3 pareos). El señor GARCIA (Vicepresidente).- Terminada la discusión del proyecto. CONDONACION DE DEUDAS DE LA SOCIEDAD DE ARTESANOS "LA UNION", DE CHILLAN. El señor PABLO.- Agradeceré a la Mesa recabar el asentimiento de la Sala, para despachar de inmediato, sin discusión, el proyecto que figura en la tabla de Fácil Despacho, sobre condonación de las deudas que la Sociedad de Artesanos "La Unión", de Chillan, tiene con la CORVI. Se trata de sumas de poco monto, pero que representan un desembolso importante para los beneficiarios del proyecto. Por lo demás, creo que hay unanimidad para aprobar esta iniciativa. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Me sumo a las expresiones del Honorable señor Pablo, por ser de toda justicia su petición. El señor GARCÍA (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo unánime de la Sala, para acceder a lo solicitado. Acordado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda, suscrito por los Honorables señores Corbalán (presidente), Gumucio, Von Mühlenbrock, Miranda y Teiteiboim, recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que condona la deuda que la Sociedad de Artesanos "La Unión", de Chillan, tiene con la CORVI. La Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. Los Honorables señores Corbalán y Gumucio se abstuvieron de votar. -El proyecto f igura en los Anexos de la sesión 49ª, en 23 de agosto de 1966, documento Nº 5, página 3101 y el informe, en los de la sesión 56ª, en 31 de agosto de 1966, documento Nº 4, página 3406. -Se aprueba en general y particular. AUTORIZACION A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTANEAMENTE CON LA SALA. El señor CORBALAN (don Salomón).- Nuevamente deseo solicitar el acuerdo de la Sala para que las Comisiones unidas de Hacienda y Agricultura puedan sesionar simultáneamente con el Senado el día de mañana. De acuerdo con el nuevo plazo dado a las Comisiones para despachar el proyecto de reforma agraria, aquéllas deben terminar el estudio el miércoles 7, y entre el jueves y el martes próximo, deberá elaborarse el informe para someterlo a conocimiento de la Sala el miércoles 14. Por desgracia, la semana pasada no hubo acuerdo para que dichas Comisiones sesionaran simultáneamente con la Corporación, lo cual retrasó el despacho del proyecto. Por eso, y no obstante que esta noche trabajaremos desde las ocho hasta las doce -posiblemente mañana hagamos lo mismo- es indispensable conceder la autorización solicitada. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para que mañana las Comisiones de Hacienda y Agricultura, unidas, sesionen simultáneamente con la Sala. El señor JARAMILLO LYON.- En esta oportunidad no me opondré en carácter personal a la petición formulada, sino en nombre de los Senadores nacionales. Tenemos informaciones de que aún quedan por leer muchas páginas del proyecto de reforma agraria. Tenemos conciencia de que se trata de una materia importante y enjundiosa. En consecuencia, deseamos que tenga una tramitación responsable. Por esa razón, en nombre de los Senadores de estas bancas, me opongo al acuerdo solicitado. El señor CORBALAN (don Salomón).- ¿Significa que habría una tramitación irresponsable si las Comisiones estudiaran el proyecto mientras está reunida la Sala? No entiendo qué quiere decir Su Señoría. Precisamente porque queremos hacer un estudio responsable, hemos pedido mayor tiempo para analizar el proyecto. El señor JARAMILLO LYON.- Este asunto requiere un estudio minucioso. El señor CORBALAN (don Salomón).- Si no se acoge mi petición, las Comisiones no alcanzarán a despachar el informe dentro del plazo que se les fijó. De ahí que me veré en la obligación de citarlas para mañana, desde las ocho de la noche hasta terminar su estudio. El señor JARAMILLO LYON.- Perfecto. Su Señoría hace uso de un derecho. EMPRESTITOS PARA MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA. El señor FIGUEROA (Secretario).- En conformidad con el acuerdo unánime de los Comités, corresponde tratar el proyecto, eximido de Comisión, que autoriza a la Municipalidad de La Cisterna para contratar empréstitos. -El proyecto figura en los Anexos de la sesión 57ª, en 6 de septiembre de 1966, documento Nº 1, página 3421. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor TEITELBOIM.- Entiendo que este proyecto, muy simple, fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados. Tiene por objeto autorizar a la Municipalidad de La Cisterna para contratar uno o más empréstitos por valor de cuatro millones de escudos, destinados a la instalación de alumbrado, pavimentación, construcción de campos deportivos y adquisición de elementos automotrices para el servicio de aseo de la comuna. Es un asunto sencillo, absolutamente justificado y de absoluta necesidad para esa populosa comuna. Por lo tanto, anuncio los votos favorables de los Senadores comunistas. -Se aprueba en general y en particular el proyecto. V.- ORDEN DEL DIA. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Sala acordó tratar mañana el proyecto que figura en el primer lugar de la tabla ordinaria, en vista de que el informe no está aún terminado, no obstante haberío despachado la Comisión. Se trata de la iniciativa que otorga recursos para obras públicas en las provincias de Aconcagua y Valparaíso. El segundo, relativo a las juntas de vecinos, está actualmente en estudio en la Comisión respectiva, la que tiene plazo hasta el 17 de septiembre para emitir su informe. Corresponde, en consecuencia, ocuparse en el estudio del tercer proyecto de la tabla. SUPLEMENTO DE ITEM DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Informe de la Comisión de Hacienda, suscrito por los Honorables señores Corbalán (presidente), Miranda, Gumucio, Teitel-boim y Von Mühlenbrock, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que suplementa el presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas en la cantidad de Eº 58.000.000. -El proyecto aparece en los Anexos de la sesión 49ª, en 23 de agosto de 1966, documento Nº 4, página 3100, y el informe, en los de la sesión 56ª, en 31 de agosto de 1966, documento Nº 3, página 3394. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión recomienda aprobar el proyecto, con las modificaciones que indica. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión general el informe. Ofrezco la palabra. El señor CORBALAN (don Salomón).- El Gobierno envió a la Cámara un proyecto de ley para suplementar el presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas. La iniciativa, en un comienzo, si no me equivoco, constaba sólo de cinco artículos. Durante la discusión del primer informe en la Comisión de Hacienda, llegaron nuevas indicaciones del Ejecutivo. Entiendo que así también lo hizo durante la discusión del segundo informe. Quisiera que el señor Secretario me aclarara este punto, pues no sé si es efectivo. El señor FIGUEROA (Secretario).- En efecto, señor Senador. Tengo aquí un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, de fecha de hoy, mediante el cual presenta diversas nuevas indicaciones a diferentes ítem. El señor CORBALAN (don Salomón).- Gracias, señor Secretario. Vale decir, el proyecto se va a transformar -llama la atención de los señores Senadores sobre esto, y dejo constancia de ello- en una iniciativa "ómnibus", o sea, de aquellas a las cuales se introducen materias totalmente ajenas a la idea sustantiva que la inspiró. Eso significa que los Senadores quedamos en absoluta libertad de acción para presentar todas las indicaciones que estimemos procedentes, lo que hago presente para que Sus Señorías aprovechen la oportunidad concreta que aquí se presenta. El señor GORMAZ.- Muchas gracias. El señor CORBALAN (don Salomón).- En seguida, quiero señalar que a la sesión de la Comisión de Hacienda en que se trató este proyecto, sólo concurrió el señor Ministro de Obras Públicas; no lo hizo, por desgracia, el de Hacienda, quien nos habría podido informar sobre algunos asuntos de índole financiera que involucra el proyecto. Este último Secretario de Estado planteó algunas cosas interesantes que bien vale la pena que el Senado tenga presentes en el momento de debatir la iniciativa, sobre todo si se abriga el propósito de comprender la política de inversiones que interesa desarrollar al Ejecutivo en este instante. Hace algunos días, el señor Ministro de Hacienda concurrió a las Comisiones de Hacienda y Agricultura, unidas, con el objeto de contestar algunas preguntas relacionadas con el financiamiento del proyecto de reforma agraria. Allí aprovechó dicho Secretario de Estado para dar a conocer cuál es la nueva filosofía de inversiones del Ejecutivo en la actualidad y planteó lo siguiente: el Gobierno dedicará sus esfuerzos de inversión, en los próximos años, esencialmente a reforma agraria, educación y desarrollo industrial. Por lo tanto, en estos rubros habrá crecimiento en la inversión; en los restantes, puede que no lo haya, o bien puede producirse un descenso en el monto global de la inversión. En seguida, el señor Ministro nos adelantó algunos criterios interesantes. Cuando se le preguntó cuánto se consignaría en el Presupuesto de 1967 para inversiones del Ministerio de Obras Públicas, contestó que no lo sabía, primero, porque el anteproyecto, es decir, el presupuesto estimativo que llegó a su conocimiento, era muy inferior a las peticiones, a los programas, a las ambiciones de su Secretaría de Estado ; y, en segundo lugar, porque, de acuerdo con la nueva política que el sector público está aplicando en este momento, las inversiones en obras públicas se canalizan por sectores, es decir, los fondos se adjudicarán al respectivo Ministerio y no al de Obras Públicas, como ha sido tradicional. Por ejemplo, todas las inversiones da infraestructura que tengan relación con la reforma agraria se programarán por el Ministerio de Agricultura y la Corporación de ¡a Reforma Agraria, y vendrán consignadas a su nombre, sin perjuicio, según el señor Ministro, de que el personal de Obras Públicas las realice. Algo parecido acontecerá con lo relativo al Ministerio de la Vivienda, que no sólo atiende a la construcción habitacional, sino a muchas obras importantes de alcantarillado, agua potable, captaciones, nuevas ampliaciones de riego, caminos de acceso a poblaciones, etcétera. Todo ello se programará por ínter-medio de ese Ministerio. Y así sucesivamente. Nos encontraremos con que la mayoría de los Ministerios algo tendrán que realizar en inversiones que deba llevar a cabo el de Obras Públicas. Este será -repito- el que realice las obras, pero los fondos respectivos se asignarán al sector correspondiente. Por lo tanto, es imposible conocer exactamente ahora cuáles y cuántas serán tales obras. Sin embargo, hay un hecho concreto: las obras públicas serán, en el próximo año, muy inferiores a las ejecutadas en el año en curso o en los anteriores. En primer lugar, no habrá aumento de tasa de inversión en el sector de obras públicas, pues los recursos que a ello se destinarán serán dedicados a los otros rubros que he señalado. Consultado el señor Ministro sobre el peligro de cesantía que ha de significar la reducción de las obras públicas, manifestó que ese problema se resolverá a partir del mes de octubre de este año, mediante los fondos derivados de la suplementación que discutimos, que permitirán activar de nuevo ciertas obras, la aplicación del Plan de Desarrollo Industrial y los convenios del cobre, que, por lo demás, como sabe el Senado, no "caminan" todavía. Piensa el señor Ministro que todo ello absorberá en gran parte la cesantía que se ha de producir por la menor construcción de obras públicas. En seguida, el proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo comprende suplementos de alrededor de 58 millones de escudos. El señor VON MÜHLENBROCK.- Más 12 millones 700 mil. El señor CORBALAN (don Salomón).- ...más 12 millones 700 mil, en que se aumentó por la indicación que hizo llegar el Ejecutivo. Esos 58 millones se distribuyen en distintas actividades dependientes del Ministerio de Obras Públicas; por ejemplo, construcción de locales escolares -ítem 12|02|101.1-, construcción de edificios públicos, deportivos y del Buen Pastor; construcción de obras de alcantarillado; instalaciones para agua potable;... El señor VON MÜHLENBROCK.- Aeródromos, puertos... El señor CORBALAN (don Salomón).- ...construcción del camino longitudinal de Santiago a Quellón y caminos de acceso, etcétera. En la página 8 del informe, los señores Senadores podrán leer lo que corresponde a cada ítem señalado en el artículo 1° del proyecto. Como he dicho, el Gobierno envió después una indicación para suplementar ítem del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, entre los cuales se cuenta un aporte a la Corporación de la Vivienda. ¿Cómo se financia este aumento? Con cargo a la Cuenta C-l del Cálculo de Entradas de Capital en monedas extranjeras reducidas a dólares para 1966; es decir, con las mayores utilidades que produciría el cobre. Vale la pena señalar que, en materia de mayores utilidades que produciría el cobre en el año en curso, hay mucho de ficción y mucho de ilusión. Cuando se aprobó el aumento del precio de ese metal a 60 centavos de dólar la libra, lo que, si no me equivoco, fue en el mes de mayo, no entró a regir ese aumento, sino a partir del 1º de julio, simplemente porque sólo desde esta última fecha existía la posibilidad de aplicar los nuevos contratos. Así, pues, no pudo aprovecharse en su integridad, es decir, desde la fecha en que se aprobó, el aumento del precio del cobre. Por otra parte, sabe el Senado que durante 1966, en que se esperaba obtener un alto rendimiento del mayor precio de dicho metal, éste ha comenzado a sufrir una serie de variaciones en el mercado internacional. En las últimas horas, se han producido nuevas declinaciones. Incluso, el Gobierno chileno ha adoptado algunas medidas que modifican el acuerdo del precio de 60 centavos y nos colocan en situación desventajosa para obtener el máximo rendimiento del precio internacional que se puede lograr en este instante. Se le preguntó al señor Ministro de Hacienda en cuánto estimaba el precio medio del cobre para el segundo semestre de este año. Contestó que ellos lo calculaban en 48 centavos de dólar. Eso significa un mayor ingreso de 30 millones de dólares, de los cuales 15 millones se destinarían a financiar el proyecto en debate. O sea, de estos 15 millones de dólares, el Gobierno piensa obtener los 70 millones de escudos que irrogará la iniciativa en estudio. Quedarían al Ejecutivo 15 millones. Ellos, según expresó el señor Ministro en las Comisiones unidas de Hacienda y de Agricultura, se invertirían en pagar la deuda del Estado con el Banco Central en el año en curso, y, el resto, en aliviar el presupuesto en moneda extranjera y la balanza de pagos y en otorgar mayor amplitud a las importaciones, en especial a las importaciones industriales, de equipos y artículos de consumo directo que no han podido traerse porque no se han podido aplicar los convenios de excedentes agrícolas. Estas son las razones que se dieron a conocer en la Comisión de Hacienda y que yo cumplo con exponer al Senado. En el transcurso del debate, se aprobaron varias indicaciones, algunas del Ejecutivo y otras de mis Honorables colegas. Así, se aprobó una formulada por el Honorable señor Rodríguez, a fin de otorgar fondos, con cargo a los propios funcionarios del Ministerio de Obras Públicas, para la construcción de la sede social de los empleados de esa Secretaría de Estado. Se despachó, asimismo, una indicación similar para la construcción de una obra en Llanquihue -no estoy muy seguro-... El señor VON MÜHLENBROCK.- En Puerto Aisén y Chile Chico. El señor CORBALAN (don Salomón).- ...en Puerto Aisén y Chile Chico, según apunta mi Honorable colega, destinada a sede social del personal de empleados fiscales. Finalmente, se aprobó una proposición de los Honorables señores Miranda y Teitelboim y del Senador que habla, que autoriza para descontar por planilla, por una sola vez, un escudo a los empleados de la Administración Civil del Estado, a fin de reunir fondos y atender a los gastos del Congreso que la ANEF efectuará en el curso de este año. Así fue despachado el proyecto. Quedo a disposición de los señores Senadores, si les interesa conocer desde luego las indicaciones que el Ejecutivo formulará en el segundo informe. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- En el artículo 6°, que aparece en la página 18 del informe, se consignan los ítem 18/03/125.3 y 18/03/125.5, por Eº 7.600.000 y Eº 5.100.000, o sea, 12.700.000 escudos en total. ¿Qué destino tienen esas cantidades? El señor CORBALAN (don Salomón).- Son para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- ¿Cuál es la finalidad actual de esos ítem? ¿La construcción? El señor CORBALAN (don Salomón).- Antes de contestarle, examinaré la ley de Presupuestos, señor Senador. El señor BOSSAY.- Señor Presidente, deseo llamar la atención de la Sala hacia algunos párrafos del informe, pues en ellos se indican cifras que deben inquietar a la opinión pública y que, en mi concepto, podrían colocar a este proyecto de suplemento del presupuesto de capital del Ministerio de Obras Públicas en situación de desfinanciamiento. Tengo entendido que el señor Ministro de Hacienda, en repetidas oportunidades, al conocerse el alza continuada del precio del cobre en el mercado de Londres, estimó que ella procuraría a las arcas fiscales chilenas un mayor ingreso de más o menos 70 millones de dólares. En la información oficial contenida en el informe antedicho, queda establecido que, al precio de 48 centavos de dólar por libra de cobre, el mayor ingreso total será de 30 millones de dólares. Es una cifra extraordinariamente peligrosa, ya que parte de la base de una venta permanente a 48 centavos en el mercado mundial. Del precio más alto, Chile prácticamente no aprovechó nada. En las dos ocasiones llegó tarde, y las ventas efectuadas a 72 centavos son casi nulas. Entonces, no existe una diferencia compensatoria que nos mueva a actuar convencidos de que el ingreso será efectivamente de 30 millones de dólares, considerando un precio de 48 centavos. Posiblemente la libra de cobre llegará a costar menos de 48 centavos. Con ello, el suplemento para los fines señalados en él informe no tendría financiamiento serio. Lo anterior es muy grave, porque cada declaración del señor Ministro de Hacienda habla de una disminución en la inversión pública, que, si bien ha tenido variaciones en algunos casos, ha sido señalada en 153 millones de escudos para el próximo año. Además, ha sido muy marcada en este último semestre. Todos sabemos que los índices dados a conocer por el Honorable señor Altamirano en su último discurso no son muy favorables al desarrollo económico chileno y que, por el contrario, la comparación que nace de ellas, especialmente en algunos campos, con respecto al mantenimiento del poder de compra del peso chileno, nos coloca cerca de las naciones latinoamericanas de más bajo desarrollo. Son muchos los países que nos están superando, con una línea muy sostenida y mayor velocidad, pese a lo cual no realizan profusas campañas propagandísticas para hablar de revolución en libertad. Ellos, sin decir nada, van obteniendo resultados muy importantes para su pueblo y su progreso. Sin embargo, para mí, que no he asistido a la Comisión, a la cual no pertenezco por ahora, tienen mucho más importancia algunos datos que comentaré en seguida y que en términos generales expuso el presidente de la Comisión, el Honorable señor Corbalán. ¿Quién de nosotros ha olvidado las optimistas declaraciones del Ministro de Hacienda señor Molina? ¿Quién dejó de escucharlo cuando planteó a la opinión pública que este maná, esta lluvia de millones de dólares, sería empleado, como lo señaló el Honorable señor Corbalán, en el incremento de las reservas del Banco Central, en el apreciable aumento de la importación de los bienes de consumo, en la liberación de las importaciones, especialmente de aquellas a corto plazo, y en un ambicioso plan de industrialización, que el Gobierno estimaba fundamental para aumentar un poquito el índice o la velocidad del índice de nuestro desarrollo económico? Con razón no vino el señor Ministro a la Comisión, porque dichas declaraciones de tipo general son totalmente contrarias a lo que se establece en este proyecto. ¿Dónde están los dólares que fe quedan al señor Ministro de Hacienda para aumentar la industrialización de Chile? ¿Dónde están los dólares que necesita para dar mayor elasticidad a las importaciones, especialmente a aquéllas a corto plazo? ¿Dónde está el aumento de la posibilidad de incrementar las reservas del Banco Central? ¿Existe alguna base para pensar que esos ambiciosos planes pueden convertirse en realidad, cuando se nos dice que sólo quedarán 30 millones de dólares y que el costo del proyecto ascenderá, probablemente., a igual suma? Alguien está equivocado: o las primitivas declaraciones fueron hechas simplemente para sembrar optimismo en Chile o adolecían de un grave error; o bien, lo que se afirma en el proyecto está errado. El párrafo pertinente del informe dice a la letra: "En cuanto al cobre, el señor Ministro de Hacienda expresa, consultado por el Secretario de la Comisión, que suponiendo un precio medio de venta de la libra de cobre de 48 centavos de dólar, durante el segundo semestre de este año, se obtendrá un mayor ingreso anual de 30 millones de dólares. "La mitad de este mayor ingreso de divisas será vendido al Banco Central de Chile para cancelar créditos que ha obtenido el Estado en ese instituto emisor para financiar obligaciones presupuestarias. Los 15 millones restantes, o la cifra que corresponda, se liquidarán también en el Banco Central para financiar el gasto de 70 millones de escudos que contempla este proyecto de suplemento". ¿Dónde está el propósito anterior de inversión para el saldo en dólares que produciría el mayor precio del cobre en el mercado mundial? En ninguna parte. Con esto, señor Ministro de Hacienda, se termina todo: desarrollo económico, planes entusiasta y gigantescos... El señor GUMUCIO.- Como Su Señoría sabe por experiencia, en la ley de Presupuestos aparece siempre un cálculo probable de los ingresos, entre ellos los provenientes del cobre. Por lo tanto, los rendimientos en exceso de los ingresos calculados financian la totalidad del Presupuesto, que puede tener déficit o superávit. En consecuencia, no es necesario señalar por anticipado en qué se invertirá el exceso en los ingresos. El señor BOSSAY.- Las palabras de mi Honorable colega de ninguna manera explican la contradicción a que me estoy refiriendo. El señor Ministro señaló en forma precisa un plan de inversiones y 'los canales por los cuales se invertiría el exceso mencionado. Ahora, en este proyecto, como dice el informe, "consultado por el Secretario de la Comisión", da un solo propósito: pagar los 15 millones de dólares que se pidieron y vender el saldo para los 70 millones de escudos del actual suplemento del presupuesto de Obras Públicas. Destaco en este debate la importancia de la situación, porque me parece muy necesaria la asistencia del señor Ministro a la Comisión del ramo y a la Sala cuando se discuten estas materias. Hay inquietud en el país por el estado de la caja fiscal y los problemas planteados por personas que no pueden merecer duda a la Democracia Cristiana respecto de la lealtad al señor Frei y al actual Gobierno, como es la Cámara Chilena de la Construcción. No por simple curiosidad, sino por obligación, en cumplimiento de nuestros deberes, los Senadores de la República debemos pedir información en una serie de aspectos al señor Ministro de Hacienda, porque nuestras consultas deben contribuir a orientar a la opinión pública respecto de ciertos problemas. Por eso, estimo inaceptable que, al tratarse materias tan importantes como ésta, sólo asista al Senado el Ministro de Obras Públicas, y no el de Hacienda. Sería conveniente, por lo tanto, que los amigos de este Secretario de Estado o los personeros de la Mesa de la Corporación hicieran ver al señor Molina la necesidad de que concurra cuando se promueven debates de esta índole, a fin de que nos proporcione algunos antecedentes, haga ciertas aclaraciones y explique la contradicción entre el planteamiento del Ejecutivo y la realidad que surge del informe de la Comisión. El señor GUMUCIO.- ¿Me permite, señor Presidente? Deseo aclarar las observaciones formuladas por el Honorable señor Bossay. En realidad, concuerdo con Su Señoría en cuanto a la conveniencia de que el señor Ministro de Hacienda asista, a pesar de las muchas labores que debe realizar, tanto a la Comisión de Hacienda como a la Sala del Sendo, cuando se discuten asuntos de esta naturaleza. El Honorable señor Bossay dijo que el Ministro había calculado, para el segundo semestre, un promedio de entradas ascendente a 30 millones de dólares, 15 millones de los cuales se destinarían a cancelar una emisión realizada para atender gastos fiscales; que los otros quince millones servirían para financiar este proyecto de suplemento, y que el posible excedente sobre treinta millones carecería de destino, por no señalarse en el Presupueste el ítem respectivo de inversión. Ante esta observación, hago presente a Su Señoría que, si existen excedentes en las entradas calculadas de acuerdo con el precio medio del cobre, esos recursos irán a fondos generales de la Nación y serán destinados a financiar los presupuestos del país. No es obligación del fisco señalar qué hará con los recursos que excedan los cálculos de ingresos. El señor CORBALAN (don Salomón).- Me parece que el Honorable señor Gumucio adolece de confusión. El problema que se plantea -creo que el Honorable señor Bossay se ,refirió específicamente a él- es que el señor Ministro de Hacienda, en reunión de las Comisiones unidas de Hacienda y de Agricultura, dio a conocer la forma como se financiaría el proyecto de reforma agraria. Ahí se le pidió informar respecto de la situación de la caja fiscal en este instante, y, en verdad, la información del señor Molina fue bas- podré saber la cifra exacta- en cuánto informe a la mano y en un momento más podré saber la cifra exacta- en cuánto estimaba ese Secretario de Estado el mayor ingreso que produciría el cobre, pero en ningún caso era una cantidad inferior a 50 millones de dólares. En aquella oportunidad, el Ministro dio destino al excedente: dijo que 15 millones se emplearían en pagar la deuda contraída este año con el Banco Central, vale decir, las emisiones hechas durante 1966, y que el saldo sería entregado a esa misma entidad con el objeto de aliviar la balanza de pagos y ver la posibilidad de liberalizar algunos tipos de importación, fundamentalmente con el propósito de fomentar la industrialización. El señor Ministro estimaba que, mediante ese mecanismo fiscal, el Gobierno podría influir incluso sobre los factores de orden inflacionista, liquidando o no liquidando dólares en determinado momento, rescatando circulante y, en consecuencia, restringiéndolo. Pero después, cuando se estudió el proyecto de ley de suplemento que discutimos, se desvaneció el optimismo que reinó con la información del señor Ministro, simplemente porque la cantidad de dólares de que se dispondría este año no era la que él señaló, sino mucho menor, y en definitiva, la iniciativa en debate agotaría totalmente el mayor ingreso, porque deben destinarse 15 millones de dólares a pagar la deuda del año en curso y 15 millones a financiar el proyecto. Por lo tanto, no habrá excedente. En esta forma, todas aquellas esperanzas-de liberalización y de contar con recursos para realizar otras obras, no pasaron de ser ilusiones efímeras, pues entre una sesión y otra no transcurrieron más de dos semanas. Por desgracia, cuando en la Comisión se entró a estudiar el proyecto de suplemento y se solicitó la asistencia del señor Ministro para examinar la situación, el señor Molina no asistió. Además, tengo entendido -por eso, sería interesante conocerlas- que las indicaciones presentadas por el Ejecutivo significan mayores gastos y, en consecuencia, es posible que el proyecto quede ahora desfinanciado, si no totalmente, en forma importante, si es que dichas iniciativas verdaderamente implican nuevas inversiones. Evidentemente, también se desfinanciaría, si, en definitiva, no se produjeran los 30 millones que el Gobierno anunció y que antes calculó en 50 millones, tanto más cuanto que, como van las cosas, es posible que esas cifras se reduzcan a 15 ó a 20 millones a fines de año. El señor VON MÜHLENBROCK.- El informe leído por el presidente de la Comisión de Hacienda, Honorable señor Corbalán, me evita mayor análisis de la exposición hecha por el Ministro del ramo ante las Comisiones de Agricultura y de Hacienda, unidas, y que, con muy buen criterio, el secretario de ésta insertó en el informe de la de Obras Públicas, porque permite a la Sala conocer el estado financiero de la nación. Pero a la Comisión de Obras Públicas, que tengo el honor de presidir, ha preocupado durante mes-es la situación que se está creando en cuanto a la continuación de las obras fiscales, a los recursos que se destinan a los diferentes planes y programas y a la cesantía que se está produciendo a lo largo del territorio. El Ministro del ramo concurrió a la Comisión de Hacienda cuando tratamos este proyecto, y allí se le pudo solicitar información sobre el próximo presupuesto de su Cartera. Dicho Secretario de Estado nos hizo presente que, por la forma como está concebido el futuro presupuesto de la nación, el servicio de su dependencia vería disminuidos sus ingresos y sólo podría recibir recursos mediante inversiones sectoriales que se harían en el presupuesto ordinario de la nación, el cual, preferentemente, se destinaría a tres grandes rubros: realización de la reforma- agraria, intensificación de la reforma educacional e industrialización del país. Me llamó la atención el hecho de que, en el presupuesto de ese Ministerio para 1967, no se destine un solo centavo a obras nuevas, pues el Ministro del ramo nos informó que este suplemento que eleva el presupuesto de su Cartera a 135 millones de escudos, estaba destinado a la terminación de obras actualmente en desarrollo o iniciadas en 1964. Por su parte, la Cámara de Diputados incluyó en el proyecto el artículo 5º, relativo al destino del mayor ingreso que el país pueda tener con motivo del aumento del precio del cobre. Es sabido que cada centavo que sube la libra de cobre representa para Chile un ingreso de 7 millones de dólares. El precio de la meta ha estado fluctuando en la Bolsa de Metales de Londres. Indudablemente, si se mantienen las distintas tensiones internacionales, la crisis que está ocurriendo en estos momentos en Asia con la guerra del Vietnam, que presiona sobre las grandes potencias, influirá en el precio del metal rojo y permitirá alcanzar valores muy superiores a la estimación hecha en el cálculo de entradas. En consecuencia, tendremos un rendimiento extraordinario, el cual debería invertirse también en un plan extraordinario que permita el desarrollo de la economía nacional. Me he permitido modificar el artículo 5º en cuanto a la forma como lo aprobó la Cámara de Diputados. Con muy buen criterio, para cautelar el desarrollo nacional y recogiendo las propias expresiones del Ministro de Hacienda respecto del incremento de la industrialización nacional en esta nueva definición de sectores económicos para la inversión de obras públicas, esa rama del Congreso aprobó un artículo en virtud del cual el mayor ingreso que perciba el país, por encima de lo previsto en la ley 11.828, será destinado a planes de industrialización. Observé al señor Ministro de Obras Públicas que, si no se produce aumento en el presupuesto del ramo, si no hay dinero para ninguna obra nueva, particularmente en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, será imposible reparar los daños que originó el último aluvión en Aisén, que provocó perjuicios por 34 millones de escudos. Tampoco será posible realizar, ni en parte mínima, el plan estudiado y elaborado por el Ministerio del ramo para el desarrollo de las tres provincias mencionadas, que, en su primera etapa, consigna una inversión de 203 millones de escudos. En los últimos días nos hemos preocupado, con inquietud y amargura, de la situación creada en la provincia de Magallanes, con motivo de la tendencia del Ejecutivo argentino de revisar la forma como se han estado realizando las operaciones de producción en las minas de carbón de Río Turbio. Se sabe que en ese minera! laboran entre dos mil y tres mil obreros chilenos residentes en Puerto Natales. Por el momento, se ha podido frenar el despido de esos trabajadores, pero no cabe la menor duda de que el desahucio de la primera partida de 411 obreros se encuentra pendiente y que una especie de espada de Damocles se cierne sobre toda la zona austral de Chile. Si a lo anterior agregamos el ausentismo dramático de Chiloé; que Aisén no haya podido reponerse del deterioro sufrido en obras públicas y en bienes de capital, ascendente a 34 millones de escudos, y si tenemos en cuenta el problema de cesantía y falta de desarrollo del territorio de Magallanes, debemos concluir que sería trágico suspender toda inversión en esas tres provincias. No hay plan de industrialización posible en esas zonas. Las formas de inversiones sectoriales que se están calculando no incluyen esos territorios, pues la reforma agraria se detiene en la provincia de Llanquihue y queda en suspenso en aquellas donde aún no se puede ubicar una cuota de hectáreas básicas de riego que permita definirlas. En consecuencia, si la situación es de plena y total incertidumbre, estimo de extraordinaria gravedad -no puedo entender por qué- el no haberse considerado necesario, hasta el momento, financiar un plan de acción inmediato en zonas que abarcan 40,1% del territorio nacional y en las cuales se cifra el porvenir de la nación. Por ¡o expuesto, me permití presentar una indicación, que fue aprobada gracias a la actitud comprensiva de la Comisión de Hacienda, para incluir en el plan de industrialización aprobado por la Cámara, la iniciativa completa y bien meditada, que merece todo nuestro apoyo y aplauso, sobre ejecución de obras públicas para el desarrollo de Chiloé, Aisén y Magallanes, que elaboró el Ministerio del ramo. Este fue el objetivo de la indicación que formulé al artículo 5º, aprobado por la Comisión, y para la cual me permito solicitar del Senado su voto afirmativo, por ser la única puerta, en caso de mantenerse los mayores ingresos del cobre, por la cual los territorios australes podrían recibir un poco de progreso en los años venideros. El señor IBAÑEZ.