REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES OELSENAOO PUBLICACION OFICIAL. LEGISLATURA EXTRAORDINARIA. Sesión 42ª, en miércoles 1º de diciembre de 1965. Ordinaria. (De 16.15 a 20.38). PRESIDENCIA DEL SEÑOR TOMAS REYES VICUÑA, DEL VICEPRESIDENTE, SEÑOR JOSE GARCIA GONZALEZ Y DE LOS PRESIDENTES ACCIDENTALES SEÑORES MERMES AHUMADA PACHECO Y SALVADOR ALLENDE GOSSENS. SECRETARIO, EL PROSECRETARIO, SEÑOR FEDERICO WALKER LETELIER. INDICE Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESION III.- LECTURA DE LA CUENTA Proyecto sobre seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. (Se pide su inclusión en la convocatoria y su urgencia) Proyecto sobre beneficios a víctimas de la Janequeo y a trabajadores de concesiones de la Municipalidad de Providencia. (Preferencia) 2025 Investigación sobre hundimiento de dos barcos de guerra. (Oficio) 2026- IV.- ORDEN DEL DIA: Sesión secreta 2026 Proyecto sobre protección de menores. (Se aprueba) 2026 Proyecto sobre franquicias de internación para elementos destinados a la locomoción colectiva particular. (Queda pendiente) 2038 Proyecto en cuarto trámite sobre beneficios a las víctimas del naufragio de la Janequeo. (Se acuerda no insistir) 2040 Observaciones al proyecto sobre aporte para el centenario de la Municipalidad de San Clemente. (Queda pendiente) 2041 V.- INCIDENTES: Respuesta al Senador Altamirano con relación a Celulosas Cholguán S. A. (Observaciones de los señores Pablo, Curti y Allende) . .. 2043 Problemas médico-sanitarios de las provincias de O'Higgins y Colchagua. (Observaciones del señor Ahumada) 2049 Edificio para Escuela Superior de Hombres N 18 de Graneros. (Observaciones del señor Ahumada) ... 2050 Necesidades de la Comuna de Doñihue. (Observaciones del señor Ahumada) ... 2050 Necesidades de la Escuela N 7 de Malloa. (Observaciones del señor Ahumada) 2051 Edificio para la Escuela Vocacional Ni" 33 de Caupolicán. (Observaciones del señor Ahumada) 2051 Edificios para las escuelas N s. 6, 13 y 21 de las Cabras. (Observaciones del señor Ahumada) . 2051 Actitud del Gobierno ante conflicto laboral en la fábrica de cemento El Melón. (Observaciones del señor Allende) 2052 Respuesta a observaciones del señor Pablo sobre Celulosas Cholguán S. A. (Observaciones del señor Altamirano) 2055 Alza del precio del gas licuado. (Observaciones del señor Contreras (don Víctor) 2055 Anexos. DOCUMENTOS: 1.- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en las observaciones al proyecto sobre empréstitos para la Municipalidad de Coronel 2070 2.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en las observaciones al proyecto sobre empréstitos para la Municipalidad de Coronel 2071 3.- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto sobre empréstitos para la Municipalidad de Iquique 2072 4.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto sobre empréstitos para la Municipalidad de Iquique 207 5.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto sobre franquicias de internación para elementos destinados a la locomoción colectiva particular ( 207 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Ahumada, Hermes; Altamirano, Carlos; Allende, Salvador; Ampuero, Raúl; Barros, Jaime; Bossay, Luis; Ruines S., Francisco; Contreras, Carlos; Contreras, Víctor; Corbalán, Salomón; Curti, Enrique; Chadwick, Tomás; Enríquez, Humberto; Ferrando, Ricardo; Foncea, José; García, José; Gómez, Jonás; González M., Exequiel; Gumudo, Rafael A.; Jaramillo, Armando; Juliet, Raúl; Luengo, Luis F.; Maurás, Juan L.; Pablo, Tomás; Palma, Ignacio; Prado, Benjamín y; Reyes, Tomás; Concurrieron, además, los Ministros de Relaciones Exteriores, y de Justicia Actuó de Secretario el señor Federico Walker Letelier y de Prosecretario, el señor Luis Valencia Avaria. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16.15, en presencia de 12 señores Senadores. El señor REYES (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor REYES (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios. Uno de la H. Cámara de Diputados con el que comunica que ha tenido a bien aprobar, en segundo trámite constitucional, la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que modifica la ley que concedió amnistía a don Carlos Soto Morales. -Se manda comunicarlo a S. E. el Presidente de la República. Doce de los señores Ministros del Interior, de Educación Pública, de Obras Públicas, de Agricultura, de Tierras y Colonización, y del Trabajo y Previsión Social; Contralor General de la República y Gerente de Explotación de la Empresa Nacional de Electricidad S. A., con las cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Ahumada (1), Ampuero (2), Campusano (3), Contreras Tapia (4) y Jaramillo (5) : 1.- Creación de Liceo en San Vicente de Tagua-Tagua. 2.- Nombramiento de personal en Liceo de Hombres de Antofagasta. Pago horas extraordinarias a obreros Municipalidad Tocopilla. 3.- Instalación medidores eléctricos en Vallenar. Conducta funcionaría de profesor Escuela 28 de El Chilcal. Construcción poblaciones en Caldera. Revisión de fundos del Sr. Neftalí Guíñez. Petición formulada por Comité Pro- Defensa del Pueblo de El Tránsito, Vallenar. Expropiación de Hacienda en El Tránsito. 4.- Nombramiento de profesores en Liceo de Hombres de Antofagasta. Inclusión en legislatura extraordinaria del proyecto que concede beneficios previsionales a comerciantes minoristas. 5.- Electrificación de la localidad de Cáhuil. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Informes. Dos de la Comisión de Gobierno y dos de la Comisión de Hacienda, recaídos en los siguientes asuntos; 1.- Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, formulada al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Coronel para contratar empréstitos. (Véase en los Anexos, documentos 1 y 2). 2.- Proyecto de ley de la H. Cámara de diputados que autoriza a la Municipalidad de Iquique para contratar empréstitos. (Véase en los Anexos, documentos 3 y 4). Uno de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que concede franquicias aduaneras a la internación de chassis destinados a los servicios de locomoción colectiva particular. (Véase en los Anexos, documento 5). -Quedan para tabla. Moción. Una del H. Senador señor Contreras Tapia, con la que inicia un proyecto de ley que modifica la ley 16.231, que beneficia a don Marcos Canales Ulloa. -Pasa a la Comisión de Asuntos de Gracia. SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. INCLUSION EN LA CONVOCATORIA Y DECLARACION DE URGENCIA. OFICIO. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Solicito oficiar en mi nombre a Su Excelencia el Presidente de la República, o a quien corresponda, a fin de que incluya en la convocatoria el proyecto de ley referente a enmiendas al Título II del Código del Trabajo, sobre enfermedades profesionales, y declare su urgencia. Dicho proyecto se encuentra en la Cámara de Diputados, la cual ha despachado hasta el artículo 12 de esa iniciativa legal. Como es indudable la conveniencia de que el Congreso dé término cuanto antes a su estudio, pido enviar ese oficio. El señor PABLO.- Que se lo envíe también en mi nombre, señor Presidente. Se anuncia el envío del oficio mencionado, en nombre de los señores Víctor Contreras y Pablo. BENEFICIOS A VICTIMAS DE LA JANEQUEO Y A TRABAJADORES DE CONCESIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA. PREFERENCIAS. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Además, deseo manifestar que, con motivo del hundimiento de la corbeta Janequeo, existió gran interés de parte de todos los parlamentarios por dictar una ley por la cual se hace donación de un bien raíz a los deudos de las víctimas habidas en dicha tragedia. Pues bien, la Cámara de Diputados ha devuelto el proyecto a esta Corporación con una enmienda de poca importancia; pero como la materia figura en el octavo lugar de la tabla, será difícil despacharla en esta sesión. Por eso, me permito proponer que se destinen los últimos diez minutos del Orden del Día a tratar ese proyecto. El señor REYES (Presidente).- Si le parece al Senado, así se procedería; pero debo hacer presente que otros señores Senadores han expresado a la Mesa su deseo de que se acuerde igual tratamiento para el proyecto signado con el número diez, referente a empleados y obreros de la Municipalidad de Providencia. A juicio de la Mesa, si no se promoviera debate sobre cada uno de los proyectos que figuran en la tabla a continuación del signado con el número dos, alcanzaríamos a despacharlos todos rápidamente. Si a la Sala le parece, se acordaría destinar el último cuarto de hora para el despacho de los proyectos en tabla. Podríamos despacharlos todos si se procede en la forma que señalo. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Me parece que podríamos aceptar sin mayor debate las insistencias de la Cámara de Diputados sobré el proyecto a que me he referido. El señor REYES (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para tratar en los últimos diez minutos del Orden del Día el proyecto señalado por el Honorable señor Víctor Contreras, que corresponde al número 8 de la tabla. En nombre de otros señores Senadores, me permito sugerir que también se trate en esos diez minutos el proyecto signado con el número 10. Con buena voluntad, podríamos despachar la totalidad de la tabla. El señor CONTRERAS LABARCA.- El proyecto ubicado en duodécimo lugar, por referirse a una materia de mucha importancia, no podría ser despachado con la rapidez que desea el señor Presidente. Por la misma razón, tampoco podríamos dar igual tratamiento al proyecto incluido en el último lugar de la tabla, sobre enmiendas a diversos cuerpos de leyes. Ambos asuntos deberían quedar excluidos del acuerdo propuesto. El señor REYES (Presidente).- Si le parece a la Sala, podría adoptarse el acuerdo de tratar, durante el último cuarto de hora del Orden del Día, todos los proyectos de la tabla, hasta el signado con el número 10, inclusive. Acordado. INVESTIGACION SOBRE HUNDIMIENTO DE DOS BARCOS DE GUERRA. OFICIO. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Ruego a la Mesa que, por la vía pública o por la privada, como lo estime más conveniente, oficie al señor Ministro de Defensa Nacional pidiéndole dar a conocer a esta Corporación los resultados de las investigaciones llevadas a efecto con motivo de la pérdida de dos naves de guerra, ocurrida en el sur. Me parece que ese hecho no ha sido insignificante, aparte considerar que afecta la tradición marinera de Chile. Por eso, desearía que se nos informara sobre los resultados a que se llegó en las investigaciones ejecutadas para determinar las causas que produjeron la pérdida de estos dos barcos. -Se anuncia el envío del oficio mencionado, en nombre del señor Senador. V.- ORDEN DEL DIA. El señor REYES (Presidente).- Se va a constituir la Sala en sesión secreta. SESION SECRETA. -Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 16.23, para tratar sobre incidente fronterizo chileno-argentino. -Continúo la sesión pública a las 17,46. PROTECCION DE MENORES. El señor WALKER (Prosecretario).- Corresponde continuar ocupándose en el informe recaído en el proyecto de la Cámara de Diputados que legisla sobre protección de menores. -El Proyecto figura en el volumen de la legislatura 295 , septiembre a noviembre de 1964, Pagina 32, y los infame. , en los Anexos de la sesión 38 , en 23 de noviembre de 1965, documentos N s. 7 y 8, páginas 1619 y 1961. El señor REYES (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Contreras Tapia. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Señor Presidente, a nuestro juicio, nos encontramos abocados a un proyecto de vital importancia, pues se refiere a la niñez. Una de las facetas más deplorables que ofrece nuestra sociedad la constituye la vida de los niños y adolescentes en situación irregular. Niños y niñas deambulan por las grandes ciudades en busca de la limosna esquiva, expuestos a ser víctimas de la degradación y el vicio. Hasta el momento, a pesar de algunas iniciativas bien intencionadas, las medidas oficiales se han limitado a verificar esta realidad, a proponer algunos paliativos y a tratar de esconderla. La verdad es que las cosas siguen muy mal y que, lejos de mejorar, tienden a agravarse. Muchas veces, con exasperante irresponsabilidad, se han señalado como únicas causas de este fenómeno los hogares mal constituidos, la baja escolaridad de los niños, la embriaguez de los padres, etcétera. Y se han propuesto medidas tendientes a poner a los niños y adolescentes a salvo de estos factores y recluirlos en establecimientos de reeducación. En el fondo, esto se parece mucho a la política del avestruz. No se tiene el valor de confesar que esas causas, verdaderas pero no fundamentales, se generan, a su vez, en una sociedad injusta en que la explotación y la miseria son el pan de cada día y donde los hombres están expuestos a la degradación y servidumbre. Hay que buscar las causas de fondo en nuestra realidad, en nuestra crisis de estructura, en nuestro subdesarrollo. Hay que ubicarlas en la acción expoliadora del imperialismo y la complicidad antipatriótica de las oligarquías nacionales. De la elevación de los niveles de vida de los hogares de los trabajadores, de la ampliación y acceso al pleno estudio, de las posibilidades de trabajo, del incremento de las actividades sanas, del desarrollo de la cultura, del fomento del deporte, deben surgir la solución integral y el camino para poner término al problema que hoy debatimos. No podemos continuar cerrando los ojos y persistir en un engaño de carácter nacional. Que ahora se proponga crear un organismo específicamente concebido para proteger a los menores, cuya orientación básica persiste en propiciar iniciativas de forma mientras elude grotescamente las causas de fondo, mal puede significar progreso en la materia. La reeducación de la infancia y la juventud en países socialistas: Unión Soviética, la República Popular China, la República Democrática Alemana y Cuba, no se hizo mediante modificaciones de determinadas leyes. Cuando allí imperaba el capitalismo, había leyes como la que hoy discutimos: frondosas leyes de protección al joven y al niño; pero también había explotación y miseria en el pueblo, y el drama del niño seguía siendo el mismo. Antes de acometer esta otra tarea, fue menester modificar la base de la sociedad. Cuba, a la que el imperialismo yanqui había convertido en el peor burdel de América, dejó de estar en tal situación con el triunfo de la revolución. Se operó el proceso de reeducación de todo el pueblo; pero se comenzó por abolir la explotación del hombre por el hombre, por reemplazar la moral burguesa corrompida por una revolucionaria. Desde el día en que el pueblo asumió el poder en Cuba, se terminó con la legión de menores desvalidos. Ya no hubo más niños vagos, ni los habrá en lo futuro. La labor consistió en arrancar definitivamente de esa niñez y juventud la tenebrosa herencia dejada por el pasado. Llevar adelante planes de reeducación implica apreciables gastos para un Gobierno, porque no se trata sólo de terminar con el pasado, sino de cuidar el porvenir de la infancia. Nosotros creemos que nada se aporta -por lo contrario, se provoca un daño- cuando los recursos nacionales, como en el caso del cobre, no son rescatados para ponerlos al servicio de tareas tan nobles como la dignificación real de nuestra infancia, tarea a la que los comunistas dedicamos permanentemente atención. A pesar de las consideraciones anteriores, debemos decir que el proyecto pretende atender una necesidad social importante, y en este sentido lo valoramos. Creemos, sin embargo, que adolece de una falla fundamental, relativa al espíritu con que se enfocan los problemas cuya solución constituye la finalidad del proyecto. Se pretende crear un aparato dependiente del Ministerio de Justicia, y entregar gran parte de sus funciones al Cuerpo de Carabineros, por medio de una policía de menores y Comisaría para la atención de los menores en situación irregular. A nuestro juicio, esto significa, en la práctica, poner un sello despectivo sobre labor tan importante y delicada como el cuidado y rehabilitación síquica y física del niño y del adolescente en situación irregular. Tal labor requiere, como es obvio, atención y dedicación mayores que las ordinarias en estas funciones formativas; una pedagogía especial y la creación de un ambiente que tienda a reemplazar el hogar perdido. Esta función, de suyo compleja, nada tiene que ver con las actividades represivas del Estado, a cargo, en parte, de las fuerzas de Carabineros. Es grave error marcar desde el comienzo la rehabilitación y dignificación de los menores en situación irregular con el estigma de lo punitivo. ¿Por qué una policía de menores? ¿Por qué Comisaría de menores? ¿Por qué asignar a un cuerpo esencialmente represivo una función tan delicada y tan distante de sus tareas propias? Al margen de las cualidades personales que puedan tener sus componentes, los cuerpos represivos constituyen uno de los factores más importantes con que cuenta la burguesía para mantener el "orden" y la explotación capitalistas. Esta realidad es percibida por todos los que han tomado conciencia de la estructura de la actual sociedad. En forma instintiva, más intuitivo que racional, el niño -y especialmente el niño abandonado por la sociedad- comprende este hecho y ve en el carabinero la personificación de la sociedad que lo repudia. Sabe que el carabinero castiga y que la Comisaría es el lugar donde se lo recluye. No ve en las Comisarías colegios, ni mucho menos, hogares. Por otra parte, los carabineros son expertos en el cuidado y en la rehabilitación de niños y adolescentes. Sería, por lo demás, absurdo pretender que lo fueran. Pueden tener, claro está, una función auxiliar, pero la responsabilidad, la dirección de una tarea de tal envergadura no puede estar a su cargo. Ha sido la falta de organismos adecuados lo que ha traído como consecuencia que Carabineros haya debido enfrentar tareas propias de visitadoras sociales y hasta de matronas. Puedo decir que tengo antecedentes obtenidos de fuentes universitarias que me permiten afirmar que la experiencia de las Comisarías de menores no ha sido óptima, ni mucho menos en lo que se refiere a la rehabilitación de niños y adolescentes. Otro tanto ocurre con las menores prostitutas, cuya rehabilitación ha sido encargada a personas que carecen de la experiencia técnica y la idoneidad certifica para acometerla. Es necesario corregir esta situación. Debe crearse una institución esencialmente técnica, dependiente del Servicio Nacional de Salud, con personal civil, que mantenga estricta vinculación con los centros especializados en estas materias existentes en el país. La Universidad de Chile, con sus Institutos de Investigación de Psicología del Niño y del Adolescente y sus escuelas competentes, debe jugar un papel de primer orden en la asesoría y orientación de esta institución técnica cuya creación auspiciamos. El proyecto propuesto por la Comisión deja a cargo del reglamento la determinación de las características del Cuerpo especializado en el cuidado, tratamiento y protección del menor, así como la indicación de los requisitos que deberá llenar su personal. Lo que hay que decidir, en definitiva, es si se trata de no dar la cara al problema; de sustraer físicamente de la publicidad sus características o manifestaciones más impresionantes; de tender sobre ellas un manto hipócrita, o de enfrentarlo en toda su complejidad con el propósito de ahondar en sus causas con la intención verdadera de encontrarle solución. En este ánimo, es insoslayable considerar el carácter técnico del organismo que se crea y la especialización de su personal. Termino expresando que los comunistas presentaremos indicaciones de acuerdo con las ideas que he expresado, y que se refieren, en lo fundamental, a crear un servicio especializado dependiente del Servicio Nacional de Salud, con asesoría de la Universidad de Chile en lo referente a la calificación de su personal, y que se denominaría Brigada Tutelar de Menores, y a dar representación en el Consejo Nacional de Menores a los organismos técnicos, a fin de asegurar una política de cuidado, protección y rehabilitación de los menores en situación irregular verdaderamente acorde con las exigencias técnicas y científicas que esta tarea impone. Nada Más. El señor CHADWICK.- Señor Presidente, los Senadores socialistas hemos participado en los estudios hechos en la Comisión de Legislación acerca del proyecto, enviado por el Ejecutivo, que legisla sobre la protección de menores. A decir verdad, el proyecto se inició en una moción del Diputado señor Raúl Morales Adriasola, la que tuvo una gestión bastante accidentada. Por último, en la Comisión se tomó como base una indicación del Ejecutivo, que sustituyó completamente el proyecto despachado por la Cámara de Diputados. Nosotros hemos discrepado de la idea central contenida en esta iniciativa de ley. Por ella se pretende crear una persona jurídica de derecho público, la cual se denominará Consejo Nacional de Menores, encargada de planificar, supervigilar, coordinar y estimular el funcionamiento y la organización de las entidades y servicios públicos o privados que prestan asistencia y protección a los menores en situación irregular. Esa idea, expresada en los términos que acabo de exponer, figura en el inciso primero del artículo del proyecto, y nos parece esencialmente equivocada. No concebimos que una persona jurídica diferente de la administración central del Estado tenga como funciones las que acabo de mencionar; que los servicios públicos le queden subordinados, y que se erija por encima de todo el sistema tradicional entre nosotros para disciplinar la actividad del Estado. Nos repugna la idea central del proyecto, encaminada a que el Servicio Nacional de Salud, en cuanto da asistencia y protección a los menores en situación irregular, quede subordinado a esta persona jurídica, que será independiente de la administración central del Estado; que se libraría, por lo tanto, de todo el sistema constitucional que resguarda la correcta administración del poder público, y que no tendría otra regulación que la que pudiera preverse en esta ley o la que resulte de los acuerdos de su consejo directivo. Nosotros pensamos que este sistema de ir parcelando el Estado, separando sus distintas funciones para atribuirlas a entes autónomos, conduce a una perturbación que hace pensar en la que se observa cuando el individuo padece esquizofrenia. El señor PALMA.- ¿Me permite, señor Senador? Estimo de mucha importancia el criterio general a que se ha referido el señor Senador. Por haber participado en el estudio del proyecto, por mi calidad de miembro de la Comisión de Hacienda, tuve oportunidad de conocer algunos antecedentes de mucho interés. Ellos no se refieren a la filosofía del proyecto, pero contradicen en parte la tesis expuesta por Su Señoría. Quiero recordar los datos pertinentes. No hay duda de que la administración central del Estado, como dice Su Señoría, debe tener control efectivo sobre las personas en situación irregular. El señor CHADWICK.