. . " REAJUSTE DE DEUDAS DEL FISCO CON SUS EMPLEADOS, CONTRATISTAS DE OBRAS PUBLICAS Y PROVEEDORES. \n\"Al se\u00F1or Ministro de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n y tambi\u00E9n al de Hacienda, a objeto de que las deudas del Fisco con sus empleados sean establecidas en sueldos vitales o cuotas Corvi, de tal manera que cuando ellas sean cubiertas, el poder adquisitivo sea el mismo que cuando fueron determinadas. \n\"Hay muchos casos en que deudas provenientes de horas de clases, reemplazos o servicios especiales, son canceladas con un retraso de dos o m\u00E1s a\u00F1os, con evidente perjuicio de los funcionarios que desempe\u00F1aron una labor. \n\"Igual predicamento debe adoptarse con los contratistas de Obras P\u00FAblicas o Proveedores del Estado, a quienes en muchos casos y por no pag\u00E1rseles a tiempo con el valor exacto de las mercader\u00EDas entregadas o trabajos efectuados, se les arrastra a situaciones econ\u00F3micas dif\u00EDciles, alcanzando a veces a la quiebra.\" \n \n " . . . . . . .