- Este proyecto de suplemento para obras públicas era esperado con especial interés por quienes estimamos que ésta es la oportunidad de que el Gobierno nos dé a conocer la actual situación de la caja fiscal, los ingresos que ha obtenido en el curso del año, la forma como ha gastado los dineros y el plan de obras públicas, que en este momento se encuentra aparentemente paralizado o, al menos, muy restringido con relación a lo proyectado a principios de año. Coincido, en consecuencia, con la observación del Honorable señor Bossay, en orden a que, para tratar un proyecto de esta naturaleza, es fundamental la presencia del señor Ministro de Hacienda, a fin de que dicho Secretario de Estado pueda informar a esta Corporación, y, por medio de ella, al país, sobre una serie de interrogantes que la opinión pública no sabe en este momento cómo contestar. Es preciso que sepamos a ciencia cierta cuál es la actual situación de la caja fiscal; a cuánto ascienden los mayores rendimientos obtenidos por el Gobierno con motivo de las considerables alzas que ha tenido el precio del cobre; cuál es el rendimiento efectivo de los impuestos en el curso de este año; a cuánto ascienden los deudores morosos, respecto de los cuales circulan cifras verdaderamente aterradoras. ¿Es efectivo que los contribuyentes chilenos no están en situación de pagar hoy sus impuestos? A nuestro juicio, esta pregunta debe ser contestada por el señor Ministro de Hacienda. Con relación al programa de obras públicas, deseamos informarnos en forma concreta sobre el desarrollo que ha tenido dicha iniciativa, pues la propaganda oficial divulga hacia los cuatro vientos las grandes realizaciones del régimen, pero nosotros no las podemos comprobar. En algunos análisis que hemos hecho con parlamentarios de diversas zonas, hemos llegado a la conclusión de que tales obras no existen en la realidad, sino sólo en los comunicados oficiales. Por ejemplo, se ha hablado del gran número de viviendas construidas el año pasado y de la cantidad mucho menor que se edificaría en el año en curso. Sin embargo, debo decir que en las provincias que represento, esas casas no se ven por parte alguna, y sólo se observan algunas mediaguas que, según informes oficiales, no han sido consideradas en las estadísticas de que tanto alarde hace la propaganda oficial. Es necesario que se nos explique dónde están las obras públicas y qué ha sucedido con relación a su costo. Tengo la impresión -lamento tener que hablar sobre la base de impresiones y no de antecedentes fidedignos entregados por el propio Gobierno- de que ha habido un aumento desorbitado en el costo de ellas, y de que tal vez ésa sea la explicación de por qué, apareciendo un gasto considerable en dicho rubro, la ciudadanía no vea esas obras públicas. Por último, también es necesario que el señor Ministro de Hacienda nos haga una exposición sobre la situación crediticia, que está provocando los mayores trastornos en todas las actividades nacionales. Las hipótesis son muy plausibles, pues salta a la vista de todos los observadores que se ha producido un gran desplazamiento del crédito hacia el sector fiscal. Por lo tanto, tenemos legítimo derecho para preguntarnos por qué, a pesar de los grandes ingresos que ha tenido el Gobierno durante este año, de los aumentos del precio del cobre, de la transferencia de los recursos crediticios hacia el sector estatal, se han paralizado las obras públicas y, además, se nos viene a pedir un suplemento de cincuenta y ocho millones de escudos. Estas son las preguntas que desearíamos ver contestadas por quien debe darnos los antecedentes respectivos en el Senado: el señor Ministro de Hacienda. Con relación al artículo 4°, relativo a ayuda a la Universidad del Norte y a los centros universitarios del norte de la Universidad de Chile, deseo recordar que, en un proyecto anterior, aprobamos un sistema de cuenta y balance que deberán rendir esos planteles, a fin de que nosotros pudiéramos formarnos criterio sobre el buen aprovechamiento que se obtiene de los recursos que otorgamos. Si dicha disposición fue convertida en ley -cosa de la cual no estoy completamente seguro, pero tengo entendido que fue promulgada por el Presidente de la República,-, considero indispensable, junto con la petición de fondo para dos universidades, que, en mi opinión, merecen ser ayudadas, tener alguna información sobre el destino que dichos planteles dan a los recursos que reciben y sobre el costo de la educación en las zonas que atienden. Con tales antecedentes, podremos votar una disposición de esta naturaleza, en la certidumbre de estar haciendo una obra que beneficia a esas regiones, y de que los desembolsos que aquí se establecen estarán plenamente justificados. En consecuencia, los Senadores nacionales esperamos estas informaciones, que nos parecen fundamentales para pronunciarnos sobre la iniciativa sometida a nuestra consideración. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- La costumbre es ver cierto ordenamiento en los gastos públicos; que éstos guarden relación con lo que se dispone por ley; que, en general, cada uno de ellos venga debidamente financiado, y, además de eso, que se señalen las partidas que serán atendidas con los recursos del Estado. Denantes pedí al señor presidente de la Comisión de Hacienda que me aclarara a qué se debía el suplemento para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, ascendente a doce millones setecientos mi: escudos, y el señor Senador me señaló los ítem a los cuales se destinan dichos recursos. Sin embargo, aquí no aparece el detalle de las obras que serán ejecutadas. Por las observaciones oídas a los Honorables señores Bossay y Corbalán, uno queda con la preocupación de que esos suplementos carecen de financiamiento y, además, de que falta un ordenamiento general en los gastos estatales. Ello alarma, porque en el propio informe aparecen notas como las siguientes: "El señor Ministro de Obras Públicas, que asistió a la reunión en que se debatió este proyecto de suplemento, contestando una serie de preguntas formuladas por el Presidente de la Comisión, don Salomón Corbsiián, manifestó que el proyecto de Presupuesto tentativo que se había sometido a la consideración de ese Ministerio no sólo no contemplaba una tasa de crecimiento de inversión sino que era, en valores constantes, manifiestamente inferior. "Agregó, además, que en el futuro no habrá un plan de obras públicas de carácter nacional, sino que éste será sólo sectorial, de acuerdo al desarrollo que experimentan los planes agrario, industrial y minero. "No conoce el señor Ministro cómo operará este plan sectorial ni si los dineros que antes se invertían a través del Ministerio de Obras Públicas se consultan ahora en los Ministerios encargados de llevar a la práctica esos planes." Por lo tanto, dentro del Gobierno no hay unidad de acción. Un Ministro -nada menos que el de Obras Públicas- no conoce lo que se está haciendo respecto del propósito de ejecutar por secciones el plan nacional de obras. Como ha dicho el Honorable señor Bossay, no asistió el señor Ministro de Hacienda. No hay informaciones claras sobre la inversión real de los caudales públicos y los recursos con que cuenta el Estado. A mi juicio, debería postergarse la discusión del proyecto hasta que el señor Ministro de Hacienda venga al Senado y se sirva informarnos al respecto. No creo que falte la colaboración necesaria, por lo menos del Senador que habla, para aprobar esta iniciativa, pues conozco la situación aflictiva por la cual atraviesa el Gobierno. Pero tampoco se puede jugar a la gallina ciega. Por lo tanto, me permito sugerir al señor Presidente que comunique al señor Ministro de Hacienda esta decisión, pues creo que habrá acuerdo en la Sala para suspender la discusión del proyecto en debate, por las circunstancias anotadas. El señor ALTAMIRANO.- El Partido Socialista ha votado favorablemente la idea de legislar en esta materia. Pero, sin duda, como ya han observado otros señores Senadores, en el segundo informe será necesario perfeccionar una serie de materias que, debido a la ausencia del Ministro de Hacienda en el despacho del proyecto, hasta el momento no son conocidas con exactitud. El fisco chileno obtiene ingresos mediante tres mecanismos fundamentales: créditos externos, tributación y precio del cobre. Los créditos externos, según el decir del propio Ministro de Hacienda, han llegado a los mismos volúmenes altísimos que alcanzaron al final de la Administración pasada. A mayor abundamiento, se renegociaron la deuda del año pasado y la de 1966, lo cual significa mayor disponibilidad de recursos externos. De acuerdo con declaraciones del propio Ministro de Hacienda, el ingreso tributario proveniente de los mayores impuestos ha estado afluyendo normalmente a la caja fiscal. Por último, como aquí se ha estado diciendo, el fisco obtendrá este año, en virtud del alza del precio del cobre, un mayor ingreso de cincuenta millones de dólares, siempre que el precio promedio sea de cuarenta y ocho centavos la libra. En consecuencia, nunca como ahora el país ha tenido mayores ingresos por concepto de impuesto, créditos y precio del cobre. Sin embargo, no hace un mes a esta parte que el Ministro de Hacienda, en declaración pública, ha confesado que el país está en bancarrota, y ahora solicita al Parlamento un suplemento para el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas. ¿A qué se debe esta realidad? ¿Cómo es posible que, teniendo ingresos extraordinarios por concepto de crédito, por impuestos y por un precio magnífico del cobre, el señor Ministro confiese ya un déficit de doscientos millones de escudos en la caja fiscal y declare que será necesario reducir los gastos en doscientos cincuenta millones de escudos? Todos los señores parlamentarios han visto las declaraciones de la Confederación de Municipalidades, a las cuales se adeudan cerca de treinta y cinco millones de escudos. También habrán visto, en la mayoría de los diarios, declaraciones de los proveedores de los Ferrocarriles del Estado, a quienes se deben inmensas sumas, y de la Asociación de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas, quienes declaran que les adeudan estados de pago desde el mes de mayo. Por lo tanto, nos encontraríamos frente a una quiebra fiscal. Al Gobierno anterior se le produjo la quiebra en dólares, pero al cuarto año de su gestión. A este Gobierno, que nada en dólares, se le produce la quiebra en escudos, y, prácticamente al promediar este año, se presenta a decir al país que el déficit es inmenso, que deben reducirse las obras públicas y que se adeudan ingentes cantidades a los proveedores. Por eso, hemos considerado que, en el segundo informe, debería exigirse al señor Ministro de Hacienda aclarar la situación en que nos encontramos. También debemos insistir en lo que hizo presente el Honorable señor Bossay en cuanto a la política del cobre. Durante años y años, los actuales dirigentes de la Corporación del Cobre sostuvieron que era inconveniente subir el precio del metal rojo. Esta fue la tesis del señor Javier Lagarrigue, jefe de ese departamento. Incluso, el Partido Socialista presentó una indicación en la Comisión de Hacienda para obligar al Gobierno a subir a 42 ó 46 centavos -no recuerdo la cifra exacta- la libra de cobre. En esa ocasión, también argumentó el Gobierno la inconveniencia de hacerlo. Cuando el precio estuvo a 80 y 90 centavos de dólar la libra, el Gobierno la vendía a 36; cuando éste decide elevarlo a 70 centavos, el precio baja a 45 ó 48 centavos. De manera que el Ejecutivo no logra establecer una política lógica al respecto. Por años y años, no sólo en este Gobierno, sino también en los anteriores, no se han nivelado los precios del cobre con los valores que dicho metal tenía en el Mercado de Londres. Y cuando se decreta un alza extraordinaria del precio, éste disminuye en el mercado internacional. Por tales consideraciones, no sólo estimamos necesario que concurra al Senado el señor Ministro de Hacienda, sino también el señor Javier Lagarrigue, a fin de que se nos expliquen los cambios sufridos por la política de precios del cobre chileno y, al mismo tiempo, qué razón existe para suponer que dicho metal se cotizará a un promedio de 48 centavos de dólar la libra en el segundo semestre de este año. En verdad, por lo menos este Gobierno debió haber vendido durante este año a más de 50 centavos de dólar la libra. ¿Por qué en el primer semestre se perdió la diferencia de precio que existía, en circunstancias de que cuando se vendió el cobre no se hizo con pago a plazo, sino cancelado en el momento de la transferencia? Todas estas consideraciones nos impelen a insistir acerca de la necesidad de dar una completa explicación respecto de la situación económica y, especialmente, financiera del país. De lo contrario, no se puede aceptar, lisa y llanamente, un suplemento de gastos superior ya a 70 millones de escudos -se han formulado indicaciones que elevan esa suma a cifras bastante más elevadas-, sin conocer previamente un estado preciso y exacto de la situación económica y financiera del país, la cual aparece en este momento desastrosa, no obstante atravesar Chile por las mejores condiciones, en esta materia, en el curso de su historia. El señor GUMUCIO.- Como dije denantes, concuerdo en que es el señor Ministro de Hacienda el indicado para proporcionarnos los datos precisos y matemáticos de todo el manejo de la hacienda pública, de conformidad a lo solicitado por varios señores Senadores. Los suplementos de ítem han sido pedidos por ley durante toda la gestión de los diferentes regímenes políticos. Nunca se hizo presente la necesidad, ni en el Senado ni en la Cámara de Diputados, de explicar hasta el detalle lo que se invertirá en una ley de suplemento, porque éstas, en realidad, pasaban por el Congreso como por un tubo. Sin embargo, compruebo que, por primera vez, existe un" espíritu fiscalizador llevado al extremo de indagar hasta el último detalle del proyecto respectivo. No existía esta estrictez, y corrientemente se aprobaban los traspasos solicitados por los distintos Gobiernos. El señor ALTAMIRANO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? Esa información, en lo que respecta al Partido Socialista, no es efectiva. Su Señoría recordará muy bien que cuando fuimos Diputados integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara, los representantes socialistas exigimos un estricto control de los gastos hechos por los Gobiernos y respecto del inmenso endeudamiento del erario. En consecuencia, lo dicho por Su Señoría, en cuanto a que no hemos fiscalizado a todos los Gobiernos como lo hemos hecho con relación a éste, no es exacto en lo que atañe a los socialistas. El señor GUMUCIO.- Efectivamente, formé parte de la Comisión de Hacienda de la Cámara, como manifestó el Honorable señor Altamirano, pero no recuerdo que ningún Ejecutivo haya detallado las inversiones que haría cuando dichos datos eran solicitados. En realidad, ellos se pedían, pero nunca llegaban a poder del Congreso. En lo referente al problema del déficit fiscal, tanto el Ministro de Hacienda como el Primer Mandatario han hecho diversas exposiciones públicas, en las cuales se han dado algunas razones de fondo sobre la causa de ese déficit. Una de las principales es que los gastos de inversiones del Gobierno, a diferencia de Administraciones anteriores, han cubierto sectores que antes no se consideraban. La política tradicional de anteriores regímenes consistía en realizar sólo obras públicas. En ellas se gastaba la totalidad del presupuesto del Ministerio respectivo. Se solicitaban suplementos de ítem y no se efectuaba ninguna inversión en otros campos, como ahora lo ha hecho el Ejecutivo, especialmente en el orden educacional, en el cual ha sido considerable el volumen de inversiones. Asimismo, este Gobierno ha abordado, como antes no se hizo, las inversiones en el aspecto agrícola, como consecuencia de la discusión del proyecto de reforma agraria que implica diversas operaciones previas de monto muy elevado. En otras palabras, el volumen de inversiones de carácter social del Gobierno actual ha sido extraordinariamente superior a lo realizado por otros regímenes. Naturalmente, cuando se abarca mucho, surgen problemas de déficit fiscal. A mi juicio, debe tenerse la audacia de enfrentar los problemas y no amedrentarse ante ciertos obstáculos. No es buena política detener la marcha y volver al criterio tradicional de efectuar sólo obras públicas, puentes, caminos y otras realizaciones básicas pero sin contenido social. Es decir, en el fondo el problema ha radicado en la amplitud del plan de inversiones hechas en un año, en el cual se ha calculado equis cantidad de ingresos. Los señores Senadores con experiencia parlamentaria saben positivamente que diversas leyes salen desfinanciadas del Congreso. Me referiré al caso específico de las leyes de reajustes, que, efectivamente, pasan a ser un arca de Noé: en las Comisiones del Congreso se aprueban indicaciones cuyo costo no ha sido considerado por el Gobierno. Respecto de ellas, sí que hay amplitud de criterio por parte de los parlamentarios para acogerlas, sin duda porque son de justicia social y cuentan con ambiente de simpatía en la opinión pública. En esos casos hay unanimidad. Sin embargo, hay fiscalización estricta para exigir el exacto financiamiento de un gasto cuando se presentan proyectos de suplemento para obras patrocinadas por el fisco. Pero hay otros gastos fiscales no consignados en las leyes despachadas por el Congreso, como son, por ejemplo, las de carácter previsional, en que a determinados grupos de obreros se da la calidad de empleados. Hemos despachado tres o cuatro leyes semejantes, como son las relativas a la Empresa de Transportes Colectivos, Ferrocarriles y otras reparticiones. Respecto de ellas, el Parlamento tiene iniciativa para despacharlas sin necesidad del patrocinio del Ejecutivo. O sea, diversas leyes despachadas por el Congreso no contaban con el debido financiamiento, y el Ejecutivo tenía la obligación constitucional de cumplirlas. De allí proviene fundamentalmente el déficit fiscal, que durante este año -lo reconozco- ha sido grave. Sin embargo, también es cierto que las entradas provenientes de tributos o de créditos externos han sido óptimas. No soy experto en materia de legislación del cobre. En los debates de esta Corporación han intervenido Senadores ilustrados sobre la materia, como son los Honorables señores Altamirano, Noemi y otros, quienes conocen a fondo todo el problema. Sin embargo, recuerdo perfectamente que el director de la Corporación del Cobre sostuvo que era absurdo y artificial pretender un precio muy alto y equivalente al del Mercado de Londres, pues, por diferentes factores de tipo internacional, ese precio podría bajar debido a los manejos de las grandes compañías. Entonces, su teoría parece no haber sido tan errada ni peregrina. En efecto, cuando se fijó un precio alto, como solicitaban los distintos sectores del Congreso, dicho valor bajó, como acaba de reconocer el Honorable señor Altamirano. Es decir, la teoría del señor Lagarrigue no estaba tan equivocada: el precio no es exactamente el mismo que se cotiza en el mercado de Londres ni puede mantenerse en la cotización de dicho mercado. Concuerdo en que hubo demasiada timidez para subir el precio oportunamente; soy honesto para opinar así dentro del Senado. El señor ALTAMIRANO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? A ese punto me iba a referir, precisamente. Utilizando el mismo vocabulario del Honorable señor Gumucio, debo decir que este Gobierno -y para qué decir de los anteriores- fue demasiado tímido para mantener una política conveniente a Chile, pues su orientación favoreció a los norteamericanos. Este régimen cometió el error de vender 90 mil toneladas de ese metal a los norteamericanos, a 36 centavos de dólar, cuando hoy día su valor es de 48 centavos y ha mantenido una cotización muy superior en el resto del año. De manera que a los "pobrecitos" norteamericanos les regalamos una inmensa diferencia en el precio del cobre. Respecto al alza del precio a 70 centavos de dólar la libra, es un problema sobre el cual no estamos en condiciones de pronunciarnos. Pero, entre el precio de 70, fijado por el Gobierno, y el de 36 que existía, hay una gran diferencia, como la hay con el valor de 48 centavos. Ello demuestra que era justa la tesis mantenida invariablemente por el movimiento popular desde hace muchos años. Asimismo, el señor Lagarrigue, en representación del Gobierno y de la Democracia Cristiana, comprobó, una vez más, que los datos proporcionados por el movimiento popular eran efectivos. No sólo el actual jefe de la Corporación del Cobre, sino también sus predecesores, han abogado por mantener un precio bajo, el cual, en el fondo, favorece a los americanos, cuya política contraría el interés de Chile. La actual decisión del Gobierno de subir el precio del cobre favorece a nuestro país y nos da la razón respecto de lo que dijimos tantas veces en el sentido de que el mantenido hasta la fecha no era un valor real. El señor GUMUCIO.- El Honorable señor Noemi me ha solicitado una interrupción. El señor NOEMI.- Deseo referirme a las palabras del Honorable señor Altamirano, pues muchas veces se ha insistido sobre la venta de 90 mil toneladas de cobre a los Estados Unidos equivalentes a 200 mil libras, operación que se habría hecho a precio muy bajo. Ello no es efectivo. En primer lugar, ha quedado de manifiesto que el interés nacional estaba totalmente compensado. El señor CORBALAN (don Salomón).- ¿Cómo? No entiendo. El señor NOEMI.- Estaba compensado totalmente, al pagar la compañía Anaconda la mitad del impuesto correspondiente a la diferencia entre 36 centavos y 42 centavos. El resto se compensaba con un crédito de 10 millones de dólares a 40 años plazo,... El señor CORBALAN (don Salomón).- ¡Qué genial...! El señor NOEMI.- ...con interés de 1%. Más todavía: con posterioridad dicha compañía entregó 55 mil toneladas cuando subió el precio a 62 centavos, cantidad que el Departamento del Cobre podía vender directamente al precio de 62 centavos. La diferencia de 20 centavos quedaba íntegramente para Chile. Ello compensaba plena y totalmente esa operación. En reciente intervención, el Honorable señor Jaramillo criticaba la política gubernamental en virtud de la cual se dispuso el alza a 70 centavos, medida que el señor Senador estimó errónea y calificó de volador de luces. Sostuvo que la Corporación del Cobre aprobó la mencionada alza en circunstancias de que todo indicaba que los precios bajarían. O sea, el señor Senador sostuvo un criterio distinto del que han expuesto los representantes del FRAP en el sentido de que el precio debe alzarse. El señor CORBALAN (don Salomón).- Lo que siempre hemos dicho, por lo demás. El señor JARAMILLO LYON.- ¿Me permite, Honorable colega? No dije tal cosa. Ya en sesión pasada tuve ocasión de rectificar al Honorable señor Noemi, quien me atribuyó lo mismo que ahora ha sostenido. No me he opuesto en ningún momento a que el Ejecutivo fije en 70 centavos el precio de la libra de cobre. Lo que he criticado fue la fórmula arbitraria empleada en este caso por el Supremo Gobierno, sin tomar en consideración antecedentes tales como las ventas de cobre de Estados Unidos, las dificultades surgidas en Zambia y Rodesia y las restricciones impuestas por el Primer Ministro inglés. O sea, la fijación del nuevo precio se hizo en forma absolutamente arbitraria. Más aún, lo resuelto en tal sentido por el Gobierno ha resultado del todo inaplicable, porque, no obstante los buenos propósitos que lo animaron a subir el precio a 70 centavos, no se ha logrado vender una sola tonelada a ese precio. Cuando el Honorable señor Noemi, en sesión pasada, se refirió a esta materia por haberlo yo emplazado, dio una serie de antecedentes relativos al volumen de ventas realizadas al precio de 62 centavos, pero no mencionó una siquiera al precio de 72 centavos. El señor CORBALAN (don Salomón).- Porque no se ha vendido una sola tonelada a ese precio. El señor NOEMI.- Con mis observaciones he querido dejar de manifiesto que el Gobierno, con mucha tranquilidad, como es natural, ordenó sucesivas alzas de precios: de 60 centavos de dólar por libra de cobre, a 62 centavos y, luego, a 70 centavos. Lo hizo siempre sobre la base de ponderar las cotizaciones de los mercados marginales, como el de Londres, y las vigentes en el mercado de productores. Cuando el Ejecutivo decidió alzar el precio del cobre a 70 centavos de dólar la libra de metal, las cotizaciones del mercado de Londres fluctuaban entre 72 y 75 centavos. Con posterioridad, sobrevino la baja de precios, lo cual demuestra que factores imprevisibles influyen en la determinación de ellos. Por eso, no es fácil predecir que se mantendrán en determinado nivel las cotizaciones del mercado de Londres. El señor CORBALAN (don Salomón).- ¿A qué precio estamos vendiendo ahora? El señor NOEMI.- Excúseme, señor Senador. Deseo referirme concretamente al proyecto en debate. Aquí se ha expresado un temor a raíz de la indicación del Honorable señor Bossay. Se dice: ¿cómo puede pensarse en un término medio de 48 centavos para estimar los ingresos provenientes de las exportaciones del cobre, cuando no se ha vendido a 60 centavos? Me parece que tenemos la obligación de saber a qué precio se efectuaron las ventas. No podemos hacer afirmaciones relacionadas con algo que no conocemos. Con motivo de la pregunta que me formuló el Honorable señor Jaramillo, proporcioné algunas cifras referente:; a las ventas de cobre a 62 centavos, a raíz del sistema de ventas fijado por Chile el 14 de abril de este año. Las ventas a dicho precio comprendieron toda la producción... El señor CORBALAN (don Salomón).- ¿Cuánto? El señor NOEMI.- ...de Braden Copper, correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto. Al mismo precio se vendieron 19.915 toneladas en julio, y 18.893 toneladas en agosto, provenientes de Anaconda, esto es, de los yacimientos de El Salvador y Chuquicamata, mediante otro sistema de ventas: a 90 días. No puede sostenerse, a mi modo de ver, que el precio del cobre tendrá un promedio de 48 centavos únicamente porque no se han hecho ventas a 62 centavos. Ello representa un desconocimiento absoluto de cuanto está ocurriendo. De acuerdo con las cifras que he proporcionado hace un instante, es indudable que hay ingresos categóricos sobre las ventas a 62 centavos, por lo que no es aventurado suponer que habrá mayores ingresos de 40 millones de dólares. Repito que ha habido ventas a 62 centavos y que la cotización de 46 centavos ha vuelto a subir, en términos que esta tarde llegó a 50 centavos. El señor SEPÚLVEDA (Presidente accidental).- Puede continuar el Honorable señor Gumucio. El señor CORBALAN (don Salomón).- Me ha concedido una interrupción el señor Senador. Agradezco la gentileza de mi Honorable colega, porque vale la pena dejar las cosas en claro. Recuerdo, como deben recordarlo varios señores Senadores del período anterior, que en 1964, al discutirse el proyecto sobre impuesto a la renta presunta o impuesto patrimonial, el entonces Senador don Roberto Wachholtz abrió debate, con mucha energía, sobre la necesidad de elevar el precio del cobre, por estimar que, por medio de ese aumento, se resolvería el problema que tratábamos de solucionar mediante el proyecto y no habría ni siquiera necesidad de despachar esa iniciativa legal. Recuerdo que el señor wachholtz fue tan categórico y enérgico -como solía serlo- que se acordó citar al señor Javier Lagarrigue en su calidad de jefe del Departamento del cobre. El señor Lagarrigue informó a la comisión lo mismo que siguió sosteniendo hasta abril del año en curso: que el mercado de Londres es ficticio, que no obedece a ninguna realidad, que es marginal, y que, por consiguiente, no podíamos guiar nuestras exportaciones y el comercio de nuestro cobre por esos precios de "rifleros". Insistió en negar importancia a las cotizaciones de ese mercado y declaró que el Gobierno no cambiaría su política ni aumentaría el precio del metal, sino que Chile continuaría rigiéndose por el mercado de productores. El ex Senador señor Wachholtz mantuvo sus puntos de vista. Inclusive, se presentó indicación para financiar aquel proyecto con el mayor precio del cobre. Más tarde, durante todo el año 1965, no una vez, sino quince o veinte, la Comisión respectiva citó al señor Lagarrigue, quien repitió lo mismo en todas aquellas oportunidades: que el mercado de Londres no tenía importancia, pese a que las cotizaciones iban en ascenso y a que, según informes fehacientes, parte de nuestra producción cuprera se transaba en dicho mercado. Pero el señor Lagarrigue no aceptó eso jamás durante todo el año 1965, hasta que la cotización del metal rojo subió en la Bolsa de Londres en forma exorbitante y nosotros formulamos indicación para aumentar el precio del cobre chileno con relación al existente en el referido mercado. Sólo entonces el señor Lagarrigue y el Gobierno decidieron elevar el precio: lo fijaron en sesenta y tantos centavos de dólar americano por libra. Luego, como lo consideraran poco, lo subieron a 70 centavos, pero ignoro las razones tenidas en cuenta para ello. Sólo sé que no se ha vendido una sola libra de cobre a 70 centavos. El señor NOEMI.- ¿Me permite, señor Senador? Podría explicarle... El señor CORBALAN (don Salomón).- Y ahora el precio del cobre chileno se rige por la cotización de Londres. Sostenemos que ha habido falta de seriedad y responsabilidad; que no se ha considerado el interés nacional, porque si el precio del cobre se hubiese alzado cuando el Parlamento chileno empezó a insistir en ello, hoy dispondríamos de recurra extraordinarios, los cuales pudieron haberse invertido durante los años 1964 1965 y 1966. Me refiero a los mayores ingresos por diferencias de precio, sin precisar que éste hubiese debido ser de 60 centavos, pues pudo haber sido inferior: 45 ó 50 centavos, cuando en Londres se cotizaba a 60 centavos. No se trataba de obtener tal precio ni de llevar el nuestro a los extremos, sino de aplicar una política libre, con relación a los intereses chilenos. Se habría obtenido -repito- una diferencia extraordinaria y mayores ingresos que habrían permitido financiar obras de gran importancia. El señor NOEMI.- ¿Me permite, señor Senador? El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Con la venia del Honorable señor Gumucio. El señor FONCEA.- ¿Hasta qué hora llega el Orden del Día? El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Hasta las seis cuarenta y cinco, señor Senador. Quedan seis minutos. El señor NOEMI.