- La idea es más precisa. Lo que nos repugna y consideramos criticable es que se ejerza... El señor PALMA.- Por una entidad autónoma. . . El señor CHADWICK.- ...la supervigilancia, la coordinación, el estímulo y, si se examinan los artículos respectivos, también la fiscalización de algunos servicios públicos por un ente autónomo que no forma parte de la administración central del Estado. Eso es lo que nos repugna. El señor PALMA.- Por un ente autónomo que tendrá todas las características de otros entes autónomos que hoy existen en Chile, en diversos órdenes de cosas -y a ese aspecto van encaminadas mis observaciones-, creados precisamente para coordinar una labor que el Estado realiza, y de la manera más dispersa que es posible concebir. Según antecedentes que nos fueron suministrados en la Comisión de Hacienda, nuestra situación es la que paso a señalar. Las estadísticas internacionales estiman que en una población de menores de 21 años, normalmente 13% está en situación irregular. Se estima que en Chile hay 3 millones de menores. El señor CHADWICK.- El índice que menciona Su Señoría debe ser mayor en Chile, a causa de la pobreza y miseria de nuestro pueblo. El señor PALMA.- Precisamente iba a tocar ese punto. Esta situación nos conduce a pensar que, existirían unos 400 mil chilenos en esas condiciones. El señor CHADWICK.- Es la cifra que generalmente se da. El señor PALMA.- Sin embargo, las apreciaciones de quienes han estudiado esta materia, indican que no son menos de 500 mil, por las razones aducidas por el señor Senador, y de éstos, sólo reciben atención, por diversas vías, 50 mil personas. De esas 50 mil personas, 10 mil son atendidas por el Servicio Nacional de Salud : 1.400 en diversos establecimientos especializados, y 8.600 en los llamados centros de reeducación infantil. El Ministerio de Educación Pública, por su parte, tiene colocados, en las escuelas hogares, alrededor de 10 mil muchachos que reciben esa atención; el Ministerio de Justicia -un tercer organismo- atiende a más o menos 1.200 niños, 600 de ellos en calidad de delincuentes y otros 600 sin prontuario, y el sector privado, dentro del cual hay orgamismos para-estatales tan importantes como la Casa Nacional del Niño y el Consejo de Defensa del Niño. . . El señor CHADWICK.- El Consejo de Defensa del Niño tiene el mismo defecto que estoy anotando. El señor PALMA.- ...atiende alrededor de 30.000 personas por medio de 400 instituciones dispersas en todo el país. Quiero destacar de manera muy especial esta situación, pues se trata de problemas que se plantean en todo el territorio, particularmente en las regiones más pobres de Chile, vale decir, donde es más difícil darles atención. De esos 30 mil menores atendidos por el sector privado, 9.000 lo son por el Consejo de Defensa del Niño, y el resto, por las otras 399 instituciones privadas que existen en Chile. Es perfectamente razonable la idea central del proyecto: tratar de coordinar, en primer término, las diversas entidades estatales y, después, las dispersas instituciones particulares, en un organismo coordinador que imparta normas, las administre eficientemente, dicte una política en este orden de cosas y, por consiguiente, lleve adelante en forma efectiva un programa de saneamiento que se rija por un sistema nacional. De ese modo, tal vez, este esfuerzo será multiplicado muchísimas veces, ya que al ser centralizados en un organismo con autoridad, con poder económico, con psicólogos, expertos, etcétera, podrá afrontar el problema con la técnica fue hoy día se exige en la materia, y que la dispersión actual impide realizar en forma adecuada. Por las razones expuestas, considero que las observaciones formuladas por el Honorable señor Chadwick, en lugar de conducir a negar la necesidad de este organismo, nos debieran llevar -con el análisis de los hechos- a establecer la urgencia de tal organismo. El señor CHADWICK.- Las observaciones que estaba desarrollando no quedan desvirtuadas, ni muchos menos contradichas, por lo que acaba de expresar el Honorable señor Palma. No es que los Senadores socialistas creamos innecesario coordinar las diversas funciones que el Estado realiza en la protección de los menores en situación irregular. La coordinación nos parece indispensable. Aún más; pensamos que debería haber una autoridad superior que discipline, repito, toda la actividad del Estado en esta materia y realice una sola política perfectamente definida, para evitar que los escasos recursos dedicados a esta noble tarea se desperdicien en iniciativas que se contradicen o no se integran suficientemente. Nuestra crítica va dirigida a otro aspecto fundamental: a la naturaleza de organismo funcionalmente descentralizado que se pretende dar al denominado Consejo Nacional de Menores. No estimamos conceptualmente aceptable que los servicios de la administración central del Estado queden bajo la dirección de un organismo extraño, que se rige con autonomía y es- Capa a la fiscalización establecida 'en nuestra Carta Fundamental para toda la administración del Estado. Pensamos que en esta materia, no sólo se incurre en error, sino que se persigue una política que nosotros rechazamos, pues, por medio de la autonomía de esta persona jurídica que pasará a llamarse Consejo Nacional de Menores, lo que se busca es dar un mismo tratamiento a los servicios públicos y dejar, en definitiva, la suerte de unos y otros sujeta a lo que se decida, sin control del Parlamento, en el manejo de los fondos que serían confiados a este Consejo. Nos parece que aquí no hay tan sólo un problema de técnica administrativa. Esta no es una materia en la cual pudiera tener cabida un debate de carácter escolástico. Aquí se diseña una política que nos retrotrae a una etapa que la sociedad chilena había superado. Recordamos perfectamente la época en que el niño en situación irregular podía ser motivo de la caridad privada o de la filantropía. Me refiero a la época en que las religiosas se juntaban en sus conventos para abrir sus puertas, generosas, a unos cuantos huérfanos que, de otra manera, podían morir de inanición, porque quedaron abandonados en el pórtico de algún templo o en alguna oscura esquina de un pueblo cualquiera. Eran los mismos tiempos en que se reunían los laicos y, por medio de instituciones de diferentes denominaciones, cumplían, con sentido tal vEº diferente, pero, en el fondo, con la misma filosofía esencial, este deber de prestar asistencia al niño en situación irregular. , Desde los años 1927 ó 1928, el Estado dio un paso adelante al reconocer como función suya, de su plena y cabal responsabilidad, afrontar este problema social de enorme trascendencia. Es así como creó la Dirección de Menores y estableció una legislación que, con las imperfecciones propias del primer ensayo, significó, en todo caso, una resuelta determinación de entregar al Estado esta función, cuya atención plena no puede postergar ni disimular. Ahora, este Gobierno, volviendo en la materia a lo que existió en el pasado, colocó en el mismo plano a las instituciones públicas y privadas; y así lo dice, no sólo mediante la idea central de constituir una persona jurídica que se encargará de realizar la política del Estado respecto de los menores en situación irregular, sino también al determinar sus atribuciones, en el artículo 2 ", y al señalar la composición de su consejo directivo, en el 3 . Si se examinan en líneas generales estas dos disposiciones, se verá, por ejemplo, que la letra b) del artículo 2? dispone que corresponderá al Consejo Nacional de Menores "coordinar la protección que presten a los menores en situación irregular, las instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, municipales y privadas"; todas ellas en el mismo plano de igualdad y sometidas a la superior coordinación de esta persona jurídica independiente, que escapará del control del Par lamento, que en el manejo de sus fondos no estará sometida a las limitaciones de los servicios públicos y dispondrá de ellos como lo acuerde su consejo, cuya composición examinaré más adelante. Dentro de las atribuciones, en la letra a), sin decirlo expresamente, pero debiendo entenderse que ésa es la voluntad del legislador, se establece que la planificación de la protección de los menores en situación irregular será entregada también al Consejo Nacional de Menores, sin distinción alguna, sin hacer de ningún modo una tabla de prioridades de la fijación de responsabilidades, que es indispensable precisar. Todo lo relacionado con la protección de los menores, en cuanto debe ser sometido a un plan o conjunto de medidas armónicas, será competencia del Consejo Nacional que se propone crear. Deberemos concluir que, no sólo se trata de coordinar --16 que nadie podría discutir- la acción que el Estado realiza en protección de los menores, sino de jerarquizar, por medio de un organismo autónomo, de una persona jurídica que escapará por completo a lo que es nuestro control constitucional y a lo que las leyes establecen como inhabilidad o factores de seguridad en el manejo de los fondos públicos. Si se estudia la composición del Consejo, se verá que junto al vicepresidente ejecutivo, que será designado por el Presidente de la República, actuarán los representantes de los Ministros del Interior, Educación Pública, Justicia y Salud, elegidos por los respectivos secretarios de Estado entre los funcionarios de los servicios de su dependencia que tengan relación con menores, sin ninguna jerarquización de esos funcionarios. Los Ministros respectivos tendrán amplia libertad para designar sus representantes personales -serán agentes suyos, en el fondo-, quienes deberán actuar en este consejo en nombre del sector público. Además, habrá un representante del Cuerpo de Carabineros y tres miembros de las instituciones privadas. ¿Qué ocurrirá con este organismo que se propone crear? Naturalmente, la persona de la absoluta y total confianza del Presidente de la República será el vicepresidente ejecutivo. El señor PALMA.- Su Señoría acaba de leer la composición del Consejo, establecida en el artículo 3 . En verdad, se puede hacer toda clase de suposiciones sobre la calidad y condiciones que tendrán cada uno de los representantes. Pero legalmente, ¿qué son ellos? el vicepresidente ejecutivo del consejo, funcionario público; un representante del Ministerio de Educación elegido entre los servicios, funcionario público... El señor CHADWICK.- Eso lo tengo dicho. El señor PALMA.- En resumen, de ocho personas, seis serán funcionarios públicos y sólo dos, representantes de las instituciones privadas. Y éstas ¡ caramba que algo tienen que hacer en este asunto, pues durante largo tiempo han significado la tradición en la materia! Sólo dos, entre ocho. El señor CHADWICK.- Si el señor Senador no me hubiera interrumpido, se habría formado concepto más completo de mí pensamiento. Este Consejo, como acabo de decir, en último término estará sometido a la dirección de aquella persona que en forma más directa tenga la confianza del Presidente de la República en esta materia,. . . El señor PALMA.- Lógico. El señor CHADWICK.- ...su vicepresidente ejecutivo. El señor PALMA.- Así sucede en la Tesorería General de la República... El señor CHADWICK.- Por lo demás, actuando todos por decisión libre del Ejecutivo, los Ministerios, que no se someterán a escalafón alguno ni tendrán necesidad de ajustarse a determinado requisito, y los miembros de las instituciones privadas que estarán ahí... El señor PALMA.- Dos. El señor CHADWICK.- Tres. El señor PALMA.- Dos, señor Senador, porque uno de ellos lo es del Consejo de Defensa del Niño. El señor CHADWICK.- Que es una institución privada. El señor PALMA.- No es privada. El señor CHADWICK.- No me contradiga, señor Senador, porque entiendo que el Consejo de Defensa del Niño es una institución privada. El señor PALMA.- Autónoma. El señor CHADWICK.- El señor Ministro de Justicia, aquí presente, podrá darme la razón o no. Digo que es una institución privada, una persona jurídica de «orden privado. Por lo tanto, ruego al señor Senador no desmentirme, porque estoy en lo cierto. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Todas son designaciones de libre elección por el Presidente de la República. El señor CHADWICK.- Exacto. La autoridad de este consejo estará, en consecuencia, radicada en el vicepresidente ejecutivo. Esto, sin sujeción -repito- a ninguna de las normas que van asegurando en la administración central del Estado la impersonalización de la función. Aquí regresamos a una época anterior en que la caridad y filantropía se ejercían sin más límite que los impuestos por los recursos y la buena o mala voluntad de quien las practicaba, sus virtudes o sectarismos. Vamos caminando entonces a un sistema donde no sólo se contradice la normal organización del Estado, puesto que -repito- se subordina a los servicios a la superior decisión de esta persona jurídica autónoma, sino que cae también en lo que nos parece ser característica general de toda la política de este Gobierno: centralizarlo todo en la decisión última del Presidente de la República. Nosotros estamos en contra de esta manera de legislar, nos parece dañina y regresiva, y nos merece un juicio todavía más duro; creemos que por este medio se introducen el partidismo político, la intolerancia religiosa y la discriminación de todo orden en perjuicio de la unidad y la racionalidad del Estado. Pensamos que cualquiera que sea la decisión del Senado respecto de los artículos que en particular van a dar forma a esta idea y cuerpo al proyecto, en definitiva prevalecerá esta tendencia. Mediante las insistencias de la Cámara de Diputados y el veto, como lo hemos comprobado ayer, por ejemplo, durante la discusión del proyecto que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, se nos colocará, en último término, en la disyuntiva de aprobar las ideas del Ejecutivo o dejar una ley prácticamente mutilada e inútil para los efectos perseguidos. Por eso, los Senadores socialistas, procurando mejorar las cosas en lo posible, en la Comisión aportamos nuestras ideas con gran esceptiscismo. Se destinarán unos pocos fondos para atender un inmenso problema. El Honorable señor Palma nos ha dicho, leyendo con cierta fruición las desalentadoras estadísticas que nos ha dado a conocer, que son entre 400 mil y 500 mil los menores en situación irregular, y que el Estado y las instituciones privadas, en conjunto, no logran atender más de 50 mil. El señor Senador deduce de estos datos que se justifica establecer una persona jurídica independiente que coordine en pie de igualdad a los servicios públicos y a las iniciativas particulares, y que los pocos y miserables recursos de que el Estado chileno dispone para atender estas necesidades tan graves y premiosas, se manejen al margen del control de la administración central del Estado. Nosotros los socialistas, tomando en cuenta la misma cifra, llegamos a una conclusión absolutamente diferente y antagónica: si son pocos los recursos y grandes las necesidades, el Estado debe asumir la responsabilidad de obtener de aquéllos el mayor rendimiento, con claro concepto de las prioridades y una diligente utilización de los recursos. ¿Cómo no comprobar que mediante esta iniciativa se busca volver al predominio de las instituciones privadas, cuando ni siquiera se ha encontrado el cauce lógico para relacionar a esta persona jurídica con la administración central? Ese cauce es asignado al Ministerio de Justicia, lo que en sí mismo constituye, diría, síntoma inequívoco del verdadero espíritu que inspira el proyecto. El Ministerio de Justicia es especialmente inadecuado para ocuparse en esta materia. Llamado a servir de relacionador entre el Poder Judicial y la Administración del Estado, tiene una formación jurídica cuyo carácter arcaico no se puede disimular. Predominantemente, está preocupado de problemas que la ciencia contemporánea, en el tratamiento de los menores, ha superado hace muchos años; busca en el menor al delincuente potencial o realizado; confía en los Carabineros para atender a esos menores; llama a los establecimientos encargados de cuidarlos, "comisarías de menores", "casas correccionales" o institutos con distintas denominaciones que siempre están expresando un enfoque activo e inadaptado la realidad actual. El problema de los menores es, en el fondo, tremenda manifestación de una sociedad que deja a la mayor parte de los niños como pobres residuos de lo que no puede aprovechar. Centenares de miles de niños están en la condición de recibir auxilio del Estado con un criterio diferente de aquel que ha estado enseñando la experiencia del médico o del educador; pero, en ningún caso, la del juez o del jurista. Creer que el problema biológico del niño puede abordarse bajo la dirección de un organismo que, en último término, estará relacionado por intermedio del Ministerio de Justicia, me parece que es adelantar una proposición demasiado en pugna con lo que es indiscutible: que ésta es una materia esencialmente médica. Creer que los problemas psicológicos de la formación del carácter y de la personalidad de estos niños, que tienen que afrontar las condiciones injustas de su medio y soportar los efectos de la desocupación, de los salarios bajos, del alcoholismo crónico, del analfabetismo de sus padres, de la falta de habitación, de tantas taras sociales que se reflejan en el alma infantil; creer -repito- que ésta es materia de juristas, de hombres que han envejecido en los trajines judiciales, es exceder lo que el legislador responsable pudiera aceptar como hipótesis razonable. Aquí hay un problema de educadores, así como lo hay también de médicos. Podría vacilarse entre entregar al Ministerio de Educación, que tiene a su cargo, como su denominación lo indica, la formación intelectual y moral de los niños normales, esta tarea complementaria de la suya. Podría ser una solución. O bien, entregar al Ministerio de Salud, por intermedio de su Servicio Nacional, la coordinación, planificación y disciplina de esta actividad del Estado. Pero buscar en el niño en situación irregular sólo al delincuente o al que va camino de serlo; ver como función preponderante del Estado la del juez de menores o la del funcionario judicial, es algo que revela demasiado de cerca que un alma carvernaria, que arranca en la noche de la Edad Media, saca sus orejas y se muestra en este proyecto. Nosotros estamos, resueltamente, en centra de esta idea básica que contradice una sana organización de la administración central del Estado, una razonable dependencia de los organismos, el respeto a los principios científicos que deben regular su situación, y a la impersonalización de la función pública. El señor PALMA.- Eso se llama deshumanización. El señor CHADWICK.- Queremos un hombre que no se mueva por medio de timbres, prejuicios, temores o presiones; queremos un hombre que se encuentre a sí mismo en el trágico conocimiento de sus problemas. Pero nos parece que todo esto son palabras. El señor FERRANDO.- Así es. El señor CHADWICK.- Llegará el momento en que habrá que votar. La mayoría tolerará que estas observaciones se formulen. Se aprobará la idea de legislar y el proyecto volverá a Comisión. Se harán las enmiendas que la mayoría permita aprobar y el proyecto irá a la Cámara de origen. Volverá aprobado y, finalmente, un veto aditivo o sustitutivo nos dejará de nuevo en el punto inicial: habrá un vicepresidente ejecutivo que manejará los fondos y que sólo rendirá cuenta ante el Presidente de la República. De ese modo, tendremos al partido de Gobierno haciendo la revolución en libertad a la manera que corresponde a su tendencia ideológica, que no es sino de retroceso y abandono de todas las conquistas que habíamos logrado. El señor BARROS.- Señor Presidente, tercio en este debate después de haber escuchado las expresiones de los Senadores de Oposición. Considero que el articulado de este proyecto, al cual prestaré mi aprobación en general, contiene aberraciones inmensas. Surge de antemano, antes de entrar a su conocimiento, una premisa muy simple; ¿quién es el culpable en Chile, y en Latinoamérica en general, de la situación irregular del niño? Naturalmente, no lo es el niño. Es éste un problema socioeconómico, como señaló esta tarde, con frases maestras a mi manera de entender, mi distinguido colega Tomás Chadwick. Mientras no se resuelva ese problema, seguirán existiendo más y más niños en situación irregular. Y el problema socioeconómico nacional no se resuelve, naturalmente, ni con reajustes enanos ni con estadísticas falseadas. Porque si hay algo difícil de engañar es al estómago, a la anatomía y fisiología humanas, que reclaman, por sobre todas las cosas, calorías para el organismo. Esto ha sido expresado, en forma magistral, por el sociólogo, médico, escritor e incluso fue candidato al premio Nobel, Josué de Castro, en su obra "La Geografía del Hambre". Seguiremos dándonos vueltas en el círculo vicioso del enfermo, sin tomar en cuenta la enfermedad, que es la que está aquejando a la sociedad. Para nadie es misterio que un menor abandonado, un menor irregular, no genera su anomalía. Es la sociedad la que vive en forma irregular, la que genéricamente no se ajusta a la regla. El niño no es irregular en su medio, porque es su "norma", su "vida" vagar, igual que su padre cuando no encuentra trabajo; porque es su regla pasar hambre, igual que sus padres, que apenas tienen para poder comer; porque es su norma vestirse de andrajos, igual que sus padres cesantes o semicesantes; porque es su regla beber, robar o prostituirse, pues a veces están tan abandonados o viciosos como lo están sus padres. Por eso, rechazo terminantemente el término irregular, a menos de que se hable de "hijos de una sociedad o de un medio que es irregular". La regla normal en una mediocracia es, por lo menos, tener buen salario, buen vestuario, buena alimentación, habitación y derecho a la cultura. Si esto no existe en determinado medio, es natural que sea la sociedad la irregular, y no el niño. Para nosotros los pediatras, esto es perfectamente claro y constituye una verdad casi de Perogrullo. Por eso, en el proyecto se han considerado, circunstancialmente, diversos personajes y organismos: al médico, al sociólogo, al carabinero, al profesor, a la visitadora, al Presidente de la República, a los contadores y a una enorme burocracia que pueda embarcarse en esta Arca de Noé; los administradores, los jueces, los consejeros, los auxiliares, las casas, los departamentos, los policías; y por ahí, metidos en medio de toda esta gama, los organismos que, como expresaba el Honorable señor Chadwick, deberían ser los verdaderos rectores en esta iniciativa: el Ministerio de Salud, por intermedio de su Servicio Nacional, y el magisterio; o sea, quienes se preocupan de la salud mental del niño. Seguiremos curando las consecuencias de un mal -la técnica del "Mejoral" para un dolor de muelas-, cuando, en realidad, lo que se necesita en Chile, en nuestra América Latina actual, es poder extraer la muela podrida. Sabemos que las descripciones de criminalidad infantil, de perversión y prostitución son escalofriantes. Podemos hacerlas cualesquiera de nosotros, los hombres que nos hayamos adentrado en los tugurios proletarios, en especial los maestros, y, más particularmente aún, los médicos. Los casos aumentan cada día. Los niños perversos de hoy, en un régimen capitalista, tienen que ser, fatalmente, los adultos delincuentes de mañana. ¡Y la sociedad se lava las manos, como se las lava permanentemente cuando, frente a un pelotón de fusileros, manda a uno de estos hombres al otro mundo! Ya pasaron esos tiempos en que se hablaba de herencia alcohólica o sifilítica para clasificar a los niños en normales o inadaptados. Ahora se habla, frontalmente, de ambiente social, de analfabetismo, de pobreza o indigencia, que son, precisamente, los factores que generan este tipo de irregularidades, de falta de la regla de la normalidad mínima. La influencia del cine, de la cual tanto se habla, prospera en una clase social diferente, en la que va al cine, en la que puede pagar su entrada, que es relativamente cara. Se habla de la revista pornográfica, pero se olvida de cómo van a alcanzar a leer esa revista, o la tira cómica, literatura con la cual la política norteamericana, está infectando a nuestra juventud y a nuestros niños. Estas influencias no prosperan en las clases paupérrimas. Todos conocemos los derechos del niño. Ellos fueron proclamados en la Convención de Ginebra, el año 1923, pero siguen siendo letra muerta para la mayoría de los legisladores de estos países subdesarrollados. Aquí se sigue protegiendo al niño mediante la "caridad", mientras lo que el niño y sus padres realmente reclaman es justicia social. Las damas caritativas que les lanzan un mendrugo hacen filas - y esto lo hemos visto en las épocas electorales, o, mejor dicho, electoreras- en organizaciones como el Rotary Club, entidad que, con gran desparpajo, dice: "Vamos a celebrar la Semana del Niño", como si los niños, en un año entero, pudieran disponer sólo de una semana para obtener un poco más de leche, un mendrugo más o vestir mejor. Insisto: éste no es problema del niño. Es la premisa central de esta discusión; es problema de familia. Tampoco es problema de internados, como propiciaba un presbítero cuando fue consultado en la Comisión. Al niño no debe encerrársele. ¿Acaso no sabemos que el niño es como un pequeño animalito, como un pájaro al cual no puede enjaularse, sino integrarlo a la familia? Lo otro es castigarlo por una acción penal que no ha cometido. Si es imposible que el padre, como sucede en muchos casos, pueda regenerarse, y el niño no pueda, sencillamente, adaptarse a él, existen otros hogares que gustosos y moralmente le pueden servir para su formación. Es mucho más humano volver al antiguo sistema de la colocación familiar de que hablaba la política alemana, y del cual han hecho muy buen uso los ingleses. Naturalmente, prestaremos nuestra aprobación a este proyecto sobre protección ocupando ahora los menores, y requisición de menores en su acepción general, un departamento especial para mantener- pero en su enfoque particular tomaremos los apresados? en cuenta lo que han expresado Senadores de Oposición. Al respecto, concuerdo con las críticas formuladas por mis Honorables colegas señores Ahumada y Gonzáles Madariaga. