" El se\u00F1or FONCEA.- \n \n Respecto del art\u00EDculo 6\u00BA, se dej\u00F3 constancia en la discusi\u00F3n general, en especial en la exposici\u00F3n que se hizo en la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social, que la direcci\u00F3n de la Empresa, desde que se inici\u00F3 el conflicto, ha estado pagando al personal en huelga parte de las remuneraciones que le correspond\u00EDan. Por lo tanto, no es tan cierto lo sostenido anteriormente en el sentido de que los trabajadores estaban sin ninguna remuneraci\u00F3n. En verdad, se le dieron anticipos desde el momento en que empez\u00F3 el conflicto. \nDeseo recordar a los miembros de la Comisi\u00F3n que en septiembre, cuando se empez\u00F3 a conocer del proyecto, se insinu\u00F3 al director no crear una situaci\u00F3n muy dif\u00EDcil al personal. \nEn mi opini\u00F3n, el veto debe ser aceptado, pues los pagos no se han hecho desde el 1\u00B0 de octubre, sino -como dije- desde la iniciaci\u00F3n del conflicto. \nPor eso, votar\u00E9 en favor del veto, a fin de permitir sanear la situaci\u00F3n planteada. \n " . . . . . . . . .