- Efectivamente, los señores Senadores del FRAP formularon indicación para fijar el precio del cobre a un valor inferior en 30% al cotizado en la Bolsa de Londres. ¿En qué situación estaríamos ahora si se hubiera aceptado esa idea? En ese tiempo la cotización de Londres era muy alta. El Gobierno, con criterio más sensato, fue elevando el precio. El 14 de abril de este año lo fijó en 62 centavos, después de haberlo subido a 42 centavos. Esto no lo hizo caprichosamente, sino que llegó a un precio ponderado, que es muy lógico. El día 14 de abril se registró en el mercado de productores una cotización de 42 centavos, y ese mismo día el mercado marginal de Londres cotizó a 93 centavos. Como el consumo del mercado de productores equivale a más o menos 75% y el del mercado de Londres a 25%, al ponderar las cotizaciones de ambos se obtuvo el precio de 63,33 centavos. El Gobierno, sobre esa base, lo fijó en 62 centavos, esto es, en un centavo menos que el término medio. ¿Qué ocurrió? Canadá, Zambia y todos los países productores siguieron nuestro ejemplo, después de estar mucho tiempo a la expectativa. Chile fue el primero en subir el precio a 62 centavos. Durante cuatro o cinco meses, las ventas se hicieron a ese precio. Luego, el 15 de julio, aplicando el mismo criterio ponderado de la vez anterior, se fijó el precio en 70 centavos, pues las cotizaciones de los mercados de productores y de Londres eran de 70 a 74 centavos y 74,50 centavos, respectivamente. La ponderación de ambos precios daba 72,19 centavos, por lo que el precio del Gobierno era inferior en dos centavos a dicho término medio. Pero ahora sobrevino la baja internacional, debido a factores políticos. Nadie puede negar lo que han influido las medidas adoptadas por Inglaterra para defender el valor de la libra esterlina: influencia política, negación de créditos. Todos esos son factores ajenos a la voluntad del país. De manera que, efectivamente, la baja del precio no depende de nosotros. El Honorable señor Jaramillo intervino para referirse a estas materias cinco días antes que yo, en momentos en que el cobre estaba a 45 centavos de dólar por libra; pero seis días más tarde, ya alcanzaba a 50 centavos, debido a las huelgas que estallaron en Zambia. O sea -repito-, hay una serie de factores que influyen en los precios. En resumen, considero que el criterio del Gobierno ha sido claro, lógico y categórico al ponderar el precio del mercado de productores y la cotización de mercados marginales. El señor ALTAMIRANO.- ¡Podríamos enviar al Ministro señor Thayer para que siga la huelga... ! El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Queda sólo un minuto. Tiene la palabra el Honorable señor González Madariaga. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Ya no dispongo de tiempo suficiente para analizar la teoría desarrollada por el Honorable señor Gumucio. Antes no había la fiscalización que ahora existe. La Constitución dispone que la ley de Presupuestos debe señalar los gastos de la Administración y fijar el cálculo de entradas y de egresos. Siempre me he interesado por la labor de la Comisión Mixta de Presupuestos he formado parte de ella y he llegado a tener el honor de presidirla. Nunca llegó a conocimiento de esa Comisión un presupuesto sin financiamiento. Preguntaba, hace pocos instantes, por qué había traspasos de ítem sin precisar a qué se destinaban. Nunca se entregaron partidas en forma global a los Ministerios. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Ha terminado el tiempo del Orden del Día. Si le parece a la Sala, se prorrogará la hora hasta votar el proyecto. El señor ALTAMIRANO.- En general. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Podríamos esperar que viniera el señor Ministro. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Hay indicaciones. El señor PABLO.- Votemos en general. El señor GUMUCIO.- La votación de la indicación se hará durante la discusión del segundo informe. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Si le parece a la Sala, se cerrará el debate y se pondrá en votación el proyecto. El señor DURAN.- No hay acuerdo. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- No hay acuerdo. Terminado el Orden del Día. VI.- TIEMPO DE VOTACIONES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Noemi para insertar en el discurso que pronunció en Incidentes de la sesión ordinaria del 31 de agosto, los cuadros estadísticos que señaló en esa oportunidad. -Se aprueba. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicaciones del Honorable señor Jaramillo y de la Honorable señora Campusano para publicar "in extenso" los discursos pronunciados en Incidentes de la sesión del 31 de agosto por los Honorables señores Ibáñez y Teitelboim, respectivamente. -Se aprueban. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación de los Honorables señores Gumucio y Gormaz para publicar "in extenso" el discurso que pronunció en Incidentes de la sesión del 31 de agosto el Honorable señor Noemi. - Se aprueba. RECURSOS PARA CAMPEONATO SUDAMERICANO DE TENIS. JORNADA ORDINARIA PARA MINEROS DEL CARBON Y OBREROS EXPUESTOS A CONTRAER ENFERMEDADES PROFESIONALES. PREFERENCIA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Los dos tercios de los Comités han acordado eximir del trámite de Comisión y tratar en el primer lugar del Orden del Día del miércoles 7 del presente, el proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio de la realización en Chile del campeonato sudamericano de tenis. Además, los dos tercios de los Comités acordaron tratar en el segundo lugar de la tabla de la sesión de mañana miércoles, el proyecto que legisla en favor de los obreros de las minas de carbón. VII.- INCIDENTES. Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- En conformidad al Reglamento, se enviarán los oficios en nombre de los señores Senadores que los han solicitado. -Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Aguirre Doolan: SERVICIO TELEFONICO EN CONTULMO (ARAUCO). "Al Ministerio del Interior, a fin de que se proceda a estudiar un financiamiento, con el objeto de que se instale un servicio telefónico público en la localidad de Contulmo, provincia de Arauco, que por carecer de este vital servicio, en muchas ocasiones queda totalmente aislado del resto de la provincia." SUCURSAL DE BANCOS COMERCIALES EN CURANILAHUE (ARAUCO). "Al Ministerio de Hacienda y, por su intermedio, a la Superintendencia de Bancos, a fin de que se estudie la posibilidad de instalar una sucursal de bancos comerciales en la localidad de Curanilahue, provincia de Arauco, cuyo incremento comercial hace necesaria la expansión crediticia," DEFICIENCIAS DEL CAMINO A BULNES (CONCEPCION). "Al Ministerio de Obras Públicas y Vías de Comunicación, a fin de que la Dirección de Vialidad proceda al arreglo del camino a Bulnes, en el sector denominado "Puente Tres - Las Pataguas", cuyas deficiencias no permiten ni siquiera el tráfico de carretas. Este lugar se encuentra ubicado a la salida de Concepción, provincia del mismo nombre." CONSTRUCCION DE HOSPITAL EN TOME (CONCEPCION). "Al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios, a fin de que se proceda a la construcción del hospital de Tomé, en los terrenos que se cuentan para tal efecto y que luego de varios estudios se declararon aptos." De la señora Campusano: SUBVENCION EXTRAORDINARIA PARA ASOCIACION DE BASQUETBOL DE LA SERENA (COQUIMBO). "Al señor Ministro de Defensa Nacional y al señor Ministro de Hacienda, a fin de poner en su conocimiento la petición formulada por la Asociación de Basquetbol de La Serena, en el sentido de que se consulte en el Presupuesto de la Nación para el año 1967, una subvención destinada a esa entidad deportiva. "La Asociación mencionada está integrada por once clubes; alrededor de cinco mil jóvenes practican deporte en ella; sin embargo, las dificultades económicas perjudican gravemente sus actividades. El Estadio "La Bombonera" -de su propiedad- fue clausurado porque sus aposentadurías no ofrecen seguridad a los espectadores, motivo por el cual se hace imprescindible renovar la subvención fiscal que se otorgaba anteriormente a esa institución." ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN LOS VILOS (COQUIMBO). "Al señor Ministro de Defensa Nacional y, por su intermedio, al señor Director de Deportes del Estado, a fin de poner en su conocimiento el interés expresado polla Asociación de Fútbol de la localidad de Los Vilos en fomentar las actividades deportivas, respondiendo así a las aspiraciones de una población que no cuenta con otros centros recreativos. "La mencionada institución ha hecho presente la necesidad de contar con alguna ayuda que le permita contar, por lo menos, con un campo deportivo. En la actualidad, las competencias se efectúan en un terreno ajeno, con apreciables desniveles, sin tenor siquiera servicios higiénicos. "En atención a estos antecedentes, se solicita de esa Secretaría de Estado el estudio de medidas que permitan facilitar las actividades deportivas en Los Vilos." AMPLIACION DE ESCUELA MIXTA Nº 9 Y RECONSTRUCCION DE ESCUELA DE NIÑAS Nº 8, DE LA CRUZ (VALPARAISO). "Al señor Ministro de Educación Pública, a fin de exponerle las deficientes condiciones materiales en las que debe impartirse la instrucción primaria en la comuna de La Cruz, con el propósito de que esa Secretaría de Estado arbitre las medidas necesarias para que se efectúen las ampliaciones y construcción de nuevos pabellones de clases que se indican. "Según información proporcionada por el Centro de Madres de Chavarrata, la Escuela Mixta Nº 9, de La Cruz, carece de capacidad para atender el número de alumnos matriculados, especialmente en el 7º año, que funciona en una sala destinada a 35 niños, con un total de 50 alumnos, sin contar con mesas o pupitres para todos. "Mayor gravedad reviste la situación de la Escuela de Niñas Nº 8 de Chavarrata, destruida por los sismos, en la que el retraso de la reconstrucción ha obligado a funcionar en la Escuela Parroquial como solución transitoria. "En atención a los antecedentes expuestos, se solicita de esa Secretaría de Estado se arbitren medidas de urgencia para proceder a la ampliación del local de la Escuela Mixta Nº 9 y la reconstrucción de la Escuela de Niñas Nº 8, de la comuna de La Cruz." EXPROPIACION DE FUNDO TILAMA (COQUIMBO). "Al señor Ministro de Agricultura y, por su intermedio, a la Corporación de la Reforma Agraria, a fin de que se adopten las medidas necesarias para proceder a la expropiación del fundo Tilama, provincia de Coquimbo, solicitada por la Asociación de Campesinos. "Dicho fundo pertenece a la Sucesión Adela V. de Ruiz, la que no efectúa imposiciones a los 30 inquilinos que laboran en él desde 1961 y se niega a ceder el terreno necesario para construir una escuela." IMPOSICIONES ADEUDADAS A INQUILINOS DE FUNDO TILAMA (COQUIMBO). "Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, a fin de que se sirva disponer las medidas necesarias para obtener el cumplimiento de las disposiciones legales sobre previsión por parte de la Sucesión Adela V. de Ruiz, propietaria del fundo Tilama, donde prestan sus servicios treinta campesinos, cuyas imposiciones están atrasadas desde el año 1961." Del señor Contreras Labarca: JUBILACION DE OBREROS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. "Al señor Ministro de Obras Públicas, a fin de que se sirva dictar, a la brevedad, el Reglamento para la aplicación del artículo 80 de la ley Nº 15.840, que legisla sobre la jubilación de los obreros del Ministerio de Obras Públicas." SITUACION DE OCUPANTES DE POBLACION CORVI, DE QUELLON (CHILOE). "Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, comunicándole la situación que afecta a los ocupantes del sector oeste de la Población CORVI, de Quellón, provincia de Chiloé, que deben transitar por calles en pésimo estado, carentes de veredas y de luz, a fin de que se sirva disponer las medidas necesarias para remediar esa situación, pues sus habitantes, en su mayoría de escasos recursos, ya no cuentan con los medios suficientes para efectuar obras de adelanto." Del señor Contreras (don Víctor): IMPORTACION DE CHASIS PARA ASEO COMUNAL DE NOGALES (VALPARAISO). "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, a fin de que se sirva disponer las medidas necesarias para que se otorgue el Registro de Importación requerido por la I. Municipalidad de Nogales a la brevedad posible. "Dicha Corporación ha acordado adquirir dos chasis que se destinarán al servicio de aseo de la comuna y ha presentado a la Subsecretaría de Transportes los documentos necesarios para obtener el Registro de Importación. El retraso en este trámite significa un grave perjuicio para esa Municipalidad y sus vecinos al postergar la solución de un importante problema de la comunidad, cual es un servicio de aseo eficiente." ASIGNACION DE TITULO PARA DIRECTORES DE ESCUELA DE SEGUNDA CLASE. "Al señor Ministro de Educación Pública, a fin de que se sirva informar acerca de la posibilidad de incluir a los Directores de Escuelas de Segunda Clase entre los beneficiados por las disposiciones del artículo 23 de la ley 16.464. "El Senador suscrito ha recibido peticiones en este sentido por parte de la Agrupación de Directores de Escuelas Primarias de Segunda Clase de Antofagasta y de Tocopilla, en las que se hace presente la responsabilidad que cabe a estos funcionarios, quienes tienen a su cargo, generalmente, escuelas completas con varios profesores y carecen de Subdirectores y personal de servicios menores, consideraciones que justifican que se les otorgue la asignación de título de 30%." Del señor Corbalán (don Salomón): CARRO-BOMBA PARA CUERPO DE BOMBEROS DE GRANEROS (O'HIGGINS). "Al señor Ministro del Interior, pidiéndole atender a las fundadas aspiraciones del Cuerpo de Bomberos de Graneros, en el sentido de recibir ayuda del Gobierno Interior para la adquisición de un carro. "Por oficio Nº 72, de fecha 16 de agosto de 1966, el Cuerpo de Bomberos de Graneros expuso al señor Ministro del Interior las múltiples razones por las cuales les resulta indispensable contar con este elemento de trabajo." Del señor Enríquez: EDIFICIO DE ESUELA Nº 22 DE HUALQUI (CONCEPCION). "Al señor Ministro de Educación, solicitándole su ayuda en favor de la demolición y construcción de la Escuela Nº 22 de Hualqui, solicitada por esa I. Municipalidad, el 19 de agosto en curso." NUEVO CURSO EN ESCUELA SUPERIOR MIXTA Nº 30 DE CHIGUAYANTE (CONCEPCION). "Al señor Superintendente de Educación, pidiéndole la creación del tercer 7º Año, solicitada por el Centro de Padres y Apoderados de la Escuela Superior Mixta Nº 30 de Chiguayante." HABILITACION DE CAMPOS DEPORTIVOS EN CHILLAN. "Al señor Director de Deportes del Estado, pidiéndole su especial interés en favor de la solicitud que le fue enviada el 14 de julio ppdo. por el Consejo Local de Deportes de Chillan, en relación con la adquisición de campos deportivos necesarios en esa localidad." Del señor Teitelboim: COBRO DE CONTRIBUCIONES A VECINOS DE POBLACION LAS TERMAS DE COLINA (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Hacienda, pidiéndole recabar de Impuestos Internos se atiendan las peticiones de los vecinos de la Población Las Termas de Colina, a los cuales se les habría confeccionado rol y se les estaría cobrando contribuciones por los sitios en que viven, en circunstancias que muchos de ellos carecen de títulos y que, en todo caso, sus terrenos quedarían, según las informaciones de los interesados, por debajo del nivel de avalúo de cinco mil escudos. Deberían, por consiguiente, quedar exentos de contribuciones." REAPERTURA DE ESCUELA DE APRENDICES, DE EMPRESA DE FERROCARRILES. "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, representándole la necesidad de que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado vaya a la reapertura de la Escuela de Aprendices. En dicho plantel, que inició sus actividades en 1935, se formaron muchos jóvenes que posteriormente ingresaron como obreros competentes. Además, el sistema de dar preferencia a los hijos de ferroviarios para el estudio en dicha escuela contribuía a un mayor selección del personal nuevo. "En la actualidad, la reapertura de la escuela constituye una sentida aspiración de los trabajadores y sería una medida que se traduciría en el ingreso de personal más expedito, con una preparación y méritos anteriores a su colocación como ferroviario en las maestranzas de San Bernardo o de San Eugenio." LOCOMOCION EN POBLACIONES DE SAN ANTONIO (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, pidiéndole considerar la situación planteada por los vecinos de las poblaciones altas de San Antonio y derivada de la falta de locomoción. Dirigentes de juntas vecinales y organismos de pobladores han representado a este parlamentario la situación angustiosa en que se ven por la supresión del servicio de diez taxibuses que estaban atendiendo tal sector. De acuerdo a sus informaciones, los microbuses no están subiendo a los cerros por el mal estado de las calles, en tanto que los taxibuses lo hacían, constituyendo así muchas veces el único medio de comunicación de los pobladores. "Se ha creado así una situación muy difícil a los trabajadores y dueñas de casa, por lo que solicitan se mantenga el servicio de taxibuses, en tanto no se regularicen las líneas de microbuses, lo que, a su vez, se produciría sólo cuando se pavimenten las calles de acceso a los cerros." RED DE ALCANTARILLADO EN POBLACION VILLA SAN BERNARDO (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole recabar de la Dirección de Obras Sanitarias información acerca de la solución que se tendría para el problema de la población Villa San Bernardo, situada en el paradero 37 de la Gran Avenida. Dicha población carece de alcantarillado y los pozos negros datan de 15 años atrás, por lo cual se encuentran inutilizados. Esto provoca filtraciones y desbordes que mantienen un ambiente de insalubridad, que en el verano amenaza con convertirse en un serio foco infeccioso para todo el sector. "Hace un año, los pobladores solicitaron la construcción de un colector y de acuerdo a su apreciación debería estar el proyecto en fase de pronta materialización, a fin de evitar una grave situación de insalubridad en los meses venideros." EXPROPIACION DE FUNDO SANTA ANA, DE POLPAICO (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Agricultura, solicitándole incluir entre los predios a expropiarse para ser entregado a los obreros agrícolas que lo trabajan, el fundo Santa Ana, de Polpaico. Los campesinos esperan que se tome esta determinación y se proceda a expropiarlo en razón de no estar eficientemente cultivado y de no cumplirse las leyes sociales por su dueño. En efecto, con anterioridad, se han formulado denuncias sobre falta de pago de imposiciones y de asignaciones familiares a los trabajadores que allí laboran." TITULOS DE DOMINIO EN POBLACIONES DE LA LOCALIDAD DE COLINA (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Tierras y Colonización, representándole la necesidad de atender a las peticiones que con carácter de urgencia han formulado 70 familias de la Población Termas de Colina, 40 de la Población Chile, de la misma comuna, y algunas otras que viven en las Poblaciones Carretera General San Martín y Los Ingleses. De acuerdo a lo informado, en algunas de estas poblaciones se han entregado ya títulos, pero otros han permanecido retrasados desde hace tiempo, algunos incluso desde 1952." SITUACIÓN BE PENSIONADOS DE LA CAJA DE LA MARINA MERCANTE EN SAN ANTONIO (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, representándole la necesidad de que la Caja de la Marina Mercante dé cumplimiento a las disposiciones sobre reajuste de sus pensiones de los jubilados marítimos, pensionados y montepiadas de San Antonio, a quienes no se ha cancelado hasta ahora el porcentaje que correspondió legalmente para este año. "Existe una situación de verdadera angustia sobre estos ex trabajadores marítimos, debido a la situación económica en extremo crítica en que se debaten por ser exiguas sus pensiones; y en consideración a que ha transcurrido ya más de la mitad del año sin que hayan recibido el reajuste mencionado." NECESIDAD DE FARMACIA Y VEHICULO EN COLINA (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Salud Pública, representándole la necesidad de atender las peticiones que, con carácter de urgente, han formulado los vecinos de la comuna de Colina, en el sentido de que se considere: "a) El establecimiento de una farmacia dentro del territorio de la comuna, ya que la única que funcionaba para sus habitantes, fue cerrada hace cinco años, con las consiguientes dificultades para la población, en especial los sectores modestos; "b) La destinación de un jeep para la atención que prestan el médico pediatra, la visitadora social y para la distribución de medicamentos y alimentos, a través del Servicio Nacional de Salud. Existe un vehículo asignado, pero carece de equipo de reemplazo, por lo cual se interrumpe la atención cada vez que se producen desperfectos o se lo requiere en otro lugar." REPARACIONES DE POLICLINICA DE EL VOLCAN (SANTIAGO). "Al señor Ministro de Salud, reiterándole la petición anterior en el sentido de que se atienda la petición de los vecinos y trabajadores de El Volcán para que el Servicio Nacional de Salud repare el edificio de la antigua policlínica y reponga su servicio, aprovechando el ofrecimiento de la empresa Merceditas, de contribuir con Eº 5.000 a dicho trabajo. El número de obreros que trabajan en Merceditas es superior a 80 y está comenzando la explotación de otro yacimiento, donde ya trabajan alrededor de 30 personas, número que deberá duplicarse. A ellos es menester agregar vecinos del lugar y de villorrios cercanos, lo que da una cifra de unas trescientas personas o más que requieren la policlínica cuya reposición solicitan." PETICIONES DE FAMILIAS DE LA CUARTA COMUNA DE SANTIAGO. "Al señor Ministro de la Vivienda, pidiéndole acoger favorablemente las peticiones del Comando Comunal de Familias Sin Casa de la Cuarta Comuna de Santiago, que solicita que en el caso de ese sector se realice erradicaciones por grupos familiares. Consideran esas familias que se encuentran en condiciones especiales por vivir cerca de un canal abierto recolector y de un basural de cierta extensión y por existir allí numerosas casas deterioradas por el sismo de marzo de 1965, así como por los temporales posteriores. Solicitan, además, prioridad para que se les asigne sitios en la chacarilla "San José de Chuchunco." El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- Se suspende la sesión. -Se suspendió a las 18.47. -Se reanudó a las 19.12. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Continúa la sesión. En Incidentes, corresponde el primer turno al Comité Socialista, que ha hecho permuta con el Comité Comunista. El señor CONTRERAS (don Víctor).- En el tiempo del Comité Comunista, usará de la palabra el Honorable señor González Madariaga. ENSEÑANZA DE RELIGION EN ESTABLECIMIENTOS FISCALES. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Señor Presidente: En sesión del mes de julio, el Senador por Valparaíso, Honorable señor Barros, trajo a conocimiento de la Sala el decreto que aprueba el programa de estudios de la asignatura de Religión para los cursos de 1º y 2º años de Educación Básica en los establecimientos fiscales. Un decreto que establece la liturgia católica en tu enseñanza fiscal. El mencionado decreto había causado extraña sensación, lo que me movió a intervenir en ese debate. Su texto, como puede verse en el Diario Oficial del 11 de junio, sienta algunos principios que ya la humanidad ha dejado atrás. El programa de enseñanza religiosa que aprueba el decreto suscrito por el señor Presidente de la República y el Ministro de Educación, señor Gómez Millas, está animado del propósito de introducir la liturgia católica en las escuelas fiscales. Así, establece que el niño debe aprender de Jesús como agradar a nuestro Padre del Cielo; que debe apreciar a los ángeles como grandes amigos de Dios; que debe presentar láminas que lo muestre en actitud de oración y en gesto religioso; que debe formarse la convicción de que el Angel de la Guarda acompaña a cada hombre, lo cuida y lo guía al Cielo; que debe creer en los milagros de Jesús, que sanó enfermos, expulsó a los demonios, resucitó muertos, calmó tempestades, multiplicó los alimentos, etcétera. Todas estas materias aparecen en el programa aprobado por el Gobierno, que tiene por inspiración la Guía Didáctica y el Cuaderno de Actividades preparado por Sor Rosa Pérez, según consta en el programa dado a publicidad y que el decreto sanciona. La principal obligación de los gobernantes es el respeto de la ley. Lo anterior integraba un capítulo que debía motivar asombro en quienes consideran que la principal obligación de los gobernantes es encuadrarse en el cumplimiento de la ley que aparta la religión de la instrucción oficial, y que la sociedad moderna se orienta por el respeto a las ideas, por lo que adopta medidas encaminadas a asegurar a cada individuo plena libertad de conciencia. No está de más tampoco observar que las impresiones que la mente del niño recibe en sus primeros años perduran a lo largo de su vida, lo que aconseja no distraerlo con materias que durante su mayor edad pasarán por el tamiz de su propia observación. Por tal razón, estos aspectos de orden subjetivo deben reservarse al cuidado del hogar o a los establecimientos destinados al objeto, como son los templos consagrados al culto. Ilustradamente hablando, la enseñanza religiosa, establecida como disciplina escolar, se distancia cada día más de las exigencias intelectuales del hombre en la vida contemporánea. Causaba, además, sorpresa la dictación de este decreto, porque el Ministerio de Educación está servido por el señor Gómez Millas, que durante su existencia ha dado muestras de inquietud espiritual que lo han llevado a participar en diversas actividades partidistas, las que, naturalmente, han debido amplificar su espíritu. Se trata de un educador distinguido, que por mucho tiempo rigió los destinos del principal plantel universitario chileno. En cambio, no extraña el afán del clero católico por introducirse en la enseñanza estatal, porque no se ha avenido a aceptar la separación y porque añora viejas costumbres. Para alcanzar esta satisfacción que la ley no le permite, se vale de todos los medios, esfuerzo que resultará siempre infructuoso debido a que el mundo, en su incesante evolucionar, avanza por senderos de superación. La pugna de las ideas progresistas dentro de la propia Iglesia. El avance de las ideas se registra también en el seno de la propia Iglesia Católica. Puede ser útil para este objeto conocer hechos recientes. Por ejemplo, el sacerdote francés Marc Oraison fue premiado con la más alta distinción por el Instituto Católico de París, por su tesis doctoral "Vida Cristiana y Problemas de Sexualidad". Sin embargo, cuando la hizo pública fue amonestado por los Cardenales del Santo Oficio, Ottaviani y Pizzardo, y el libro, colocado en el índice de las Obras Prohibidas. Como se trataba de materias relacionadas con el sexo, el Abate Oraison, escribiendo en "Le Monde", de París, expresó: "Por dos veces el Cardenal Pizzardo me repitió que para conservar la pureza bastaba con el temor, el "spaghetti" y los frijones". Otro caso lo crea el Padre William Dubay, de California, que ha entrado en disputa con su Obispo a causa de su libro "La Iglesia Humana". Obligado a suspender la venta y su distribución, el Padre Dubay se queja de que ha sido tratado en forma anónima por sus jueces, los que han atropellado resoluciones expresas del último Concilio que establecen la libertad de religión, de conciencia y de expresión. Argumenta que sus censores constituyen un remedo de la Iglesia Católica de la época de la Inquisición española. Mientras tanto, otro sector, como el Cardenal Plá, Primado de la Iglesia española, advertía a sus fieles que "constituía pecado mortal el que los novios caminaran por las calles asidos del brazo o se encontraran en cualquier parte juntos estando solos; que el baño mixto en las playas, piscinas y ríos debe evitarse, porque se está muy cerca del pecado y del escándalo; que el baile que encierra un abrazo constituye un peligro para la moral cristiana, porque están muy cerca del estado pecaminoso", etcétera. A su vez, autoridades eclesiásticas latinoamericanas han sostenido que "la Iglesia tiene el deber de mostrar un camino, pues lo espiritual no está separado de lo material". Intertanto, los obispos norteamericanos defendieron durante el último Concilio Ecuménico la tesis de que el hombre tiene derecho a profesar el culto que le plazca, porque la libertad religiosa "es la verdad sobre la que se fundan todos los derechos humanos y la sociedad misma". En oposición a esta tesis -que impulsa ahora al Padre Dubay a escribir su libro "La Iglesia Humana"-, el Cardenal Arzobispo de Tarragona. España, sostuvo durante el mismo Concilio que el acto de seguir los dictados de la propia conciencia "ocasionaría grave daño a la Iglesia Católica, sobre todo si se pusiera en vigor en aquellos Estados donde el catolicismo es la religión principal". A su juicio, sólo la Iglesia Católica tiene el derecho a predicar el Evangelio. Reafirmó esta última posición el Cardenal Arzobispo de Palermo, Italia, en cuanto sostuvo que "el Estado tiene la obligación, como Estado, de adorar a Dios". He aquí expresado en breve síntesis el choque de las corrientes que pugnan dentro de la Iglesia Católica, y uno de cuyos extremos aparece sostenido por el sacerdocio joven norteamericano y el francés, y el otro, por la vieja escuela clerical representada por españoles e italianos. Puede señalarse como efecto de esta lucha el decreto del Gobierno que establece clases de religión, según el programa que le ha sugerido el Consejo Nacional de Educación, y que se muestra representativo del sector más reaccionario, que no deja pasar oportunidad para quebrantar los efectos de su separación del Estado. El oficio del Gobierno altera y viola los fundamentos legales que invoca. Con el objeto de aclarar la disposición gubernativa, a la luz de nuestra actual legislación, me empeñé en que el señor Ministro viniera a una de nuestras sesiones. Me interesaba que nos hubiera dicho cuál era el pensamiento de su Departamento en esta materia y cómo conjugaba la enseñanza religiosa con el proceso científico que los establecimientos educacionales deben impartir. Lo pedía por el respeto que unos y otros nos debemos. Pero el señor Ministro ha creído del caso enviar sus observaciones por escrito, lo que me obliga a referirme a su comunicación y valerme de la forma dialogada para exponer sus ideas y las observaciones que por mi parte merecen. Después de empeñarse el señor Ministro en sostener que su decreto no hace obligatoria la religión católica, formula una afirmación que conviene recoger textualmente. Dice así: "Por disposición legal, contenida en el decreto supremo número 5.291, de noviembre de 1929, que promulgó la ley de Instrucción Primaria Obligatoria, la clase de Religión Cristiana es optativa, y queda entregada a los padres o tutores del alumno la decisión de eximirlo de dicha enseñanza, manifestándolo al matricularlo o en seguida por escrito al Inspector Local." (Artículo 24). Debo lamentar que el señor Ministro aparezca alterando la disposición que cita, lo que debo atribuir a un descuido de sus asesores. El texto oficial dice Doctrina Cristiana y no Religión Cristiana. Están aquí en juego términos distintos, que no deben confundirse. En efecto, como Doctrina pueden aceptarse los conceptos de Sistema, Escuela, Teoría, Opinión, Tesis, Ciencia, Sabiduría y aún Enseñanza. En cuanto a Religión, cabe agrupar las ideas de Creencia, Culto, Fe, Piedad o Devoción. No parece tolerable que el Consejo Nacional de Educación incurra imparcial-mente en semejante confusión, más todavía, si se considera que el Consejo ha podido compenetrarse fácilmente de que la Doctrina Cristiana, consagrada en la disposición legal, pudo haberlo llevado a considerar materias que comprenden el concepto de civilización cristiana a través del mundo. En vez de esto, prefirió plantear problemas de carácter dogmático sobre creencias de un determinado culto religioso. A continuación, el señor Ministro dice que el programa aprobado por el Gobierno rige sólo para los alumnos cuyos padres libremente dispongan que sigan las clases correspondientes, en conformidad a sus propias creencias. Y agrega: "No es obligatorio, no consulta ninguna práctica religiosa, no afecta a la situación reglamentaria de los alumnos que no concurran a las clases de religión, ni influye en la promoción de éstos". Deploro tener que rectificar nuevamente al señor Ministro. No debe él olvidar que los conceptos de educación contemporánea tienden a la integración consciente del individuo en el grupo, sin menoscabar su personalidad y con respeto a su libertad de opinión. Un niño que se excluye de una clase, establece desde el comienzo un principio de divisionismo, que puede generar odios, rebeldías, simpatías o antipatías sociales. Ahora bien, si la Constitución Política ha establecido la libertad de conciencia, ¿con qué título se exige a un padre o apoderado declarar su condición religiosa? En seguida, el señor Ministro sostiene que el programa no consulta ninguna práctica religiosa; sin embargo, basta repasar su texto para encontrar en él toda la liturgia del rito católico, como ser: ejercicios de "silencio activo", orar