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ha terminado el tiempo destinado a este proyecto. El señor BARROS.- Solicito sólo cinco minutos más. El señor PALMA.- Prorróguenos el tiempo, señor Presidente. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para prorrogar por cinco minutos el tiempo destinado a este proyecto. Acordado. Puede continuar Su Señoría. El señor BARROS.-Concuerdo, como decía, en qué debe ser un Estado, como el nuestro, separado de la Iglesia, el que tome la tuición total del niño. En mi vida profesional, he atendido miles de niños en organizaciones estatales u oficiales y en establecimientos privados. Puedo decir que la mayoría de estos últimos son más bien guarderías y no instituciones para niños desadaptados. Así lo he observado en mi larga actividad médica. Concuerdo con la opinión del Honorable señor González Madariaga en el sentido de que las subvenciones que reciben esas organizaciones particulares son francamente discriminatorias frente a las otorgadas, por ejemplo, al Ejército de Salvación, la Liga de Estudiantes Pobres -la pobreza también es una irregularidad- o las policlínicas de la Cruz Roja, enclavadas en cerros y arrabales. La legislación para el niño no debe enfocarse en función punitiva, como si los jueces o la policía de menores fueran quienes dicten el “non plus ultra” sobre la atención del infante. ¿Acaso Carabineros no puede discei’ni sobre los lugares impropios que están ocupando ahora los menores, y requerir un departamento especial para mantenerlos apresados? Ya Carabineros de Chile se está convirtiendo en el “mentolathum” del país: carabineros aviadores, carabineros hípicos, carabineros matronas, carabineros guardianes de la soberanía, carabineros guardadores de niños, carabineros practicantes, carabineros especialistas en “policía de menores” -como lo concibe este proyecto-, y, como si fuera poco, más allá del ámbito masculino ¡ carabineras! ¡Es como mucho, señor Presidente! Comprendo que se aborde, antes del estudio de una legislación para el niño “irregular”, como se ha dado en llamarlo, el problema de guarderías y salas cunas por barrios y por fábricas. Eso prevalece, pues de existir guarderías infantiles y salas cunas, el niño puede reintegrarse a su hogar en la noche, después que sus padres han cumplido su diaria jornada. Ello evitaría la vagancia y la prostitución. Repito que una legislación burguesa siempre atacará la consecuencia de un mal; jamás su génesis. Por eso, no me satisface el proyecto. Le prestaré mi aprobación general, no obstante considerar que adolece de defectos ante los cuales espero que el Senado recapacite, de acuerdo con lo expresado por el Honorable señor Chadwick, frente a las enormes aberraciones que contiene. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Cerrado el debate. El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).- No sé si hay algún otro señor Senador inscrito para hacer uso de la palabra. El señor GARCIA (Vicepresidente).- No lo hay, señor Ministro. El señor JULIET.- Está cerrado el debate. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si no se pide votación, daré por aprobado en general el proyecto, con el voto contrario del Honorablé señor Chadwick. Aprobado. Hay plazo hasta el martes a las ocho de la noche para formular indicaciones. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Ya no se podrá decir nada más sobre el proyecto. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En la discusión particular, sí. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Es una lástima que el señor Ministro no haya hablado. Es uno de los proyectos más enjundiosos que ha llegado al Senado. En él se consignan muchas obligaciones; se habla de nuevo personal cuyas funciones no se definen claramente. De manera que no se sabe en qué forma desarrollará su labor, aunque se dice que el reglamento lo establecerá. En fin, hay muchos puntos que es necesario dilucidar. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si el señor Ministro desea intervenir ahora, podríamos reabrir el debate. El señor RODRIGUEZ (Ministro de Justicia).- No tengo inconveniente en hacer uso de la palabra en esta oportunidad para hacerme cargo de algunos conceptos emitidos. Pero entendí que el Senado tenía interés en clausurar el debate y votar de inmediato. Por eso, no quise entorpecer ese propósito. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Ya se votó. Está aprobado. El señor CHADWICK.- Terminó la discusión general. El señor FONCEA.- ¿Terminó el Orden del Día? El señor GARCIA (Vicepresidente).- Aún quedan quince minutos, que se acordó destinar a tratar los demás proyectos de la tabla. FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA ELEMENTOS DESTINADOS A LA LOCOMOCION COLECTIVA PARTICULAR. El señor WALKER (Prosecretario).- En segundo lugar de la tabla, figura el proyecto de la Cámara que concede franquicias aduaneras para la internación de "chassis" destinados a los servicios de locomoción colectiva particular. Se ha insinuado por algunos señores Senadores votar, sin debate, esta iniciativa y debatirlo durante la discusión particular, -El proyecto y el informe figuran en los Anexos de las sesiones 27 , en 3 de noviembre de 1965 y de hoy, documentos N' s. S y 5, páginas 1302, 2072 y 2078. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si a la Sala le parece, se aprobaría en general el proyecto. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Considero inadmisible que el debate en general se lleve a cabo durante la discusión particular de un proyecto. En esa forma, el Senado está cambiando su "modus operandi". El señor PALMA.- Seguramente esta petición obedece a hechos que hay necesidad de afrontar. Este proyecto tiene como objetivo liberar de derechos de aduana a 1.500 "chassis" para buses de la locomoción colectiva de la capital y de provincias. Parte importante de ellos ya fueron embarcados y están por llegar a Valparaíso, porque se presumía que este proyecto sería aprobado -como seguramente lo será- con la celeridad que requiere el problema. Al proponerse diferir la discusión general, se ha pretendido apresurar el despacho de esta iniciativa de manera que pueda ser estudiada lo antes posible en segundo informe por la respectiva Comisión. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Es muy interesante lo que dice Su Señoría, pero no entiendo cómo se puede debatir en general este proyecto durante su discusión particular. Es una confusión. En esa forma, poco a poco el Senado va destruyendo su Reglamento de trabajo. El señor PALMA.- Durante esta legislatura hemos seguido el mismo procedimiento. Me refiero al proyecto que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Deploro que con la llegada de la Democracia Cristiana al Parlamento, y sobre la base de su mayoría, se estén deshaciendo, poco a poco, las normas de procedimiento existentes en este Poder del Estado. A mi juicio, eso no es justo. El señor PABLO.- Soy Senador desde antes del advenimiento de la Democracia Cristiana,... El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Lo sé y respeto mucho a Su Señoría. El señor PABLO.- ... y tengo bastante fresco en la memoria el recuerdo de muchos proyectos aprobados en años anteriores, respecto de los cuales se ha seguido idéntico procedimiento. Fueron aprobados en general sin discusión, y el debate se llevó a efecto al ser tratados en particular. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Ojalá Su Señoría pudiera citarme algún caso concreto. El señor PABLO.- Puedo decirle que hay varios. Por lo demás, es frecuente que en la práctica se reproduzca durante la discusión particular todo el alegato habido al ser tratada una iniciativa en general. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- No creo que Su Señoría recomiende ese procedimiento como buena manera de legislar. El señor PABLO.- Creo que es un buen sistema, en algunos casos, para dar mayor expedición al despacho de los proyectos. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si no hubiera acuerdo para tratar esta iniciativa en la forma propuesta, tendríamos que pasar a considerar otros proyectos de menor entidad que figuran en la tabla, de conformidad al acuerdo ya adoptado. El señor CONTRERAS LABARCA.- Quedaría, entonces, para la próxima sesión. El señor GONZALEZ MADARIAGA.- Es lo que corresponde, por respeto a la tradición y al Reglamento. El señor BOSSAY.- Encuentro razón al Honorable señor González Madariaga y vería con agrado que el Senado encontrara alguna fórmula que nos permitiera disponer, aunque fuera de un par de horas, para debatir esta iniciativa. Todos comprendemos la necesidad de despachar con prontitud este proyecto para resolver cuanto antes el problema de la locomoción colectiva y salvar la situación derivada del próximo arribo a Valparaíso de una partida de los "chassis". Sin embargo, conviene destacar que esta iniciativa no sólo se refiere a dicha importación, sino también a la posibilidad de establecer armadurías en distintos puntos del país. Además, autoriza al Presidente de la República para determinar qué partes y repuestos de estos vehículos deberán ser producidos en Chile, para así disminuir, paulatinamente, los elementos importados. Por otra parte, contiene disposiciones relativas a la Línea Aérea Nacional, que a los miembros de la Comisión nos han parecido convenientes. No obstante, los cuarenta Senadores restantes que no pertenecen a ella deben tener interés en participar en la discusión de puntos como éste, cuya importancia es indiscutible, ya que representa llegar a la asociación de LAN, por un período determinado, con otras empresas, para trabajar por la vía del arrendamiento, salvando así un problema, muy grave. En consecuencia, como puede apreciarse, el proyecto es de suma importancia, y bien merece ser conocido, estudiado y debatido por todo el Senado. El señor PALMA.- Eso lo podemos hacer durante la discusión particular. El señor BOSSAY.- Esa es una fórmula antirreglamentaria que no sé cómo podría llevarse a la práctica. Desde luego, carecería de todo valor, pues sería como engañamos, después de haber aprobado en general un proyecto, sin debate, tratarlo en general durante su discusión particular. Eso no tiene ningún sentido. Lo único valedero y procedente en ese momento es la aprobación del articulado en particular. Fundado en esas razones, propongo destinar algunas horas especialmente para tratar este proyecto y así discutirlo en general. Cuando los señores Senadores conozcan esta iniciativa comprenderán que era absolutamente necesario escuchar, preguntar y decir algo sobre su articulado. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si a la Sala le parece, podríamos citar a sesión para mañana, de 16 a 18. Acordado. El señor PABLO.- Como es posible que en esa sesión especial no se ocupe la totalidad del tiempo en este proyecto, podríamos acordar tratar, además, el resto de las materias que se encuentran en estado de tabla. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Si a la Sala le parece, así se acordaría. Acordado. BENEFICIOS A VICTIMAS DEL NAUFRAGIO DE LA JANEQUEO. El señor WALKER (Prosecretario).- Proyecto de ley, en cuatro trámite constitucional, que establece normas para declarar la muerte presunta de las víctimas del naufragio del remolcador Janequeo, y que legisla sobre otras materias relacionadas con el personal afectado por este accidente. —El proyecto figura en el Ultimo volumen de la legislatura. 297a (mayo a. septiembre de 1965), página 3906 y los informes en los Anexos de la sesión 27, en 3 de noviembre de 1965, documentos 6, 7 u 8, páginas 1310, 1311, y 1311. El señor WALKER (Prosecretario).- La Cámara comunica que ha tenido a bien aprobar todas las modificaciones introducidas por el Senado a este proyecto de ley, con excepción de las que consisten en suprimir, en el inciso primero, del artículo 8, que ha pasado a ser 9°, la frase “en alguna Asociación de Ahorro y Préstamos”, y la coma (,) que la precede. Ese artículo establece la condonación de los saldos de las deudas contraídas en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en otros organismos previsionales, en la Corporación de la Vivienda, en alguna Asociación de Ahorro y Préstamo y en los Departamentos de Bienestar Social de la Armada, por el personal fallecido o desaparecido a que se refieren los artículos 1° y 2°. El Senado aceptó la condonación de todas las deudas, excepto las contraídas con algunas asociaciones de ahorro y préstamo. La Cámara ha rechazado estas modificaciones. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CONTRERAS (don Víctor).- Tal como ha informado el señor Secretario, el proyecto ha sido modificado por la Cámara en lo relacionado con los préstamos que los fallecidos en la escampavía Janequeo habían contraído con algunas asociaciones de ahorro y préstamo. De tal manera que por la insistencia de la Cámara en su disposición primitiva, resulta un precepto más completo, pues incluye a todas las personas que tenían préstamos pendientes con diversas instituciones de crédito. En consecuencia, solicito del Honorable Senado prestar su aprobación al precepto en la forma como lo ha hecho la Cámara de Diputados. El señor BARROS.- También estoy por la aprobación del primitivo artículo 8, en la forma como lo propuso la Cámara de Diputados. Nosotros conocemos las tremendas utilidades de las asociaciones de ahorro y préstamo. Por lo demás, las víctimas de la Janequeo y sus familiares contrajeron deudas con la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y con la Corporación de la Vivienda, y en mínima cantidad con las asociaciones de ahorro y préstamo. Por ello, consideramos inadmisible dejar de condonar el saldo de las deudas contraídas. Por estas consideraciones, votaremos por mantener el criterio de la Cámara de Diputados. El señor BOSSAY.- Comparto las observaciones de los Honorables señores Contreras y Barros en el sentido de que la disposición aprobada por la Cámara de Diputados es más justa. No obstante las muchas disposiciones contempladas en el proyecto y a pesar del esfuerzo del Senado y de la Cámara para hacer justicia a todos los miembros de la Janequeo, la verdad es que no hemos conseguido nada. Aprobar una disposición restrictiva en este sentido, resultaría muy perjudicial para algunas viudas de marinos fallecidos que tenían muy pocos años de servicios, a las cuales, a pesar de todo lo que se las ha tratado de ayudar, se dejará en condiciones sumamente aflictivas. Cuando ocurrió el accidente y el dolor de la tragedia reinaba, hubo ambiente general muy generoso y amplio en favor de los familiares de las víctimas. Pero, a medida que ha pasado el tiempo y el dolor de la tragedia ha disminuido, los intereses particulares o de otro orden han restringido el pro-pósito de ayudar a los deudos de los fallecidos en ese accidente. Como sin duda otros proyectos de leyes que presentaremos complementarán lo que no se pudo otorgar en éste, lo lógico ahora es aprobar el mismo criterio de la Cámara de Diputados, el cual, aparte declarar presuntivamente muertas a ésas personas, otorga a sus familiares una ayuda pecuniaria de simple vistosidad. Por ello votaremos en el criterio de la Cámara. -El Senado acuerda no insistir. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Terminada la discusión del proyecto. APORTE PARA EL CENTENARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CLEMENTE. VETO. El señor WALKER (Prosecretario).- Informes de las Comisiones de Gobierno y de Hacienda recaídos en las observaciones formuladas por el Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para aportar a la Municipalidad de San Clemente la cantidad que indica, con motivo del centenario de la comuna. La observación del Presidente de la República consiste en, reemplazar el texto del proyecto despachado por el Congreso por otro nuevo. La Cámara de Diputados aprobó el reemplazo y las Comisiones mencionadas recomiendan también aprobar el veto. -Las observaciones y el informe figuran en los Anexos de las sesiones 37 y 35 en 26 de agosto y 16 de noviembre de 1965, documentos N s. 1, páginas 2830 y 1497. El señor GARCIA (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor JULIET.- Al debatir en segundo trámite constitucional el proyecto de ley relativo a la Municipalidad de San Clemente, tuvimos oportunidad de expresar nuestro propósito de apoyarlo y despacharlo rápidamente, por cuanto mediante tal iniciativa se permite el progreso de esa comuna con la creación de postas de auxilio, obras de pavimentación, camino , etcétera. El Presidente de la República creyó necesario sustituir el proyecto despachado por el Congreso por el que propone en el veto. Ahora estamos abocados a despacharlo en la forma propuesta por el Presidente de la República, y que fue acogida por la Cámara de Diputados. Anuncio los votos favorables al veto por parte de los Senadores radicales. Pero, junto con expresar lo anterior, deseo solicitar a algún miembro de la Comisión de Hacienda que me aclare lo relativo al artículo 2 , que dice: "Autorízase al Presidente de la República para aportar a la Municipalidad de San Clemente la cantidad de E*? 155.000, con motivo del Centenario de la comuna, que se destinará a los fines contemplados en esta ley." No se expresa en el veto sustitutivo de dónde obtendrá el Presidente de la República esos 155.000 escudos, cantidad que se invertirá en obras de adelanto de la comuna. Si algún miembro de la Comisión de Hacienda u otro señor Senador tuviese a bien aclararme el punto planteado, quedaría agradecido, pues, sin adecuado financiamiento el proyecto resultaría ilusorio y no podría cumplirse el propósito de la comuna de San Clemente. El señor FONCEA.- El veto del Ejecutivo a este proyecto de ley por el cual se destinan fondos para la celebración del centenario de esa comuna, mejora sustancialmente la iniciativa despachada por el Congreso. Al respecto, debo manifestar que el Ministerio de Hacienda consultó previamente a los parlamentarios de la zona y al Alcalde de la comuna, quienes expresaron estar de acuerdo en que la redacción del veto mejora ostensiblemente el proyecto primitivo. En cuanto al reparo que merece el artículo 29 al Honorable señor Juliet, debo expresar sólo que el proyecto despachado por el Congreso Nacional adolecía también del mismo defecto en cuanto no consignaba adecuado financiamiento. Sin embargo, la solución de este problema aparece evidente, sobre todo ahora, al discutirse el proyecto de la ley de presupuestos, en el cual se habrán de consultar las sumas correspondientes al aporte fiscal para hacer posible el cumplimiento del plan que se desarrollará en una de las comunas más ricas de la provincia de Talca. En resumen, para no alargar este debate, deseo manifestar que la representación parlamentaria de la provincia y las autoridades comunales estuvieron de acuerdo en el veto y en que el financiamiento, necesariamente, debe provenir de la ley de presupuestos, en la cual presentaremos la indicación respectiva. El señor JULIET.- Debo considerarme satisfecho con la explicación del Honorable señor Foncea. No obstante ello, advierto que no es el mejor procedimiento financiar gastos de determinados proyectos con cargo a la ley de presupuestos. También concuerdo con Su Señoría en cuanto a la evidencia de que el veto mejora la iniciativa, hace más viable y aceptable la distribución de los recursos que, por la vía del empréstito y del aporte fiscal, permitirán a la municipalidad de San Clemente realizar las obras de progreso en esa comuna. El señor CURTI.- No creo que las explicaciones dadas por el Honorable señor Foncea sean lo bastante satisfactorias.... El señor JULIET.- Yo tampoco lo considero así. Sólo las acepté. El señor CURTI.