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- rdf:value = " El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Las declaraciones del señor Ministro han hecho claridad en este asunto.
Ha señalado Su Señoría, que son funciones del Comité Ejecutivo contratar al personal, a proposición del señor Vicepresidente de la institución -por lo tanto, el personal permanente de la Corporación del Cobre tendrá carácter de empleado- y establecer las condiciones sanitarias y sociales en las faenas mineras.
Pregunto, señores Senadores: ¿quién puede fiscalizar mejor las condiciones sanitarias en que se desarrollan las faenas mineras sino los propios trabajadores? Por eso, estimo del todo necesario que ellos participen directamente en esa función.
En Chuquicamata, no obstante que la empresa lleva allí más de 50 años, los trabajadores viven en habitaciones que ni siquiera pueden compararse a las de las poblaciones callampas del centro del país. Es lo que ocurre con el campamento "Latas", que ahora se ha pretendido tapar levantando delante algunas viviendas modernas. Tengo a la mano algunas fotografías bastantes ilustrativas de lo que estoy sosteniendo.
Los servicios higiénicos están constituidos por un canal por el cual se vierte agua cada diez minutos. Los resumideros acumulan montones de mugre, y sólo gracias a los fuertes vientos los trabajadores se ven libres de las moscas y otros insectos.
Posiblemente no haya otro organismo ni funciones más precisas que éstas, donde se requiera en forma más justificada la presencia de representantes de los trabajadores. Estos no deben limitar su injerencia a la presentación de pliegos de peticiones, como lo hacen permanentemente, para exponer sus necesidades a las empresas, sino que también deben tener voz y voto en estos organismos ejecutivos, a fin de que puedan actuar en forma más eficaz para el logro de sus reivindicaciones.
Habitualmente, cuando van visitas a las faenas, éstas son guiadas por un Jefe de Bienestar que les muestra las últimas innovaciones de las empresas, y de este modo se llevan una falsa información de las condiciones de trabajo. Nosotros, representantes de las regiones mineras, que conocemos los campamentos, nos negamos a aceptar las verdaderas condiciones de higiene en que viven los trabajadores, porque no las consideramos dignas de seres humanos.
Insisto, por tales razones, en que debe mantenerse la representación obrera en este organismo, por constituir la única manera de que los trabajadores puedan exigir y conseguir justicia. Como se ha visto -ejemplo de ello son la ley de Nuevo Trato al Cobre y el Referéndum Salitrero-, no basta aprobar disposiciones que los beneficien: es necesario aplicarlas.
"
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