. . . . . . . " El se\u00F1or CONTRERAS (don V\u00EDctor).- \n \n Respecto de la observaci\u00F3n reca\u00EDda en el art\u00EDculo 6\u00B0, votaremos de acuerdo con el criterio de la C\u00E1mara de Diputados. Me extra\u00F1a que los Senadores democratacristianos no tengan la misma comprensi\u00F3n que sus correligionarios Diputados, quienes han reconocido la injusticia del veto. \nEn realidad, cuando no se desea reconocer el derecho que asiste a los trabajadores, cualquier argumento les parece valedero. \nDebo hacer presente que no s\u00F3lo se contrat\u00F3 personal en las comisar\u00EDas para reemplazar los 500 obreros portuarios que han debido abandonar su trabajo, sino que algunos lo fueron directamente. Tal es el caso de un dirigente textil de Quillota, de la firma Said, quien fue llevado expresamente a Valpara\u00EDso para ser incorporado al trabajo portuario. Tambi\u00E9n hay, por ejemplo, locutores de radio que, seguramente, atra\u00EDdos por la propaganda de que los obreros portuarios percib\u00EDan renta\u00BB millonarias, hoy se encuentran desempe\u00F1ando esas labores. \nLos Senadores comunistas votaremos en contra del veto por estimar justa esta disposici\u00F3n. \nEs efectivo, como expres\u00F3 el Honorable se\u00F1or Foncea, que esta gente no ha quedado abandonada, pero no debemos olvidar que el compromiso que dio origen a este precepto est\u00E1 consignado en el acta de avenimiento suscrita entre la Federaci\u00F3n Portuaria y la direcci\u00F3n de la Empresa. Con posterioridad, en la Comisi\u00F3n de Trabajo del Senado, se dieron seguridades de que dicha repartici\u00F3n pagar\u00EDa a esos obreros hasta el 1\u00BA de octubre, fecha en que aqu\u00E9llos iniciar\u00EDan su expediente de jubilaci\u00F3n, hecho lo cual la Caja de Empleados P\u00FAblicos les otorgar\u00EDa pr\u00E9stamos mientras se cumpliera el tr\u00E1mite correspondiente. \nEn consecuencia, esta materia forma parte del acuerdo consignado en el acta de avenimiento, como asimismo de los acuerdos verbales a que se lleg\u00F3 entre los trabajadores y la Empresa, y que fueron ratificados por la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social. \n " . .