- ...porque despachar un proyecto sobre la base de que en la próxima ley de presupuestos se destinarán los fondos necesarios, no me parece conveniente, adecuado o normal. Por otra parte, y de acuerdo con el informe de la Comisión de Hacienda, me parece entender que el veto no contempla financiamiento para el aporte fiscal, pues dispone que el préstamo a la municipalidad se atenderá con cargo al uno por mil del impuesto territorial que grava los bienes raíces de la comuna. Esto hace ver que el veto propone financiarlo sobre la base de los fondos propios de la municipalidad. Es bien sabido que dentro del veinte por mil, que es la tasa de tributación de los bienes raíces, el trece por mil es de beneficio fiscal y sólo el siete restante se destina a las municipalidades. Esta última cifra se desglosa en tres por mil de los bienes raíces, más dos por mil de pavimentación, más uno por mil de aumento del alumbrado eléctrico y uno por mil para el servicio del empréstito. Es evidente, entonces, que el veto no financia el aporte fiscal, sino que lo hace con cargo al siete por mil de beneficio municipal. El señor JULIET.- Me parece que el señor Senador está equivocado en su apreciación, pues en el veto se autoriza al Presidente de la República -reconozco que dentro de la vaguedad del precepto- para disponer de los recursos fiscales, y no municipales, porque esto último significaría transgredir una ley especial. El señor FONCEA.- La verdad de los hechos es que el proyecto tiene un costo de Eº 300.000, de los cuales el aporte fiscal asciende sólo a E 155.000. El veto se financia, precisamente, mediante un empréstito municipal. De manera que, en todo caso, el aporte municipal, por así llamarlo, está financiado, porque se autoriza a la municipalidad para hacer uso de tal derecho. Puede ser discutible -y sin duda lo es- el aporte fiscal en lo relativo al financiamiento del proyecto. Reitero que en el proyecto despachado por el Congreso no se consignaron los fondos necesarios, y el veto está concebido en la misma forma; pero la única solución factible es la mencionada por mí, y que está contenida en el informe de la Comisión de Hacienda. El señor CURTI.- Pero en el caso señalado por Su Señoría, lo viable sería agregar un artículo en el cual se dijera que se consultarán en la ley de presupuestos los fondos necesarios para cumplir el aporte fiscal señalado por el proyecto. De otro modo, el fisco no podría atender los gastos mencionados en la ley en estudio. El señor FONCEA.- Por lo demás, en este trámite no se puede innovar. El señor JULIET.- ¿Podría prorrogarse la hora por dos o tres minutos? El señor AHUMADA (Presidente accidental).- No hay quorum de votación para tomar acuerdos señor Senador. Queda pendiente el proyecto para la próxima sesión. Ha terminado el Orden del Día. V.- INCIDENTES. RESPUESTA AL SENADOR ALTAMÍRANO CON RELACION A CELULOSAS CHOLGUAN S. A. El señor AHUMADA (Presidente accidental).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiana. El señor PABLO.- Señor Presidente, en la hora de Incidentes de la sesión del miércoles 27 de octubre pasado, el Honorable señor Altamirano se refirió al capitalismo popular, relacionándolo con la empresa Celulosas Cholguán S. A. Comuniqué oportunamente al Honorable señor Altamirano que hablaría en esta oportunidad, de manera que ahora contestaré algunas de las observaciones hechas por Su Señoría, pero sin dejarme llevar por el tono de su discurso, cuyas características son la diatriba y la injuria. El señor CHADWICK.- ¿Me permite, señor Senador? Debo informarle que el Honorable señor Altamirano no está presente por haber tenido que integrar una de las Subcomisiones que estudian la ley de presupuestos del año 1966. El señor PABLO.- Sólo quería dejar constancia de ello, porque mi propósito ha sido no intervenir sin su conocimiento. Insisto en que no seguiré al Honorable señor Altamirano en el terreno de las injurias, porque siempre he creído que ellas son más producto del orgullo que de la capacidad. La intervención mencionada expone el problema que se habría creado en la citada empresa a consecuencia del manejo que le han dado las personas encargadas de su administración, problema que habría perjudicado de manera grave los intereses de modestos conciudadanos que suscribieron la mayoría de su capital. En el discurso que comento, el Honorable señor Altamirano, después de formular varias preguntas que considera fundamentales para propugnar la liquidación o quiebra de Celulosas Cholguán S. A., agrega que esas preguntas deben tener su oportuna respuesta para poder explicarse "a qué se debe que la Corporación de Fomento de la Producción haya pretendido hacer una asociación más con Celulosas Cholguán". Alude de inmediato al vicepresidente ejecutivo de la CORFO, señor Sáez, en forma sarcástica e inaceptable, entrando, en seguida, a glosar, de modo hiriente, mordaz y torcido, una noticia de crónica que apareció el mismo día en que habló en esta Corporación el Honorable señor Altamirano. Ya expresé que no deseo hacerme cargo de las referencias torpes e injuriosas a la persona de ese alto funcionario. Para demostrar la absoluta propiedad de los calificativos que doy a las palabras del Honorable señor Altamirano, haré un rápido examen de la intervención que ha cabido a la CORFO en el proyecto que auspicia Celulosa Cholguán. Ella se inició, en marzo de 1957, con una carta que le dirigió la comunidad Irarrázaval Larraín, solicitando, en principio, el aval de la CORFO para instalar una planta de celulosa en Cholguán. En noviembre del mismo año, la Comisión Permanente de Industrias -que funciona en la CORFO cómo informante del Consejo- acordó, en principio, acoger la petición de aval, "debiendo estudianse oportunamente los antecedentes técnicos, económicos y financieros para la resolución definitiva de la garantía". En diciembre de 1957, por carta Nº 12.147, se comunica a los interesados que el otorgamiento de la caución queda condicionado a que se presenten estos antecedentes: a) Anteproyecto de la planta; b) Estudio sobre el abastecimiento de materia prima; c) Estudio económico de explotación; d) Mercados consumidores; e) Plan de financia- miento para las inversiones en moneda nacional y capital de trabajo, y f) Fuente y condiciones de financiamiento tocante a los créditos externos. En enero de 1959, el Consejo de la CORFO, por acuerdo N 5.191, creó un Comité Técnico para abocarse al estudio de las solicitudes relativas a la industria de la celulosa y del papel, entre las cuales se encontraba la de Celulosas Cholguán S. A. En noviembre de 1961, Celulosas Cholguán presentó a la CORFO un anteproyecto de planta con las siguientes características: 75 toneladas-día de celulosa cruda; 137 toneladas-día de celulosa blanqueada y 75 toneladas-día de papel Kraft. En diciembre del año 1962, el Departamento de Industrias (CORFO) emitió un informe completo sobre los antecedentes de la solicitud que había presentado Celulosas Cholguán S. A. Este informe no fue considerado por el Comité Técnico (Celulosa y Papel), en atención a que la Superintendencia de Sociedades Anónimas formuló objeciones a la organización y a la gestión financiera y económica de la empresa. Por tales razones, la solicitud estuvo detenida, por parte de los interesados, desde principios de 1963 hasta fines del mismo año. Al término de 1963, la CORFO recibe un oficio de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, dándole cuenta de que está conforme con la organización y situación financiera de la sociedad. En enero de 1964, el Comité Técnico (Celulosa y Papel) acordó pedir: a) Informe a la Fiscalía sobre la organización de la firma; b) Informe a Auditoría sobro capitalización cumplimiento de las exigencias establecidas por la Superintendencia de Sociedades Anónimas; c) Resumen sobre estudios actualizados respecto de materias primas y mercados de celulosa-papel, que el Comité encargó en el período 1962-1963, y d) Informe sobre la solicitud de Celulosas Cholguán que contemple los aspectos técnicos, económicos y financieros del proyecto. En marzo de 1964 se recabaron nuevos antecedentes adicionales al Departamento de Industrias. Por último, en junio de 1964 se remite a Celulosas Cholguán la carta Nº 7.327, que se inserta en la publicación solicitada por esa sociedad a "El Mercurio", aparecida p1 30 de octubre recién pasado y el 2 de noviembre último. Sobre esa publicación, conviene advertid que en el número 5) de ella, se da a la referida nota N 7.327, de 20 de junio de 1964, un alcance que, según la CORFO, no tiene. Se dice en el citado número 5) que la carta referida constituiría "un pronunciamiento definitivo de CORFO". Tal aseveración sería inexacta, como fluye del propio tenor de la carta 7.327, especialmente de su último párrafo, que reza así; "Una vez cumplidos estos requisitos, la Corporación estaría en condiciones de aprobar el otorgamiento de la caución solidaria sobre la base de las pautas establecidas por el Consejo". Tan cierto es lo que afirmo, en orden a que desde 1957 (año en que se presentó la solicitud) hasta hoy no ha existido resolución alguna de la CORFO aprobando la garantía pedida por Celulosas Colguán, que la mejor prueba de ello es la publicación que antes mencioné. En el número 7) de la misma, se da cuenta de las últimas gestiones realizadas, que se efectuaron en julio de este año. No existe, por lo tanto, asociación o vínculo contractual definitivo alguno entre la CORFO y Celulosas Cholguán S. A. ¿Qué ha movido a la Corporación, en e¡ segundo semestre de este año, a preocupar se nuevamente del problema pleanteado por Celulosas Colguán ? Desde luego, lo manifestado por la Superintendencia de Sociedades Anónimas en el oficio al señor Ministro de Hacienda, de junio último, a que me referí al comienzo de mi intervención. En el párrafo final da ese oficio se dice textualmente: "Ante la situación descrita, y considerando que la Corporación de Fomento de la Producción tiene en estudio la viabilidad del proyecto industrial de Celulosas Cholguán, estima el infrascrito que de ser favorable la resolución de la CORFO en esto aspecto, debe ser ésta quien ingrese a la sociedad como accionista asumiendo la responsabilidad de su conducción. En este evento, esta Superintendencia procedería a considerar la forma en que proseguiría la colocación de acciones y los términos a que deberá ajustarse el aumento de capital pendiente para darle curso. "En caso de que la CORFO se pronuncie desfavorablemente sobre dicho proyecto, o no encontrare alternativas de adecuación del mismo para dar cumplimiento a los fines de la sociedad, procedería la liquidación de ésta. Sin embargo, el infrascrito estima que deberán buscarse todas las soluciones posibles a fin de evitar que lo que en definitiva se resuelva pueda afectar a la suscripción popular de acciones, tan necesaria para la capitalización nacional". Señor Presidente, la opinión de un servicio público responsable, como es lu Superintendencia de Sociedades Anónimas, no puede interpretarse en la forma ligera y tendenciosa que le asigna el Honorable señor Altamirano. La Superintendencia desea que, si el proyecto es viable y dt-iie llevarse a cabo por razones de interés nacional, a juicio de la CORFO, sea ésta "quien ingrese a la sociedad como accionista, asumiendo la responsabilidad de su conducción". Dentro de los planes del actual Gobierno, figura la instalación de nuevas plantas para producir celulosa y papel en las zonas de Arauco y Constitución. Múltiples circunstancias aconsejan hacerlo, no sólo para incrementar estas actividades, que se nutren de nuestras riquezas forestales, sino para mejorar la balanza de pagos con nuevas exportaciones que ofrecen promisorias expectativas. Fundada en estos antecedentes, que son el resultado de largos y minuciosos estudios de orden técnico y económico, la COR- FO estima que, sobre la base de modificar el régimen estatutario de Celulosas Cholguán S. A. en sus aspectos fundamentales de administración y financiamiento, de acuerdo con las recomendaciones de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, podría realizarse, en Arauco, el proyecto de dicha empresa. Claro está que ello supone, de manera previa, el cumplimiento de una serie de requisitos y condiciones, para evitar precisamente lo que ha sucedido con la sociedad anónima en referencia. Pero fuera de esto, señor Presidente, fuera de lo que podríamos llamar aspectos técnicos, económicos y financieros del proyecto, ha movido también a la CORFO, de manera importantísima, la defensa de los cuantiosos intereses que miles de gentes modestas, con grandes sacrificios personales, han colocado en Celulosas Cholguán S. A. Ep otras palabras, la defensa del llamado "capitalismo popular", que el Honorable señor Altamirano, exhibiendo un desconocimiento que no suponía en un Senador socialista, denomina "invención de ciertos teóricos de menor cuantía". El concepto de "capitalismo popular" -término que de manera simple y gráfica denota un sistema de inversiones en actividades de interés para la economía nacional, mediante la canalización hacia ella de los ahorros de personas modestas- no revela ignorancia de quienes lo usan. La Cámara dé Diputados, en septiembre último, antes de finalizar la legislatura ordinaria, despachó en primer trámite y remitió a! Senado un proyecto de ley sobre la materia. Me refiero al proyecto originado en un mensaje del Ejecutivo que fija normas sobre colocación gíi el público de acciones, bonos y otros títulos o valores de inversión. Conviene leer aquí, para ilustrar al Honorable señor Altamirano, los siguientes acápites de ese mensaje; "La política de incremento del ahorro debe orientarse al fomento de las actividades productoras, y, desde el punto de vista social, es de toda conveniencia que el pueblo pueda participar masivamente en las oportunidades de acceso a la propiedad y financiamiento que ellas originen y perciba los beneficios consiguientes. "Uno de los factores que durante muchos años ha estado retrayendo sensiblemente la formación de un hábito de ahorro en el público, es el desquiciamiento de un sector del mercado de valores, que no ha brindado la protección básica que todo ahorrante busca. En efecto, personas inescrupulosas, firmas improvisadas, sociedades en formación sin respaldo técnico ni económico, e incluso corredores autorizados, han recurrido al grueso público en demanda de colocar valores que en muchos casos lo han dejado defraudado o engañado. "Esta situación es particularmente penosa si se considera que la mayor parte de las víctimas la forman legiones de medianos y pequeños inversores, que entregan sus dineros logrados tras un prolongado esfuerzo de ahorro. "Los métodos usados, al amparo de la ausencia de reglamentación que permita una ordenada fiscalización, son de diversa índole. Por ejemplo; planes de ahorro a plazo en cuotas mensuales para su inversión en valores mobiliarios diversos; colocación de acciones de sociedades en comandita o cuotas de sociedades mineras; venta de derechos o cuotas en sociedades de personas; ofertas de acciones de sociedades anónimas en formación correspondiente a capitales no autorizados, o recolocación de acciones suscritas pero no pagadas. Las colocaciones se efectúan generalmente mediante agentes comisionistas, cuya actuación queda fuera de control, como asimismo las comisiones y recargos que cobran a los inversionistas. Escapa también a una mínima regulación la verificación de la seriedad de las ofertas y los resguardos que protejan la debida inversión de las sumas de dinero recaudadas. "Para restablecer la confianza del público en el ahorro en acciones y otros valores de inversión, y despejar el camino para dar un vigoroso impulso a la capitalización nacional, purificando el mercado y fortaleciendo a las entidades y personas de dicadas seriamente a la labor de captación de ahorros, se hace necesario, entonces, previamente, dictar las disposiciones legales que den protección a los ahorrantes' en la adquisición y comercialización de toda clase de valores de inversión". Congruente con la idea matriz que inspira al proyecto de ley a que me he referido y con el propósito laudable de salvar a los modestos accionistas de Celulosas Cholguán S. A., la CORFO tiene interés, siempre que se cumplan determinadas condiciones previas que aseguren el fin deseado, en usar la estructura básica de esa sociedad anónima para llevar adelante el proyecto de instalar una planta de celulosa y papel en Arauco, permitiendo, de esta maner, librar de un desastre las inversiones c[ue miles de pequeños accionistas han realizado en dicha empresa. No anima a la Corporación el propósito -ni jamás ha sido ésta su meta- de "cubrir irregularidades", como lo asevera el Honorable señor Altamirano. Como ya lo dije anteriormente, atendiendo al propósito laudable de instalar una planta de celulosa más, pretende valerse de una estructura jurídica existente, para así cumplir un segundo objetivo, tan meritorio como el primero, consistente en recuperar y valorizar las inversiones que miles de ciudadanos han efectuado en una sociedad a la cual, para empezar sus operaciones y valorizar sus inversiones y los aportes de sus accionistas, le es absolutamente fundamental llevar a efecto el proyecto que Se ha propuesto. Si la CORFO decidiera llevar a cabo el proyecto por sí sola, con el concurso de otros accionistas, prescindiendo de Celulosas Cholguán S. A.- lo que probablemente, desde diversos puntos de vista, podría ser más cómodo-, a la sociedad existente le resultaría imposible realizar sus propósitos o los vería largamente postergados. En esta alternativa, la disolución y liquidación de la empresa sera casi inevitable y las inversiones allí acumuladas se verían fuertemente disminuidas y lesionadas. Por estas razones, la Corporación de Fomento de la Producción está tratando de usar la estructura social existente de Celulosas Cholguán S. A., aunque ello pueda importarle mayores sacrificios, con el único y exclusivo propósito de recuperar y valorizar los aportes que miles de ciudadanos han hecho en ella en la confianza y fe de que se cumplirán los objetivos propuestos. Resulta de toda evidencia que, si no se lleva a cabo el proyecto de dicha empresas, los accionistas sufrirán una pérdida muj' cuantiosa. Es inefectiva la afirmación de que esa sociedad no ha hecho ninguna inversión. En realidad, ha adquirido terrenos en la provincia de Arauco e invertido dinero en otras partes. Importa, sí, tener presente que aquí ae pretende por todos los medios asegurar la instalación en la provincia de Arauco de una planta de celulosa, circunstancia que me lleva a hablar en este instante, como Sonador por la zona. Esa es una aspiración muy cara de Arauco, y para cristalizarla queremos reunir todos los esfuerzos realizados y por realizar. Lo que sucede es que grandes intereses, valiéndose de toda clase de recursos, han tratado y tratan de que Arauco no pueda construir una fábrica de celulosa. Y aunque no pongo en duda el propósito que ha guiado al Honorable señor Altamirano, me parece que la forma ligera en que ha abordado este problema más bien favorece a los monopolios interesados en impedir el auge y desarrollo de otras empresas en el país, en lugar de proteger los intereses de las personas que han invertido sus ahorros en dicha empresa. Si esa sociedad tuviera que ir a la liquidación, evidentemente habría una pérdida muy fuerte. En cambio, si ella pudiera ponerse en marcha con nuevos aportes, la pérdida no sería superior, según me han informado, a la utilidad prevista para uno o dos meses de explotación de esta activad industrial. * No tengo por qué referirme al aspecto particular de esta empresa. Sus ejecutivos lo han defendido en la prensa. Ellos lian creído obrar con honradez y han ofrecido sus puestos a disposición de cualquier tribunal. En todo caso, no era ésa la materia que me preocupaba. Me interesa dejar constancia de que rechazo terminantemente y en forma enfática las expresiones con que fue aludido el Vicepresidente de la CORFO, señor Sáez, cuya actuación me merece absoluta fe y respeto. Lo que la CORFO pretende realizar en este instante es, primero, instalar una planta de celulosa en la provincia de Arauco, pese a fuertes intereses que se oponen a ello. En seguida, está tratando de salvar las inversiones hechas, pues, de no realizarse este negocio -es decir, si la CORFO ro otorga su aval por estimarse que la empresa no tiene suficiente respaldo económico-, seguirá aumentando el pasivo de la sociedad que está en marcha y por tanto deberá liquidarse. Estas son las razones que me mueven a rechazar enfáticamente las observaciones del Honorable señor Altamirano, y a asegurar que la CORFO no ha tenido otro propósito que ayudar al desarrollo de la zona de Arauco, que represento, para que no sean defraudadas en sus expectativas aquellas personas que invierten en la realización de proyectos que se ofrecen como seguros. Termino concediendo una interrupción al Honorable señor Curti. El señor CURTI.- Tengo que empezar por celebrar la exposición del Honorable señor Pablo, porque ha dejado de' manifiesto las grandes ventajas que tiene el acuerdo a que ha llegado la Corporación de Fomento con la sociedad Celulosas Cholguán, para establecer esta explotación en Arauco, que abrirá un rubro de exportación con grandes beneficios, no sólo para la zona, sino también para nuestra balanza de pagos, puesto que producirá una cuantiosa entrada suplementaria. La provincia de Arauco tiene enormes cantidades de pino insigne. Hay cajas de previsión que poseen más de cinco mil hectáreas de esta especie de pino en estado de explotación, y también muchos particulares, en extensiones similares. Puede decirse que prácticamente Arauco es una provincia forestal y la instalación en ella de una fábrica de celulosa se hace imprescindible para el aprovechamiento de esa gran riqueza, que de otra manera no prestaría la utilidad que debe corresponder a nuestra economía. Se justifica, pues, plenamente el acuerdo a que ha llegado esta industria con la Corporación de Fomento, sobre todo si se tiene presente que se han tomado los resguardos necesarios para que la dirección dá los negocios dentro del directorio sea manejada por el organismo estatal, que dispondrá de más del cincuenta por ciento de las acciones. Ello, aparte la fiscalización propia, a que está sometida como sociedad anónima, de parte de la Superintendencia respectiva. La empresa Cholguán, por su parte, ha realizado grandes inversiones, porque viene luchando desde 1957 por establecer esta industria. Ha comprado fundos provistos de los pinos necesarios para una rotación que asegure el abastecimiento y la explotación racional, de. acuerdo con la capacidad de las instalaciones ya encargadas a Europa. Con la misma finalidad, ha contraído el compromiso de adquirir doce mil hectáreas más de pinos en explotación. Por otra parte, comparto las ideas expresadas por el Honorable señor Pablo en el sentido de que se hace muy mal en sembrar dudas respecto de sociedades con c pítales formados por aportes de personas, muchas veces de modestos recursos, que ven en este ahorro efectivo, en moneda dura y no en moneda corriente, una posibilidad real de precaverse para lo futuro. En efecto, este tipo de ahorro permite defenderse de la depreciación de la moneda, lo cual es muy importante en un país como el nuestro, azotado por la inflación. Además, se trata de un ahorro que generalmente se hace en beneficio de los hijos, porque e. una inversión a largo plazo, como se desprende de su propia naturaleza. Aparte lo que este ahorro significa para muchos hogares que no tienen otra forma de capitalización, se fomentan el progreso y la producción nacionales, lo cual también es indispensable considerar en una provincia tan esforzada como Arauco. Si no se descubre petróleo, que allí se está explorando, su único porvenir radica en la explotación de su riqueza forestal, la cual, al mismo tiempo, le permitirá absorber la cesantia y evitar el éxodo de sus habitantes. Adhiero totalmente a las palabras del Honorable señor Pablo y reitero los inconvenientes que derivan de sembrar dudas respecto de esta clase de sociedades, pues las personas que han hecho aportes se dejan impresionar, por no tener mayor conocimientos de los negocios. El señor ALLENDE.