con Jesús, rezar el "Padre Nuestro", saludar a la Virgen María, aprender la oración del Angel de la Guarda, adiestrarse en saludos y gestos dentro del templo, etcétera. La práctica del rito católico y su influencia dentro de los establecimientos de educación estatal resultan innegables y desmienten al señor Ministro. El señor Ministro procura escudarse en las facultades del Consejo Nacional de Educación que, a su juicio, da plenas garantías de ecuanimidad a la opinión pública del país, en el cual figura hasta un representante de la CORFO. Aunque para la recta apreciación de las cosas "obras son amores y no buenas razones", debo observar que el Consejo Nacional de Educación tiene por misión coordinar las iniciativas educativas dentro de un alto plano y con miras al interés permanente de la República, de acuerdo con la tendencia que la pedagogía moderna aconseja. Su papel, pues, no es servir de punta de lanza para introducir tendencias dogmáticas en la educación nacional, aspectos que la Carta Fundamental del Estado separó definitivamente. Me baso para formular esta afirmación en la atribución primera que contiene el decreto orgánico del Consejo. Dice así: "Proponer al Ministro de Educación la política educacional de la nación, para lo cual deberá precisar, en cada caso, los objetivos educacionales que se pretenda alcanzar con los diversos tipos de enseñanza y estudiar las medidas que aseguren la coordinación y correlación de las diversas ramas y servicios de la enseñanza, dentro de los principios de la Educación para la democracia cuidando, especialmente, de que se realicen en la práctica la unidad y continuidad del proceso educativo". ¡Y la Democracia, señor Ministro, no es lo mismo que la Teocracia! Más adelante, el señor Ministro insiste en la amplitud de criterio del Consejo Nacional de Educación y dice que por unanimidad acordó éste ofrecer a otras Iglesias Cristianas la oportunidad de presentar programas alternativos. Cita al efecto los oficios números 419, 420, 421 y 422 que, con fecha 2 de mayo, fueron dirigidos a las autoridades eclesiásticas Presbiteriana, Pentecostal, Anglicana y Metodista, para solicitarle sus puntos de vista. Agrega: "Seguramente es la primera vez, en la Historia da Chile, que el Gobierno ha dado esta oportunidad a otras iglesias fuera de la Iglesia Católica". ¿Podría reparar el señor Ministro en que los oficios aparecerían enviándose el 2 de mayo, mientras el decreto se dicta el día 9 Es decir, la resolución estaba tomada antes del envío de los oficios y se puso en marcha sin esperar las observaciones que pudieran haberse formulado, Viene después el propio lavado de cabeza: "nunca antes Gobierno alguno había procedido con mayor liberalidad", lo que es muy propio de este régimen de la revolución, que considera que nadie lo ha aventajado en gobernar al país; y de tanto repetirlo, el estribillo ha resultado en un proceso de autosugestión, del que el señor Ministro de Educación aparece una víctima más. Pero el caso es diverso. Ninguna de las autoridades de las Iglesias Evangélicas, con las cuales he tenido contacto, ha recibido tal comunicación. Y si alguna de éstas ha entrado en relaciones con el Ministerio, no lo ha sido en ocasión anterior a la dictación del decreto, en condiciones que hubiera podido dar a conocer su opinión. Puede afirmarse que el Gobierno no ha dado muestras de respeto a la libertad religiosa de los ciudadanos y menos está moralmente autorizado para estampar la frase que contiene el oficio del señor Ministro, de que esta libertad la ha concedido "en mayor grado que cualquier Gobierno anterior". En lo que respecta a las Iglesias Evangélicas, debo agregar que se desenvuelven con tal grado de respeto en sus contactos con el Estado que espero aludir a ellas más adelante. El aspecto constitucional. A la luz de la actual Constitución Política, el Estado no tiene religión, y como tal, asegura a todos los habitantes de la República igual respeto en la manifestación de sus creencias. Distinta era la situación que rigió en Chile durante el imperio de la Constitución de 1833, la que expresamente declaraba: "La religión de la República de Chile es la Católica, Apostólica, Romana; con exclusión del ejercicio público de cualquiera otra". Había entonces una vinculación estrecha entre la Iglesia y el Estado, para los efectos de la mantención del culto y para la designación de las autoridades eclesiásticas superiores. Pero esta fusión representaba peligros para el gobierno de la comunidad, los que fueron haciéndose presentes a medida que se perfeccionaba la estructura de los Estados. No lo fue durante la época en que los gobernantes eran considerados descendientes de las dioses y su acción se extendía a todo, tanto a las funciones civiles como a las sacerdotales; pero el avance de las ciencias y el desarrollo de la crítica fueron minando la estabilidad de la autoridad sobrenatural. Así, con el correr del tiempo, fue eliminándose aquello de que el derecho divino era inmutable y no podía ser destruido por poder alguno; que la Iglesia constituía un poder mucho más alto que el del Estado, por lo que éste quedaba obligado a obedecer a la Iglesia. Afianzaba su imperio la Iglesia en la facultad que se atribuía de dispensar la salvación eterna del individuo y, por consiguiente, todo lo que la Iglesia enseñaba era infalible de hecho y de derecho. Esta situación antagónica no podía perdurar y ello condujo a la disgregación de lo temporal de lo espiritual, tendencia que al final del primer cuarto de la presente centuria dio lugar en nuestro país a la colaboración de dos elementos inteligentes: el Presidente don Arturo Alessandri y el Arzobispo señor Crescente Errázuriz, que llegaron a convenir en la separación absoluta de sus respectivas esferas de acción, concretándose la Iglesia Católica al campo del espíritu, y el Gobierno de la República, a la satisfacción de los intereses de la comunidad. Como la Iglesia Católica había llegado a lograr gran influencia en las esferas ejecutivas, lo que, a su vez, había generado encendidas luchas, como aquella de la discusión de las leyes sobre supresión del fuero eclesiástico, la destinada a impedir la apertura de templos protestantes, las que establecieron el registro y matrimonio civil, los cementerios laicos, la secularización de la Beneficencia y la ley de Educación Primaria Obligatoria, la que, en una discusión que se extendió por veinte años, perdió la declaración de gratuita y laica, se convino en compensar a la Iglesia con una crecida suma de dinero, que debía prolongarse durante cinco años, para que lo invirtiera en las necesidades de su culto, a manera de desahucio y mientras organizaba su patrimonio. Se aceptó, asimismo, respetar a la Iglesia su statu-quo sobre los bienes que a la fecha de la separación poseía y entregar los que adquiriera en adelante al derecho común. Por su parte, el Estado renunció a las facultades que le concedía el patronato. Opinión del profesor Guerra: la separación entre la Iglesia y el Estado debe ser absoluta. El profesor don Juan Guillermo Guerra, que participó en las comisiones encargadas del estudio de la nueva Constitución, en su Tratado sobre la Reforma de la Constitución del 25, expresa que "la separación no significa enemistad sino consagración de cada entidad a realizar sus fines propios dentro de su órbita de acción, sin mezclarse la una en los actos de la otra. La vida de separación se debe afrontar con lealtad; pero, desgraciadamente, la Iglesia no se resigna a abandonar las posiciones que tenía ocupadas antes con título legal y que pretende conservar ahora, sin título alguno, en la enseñanza del Estado". "La Iglesia" -continúa diciendo- "tiene centenares de templos en que predica sus doctrinas, y además todo un servicio de instrucción universitaria, secundaria, primaria, comercial, agrícola, etcétera, en el cual se da preferencia a la enseñanza religiosa, al amparo de la libertad de enseñanza que la Constitución garantiza. Por otra parte, la idea religiosa no es de aquellas que entran en el espíritu humano por el conocimiento, sino por la vía del sentimiento, que se forma en el hogar y no en la escuela. La Iglesia no tiene derecho ni razón para exigir que la enseñanza fiscal se abanderice, se convierta en instrumento sectario, enseñando los principios doctrinales de una religión determinada, porque esto importa una verdadera violación de la neutralidad religiosa establecida por la Constitución." La tentativa del 47 para clericalizar la enseñanza fiscal y juicios del Senador Arturo Alessandri en el debate de la ley de Instrucción Primaria. Debe decirse en honor a la verdad que no faltaron voces dentro de la Asamblea Constituyente que expresaron que una Iglesia sin patronato, con las riquezas que tiene la chilena y con la fortuna que puede adquirir en corto tiempo, iba a llenar de Obispados el país y desarrollar una propaganda religiosa avasalladora. Toman estas palabras notable importancia con el devenir de los acontecimientos, porque la Iglesia Católica nunca se ha conformado con la separación, a pesar de los beneficios que con ella obtuvo. Es así como en el año 47 se presentó en esta misma Corporación, por el Senador señor Muñoz Cornejo, un proyecto de ley que tenía por objeto establecer una hora semanal de enseñanza de Religión y Moral, en el plan de estudios de todos los cursos regulares dependientes de los Ministerios de Educación, Defensa, Justicia, Salubridad y Agricultura, en conformidad al programa que debía dictar para cada curso el Ministerio respectivo, de acuerdo con el Ordinario Eclesiástico. Este proyecto se logró atajar en la Cámara de Diputados, pero en el Senado fue objeto de larga discusión. Lo impugnó severamente el Senador don Rudecindo Ortega, quien se valió, en su defensa, de argumentos que esgrimió el Senador don Arturo Alessandri, en sesión de julio del año 1919, al discutirse la ley de Instrucción Primaria Obligatoria. Los conceptos vertidos por el señor Alessandri son de notable interés, tanto por la figuración política que en el país tuvo, como porque fue uno de los principales gestores del acuerdo a que se llegó con el Vaticano para separar la Iglesia del Estado de Chile. He aquí algunos acápites del discurso del señor Alessandri: "El Estado es el representante de todos, el Estado debe confianza a todos, respeto a la conciencia unánime de los ciudadanos, basada en la tolerancia absoluta para todos los credos y comunidades religiosas. El Estado no tiene por qué enseñar una religión determinada, como no tiene tampoco por qué combatir a ninguna religión. "El Estado debe propender a la concordancia entre los ciudadanos y las religiones, cualesquiera que ella sean, porque, como obedecen a un sentimiento, siempre exaltan los espíritus y tienden a hacer que se reconozca a un adversario en toda persona que no milita dentro de un mismo credo, como muy bien lo decía el Senador por Atacama don Enrique Mac-Iver. De ahí que al Estado le corresponde el papel de ser garantía, vínculo y unión entre todos. No puede, ni debe, dentro del concepto social que representa, patrocinar, pagar o defender una religión determinada en detrimento de otra. "Si la Iglesia no bajara a combatir en la arena, desaparecerían en absoluto todos los sentimientos antirreligiosos que hoy surgen naturalmente y como consecuencia lógica y necesaria de la provocación y del ataque. La Iglesia debe mantener su influencia exclusivamente dentro del orden moral, sin pretender propagar su acción dentro del régimen civil o político de los pueblos, invadiendo o pretendiendo invadir las funciones del Estado. Condenable por todos conceptos es su propósito de buscar la escuela para cimentar en ella su acción política y temporal. "Se ha dicho que no puede haber moral sin religión, y que si falta en la escuela la religión, falta la base sólida sobre la cual debe construirse la moral educacional. "Para respetar la conciencia ajena, exijo sólo una condición: la sinceridad. Pues bien, con ese criterio, no puedo aceptar la afirmación de que no hay moral sin religión. La moral es un producto social, es una regla o norma que fluye de la solidaridad social, basada en el orden y en el respeto al derecho y a la justicia. La justicia, la solidaridad social y las normas o reglas que de ellas nacen, son impuestas por los acontecimientos: son ellas un producto de la sociedad, que se modifica y cambia con los diversos período históricos o fases evolutivas en los pueblos. "El cura va a tratar de formar prosélitos, y, naturalmente, tendrá que estar en pugna con el profesor laico que no trata de formar prosélitos para ninguna religión; su misión es más alta, su objetivo más noble; necesita formar ciudadanos". Recomendaciones del Vicario don Joaquín Larraín Gandarülas, para no mezclar la Iglesia en las luchas políticas. A su vez, el Senador Alessandri mencionó también algunas expresiones vertidas en la Facultad de Teología y Ciencias Sagradas, el 30 de abril de 1859, por el miembro de ella y Vicario don Joaquín Larraín Gandarillas, quien declaró: "El interés supremo de la Iglesia es que en medio de las vicisitudes y agitaciones porque pasan los pueblos, la religión no sufra detrimento. Pero, desde que sus ministros se abanderizan en los bandos políticos, ya comprometen los intereses sagrados que están a su cargo. A los ojos de sus adversarios vienen a identificarse la religión y la política. Esto no es lógico, sin duda; pero no es por eso menos verdadero. Las pasiones políticas no son las que menos ciegan al hombre. Por esto enseña la historia que la Iglesia sigue ordinariamente la suerte del partido cuya causa han abrazado sus ministros, y que prospera o sufre según brilla o se oscurece la estrella política. Y la misma historia dice cuán mudable o inconstante es esa estrella. "Pero eso no es todo. La sociedad tiene también un gran interés en que los eclesiásticos no tomen parce activa en las cuestiones políticas. Ellos deben ser para todos, los ministros de caridad y de paz. ¿Quién les predicará a los pueblos agitados por los rencores que encienden las pasiones políticas si el sacerdote no se ha puesto a cubierto de esas miserias por medio de la moderación y la reserva? ¿Cómo se atreverá a predicar la fraternidad y la concordia el mismo que tal vez ha sembrado venganza y odio? "En nombre de las libertades públicas puede asimismo pedir la sociedad a los ministros de la religión que no comprometan su augusto ministerio descendiendo a la arena política. La independencia espiritual de la iglesia es una doctrina eminentemente social. Jesucristo quiso que luciera una nueva era de libertad para el mundo; y para ello destruyó con una mano las bases de la sociedad pagana y separó con la otra, para siempre, la autoridad religiosa y la autoridad política, que con su monstruosa confusión engendraron el despotismo antiguo". "Dad al César lo que es del César, dijo el Maestro Celestial; pero dad -agregó inmediatamente- a Dios lo que es de Dios. He aquí compendiado, en una brevísima sentencia, el derecho público de las naciones cristianas. La fiel observancia de esa divina máxima, no sólo ahorra a los pueblos escandalosas contiendas entre ambas potestades, sino que hace imposible la tiranía". Por disposición constitucional el Estado debe guardar neutralidad en materia, religiosa. Sobre estos sentimientos y estas aspiraciones se proclamó la Constitución de 1925, que rubricó un plebiscito popular. En el capítulo Garantías Constitucionales, aseguró a todos los habitantes de la República: "La manifestación de todas las creencias, la libertad de conciencia y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público, pudiendo, por tanto, las respectivas confesiones religiosas erigir y conservar templos y sus dependencias con las condiciones de seguridad e higiene fijadas por las leyes y ordenanzas. "Las iglesias, las confesiones e instituciones religiosas de cualquier culto, tendrán los derechos que otorgan y reconocen, con respecto a los bienes, las leyes actualmente en vigor; pero quedarán sometidas, dentro de las garantías de esta Constitución al derecho común para el ejercicio del dominio de sus bienes futuros. "Los templos y sus dependencias, destinados al servicio de un culto, estarán exentos de contribuciones". De los preceptos constitucionales transcritos, se desprenden los siguientes hechos: a) El Estado carece de religión; b) Todas las religiones pueden manifestarse en el mismo plano de igualdad; c) El Estado asegura la libertad de conciencia. Por consiguiente, nadie puede ser obligado a declarar la fe religiosa que sustenta y ninguna autoridad puede demandar declaración escrita alguna encaminada a recibir o rechazar enseñanza religiosa; d) El Estado no puede destinar recursos al mantenimiento de culto alguno. Todo lo que en contrario se haga desvirtúa los fines que la Carta Fundamental del Estado establece, y e) Están exentos del pago de contribución los templos y dependencias destinados al servicio de cualquier culto. Las razones anteriores me han llevado a impugnar el decreto que aprueba el Programa de Estudios de la asignatura de Religión para los cursos de Educación General Básica en los establecimientos del Estado y a señalarlo de inconstitucional. La primera, enmienda de la Constitución norteamericana. Siempre es útil acudir a los ejemplos que brindan los países desarrollados. No cabe duda, además, de que entre la Constitución de Estados Unidos y la de Chile hay un estrecho paralelismo en este particular. La enmienda Nº 1, sancionada por el Congreso norteamericano el 25 de septiembre de 1789 y ratificada el 15 de noviembre de 1791, establece lo que copio: "El Congreso no podrá aprobar ninguna ley conducente al establecimiento de religión alguna, ni a prohibir el libre ejercicio de ninguna de ellas. Tampoco aprobará ley alguna que coarte la libertad de palabra y de prensa, o el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente y a solicitar reparación de cualquier agravio". Resolución de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Es de pública notoriedad que el pueblo norteamericano tiene profundo sentido religioso y que la opinión ciudadana se divide en muchísimas iglesias de variado orden. Pues bien, ocurre que en el Estado de Nueva York algunos padres de familia protestaron por la práctica introducida en algunos establecimientos de enseñanza estatal de leer la Biblia y practicar algunas oraciones antes de iniciar las clases. La queja llegó hasta la Corte Suprema de Justicia, la cual tomó también conocimiento de que la oración que se rezaba había sido redactada el año 1951 por funcionarios del Servicio de Enseñanza, la que desde sus comienzos había sido objeto de oposición. En conocimiento de estos hechos, el Tribunal Supremo, interpretando la Constitución norteamericana, que define la separación entre la Iglesia y el Estado, juzgó que la denuncia era válida, y por seis votos contra uno decidió acogerla. La determinación de la Corte Suprema provocó una multitud de declaraciones, ya aprobando o ya impugnando la resolución. Esto hizo oportuna la intervención de un magistrado del mismo Tribunal, el señor Clark, quien, dirigiéndose a la generalidad de los ciudadanos, expresó: "En las relaciones entre el hombre y la religión, el Estado se ha comprometido firmemente a observar una actitud de neutralidad, y neutralidad quiere decir que no se está ni por la religión ni por la irreligión. "La primera enmienda que se introdujo en la Constitución norteamericana depara una doble protección a la libertad de cultos: prohíbe al Gobierno establecer una religión oficial y le impide que ponga trabas al libre ejercicio de la religión. Ambas cosas son inseparables y garantizan la individualidad y la libertad de la religión en los Estados Unidos. La vida religiosa se puede ejercitar libremente en los hogares y en las iglesias, bajo la dirección familiar y con la orientación que uno mismo escoja. "El Tribunal Supremo no ha proscrito a Dios ni el Padre Nuestro. Lejos de entorpecer la libertad de culto, lo que ha hecho es ayudar a que se respete". Conducta de los candidatos Kennedy y Nixon frente a las relaciones del Estado con la Iglesia. La postulación a la Presidencia de la República del Senador John F. Kennedy sacudió el ambiente de religiosidad en los Estados Unidos, a causa de que el señor Kennedy era católico romano, y nunca antes, en la historia de ese país, había desempeñado la Presidencia de la República un ciudadano de este credo religioso. Con el objeto de evitar suspicacias, el señor Kennedy creyó prudente formular la siguiente declaración pública: "Creo en unos Estados Unidos donde la separación de la Iglesia y del Estado es absoluta, donde ningún prelado católico diría a un Presidente (si fuere católico) cómo actuar, y donde ningún ministro protestante diría a sus feligreses por quién debe votar; donde a ninguna iglesia o escuela parroquial se le otorgan fondos públicos o preferencia política; y donde a ningún hombre se le niega un cargo público meramente porque su religión difiere de la del Presidente que podría designarlo, o del pueblo que pudiera elegirlo". El señor GARCIA (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Senador? Ha terminado el tiempo del Comité Comunista. Puede continuar Su Señoría en el del Comité Mixto. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Muchas gracias. Contendía con el señor Kennedy el Vicepresidente Richard Nixon, de filosofía protestante, quien, temeroso de que en la campaña pudiera lesionarse el sentimiento religioso, tomó la iniciativa de llegar a un acuerdo que prohibiera en los debates asuntos de esta naturaleza, lo que Kennedy aceptó. Siguió a esto una declaración de más o menos cien dirigentes protestantes, judíos y católicos, condenando todo intento de mezclar la religión en las campañas electorales de ambos candidatos, expresión de voluntad que fue acogida por la ciudadanía. Intromisión de la Iglesia chilena en la política nacional. Es conveniente la cita del caso que nos preocupa, porque el respeto ciudadano se obtiene señalando los errores que se cometen, lo que puede impedir la repetición de ellos. Valga esta observación en el tema que tratamos, porque en las pasadas elecciones presidenciales en nuestro país se vio a religiosas Carmelitas Descalzas abandonar su convento por primera vez en el curso de su vida, para salir a sufragar. En Santiago se registró el caso de otra, cuyo nombre es preferible silenciar, a quien se obligó a salir a la calle con más de 80 años de edad, quebrantando un enclaustramiento que, a esa fecha, pasaba de medio siglo. No somos observantes, pero respetamos a quienes se consagran con sincera devoción a su apostolado, y estamos con la opinión de aquellos que creen que actitudes semejantes son las que más se encaminan a destruir la fe y el respeto que en el conjunto social nos debemos. No necesito tampoco citar publicaciones aparecidas en la prensa, suscritas por personas honorables, algunas de las cuales ocuparon sitio en este hemiciclo, denunciando la prédica sacerdotal en los campos y desde el pulpito. Ni señalar a otros prelados de origen extranjero que han venido actuando como dirigentes políticos activos. Se ha denunciado también que el mote "revolución en libertad" fue inspiración de un clérigo foráneo, que olvidó el viejo proverbio de que siempre resulta peligroso jugar con fuego. De todas maneras, si a los templos se los reputa casa de Dios, los primeros que no deben prostituirlos son los que en ellos ofician. No deseo tampoco entrar a discriminar sobre las cuotas que el presupuesto registra en beneficio de la Iglesia Católica chilena. Hay allí subvenciones, por intermedio del Ministerio de Educación, que están sujetas a relativo control. Hay otras, por intermedio del Ministerio de Hacienda, que no son objeto de fiscalización alguna. La liberalidad de dineros estatales llega hasta la construcción de viviendas para los párrocos, erección de iglesias, templos votivos, etcétera. Es posible que el culto católico esté sostenido por el presupuesto chileno en una proporción mayoritaria de sus gastos, en circunstancias de que la separación y los aportes en dinero que se dieron a la Iglesia a título de compensación, lo fueron con el objeto de cancelar toda relación con el Estado. El crecimiento de la acción evangélica y el menoscabo de la Iglesia Católica. Debo lamentar hacer una referencia a la obra evangélica, en un capítulo tan reducido como éste, pues su aporte en beneficio del país es considerable, lo que espero tratar en otra oportunidad con la debida extensión; pero el caso es que el cristianismo evangélico se esparce rápidamente en América Latina y su posición en Chile es sobresaliente. Del libro "Los Evangélicos en Marcha", del doctor en Teología señor Cecil Moore, residente en Chile por más de 40 años, tomo los siguientes párrafos que se refieren a la obra evangélica: "El grupo más numeroso de evangélicos en Chile son los Metodistas Pentecostales. Según informes de su mismo obispado, cuentan con 480.000 miembros y cientos de iglesias. Desde que se apartaron de los Metodistas en 1909, han crecido mucho sin ayuda alguna del extranjero. Se han dividido y subdividido y hay numerosos grupos independientes los unos de los otros, además de la organización madre. Aceptando la cifra para el grupo original como correcta, debe de haber unos 600.000 o más de todos los pentecostales en Chile. Todos los demás evangélicos contarían unos 80.000 miembros. Chile es el país latinoamericano de mayor número de evangélicos, en proporción a la población total. "Además de los grupos ya mencionados, está el Ejército de Salvación con excelentes obras sociales en Santiago y alrededores, la Sociedad Bíblica, los Anglicanos que han hecho obra de especial valor entre los indígenas con escuelas y clínicas rurales, los Luteranos, casi exclusivamente con iglesias de habla alemana, y varias misiones interdenominacionales, como los Centros Bíblicos, Evangelización para los Niños y otros". La obra evangélica en Chile está llamada a perdurar y desarrollarse en enorme proporción, porque se contrae a actividades puramente espirituales, a predicar el Evangelio en conformidad a las normas que las Escrituras establecen, alejándose totalmente de vinculaciones con el Estado, del que no aceptan ni subvenciones en dinero, ni amparo para colarse en la enseñanza del Estado con propósitos proselitistas. A causa de esta conducta, los efectos que la acción evangélica va provocando en la masa del pueblo son considerables. Con humilde espíritu cristiano, llegan a los hogares más modestos dignificando la persona humana, redimiendo a los caídos, golpeando en el espíritu de aquéllos que se sienten huérfanos de apoyo. En sus establecimientos alfabetizan a niños y adultos, y ha sido de pública notoriedad que pastores de estas iglesias han asistido en sus últimos instantes a sentenciados a la última pena, por expresa petición de éstos. El pueblo aprecia estos beneficios y deposita su confianza en la acción evangélica. Al lado de lo anterior, cabe anotar que la Iglesia Católica en Chile, como en el resto del mundo, disminuye en la cantidad de sus fieles, a pesar de la influencia estatal de que disfruta. El sacerdote jesuíta chileno don Ignacio Vergara, tenido en alta reputación por la sencillez con que ejerce su apostolado, en su libro "El Protestantismo en Chile", admite que "el movimiento protestante ha crecido en el país con un ritmo mayor que en ninguna otra nación sudamericana". Admite también que "el 89 % de la población se declara católica y bautiza a sus hijos en la Iglesia Católica; pero que apenas un 20% practica la religión, quedando un 69%, casi un 70% que prácticamente no es nada". Este 70% constituye precisamente el "campo misionero" donde avanza el protestantismo. Después de la cita anterior, no necesito acudir a declaraciones emitidas públicamente por otros personeros de la Iglesia Católica chilena ni acudir a las fuentes del propio Vaticano para demostrar el gradual debilitamiento de la fe católica en el mundo. La causa de este descenso es que la Iglesia Católica Apostólica Romana se ha alejado de la enseñanza que le dejaron sus Apóstoles, en su afán de acomodarse en el gobierno temporal de los pueblos, conducta que suscita desconfianza. Temor de las autoridades eclesiásticas evangélicas por que en Chile se implante el Estado Docente-Teocrático. Aunque el señor Ministro de Educación no quiera creerlo, su decreto sobre la enseñanza religiosa hace más mal que bien a los que pretende favorecer. Desde luego, el sector evangélico, importante por su número y calidad, ha manifestado públicamente su repudio. En comunicación dirigida al señor Presidente de la República, le expresa el temor de que la disposición gubernativa sea el comienzo de un programa destinado a implantar el Estado Docente-Teocrático, en contraposición al principio ya consagrado del Estado Docente-Laico. Alcanza tan altos relieves este documento, que suscriben alrededor de veinte autoridades eclesiásticas evangélicas, que solicito, señor Presidente, insertarlo como apéndice de mi discurso, lo mismo que la Declaración suscrita por el Movimiento de Separación de la Iglesia y el Estado y el oficio del señor Ministro de Educación. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En este momento, no hay quórum en la Sala para tomar acuerdos, señor Senador. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Queda pendiente mi demanda. Influencia decisiva de la ciencia en la secularización. Sin lugar a dudas, el más importante instrumento en el proceso de la secularización ha sido la ciencia. A medida que avanzaba el proceso de la investigación, se acentuaba la separación de lo sobrenatural de lo natural. Mientras el hombre no pudo apreciar los fenómenos a una distancia mayor que lo que la pupila del ojo le permitía ver, se empeñó en atribuir los fenómenos físicos que escapaban a su entendimiento a seres sobrenaturales, y su fantasía pobló el firmamento de dioses. Tan arraigado fue el hábito que aun en pueblos donde la cultura sigue siendo atributo de círculos escogidos, el paganismo sobrevive. Todo lo anterior resultó factible mientras imperó en el mundo la doctrina ptolqmeica, que hacía de la tierra el centro fijo del universo, limitándose los planetas a dar vueltas a su alrededor. Su libro "Almagesto" sirvió de instrucción científica a la humanidad por mucho más de un milenio, durante la era cristiana. Corno esta obra traducía la doctrina de lo que se tenía por Sagradas Escrituras, el astrónomo y geógrafo griego murió en olor de santidad. Pero la teoría ptolomeica se mantuvo hasta que Copérnico demostró que los planetas eran cuerpos errantes. Con todo, Copérnico pudo morir en paz, porque publicó su teoría sobre la revolución de los cuerpos celestes al final de sus días. Distinto fue el caso de Giordano Bruno, condenado a la hoguera por empeñarse en divulgar la verdad copernicana. Sus tesis fueron repudiadas por qué hacían perder el significado de fe divina, de sentido universal, que se daba a la palabra "católico". Y algo parecido ocurrió a Galileo, quien, mediante un telescopio que ideó, pudo comprobar que el sol gira sobre su eje, lo que dedujo después de observar el cambio de exposición de sus manchas. Con su afirmación se derrumbó la vieja teoría de la perfectibilidad e inmutabilidad de los planetas enseñada por la Iglesia, lo que llevó a ésta, en 1616, a prohibir todo libro que afirmase el movimiento de la tierra. El proceso que debió soportar este sabio y que determinó su aislamiento y la incineración de sus escritos científicos, es preferible no desmenuzarlo; pero el movimiento investigador siguió con Johann Kepler, Laplace y muchos otros. En la actualidad, el avance de las investigaciones astronómicas llega a hechos sorprendentes. El hombre descubre galaxias situadas a billones de años-luz de la tierra. Después que en 1931 ingenieros radiales descubrieron la presencia de señales venidas del exterior, un astrónomo holandés, naturalizado norteamericano, Maar-ten Schmidt, está en camino de descubrir la clave de los secretos del Universo, valiéndose del análisis de la luz de algunos astros que ha viajado millones de años-luz antes de hacerse presente en el espejo de los telescopios y las cámaras fotográficas. AUTORIZACION A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTANEAMENTE CON LA SALA. El señor CORBALAN (don Salomón).- ¿Me perdona, señor Senador? ¿Sería tan amable que me concediera una interrupción de medio minuto? Es un asunto muy breve. Se trata de que para las ocho están convocadas las Comisiones de Hacienda y Agricultura, unidas, con el fin de seguir en el estudio de la reforma agraria. Como esta sesión se prolonga hasta las nueve, quedará invalidada la de las Comisiones, a menos de adoptar un acuerdo que les permita reunirse simultáneamente con el Senado. Pido, entonces, al señor Presidente, solicitar el acuerdo de la Sala para tal efecto. