rdf:value = " El señor GUMUCIO.-
En ese caso y en virtud de su antonomía, la Universidad de Chile no habría necesitado de esta autorización legal para contratar un empréstito.
El señor ALESSANDRI (don Fernando).-
Hay una ley que dice todo lo contrario, pues estatuye lo siguiente: "Cualquiera entidad, descentralizada o no, para contratar créditos externos, tiene que tener la aprobación previa del Ministerio de Haicenda." A este respecto -repito-, se acaba de crear un organismo, de acuerdo con la publicación del "Diario Oficial" de anteayer, destinado a coordinar todo lo relativo a estos créditos.
El señor GUMUCIO.-
Dejo en claro que el proyecto en debate no autoriza para otorgar divisas, sino sólo para contratar empréstitos y permitir la internación de determinadas mercaderías cuya importación está prohibida.
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