- ¿Me concede una interrupción, señor Senador? El señor CURTI.- Hice uso de una que me concedió el Honorable señor Pablo. El señor PABLO.- Concedo una interrupción al Honorable señor Allende. El señor ALLENDE.- Habitualmente. cuando un Senador ha hecho observaciones que merecen reparos o dudas, en este caso de fondo, antes de contestarle, se le avisa. No sé si se ha cumplido en esta ocasión esa norma de caballerosidad. El señor PABLO.- Al dar comienzo a mi intervención, manifesté que había avisado al Honorable señor Altamirano; y el Comité de su Partido, que en ese momento estaba en la Sala, me advirtió que el señor Senador estaba ocupado en otras funciones. El señor ALLENDE.- Ignoraba este hecho y me alegro de que haya ocurrido así. De todas maneras, daré aviso al Honorable señor Altamirano para que se haga cargo de las observaciones ahora formuladas. -Pasa a presidir el señor Allende. PROBLEMAS MEDICOS SANITARIOS DE LAS PROVINCIAS DE O'HIGGINS Y COLCHAGUA. "El señor ALLENDE (Presidente Accidental).- En el tiempo del Comité Liberal, tiene la palabra el Honorable señor Ahumada, por veinte minutos. El señor AHUMADA.- Recientemente estuve en una reunión de la Federación Médica O'Higgins. En ella, los colegas médicos me plantearon diversas observaciones relacionadas con algunas de sus reivindicaciones gremiales. Dichas observaciones inciden, en primer lugar, sobre la renta de los médicos, que no consideran equivalentes a las de otros funcionarios de la misma categoría. Esto va en desmedro en especial de los médicos jóvenes, ya que sus remuneraciones son injustamente inferiores a las de otros profesionales; abogados, arquitectos o ingenieros. En efecto, el proceso inflacionario ha roto la debida equivalencia que debe existir en los emolumentos que perciben los profesionales médicos, en su actividad preeminentemente intelectual, y la misma situación se hace extensiva a la renta de los profesionales paramédicos del Servicio Nacional de Salud, trátese de enfermeras sanitarias, hospitalarias, practicantes o auxiliares en enfermería, que en un porcentaje que alcanza a treinta o cuarenta por ciento de ese personal tienen un promedio de rentas inferior al vital. Esta situación tan desmedrada en el aspecto económico, que les impide vivir en forma digna con sus familias, ha llevado a este gremio una inquietud incluso manifestada ya en un paro de 48 horas, que es reflejo de la urgencia con que el Servicio Nacional de Salud debe encarar su solución. De igual manera, la Federación Médica de O'Higgins me ha planteado la necesidad de que el Congreso acelere el estudio del proyecto de medicina curativa de los empleados particulares, que está pendiente en la Comisión de Salud de este Honorable Senado. Naturalmente, no estoy yo en condiciones de hacer presente la urgencia para este proyecto, pero es evidente la necesidad que hay de despacharlo, pues los médicos necesitan saber cómo deben desarrollar sus servicios. Desde el punto de vista regional, esta misma Federación aspira a la creación de un Consejo Regional del Colegio Médico en O'Higgins, actualmente dependiente do Santiago. Por sus características propias geográficas y geopolíticas, esta agrupación está en mejores condiciones de efectuar una acción conjunta, desde el punto de vista técnico y gremial, que en la forma en que actualmente se encuentran; O'Higgins depende de Santiago y Colchagua, de Talca. También se desea la instalación de un servicio de urgencia, del tipo de la asistencia pública, con cinco turnos y tres especialidades, en el Hospital Regional de Rancagua, parcialmente habilitado. En consecuencia, el problema que debe solucionar la autoridad sanitaria consiste en habilitar totalmente ese establecimiento para hacerlo funcionar en forma integral. Las anteriores observaciones corresponden a peticiones que, en reciente reunión, me formuló el gremio médico. En nombre del Comité del Partido Radical, pido oficiar al señor Ministro de Salud Pública para que se imponga de ellas. -Se anuncia el envío del oficio solicitado. EDIFICIO PARA ESCUELA SUPERIOR Nº 13 DE GIUNEROS, EN LA PROVINCIA DE O'HIGGINS. OFICIO. El señor AHUMADA.- La construcción de un local para el funcionamiento de la Escuela Superior de Hombres N * 13 de Graneros, constituye un viejo y sentido anhelo de profesores, alumnos, padres de familia y de todo el pueblo de esa localidad, donde se formó un comité encargado de dar solución al problema. Dicho Comité pide que, con ese objeto, se inviertan fondos de la ley Herrera en acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. Pido oficiar al señor Ministro de Educación transcribiéndole estas observaciones. -Se anuncia el envío del oficio solicitado. NECESIDADES DE LA COMUNA DE DOÑIHUE, EN LA PROVINCIA DE O'HIGGINS. OFICIOS. El señor AHUMADA.- Por otra parte, he recibido algunas peticiones que se relacionan con la comuna de Doñihue, como son la electrificación del sector La Isla Lo Miranda; el financiamiento para ejecutar obras de defensa en el sector Punta de Cortez, del Río Cachapoal, y la destinación de fondos para reparar los muros y compuertas del sector California del mismo río, obras que fueron destruidas por los últimos temporales, a causa de lo cual se producen inundaciones perjudiciales. Las obras de defensa y de otro orden en el río Cachapoal constituyen una necesidad urgente de la comuna de Doñihue, pues, especialmente durante la época de deshielos, ese río -el río loco, como lo llamaban los araucanos- cambia de curso, arrasa las poblaciones ribereñas y ocasiona perjuicios en los cultivos. Por eso, se pide ayuda de la CORFO a fin de normalizar el cauce en los sectores mencionados. También se solicita la adopción de las medidas conducentes para reparar el camino viejo de California a Lo Miranda y loa caminos de acceso a Lo Miranda y Doñihue. Además, es necesario construir un puente en calle Errázuriz, a la salida del Camino Nuevo. Los estudios para esta obra ya están hechos y son conocidos por la Dirección de Vialidad. Urge también reparar el local en que funciona la Escuela Granja N"? 76. Para ello es necesaria la pronta intervención del Ministerio de Obras Públicas, pues el edificio, en general, está en pésimas condiciones higiénicas. Constituye sentida aspiración del vecindario de Doñihue contar en esa localidad con un liceo diurno que tenga, por lo menos, los cursos correspondientes al primer ciclo, y con un liceo vespertino. En la actualidad, más de cien niños de Doñihue deben hacer sus estudios en Rancagua, ya sea en el Liceo de Hombres, en el de Niñas, en el Instituto Comercial o en la Escuela industrial de ese importante centro. Es necesario, asimismo, mejorar las condiciones de la Posta de Primeros Auxilios de Doñihue y la pavimentación de los caminos de acceso, desde las calles Paraguay y Rancagua hasta la calle Manuel Román. Tales son las peticiones que me ha formulado recientemente el municipio de Doñihue, las cuales pido comunicar, mediante oficios, a los Ministerios correspondientes, en nombre de lo Comité Radical. -Se anuncia el envío de los oficios solicitados. NECESIDADES DE LA ESCUELA Nº 7 DE MALLOA, EN LA PROVINCIA DE O'HIGGINS. OFICIOS. El señor AHUMADA.- En seguida, solicito oficiar, en nombre del Comité de mi partido, a los Ministros de Obras Públicas y de Educación Pública, con relación a las necesidades de la Escuela N " 7 de Malloa, establecimiento que tiene el carácter de superior. Es indispensable dotar de material escolar a los cursos correspondientes a los 49, 5"? y 6 años, privados, en la actualidad, de textos de lectura, de historia y geografía, de mapas y otros elementos. Además, el edificio de esta escuela está en malas condiciones materiales y pedagógicas, por la cual se pide la construcción de uno nuevo, en los terrenos donados por el municipio de Malloa para ese fin. -Se anuncia el envío de los oficios solicitados. EDIFICIO PARA LA ESCUELA VOCACIONAL Nº 33 DE CAUPOLICAN, EN LA PROVINCIA DE O'HIGGINS. OFICIO El señor AHUMADA.- La Escuela Vocacional de Niñas N " 33 de Rengo, departamento de Caupolicán, funciona en un edificio cuyo mal estado obligó a las autoridades sanitarias a clausurar el segundo piso de ese inmueble. En dicha escuela se imparte educación vocacional a 186 alumnas. Se considera indispensable la edificación de un nuevo local que reúna las condiciones técnicas exigidas por un establecimiento de esta naturaleza, por lo cual ruego oficiar al señor Ministro de Educación Pública representándole esta urgente necesidad. -Se anuncia el envío del oficio solicitado. EDIFICIOS PARA LAS ESCUELAS Nºs. 6, 13 Y 21 DE LA COMUNA DE LAS CABRAS, EN LA PROVINCIA DE O'HIGGINS. OFICIO. El señor AHUMADA.- Por último, deseo referirme a la falta de locales esco lares apropiados en la comuna de Las Cabras, problema que es común en las provincias de Colchagua y O'Higgins. En particular, deseo representar la necesidad de construir nuevas salas de clases para las Escuelas N s. 6, 13 y 21, y dar término a la instalación de servicios higiénicos en la Escuela 13, para eliminar el problema y peligros que el estado de esas obras significa. También en la comuna de Las Cabras se advierte que gran cantidad de niños están privados de educación por la falta de locales o por los deterioros de que adolecen las construcciones existentes. Pido transcribir estas observaciones al señor Ministro de Educación Pública. -Se anuncia, el envío del oficio solicitado. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Allende. ACTITUD DEL GOBIERNO ANTE CONFLICTO LABORAL EN LA FABRICA DE CEMENTO EL MELON. El señor ALLENDE.- Deseo plantear un hecho que viene a acentuar la característica de este Gobierno frente a los conflictos laborales. > El país ha presenciado numerosos conflictos, algunos de los cuales han durado dos meses, mientras otros se han extendido por tres y hasta por cuatro meses. Se puede decir que, hace algunos minutos, Chile estaba enfrentado a uno de los más graves de estos conflictos; la huelga de los trabajadores del cobre. Al parecer, dicha huelga se ha resuelto mediante una solución poco clara a mi juicio, que no debe ser característica de un Gobierno para encarar los problemas laborales. Es decir, se ha buscado el camino del veto aditivo para dar satisfacción a las justas aspiraciones de los trabajadores, las que, en un comienzo, fueron rechazadas. Pese a que el camino elegido por el Ejecutivo no me parece conveniente ni correcto, pienso que la autoridad precisamente se manifiesta como tal conversando con los trabajadores, con sus directivas, planteándoles la política del Gobierno. De todas maneras, este conflicto ha terminado. Sobre la base de esta actitud del Gobierno," deseo señalar que en la provincia de Valparaíso, desde hace más de treinta días, están en huelga los trabajadores de las compañías de Cemento El Melón, llamadas hoy Empresas Industriales El Melón. Se advierta que no hay posibilidades de llegar a avenimiento, lo cual está lesionando duramente a los trabajadores -por suerte, éstos reciben ayuda solidaria de los diversos sindicatos de la provincia- y creando difícil problema a la industria de la construcción. El país sabe que la compañía industrial ubicada en El Melón ha constituido por mucho tiempo uno de los grandes monopolios que han .encarecido implacablemente los costos de la construcción. No es de extrañar que ella, a lo largo de los años, haya percibido utilidades extraordinarias. Me correspondió, desde el comienzo de mi carrera política, siendo Diputado por Valparaíso, señalar algunas aberraciones, como, por ejemplo, el hecho de que en esa industria no existieran recuperadores de polvillo. Estos residuos eliminados por las chimeneas de la fábrica ocasionaban ingentes daños a la agricultura de la zona y, lo que es más importante, a la salud de las personas. Fue necesaria una batalla de años para conseguir la aplicación de normas sanitarias indispensables para evitar tanto los extraordinarios perjuicios que la compañía ocasionaba a las producciones agrícolas como el daño causado en la salud de la población por ese polvillo, que ' provoca graves lesiones pulmonares. Hemos podido advertir que, en el último tiempo, la compañía ha invertido parte de sus cuantiosas ganancias en otras actividades. Inclusive, me parece que ella es una de las empresas que más invirtió en bonos dólares, lo cual significaba extraordinario negocio. Es decir, como me anota el Honorable señor Altamirano, constituyó un negocio de préstamo y no una actividad industrial. Según mis antecedentes, el año pasado Cemento El Melón obtuvo utilidades por 8.309 millones de pesos, de los cuales repartió como dividendos a sus accionistas la suma de 4.099 millones, y capitalizó, como fondos de reserva, 4.210 millones de pesos. Se me ha asegurado que el fondo de reserva de Empresas Industriales El Melón pasa de 90.071 millones de pesos, cifra, a mi juicio, exorbitante. Pues bien> esta empresa se ha negado a aceptar algunas justas demandas de sus trabajadores. Ruego intercalar, en la parte correspondiente de mi intervención, un cuadro comparativo en que aparecen las escalas de salarios pagados tanto por la fábrica de cemento de Polpaico como por la de El Melón. Son empresas que producen lo mismo y de similares características en cnanto a la riqueza del material, caliza, que emplean en la elaboración del cemento; 'de tal modo que no debe haber diferencias de costo sustanciales. -Se acuerda la inserción solicitada. -El documento cuya inserción se acordó dice así: "Salarios de Polpaico. Salarios Hombres 1) $ 7.543 180 2) 7.827 50 3) 8.025 ... 55 4) 8.297 ... 38 5) 8.524 ... 95 6) 8.800 ... 87 7) 9.051 ... 2 8) 9.300 ... 77 9) 9.554 ... . ...; 27 10) 9.805 ... 30 11) 10.057 ... 6 12) 10.333 ... 27 13) 18.649 ... 26 14) 11.062 ... 23 15) 11.313 ... 6 16) 12.215 ... 5 17) 12.760 1 Salarios de Cemento El Melón. Salarios Hombres 1) $ 5.200 ... ...: 38 2) 5.250 ... 38 3) 5.530 ... 23 4) 5.380 ... 51 5) 5.650 ... 225 6) 5.825 ... 281 7) 5.925 ... 230 8) 6.100 ... 109 9) 6.980 ... 44 10) 7.4Q0 ... 13 11) 7.800 ... 14". E l señor ALLENDE.- ¿Qué establecen estos cuadros? Establecen, por ejemplo, que mientras los salarios en la Fábrica Cemento El Melón fluctúan entre 5.200 pesos y 7.800 pesos, y que la cuota más alta de trabajadores está entre los que ganan 5.650 pesos y 5.825 pesos, en Polpaico los salarios oscilan entre 7.543 y 12.760 pesos. Es decir, el salario inferior de Polpaico equivale prácticamente al superior de Cemento El Melón. La escala de Polpaico es de 17 grados; o sea, contiene 17 remuneraciones distintas. En cambio, la de Cemento El Melón sólo tiene 11 grados. Pero los extremos que he señalado son los que, sin duda, permiten formarse idea clara al respecto. Se puede asegurar, sin discusión, que el término medio de los trabajadores de Polpaico gana más que los de Cemento El Melón, donde sólo 14 ganan 7.800 pesos, el tope máximo que paga dicha empresa. También tengo a mano una comparación respecto de las regalías que en la actualidad paga Polpaico y los beneficios, que no se pueden llamar regalías, que da Cemento El Melón. Por asignación familiar, Polpaico paga 24,65 por carga; Cemento El Melón, E° 15; asignación de casa; Polpaico, E 60, y Cemento El Melón, E° 35;ayuda de matrimonio: Polpaico, E 120, y Cemento El Melón, E° 50; ayuda por natalidad; Polpaico, Eº 16, y Cemento El Melón, E 16; ayuda escolar: Polpaico, E 80, y Cemento El Melón, E 15; ayuda por accidentes del trabajo y silicosis: Polpaico, E° 1.000, y Cemento El Melón, E° 300. Polpaico paga por ayuda por fallecimiento de los padres, E 200, y por fallecimiento del operario, esposa e hijos, paga el servicio funerario, y Cemento El Melón paga Eº 100 como ayuda por fallecimiento de padres, esposa e hijos; aguinaldo de fiestas patrias: Polpaico, E 80, y Cemento El Melón, nada; aguinaldo de Pascua: Polpaico, E 80, y Cemento El Melón, E° 55; bonificación por vuelta de feriado; Polpaico, E° 116, y Cemento El Melón, Eº 38; indemnización por años de servicios: Polpaico la paga según el promedio de lo ganado en los últimos tres meses, y Cemento El Melón la congela cada 5 años y paga el último sueldo. Repito que, de acuerdo con la escala de remuneraciones, el salario más bajo de Polpaico es casi similar al más alto de Cemento El Melón, en circunstancias de que el salario más bajo de Polpaico lo ganan 180 obreros y el más alto de Cemento El Melón lo reciben sólo 14. En Polpaico hay 90, 80 y 70 obreros que ganan 8.524 pesos o nueve mil y tantos pesos diarios; sin embargo, en Cemento El Melón el término medio de los obreros ganan 5.650 ó 5.825 pesos. Debo hacer presente que las cifras señaladas corresponden a la realidad actual, y que dentro de poco tiempo los trabajadores de Polpaico, cumplida la etapa de su convenio, sin duda presentarán un nuevo pliego de peticiones; de modo que jamás llegarán a ese nivel los salarios de Cemento El Melón. He querido comparar las remuneraciones de estas dos empresas que producen lo mismo, sin pretender con ello decir que las de Polpaico sean extraordinarias; pero nadie puede negar que son muy superiores a' las de Cemento El Melón. Esta industria, con cuantiosos capitales de reserva, qué más que como industria ha actuado en la concesión de préstamos, ha comprado gran cantidad de bonos dólares y ha significado un factor de encarecimiento de la construcción en nuestro país, durante todos los años de su existencia, paga salarios deficientes a sus trabajadores, mantiene una actitud hostil y se niega a buscar una solución al conflicto. Por eso, no me extraña la actitud del Gobierno. Ya hemos visto cómo el Ministro de Trabajo y Previsión Social no actúa en los conflictos ni toma la responsabilidad que le corresponde. En reiteradas oportunidades, hemos criticado aquí al Ministro de Trabajó y Previsión Social, y con razón, pues ha estado ausente en una serie de conflictos, como en los del cobre, de los portuarios y de Cemento El Melón. No sé qué hace el Ministro, pero dentro de la concepción tradicional de lo que es un Ministro del Trabajo, el señor William Thayer no desempeña su cargo como debe hacerlo, no representa la actitud de un Gobierno que incluso ha llegado a llamarse "revolucionario" y tiene postergados a los trabajadores, a quienes hace estrellarse contra la prepotencia patronal. Una empresa corno Cemento El Melón, que ha logrado acumular las reservas que tiene, puede resistir 3 ó 4 meses de huelga, sobre todo sabiendo que, a la postre, será autorizada para subir los precios, pues es tradicional que cada 3 ó 4 meses los Gobiernos, los anteriores y el actual -la última alza fue en mayo- le permitan subir los precios. Por eso denuncio estos hechos al país. No tengo la esperanza de que intervenga el señor Ministro, en una actitud justa. Pero deseo, por lo menos, dejar constancia de que la posición de los trabajadores de Cemento El Melón está plenamente justificada. Estimo, además, necesario señalar la loable actitud solidaria del sindicato de Valparaíso en este conflicto. Cedo los últimos minutos de mi tiempo al Honorable señor Altamirano. RESPUESTA A OBSERVACIONES DEL SEÑOR PABLO SOBRE CELULOSAS CHOLGUAN S. A. El señor ALTAMIRANO.- Deseo dejar constancia de que en la tarde de hoy el Honorable señor Pablo me advirtió que se referiría a un tema que yo había denunciado en sesiones anteriores: el de Celulosas Cholguán. Por desgracia, como consta al señor Vicepresidente del Senado, Honorable señor García, quien preside en este momento la sesión, a esa misma hora sesionaba la Primera Subcomisión de la Comisión Mixta de Presupuestos, lo cual me impidió estar presente para escuchar las observaciones del señor Pablo sobre la denuncia que yo había hecho anteriormente. En una próxima sesión me referiré al problema tratado por el Honorable señor Pablo, que insistiré en calificar como uno de los más gigantescos fraudes a la confianza pública, una verdadera exacción y estafa a los accionistas cometida por esta sociedad. Como he manifestado, no pude asistir a la sesión cuando el Honorable señor Pablo planteó sus observaciones; de modo que no puedo contestarlas de inmediato. El señor GARCIA (Vicepresidente).- SI turno siguiente corresponde al Comité Comunista. ALZA DEL PRECIO DEL GAS LICUADO. El señor CONTRERAS (don Víctor).