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento del Senado para que las Comisiones de Hacienda y Agricultura puedan reunirse mientras continúa esta sesión. Acordado. PUBLICACION DE DISCURSO Y DOCUMENTOS. El señor JULIET.- Señor Presidente, le ruego, asimismo, pedir el asentimiento de la Sala para publicar "in extenso" el discurso que está pronunciando el Honorable señor González Madariaga. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, así se acordará, como también la publicación de los documentos a que se ha referido el Honorable señor González Madariaga. Acordado. ENSEÑANZA DE RELIGION EN ESTABLECIMIENTOS FISCALES. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Se trata de los "quasar", cuya galaxia se supone está a un billón y medio de años-luz de la tierra. La luz de los "quasar" habría partido de su origen antes de que la tierra fuera formada y es posible que esta luz haya seguido avanzando por los mundos siderales después que este mismo astro' o la galaxia hayan desaparecido. El descubrimiento ha hecho bambolear el mundo de la astronomía, de la física y la filosofía. Ha empujado a los físicos hacia agrias controversias en las que se han sostenido sorprendentes hipótesis. Se sostiene que si las teorías de Schmidt y sus colegas se confirman, estarían ellos viendo los "quasar" como aparecieron millones de años-luz y esta escala de valores ofrecería una herramienta de prueba que podría servir para estudiar los orígenes del Universo y los secretos de la creación. Debe tenerse en cuenta que una año-luz es la distancia que la luz viaja durante un año, a la velocidad de trescientos mil kilómetros por segundo. Deplorables condiciones del Gobierno. Se amarra a la época ptolomeica. Son tan extraordinarias las informaciones que vienen suministrando desde hace algún tiempo las publicaciones científicas, que la mente queda en suspenso. Estos adelantos de las investigaciones astronómicas han dado origen en los Estados Unidos -pueblo esencialmente religioso- a un movimiento destinado a suprimir la palabra Dios en los textos bíblicos, movimiento en el que toman parte teólogos, científicos, profesores y pensadores de diferentes credos. Puede decirse que dos son los grupos que impulsan este movimiento. Uno que considera que Dios está absolutamente muerto, por lo que se propone; escribir un teología sin "theos", sin Dios. Otro, integrado por pensadores cristianos, menos extremistas, que admiten que Dios,, imagen del hombre, sentado en el Cielo, está muerto. Abocados a la tarea principal de defender la religión, buscan la definición de un Dios capaz de palpar las emociones de los hombres y conducir sus mentes. El semanario "Time", con asiento en Nueva York, resolvió hace poco tratar este asunto con alguna amplitud, pero al hacerlo adelantó una explicación editorial, en la que declaraba que en sus 43 años de publicación ninguna materia había sido tratada con mayor cuidado que la atinente a los conceptos contemporáneos de Dios, asunto que estuvo sometido a la consideración de sus editores por cerca de un año. El enfoque de la publicación que ha hecho fue el resultado de más de trescientas entrevistas que tuvieron a su cargo innumerables corresponsales distribuidos por el mundo entero. En Chile la Iglesia está separada del Estado. El decreto de Educación viola la Constitución Política y debe derogarse. Puede verse, por lo dicho, que las clases de enseñanza religiosa en los establecimientos fiscales no es asunto baladí. La separación de la Iglesia del Estado fue el resultado de un convenio formal al que se llegó de común acuerdo entre el Gobierno de Chile y las más altas jerarquías eclesiásticas chilena y romana. En compensación a este desligamiento estatal, se entregaron a la Iglesia crecidos aportes en dinero durante un quinquenio. Como los acuerdos se conciertan para tenerlos en respeto, resultan censurables los subterfugios destinados a violarlos, como sucede con las clases de religión y la sustracción de fondos del presupuesto nacional. Las leyes que regulaban el régimen de patronato que ejercía el Estado sobre la Iglesia, durante el imperio de la Constitución anterior, fueron abolidas en la confianza de que esta separación era absoluta. En cuanto al decreto que lleva la firma del señor Presidente de la República y del Ministro de Educación señor Gómez Millas, que aprueba la introducción de prácticas religiosas en los establecimientos fiscales de enseñanza, debe derogarse. Los gobernantes no deben olvidar que la intervención excesiva de la Iglesia en el manejo de la cosa pública ha sido eliminada en todos los países con sólida organización. Como lo sostuvo un internacionalista cuyo nombre no hace al caso estampar, el clericalismo, a lo largo de los siglos, no varía en sus modalidades. Hoy como ayer, se aferra a sus privilegios, que en todas las épocas han sido contrarios al interés social y al progreso de los pueblos. Lo anterior nada tiene que ver con el sentimiento de religiosidad que acompaña al hombre desde edades pretéritas pero que pertenece al fuero de la conciencia. En cambio, el programa aprobado por el Gobierno tiene resabios propios de la Edad Media, como ocurre cuando se invoca la presencia del Angel de la Guarda para asegurarse sitio en el Cielo. Los planes de instrucción del Estado no pueden acoger lo que la cultura universal rechaza y su propia Carta Fundamental repudia. Solicito que mis observaciones, en respuesta al oficio enviado por el señor Ministro de Educación, se hagan llegar al despacho de ese Secretario de Estado. He dicho. El señor JULIET.- ¡Muy bien! -De conformidad con el Reglamento, se anuncia el envío del oficio solicitado. -Los documentos cuya publicación fue acordada son del tenor siguiente: "Exmo. Sr. Presidente de la República, don Eduardo Frei Montalva. Presente. Excelentísimo señor: En relación con la promulgación por V. E. del Decreto Nº 4.665 del Ministerio de Educación Pública, con fecha 9 de mayo de 1966 y publicado en la edición del 11 de junio de 1966 del Diario Oficial, nos permitimos dejar constancia de lo siguiente: Con fecha 2 de mayo del presente año, la Superintendencia de Educación nos hizo llegar un oficio en que se nos comunicaba el envío del Proyecto de Programa de Religión (Religión Católica) de 1º y 2º Año de Educación General Básica, ya aprobado por el Honorable Consejo Nacional de Educación. A pesar de lo manifestado en el oficio mencionado, el Proyecto en referencia no habría sido adjuntado. Posteriormente, con fecha 17 de mayo de 1966, un nuevo oficio de la misma Superintendencia nos comunicaba: "Ruego a Ud. perdonar el error en el no envío del "Proyecto de Programa de Religión" como lo indica el Oficio Nº 419 que se le envió a Ud. el día 2 de mayo del presente año". Este segundo oficio, que efectivamente adjuntaba el referido proyecto, llegaba con posterioridad a la fecha de promulgación del proyecto hecho decreto con la firma de V. E. y del señor Ministro de Educación Pública el día 9 de mayo del año en curso. Creemos, Excelentísimo señor Presidente, que la aprobación de estos programas por parte del Ministerio de Educación Pública, como organismo representante del actual Gobierno, sólo ha de servir para poner de manifiesto una pugna ideológica que muchos creían ya felizmente superada. Creemos ver en este intento de reglamentar la educación religiosa una nueva ocasión de contienda entre dos poderes espirituales que luchan por controlar u orientar las formas de convivencia y el porvenir de nuestra nación: por un lado, la Iglesia Católica Romana, que pretende, constantemente y a pesar de todo, presentarse como religión oficial del Estado, y por otro lado, toda otra alternativa espiritual existente en la República. La Primera se propone, hoy como ayer, alcanzar el dominio de la conciencia del individuo y de la sociedad. En la segunda, formamos fila, entre otros muchos, los cristianos protestantes y evangélicos que aspiramos a que sean una realidad para todos los chilenos aquellos principios y verdades que nos dejara como herencia la Reforma Protestante del siglo VI: la libertad de conciencia, el derecho al libre examen y el juicio privado, la facultad de diferir y no sufrir ni ejercer represalias por ello. etc. Creemos, señor Presidente, que estos programas y los que se proponen cumplir el ciclo de Educación General Básica y los ciclos superiores, introducirán clara y abiertamente un nuevo factor de separación entre los chilenos, que se verán enfrentados a las inspiraciones arriba consideradas, ahora directamente en el campo de la educación. Es nuestra convicción de que, por el contrario es función y especial privilegio del Estado velar por la unidad y fraternidad de todos los miembros de la nación. Dividir en la escuela pública, a los alumnos en católicos y no católicos, es sembrar en el niño, a la edad de mayor sensibilidad, la semilla de separación, reservas, recelos y, eventualmente, odios. Más aún, Excelentísimo Señor, los programas que comentamos, pueden llegar a constituir el comienzo de la adopción en nuestra Patria del Estado Docente-Teocrático en contraposición a la ley y al principio consagrado del Estado Docente-Laico. Es por todo esto, y por mucho más, que apelamos a las reiteradas declaraciones de V. E. en el sentido de que su Gobierno no habrá de tener carácter confesional, y, con todo respeto, nos permitimos declarar que la promulgación de este Decreto constituye una alarmante sorpresa para todos los evangélicos chilenos, porque vemos en esto una contradicción con las declaraciones que considerábamos "solemnes" de V. E. En virtud de lo anterior, venimos respetuosamente en solicitar de V. E. lo siguiente: 1º Que, mediante la alta intervención de V. E. se observen estrictamente las disposiciones que consagran la separación de la Iglesia del Estado en nuestra Constitución Política, y se inicie la revisión de la legislación escolar vigente de manera que toda ella venga a concordar con lo que nuestra Carta Fundamental consagra al respecto, y 2º Que V. E. tenga a bien derogar el Decreto Nº 4.665 del Ministerio de Educación Pública referente a la aprobación de programas de Religión Católica en los cursos de Educación General Básica y no permita la promulgación de programas similares en los cursos y ciclos sucesivos de la educación pública chilena. Referente a la invitación que se nos ha hecho llegar en oficio sin fecha, del mes en curso, de parte de la Superintendencia de Educación Pública para "promover el estudio y la aprobación de Programas alternativos de Religión, de las diversas confesiones que se profesan en el país, para la Enseñanza General Básica, conforme al criterio del Consejo Nacional de Educación..." nosotros declaramos a V. E. nuestro absoluto rechazo a esta posibilidad, fundándonos en todas las consideraciones manifestadas a V. E. anteriormente y otras de orden doctrinal, como por ejemplo, que la Iglesia debe ejercer su ministerio libre de presiones y privilegios. No ha de escapar al elevado criterio de V. E. que no aspiramos a gozar de un privilegio que no creemos que las leyes de Chile deben acordar a nadie. Excelentísimo Señor Presidente, en la confianza de que estas consideraciones y lo que respetuosamente solicitamos hayan de merecer vuestra alta consideración y favorable acogida, dado el hecho de que todo ha sido formulado teniendo fundamentalmente en cuenta el respeto a la Constitución Política del Estado y a la observancia de normas de convivencia que deben consagrar en la práctica al respeto a los fueros inalienables de la conciencia individual, nos subscribimos de V. E. con sentimientos de nuestra más sentida consideración. Dios guarde a V. E. Misión Evangélica Nacional.- Luis Alvarez, Superintendente. Convención Evangélica Bautista-Chile.- Evaristo Pérez, Presidente. Misión Pentecostal Apostólica.- Francisco Anabalón, Obispo-Presidente. Unión Centros Bíblicos.- Jorge Black, Director. Iglesia Anglicana.- Gabriel Ornar Ortiz, Pastor representante ante la misión. Iglesia de Dios.- Tilane D. Moonyha-rus, Supervisor. Misión Cristiana Evangélica Pentecostal.- Francisco León Caray, Superintendente. Misión Nacional Pentecostal Evangélica.- Rene Charrien, Presidente Misión. Iglesia Evangélica Presbiteriana Nacional.- Pedro Puente, Presidente Corporación. Asamblea de Dios.- Rene Arancibia, Vicesuperintendente. Misión Evangélica "El Pesebre Humilde de Cristo".- Manuel Vergara, Obispo. Iglesia Presbiteriana de Chile.- Horacio González, Moderador del Sínodo. Iglesia Metodista de Chile.- Pedro Zóttele, Obispo. Corporación Evangélica Nacional Presbiteriana.- Sergio Correa Cid, Secretario Permanente y Presidente Corporación. Misión Cristiana de Fe Apostólica de Chile.- Isaías Clavo, Anciano Jefe. Iglesia Cristiana Pentecostal de Chile. Raimundo Hernández, Presidente Misión. Iglesia Cristiana Evangélica.- Rafael Cancino, Presidente Nacional. Iglesia Misionera Pentecostal.- Luis A. Rodríguez, Presidente Corporación. Iglesia Evangélica Cuadranguflar.- Eduardo Zarate, Presidente Nacional. Misión Wesleyana Nacional.- Eduardo Cid, Representante." "En relación con la Enseñanza de Religión en los Establecimientos Educacionales del país, los Cristianos Evangélicos. Declaran: 1°- La Escuela Laica o Neutral se basa en t: Libre Examen, que fue el principio básico de la Reforma, Y en el Gobierno Democrático del país. Tanto el uno como el otro surgen de las doctrinas del Maestro de Galilea; 2º- La Escuela Laica o Neutral es el único medio de asegurar la libertad de conciencia y el respeto a la personalidad humana en la enseñanza. Esta Libertad de Conciencia y respeto humano están garantizadas por la Constitución Política de la República en el artículo diez (10); 3º- La Escuela Laica o Neutral es el reflejo de la separación de la Iglesia y el Estado, que preconiza la Carta Fundamental; 4º- La Escuela Laica o Neutral es necesaria para hacer frente a toda clase de fanatismos; 5º- La Escuela Laica o Neutral está de acuerdo con el espíritu y la letra de la Constitución, que se inspiró en evitar tener una religión estatal y evitar tener una escuela confesional; 6º- La Escuela Laica o Neutral une a la familia chilena en igualdad de condiciones y oportunidades, y 7°- La Escuela Laica o Neutral implica respeto y consecuencia lógica de las enseñanzas cristianas. Doctrinas que profesamos y que creemos deben enseñarse en las iglesias y en los hogares sin intervenciones, presiones ni imposiciones legales. Por lo tanto: La enseñanza religiosa no debe formar parte de la enseñanza pública, no debe favorecer ni atacar ninguna religión, ni la dominante ni ninguna otra. Debe ser neutral en materia religiosa y política. Debe ser Laica. Una Iglesia Libre en un Estado Libre. Por movimiento separación Iglesia y Estado. Armando Medina G., Presidente.- Francisco Vendrell, Sec. Actas.- Mario Gutiérrez A., Sec. Prensa." Observaciones formuladas por el Honorable Senado. "Ref.: Programa de enseñanza de religión. Santiago, agosto 1966. Señor Presidente: 1.- Diversos Honorables señores Senadores se han referido, en el seno de la Corporación de su digna Presidencia, al Decreto Supremo Nº 4.665, de 9 de mayo del año en curso, que aprueba el Programa de Religión para el I y II año de la Educación General Básica, y han formulado sobre el particular algunas afirmaciones frente a las que resulta conveniente establecer los exactos alcances de la medida adoptada. 2.- Las interveniones de los Honorables señores Senadores don Jaime Barros y don Exequiel González Madariaga, en sesión 28ª, de 20 de julio, coinciden en estimar que el Decreto aludido pretendería imponer la enseñanza de la Religión Católica como obligatoria, lo que, a su juicio, significaría una actitud discriminatoria de parte del Estado. 3.- Nada más lejos del ánimo del Supremo Gobierno. Por disposición legal contenida en el Decreto Supremo Nº 5,291 de 22 de noviembre de 1929, que promulgó la Ley de Instrucción Obligatoria, la clase de Religión Cristiana es optativa y queda entregada a los padres o tutores del alumno la decisión de eximirlo de dicha enseñanza, manifestándolo al matricularlos o en seguida por escrito al Inspector Local. (Art. 24). 4.- En consecuencia, el Programa aprobado rige exclusivamente para aquellos alumnos cuyos padres libremente dispongan que sigan las clases correspondientes, en conformidad a sus propias creencias. No es obligatorio, no consulta ninguna práctica religiosa, no afecta a la situación reglamentaria de los alumnos que no concurran a las clases de Religión, ni influye en la promoción de éstos. 5.- La aprobación del Programa, como la de otros que se han elaborado para la nueva estructura escolar, fue recomendada al Supremo Gobierno, previos los informes técnicos favorables del caso y en ejercicio de la atribución que le concede el Nº 5 del artículo 6º del D.F.L. Nº 104, de 1953 por el Honorable Consejo Nacional de Educación, que por su amplia constitución da plenas garantías de ecuanimidad y de representación de la opinión pública del país. En efecto, él está formado por autoridades educacionales, representantes de las Universidades estatales y privadas, representantes gremiales del Magisterio, representantes de los Padres de Familia de los Establecimientos Fiscales y Particulares, un representante de la educación particular, un representante de la CORFO, representantes de las actividades económicas y de los trabajadores. 6.- De sus 26 miembros, 8 son funcionarios o representantes del Gobierno, y 18 son nombrados directamente por organismos independientes del Gobierno o designados a base de ternas propuestas por ellos. 7.- La amplitud de criterio del Consejo Nacional de Educación y el limitado alcance de la medida adoptada, quedan en evidencia por el hecho de que la citada Corporación, en su sesión de 19 de abril de 1966, acordó por unanimidad aprobar el programa promulgado y ofrecer a otras Iglesias Cristianas, en los términos de la Ley de Instrucción Primaria Obligatoria, la oportunidad de presentar programas alternados para su aprobación. En cumplimiento de este acuerdo con fecha 2 de mayo se enviaron los oficios 419, 420, 421 y 422 a las autoridades eclesiásticas Presbiterianas, Pentecostal, Anglicana y Metodista, respectivamente, para solicitar sus puntos de vista al respecto. Seguramente es la primera vez, en la historia de Chile, que el Gobierno ha dado esta oportunidad a otras Iglesias fuera de la Iglesia Católica. 8.- De lo expuesto, se desprende, por otra parte, la inexactitud de la afirmación hecha por un Honorable señor Senador, en el sentido de que el programa "no ha sido consultado a los padres, las autoridades docentes, a los pedagogos o a los representantes de otras actividades religiosas chilenas". 9.- En síntesis, el Gobierno cree haber dado muestra, en mayor grado que cualquier Gobierno anterior, de su respeto a la libertad religiosa de todos los ciudadanos de la nación. 10.- La circunstancia de que la Contraloría General de la República haya tramitado sin ningún reparo el aludido Decreto, confirma que éste se ajusta a derecho y no contraviene disposición constitucional o legal alguna. 11.- En sesión ordinaria Nº 33 el Honorable Senador señor Jonás Gómez, aclara que no critica la dictación del Decreto y reconoce que las clases de Religión no son obligatorias y que sus efectos sólo alcanzarán a quienes voluntariamente asistan a ellas, pero estima que el Estado ha tomado partido en materias religiosas al precisar los objetivos de la enseñanza de la Religión. 12.- Es sabido que nuestros programas de enseñanza han constituido, tradicionalmente, una simple enumeración de materias, sin motivación ni fundamentos ni sugestión metodológica alguna. La tendencia hoy generalizada entre los técnicos de todo el mundo es la de reemplazar el programa por el "curriculum", que presenta los objetivos que se atribuyen a su enseñanza, sus contenidos, sus actividades, sugerencias para su desarrollo, sugerencias para la evaluación del rendimiento escolar e información sobre el material didáctico que se aconseja utilizar para su desarrollo. 13.- Todos los programas aprobados para la nueva estructura escolar, se conforman a esta concepción moderna, y no se ve motivo alguno para que no se hubiera procedido así en el caso de la Religión. 14.- Si con ello se cree que el Estado adhiere a los objetivos de la enseñanza de la Religión, el mismo argumento debió hacerse valer cuando se dictaron los programas de Matemáticas o de Ciencias Naturales para el 1° año, pues sabido es que hoy en día están en profundo proceso de revisión los fundamentos de todas las áreas del saber humano, y resultan, por lo mismo, discutibles todas las afirmaciones que al respecto se puedan formular. Las proposiciones que en estos documentos se formulan, no constituyen, pues, una declaración oficial de Gobierno en materias que no es de su competencia resolver en cuanto tal, sino un lineamiento técnico que encontrará su expresión concreta a través del profesorado que las desarrolle en el trabajo diario en el aula. 15.- Comparativamente, la trascendencia de tales afirmaciones en el caso específico de la enseñanza de la Religión será menor que en la de cualquiera otra asignatura, pues sólo la seguirán, como queda dicho, los alumnos cuyos padres o guardadores libremente así lo decidan, en conocimiento de los valores que presiden su enseñanza. Saluda atentamente a Ud.- (Fdo.): Juan Gómez Millas. Señor Presidente, Honorable Senado Presente." NECESIDAD DE REPRIMIR ATENTADOS CONTRA CHOFERES DE TAXI. OFICIO. El señor TEITELBOIM.- Señor Presidente: En la tarde de hoy, los taxistas de la ciudad de Santiago han concurrido a ice funerales del chofer Ramón Toro Arcos, quien cayó asesinado mientras desempeñaba su trabajo el sábado pasado. El nuevo mártir de ese gremio fue asaltado y muerto en Puente Alto, en el lugar denominado El Clarillo, y su nombre se ha venido a agregar a los de los choferes Arenas, Cáceres, Núñez Bello, Martínez, Ballesteros y otros muchos de una fatídica serie. Este hecho luctuoso ha conmovido, no sólo a los compañeros de oficio de Ramón Toro Arcos, sino también a la opinión pública, que comprueba con alarma la repetición de estos atentados brutales en contra de personas, en su inmensa mayoría modestas, que desempeñan su labor transportando diariamente a multitud de chilenos. Junto a la congoja y al estupor que provoca un crimen tan inútil como doloroso, bulle una inquietud justificada entre los taxistas frente a la repetición de tales hechos. Existe la impresión de que las reglas penales y procesales vigentes no garantizan la sanción eficaz de estos crímenes. Debería pensarse en establecer una figura delictiva especial, en cuanto a la penalidad y, aún, quizás en cuanto a ¡imitar en alguna forma la duración de los procesos. Por eso, junto con rendir homenaje a Ramón Toro Arcos, caído en el desempeño de su labor diaria, por la cual no merecía de ningún modo la muerte, solicito que se oficie al señor Ministro de Justicia representándole la inquietud de esta Corporación ante la frecuencia de la perpetración de atentados contra los choferes de taxi y la conveniencia de estudiar medidas de protección eficaces. El señor TARUD.- Que se agregue mi nombre al oficio. El señor AHUMADA.- Y el del Comité Radical. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En conformidad al Reglamento, se enviará el oficio en nombre de Sus Señorías. INCONVENIENTES DEL SEGURO DE ACCIDENTES EN VEHÍCULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA. OFICIO. La señora CAMPUSANO.- Honorable Senado: En una intervención anterior, refiriéndome a los precios del pan y de la leche, tuve oportunidad de destacar que, en lo referente a ¡as formas de disimular las alzas, el actual Gobierno no había introducido novedades. Dije que tradicionalmente se presentaba la elevación del precio del pan como un verdadero triunfo para los consumidores y se hacía hincapié en la necesidad de comprar al peso, como manera de impedir el alza derivada de la disminución paulatina del tamaño de la unidad; pero se dejaba camino libre para desvirtuar todo el sistema, mediante los panes especiales expendidos por unidad. Hoy deseo referirme a una situación que asume los caracteres de un verdadero escándalo, de una burla singular a la gran masa de los ciudadanos comunes y corrientes que deben ocupar todos los días los vehículos de locomoción colectiva para trasladarse al trabajo y para realizar las diligencias diarias del hogar. Me refiero al llamado seguro de accidentes. Debo recordar que, a raíz del alza de tarifas de la locomoción autorizada por el decreto Nº 188, de 14 de abril de 1965, se hizo gran caudal en la prensa y la radio de los beneficios de tal seguro, que en cierta medida hacía poco menos que útil y deseable el nuevo impacto que se descargaba sobre los bolsillos de los trabajadores. La idea que tal propaganda creaba en la gente común es que se trataba de un beneficio para el pasajero, para la persona que viaja en micro o bus y se encuentra sujeta a 'riesgos de accidentes. Hasta la dictación del decreto de alza, que disponía el establecimiento del seguro, los ciudadanos que resultaban lesionados en un accidente del tránsito -o sus deudos, si se trataba de casos fatales- debían acudir a la justicia ordinaria para probar la responsabilidad del conductor del vehículo y accionar contra el dueño, con el objeto de obtener la indemnización correspondiente. Todo el mundo, con excepción de la gente acomodada, sabe lo que significan tales procedimientos judiciales: viajes interminables al juzgado, esperas, papeleo, tramitación, pago de abogado, etcétera. Por el recargo de trabajo que existe en los tribunales, los juicios demoran meses y años. Y de este modo, a los problemas derivados directamente del accidente sufrido, se agrega uno nuevo: el del juicio, que por último puede dar resultados poco satisfactorios. Se dijo en diversos tonos que la situación cambiaría y que en adelante el pasajero tendría la protección de un seguro contra accidentes. Pues bien, ha pasado un año y cuatro meses desde la dictación del decreto 188, y la situación del pasajero que sufre un accidente es exactamente igual a la que se daba antes de la existencia del seguro y, en cierta medida, peor. ¿Qué ha ocurrido? Es lo que en breves minutos quiero denunciar. Toda esta faramalla propagandística derivó en crear un nuevo negocio para los microbuseros y, en realidad, como podrá deducirse de los datos que obran en mi poder, se trata de un buen negocio. Demos una mirada retrospectiva al problema. El artículo 13 del mencionado decreto supremo Nº 188 estableció lo siguiente: "La Subsecretaría de Transportes y el Instituto de Seguros del Estado, dentro del plazo de treinta días a contar desde la publicación del presente decreto, establecerán el seguro de pasajeros, cuya prima, que deberá ser pagada por los empresarios, ha sido ya considerada en el monto fijado a las tarifas." Veintiocho días después, el decreto supremo Nº 230 introdujo una modificación al 188 y suprimió la participación del Instituto de Seguros del Estado en el establecimiento del seguro de pasajeros. Posteriormente, durante la discusión del proyecto de ley que autorizó la importación de 1.500 chasis y dio franquicias a los autobuseros particulares, se incorporó al texto despachado por el Congreso el artículo 19, originado en una indicación del colega Altamirano. La disposición era del siguiente tenor: "Autorízase al Presidente de la República para dictar el Reglamento del Seguro de Vida y Accidentes Personales de los Pasajeros y Choferes de la locomoción colectiva del país, el que comenzará a regir desde el 1º de julio de 1966. "Este seguro estará a cargo exclusivamente del Instituto de Seguros del Estado. Se financiará con el 1% del valor de los pasajes de las empresas particulares, municipales o estatales de movilización colectiva del país. "El Banco del Estado de Chile venderá a los empresarios indicados los boletos que emitirá la Casa de Moneda y Especies Valoradas en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 188 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción." Este artículo aprobado por el Parlamento mereció el veto del Ejecutivo en la parte que dejaba el seguro exclusivamente a cargo del Instituto de Seguros del Estado, como naturalmente aconsejaba el verdadero carácter público del servicio de locomoción. La supresión propuesta por el Presidente de la República abría paso a las compañías particulares para entrar a disfrutar de un nuevo negocio. Eso se vio así en la Cámara de Diputados, la que rechazó el veto por 42 votos contra 3. Acá, en el Senado, fue rechazado por 7 votos contra 5, por lo cual prevaleció el criterio del Ejecutivo y no fue ley el inciso que entregaba el seguro al organismo estatal correspondiente. Recientemente, con fecha 18 de agosto de este año, se ha dictado el Reglamento del Seguro de Vida y Accidentes de Pasajeros. Está contenido en el decreto supremo Nº 1.582. El artículo 1º establece que "el seguro a que se refiere el artículo 19 de la ley 16.426 cubrirá, hasta por los montos que al efecto se señale por la Superintendencia de las Compañías de Seguros, la responsabilidad civil de los empresarios de la locomoción colectiva, derivada de los accidentes que ocasionen daños corporales a los pasajeros". Sigue después una definición legal del pasajero. Como se desprende del texto, lo que se asegura no es un riesgo del pasajero, el riesgo de sufrir un daño corporal por accidente, sino un riesgo del empresario, la responsabilidad civil que pueda afectarlo como consecuencia de un accidente. Se trata, pues, de un contrato entre la compañía aseguradora y el empresario que cubre el riesgo de este último de tener que hacer frente a la responsabilidad civil derivada de un accidente. El accidentado, el pasajero, es completamente ajeno a esta relación. Para conseguir una indemnización, tiene que hacer lo mismo que antes: tomar abogado, demandar al empresario y probar su responsabilidad, seguir todos los trámites del juicio y obtener sentencia condenatoria. Lo único que varía es que, una vez obtenida esa condena, no será el empresario el que le pagará la indemnización, sino la compañía de seguros. A esta materia se refiere el artículo 2º del reglamento al disponer que "el asegurador pagará las sumas que correspondan por concepto de indemnización asegurada, en vista de sentencia ejecutoriada que condene al asegurado o en virtud de transacción aceptada por el asegurador." Todo sigue, pues, exactamente igual; sólo que, en lo referente a la transacción, es decir, al acuerdo entre el afectado y el empresario demandado, ella debe ser aprobada por el asegurador. Veremos, en seguida, que el asegurador es la compañía que los propios empresarios han creado para monopolizar el seguro de pasajeros. De modo que, en el fondo, el que juzgue la transacción será, a la vez, parte en ella. Y el accidentado, por evitar las largas demoras de un juicio completo y apremiado por la necesidad, se verá obligado, en la mayoría de los casos, a transar, o sea, a aceptar una indemnización menor a la que efectivamente procedería. Por supuesto, estos pagos menores a los verdaderos daños se traducirán en mayores ganancias para la compañía aseguradora, o, lo que es igual, para los empresarios autobuseros que la formaron y la manejarán. En el artículo 5º del reglamento que comentamos, se consigna la autorización para crear una nueva compañía privada. Dice la disposición: "Las compañías de seguro podrán, para los efectos del presente seguro formar una nueva entidad aseguradora que tenga por único objeto operar en este riesgo. Podrán, también, con la aprobación de la Superintendencia de Compañías de Seguros, celebrar un convenio con el fin de que a través de cualquiera de ellas, se lleve a efecto el aseguramiento de todos los pasajeros de la locomoción colectiva del país, repartiéndose el riesgo en la forma que acuerden." ¿Qué significa esto? Simplemente, seguir entregando campos de acción a las compañías de seguro particulares, estos voraces organismos que tienen importancia notable en el poder de los clanes financieros que se reparten la riqueza y los recursos del país. La estatización del seguro, el término de esa fuente injustificada de lucro que ha operado en Chile incluso sobre los riesgos de accidentas del trabajo, ha sido señalada como medida indispensable de saneamiento en el plano de la acumulación de los medios financieros, no sólo por las fuerzas populares, sino, incluso, por personeros de otros sectores. A propósito de la discutida y postergada reforma bancaria, los comunistas hemos dicho que existe necesidad de poner coto y control a los reales factores de poder que son los grandes clanes financieros que usufructúan de los bancos, los seguros, la distribución de diversos artículos, la producción de otros tantos, de los rubros más importantes de la importación, etcétera. Por eso, esperábamos que una de las formas de comenzar a limitar la actividad de las compañías de seguro era no autorizar, por lo menos, la formación de entidades nuevas e ir al fortalecimiento del Instituto de Seguros del Estado. Sin embargo, en el caso concreto del seguro de pasajeros, se quitó a ese ' organismo la participación que le daba el decreto 188 en el establecimiento de aquel seguro y, posteriormente, el Jefe del Estado vetó la disposición de una ley aprobada por el Congreso que lo dejaba a cargo exclusivo del Instituto. Se impuso, así, una vez más, una línea continuista que todos los Gobiernos anteriores mantuvieron con el monopolio de la locomoción. El actual régimen creó todas las condiciones para favorecer el lucro privado en desmedro del interés general y del fortalecimiento de los instrumentos del Estado. El Ejecutivo no ha podido sustraerse a la presión de ese criterio y, pudiendo allegar nuevos recursos para diversos organismos de bien general, a los cuales presta ayuda el Instituto de Seguros del Estado, prefirió entregarlos a los bien llenos bolsillos particulares y, más concretamente, a los propios empresarios de la locomoción. El 18 de agosto apareció el reglamento que comentamos, y el 26 de ese mes, en declaraciones formuladas al diario "El Mercurio", el presidente del Sindicato de Dueños de Autobuses, don Oscar Palma, anunciaba con satisfacción la inmediata formación de la "Compañía de Seguros Transportes Motorizados, S. A.", que servirá a los tres mil empresarios de Santiago, evitándose incluso el descuento por concepto de primas. El Instituto sólo cubrirá el sector de la locomoción estatal. Se constituye, pues, un nuevo monopolio que cubrirá este riesgo en forma prácticamente exclusiva, con excepción del limitado sector público de la locomoción. El volumen de recursos que significa la recaudación de 1% sobre el valor de los pasajes es bastante considerable. Un cálculo realizado por la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Economía en mayo de 1965 sobre la base de número de pasajeros de la locomoción particular para 1962 y de la estatal para 1964, hacía ascender el total de dicha recaudación a un millón 490 mil escudos, es decir, casi mil quinientos millones de pesos. Esta cifra debería aumentarse con el cómputo de las alzas de tarifas en comienzos de este año y la que muy probablemente se producirá en los primeros meses de 1967. Es obvio que quienes han planteado y creado una compañía de seguros para cubrir el riesgo de verse obligados a hacer frente a responsabilidad civil por accidentes, han calculado bien los rubros gastos y utilidades y han estimado comercialmente justificado el establecimiento de una nueva empresa. Por todo lo expuesto, queremos insistir en nuestro planteamiento de siempre: el Gobierno debe estudiar un procedimiento que signifique efectivo aseguramiento del riesgo que todo pasajero tiene de sufrir un accidente, sin perjuicio de que también haya un seguro que cubra la responsabilidad civil de los empresarios. A la vez, consideramos que todo el rubro seguros debe ser entregado al Instituto de Seguros del Estado, pues no es posible permitir que el riesgo de accidentes se convierta en nueva fuente de lucro particular; él debe tener carácter de función pública, anexa a otro servicio de esta naturaleza, como es la locomoción colectiva. Solicito que, en mi nombre, se hagan llegar mis observaciones al señor Ministro de Economía. -Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre de la señora Senadora, de conformidad con el Reglamento. El señor GARCIA (Vicepresidente).