. . . . . . . . " El se\u00F1or ALLENDE.- \n \n Gracias, se\u00F1or Ministro. \nAl comenzar mi intervenci\u00F3n, dije que siento especial deferencia por el Ministrodon Juan de Dios Carmona. Mantengo esa espont\u00E1nea declaraci\u00F3n, y debo manifestarle, con mucha calma, que Su Se\u00F1or\u00EDa ha sido inducido a error, y eso es grave. Leei-\u00E9 al se\u00F1or Ministro, \u00EDntegramente, el aviso de la Empresa, en el cual no aparece en parte alguna lo que Su Se\u00F1or\u00EDa ha dicho aqu\u00ED. \nHa expresado usted, se\u00F1or Ministro, que al llamar a los obreros a la recontrataci\u00F3n, se les garantizaban todas sus conquistas, sus sueldos, sus salarios. No es as\u00ED, se\u00F1or Ministro. Ponga atenci\u00F3n en lo que dice el aviso publicado en \"El Mercurio\", \"La Uni\u00F3n\" y \"La Estrella\", de Valpara\u00EDso: \n''A los obreros portuarios. \n\"Ante las reiteradas paralizaciones de las faenas portuarias provocadas por el personal de obreros de la Empresa Portuaria de Chile que trabaja en la Administraci\u00F3n del Puerto de Valpara\u00EDso, las que culminaron con una nueva huelga efectuada por dicho personal en el d\u00EDa de ayer, la Jefatura de la Empresa ha adoptado las siguientes decisiones: \n\"1.- Se declararon caducados todos los contratos de trabajo de los obreros de la Administraci\u00F3n del Puerto de Valpara\u00EDso que adhirieron a la huelga ilegal que tuvo lugar en el d\u00EDa de ayer. \n\"2.- Los obreros cuyos contratos han caducado y que soliciten ser contratados nuevamente de acuerdo a la reglamentaci\u00F3n y condiciones fijadas provisionalmente por la Empresa, podr\u00E1n concurrir a firmar sus contratos de trabajo en los lugares siguientes; Control Valdivia y Control Espig\u00F3n, desde las 10 horas a las 18 horas del d\u00EDa de hoy y desde las 8 horas \na las 18 horas el s\u00E1bado y domingo pr\u00F3ximos. \n\"3.- Las condiciones de remuneraciones previsionales\" -\u00BFc\u00F3mo puede decir esto?; \u00BFno se fijan, acaso, los sueldos y salarios en virtud de una ley?- \"consistir\u00E1n, fundamentalmente, en el pago de un jornal diario y durar\u00E1n mientras la Direcci\u00F3n de la Empresa y eL Consejo Nacional de los Trabajadores Portuarios acuerden las condiciones de remuneraci\u00F3n definitivas\" -antes eran provisionales; nada se dice de que se respeten los derechos, como el se\u00F1or Ministro ha sostenido aqu\u00ED-, \"las cuales se aplicar\u00E1n, con efecto retroactivo, a contar desde esta fecha. \n\"4.- De acuerdo a lo se\u00F1alado precedentemente, con posterioridad al d\u00EDa domingo pr\u00F3ximo la Direcci\u00F3n de la Empresa no proceder\u00E1 a recontratar a personas cuyos contratos se han declarado caducados.\" \nEs decir, se trata de una declaraci\u00F3n perentoria, terminante, definitiva. Como si fuera poco, se\u00F1or Ministro -le he le\u00EDdo el documento; y se lo he pasado-, en esta hoja hecha por la Empresa, en donde ten\u00EDan que firmar los obreros, dice lo mismo : \"Declaro conocer las disposiciones del presente Contrato Provisorio, cuyos t\u00E9rminos de remuneraciones y horario ser\u00E1n posteriormente estudiados por la Direcci\u00F3n de la Empresa con la concurrencia del Consejo Nacional de Obreros Portuarios.\" \nSigo manteniendo el concepto que he tenido siempre, y hasta ahora, de usted. Le pido que me aclare este punto, porque no lo entiendo. P\u00F3ngase en el caso de los obreros. Para ellos no hab\u00EDa ninguna garant\u00EDa. \u00A1Aqu\u00ED est\u00E1 el aviso! \u00BFQu\u00E9 hace un obrero que tiene un derecho otorgado por la ley, a quien se notifica que se le va a contratar provisionalmente? \nSe\u00F1or Ministro, quisiera que usted me dijera qu\u00E9 antecedente tiene o c\u00F3mo interpretar\u00EDa usted estos dos documentos, que tengo el mayor agrado en darle. \n \n " .