- En el Diario Oficial de hoy aparece una publicación de la Dirección General de Servicios Eléctricos y Gas, en que da a conocer que la Compañía de Gas de Santiago ha solicitado autorización para alzar las tarifas del gas licuado. Informaciones de prensa han anunciado en estos días un alza inminente del gas licuado. Es posible que como el Gobierno ha declarado que no aceptaría alzas en este rubro en el presente año, este nuevo atentado a la economía familiar se autorice a partir del l' .de enero próximo. Esto constituye un verdadero escándalo. Anualmente se consumen en el país unos 120 millones de kilos de gas licuado, en especial en el uso doméstico de decenas de miles de hogares. Esta cifra permite apreciar la importancia que ha adquirido ese producto en la vida diaria de muchísimas familias chilenas y la significación apreciable que para ellas tienen su precio y su abastecimiento. Sin embargo, y a pesar de que este combustible es producido por ENAP, empresa estatal patrimonio de todos los chilenos, su distribución y comercialización se encuentra en manos de unas pocas firmas distribuidoras que en menos de 10 años han podido acumular fabulosas utilidades. Esta situación merece un atento examen y la adopción de medidas urgentes, a fin de terminar con el lucro excesivo e implantar la distribución por la ENAP, entidad a la cual corresponde, por mandato de su ley orgánica, la búsqueda o prospección petrolera, la extracción del petróleo, su refinación, la distribución y la explotación de sus subproductos. Un primer vistazo a este problema nos permite apreciar que la distribución del gas licuado ha sido entregada por ENAP a empresas particulares, no mediante el sistema de propuestas públicas, sino por medio de la simple confrontación de antecedentes, por la vía administrativa. En un principio se habló mucho de otorgar las concesiones de distribución a dos o tres firmas por provincias, a fin de evitar la formación de monopolios. En la práctica, sin embargo, estos monopolios zonales existen. Las concesiones de las provincias de Tarapacá, Atacama y Coquimbo fueron entregadas a la firma Montalbetti y Cía., de Valparaíso, la que actúa también en la provincia de Antofagasta junto a la Compañía de Gas de Antofagasta, y en las provincias de Valparaíso y Aconcagua, junto a la Compañía de Valparaíso. En el centro del país, la compañía ABASTIBLE, dependiente de la COPEC, a pesar de no ser concesionaria en la zona, ha ido comprando derechos a los distribuidores provinciales, transformándose por ese camino en otra de las grandes firmas que controla este proceso. Y de hecho, en las provincias de Valdivia, Osorno, Llanquihue, Chiloé y Aisén, donde ENAP no ha solicitado antecedentes desde hace tres años, pese a haber numerosos interesados, es ABASTIBLE la compañía que controla el mercado, por su mayor poder económico, con el visto bueno de la Dirección de Servicios Eléctricos. En otras palabras, de todos los distribuidores de gas, son dos o tres grandes firmas las principales dueñas del pingüe negocio en el cual se mueven miles de millones de pesos. Esto se traduce, como es natural, en los precios. El control de la distribución del gas licuado por los grandes monopolios nacionales repercute en los niveles de precios y significa una desenfrenada especulación y un zarpazo a los bolsillos de los consumidores. Entre 1962 y 1965, en Santiago el precio del kilo de gas licuado subió de 290 pesos a un poco más de 600, en cilindros de 11 kilos; de 260 pesos a 593, en balones de 45 kilos y, en precio medio, de 257 a 584 pesos. Con relación a los precios, hay una serie de extraños aspectos. En efecto, es notable la anarquía que existe en los precios del gas licuado en las distintas provincias del país que son abastecidas por una misma fuente productora. Así, por ejemplo, tenemos el caso de provincias que, como Coquimbo, a pesar de estar más alejadas del centro de abastecimiento, tienen precios más bajos que otras que están más cercanas. En la mayor parte' del país, la Dirección de Servicios Eléctricos ha fijado precios, y quedan muy pocas zonas donde estos precios son libres. En Santiago encontramos tres niveles diferentes de precios: el cobrado por ABASTIBLE, el de GASCO y el de CODIGAS, ligeramente inferior. Algo parecido sucede en las provincias de Valdivia a Aisén, donde ABASTIBLE cobra un precio superior al de SERVI- GAS, la compañía distribuidora de Punta Arenas, no obstante tener ésta un estado del gas, puesto en la zona, más alto que su competidora. En efecto, SERVIGAS debe transportar el combustible desde Magallanes, en tanto que ABASTIBLE recibe el producto puesto en Quintero, por ENAP, que niega esta posibilidad al distribuidor sureño. Evidentemente, el aspecto fundamental relativo a los precios es el que se relaciona con los gastos de comercialización de las diversas compañías distribuidoras. El precio del kilo puesto en Quintero por ENAP es, exactamente, de $ 193,40, incluido el impuesto de la ley Nº 14.572, y el precio de venta en Santiago es de $ 602 por kilo, lo que arroja una diferencia, por concepto de flete a Santiago, impuestos, sueldos y leyes sociales, jornales, depreciaciones, gastos de distribución, seguros y gastos generales, de $ 408,60, es decir, $ 409 por kilo. O sea, en cada kilo que se vende en Santiago existe, respecto del precio del producto puesto en Concón o en el terminal marítimo de Quintero, una diferencia de cuatrocientos nueve pesos, más de dos veces el precio de compra por los distribuido- re« Esta diferencia inaudita, increíble en cualquier parte del mundo, no tiene justificación alguna y representa una fuente de ganancias cuantiosas para las firmas distribuidoras. No es posible argumentar que la diferencia de precios se debería al transporte, a lo elevado de los sueldos y jornales pagados por las compañías, ni a supuestos crecidos gastos de distribución -en suma al costo de la comercialización-, porque hay un hecho concreto que derrumba este tipo de justificaciones. En la provincia de Magallanes, la firma SERVIGAS vende el kilo a $ 150, en circunstancias de que el precio del kilo en Tierra del Fuego es de $ 25. Quiere decir, entonces, que la diferencia entre el precio a que compra el gas la compañía distribuidora en Magallanes y el precio a que lo vende, es de $ 125. O sea, es necesario entrar a comparar el margen de comercialización existente entre uno y otro distribuidor. Mientras el distribuidor de Magallanes tiene una diferencia de 125 pesos por cada kilo de gas, a título de utilidades, impuestos, jornales y sueldos, leyes sociales, gastos de transporte, etcétera, el distribuidor de Santiago, y en términos generales, del resto del país, tiene una diferencia de cuatrocientos nueve pesos por los mismos conceptos. Quedan entonces dos posibilidades: o los gastos de comercialización en Santiago son mucho más de dos veces los existentes en Magallanes o, simplemente, las compañías distribuidoras están obteniendo utilidades especulativas. Si se analizan con un poco de detalle los gastos de comercialización comparados de Santiago y Magallanes, se llega a la conclusión irrefutable de que el margen destinado a utilidades es varias veces superior, por kilo de gas licuado vendido, en Santiago que en Punta Arenas, pese a la cantidad inmensamente mayor de gas que se vende en Santiago y que, como la lógica indica, debería hacer disminuir los gastos por cada kilo de gas vendido en la capital. Veamos los principales rubros de la comercialización: Transporte: los gastos por kilo de gas licuado son similares, equivalentes, por el transporte desde Puerto Percy, en Isla de Tierra del Fuego, a Punta Arenas, que desde Concón o Quintero hasta Santiago. Amortización: tiene que ser obligadamente igual en Santiago que en Punta Arenas, ya que la amortización de cada balón o cada válvula debe ser idéntica por cada kilo vendido en Magallanes o en Santiago. Gastos de distribución: podrían ser in feriores en Magallanes, debido a la menor cantidad de consumidores. Gastos generales; son sustancialmente inferiores por kilogramos en Santiago, debido a que tienen que ser repartidos entre una cantidad de kilos muchas veces superior. De todas maneras, para los efectos de esta exposición, podría aceptarse que la suma de los gastos de distribución y los gastos generales son iguales en ambas ciudades. . O sea, puede decirse, sin ninguna duda, que la suma de los gastos correspondientes al transporte, amortización, gastos de distribución y gastos generales son iguales en Santiago que en Punta Arenas, y que las diferencias que hay entre algunos rubros se compensan por el hecho de que en la capital el consumo es muy superior y los costos deben repartirse entre muchos kilos de gas. Si los costos de comercialización son iguales entre las compañías de Santiago y la de Punta Arenas -no superiores a S 125 por kilo-, ¿adónde va a parar la diferencia de precios? Repito: el kilo de gas puesto en Quintero o Concón cuesta 193 pesos, a los que habría que sumar los 125 pesos por concepto de costos de comercialización -en los que se incluyen, evidentemente, las utilidades-, con lo cual tendríamos un precio de 318 pesos por kilo de gas que se vendiera a los consumidores de Santiago. Pero -y ahí está lo grave- el precio es, como sabemos, de 602. pesos por kilo. Eso significa, en buen romance, que quedan 284 pesos por kilo que van a incrementar las utilidades de cada distribuidor. Es claro, por lo tanto, que perfectamente podría rebajarse en cerca de 300 pesos el precio de cada kilo de gas licuado y las compañías continuarían haciendo un buen negocio. No hay duda de que la distribución de gas licuado constituye excelente negocio para SERVIGAS de Punta Arenas -vende el kilo a 150 pesos-, ya que incluso ha extendido sus actividades a las provincias al norte de Magallanes, y en poco tiempo ha obtenido cientos de millones de pesos en- utilidades. Me parece que mi exposición ha sido lo suficientemente clara como para dejar demostrado que las compañías distribuidoras de gas licuado obtienen utilidades exorbitantes mediante la simple distribución de un subproducto del petróleo, que ha sido descubierto y explotado mediante el esfuerzo y sacrificio de todos los chilenos. ENAP entrega sus productos para que los particulares hagan pingües negocios a costa de los consumidores. Pero esto no es todo. No es sólo por intermedio de los precios del gas licuado que las empresas distribuidoras hacen sus ganancias. También mantienen deliberada anarquía en lo referente a las medidas y especificaciones de los artefactos indispensables: balones y válvulas. Cada distribuidor importante mantiene una línea de artefactos de características diferentes y que no pueden ser intercambiados con los utilizados por otra compañía. Los consumidores van quedando "encadenados" a la compañía a la cual compran el gas, pues deben pagar, como garantía, el valor de uno y, generalmente, el de dos balones, y comprar la válvula adecuada para este tipo de envases. Esto imposibilita a los consumidores para cambiar de distribuidor. Y si lo hacen, recibirán luego de un tiempo más o menos largo, especialmente en provincias, "de vuelta" la garantía que entregaron y que ha servido, entretanto, de capital para ser trabajado por el distribuidor y que, al cabo de unos pocos meses, representa sólo una parte de su valor inicial, como consecuencia de la desvalorización monetaria. El distribuidor ha lucrado con la desvalorización, se ha beneficiado con la inflación, ya que devuelve. una fracción de lo que el consumidor le entregó por garantía, cuando en justicia debería devolver el valor actualizado de la misma. Esta garantía, que en buenas cuentas viene a ser un préstamo forzado de los consumidores a los distribuidores, es magnífica fuente de capitalización para éstos últimos, pues en caso de devolución sólo reembolsan el monto percibido sin reajuste alguno. Sin embargo, en sus balances, los distribuidores revalorizan sus balones, que en la práctica son de propiedad de los consumidores, quienes tuvieron que pagarlos mediante las garantías. De esta suerte, las revalorizaciones pasan a engrosar el activo de los distribuidores, como si hubieran hecho inversiones, sin aumentar el pasivo como debiera ser, ya que deberán devolver su valor a los consumidores. Por otra parte, la Dirección de Servicios Eléctricos fija la utilidad de los distribuidores sobre la base del activo inmovilizado de su balance, que en este caso es, en gran parte, de los consumidores, pues ellos son los dueños de los balones declarados en el activo. Los abusos de los concesionarios no se limitan a estos aspectos que pudiéramos calificar de directos. También son expresiones de ellos la venta condicionada de artefactos e implementos; la distribución por sectores, que significa múltiples molestias a quienes se cambian de domicilio y se trasladan a otro barrio; y actualmente la aplicación del sistema de ventas a domicilio, que a menudo va acompañado de un trato descortés y vejatorio para los consumidores. Por otra parte, las compañías distribuidoras funcionan con escaso margen de seguridad para su personal y la población circundante. A pesar de que ENAP se reservó el derecho de inspeccionar este aspecto en los contratos de suministro, de hecho ha delegado tal facultad en la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas. Sin embargo, el 19 de abril del presente año, se declaró un incendio en las instalaciones de la firma Montalbetti y Compañía, en Concón, que sólo pudo ser sofocado gracias a los elementos de que dispone ENAP, según se reconoce en los antecedentes proporcionados a la Oficina de Informaciones del Senado, que obran en mi poder. Cabe preguntarse qué condiciones de seguridad ofrecen las demás instalaciones de las compañías de gas licuado; qué sistema de inspección utiliza la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas, si la firma Montalbetti no contaba con medios propios para sofocar un incendio que pudo afectar a la vecina refinería de Concón. ¿Cómo se ha llegado a esta situación? ¿Cómo ha sido posible que ENAP haya permitido el desmedido enriquecimiento .de unos pocos, sacrificando para ello a miles y miles de familias? ¿Cómo se puede poner término a este estado de cosas? En primer lugar, la entrega de la distribución del gas licuado a empresas particulares ha sido consecuencia de la política que se ha impuesto por los Gobiernos y círculos reaccionarios a la Empresa Nacional del Petróleo, obligándola a abandonar funciones específicas que debió asumir de acuerdo a su ley orgánica. La presión de los monopolios ha ido ahogando poco a poco importantes empresas estatales. Los grandes clanes nacionales se han apoderado de CAP, han frenado el desarrollo de lANSA, han impedido jugar su papel a ENDESA, y han intentado, por todos los medios, la desnacionalización del petróleo chileno. En el artículo 29 de la ley 9.618, que creó la Empresa Nacional de Ptróleo, se dice textualmente que "las funciones y derechos que corresponden al Estado res pecto a la exploración y explotación de los yacimientos petrolíferos y respecto a la refinación y venta del petróleo obtenido de ellos, como asimismo de los subproductos, serán ejercidos por dicha Empresa." Veamos si ENAP está cumpliendo en la práctica con el espíritu y la letra de la ley que la originó. Para ello, basta analizar muy someramente la política general que se ha visto obligada a seguir la empresa, bajo la presión de los grandes intereses. Como se sabe, ENAP, en sus quince años de existencia, se ha dedicado: 1) a la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos; 2) a la refinación en el país del petróleo necesario para el abastecimiento de gasolina, kerosene y diesel, y 3) a la producción de gas licuado que demanda el mercado nacional. Estas actividades han sido emprendidas por ENAP con singular eficiencia y la han llevado a ser un ejemplo de la capacidad de los obreros, empleados y técnicos chilenos. La producción aumenta de año en año y constituye uno de los principales rubros de la economía nacional. De un millón de dólares de aporte inicial del Estado, con que comenzó sus actividades en 1950, su capital se ha elevado a 200 millones de dólares, incluidos el valor de los yacimientos, campamentos, instalaciones, propiedades, maquinarias, etcétera. En quince años, ENAP ha demostrado estar perfectamente capacitada para tener en sus manos la totalidad de la industria petrólera nacional, trabajarla eficientemente y transformarla en un negocio excelente al servicio de todos los chilenos. Sin embargo, dos actividades han sido celosamente mantenidas fuera de su competencia. Y, precisamente, quizás las dos actividades petroleras más rentables; la distribución de hidrocarburos, entre los que se incluye el gas licuado, y el desarrollo de las industrias de utilización del gas natural. Se ha pretendido, ante la imposibilidad de apoderarse del petróleo chileno, controlar, por lo menos, las actividades más seguras y que producen mayor ganancia. Que el Estado se encargue de la exploración y explotación de los yacimientos, que tienda oleoductos, instale refinerías. Magnífico. Pero que luego entregue su producción refinada a los particulares para que ellos la comercien. Es así como debe entenderse la intervención del Estado, a juicio dé los monopolios. Los resultados los tenemos a la vista. La Esso, la Shell y la Copec controlan el mercado nacional de combustibles y obtienen fabulosas utilidades. El gas licuado -indispensable para miles y miles de familias- ahora sirve de fuente de enriquecimiento sin límite a los grandes distribuidores. Un hecho que muestra a las claras las presiones a que se encuentra sometida ENAP, ha sido la instalación de oleoductos. Luego de estudiarse y proyectarse por la Empresa Nacional del Petróleo el transporte de hidrocarburos desde Concón a Maipú, a través de poliductos, debió entregarse la construcción 'de los mismos a la Sociedad Nacional de Oleoductos (SONACOL), integrada por COPEC, ESSO y la propia ENAP, la que participa en 26%. En el hecho, una vez más, los conocimientos y capitales de ENAP han sido puestos al servicio de empresas particulares. Otros ejemplos. ENAP ha entregado funciones de prospección y perforación a empresas extranjeras como la United Geophysicial Co., Delta Corporation, Santa Fe Drilling Co., Leffhland Brothers, etcétera. El transporte marítimo del petróleo crudo y de los {¡roductos refinados está íntegramente en manos de las empresas privadas SONAP e Interocean Gas. La especulación con el gas licuado debe entenderse, entonces, como parte integrante del proceso de debilitamiento de la Empresa Nacional del Petróleo, y su terminación debe enfocarse con relación al acentuamiento del control del Estado sobre nuestra riqueza petrolífera y la ampliación de sus actividades al campo de la distribución de gasolina, kerosene, gas licuado y otros subproductos del petróleo. Es evidente que ENAP está perfectamente capacitada para tomar a su cargo la distribución "del gas licuado. En todo caso, es una labor menos complicada que la que ha significado la exploración y explotación de la riqueza petrolífera. En ese sentido hay consenso en la opinión mayoritaria del país, como tuvo ocasión de demostrarse durante el debate del veto del Ejecutivo al proyecto que modificaba la planta de los servicios dependientes del Ministerio del Interior, en agosto de 1963. En la sesión 30 de la legislatura ordinaria de la Cámara, el Diputado democratacristiano señor Papic, junto con anunciar los votos de su partido a favor de un artículo destinado a limitar el precio del gas licuado, expresó; "Estimamos que el problema creado en torno al precio de distribución del gas licuado deriva del hecho de que ENAP no ha cumplido con la ley, la cual le ha encargado la distribución del petróleo y sus derivados". Y agregó; "Todo esto quiere decir que si la Empresa Nacional del Petróleo cumpliera con la ley y distribuyera directamente al público no sólo el gas licuado sino también el petróleo, la bencina y todos los demás productos derivados, indudablemente que bajarían el costo de la producción y, en consecuencia, el precio que se está cobrando actualmente a los consumidores y que como se ha manifestado, es vergonzoso." Ahora que la Democracia Cristiana está en el Gobierno esperamos que cumpla su palabra; que adopte las medidas necesarias para entregar, en un plazo breve, la distribución de los combustibles a ENAP. Esperamos, en suma, que realice una política consecuente con la posición que mantuvo como partido hasta antes del 4 de noviembre de 1964. Entretanto, es indispensable la adopción de medidas rápidas y eficaces para abaratar el gas licuado, a fin de contribuir al alivio de la penuria económica en que se hallan millares de familias modestas. De poco sirve dar facilidades para la adquisición de cocinas, cuando se mantiene la carestía del combustible. Los comunistas llamamos al Gobierno del señor Freí a poner atajo a la especulación con el gas licuado; a meter mano en este escándalo; terminar con las utilidades fabulosas de los distribuidores, obtenidas a costa de la especulación y el esquilmamiento de los consumidores. A este respecto, queremos citar la opinión del otro Diputado democratacristiano, el señor Alberto Jerez, quien, en la sesión 32, de 7 de agosto de 1963, refiriéndose a la entrega de la distribución del gas licuado a los particulares, dijo: "Pero en aquel otro aspecto, que también está directamente ligado con el interés general del país, el de la comercialización de los derivados del petróleo y fundamentalmente, también, por último, con que ella se realice en términos honestos -no deshonestas como lo están haciendo hoy día empresas particulares que comercian con el gas licuado-, conside- ram.os que en estos instantes existe una crisis, desde todo punto de vista moral, que se ha hecho sentir en la opinión pública." Es claro que esta crisis moral de que hablaba el Diputado Jerez continúa en forma más seria que antes. Las dueñas de casa pueden confirmarlo. Se han acentuado la comercialización deshonesta y la especulación sin freno con el gas licuado. Es necesario poner término a esta situación. Y es posible lograrlo en forma in mediata. Bastaría con fijar precio máximo al gas licuado en términos que no pudiera exceder el ciento por ciento del precio a que ENAP vende el producto a los distribuidores. Con esta medida elemental, justa y progresista, que daría un margen de ganancia más que suficiente a los distribuidores, el kilogramo de gas licuado bajaría de inmediato en 216 pesos. Termino, señor Presidente, expresando que nuestro Partido presentará próximamente un proyecto sobre esta materia, encaminado a limitar el precio del gas licuado. Esperamos contar con el respaldo y el apoyo de todos los sectores progresistas. Solicito insertar los informes N s 1.250 y 1.260, de la Oficina de Informaciones del Senado, relacionados con los costos del gas licuado y con los distribuidores de este producto en el país. Asimismo, pido oficiar al señor Ministro del Interior solicitándole que se oponga al alza del gas de cañería y del licuado pedido por la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago, aumento que, de ser aceptado, gravará fuertemente los ingresos de las familias modestas. El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se harán las inserciones solicitadas por Su Señoría y, de conformidad con el Reglamento, se dirigirá el oficio que ha pedido. -La inserción acordada es del tenor siguiente: "Nf 1.250. "Santiago, 6 de septiembre de 1965. "Honorable Senador: "Con fecha 17 de agosto ppdo., Su Señoría formuló consulta a esta Oficina acerca de los siguientes puntos relacionados con el gas licuado: "19-Textos legales que estatuyen la facultad de la Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas, para intervenir en la fijación y control del precio de venta del gas licuado; "2 -Rubros que inciden en el precio de venta de dicho producto; "3C-Impuestos que están considerados en el precio; "4*?-Precio de venta por kilogramo de gas licuado envasado en cilindros, puesto a domicilio del consumidor e instalado para su empleo, cobrado en las diferentes zonas del país, y "5"?