- A continuación, corresponde el turno al Comité Radical. Tiene la palabra el Honorable señor Ahumada. ENSEÑANZA DE RELIGION CATOLICA EN PRIMERO Y SEGUNDO AÑOS DE EDUCACION GENERAL BASICA. OFICIOS. El señor AHUMADA.- Señor Presidente, desde estas bancas hemos podido justipreciar con especial aprensión la dictación del decreto 4.665, del Ministerio de Educación Pública, con fecha 9 de mayo de 19,88, y publicado en el Diario Oficial de 11 de junio. Con espíritu de amplia tolerancia lo estimamos inaceptable, pues viejas querellas ideológicas habían sido superadas con la Constitución de 1925 al separarse la Iglesia del Estado y mediante el establecimiento del número 2 del artículo 10, relativo a las garantías constitucionales que consagra la Carta Fundamental, que asegura "La manifestación de todas las creencias, la libertad de conciencia y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público, pudiendo, por tanto, las respectivas confesiones religiosas erigir y conservar templos y sus dependencias con las condiciones de seguridad e higiene fijadas por las leyes y ordenanzas". En consecuencia, este principio de tolerancia y de libertad de culto garantizado por la Constitución Política, fue la expresión o sello con que viejas controversias se dieron por terminadas, y permitió decir al país que, ante el Estado, todas las religiones merecen el mismo respeto y pueden gozar de iguales garantías, las que se pueden ejercer mediante las respectivas confesiones religiosas. Sin embargo, ese mismo principio ha permitido, por desgracia, que la intolerancia comience a campear en nuestro país y que puedan surgir divergencias y consecuencias que perturben la unidad de la familia chilena. Por eso, dentro de los principios de libertad de creencia y de tolerancia religiosa que garantiza la Carta Fundamental, nos parece en absoluto contraproducente el espíritu con que fue dictado el decreto 4.665. Más aún, estimamos que ese decreto es inconstitucional, porque "ninguna magistratura, ninguna persona, ni reunión de personas pueden atribuirse, ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido por las leyes. Todo acto en contravención a este artículo" -artículo 4° de la Constitución Política- "es nulo". El señor Ministro de Educación Pública ha dado una explicación al país. Ha dicho que las mismas garantías que la religión católica, apostólica y romana tiene respecto de la presentación de programas y proyectos de programas las poseen las demás confesiones religiosas. ¿Pero qué dicen las partes ante esta garantía que, según se presume, el señor Ministro de Educación ha tenido en su espíritu dar a las otras confesiones religiosas? Veinte iglesias evangélicas han expresado al señor Ministro, mediante carta pública, que ni él ni la Superintendencia de Educación les dan suficientes garantías, y que rechazan en forma absoluta toda clase de expresión de otros proyectos, porque estiman que en el Ministerio no existen las garantías suficientes para que las iniciativas de programas sean justipreciadas en la forma y dentro de los derechos que la Constitución Política consagra como garantías constitucionales a la libertad de creencias. Además, dicen que ha existido error de procedimiento y que éste se haya claramente expresado, pues el proyecto de reforma de la religión, indicado en el oficio 419, no fue recibido en forma oportuna. Todavía más, cuando fue recibido para ser estudiado por las diversas confesiones religiosas, previamente el Ministro de Educación le había dado curso mediante su publicación en el Diario Oficial; o sea, con posterioridad a la fecha de publicación del decreto, que llevaba la firma del Presidente de la República y del Ministro de Educación, el 9 de mayo del año en curso, ellos recibieron el proyecto de decreto para estudiarlo. Ante un hecho como éste, las veinte iglesias evangélicas, que, dentro de las garantías del estado laico, auspician el ejercicio de sus confesiones, estimaron que procedimientos de esta índole desnaturalizan los principios de separación de la Iglesia del Estado y de tolerancia religiosa. "En este sentido" -dicen en carta pública dirigida a Su Excelencia el Presidente de la República- "creemos que la aprobación de estos programas por parte del Ministerio de Educación Pública, como organismo representante del actual Gobierno, sólo ha de poner de manifiesto una pugna ideológica que muchos creían ya felizmente superada." "En este sentido" -agregan- "creemos que reglamentar la educación religiosa es una nueva ocasión de contienda entre dos poderes espirituales que luchan por orientar las formas de convivencia y el porvenir de nuestra nación. Por un lado, la Iglesia Católica, Apostólica Romana, que pretende constantemente y a pesar de todo presentarse como la religión oficial del Estado, y, por otra parte, la alternativa espiritual existente en la República que le dan dentro de la convivencia en sociedad las otras confesiones religiosas". ¿Cuáles son estas confesiones religiosas que ejercen su ministerio de acuerdo con los principios de separación de la Iglesia del Estado, de tolerancia religiosa y de libertad de culto? Ellas son: la Misión Evangélica Nacional, cuyo Superintendente es don Luis Alvarez; Convención Evangélica Bautista-Chile, cuyo presidente es don Evaristo Pérez; Misión Pentecostal Apostólica, cuyo Obispo-presidente es don Francisco Anabalón; Unión Centros Bíblicos, cuyo director es don Jorge Black; Iglesia Anglicana, cuyo pastor representante ante la misión es don Gabriel Ornar Ortiz; Iglesia de Dios, cuyo representante es don Tilane D. Moonyharu, supervisor; Misión Cristiana Evangélica Pentecostal, cuyo superintendente es clon Francisco León Garay; Misión Nacional Pentecostal Evangélica, cuyo presidente es don René Charrien; Iglesia Evangélica Presbiteriana, cuyo presidente es don Pedro Puente; Asamblea de Dios, cuyo vicesuperintendente es don René Arancibia; Misión Evangélica "El Pesebre Humilde de Cristo", cuyo obispo es don Manuel Vergara; Iglesia Presbiteriana de Chile, cuyo moderador del sínodo es don Horacio González; Iglesia Metodista de Chile, cuyo obispo es don Pedro Zóttele; Corporación Evangélica Nacional Presbiteriana, cuyo secretario hermanente y presidente es don Sergio Correa Cid; Misión Cristiana de Fe Apostólica de Chile, cuyo anciano jefe es don Isaías Clavo; Iglesia Cristiana Pentecostal de Chile, cuyo presidente de misión es don Raimundo Hernández; Iglesia Cristiana Evangélica, cuyo presidente nacional es don Rafael Cancino; Iglesia Misionera Pentecostal, cuyo presidente es don Luis A. Rodríguez; Iglesia Evangélica Cuadranglar cuyo presidente nacional es don Eduardo Zárate, y Misión Wesleyana Nacional cuyo representante es don Eduardo Cid. Como decía, estas veinte iglesias evangelistas, en carta pública dirigida a Su Excelencia el Presidente de la República, expresan su necesidad de tener más garantías para ejercer su misión, y no precisamente con los procedimientos usados por el Ministro de Educación Pública, pues, como ellas dicen, se pretende crear un Estado teocrático, en contraposición al principio del Estado docente laico, consagrado por la Constitución Política. Sostienen que no existen las garantías suficientes para el ejercicio de su misión espiritual, y rechazan, en consecuencia, el decreto Nº 4.665, del Ministerio de Educación Pública, que hemos estado analizando. Solicitan que, mediante la alta intervención de Su Excelencia el Presidente de la República, se observen estrictamente las disposiciones constitucionales que consagran la separación de la Iglesia del Estado y que se inicie la revisión de la legislación escolar vigente, de modo que ella concuerde con lo dispuesto por nuestra Carta Fundamental. Piden, además, que el Primer Mandatario tenga -a bien derogar el decreto Nº 4.66o, del Ministerio de Educación Pública, relativo a la aprobación de los programas de religión católica en los cursos de educación general básica. El Comité Radical hace suya la petición de las iglesias evangélicas recién nombradas, cuyas autoridades legítimas he señalado, y solicita oficiar al Presidente de la República y al Ministro de Educación Pública, para que les sea transcrita. -De conformidad con el Reglamento, se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del Comité Radical. El señor AHUMADA.- ¿Cuántos minutos quedan al Comité Radical? El señor GARCIA (Vicepresidente).- Veintiséis minutos, señor Senador. El señor AGUIRRE DOOLAN.- ¿Me permite, señor Senador? Formulo indicación, que ruego al señor Presidente someter a la consideración de la Sala cuando exista el número de Senadores reglamentario, para publicar "in extenso" los decursos pronunciados esta tarde por los Honorables señores González Madariaga y Ahumada. El señor GARCIA (Vicepresidente).- La Mesa pondrá en votación la indicación de Su Señoría cuando haya quórum. El señor AGUIRRE DOOLAN.- Muchas gracias. CREACION DE ESCUELA UNIVERSITARIA EN RANCAGUA. OFICIO. El señor AHUMADA.- Deseo referirme a la creación de una escuela de carácter técnico universitario en la ciudad de Rancagua. En diversas oportunidades y desde diferentes ángulos, he analizado la necesidad de crear en esa ciudad una escuela con grado técnico-universitario. Aún más, hemos enviado oficios al Ministerio de Educación Pública para que, por intermedio de él, se inquiete por este problema a las autoridades universitarias de carácter técnico. Por desgracia, hasta el momento no ha prosperado dicha idea, de modo que debo insistir en ella, pues las bases para crear el mencionado plantel residen en la escolaridad existente en Rancagua y en la provincia de O'Higgins. Además, esta última es de carácter predominantemente industrial y agrícola, y la ciudad de Rancagua es donde desemboca prácticamente toda la actividad de la compañía minera Braden, que en lo futuro se llamará Sociedad Minera El Teniente. La escuela universitaria puede establecerse aprovechando el edificio y los medios de la actual Escuela Industrial, a fin de crear los siguientes cursos: pedagogía en matemáticas, técnicos mecánicos, técnicos electricistas y un curso especial para egresados de liceos que estudien una especialidad técnica. Pido transcribir estas observaciones al señor Ministro de Educación Pública. -De conformidad con el Reglamento, se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador. CARRO PARA EL CUERPO DE BOMBEROS DE GRANEROS. El señor AHUMADA.- Deseo hacer presente la necesidad impostergable de dotar al Cuerpo de Bomberos de Graneros de un carro-transportes-escalas, imprescindible para sus actividades de prevención y lucha contra los siniestros. Dicho vehículo constituye una vieja aspiración del Cuerpo de Bomberos de Graneros, y como ahora se están adquiriendo los elementos por intermedio del Ministerio del Interior, recientemente el superintendente del Cuerpo de Bomberos, don Enrique Berríos Sagredo, el comandante, don Guillermo Jiménez Salíate, y el secretario general, don Raúl Romero Cortés, han dirigido oficio al señor Ministro del Interior, para solicitarle la adquisición urgente de un carro para esa institución. Actualmente, el Cuerpo de Bomberos de dicha localidad sólo dispone de dos carros : un Mercedes Benz del año 1938, con servicios ininterrumpidos hasta la fecha, que se encuentra en condiciones bastante deficientes, y un carro Chevrolet del año 1929, que está dado de baja por no poder prestar servicios. Dadas las condiciones precarias en que se encuentra, el Cuerpo de Bomberos se ha visto en la necesidad de realizar un plan de trabajo extraordinario, a fin de recaudar fondos y adquirir un carro-transportes-escalas. El señor Ministro, que sabe de estas inquietudes del Cuerpo de Bomberos, ha expresado su deseo de satisfacer dichas necesidades, pero hasta el momento no ha podido hacerlo. En consecuencia, el Cuerpo de Bomberos de Graneros pide que el Ministerio del Interior le dé la prioridad correspondiente en la adquisición de materiales. INCORPORACION A LA COMUNA DE GRANEROS DEL DISTRITO DE TUNCA. OFICIO. El señor AHUMADA.- Deseo formular algunas observaciones respecto de un proyecto de la Cámara de Diputados que crea la comuna subdelegación de Codegua. Existe un proyecto, de iniciativa del Ejecutivo, de acuerdo con el precepto constitucional, que crea la comuna subdelegación de Codegua. En la comuna de Graneros, de la cual depende actualmente la subdelegación de Codegua, existe inquietud respecto de los límites en que el Ejecutivo ha encuadrado a la nueva comuna-subdelegación. Dicen que las instituciones de aquella comuna desean que se alteren los límites, pero sin dejar el distrito de Tunca en la de Codegua, sino en la de Graneros, debido a que la unidad geográfica lo aproxima más a esta última comuna, para los efectos de los servicios, de la vialidad y de las conexiones de la gente que desea hacer diligencias en la capital de la comuna más próxima, que en este caso sería Graneros, y no Codegua. Por lo expuesto, como iniciativas de este tipo deben tener el patrocinio del Ejecutivo, solicito enviar oficio para pedir que se modifique la demarcación de los límites y se deje el distrito de Tunca en la actual comuna de Graneros. -De conformidad con el Reglamento, se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador. EXTERNADO DEL LICEO DE NIÑAS DE SAN FERNANDO. OFICIO. El señor AHUMADA.- Por último, deseo referirme a la necesidad de ir en ayuda de la construcción del Liceo de Niñas de San Fernando. En dicho liceo hay una parte del edificio nuevo destinado al internado. En el Presupuesto de la nación, de este año, se destinaban cuatrocientos mil escudos, y ochocientos mil en el plan de construcciones para 1967, a pesar de lo cual los Ministerios de Educación y de Obras Públicas no han hecho los estudios pertinentes para ir a la pronta construcción de un pabellón definitivo, como manera de iniciar la construcción de todo el externado. El directorio del Centro de Padres ha tomado conocimiento de esta falta de cumplimiento por parte del Gobierno con relación a dichas disponibilidades presupuestarias, y ha organizado diversas concentraciones, a fin de inquietar a los Ministros de Obras Públicas y de Educación, para que se empleen tales fondos en la construcción del externado. Deseo hacerme eco de las inquietudes de los centros de padres y expresar a los Secretarios de Estado aludidos, mediante un oficio, como al señor Ministro de Obras Públicas, la necesidad de construir el externado del Liceo de Niñas de San Fernando. El señor GARCIA (Vicepresidente).- De conformidad con el Reglamento, se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, en nombre del señor Senador. Se levanta la sesión. -Se levantó a las 20.40. Dr. Rene Vuskovic Bravo, Jefe de la Redacción. ANEXOS DOCUMENTOS. 1 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, RECAIDO EN UN PROYECTO DE ACUERDO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AEREO SUSCRITO CON LA REPÚBLICA ARGENTINA, EN SANTIAGO, EL 14 DE DICIEMBRE DE 1948. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores ha estudiado un Proyecto de Acuerdo remitido por la Honorable Cámara de Diputados, mediante el cual se aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito entre Chile y la República Argentina, en Santiago, el 14 de diciembre de 1948. El desarrollo acelerado de la tecnología ha permitido la utilización de aeronaves cada vez más perfeccionadas y potentes para el transporte de carga y pasajeros de un confín a otro del planeta. Es así como las comunicaciones aéreas han adquirido una importancia fundamental y los países interesados en mantener una política sobre aviación comercial, buscan los contactos necesarios con otras naciones para convenir estatutos especiales destinados al acrecentamiento del tráfico aéreo y al otorgamiento de facilidades para las aeronaves, tripulaciones y pasajeros. De este modo se han generado convenios internacionales sobre aeronavegación, encaminados a reglamentar las condiciones de vuelo de las distintas líneas internacionales, a fijar las franquicias aduaneras y de policía internacional, a establecer las normas relativas a internación de lubricantes y accesorios para las naves, etc. Nuestro país ha concertado diversos convenios de esta naturaleza con otras naciones, los cuales, en la práctica, han sido de gran utilidad permitiendo un intercambio profuso de pasajeros y de carga y facilitando también el tránsito internacional de nuestra Línea Aérea Nacional. El Convenio que ahora nos preocupa, fue suscrito, como ya se ha dicho, en el mes de diciembre de 1948. La demora que ha sufrido en su tramitación este instrumento internacional, ha hecho que las Compañías Aéreas que operan entre ambos países, se hayan regido por un sistema de permisos renovados, o sea, para decirlo en otros términos, el Convenio de nuestra referencia, ha estado por más de 18 años en aplicación administrativa. Según el juicio emitido por un representante de la Junta de Aeronáutica Civil, que asistió a las deliberaciones de la Comisión cuando se debatió esta materia, la vigencia administrativa del Convenio no ha producido dificultades de ninguna especie; pero, es, desde todo punto de vista, conveniente y preferible la aprobación de una norma de carácter permanente que, junto con otorgar estabilidad a las operaciones de las Líneas Aéreas de ambos países, permita una extensión de los vuelos de sus Lineas Aéreas a otras regiones distintas de sus territorios que, hoy día, no cuentan con una adecuada comunicación con centros de mayor importancia y población. El Convenio de nuestra referencia está estructurado en 16 artículos y forman parte de él, también, dos Anexos signados con las letras A y B. Sus disposiciones contienen preceptos similares a los que se consignan en otros documentos análogos suscritos sobre la misma materia, otorgándose cada una de las Partes Contratantes recíprocamente, los derechos y franquicias que en el texto de este instrumento y sus anexos se establecen destinados a mantener los servicios y rutas aéreas que se señalan. A fin de impedir prácticas discriminatorias y de asegurar la igualdad de tratamiento, ambas Partes convienen en aceptar que cada una de ellas imponga o pueda imponer a la otra, cargas justas y equitativas por el uso de aeropuertos públicos u otras instalaciones bajo su control, adoptando las medidas necesarias para que dichas cargas no sean superiores a las que paguen por el uso de tales aeropuertos e instalaciones, sus aeronaves nacionales que se dediquen también a operar en rutas internacionales. Con respecto a los derechos de aduanas, derechos de inspección y otros impuestos nacionales o cargas que afecten a combutibles, aceites lubricantes y piezas de repuestos que una de las Partes introduzca en el territorio de la otra, para el uso exclusivo de sus aeronaves, las Partes Contratantes les aplicarán igual tratamiento que el que rige para sus Líneas Aéreas de transporte internacional, o para aquellas naciones a las cuales se aplique la cláusula de la nación más favorecida. Del mismo modo, las aeronaves utilizadas en la explotación de los servicios pactados, su combustible, aceites y lubricantes, piezas de repuestos y accesorios retenidos a bordo de alguna de las naves, autorizadas para operar las rutas a que se refieren los Anexos, estarán a la llegada y salida del territorio de la otra Parte Contratante, exentos de derechos de aduanas, derechos de inspección u otros gravámenes similares, aun cuando tales abastecimientos sean consumidos o empleados por las aeronaves durante el vuelo sobre dicho territorio. La legislación y reglamentos de una de las Partes Contratantes relativos a la entrada de aeronaves utilizadas en la navegación aérea internacional, o a la explotación de la navegación de dichas aeronaves dentro de los límites del mismo territorio, se aplicarán a las aeronaves de la empresa o empresas aéreas designadas por la otra Parte Contratante. Los signatarios de este Convenio se reservan el derecho de negar o revocar el certificado o permiso de una Línea Aérea autorizada por la otra Parte, en el caso de que la propiedad sustancial y el control efectivo de dicha Línea no estén en manos de nacionales de la otra Parte Contratante, y cuando la Línea Aérea autorizada no cumpla con la legislación o reglamentos nacionales del país en cuyo territorio opera, o bien, cuando en cualquier otra forma dicha Línea no cumpla las condiciones bajo las cuales se ha autorizado su funcionamiento. Las infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito aéreo, no constitutivas de delitos, cometidas en el territorio de una de las Partes Contratantes por el personal de empresas designadas por la otra Parte, serán comunicadas a las autoridades aeronáuti- cas de esta última, por la Parte en cuyo territorio se cometió la infracción. Si la infracción fue de carácter grave podrán solicitarse sanciones que guarden relación con la violación legal cometida. Los Pactantes se reservan el derecho de sustituir, por otras empresas nacionales, a las originariamente designadas, dando un aviso previo. El Convenio en estudio podrá ser denunciado por cualquiera Parte Contratante, previas consultas que en este sentido se harán recíprocamente. Transcurridos 60 días de la fecha de la notificación del desahucio, sin que las Partes hubieren llegado a un entendimiento, la Parte Contratante interesada confirmará su denuncia mediante una comunicación que será entregada simultáneamente a la otra Parte Contratante y a la Organización de Aviación Civil Internacional. En este caso, el Convenio dejará de regir 6 meses después del recibo de la comunicación de denuncia por la otra Parte. Queda estipulado que si ambas Partes Contratante suscribieran un convenio multilateral sobre navegación aérea comercial, el presente documento y sus Anexos quedarán sujetos a las modificaciones emergentes de dicho convenio multilateral. Se establecen, también, los mecanismos de consulta adecuados entre las Partes Contratantes, con estipulación de los plazos para llegar a acuerdos mutuos sobre modificaciones o nuevas condiciones que afecten a este Convenio. En cuanto a la ejecución de este instrumento internacional y sus? Anexos, las Partes Contratantes resolverán de común acuerdo y en base a reciprocidad, todas las cuestiones que se susciten, sin perjuicio de consultarse de tiempo en tiempo a fin de asegurar la aplicación satisfactoria. de sus principios y finalidades. Las divergencias relativas a la interpretación y aplicación del presente documento y sus Anexos, que no pudieren ser resueltas por medio de consultas, serán sometidas, por acuerdo de las Partes, a informe consultivo o a decisión arbitral. El presente Convenio, y su Anexo A, deberán ratificarse de acuerdo a las disposiciones constitucionales de cada país, y sus ratificaciones serán canjeadas en Buenos Aires, entrando sus disposiciones a regir in actum. El Anexo A del Convenio en informe, contiene una reglamentación de las estipulaciones contenidas en él, precisando y detallando el contenido de alguna de sus disposiciones, especialmente en lo referente a tarifas, transporte y tráfico aéreo. En el Anexo B, se acuerda a las Líneas Aéreas de Chile que sean autorizadas según el presente Convenio, los derechos de aterrizaje y tránsito comercial, ya señalados en el Anexo A, dentro del territorio de la República Argentina y en las diferentes rutas desde territorio chileno a territorio argentino. Asimismo se conceden a las Líneas Aéreas argentinas autorizadas por este Convenio, iguales derechos desde territorio argentino a territorio chileno. La Comisión de Relaciones Exteriores, después de escuchar las explicaciones que sobre este instrumento internacional le proporcionaron el Subsecretario del ramo y un funcionario de la Junta de Aeronáutica Civil, prestó su aprobación unánime al proyecto de acuerdo remitido por la Honorable Cámara de Diputados. En consecuencia, os recomienda aprobar el Proyecto de Acuerdo referido, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados. Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1966. Acordado en sesión de fecha de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Sepúlveda (Presidente), Castro, Juliet, Fuentealba y Teitelboim. (Fdo.) : Deniel Egas M., Secretario. 2 INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY Nº 12.567, QUE DESTINA RECURSOS PARA LA CONSTRUCCION Y ALHAJAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN LA CIUDAD DE VIÑA DEL MAR. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, iniciado en una moción, que modifica la ley Nº 12.567, de 8 de octubre de 1957 que destinó recursos para la ejecución de un plan de construcciones, reparaciones y alhajamiento de locales escolares en Viña del Mar. Con este objeto, el texto legal en referencia estableció un impuesto del 100% al valor de las entradas a todas las dependencias del Casino Municipal de Viña del Mar, cuyo producido se destinará a financiar dicho plan. La citada ley Nº 12.567 fue modificada por la ley Nº 15.232, de 5 de octubre de 1963, que dispuso que el rendimiento del tributo establecido por aquélla, se destinará, en primer lugar, a servir empréstitos hasta por la suma de Eº 2.000.000.- que se contratarían por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para ser invertido preferentemente en la construcción de los edificios del Liceo de Hombres "Guillermo Rivera Cotapos" y el Liceo de Niñas de la ciudad de Viña del Mar. Este mismo texto legal expresa, además, que los saldos que pudieren quedar después de servidos los dividendos de estas deudas se invertirían en la ejecución del plan antedicho, en el cual incluyó un plan extraordinario de construcción de Escuelas Primarias en los sectores obreros de esa ciudad. Como no se ha logrado colocar tales empréstitos, el artículo 14 de la ley Nº 15.676, de 28 de septiembre de 1964, estableció que mientras ellos se contraten, los fondos que recibiere la Caja de Amortización por concepto del impuesto establecido en la ley Nº 12.567 se invertirán en acciones de la clase "A" de la Sociedad Constructora de Establecimien- tos Educacionales, la que deberá destinar tales aportes a los fines señalados en el texto legal que los creó. La iniciativa materia de este informe prescribe en su artículo único que los fondos provenientes del impuesto en cuestión serán depositados antes del 15 de mayo de cada año en una cuenta especial en la Tesorería Comunal de Viña del Mar a la orden de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, y sanciona con una multa del 100 por ciento del monto que debía integrarse el incumplimiento de esta obligación, con un recargo mensual del 1% en caso de mora. O sea, la proposición de ley en referencia introduce al régimen las siguientes innovaciones: los fondos deben ir directamente a la Sociedad Constructora sin pasar por la Caja de Amortización; señala un plazo al Casino de Viña del Mar para entregar dichos fondos, y fija sanciones para el caso de que éste incurriere en mora en el cumplimiento de tal obligación. Vuestra Comisión, con la luz de los antecedentes solicitados a la Municipalidad de Viña del Mar, a la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública y a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, pudo esclarecer los hechos que señala en seguida. El Casino Municipal remite semanalmente los fondos a la Municipalidad de Viña del Mar y el Departamento de Contabilidad de ésta lo ingresa, también semanalmente, a la respectiva Tesorería Comunal. Por su parte, ésta los hace llegar mensualmente a la Caja de Amortización; Esta institución, por no haberse contratado los empréstitos, en cumplimiento del citado artículo 14 de la ley Nº 15.676, los invierte en acciones de la clase "A" de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. Hasta la fecha, se ha invertido la suma de Eº 1.011.189 de un total de ingresos de Eº 1.120.662,73, quedando, al 29 de julio último, un saldo disponible de Eº 109.473,73; La disposición del proyecto en estudio, que obliga a depositar dichos fondos directamente en una cuenta especial a la orden de la Sociedad Constructora sería beneficiosa para ella, por cuanto regulariza la situación y simplifica el procedimiento, al omitirse el trámite de la Caja de Amortización; ' 4) En cambio, sería altamente perjudicial para la Sociedad Constructora y contrario a los fines que persiguen las disposiciones legales analizadas, el señalar como fecha para la entrega, por parte del Casino Municipal, el 15 de mayo de cada año, en circunstancias que éste lo hace actualmente cada siete días, ya que con esto el único beneficiado sería el concesionario del Casino, al permitírsele disponer de una cifra aproximada a los Eº 200.000 durante un período de cuatro meses y medio. Estos antecedentes permitieron a vuestra Comisión aprobar este proyecto de ley, sin perjuicio de proponeros, en reemplazo de las disposiciones de su artículo único, un precepto que acoge la idea de la entrega directa a la Sociedad Constructora y, ajustándose a la situación vigente, establece la obligación del depósito semanal, con lo cual desecha el acuerdo de la Cámara de origen de hacerlo una vez al año. Con el mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de recomendaros que aprobéis la iniciativa objeto de este informe, con la siguiente modificación: Artículo único Sustituirlo por el siguiente: "Artículo único.- Sustituyese el artículo 14 de la ley N° 15.676 por el siguiente: "Artículo 14.