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- rdf:value = " El señor FONCEA.-
En mi concepto, el problema no corresponde al planteamiento hecho durante este debate ; vale decir, no se plantea entre las empresas constructoras grandes, de primera categoría, y las demás empresas.
El problema es diferente y se refiere a la situación de algunas empresas que ejecutan obras principalmente en provincias, y, muy en especial, en las del sur del país.
Antes del nuevo tarifado, las empresas de primera categoría de Santiago, a que se ha referido el Honorable señor Chad- wick, pagaban a sus obreros un salario mucho mayor que el mínimo vigente. Vale decir, si el salario mínimo vigente era de 2.300 pesos o de 2.400 pesos, los obreros de las empresas grandes que ejecutaban obras en Santiago, generalmente mejor organizados, habían obtenido, mediante los convenios, el pago de cuatro mil a cuatro mil quinientos pesos. Pero en provincias la situación era muy diferente: los trabajadores no tienen la organización de aquí y no habían logrado tales conquistas.
En consecuencia, las empresas constructoras que laboraban en provincia, fueran de primera o de segunda categoría, hacían sus propuestas, y ganaban los contratos sobre la base de los salarios que regían en la respectiva región. Por lo tanto, el Honorable señor Chadwick tiene toda la razón al sostener que no hacer una discriminación significaría beneficiar a ciertas empresas que ya estaban pagando un salario superior. Pero creo que la solución del problema es diferente. El mensaje del Ejecutivo debió haberse referido a un antecedente que es mucho más certero; las imposiciones del Servicio de Seguro Social, y haber reajustado estos contratos de acuerdo con el monto del salario declarado por el respectivo obrero.
Me explico: en la provincia de Cautín, a un obrero de la construcción necesariamente le estaban haciendo imposiciones por el salario mínimo, que era de 2.300 pesos. De acuerdo con el nuevo tarifado, la empresa quedó obligada a pagar a ese obrero cinco mil y tantos pesos; o sea, el salario aumentó en más de ciento por ciento. Esta cantidad se reajusta en el Servicio de Seguro Social en forma exacta. A mi juicio, ése es el índice más preciso.
Por lo expuesto -no he tenido tiempo de redactar la indicación respectiva-, me parece que podría encomendarse a la Mesa el cambio de la redacción, pues la actual se prestaría a muchos abusos, a fin de establecer el sistema de reajustes de acuerdo con las imposiciones que correspondían a los obreros en las diferentes zonas, con prescindencia de que las empresas fueran de primera o de segunda categoría, lo cual, en mi concepto, nada tiene que ver.
Formulo indicación en tal sentido, pues de otro modo el proyecto no haría justicia a los sectores afectados.
"
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