-Monto y factores que incidirían en la diferencia de precios de venta al público, entre el kilogramo de gas licuado proveniente de la refinería de Concón y que se consume en la provincia de Santiago, y aquél que se entrega a los distribuidores en Punta Arenas, para ser colocado entre los usuarios de la zona. "Sobre el particular, me permito informarle lo que a continuación se indica, de conformidad con los antecedentes que obran en poder de esta Oficina y a los que, a requerimiento de este Servicio, ha remitido la Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas; "lí"-La Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas está facultada para intervenir en la fijación y control del precio de venta del gas licuado, en virtud de las atribuciones que se le confieren en el Título V, Párrafos I y II del D. F. L. Ní> 323, de 1931, Ley de Ser- cios de Gas, y en el Título VIII del decreto supremo N 3.707, de 18 de agosto de 1955, del Ministerio del Interior, que aprueba el Reglamento de Explotación de Servicios de Gas, modificado por el decreto supremo N 585, de 10 de abril de 1965. "2 "-Los rubros que inciden en la fijación del precio de venta de gas licuado a! público, son los siguientes: "1) Costo del gas licuado que vende ENAP; "2) Costo del envasado del combustible, cuando ENAP lo entrega en estas condiciones a empresas que no cuentan con plantas de almacenamiento y llenado de cilindros; "3) Transporte por camiones estanques o barcos estanques del gas que entrega la ENAP a granel; "4) Transporte por camiones de cilindros con gas licuado; "5) Sueldos de jefes y empleados; "6) Leyes sociales de jefes y empleados; "7) Salarios de obreros; "8) Leyes sociales de obreros; "9) Depreciaciones (provisionales para renovación) : cilindros, válvulas, estanques de almacenamiento y suministro; vehículos de transporte y distribución del gas licuado; planta de almacenamiento de gas y de cilindros; máquinas, equipos, herramientas, muebles, máquinas de oficina y útiles, etc. "10) Fletes de reparto de gas licuado a usuarios y a agentes en comunas y ciudades vecinas (aceite, bencina, neumáticos y cámaras; repuestos y mantenimiento de vehículos). "En el caso de las empresas que carecen de medios propios o reparto o ellos son insuficientes, es necesario considerar el pago de arriendo de vehículos o del flete respectivo. "11) Comisiones a agentes por venta y reparto de gas licuado; "12) Comisiones por contratación de nuevos consumidores y entrega de la primera carga de gas licuado; "13) Patentes e impuestos de timbres y estampillas; "14) Seguros de vehículos, edificios e instalaciones, gas en transporte y almacenado y accidentes del trabajo; "15) Materiales de consumo; "16) Arriendo de máquinas I. B. M. de contabilidad y control; "17) Arriendo de avisos luminosos y propaganda; "18) Utiles de escritorio y material de imprenta; "19) Movilización y viáticos del personal de inspección y control; "20) Gastos varios (arriendo de locales, etc.) ; "21) Conservación de cilindros y válvulas. Los cilindros deben pintarse por lo menos una vez al año y las válvulas deben someterse a revisión total cada dos años. Además, los cilindros se reinspec- cionan cada cinco años, incluyendo ensayos de presión a 30 kilos/cm2., con el objeto de eliminar a aquellos que muestren deficiencias; "22) Pérdida de gas licuado en estanques, cilindros, pruebas, etc.) ; "23) Teléfono, franqueo, etc.; "24) Energía eléctrica de alumbrado y fuerza motriz; "25) Utilidad. Esta calcula, en general, en 10% y 12% del capital inmovilizado de las empresas. La ley y el reglamento de Explotación de los Servicios de Gas, aceptan hasta un 15% de utilidad. "39-Los impuestos que se encuentran incluidos en el precio de venta del gas licuado, son los que se señalan: "a) Impuesto establecido en el artículo 99 de la ley Nº 14.572, de 20 de mayo de 1961. Este gravamen alcanza a un 14,4% , que se aplica sobre el precio medio vigente en Santiago, que es de Eº 0,475 por kilogramo. En consecuencia, el tributo asciende a la cantidad de Eº 0,0684 por kilogramo; "b) Impuesto a la compraventa, equivalente a un 6%, y "c) Impuesto municipal de 3,85%. "49-Con respecto al precio de venta por kilogramo de gas licuado que se cobra al público, la Dirección de los Servicios Eléctricos y de Gas informa que "los precios que autoriza el Ministerio del Interior, con informe de la Dirección, son los máximos que se pueden cobrar en cada zona de concesión. En las zonas donde existen dos o más distribuidores, hay pequeñas diferencias de precios entre una y otra Empresa, sin que esto signifique una rebaja apreciable respecto al precio máximo fijado." "Los precios fijados en 1964, vigentes en la actualidad, en cada capital de provincia, para el gas licuado envasado en ciiindros de 45 kilos, puesto en el domicilio del cliente y conectado para el uso, son los que se señalan a continuación: Precio autori- Impuestos: zado por la Compraventa, Precio de ven- PROVINCIA Dirección municipal y ta al público. Eº por Kg. sin ley 14.572. E*? por Kg. imp. por Kg. Tarapacá 0,7220 0,0700 0,7980 Antofagasta 0,6560 0,0693 0,7253 Atacama 5,5420 0,0580 0,6000 Coquimbo 0,4760 0,0513 0,5273 Aconcagua 0,4250 0,1183 0,5433 Valparaíso 0,4100 0,1166 0,5266 Santiago 0,4700 0,1230 0,5930 O'Higgins 0,4900 0,1232 0,6132 Colchagua 0,4950 0,1237 0,6187 Curicó 0,5000 0,1242 0,6242 Talca 0,5050 0,1247 0,6297 Linares 0,5100 0,1252 0,6352 Maule 0,5150 0,1257 0,6407 Jíuble 0,5150 0,1257 0,6407 Concepción 0,5250 0,1240 0,649 Arauco 0,5300 0,123 0,653 Bio-Bío 0,5250 0,1266 0,6516 Malleco 0,5400 0,113 0,653 Cautín 5,5500 0,103 0,653 Magallanes 0,1280 0,0124 0,1404 "5 -En seguida, se comparan, en términos monetarios, los rubros que inciden en el precio final del gas licuado para un usuario de Santiago y otro de Punta Arenas ; Punta Arenas 1) Precio del gas entregado E° 0,125 (Concón) E 0,2625 (Puerto Percy) 2) Impuesto Ley 14.572 0,0684 -.- 3) Transporte 0,0174 (terres- 0,02565 (marí- tre) timo) 4) Sueldos y leyes sociales 0,0796 0,01437 5) Jornales y leyes sociales 0,0523 0,00334 6) Depreciaciones (provisionales pararenovación) 7) Gastos de la distribución 8) Impuestos, seguros y patentes 9) Gastos generales 10) Conservación de cilindros y válvulas 11) Utilidad de la Empresa Subotal Impuesto a la compraventa 6'/< 0,0537 0,01424 0,0691 0,01835 0,0044 0,00275 0,0292 0,01180 0,0120 0,00250 0,0394 0,00875 Eº 0,5505 Eº 0,12800 0,0330 0,00768 Impuesto a beneficio municipal Precio de venta al consumidor 0,5835 0,13568 0,0225 0,00475 Eº 0,606 E'-' 0,14043 "Las diferencias que se observan en los gastos propios de las Empresas, se explican por el hecho de que en la provincia de Magallanes el consumo de gas por usuario es muy elevado y alcanza a 200 kilos al año, o sea, diez veces superior a lo qué se consume en Santiago. "La Empresa distribuidora de Magallanes, "Servigas", de acuerdo con las cifras entregadas a la Dirección para el cálculo de las tarifas, no está pagando lo que debiera en lo que se refiere a sueldos y salarios. Se puede observar la baja incidencia que tienen ambos rubros, respecto al precio total. "Dios guarde a US." "Ní> 1.270. "Santiago, 20 de septiembre de 1965. •V "Honorable Senador : "Con fecha 19 del mes ppdo.. Su Señoría formuló a esta Oficina diversas consultas relacionadas con el gas licuado, que, de conformidad con los antecedentes proporcionados por la Empresa Nacional del Petróleo, a requerimiento de este Servicio, me permito contestar a US., en ia forma que a continuación se indica: "IP-Nómina de las Compañías distribuidoras de gas limado con su. respectiva zona de distribución. jNombre y sigla de distribuidores Zona de distribución ZONA NORTE Montalbetti y Cía. S. C. e I. (LIPIGAS) Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Aconcagua y Valparaíso. Cía. Industrial y de Gas de Antofagasta (CI- CfA) Antofagasta y Atacama. Soc. Cornejo y Espinoza Ltda. (NORGAS LTDA.) Coquimbo. ZONA CENTRAL Cía. de Gas de Valparaíso Aconcagua y Valparaíso. Abastecedora de Combustibles S. A. (ABAS- TIBLE S. A.) Santiago. Cía. Distribuidora de Gas "CODIGAS S. A. C. e I." Santiago. Cía. de Consumidores de Gas de Santiago (GASCO) Santiago. Agrícola O'Higgins Ltda. (AGROGAS) O'Higgins. Fuentes y Jaña Ltda. (GASLISUR) O'Higgins. Cía. Distribuidora de Gas Licuado Ltda. (CI- LINGAS LTDA.) O'Higgins y Colchagua. • Soc. de Abastecimiento y Ventas de Artefactos y Combustibles de Gas Licuado (SA- VAC GAS LTDA.) Colchagua. Abastecedora de Combustibles "CITRICO" Ltda. (Por orden de Soc. René Irigoyen y Cía. Ltda.) Curicó. Toro Hnos. Ltda. (GASOL) Curicó. Nibaldo Moraga' C. (CURIGAS) Curicó. Cía. de Consumidores de Gas de Talca (GAS- TALCA) Talca. Abastecedora de Combustibles "GONZAGAS" Ltda. (Por orden de Distribuidora González Rodríguez) Talca. Soc. Rodríguez Villalobos (Hnos. (ROGAS) Talca. Abastecedora de Combustibles "LIMAGAS" Ltda. (Por orden de Arturo Espinoza P.) Linares y Maule. Raquel Santander C. (SANCAS) Linares y Maule. FARGAS Linares, Maule y Ñuble. Jorge Jarur y Cía. Ltda Ñuble. Gas Licuado Biogas Ltda. (Por orden de la Cía. de Gas de Concepción) .' Ñuble, Concepción, Bío-Bío, Depto. Arauco y Lebu. Guillermo Barberis y Cía. Ltda. (PROGAS) Concepción, Bío-Bío. Juan Víllagrán M. (LICUA-GAS) Concepción. ZONA SUR Servanti y Heise Ltda. (VITALGAS) Malleco, Depto. Notro-Gas Ltda Cautín Mallpí n Massmann y Cía. Ltda. (MASS-GAS) Cautín. Teodoro Ribera B. (RIBER-GAS) Cautín. Cía. Distribuidora de Gas de Magallanes S. A. (SERVIGAS) Magallanes. "2 -Cantidad de kilos de gas licvxido que ENAP ha entregado a eada una de las Compañías distribuidoras durante el año 1964 y primer semestre del año 1965. Distribuidor Año 1964 l.er semestre Kilos 1965. Kilos Abastecedora de Combustibles S. A 13.833.130 7.952.260 Abastecedora de Combustibles "LIMA- GAS" Ltda. .... 441.700 313.390 Abastecedora de Combustibles "CURI- GO" Ltda 213.770 155.360 Abastecedora de Combustibles "GONZA- GAS" Ltda 521.980 321.890 Agrícola O'Higgins Ltda .... .... 781.380 461.680 Guillermo Barberis y Cía. Ltda 2.190.070 1.383.965 Cía. de Consumidores de Gas de Santiago 26.608.650 14.298.950 Cía. de Gas de Valparaíso 7.161.517 3.642.781 Cía. de Consumidores de Gas de Talca .., 639.215 357.509 Cía. Industrial y de Gas de Antofagasta 2.083.377 1.155.329 Codigas S. A. C. e 1 5.927.110 3.125.280 Cilingas Ltda 931.361 571.987 Cía. Distribuidora de Gas de Magallanes S. A 9.533.349 4.894.015 Gas Licuado Biogas Ltda 2.984.463 1.790.492 Fargas 267.100 135.000 Fuentes y Jaña Ltda 676.550 457.685 Jorge Jarur y Cía. Ltda 342.215 216.460 Massmann y Cía. Ltda 634.190 340.880 Montalbetti y Cía. S. C. e 1 16.744.535 9.721.622 Nibaldo Moraga C 269.690 149.520 Notro-Gas Ltda 729.490 453.620 Teodoro Ribera B 459.070 223.518 Soc. Rodríguez Villalobos Hnos 339.250 195.780 Raquel Santander C 289.440 136.050 Servanti y Heise Ltda 179.560 101.130 Soc. Cornejo y Espinoza Ltda, 896.033 626.496 Savac Gas Ltda 319.770 177.900 Toro Hnos. Ltda 188.870 108.760 Juan Villagrán M 398.490 255 930 Total país 96.585.325 53.725.239 "Nota: Las cantidades de gas licuado indicadas para la Cía. de Gas de Valparaíso y para la Compañía de Gas de Santiago, incluyen el gas licuado de inyección a gas de cañería.""3®-Precio de venta del gas licuado. "El precio de venta que ENAP cobra a las compañías distribuidoras que se proveen en la Refinería de Concón es de E'í' 0,1250/Kg., valor que debe aumentarse en lo que corresponde al impuesto, según ley N 14.752, totalizando para las zonas que se indican, las siguientes cantidades : Tarapacá a Coquimbo: E° 0,12785/Kg. Aconcagua a Cautín: E"? 0,1934/Kg. "El precio de venta que ENAP cobra a la compañía distribuidora que se provee de Magallanes es de E° 0,0240/Kg., valor que debe aumentarse en el impuesto de la ley N"? 14.752, precio que con este gravamen alcanza a la suma de E"? 0,02685/Kg. "Por último, el precio de venta de ENAP en Magallanes para los distribuidores que la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas ha autorizado para que atiendan servicios en las provincias de Valdivia a Aisén, es de Eº 0,0700/Kg., el cual, al incluírsele el impuesto a la citada ley 14.752, llega a un monto de Eº 0,1384/Kg. "4°-Tipo y monto de los impuesto incluidos en el precio de venta del gas licuado. "El impuesto incluido en el precio de venta que ENAP cobra a las compañías distribuidoras es el correspondiente a la ley N 14.752 antes mencionada, con un monto por kilogramo de 0,084. Se exceptúan las provincias de Tarapacá u Coquimbo y la de Magallanes, en que el gravamen se rebajó a E 0,00285/Kg. "5P-Razón que ha tenido ENAP p'aj-a no entregar la distribución de gas licuado entre Valdivia y Aisén y en zona norte, a excepción de Antofagasta. "En relación con este punto, cabe señalar, en primer lugar, que el gas licuado se distribuye en todas las provincias del norte del país desde 1958, por lo que sólo se considerará la situación de la zona Val- divia-Aisén. "En dos ocasiones, noviembre de 1960 y enero de 1963, se ha llamado a concurso de antecedentes para designar distribuidores en la zona Valdivia-Aisén. En el primer caso, tal concurso se declaró desierto por falta de interesados, debido a los efectos ocasionados por el terremoto de ese año; en la segunda oportunidad, la decisión se prorrogó indefinidamente por diversas razones: inicialmente, por la incertidumbre sobre la reglamentación del artículo 50 de la ley Nº 15.386, y luego, por la necesidad de revisar la política de distribución vigente. "Por otra parte, la extensión de la zona de distribución produciría aumentos de consumo que deberían atenderse, en el momento, con gas traído desde Magallanes, lo que implica un alto costo y una disminución de las disponibilidades de exportación que hacen que tal decisión parezca inconveniente a los intereses nacionales. En el primer semestre del año próximo, debe iniciar sus operaciones la Refinería de Concepción, cuya producción permitirá abastecer estos consumos. En ese entonces, se podrá enfrentar tal extensión del área de distribución en forma económica. "6"-Control que ejerce ENAP sobre las condiciofies de seguridad de las compañíatt distf'ibuidoras. "Si bien en los contratos de suministro, ENAP se reservó el derecho de inspeccionar en sus aspectos técnicos y de seguridad la distribución de gases licuados y sus instalaciones, el control que efectivamente ha ejercido se ha limitado a re querir que cumplan las condiciones de seguridad sólo en lo que atañe a su establecimiento, es decir, en los camiones y cilindros que se cargan en los recintos de ENAP. "Tal actitud se ha mantenido teniendo en vista que la ley confiere esta atribución de controlar, a la Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas. Además, ENAP ha asesorado y prestado ayuda para resolver estos problemas, tanto a dicha Dirección, como a los distribuidores que lo han solicitado. '"JO-Informar si el incendio de Montal- betti y Cía. afectó a la Refinería de Concón. "El incendio ocurrido el día 19 de abril del año en curso en las instalaciones de la firma antes señalada, no afectó a la Refinería de Concón. Ese siniestro fue combatido con prontitud con los elementos de que ENAP dispone." El señor GARCIA (Vicepresidente).- Se levanta la sesión. -Se levantó a las 20.38. Dr. René Vuskovic Bravo, Jefe de la Redacción. ANEXO DOCUMENTOS. 1 INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES AL PROYECTO SOBRE EMPRESTITOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL. Honorable Senado; Vuestra Comisión de Gobierno ha estudiado las observaciones de S. E. •el Presidente de la República, en segundo trámite constitucional, al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Coronel para contratar empréstitos. Esta iniciativa fue despachada al Ejecutivo por el Congreso Nacional en junio de 1964 y, en términos generales, consiste en autorizar a la referida Municipalidad para contratar empréstitos por la suma de E 500.000 para realizar un plan de diversas obras de progreso en la comuna. El proyecto aprobado financiaba el servicio de las deudas que contrajera la Corporación con este motivo, con la prórroga de una contribución adicional a los, bienes raíces de Coronel del monto de un uno por mil, contribución entonces vigente, y con la adición de otra contribución de la misma especie de un uno y medio por mil más. El Gobierno del señor Alessandri vetó este financiamiento porque, a su juicio, las disposiciones que aumentaron los tributos y derechos municipales en la ley 15.575, de mayo de 1964, sobre aumento de un 35% a los sueldos y remuneraciones, permitían ingresos suficientes a los Ayuntamientos para servir sus deudas, además, que los bienes raíces estaban siendo sobremanera recargados de tributos, tanto por otras disposiciones de la misma ley que financiaron el aumento de quinquenios de las Fuerzas Armadas como por el hecho de que muy luego habría de ponerse en videncia la retasación de todas las propiedades En estas condiciones, el Ejecutivo propuso, en su observación al proyecto que nos ocupa, sustituir el financiamiento para él servicio de los empréstitos con el que corresponde a los mayores ingresos edilicios por el alza de los derechos y demás tributos que perciben en virtud de la ley de rentas municipales.. La Honorable Cámara aprobó esta observación y vuestra Comisión, atendida esta circunstancia, el hecho de que por tal motivo no habría ley en la parte observada si su pronunciamiento fuere distinto y la consideración de que los nuevos avalúos, ahora vigentes están representando para todas las Municipalidades del país una suma de ingresos que se estima tres veces superior a los que percibían el año pasado, resolvió proponeros que procedáis en los mismos términos acordados por la Honorable Cámara, aprobando esta observación. Sala de la Comisión, a 16 de noviembre de 1965. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Curtt (Presidente), Allende, Ampuero, Gumucio y Maurás. (Edo.); Luis Valencia Avaria, Secretario. 2 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES AL PROYECTO SOBRE EMPRESTITO PARA LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL. Honorable Senado: Las observaciones en informe fueron formuladas en la pasada Administración e inciden en sustituir el financiamiento que contempla el proyecto despachado por el Congreso Nacional para que la Municipalidad de Coronel pueda servir los empréstitos de hasta Eº 500.000 que se le autoriza contratar y que consiste en el establecimiento de una contribución adicional del uno y medio por mil sobre el avalúo imponible de la comuna de Coronel, por otro que destina a este objeto, preferentemente, los recursos que obtenga ese Municipio con motivo de la aplicación de la ley 15.575, que ordenó la retasación general de los bienes raíces. El criterio sustentado por el Gobierno anterior en orden a no permitir discriminaciones o diferencias en la tasa de impuesto territorial que grava a los bienes raíces ubicados en las distintas comunas del país, ha sido mantenido inalterable por esta Comisión, razón por la cual ha debido modificar en varias oportunidades iniciativas de ley similares. Refuerza esta posición el hecho de que el decreto 2.047, del presente año, al señalar la distribución de los ingresos del impuesto territorial dispone que la vigésima parte de él, esto es el uno por mil, debe destinarse en cada comuna al servicio de los empréstitos municipales que hubiere contratado la respectiva Municipalidad. Por estas consideraciones, la Comisión de Hacienda os recomienda aprobar el veto que os informamos. Sala de la Comisión, a l " de diciembre de 1965. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Altamirano (Presidente), Contreras Labarca, Palma, Bossay y von Mühlenbrock. (Edo.): Pedro Correa Opaso (Secretario). 3 INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO SOBRE EMPRESTITO PARA LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Gobierno tiene a honra entregaros su informe al proyecto de ley, de la Honorable Cámara de Diputados, que autoriza á la Municipalidad de Iquique para contratar empréstitos. Con motivo del estudio de esta iniciativa fue llamado al seno de vuestra Comisión el señor Director de Impuestos Internos don Jaime Ross Bravo. En sustancia, el proyecto en informe autoriza a la referida Municipalidad para contratar empréstitos hasta por la suma de E " 2.100.000 para diversas obras urbanísticas y ornamentales en la comuna, con miras de atraer y facilitar una corriente turística que se está manifestando en forma progresiva y, a la vez, procurar la realización de obras públicas que mantengan una fuente de trabajo necesaria. Para financiar el servicio de los préstamos que se contraten, el proyecto cuenta con el producto del 1 por mil de la contribución de bienes raíces que en conformidad al decreto supremo número 2.047, de 29 de julio de 1965, debe destinarse al pago de empréstitos municipales, y que en el caso de Iquique, cuyo avalúo total es de E 64.941.353,00, debe rendir una suma aproximada de E 65.000 anuales. Además, y como esta cantidad puede resultar insuficiente para tal servicio, el proyecto propone una contribución adicional sobre el 20 por mil del impuesto territorial, que acrecentará el ingreso en E° 13.000 anuales. Vuestra Comisión consideró conveniente y necesaria la inversión de los E 2.100.000 en las obras propuestas, pero se manifestó disconforme con la contribución adicional propuesta, que quiebra una política de contribuciones que se ha estimado justa y equitativa. Consultado el señor Director de Impuestos Internos coincidió con el criterio de los miembros de vuestra Comisión y anunció qu,e estudiaría alguna fórmula que salvara la situación, la que plantearía en oportunidad del trámite del informe de vuestra Comisión de Hacienda o en el segundo informe reglamentario. Vuestra Comisión, con la abstención del señor Curti, acordó aceptar en definitiva el artículo 6 , que se refiere al impuesto adicional, confiada en que será modificado, y aprobó por unanimidad los demás preceptos. En general, el proyecto en informe consulta las normas corrientes a esta clase de proyectos de empréstitos municipales, redactados en términos muy completos. Sin embargo, los artículos 12 y 13 contienen disposiciones sobre una política de enajenación libre o transferencia ai Fisco de terrenos municipales, de acuerdo con el Plano Regulador, para construcción de viviendas o por necesidades de remodelación, urbanización o instalación de servicios fiscales, e incluso permiten con estos objetos la expropiación de bienes raíces, política que, dentro de la oi'ientación turística del proyecto, vuestra Comisión estimó aceptable. Por estas consideraciones tenemos a honra proponeros la aprobación de esta iniciativa en los mismos términos que constan del oficio de la Honorable Cámara. Sala de la Comisión, a 16 de noviembre de 1965. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Curtí (Presidente), Allende, Ampuero, Gumucio y Maurás. (Edo.): Luis Valencia Avaria, Secretario. 