- Agréganse al final del artículo 4º de la ley Nº 15.232, los siguientes incisos: "Mientras se contraten los empréstitos a que se refiere esta ley, los fondos provenientes del impuesto establecido en el artículo 1º de la ley Nº 12.567 serán depositados semanalmente en una cuenta especial en la Tesorería Comunal de Viña del Mar, a la orden de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. El incumplimiento de esta obligación será sancionado con una multa equivalente al ciento por ciento del monto que debía depositarse, con un recargo mensual del uno por ciento en caso de mora. El producto de esta multa ingresará también a la cuenta especial en referencia. La Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales deberá destinar estos aportes a la suscripción de acciones de la clase "A", para dar cumplimiento a los fines señalados en dicha disposición legal."."." Sala de la Comisión, a 1º de septiembre de 1966. Acordado en sesión de fecha de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Teitelboim (Presidente), Corbalán, don Salomón, Enríquez y Foncea. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. V 3 INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, QUE AUTORIZA LA ERECCION DE MONUMENTOS EN MEMORIA DEL ABATE JUAN IGNACIO MOLINA GONZALEZ. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, ya informado por las Comisiones de Gobierno y de Hacienda, que autoriza la erección de monumentos en memoria del Abate Juan Ignacio Molina González. La Sala, en sesión de fecha 6 de julio último, acordó enviar la iniciativa en referencia a vuestra Comisión de Educación, debido a que ésta había evacuado, con fecha 30 de marzo del año en curso, un informe -que pendía de su conocimiento-, recaído en una proposición de ley que crea el Premio Nacional de Ciencia, en circunstancias que el proyecto del rubro, en el artículo 4º del texto recomendado por la Comisión de Gobierno, consulta un precepto que crea el Premio Nacional de Historia y Ciencia "Abate Juan Ignacio Molina González", con el objeto de que consideráramos la posibilidad de refundirlos, evitando de esta manera que se tramiten por separado iniciativas que tratan de materias semejantes. En cumplimiento de este cometido, vuestra Comisión de Educación Pública acordó, a indicación del Honorable Senador señor Foncea, en lugar de refundir ambas proposiciones de ley en un solo texto, desglosar el citado artículo 4º del proyecto de la Comisión de Gobierno, y ha considerado la idea consignada en él, vale decir, la que crea el Premio Nacional de Historia y Ciencia "Abate Juan Ignacio Molina González", en un nuevo informe que ha aprobado sobre la iniciativa que crea el Premio Nacional de Ciencia, permitiendo así que el resto de los artículos de aquél sigan independientemente su tramitación. Al adoptar tal temperamento, tomamos en especial consideración la circunstancia de que un texto total refundido detendría su consideración por la Sala, debido a que el referido artículo 4º que, como hemos dicho, acordamos desglosar, debe volver a la Comisión de Hacienda ya que fue rechazado por ella. Con el mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de recomendaros la aprobación del proyecto de ley objeto de este informe y al que se refieren los Boletines Nºs. 22.055 y 22.189, de las Comisiones de Gobierno y de Hacienda, respectivamente, con la siguiente enmienda: Artículo 4º (del proyecto propuesto por la Comisión de Gobierno). Suprimirlo. Sala de la Comisión, a 1º de septiembre de 1966. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Teitelboim (Presidente), Corbalán, don Salomón, Enríquez y Foncea. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 4 INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA, QUE PROPONE ENVIAR AL ARCHIVO LA MOCION DEL EX-SENADOR SEÑOR CARLOS ACHARAN ARCE, QUE OTORGA AUTONOMIA A DIVERSAS FACULTADES Y ESCUELAS DE LA UNIVERSIDAD AUSTRAL. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de proponeros el archivo de la moción del ex-Senador señor Carlos Acharán Arce, por la que inicia un proyecto de ley que otorga autonomía a determinadas Facultades y Escuelas de la Universidad Austral. De la iniciativa de ley en referencia se dio cuenta en la Sala el 29 de noviembre de 1960 y, desde esa fecha, se encuentra pendiente en esta Comisión. Con posterioridad a ello, se dictó la ley Nº 15.637 de 22 de agosto de 1964, en cuyos artículos 2º, 3º y 4º se legisla sobre la misma materia que la proposición que nos ocupa. Con el mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Educación Pública tiene el honor de recomendaros que acordéis el archivo de este asunto. Sala de la Comisión, a 1º de septiembre de 1966. Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Teitelboim (Presidente), Corbalán, don Salomón, Enríquez y Foncea. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 5 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN UN PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, QUE ORDENA VENDER A SUS ACTUALES OCUPANTES LAS CASAS QUE FORMAN LAS POBLACIONES "RAFAEL SAAVEDRA" Y "CAÑETE", DE VIÑA DEL MAR. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas ha estudiado un proyecto de ley, remitido por la Honorable Cámara de Diputados, por el cual se ordena vender a la Corporación de la Vivienda, las casas de propiedad fiscal que forman las Poblaciones "Rafael Saavedra" y "Cañete", de Viña del Mar. Estas poblaciones fueron construidas en las inmediaciones del Regimiento "Coraceros del General Joaquín Prieto", de Viña del Mar, en terrenos de su propiedad, con el objeto de proporcionar habitación adecuada y económica a Oficiales y Suboficiales de ese Regimiento de Caballería, cumpliéndose de este modo con el artículo 6º de la Ley Nº 14.603, de 1961, que dispone la dotación de habitaciones para el personal de las Fuerzas Armadas en servicio. Asimismo, con el producto de las ventas de estas propiedades a sus ocupantes, se esperaba construir nuevas viviendas para otros miembros del mencionado regimiento, en terrenos de venta extensión que le pertenecen. Por el proyecto de ley en informe se propone dar cumplimiento a una de las principales finalidades de la construcción de estas poblaciones, cual es transformar en propietarios a sus actuales ocupantes, Oficiales y Suboficiales del Regimiento Coraceros de Viña del Mar, con más de 25 años de servicios de promedio, y que las ocupan desde la fecha de su construcción, en 1957. La Corporación de la Vivienda construyó 14 viviendas para Oficiales y 55 viviendas para Suboficiales, totalizando las casas que forman la Población "Rafael Saavedra". La Población "Cañete" fue construida por los servicios del propio Regimiento Coraceros. Por el artículo 1º de este proyecto de ley, se dispone que la Corporación de la Vivienda venderá, previa transferencia que le hará de ellas el Presidente de la República, las casas de las poblaciones señaladas, a sus actuales ocupantes, que no hayan adquirido habitaciones o locales por intermedio de esa Corporación o de alguna Caja de Previsión, regiéndose, además, por las normas que ordinariamente aplica la Corporación de la Vivienda a estos contratos de venta de casas de su propiedad. El precio de cada una de las viviendas será fijado por unidades rea-justables, cuyo número se determinará aplicando el valor que hubieren tenido en la fecha de adquisición por el Fisco, al monto en dinero pagado por la Corporación de la Vivienda. Por el inciso cuarto de este artículo l9, y para beneficiar al mayor número de ocupantes en el menor tiempo posible, se establece que el plazo que tendrá la Corporación de la Vivienda para efectuar estas ventas se contará desde la fecha en que los compradores ocuparon efectivamente, y a cualquier título, las casas a que postulan. Por el artículo 2º se establece la forma en que la mencionada Corporación pagará al Ejército el valor de las casas de estas Poblaciones. En efecto, en un plazo de 3 años, deberá entregar al Regimiento Coraceros, de Viña del Mar, en la población o grupo habitacional o sector de dicha ciudad que convengan ambas instituciones, un número de casas que componen el valor comercial, actualizado por la Dirección General de Impuestos Internos, de las casas que por el presente proyecto de ley se ordena enajenar. De este modo se logra mantener la continuidad asistencial en materia habitacional que el referido Regimiento brinda a su personal, evitando así el vacío que la venta de estas viviendas podría crear a este respecto a esa institución armada. La Corporación de la Vivienda, por Oficio Nº 1457, de 25 de agosto pasado, manifestó su disconformidad con el proyecto de ley en referencia. La Comisión aprobó en general este proyecto de ley, por 3 votos a favor y 1 en contra, correspondiendo este último al Honorable Senador señor Palma. En consecuencia, Vuestra Comisión os recomienda aprobéis el referido proyecto de ley, en los mismos términos en que viene concebido desde la Honorable Cámara de Diputados. Sala de la Comisión, a 1º de septiembre de 1966. Acordado en sesión de fecha de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Contreras Tapia, Gómez y Palma. (Fdo.) : Daniel Egas M., Secretario. 6 INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS, RECAÍDO EN UN PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE INCLUYE A LA POBLACION "CARLOS ACHARAN ARCE", UBICADA EN VALDIVIA, EN LOS BENEFICIOS DE LA LEY N° 15.907. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas ha estudiado un proyecto de ley remitido por la Honorable Cámara de Diputados, mediante el cual se incorpora la población "Carlos Acharan Arce" a los beneficios consignados en el artículo 1º de la Ley Nº 15.907, que establece que la Corporación de la Vivienda transferirá a los habitantes que actualmente se encuentran radicados en las poblaciones Los Jazmines, El Laurel, Lientur y Unidad Vecinal N9 3 de Gil de Castro, las propiedades que actualmente ocupan, a su valor de costo, pagando un dividendo mensual no superior a E9 8 y sin reajuste. Los señores Contreras Tapia, Von Mühlenbrock y Rodríguez, formularon indicación para agregar, además, de la población "Carlos Acharan Arce", la denominada "Anexo Los Jazmines" y para establecer que a las personas beneficiadas les será aplicables el acuerdo Nº 27.380 de la Corporación de la Vivienda, adoptado el 25 de agosto de 1960. Este acuerdo dispone lo siguiente: 1.- Deroga los acuerdos por los cuales se aprobaron los valores de las poblaciones El Laurel, Gil de Castro, Unidad Vecinal Nº 3, Lientur y Los Jazmines, de la ciudad de Valdivia. 2.- Establece los nuevos valores para las poblaciones a que se refiere este acuerdo. 3.- Fija los nuevos dividendos correspondientes a estas poblaciones de acuerdo a las normas legales vigentes, con un servicio de la deuda a 30 años plazo, 0,5% de interés y 0,8% para seguros. 4.- Declara que los dividendos mensuales no excederán de Eº 3. 5.- Dispone que para acogerse a los beneficios del artículo 1º de la ley Nº 15.907, el interesado debe estar al día en el pago de dividendos y obligaciones con la Corporación de la Vivienda. Los señores Von Mühlenbrock y Contreras Labarca sometieron a la aprobación de esta Comisión, un precepto por el cual se declara que la condonación de deudas por concepto de reajuste e intereses sobre los mismos, provenientes de préstamos reajustables en moneda extranjera o con cualquier otro tipo de reajustabilidad, a que se refiere el artículo 111 de la ley Nº 15.575, comprende los préstamos hechos por la Corporación de Fomento para limpia, drenaje y habilitación de pantanos en la comuna de Frutillar, aunque ellos hubiesen sido concedidos con anterioridad al 22 de mayo de 1960. El problema que se trata de resolver mediante esta disposición se refiere al alcance que tiene el artículo 111 de la ley N9 15.575, en cuanto» a que si la condonación de deudas a que se refiere su inciso segundo está limitada por las condiciones de tiempo y lugar establecidas en el inciso primero, es decir, si rige únicamente tratándose de préstamos otorgados entre el 22 de mayo de 1960 y el 31 de diciembre de 1963, en las provincias y departamentos que señala el artículo 6º de la ley Nº 14.171, sobre los sismos de mayo de 1960 y sus consecuencias. La Contraloría General de la República ha absuelto mediante dictámenes varias consultas sobre esta materia y algunas presentaciones de particulares, que han creído poderse beneficiar con la condonación de los préstamos que les han sido otorgados para desecación de pantanos. Estos dictámenes uniformemente han sido contrarios a la tesis de que la condonación opera para los créditos otorgados con anterioridad a los sismos de mayo de 1960 y que, por el contrario, solamente es aplicable a los créditos concedidos entre la fecha del sismo y el 31 de diciembre de 1963. Los préstamos a que se refiere la indicación de nuestra referencia, provienen de un plan piloto programado por la Corporación de Fomento y que se ha aplicado en el área de Los Pellines a Frutillar. En 1959, la Corporación de Fomento ofreció a los propietarios de estos créditos, créditos controlados provenientes de la cuenta sobre excedentes agropecuarios para cumplir una primera etapa del plan consistente en desmontes, destronques y drenaje. El mutuo se otorgó conforme a los planes de trabajos proyectados, a 20 años plazo y reajustables en dólares. Los planes de la primera etapa se cumplieron bajo la supervigilancia de la Corporación de Fomento, desde diciembre de 1959 hasta mayo de 1960. Con motivo del sismo, CORFO paralizó estos planes que estaban en la fase inicial de la primera etapa, dejando a los propietarios con inversiones en sus sueldos totalmente improductivas, ya que las etapas de abonaduras y desarrollo ganadero no se han realizado de acuerdo a la planificación establecida. En la actualidad estos propietarios se encuentran gravados con una deuda enorme por concepto de intereses y reajustes, y por otra parte, Impuestos Internos les ha fijado un avalúo desproporcionado a su valor comercial por considerarlos suelos planos, limpios y drenados. El artículo 111 de la ley Nº 15.575, condonó el reajuste de parte de este crédito, no incluyéndose en tal beneficio a los que firmaron el mutuo antes del sismo. También se les aplicó el acuerdo del Comité Ejecutivo de la Corporación de Fomento, reduciendo el plazo de amortización a 5 años y consolidando la deuda con un 128'% al 1º de octubre de 1964, a pesar de que las inversiones planificadas colectivamente fueron ejecutadas con posterioridad a los sismos de mayo de 1960. Los deudores de la Corporación de Fomento por el plan de ñadis, recibió de esa corporación un crédito colectivo de Eº 410.000, de los cuales se giraron para efectuar los trabajos de la primera etapa Eº 279.137, suma por la cual se firmaron los mutuos hipotecarios. El grupo de agricultores recibió, para invertir en sus predios, del préstamo contratado, previa las deducciones por gastos Notariales, Impuestos Fiscales, Municipales y gastos de estudios de CORFO, la suma de Eº 265.118,05, y se han cancelado hasta noviembre de 1965 por concepto de reajustes, intereses y amortizaciones, la suma de Eº 239.910,73, quedando un saldo a pagar al 1º de octubre de 1966, ascendente a Eº 605.158,05, dividido en tres anualidades. Este saldo, y en las condiciones fijadas por la Corporación de Fomento, no podrá ser pagado por los deudores, salvo que se condonen los reajustes de acuerdo al artículo 111 de la Ley Nº 15.575 o se mantenga el plazo inicialmente otorgado por los estudios técnicos de dicha corporación. De no adoptarse alguna de estas dos medidas, a los agricultores pequeños y medianos se les cobrará judicialmente el crédito, sufriendo las consecuencias legales consiguientes y la pérdida total de los trabajos realizados. Los agricultores han manifestado estar dispuestos, incluso, a entregar a la Corporación de Fomento los suelos habilitados en pago de los saldos referidos, pero dicha Corporación no ha accedido en aceptarlos en razón de que le es imposible recuperar el monto de las inversiones hechas, a través de una venta comercial a corto plazo, por la mala calidad de los terrenos. A continuación se inserta un cuadro de créditos CORFO, financiado con el 2° Convenio de Excedentes Agropecuarios, que sirve para ilustrar el criterio acerca de la materia que estamos tratando: Créditos otorgados por CORFO Eº 279.137.- Gastos de Impuestos fiscales, Notariales, Municipales y escrituras de Mutuo y Corfo 14.018,95 Valor recibido por los agricultores .... Eº 265.118,05 Saldo deuda consolidada al 30 de octubre de 1964 Eº 554.748,41 Intereses 9% de 1965 50.409,64 Saldo a pagar en 3 cuotas en 1967/69... . Eº 605.158,05 La Comisión aprobó la indicación propuesta por los Senadores antes mencionados, por unanimidad. Del mismo modo aprobó otra indicación de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock y Contreras Labarca, que condonan las deudas pendientes, con sus respectivos intereses, multas y sanciones penales, que la Dirección de Pavimentación Urbana cobra en la comuna de Frutillar, por el concepto de reposición de calzadas y veredas destruidas por los sismos de mayo de 1960. Según los antecedentes dados a conocer a esta Comisión, muchos vecinos de la comuna de Frutillar están obligados a pagar dos cuentas de pavimentación: una, por la pavimentación antigua, anterior a los sismos de mayo de 1960, y la otra, proveniente de la reposición de las calzadas y veredas destruidas por este fenómeno telúrico. La indicación tiende a resolver el problema, por cuanto la Dirección General no tiene facultades legales para prorrogar, rebajar, ni mucho menos condonar el valor de las cuentas por pavimentación. Más aún, las cuentas referidas están en el Servicio de Cobranza Judicial de impuestos pues las personas afectadas por dichas cuentas son deudores morosos de! Fisco. Esto revela una imposibilidad de pago que es necesario resolver para tranquilidad de los afectados, que, en su gran mayoría, son personas modestas. En mérito de los antecedentes relatados, esta Comisión os propone aprobar el proyecto de ley remitido por la Honorable Cámara de Diputados, con las siguientes enmiendas: Artículo único Sustituirlo por el siguiente, que pasa a ser artículo 1º: "Artículo 1º-Lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 15.907, de 5 de diciembre de 1964, será también aplicable a las personas radicadas en las poblaciones denominadas Los Jazmines, Anexo Los Jazmines, El Laurel, Lientur, Unidad Vecinal N9 3 Gil de Castro y Carlos Acharan Arce, de Valdivia, cualquiera que sea el lugar de donde provengan, respecto de las propiedades que actualmente ocupan y recibirán los beneficios a que se refiere el Acuerdo N9 27.380 que sobre esta materia aprobó el Consejo de la Corporación de la Vivienda el 25 de agosto de 1965". Consultar los siguientes artículos, nuevos: "Artículo 2º-Declárase que la condonación de deudas por concepto de reajuste e intereses sobre los mismos, provenientes de préstamos reajustabas en moneda extranjera o con cualquier otro tipo de reajustabi-lidad, a que se refiere el artículo 111 de la Ley Nº 15.575, comprende los préstamos hechos por la Corporación de Fomento de la Producción para limpia, drenaje y habilitación de pantanos en la Comuna de Frutillar, aunque ellos hubiesen sido concedidos con anterioridad al 22 de mayo de 1960." "Artículo 3º-Condónanse las deudas pendientes con sus respectivos intereses, multas y sanciones penales que la Dirección de Pavimentación Urbana cobra en la comuna de Frutillar, por el concepto de reposición de calzadas y veredas destruidas por los sismos de mayo de 1960." En consecuencia, el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo 1º-Lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 15.907, de 5 de diciembre de 1964, será también aplicable a las personas radicadas en las poblaciones denominadas Los Jazmines, Anexo Los Jazmines, El Laurel, Lientur, Unidad Vecinal N9 3 Gil de Castro y Carlos Acharan Arce, de Valdivia, cualquiera que sea el lugar de donde provengan, respecto de las propiedades que actualmente ocupan y recibirán los beneficios a que se refiere el Acuerdo Nº 27.380 que sobre esta materia aprobó el Consejo de la Corporación de la Vivienda el 25 de agosto de 1965. Artículo 2º-Declárase que la condonación de deudas por concepto de reajuste e intereses sobre los mismos, provenientes de préstamos reajustabas en moneda extranjera o con cualquier otro tipo de reajustabili-dad, a que se refiere el artículo 111 de la Ley Nº 15.575, comprende los préstamos hechos por la Corporación de Fomento de la Producción para limpia, drenaje y habilitación de pantanos en la Comuna de Frutillar, aunque ellos hubiesen sido concedidos con anterioridad al 22 de mayo de 1960. Articulo 3º-Condónanse las deudas pendientes con sus respectivos intereses, multas y sanciones penales que la Dirección de Pavimentación Urbana cobra en la Comuna de Frutillar, por el concepto de reposición de calzadas y veredas destruidas por los sismos de mayo de 1960." Sala de la Comisión, a 1° de septiembre de 1966. Acordado en sesión de fecha de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Contreras Tapia, Gómez y Palma. (Fdo.) : Daniel Egas M., Secretario. 7 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS, RECAIDO EN UN PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA EL OTORGAMIENTO DE TITULOS DE DOMINIO A LOS ADQUIRENTES DE TERRENOS DE LA POBLACIÓN SAN JOSE, DE LA COMUNA DE ARICA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas ha estudiado un proyecto de ley remtido por la Honorable Cámara de Diputados, por el cual se conceden diversos beneficios a los ocupantes de la población San José, de Arica, y de otras localidades situadas en la provincia de Coquimbo. La Población San José tuvo su origen un loteo de terrenos baldíos que efectuó la Junta de Adelanto de Arica, con la finalidad de resolver el grave problema habitacional originado por la creación del Puerto Libre de Arica, cuyo estatuto jurídico atrajo a gran cantidad de personas que deseaban radicarse en la zona para emprender sus actividades. Contribuyó al aumento demográfico de la ciudad la paralización de las oficinas salitreras de la provincia de Tarapacá, que provocó una intensa migración de trabajadores desocupados hacia el vasto emporio comercial e industrial del Puerto Libre de Arica. Las excelentes condiciones climáticas de la región hacen mucho más fácil la solución de los problemas habitacionales en la ciudad de Arica, y es por ello que basta con otorgar terrenos con urbanización mínima a los pobladores para que ellos puedan levantar, a través del sistema de autoconstrucción, sus propias viviendas. Es así, entonces, como se generó en la ciudad de Arica y sus alrededores un intenso proceso de loteamientos de terrenos fiscales bajo la tutoría de la Junta de Adelanto de Arica. Es fácilmente comprensible que los actuales pobladores aspiren a tener título de dominio sobre los terrenos que ocupan y en los cuales han edificado sus viviendas, y que también exista la voluntad por parte de la institución loteadora, de dar satisfacción a este anhelo. Pero se ha creado un problema de orden jurídico, en cuanto a que numerosos sitios no cumplen con ciertos requisitos establecidos en la legislación vigente sobre construcciones y urbanización, dado que sus medidas son inferiores a 160 metros cuadrados, por lo cual no cumplen con la obligación mínima de superficie establecida en el artículo 24 del Reglamento de Viviendas Económicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 1.608, de 5 de octubre de 1959, y modificado por Decreto Supremo Nº 2.411, de 8 de noviembre de 1962. Por la razón indicada, la Contraloría General de la República procedió a rechazar este loteo, con lo cual se ha creado no sólo un problema de orden jurídico, sino que, además, otro de carácter social, al cual debe darse una solución tanto por el hecho de que la población aludida cuenta con urbanización mínima, cuanto que es imposible ya proceder a la erradicación de sus ocupantes en razón de que, en su gran mayoría, las casas levantadas son construcciones definitivas. El artículo 1º del proyecto de ley en informe, resuelve el problema legal anteriormente relatado, en lo que se refiere a la Población San José, de Arica; pero la Comisión acordó, a sugerencia del Honorable Senador señor Víctor Contreras, ampliar el alcance de la disposición a fin de que todos los loteos efectuados por la Junta de Adelanto de Arica queden sometidos a su regulación. El artículo 2º de este proyecto, también resuelve un problema habi-tacional que afecta a ciertos ocupantes de terrenos fiscales, ubicados en los cerros de la ciudad de Coquimbo, en un sector denominado Parte Alta. Según los antecedentes que proporcionó a la Comisión el Honorable Senador señor Chadwick, existen en esa zona numerosos pobladores que ocupan los terrenos fiscales en los cerros mencionados y que han edificado en ellos sus viviendas. Para ceder el dominio de estos terrenos a sus actuales ocupantes, se cuenta con la legislación especial dictada sobre el particular, en 1932, a través del Decreto Ley Nº 153, cuyos artículos 20 y 21 permiten el otorgamiento de títulos de dominio a los ocupantes de terrenos fiscales que reúnan determinados requisitos cuales son, para los efectos de áreas urbanas, la de ser chilenos, haber efectuados mejoras en dichos sitios por un valor no inferior a la cuarta parte del valor del terreno, y no exceder éstos de una superficie de 1.000 metros cuadrados. Por el artículo 3º, se faculta al Presidente de la República para ceder o vender, por el avalúo fiscal de 1965, las poblaciones de emergencias construidas por la ex-Fundación de Viviendas de Emergencias, en la provincia de Coquimbo. Del mismo modo, a través del artículo 4º, se faculta al Servicio Nacional de Salud para vender por el valor del avalúo fiscal, a sus actuales ocupantes, los terrenos ubicados en el sector denominado Antena Vieja,, de la comuna de La Serena. Vuestra Comisión, aprobó una indicación formulada por el Honorable Senador señor Víctor Contreras, que dispone la enajenación en favor de sus actuales ocupantes de los sitios y viviendas que forman la población denominada Colonia "El Peral", ubicada en el camino al Cajón del Maipo, del departamento de Puente Alto de la provincia de Santiago, como, asimismo, las casas adyacentes a dicha población, con exclusión de la "Residencia Médica". En esta indicación se establece las modalidades, intereses, precio y forma de pago. Del mismo modo, se dispone en la indicación aludida, que el Servicia Nacional de Salud venderá también a sus actuales ocupantes, las viviendas que forman la población "El Santo" de la ciudad de La Serena, en las mismas condiciones y con las modalidades con que se enajena la población antes referida. Se faculta, además, a este Servicio, para enajenar en favor de sus actuales ocupantes, todas las propiedades que él posea, en las mismas condiciones y modalidades que establece la indicación. Esat materia fue extensamente debatida en esta Comisión y se recordó el antecedente de haberse aprobado ya en otra ocasión, tanto por la Comisión como por el Congreso Nacional, un precepto similar, que fue observado totalmente por S. E. el Presidente de la República, razón por la cual no pudo convertirse en ley. Finalmente, la indicación fue aprobada por 2 votos a favor, 1 abstención y 1 voto en contra, que correspondió al emitido por el Honorable Senador señor Palma. El Honorables Senador señor Castro formuló indicación, que fue aprobada, a fin de desafectar del sistema de reajustabilidad establecido en el D.F.L. Nº 2, de 1960, a la población San Gregorio, de la comuna de La Granja del departamento y provincia de Santiago. Esta población, que cuenta con más de 3.000 familias, fue el producto de una radicación masiva de habitantes de sectores marginales efectuada por la Administración anterior a la actual. Cuenta, esta población, con urbanización y servicios comunitarios y la mayor parte de sus construcciones se han hecho a base del esfuerzo de autoconstrucción. Naturalmente, las casas, en las transferencias, quedan afectas a la reajustabilidad que se establece para dividendos y saldos de precios en el D.F.L. Nº 2, de 1960, situación que resulta evidentemente onerosa para las personas que tienen que cumplir la obligación del pago en estas condiciones, sobre todo si se toma en consideración el hecho de que los ocupantes son personas modestas y de escasos recursos. Por último, esta Comisión también aprobó una indicación del señor Castro, aclaratoria del inciso final del artículo 2 de la ley Nº 15.641, de 14 de agosto de 1964, que dispuso la urbanización de la Corporación de la Vivienda, con los recursos de un ítem del Presupuesto, de la población "25 de Febrero" de la ciudad de Rancagua. La Corporación de la Vivienda está dispuesta a efectuar esta urbanización; pero, conforme a su ley orgánica, cobra el gasto efectuado a los vecinos, situación que en la referida disposición legal no se contempló, pues el ánimo que asistió a la Comisión, en la oportunidad en que se. aprobó el precepto antes aludido, consistió en hacer tales trabajos de urbanización con recursos fiscales, que especialmente se señalaron, y a título gratuito para los pobladores beneficiados. Como el problema planteado no tiene otra salida que la del precepto legal, se acordó aclarar la disposición en el sentido de que la urbanización ordenada por la ley Nº 15.641, es a título gratuito. En mérito de los antecedentes relatados, esta Comisión os propone aprobar el proyecto de ley con las siguientes modificaciones: Artículo 1º Sustituirlo por el siguiente: ''Artículo 1º-Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para enajenar, a título gratuito, en favor de sus actuales ocupantes, los terrenos proveniente de loteamientos que haya efectuado en el departamento de Arica, aún cuando no se hayan realizado las obras de urbanización ni cumplan con los demás requisitos exigidos por la ley." A continuación, consultar, como artículos nuevos, los siguientes: "Artículo 5º-El Servicio Nacional de Salud venderá a sus actuales ocupantes, empleados, jubilados y montepiadas, de la Colonia y Sanatorio "El Peral" y que no sean propietarios al 1º de julio de 1965 de ningún otro otro bien raíz, las casas que integran la población denominada Colonia "El Peral", ubicada en el camino al Cajón del Maipo, del departamento de Puente Alto, de la provincia de Santiago; como, asimismo, las casas adyacentes a dicha población, con exclusición de la denominada "Residencia Médica". El precio y la forma de pago se determinarán partiendo del asignado en el oficio Nº 742, de 20 de septiembre de 1957, con los aumentos por la desvalorización producida y el desgaste por el legítimo uso y teniendo en cuenta los ingresos y capacidad económica de los adquirentes. El Consejo del Servicio Nacional de Salud resolverá sobre el precio y la forma de pago, previo informes del Subdepartamento de Bienestar del Servicio y de la Visitadora Social. El Servicio Nacional de Salud venderá, también, a sus actuales ocupantes las viviendas que forman la población "El Santo" de la ciudad de La Serena, perteneciente a dicha Institución, con sujeción a las mismas condiciones y modalidades señaladas en el inciso anterior. Facúltase a la Dirección General del Servicio de Seguro Social para proceder en la misma forma establecida en el inciso primero respecto de los actuales ocupantes de propiedades de dicha Institución." "Artículo 6°-La población San Gregorio, de la comuna de La Granja, del departamento y provincia de Santiago, no estará afecta a la reajus-tabilidad establecida por el artículo 84 del D.F.L. Nº 2, de 1960, cuyo texto definitivo fue fijado por el Decreto Supremo Nº 1.101, del Ministerio de Obras Públicas, de 18 de agosto de 1960." "Artículo 7º--Aclárase que la urbanización de la población "25 de Febrero" de la ciudad de Rancagua, a que se refiere el artículo 2º de la ley Nº 15.641, es a título gratuito." En consecuencia, el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo 1º-Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para enajenar, a título gratuito, en favor de sus actuales ocupantes, los terrenos provenientes de loteamientos que haya efectuado en el departamento de Arica, aún cuando no se hayan realizado las obras de urbanización ni cumplan con los demás riquisitos exigidos por la ley. Artículo 2°-El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo hará un levantamiento topográfico de los terrenos fiscales existentes en los cerros de la comuna de Coquimbo, especialmente en el sector llamado Parte Alta y procederá, en seguida, a ceder el dominio de los mismos a sus actuales ocupantes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Decreto Ley Nº 153, de 7 de julio de 1932. Artículo 3º-Facúltase al Presidente de la República para ceder o vender por el avalúo fiscal de 1965, las Poblaciones de Emergencia construidas por la Dirección de Asistencia Social (ex Fundación de Viviendas de Emergencia) en la provincia de Coquimbo, y, entre ellas, las ubicadas en la comuna de La Serena. Artículo 4º-Facúltase al Servicio Nacional de Salud para vender por el avalúo fiscal a sus actuales ocupantes los terrenos ubicados en el sector denominado Antena Vieja, de la comuna de La Serena. Artículo 5º-El Servicio Nacional de Salud venderá a sus actuales ocupantes, empleados, jubilados y montepiadas, de la Colonia y Sanatorio "El Peral", y que no sean propietarios al 1° de julio de 1965 de ningún otro bien raíz, las casas que integran la población denominada Colonia "El Peral", ubicada en el camino al Cajón del Maipo, del departamento de Puente Alto, de la provincia de Santiago; como, asimismo, las casas adyacentes a dicha población, con exclusión de la denominada Residencia Médica. El precio y la forma de pago se determinarán partiendo del asignado en el oficio Nº 742 ,de 20 de septimbre de 1957, con las aumentos por la desvalorización producida y el desgaste por el legítimo uso y teniendo en cuenta los ingresos y capacidad económica de los adquirentes. El Consejo del Servicio Nacional de Salud resolverá sobre el precio y la forma' de pago, previo informes del Subdepartamento de Bienestar del Servicio y de la Visitadora Social. El Servicio Nacional de Salud venderá, también, a sus actuales ocupantes las viviendas que forman la población "El Santo" de la ciudad de La Serena, perteneciente a dicha Institución, con sujeción a las mismas condiciones y modalidades señaladas en el inciso anterior. Facúltase a la Dirección General del Servicio de Seguro Social para proceder en la misma forma establecida en el inciso primero respecto de los actuales ocupantes de propiedades de dicha Institución. Artículo 6º-La población San Gregorio, de la comuna de La Granja, del departamento y provincia de Santiago, no estará afecta a la reajusta-bilidad establecida por el artículo 84 del D.F.L. Nº 2, de 1960, cuyo texto definitivo fue fijado por el Decreto Supremo Nº 1.101, del Ministerio de Obras Públicas, de 18 de agosto de 1960. Artículo 7º-Aclárase que la urbanización de la población "25 de Febrero" de la ciudad de Rancagua, a que se refiere el artículo 2º de la ley Nº 15.641, es a título gratuito." Sala de la Comisión, a 1º de septiembre de 1966. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Contreras Tapia, Gómez y Palma. Daniel Egas M., Secretario. 8 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 2° Y 3° TRANSITORIOS DE LA LEY Nº 15.722 Y EN LA LEY Nº 16.421, CON EL OBJETO DE QUE LOS CHOFERES DE TAXI Y LOS SECRETARIOS DE CONGRESALES PUEDAN ACOGERSE A SUS BENEFICIOS. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de ley que prorroga los plazos establecidos en los artículos 2º y 3º transitorios de la ley Nº 15.722 y en la ley Nº 16.421, con el objeto de que los choferes de taxi y los secretarios de congresales, respectivamente, puedan acogerse a sus beneficios. A las sesiones en que se consideró esta iniciativa asistió, además de los miembros de vuestra Comisión, el Superintendente de Seguridad Social, don Carlos Briones. El artículo 1º del proyecto, prorroga a contar del 25 de abril de 1966 y hasta por el plazo de un año, contado desde la publicación del proyecto, el término establecido en los artículos 29 y 39 transitorios de la ley N9 15.722. Las mencionadas disposiciones concedían el plazo de un año, o sea, hasta el 25 de abril de 1966, para que los choferes de taxi pudieran reconocerse años servidos con' anterioridad a la ley que lee dio previsión, como también, el derecho a acogerse a los beneficios de la ley de continuidad de la previsión. Estas normas quedaron sin aplicación, debido a que no se dictó oportunamente el reglamento del registro nacional de conductores profesionales de automóviles de alquiler, siendo la inscripción en dicho registro requisito fundamental para gozar de los mencionados beneficios. El Honorable Senador señor Foncea; manifestó su acuerdo con la disposición en estudio, pero estimó inconveniente para los intereses de la Caja la prórroga del plazo por un año, debido a que creaba incertidum-bre durante un lapso demasiado prolongado. Por ello, formuló indicación para que dicha prórroga sólo fuera de seis meses. Vuestra Comisión, por unanimidad, acordó recomendaros la prórroga del plazo, y con los votos de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia, Corbalán y Jaramillo, y la oposición del Honorable Senador señor Foncea, rechazó la indicación que la enmendaba. La mayoría de la Comisión fundamentó este último acuerdo en que el gremio de los choferes de taxi no estaba debidamente organizado y, en consecuencia, la prórroga del plazo por sólo seis meses podría dejar fuera del beneficio a muchos interesados. El artículo 2º concede un nuevo plazo de un año a los secretarios de congresales para acogerse a los beneficios establecidos en la ley 16.421. La ley mencionada permite a los secretarios dé Senadores y Diputados integrar en la Caja de Previsión de Empleados Particulares las imposiciones correspondientes a períodos efectivamente trabajados, a honorarios, con anterioridad al 21 de mayo de 1961. A pesar de estar vencidos los plazos establecidos por el cuerpo legal mencionado, vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia, Foncea y Jaramillo, acordó recomendaros el rechazo del artículo, debido a que en este caso no han existido entorpecimientos para el cumplimiento de las referidas disposiciones. El artículo 3º concede franquicias para la internación de vehículos a los choferes de automóviles de alquiler no propietarios. Vuestra Comisión, teniendo presente la materia a que se refiere la disposición en informe, resolvió proponeros que sea estudiada por la Comisión de Hacienda. En seguida, y por unanimidad, se acordó incorporar al proyecto una indicación del Ejecutivo para agregar un artículo nuevo. Esta disposición establece que a los profesionales con título de universitario de la Caja de Previsión de Empleados Particulares que fueron encasillados por el Presidente de la República en virtud de la autorización concedida por la ley Nº 15.474, en la séptima categoría de la Escala Directiva, Profesional y Técnica, les será aplicable lo dispuesto en la letra b) del artículo 29 de la ley Nº 15.078, a contar del 1º de enero de 1966, o sea, que gozarán de asignación de título en las mismas condiciones que el resto de los profesionales de la Caja. Este acuerdo de la Comisión se fundamentó en que los funcionarios con título universitario de la séptima categoría de la mencionada institución de previsión deben tener el mismo sistema de remuneraciones que el resto de los profesionales que desempeñan funciones similares y en que la situación actual sólo está causada por un vacío legal: haber sido encasillados en la planta con posterioridad a los funcionarios de las demás categorías. En mérito a las consideraciones anteriores, vuestra Comisión tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto en informe con las siguientes modificaciones : Artículo 2º Suprimirlo. Artículo 3º Pasa a ser artículo 2º. A continuación, agregar el siguiente artículo 3º, nuevo: "Artículo 3º-A los funcionarios profesionales con título universi tario de la institución a que se refiere la ley Nº 12.897, que fueron enca sillados en virtud de las disposiciones de la ley Nº 15.474, en la Séptima Categoría de la escala directiva, profesional y técnica de la planta res pectiva, les será aplicable lo dispuesto en la letra b) del artículo 2º de la ley Nº 15.078, a contar del 1º de enero de 1966. El porcentaje será el 50% del sueldo base correspondiente y se liquidará mediante planilla suplementaria." Como consecuencia de los acuerdos anteriores el texto del proyecto queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo 1º-Prorrógase a contar del 25 de abril de 1966 y hasta por un plazo de un año, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, el término establecido en los artículos 2º y 3º transitorios de la ley Nº 15.722, de 26 de octubre de 1964, con el objeto de que los conductores de vehículos de alquiler puedan acogerse a los beneficios señalados en ellos. Artículo 2º-Acógese a los beneficios del artículo 3º transitorio de la ley Nº 16.426, a los choferes de automóviles de alquiler, no propietarios, que tengan 5 años a lo menos, de servicios como tales y se encuentren ejerciendo la profesión. Artículo 3º-A los funcionarios profesionales con título universitario de la institución a que se refiere la ley Nº 12.897, que fueron encasillados en virtud de las disposiciones de la ley Nº 15.474, en la Séptima Categoría de la escala directiva, profesional y técnica de la planta respectiva, les será aplicable lo dispuesto en la letra b) del artículo 2º de la ley Nº 15.078, a contar del 1º de enero de 1966. El porcentaje será el 50% del sueldo base correspondiente y se liquidará mediante planilla suplementaria." Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1966. Acordado en sesión del 29 del presente, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Corbalán, Foncea y Jaramillo. Iván Auger Labarca, Secretario. 9 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, QUE ESTABLECE LA JORNADA ORDINARIA DE SEIS HORAS PARA LOS TRABAJADORES DE LAS MINAS DE CARBON Y PARA LOS MINEROS QUE POR SU LABOR SE ENCUENTREN EXPUESTOS A CONTRAER SILICOSIS U OTRA ENFERMEDAD PROFESIONAL. Honorable Senado: Vuestra Comisión dé Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de ley, originado en la Honorable Cámara de Diputados que establece la jornada ordinaria de seis horas para los trabajadores de las minas de carbón y para los mineros que por su labor se encuentren expuestos a contraer silicosis u otra enfermedad profesional. A la sesión en que se consideró esta iniciativa asistieron, además de los miembros de vuestra Comisión, el Honorable Diputado señor Melo; el Superintendente de Seguridad Social, don Carlos Briones, y el Director del Trabajo, don Fernando Onfray. El proyecto contiene tres ideas fundamentales: Establecimiento de la jornada ordinaria de trabajo de seis horas diarias para el personal antes mencionado; Concesión a dichos trabajadores del derecho a jubilación por 25 años de servicios, y Creación de los consejos de seguridad industrial y minera. El Ministro de Trabajo y Previsión Social formuló una indicación sustitutiva de tales preceptos del proyecto. Respecto a la jornada ordinaria de trabajo, el proyecto establece que será de seis horas diarias para quienes laboran en el interior de una mina de carbón, como también, para todos los mineros que trabajan en faenas subterráneas, extracción del mineral en minas de tajo abierto, molienda, funciones, Casa Verde o plantas de sulfuros o en cualesquiera otras en que se encuentren expuestos a contraer silicosis u otra enfermedad profesional. La jornada comenzará en el momento en que el trabajador recibe su lámpara o su tarjeta de trabajo. Asimismo se dispone que el personal mencionado tendrá los mismos derechos y regalías que la legislación, los convenios colectivos, fallos arbitrales o actas de avenimiento establecen respecto de los trabajadores con jornada de ocho horas diarias. La indicación, en cambio, limita el proyecto exclusivamente a los obreros del carbón, estableciendo que su jornada ordinaria de trabajo, cuya duración no se modifica, se contará desde que el trabajador recibe su lámpara y durará hasta que la devuelva en la lamparería de superficie. Se estatuye, por otra parte, que los reglamentos internos de las empresas, debidamente autorizados por la Dirección del Trabajo, determinarán los detalles de la aplicación de la jornada, según las modalidades específicas de las faenas. El artículo 2° que propone la indicación establece que la permanencia por un lapso superior a ocho horas en el interior de las minas de carbón se pagará con el recargo que establece la ley respecto a las horas de trabajo extraordinario. El artículo 3° de la indicación dispone que la nueva modalidad de la jornada en el interior de las minas de carbón regirá a contar del 1º de diciembre de 1966, autorizándose al Presidente de la República para ampliar dicho plazo, por una sola vez, en no más de 90 días, y por decreto fundado. Por último, la indicación propone un artículo transitorio que declara que la aplicación de las normas del proyecto no podrá significar disminución de las actuales remuneraciones de los trabajadores ni pérdida de sus beneficios pactados por convenio u otorgados por ley, debiendo establecerse las equitativas compensaciones en los tratos, bonos y beneficios en relación con la nueva jornada. El Director del Trabajo expresó que la iniciativa en estudio tuvo por finalidad primitiva reglamentar la jornada de trabajo de los obreros que laboran en el interior de las minas de carbón, debido a que en la actualidad sólo se considera como tal el tiempo en que efectivamente trabajan, a pesar de que se encuentran dentro de la mina entre 11 y 12 horas diarias. Esta situación, junto con otros elementos, tiene graves consecuencias para la salud de los trabajadores, ya que los expone a contraer enfermedades profesionales. Por ello, y teniendo además en consideración que sólo dicho grupo de trabajadores se encuentra especial y obviamente en tan inconveniente situación, las condiciones económicas de las empresas carboníferas, y el costo del proyecto, que de aprobarse la indicación sería de Eº 10.000.000 anuales, el Ejecutivo propone limitar la iniciativa en informe en los términos ya indicados, sin perjuicio de continuar los estudios con los interesados para que en un plazo, en lo posible no superior a los tres años, se pueda establecer la aplicación de la jornada en el interior de las minas de carbón acordada en convenios internacionales de la OIT y solucionar los demás problemas relacionados con la situación laboral y social de los trabajadores del carbón. El señor Onfray, por último, expresó que el proyecto sustitutivo había sido estudiado conjuntamente con los autores de la iniciativa, los Honorables Diputados señores Jerez y Melo, y los dirigentes sindicales del carbón, y aprobado por los sindicatos respectivos. El Honorable Diputado señor Melo corroboró los juicios del señor Director del Trabajo y pidió a la Comisión la aprobación de la indicación, con el objeto de que solucionara de inmediato el problema que afecta, con mayor gravedad que a cualquier otro grupo de mineros, a los trabajadores del carbón. Los Honorables Senadores señores Contreras Tapia y Jaramillo manifestaron que concordaban con el texto del proyecto aprobado por la Honorable Cámara de Diputado, y en consecuencia que rechazaban la indicación, debido a que beneficiaba a todos aquellos que se encontraban expuestos a contraer la silicosis u otras enfermedades profesionales por el trabajo en las mismas, constituyendo la aplicación de sus normas una prevención de la salud de los mineros. Asimismo, expresaron su apoyo al proyecto, porque las labores mineras, en todas las legislaciones del mundo, tienen una jornada ordinaria de trabajo de menos horas que las demás. Por último, dijeron que el proyecto había sido aprobado por unanimidad en la Honorable Cámara de Diputados, tanto en la Comisión como en la Sala, a pesar de que en dicha rama del Congreso Nacional existe mayoría del partido de Gobierno. Por ello, dijeron que les parecía inconveniente que el Senado, cámara en la cual el Gobierno no tiene mayoría, redujera beneficios que les han concedido los propios Diputados del Partido Demócrata Cristiano. El Honorable Senador señor Foncea expresó su apoyo a la indicación, porque las normas en ella contenidas eran las únicas que podrían tener inmediata aplicación y porque ellas contaban con el apoyo de los sindicatos del carbón. Puesta en votación la indicación, fue rechazada por dos votos contra uno. Con la misma votación se aprobaron los artículos 1º y 2º del proyecto. El artículo 3º de la iniciativa en informe dispone que los trabajadores mineros a que se refiere el proyecto podrán acogerse a jubilación una vez cumplidos 25 años de servicios, siempre que continua o alternadamente, quince años, a lo menos, los hayan servido en las mencionadas actividades, sin perjuicio de lo establecido en las leyes vigentes respecto a abonos de años para jubilar. El Superintendente de Seguridad Social expresó su desacuerdo con la disposición en estudio, debido a que el Servicio de Seguro Social no podía conceder el beneficio de jubilación por años de servicios, por su actual estructura orgánica y financiera, como también, porque las pensiones de jubilación por dicho concepto prácticamente no existen en ninguna parte del mundo y, además, debido a que permite jubilaciones prematuras, ya que su aplicación conjuntamente con las normas sobre abono de años de servicios podrían permitir gozar del beneficio con sólo 10 ó 15 años de trabajos efectivos. Los Honorables Senadores señores Contreras Tapia y Jaramillo expresaron que concordaban con el precepto, debido a que la actual legislación no puede aplicarse a los mineros, porque éstos, a los 55 años de edad, han cesado de trabajar o se encuentran en un estado fisio-biológico deplorable. El señor Director del Trabajo hizo presente que en el acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos del carbón no se establecía este beneficio y que la materia había quedado para un estudio posterior. Vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia y Jaramillo, y la oposición del Honorable Senador señor Foncea, aprobó el precepto. El Honorable Senador señor Foncea fundamentó su voto en que el precepto está desfinanciado y en que no existe la posibilidad de conceder dicho beneficio de inmediato. Los artículos 4º y 5° del proyecto establecen los consejos de seguridad industrial y minera, con el objeto principal de fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la higiene y seguridad industriales en las empresas mineras. Por último, los artículos 6º y 7º contienen normas relativas a las ¿sanciones por falta de cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene industriales. Vuestra Comisión tácitamente los aprobó. En mérito a las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social tiene el honor de proponeros que aprobéis el proyecto en informe en los mismos términos en que viene formulado. Sala de la Comisión, a 5 de septiembre de 1966. Acordado en sesión de 30 de agosto, con asistencia de los Honorables Senadores señores Contreras Tapia (Presidente), Foncea y Jaramillo. Iván Auger Labarca, Secretario. 10 INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS SOBRE TRANSFERENCIA GRATUITA DE UN TERRENO FISCAL UBICADO EN LA CIUDAD DE ARICA, AL CLUB DEPORTIVO YUNGAY DE ESA CIUDAD. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, iniciado en una moción, que autoriza al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, el dominio de un predio fiscal ubicado en Arica, al Club Deportivo Yungay de esa ciudad. A la sesión en que vuestra Comisión consideró esta iniciativa de ley asistió el Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi. Consta de antecedentes que obran en poder de vuestra Comisión, emanados de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales del Ministerio de Tierras y Colonización, que el predio en referencia, que tiene una superficie de 16.000 metros cuadrados y que está ubicado con vista al Estadio "Carlos Dittborn", fue dado en arrendamiento por un plazo de 5 años a don Juan Montenegro Claros, según resolución Nº 140, de 17 de diciembre de 1963. Dicho predio ha sido destinado por su arrendatario para el funcionamiento del Club Deportivo Yungay, institución que carece de personalidad jurídica y que se encuentra realizando los trámites necesarios a su consecución. La renta que, durante los dos primeros años de este arrendamiento fue de Eº 16 anuales, subió, en el curso del presente año, a Eº 5.122,56, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 97, de 4 de enero de 1966, incluido el recargo del 16% para los bienes raíces no agrícolas. Debido al monto de este aumento, el arrendatario adeuda al Fisco, por diferencia de renta del año 1965 y la renta del año 1966, la suma de Eº 9.522, más los intereses correspondientes. La proposición de ley en informe, junto con autorizar la transferencia gratuita del predio en cuestión, para cuyo efecto deberá el Club en referencia obtener su personalidad jurídica, condona a éste y al Club Deportivo Unión Morro de Iquique, que se encuentra en situación similar, las cantidades adeudadas al Fisco por rentas de arrendamiento, y los intereses y multas relacionados con aquéllas. Vuestra Comisión, atendiendo a estos antecedentes y a la necesidad de estimular la actividad deportiva del país, solucionando los problemas que afectan a estas entidades, prestó su aprobación a la iniciativa de ley en informe, agregándole un precepto que facilitará la restitución al Fisco del bien que se transfiere al Club Deportivo Yungay, en caso que se empleare en un objeto diferente del consultado en las respectivas normas estatutarias. Con el mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene el honor de recomendaros la aprobación de este proyecto de ley, con la siguiente enmienda: Agregar un artículo 4º, nuevo, del siguiente tenor: "Artículo 4º-Si el Club Deportivo Yungay de Arica destinare el predio individualizado en el artículo 1º a fines distintos de los consultados en su respectivo Estatuto, la enajenación a título gratuito se resolverá de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco con todas sus mejoras, sin cargo alguno para éste. En tal caso, y previa verificación por la Contraloría General de la República de no haberse dado cumplimiento al objeto de esta transferencia, el Ministerio de Tierras y Colonización dictará el correspondiente decreto de restitución, ordenando la cancelación de la inscripción de ese inmueble en el Conservador de Bienes Raíces respectivo y su nueva inscripción a nombre del Fisco. El Conservador de Bienes Raíces estará obligado a efectuar las inscripciones y cancelación a que se refiere esta ley." Con la modificación señalada, el proyecto aprobado por vuestra Comisión queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo 1°-Autorízase al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, al Club Deportivo Yungay de Arica, el terreno fiscal ubicado en la Comuna de Arica, Rol Nº 514-1, inscrito a nombre del Fisco a fojas 146 vuelta, Nº 178 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 1955, con una cabida de 16.000 m2. y cuyos deslindes son los siguientes: Norte, en 100 metros con terrenos fiscales; Sur, en 100 metros con terrenos fiscales; Este, en 160 metros con terrenos fiscales con vista al Estadio "Carlos Dittborn", y Oeste, en 160 metros con calle Bolívar. Artículo 2º-Condónanse a don Juan Montenegro Claros y al Club Deportivo Unión Morro de Iquique, las cantidades adeudadas al Fisco por rentas de arrendamiento, como asimismo, los reajustes de éstas, intereses y multas en que hubieren incurrido desde la fecha del respectivo Decreto que concedió los arriendos en referencia. Artículo 3º--Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente ley, el Club Deportivo Yungay de Arica deberá exhibir el Decreto Supremo que le otorga personalidad jurídica. Artículo 4º-Si el Club Deportivo Yungay de Arica destinare el predio individualizado en el artículo 1º a fines distintos de los consultados en su respectivo Estatuto, la enajenación a título gratuito se resolverá de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco con todas sus mejoras, sin cargo alguno para éste. En tal caso, y previa verificación por la Contraloría General de la República de no haberse dado cumplimiento al objeto de esta transferencia, el Ministerio de Tierras y Colonización dictará el correspondiente decreto de restitución, ordenando la cancelación de la inscripción de ese inmueble en el Conservador de Bienes Raíces respectivo y su nueva inscripción a nombre del Fisco. El Conservador de Bienes Raíces estará obligado a efectuar las inscripciones y cancelación a que se refiere esta ley." Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1966. Acordado en sesión de fecha de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Curti (Presidente), Aguirre Doolan, Contreras Tapia, Corbalán, don Salomón y Palma. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 11 INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, SOBRE CONDONACION DE LOS SALDOS INSOLUTOS DE PRECIOS E INTERESES DE LAS VENTAS EFECTUADAS POR EL FISCO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 9° DEL D.F.L. N 256, DE 1931. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, iniciado en un Mensaje del Ejecutivo, que condona los saldos insolutos y los correspondientes intereses de los precios de las compraventas de hijuelas, efectuadas por el Fisco de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9º del D.F.L, Nº 256, de 1931. El referido D.F.L., dictado en virtud de las atribuciones conferidas al Presidente de la República por la ley N9 4.945 autorizó al Jefe del Estado, con el objeto de formar el mayor número posible de propietarios, para fundar poblaciones, organizar colonias o conceder hijuelas a ciudadanos chilenos o extranjeros naturalizados en Chile. En cumplimiento de aquel texto legal, el Fisco parceló diversos predios agrícolas de las provincias de Cautín, Osorno y Valdivia, y vendió 91 hijuelas a los colonos que resultaron seleccionados. La ley N9 14.814, de 23 de diciembre de 1961, condonó los saldos insolutos de los precios de tales ventas y sus respectivos intereses, a los colonos que hubieren cumplido con los siguientes requisitos: Que el saldo de precio por capital adeudado a la fecha de dicha ley no exceda de E9 200.- , y Que el adquirente o su cónyuge no sean dueños o comuneros de uno o más predios rurales cuyo avalúo total, para los efectos de las contribuciones de bienes raíces, fuere superior al monto de diez sueldos vitales anuales de empleado particular del Departamento de Santiago. Asimismo, la citada ley N9 14.814 condona los saldos de precios a los adquirentes que acrediten haber pagado antes del 1º de julio de 1963, a lo menos el 50% del precio de la venta de la hijuela, aunque el respectivo saldo insoluto exceda de Eº 200. Lamentablemente, con dicha ley no se alcanzaron los propósitos previstos, por cuanto los colonos de más escasos recursos no pudieron pagar dentro del término fijado en ella la parte del precio que los habilitaba para obtener la condonación. De antecedentes proporcionados últimamente por el Ministro de Tierras y Colonización constan los siguientes hechos: El número de personas que esta iniciativa beneficiará alcanza aproximadamente a 210; El promedio de los saldos insolutos asciende a Eº 270, y el monto total de las obligaciones pendientes se estima en Eº 58.000.- ; La superficie media de las hijuelas es de 60 hectáreas, y Los suelos de tales hijuelas son agrícolas y, en su mayoría, están destinados a la producción de trigo, avena y otros cereales, combinada con explotación ganadera rotativa, aparte de hortaliza para consumo de los colonos. Vuestra Comisión estimó que existe apremiante necesidad de resolver la situación de los adquirentes de las hijuelas a que se refiere este proyecto, razón por la cual le prestó su aprobación. Al adoptar tal temperamento, consideró que la cuantía de las obligaciones que se condonan representa para el Fisco una cantidad insignificante comparada con los perjuicios que se causaría a estos colonos al privarlos de las tierras que están trabajando. Se consideró, además, que de esta manera, éstos quedarán con sus títulos de dominio saneados y en situación de optar libremente al crédito agrícola para mejorar la productividad de sus predios. Con el mérito de las razones anteriores, vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene el honor de recomendaros que aprobéis la iniciativa legal en informe, en los mismos términos en que viene formulada. Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1966. Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Curti (Presidente), Aguirre Doolan, Contreras, don Víctor, Corbalán, don Salomón y Palma, y en sesión de 22 de junio del presente año, con asistencia de los Honorables Senadores seño- res Curti (Presidente), señora Campusano, Corbalán, don Salomón y García. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario. 12 INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS SOBRE TRANSFERENCIA A SUS ACTUALES OCUPANTES DE LOS TERRENOS DE LA POBLACION "HISTORICA DE CHILE", DE LA COMUNA DE SAN MIGUEL. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, iniciado en una moción, por el cual se desafecta de su condición de bien nacional de uso público y se autoriza la transferencia gratuita a sus actuales ocupantes de los terrenos en que se encuentra construida la Población "Histórica de Chile", de la Comuna de San Miguel. A las sesiones en que vuestra Comisión estudió este proyecto de ley asistieron el Honorable Diputado señor Mario Palestro, el Alcalde de la I. Municipalidad de San Miguel, señor Ernesto Araneda, y el Jefe de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, señor Juan Astica. La iniciativa consta de 6 artículos. Los dos primeros consultan normas que harán posible que los terrenos pasen gratuitamente al dominio de sus actuales ocupantes, previo loteamiento acordado por la Municipalidad de San Miguel y a petición de esa misma Corporación. Los tres artículos siguientes consignan diversas disposiciones que tienden a formalizar la transferencia y a la realización de los trámites previos de determinación de cabidas y ejecución de obras de urbanización. Por último, el artículo 6º contiene un precepto similar al que se incluye en todas las iniciativas de esta naturaleza, por el cual se prohibe por el plazo de 10 años, contado desde la entrega de los correspondientes títulos, la enajenación de estos terrenos, siendo nulo cualquier acto o contrato celebrado en su contravención. Vuestra Comisión realizó un detenido y prolijo estudio de este proyecto de ley, en el curso del cual reunió los antecedentes e investigó los hechos que estimó necesarios para formarse un cabal criterio sobre el problema, es decir, se consideraron y pesaron todas las ventajas y desventajas que aquel ofrecía para resolverlo. Este es un caso más, -ocurrido hace algunos años-, de creación multiplicada de las denominadas "poblaciones marginales" y de la reiterada ocurrencia de ocupaciones ilegales de inmuebles de propiedad fiscal o privada, motivada por el proceso de concentración de la población en los grandes centros urbanos. Las familias cuyo problema habitacional soluciona esta iniciativa llegan a 108. El predio tiene una superficie de una manzana y el número de sitios a distribuirse asciende a 111, con una superficie media de 11 metros cuadrados. El costo de las obras de urbanización que deben realizarse alcanza aproximadamente a Eº 60.000, según estudios realizados por la Dirección de Obras de la Municipalidad de San Miguel. Tales obras comprenden las de alcantarillado, agua potable, extensión de alumbrado domiciliario, pavimentación de pasajes y arborización. Próximas al predio en referencia existen zonas de áreas verdes, como el Estadio Yarur, la Piscina Municipal y la Casa Ochagavía. Puesto en votación general este proyecto de ley, fue aprobado por tres votos por la afirmativa y dos por la negativa. Los votos favorables corresponden a los Honorables Senadores señores Aguirre Doolan, Contreras, don Víctor y Corbalán, don Salomón. Los votos en contra fueron emitidos por los Honorables señores Curti y Palma. Al fundar su voto contrario, estos últimos señores Senadores coincidieron en estimar que, sin desentenderse del problema que afectaba a las 108 familias ocupantes, el que comprendían y apreciaban en toda su gravedad, el camino seguido por el proyecto importaba, en su concepto, una transgresión, entre otras, a las normas del Plano Regulador, lo que significa un serio atentado a la vida comunal. En consecuencia, agregaron, les parecía que la única solución era la que propuso el personero del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo que fue oído por vuestra Comisión, cual era la erradicación de los ocupantes a una población CORVI, lo que podría realizarse una vez finalizados los estudios que se llevan a cabo, sin que ello perjudicara a las familias ocupantes por cuanto permanecerían en ese terreno hasta que la erradicación se efectuara. En la discusión particular, los 6 artículos de que consta el proyecto fueron aprobados en los mismas términos en que lo hizo la Cámara de origen y con la misma votación que se recogió en la aprobación en general. Con el mérito de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene el honor de recomendaros la aprobación del proyecto de ley materia de este informe en los mismos términos en que viene formulado. Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1966. Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Curti (Presidente), Aguirre Doolan, Contreras Tapia, Corbalán, don Salomón y Palma, y en sesiones de fechas 4 y 11 de mayo último, con asistencia de los Honorables Senadores señores Curti (Presidente), Aguirre Doolan, Contreras Tapia y Ferrando. (Fdo.) : Raúl Charlín Vicuña, Secretario.