4 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO.SOBRE EMPRESTITO PARA LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE. Honorable Senado: El proyecto en informe autoriza a la Municipalidad de Iquique para contratar empréstitos hasta por E 2.100.000, al interés bancario corriente. Estos recursos se destinan en el artículo 3?, a la ejecución de determinadas obras públicas en esa ciudad. El artículo 6 * contempla el financiamiento de los empréstitos que se autoriza contraer, para lo cual se. impone una contribución adicional del 10% anual sobre el pago del tributo de los bienes raíces de la comuna de Iquique. El avalúo total de los bienes raíces de la comuna de Iquique asciende, aproximadamente, a E° 65.000.000, de modo que el impuesto territorial del 20 por mil vigente rinde E 1.300.000. En consecuencia, el gravamen que se contempla en el artículo 6 referido proporcionará ingresos a la Municipalidad de Iquique del orden de los E * 130.000. Además, en caso de que se contraten los empréstitos que se autorizan por esta ley, se dispondrá del 1 por mil de la contribución de bienes raíces que, de acuerdo al decreto supremo 2.047 de 29 de julio de 1965, debe destinarse al pago de empréstitos municipales, lo cual producirá ingresos por Eí" 65.000. En resumen, se dispone para financiar los empréstitos de E " 2.100.000 que se autoriza contratar, de sólo Eº 195.000, con lo cual no se cubren ni siquiera los intereses de la deuda. El proyecto consulta para esta deuda una amortización de hasta 15 años, pero la práctica indica que las instituciones que otorgan estos préstamos no lo hacen sino por plazos máximos de hasta 10 años. Esto significa que para amortizar esta deuda se precisarían de 210.000 anuales, sin perjuicio de los intereses que ella devengue . Por otra parte, la Comisión de Hacienda participa de un criterio que ha impuesto en la legislación, en orden a no romper la tasa única de impuesto territorial vigente pára todo el país. Por eso, el decreto supremo N° 2.047, antes mencionado, al señalar el destino de los fondos que se recauden por concepto de impuesto territorial, dispone que un 1 por mil del impuesto del 20 por mil que grava a los bienes raíces, se destinará a servir los empréstitos municipales. En caso de no existir éstos, el citado porcentaje pasa a rentas generales de la Nación. No hay razones atendibles para justificar la discriminación en la tasa de este impuesto en las distintas comunas del país. Por esto, la Comisión, con la abstención de los señores Altamirano y Contreras Labarca;, acordó rechazar el artículo 6 del proyecto, que contemplaba la imposición del recargo al impuesto territorial que comentamos. Los señores Altamirano y Contreras Labarca se abstuvieron porque, aun cuando concuerdan con el planteamiento indicado, estiman que la Municipalidad de Iquique requiere con urgencia, de un mayor financiamiento para desarrollar una labor eficiente. Los demás miembros de la Comisión concordaron en buscar para debatir en el segundo informe, nuevas fuentes de recursos. Con el objeto de incrementar los fondos de la Municipalidad de Iquique, se resolvió que el 1 por mil destinado en el decreto N 2.047 para servir empréstitos municipales, que se recaude en la comuna de Iquique, incremente el presupuesto de esa Municipalidad aun cuando no estuviere pendiente el servicio de empréstitos. A fin de conciliar el financiamiento que otorga esta iniciativa de ley con las posibilidades de endeudamiento de la Municipalidad de Iquique, os proponemos modificaciones qué permiten encuadrar ambos factores. Así se modifica el artículo 1 , reduciendo la autorización para contratar empréstitos a Eº 1.100.000. Esta deuda puede ser servida por la Municipalidad de Iquique con el 1 por mil del impuesto que grava a los bienes raíces de esa comuna y que se destina a este efecto, porcentaje que i3feduce un rendimiento creciente con ocasión del reajuste anual que experimentará el avalúo de los bienes raíces. Además, esa Corporación Edi- licia podrá destinar al efecto parte de sus entradas ordinarias. El artículo 3 se sustituye declarando que los empréstitos que se contraten en virtud de esta ley o los fondos que se recáuden provenientes del 1 por mil del impuesto territorial se invertirán en la complementación de las obras públicas que en él se señalan. El texto de la Honorable Cámara de Diputados distribuía los E " 2.100.000 eñ la construcción de las mismas obras que ha aprobado favorecer esta Comisión, pero esta vez dejando al criterio de la Iltma. Municipalidad de Iquique la suma y prelación que se dará a cada una de ellas. El artículo 6? que recaudaba anualmente el pago del tributo de los bienes raíces de la comuna de Iquique en un 10% fue rechazado de conformidad con lo expuesto anteriormente. En sustitución se contempla la obligación de invertir en la comuna de Iquique el uno por mil del impuesto territorial que en ella se recaude y que de conformidad al decreto supremo 2.047, de 1965, debe destinarse al. servicio de empréstitos municipales. Estos fondos en lo sucesivo no ingresarán a rentas generales de la Nación en el supuesto de que esa Municipalidad no tuviere empréstitos que servir, como ocurre en la actualidad. Este beneficio se otorga en forma permanente. Las demás disposiciones de esta iniciativa de ley comunes a esta clase de proyectos así como los artículos finales que permiten la enajenación de determinados bienes de propiedad municipal y la facultad que se otorga a la misma municipalidad para expropiar otros a fin de regularizar sus planos reguladores o de urbanización, fueron aprobados sin modificaciones . En virtud de las modificaciones expuestas, la Comisión de Hacienda os recomienda aprobar este proyecto de ley, con las siguientes modificaciones: Artículo Reemplazar la cifra "E° 2.100.000.", por "E° 1.100.000". Artículo 39 Sustituirlo por el siguiente: "Artículo 3 "-La Municipalidad de Iquique invertirá el producto de los empréstitos que se contraten en virtud de esta ley en la ejecución de las siguientes obras: Avenida Costanera, Tajamares y ornamentos; Forestación y Jardinería urbana y obras nuevas de remodelación de la Avenida Balmaceda (plazas, juegos infantiles, canchas deportivas, etc.) y Balneario Municipal." Artículo 4 Reemplazar la cifra; "E " 2.100.000", por E"? 1.100.000". Artículo 6 Suprimirlo. Artículo 79 Pasa a ser 6 , reemplazado por el siguiente: "Artículo 6°-Autorízase, en caso de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1°, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo 3 , del uno por mil de la contribución de los bienes raíces de la comuna de Iquique, que de conformidad al decreto N 2.047, de 29 de julio de 1965, deben destinarse al servicio de empréstitos municipales. Podrá, asimismo, destinarse a la ejecución de dichas obras el excedente que se produzca entre estos recursos y las sumas necesarias para el servicio de la o de las deudas contratadas." Artículos 8 al 10. Pasan a ser artículos 7? al 9 , respectivamente, sin modificaciones. Artículo 11 Pasa a ser artículo 10, reemplazando la cita al artículo 12 del proyecto por otra al artículo 11. ' Artículo 12 Pasa a ser artículo 11, sin otra modificación. Artículo 13. Pasa a ser 12, substituyendo la referencia al artículo 12 del proyecto por otra al artículo 11. En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley aprobado queda como sigue: Proyecto de ley "Articulo 19-Autorízase a la Municipalidad de Iquique para contratar uno o más empréstitos con el Banco del Estado de Chile, con la Corporación de Fomento de la Producción u otras Instituciones de Crédito, que produzcan la suma de E"? 1.100.000 al interés bancario corriente en bancos particulares y con amortizaciones que extingan cada crédito dentro del plazo máximo de quince años o en términos menores que se convengan en dichas instituciones. Articulo 2*?-Facúltase al Banco del Estado de Chile, a la Corporación de Fomento de la Producción, y a las instituciones señaladas en el articulo 1° para otorgar el o los créditos autorizados por la presente ley, pa- ra cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas o limitativas de sus Tespectivas Leyes Orgánicas o Reglamentos. Artículo 3 *-La Municipalidad de Iquique invertirá el producto de los empréstitos qué se contraten en virtud de esta ley en la ejecución de las siguientes obras: Avenida Costanera, Tajamares y ornamentos; Forestación y Jardinería urbana y obras nuevas de remodelación de la Avenida Balmaceda (plazas, juegos infantiles, canchas deportivas, etc.) y Balneario Municipal. Artículo 4 -La autorización relativa al monto del crédito estipulado en el artículo 1° se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71 de la ley Ni* 11.860. Sin embargo, la Municipalidad quedará facultada para pactar consolidaciones o ampliaciones del crédito hasta la cifra máxima de E 1.100.000, en el caso de que en el futuro y dentro del plazo máximo de quince años fijado para la extinción total de cada deuda, se produjeren ampliaciones del margen establecido en el artículo 71 de la ley 11.860 antes citada. Artículo 5*?-En el caso de producirse excedentes disponibles, la Municipalidad podrá invertir los fondos sobrantes en cualquiera otra obra de adelanto local con acuerdo en sesión extraordinaria, especialmente convocada para tal objeto, con el voto confoi'me de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Cumplidas estas formalidades la Municipalidad podrá invertir los fondos sobrantes en otras de las obras proyectadas; aumentar Ja partida consultada para uno, con fondos de las otras, si resultare insuficiente para su total ejecución; o alterar el orden de prelación de las obras consultadas. Artículo 6 -Autorízase, en caso de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1°, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo del uno por mil de la contribución de los bienes raíces de la comuna de Iquique, que de conformidad al decreto Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, deben destinarse al servicio de empréstitos municipales. Podrá, asimismo, destinarse a la ejecución de dichas obras el excedente que se produzca entre estos recursos y las sumas necesarias para el servicio de la o de las deudas contratadas. Artículo 1°-La Municipalidad deberá completar la suma necesaria para el servicio de los créditos que contrate en uso de las autorizaciones que le confiere la presente ley, con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias o extraordinarias, en el caso en que los recursos a que se refiere el artículo 6"? fueran insuficientes para tal objeto, o no se obtuvieren en la oportundad debida. Si, por el contrario, hubiere excedentes, se destinarán éstos, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordare la Municipalidad en sesión extraordinaria especialmente convocadas para tal objeto, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio. Artículo 89-El pago de los intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda, se hará por intermedio de la Caja da Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Iquique, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos sin necesidad de Decreto del Alcalde, en el caso de que éste no haya sido dictado con la debida oportunidad. La Caja de Amortización de lá Deuda Pública atenderá el pago de estos servicios de acuerdo a las normas establecidas por ella para el servicio de la deuda interna. Artículo 9 -La Municipalidad de Iquique depositará en la cuenta de depósito fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley ai servicio del o los préstamos hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amoi'tizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad de Iquique deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de Ingresos Extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del empréstito o empréstitos, y en la partida de Egresos Extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del empréstito o empréstitos, y en la partida de Egresos Extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley. Artículo 10.- La Municipalidad deberá depositar las sumas provenientes de la aplicación del artículo 11 de la presente ley en la Tesorería Comunal respectiva, en una cuenta especial para "Obras Nuevas y de Adelanto Comunal", pudiendo girar sobre ese producido tanto para la urbanización de los sectores expropiados, como para la urbanización de poblaciones marginales u otras obras consultadas en su presupuesto anual englobadas en el 20% que señala el artículo 82 de la ley N " 11.860. Artículo 11.- Autorízase a la Municipalidad de Iquique para enajenar, omitiendo el trámite de propuestas públicas o subasta, bienes raíces o terrenos de propiedad municipal con el objeto de que se destinen a la construcción de viviendas por sociedades o personas naturales en zonas que para esos efectos determine el Plano Regulador de la ciudad. Facúlta-_ se, asimismo, a la Municipalidad de Iquique, para ceder terrenos al Fisco, ¿i título gratuito u oneroso, cuando las necesidades de urbanización, remodelación o instalaciones de servicios fiscales así lo requiei an y de conformidad con las ordenanzas del Plano Regulador de la ciudad, si así estuvieren concebidas. Para los efectos del presente artículo, la Municipalidad deberá convocar a una sesión extraordinaria para este solo efecto y el acuerdo deberá adoptarse con el voto conforme de los tres cuartos.de sus Regidores en ejercicio. La determinación de precios para estas enajenaciones no podrá ser inferior, en ningún caso, al de la tasación fiscal vigente y para su aprobación deberá contar con las mismas formalidades señaladas en este artículo. Artículo 12.- Facúltase, asimismo, a la Municipalidad de Iquique para expropiar todo bien raíz o terrenos particulares, de acuerdo a las Leyes y Relamentos que rijan la materia, cuando éstos entraben los planos de loteo regular, remodelación, replanteo o urbanización, pudiendo una vez finiquitadas las expropiaciones, ya sean parciales o totales, ponerlos nuevamente a la venta en conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la presente ley." Sala de la Comisión, a 30 de noviembre de 1965. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Altamirano (Presidente), Bossay, Contreras Labarca, Palma y Von Mühlenbrock. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario. 5 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO SOBRE FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA ELEMENTOS DESTINADOS A LA LOCOMOCION COLECTIVA PARTICULAR. Honorable Senado: Uno de los problemas más seTios que se presentan a toda ciudad que se expande demasiado y cuyo número de habitantes aumenta rápidamente, lo constituye el de la movilización colectiva. Sobre el particular, además,, de haber existido falta de previsión, debemos lamentar la discontinuidad de una política llamada a encarar los distintos factores que interan una solución de este problema. Esporádicamente, cuando ha hecho crisis la falta de medios de locomoción, se ha procedido a autorizar la importación de vehículos de transporte de pasajeros, lo que ha permitido aliviar temporalmente el déficit crónico de buses y taxi-buses existente en las principales ciudades del país. La última importación masiva fue efectuada en el año 1961, lo que permite disminuir el promedio de edad de los vehículos en servicio a ocho años. Eate solo antecedente es demostrativo de la mala calidad y condiciones de servicio de nuestros medios de locomoción colectiva, pues los estudios económicos indican como máximo de vida útil para estos medios de transportes cinco años. El Gobierno, que estuvo representado en esta Comisión por el Subsecretario de Transportes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, don Sergio Saldivia, se propone adoptar varias medidas que permitan a la población disfrutar de un rápido y cómodo sistema de movilización colectiva. Con este objeto, dentro de un plan de acción inmediata que ya se inició, se han adquirido repuestos y doscientos cincuenta motores, a fin de lograr la recuperación de numerosos buses y trolley-buses que se encontraban fuera de servicio. Además, se logró un mejor aprovechamiento de las máquinas de locomoción colectiva particular mediante el establecimiento de un sistema que permite ocupar dos choferes por máquina, con jornada de ocho horas cada uno. Lo anterior, unido a la fiscalización directa de los servicios efectuados por personal deí Cuerpo de Carabineros de Chile, por carencia de inspectores en la Subsecretaría de Transportes, y al ordenamiento del tránsito en el sector céntrico de Santiago, ha permitido-un mejoramiento sustancial de este servicio. Cumplida esta etapa el Gobierno se ha abocado al estudio y despacho deJ proyecto de ley en informe que permitirá la internación de 1.500 chassis para, movilización colectiva particular. Finaliza el programa del Gobierno sobre el particular, creando una Comisión Técnica que estudiará y resolverá permanentemente los problemas que digan relación con el transporte de pasajeros. Ella estará integrada por representantes de la Subsecretaría de Transportes, del Ministerio de Obras Públicas, Municipalidad de Santiago, Ferrocarriles del Estado y Empresa de Transportes Colectivos del Estado. Esta Comisión resolverá, entre otras materias, acerca de la construcción de ferrovías servidas por automotores rápidos o por monorrieles elevados, las que se complementarán con buses de acercamiento y distribución. El proyecto en informe tiene por objeto lograr la adquisición de vehículos tanto para el sector público como por parte del sector privado. Estas adquisiciones se harán con cargo a un préstamo efectuado por AID al Banco Central de Chile por US 80.000.000. Este préstamo de la Alianza para el Progreso de acuerdó a la Sección 1.2. del Convenio de Acuerdo tiene por objeto permitir al prestatario, esto es, al Gobierno de la República de Chile, obtener el desarrollo de sus programas económicos y sociales, financiando la adquisición de sus importaciones que haga en los Estados Unidos de Norteamérica. Este préstamo devenga un interés del 1 % en los primeros diez años y del dos y medio por ciento en los siguientes y se amortiza en 61 cuotas semestrales a partir del décimo año. Esto es, tiene un plazo de amortización total de 40 años, iniciándose el pago de amortización e interés a partir del décimo año. Con cargo a este préstamo el Banco Central de Chile ha concedido una línea de crédito a los empresarios de la locomoción colectiva particular ascendente a US$ 2.500.000, amortizable en tres años, a fin de que éstos importen 650 chasis para buses destinados a sus empresas. Además, se consulta otra línea de crédito de US$ 3.800.000, para importar 850 chassis con la misma finalidad. También se adquirirán con cargo a este préstamo 300 taxibuses, los que renovarán parte de los 2.000 en circulación. El artículo 1 : señala las franquicias tributarias de que gozarán estas importaciones. Se les libei-a del impuesto del 200% sobre el valor FOB que grava la importación de chassis con motor incorporado; del impuesto especial de 200% sobre el valor de fábrica de los vehículos que se arreen o fabriquen en el país y de los derechos y gravámenes que se perciben por intermedio de las aduanas y que graven la internación de estos chas- sis. Sólo se exceptúan de esta liberación al impuesto adicional establecido por el artículo 169 de la ley 13.305 con el objeto de obtener la distribución o supresión de los depósitos de internación y que, en el caso de chas- sis para buses de la locomoción colectiva, asciende al 100% de su valor. El Honorable Senador señor Palma fue partidario de incluir también este impuesto en la Referida liberación, pero esta idea fue deshechada. Además, se declara exenta a la primera transferencia de estos vehículos del impuesto a la compraventa y cifra de negocios. En resumen, este artículo, de carácter transitorio, pues las franquicias tributarias que concede tienen un plazo de duración de dos años, favorece sólo a la importación de chassis con motor incorporado para buses y taxibuses destinados a la movilización cplectiva de pasajeros. Con esto, se ha querido defender el desarrollo de la industria de carrocei-ías existente en el país. Por esta misma razón, la Comisión desechó un inciso que autorizaba la importación de carrocerías desarmadas. Obró de esta manera, después de oír a la Confederación Nacional de Transportes, cuyos representantes expresaron que la industria carrocera nacional se encuentra en condiciones de fabricar las carrocerías de los 1.500 vehículos que se importarán. El ai'tículo 2 del proyecto extiende las franquicias referidas anteriormente a la internación de vehículos de locomoción destinados a ser ad quiridos por colegios, escuelas, instituciones o entidades educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública o renocidos como cooperadores de la función educacional del Estado; por empresas de turismo o entidades fiscales que faciliten o fomenten la industria del turismo y los destinados al servicio interprovincial del transporte de pasajeros. Las franquicias que se otorgan a instituciones educacionales fueron aprobadas con la abstención del Honorable Senador señor Contreras La- barca . El Honorable Senador señor Tomás Reyes formuló indicación para precisar que las franquicias consultadas en la letra b) de este artículo favorecen expresamente a los empresarios de hoteles de turismo, quienes están más directamente llamados a provocar el desplazamiento de turistas desde su llegada al país. La Comisión de Hacienda desechó estai indicación por estimar que la redacción de la letra b) de este artículo comprende a las empresas o empresarios de turismo, término más amplio que el de hoteles de turismo, que queda comprendido en aquél La letra c) permite la importación de vehículos destinados al servicio interprovincial, esto es, a empresas como Andes-Mar Bus u otras similares . El Ejecutivo formuló indicación para permitir en virtud de esta ley, la internación de vehículos destinados a ser adquiridos por clubes profesionales de fútbol de primera división y división de ascenso, limitándose este derecho a la importación de sólo un vehículo por club. La Comisión de Hacienda, con el voto disidente del señor Palma, rechazó esta indicación por estimar que, dada la situación de nuestra balanza de pago, no era oportuno distraer divisas con fines como el señalado. El artículo 3 prohibe la enajenación o arrendamiento de estos vehículos, sin autorización del Ministerio de Economía y si se enajenaren estos vehículos antes de cinco años, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos y tributos de que se eximió a su internación de acuerdo a esta ley. El artículo 4 modifica la ley orgánica de la Línea Aérea Nacional, contenida en el DEL. N * 305, de 1960, agregando un artículo que le permitirá efectuar transporte de pasajeros dentro de Chile en aeronaves extranjeras. El artículo 9° del DEL. 241, de 1960, exige que el transporte de pa- sajei'os, carga y correspondencia dentro del territorio nacional, sea efectuado exclusivamente por aeronaves nacionales que pertenezcan a personas naturales o jurídicas chilenas. El señor Vicepresidente de la Línea Aérea Nacional, don Eric Campaña, proporcionó varios antecedentes que j ustifican sobradamente el permitir a LAN-Chile valerse, mediante arrendamiento, de aeronaves extranjeras, cuyos terminales de vuelo se encuentran en Santiago y que, por este hecho, permanecen paralizadas durante varias horas. Es necesario otorgar esta autorización por un lapso de dos años, a fin de asegurar el adecuado transporte aéreo de carga y pasajeros durante los meses de noviembre y diciembre y abril y mayo, que son los de más afluencia de pasajeros. En este plazo podrán incorporar al servicio un cuadrirreactor y cinco aviones turbo-hélice, con lo que se satisfará las necesidades internas de LAN-Chile. El señor Campaña expresó que en el último año se transportaron 400.000 pasajeros y que para este año se prevé un aumento de un 20%. Agregó que con la rebaja de tarifas, al margen de lATA, aplicada a los vuelos al extranjero, se habían logrado importantes utilidades en esas líneas, que permitirían rebajar el aporte fiscal que se consulta en la Ley de Presupuestos para gastos corrientes de LAN-Chile, ascendente para este año a E 5.700.000, a Eº 1.600.000 para 1966. Precisó que, en virtud de la disposición en informe, se desean arrendar durante su permanencia en Chile aviones cuadrirreactores de líneas aéreas extrajeras para que efectúen en esos intervalos un vuelo a Arica o Punta Arenas. Estos aviones tienen una capacidad de 150 pasajeros y de amplia carga, y demorarían tres horas diez minutos a Punta Arenas y dos horas treinta y cinco a Arica. A juicio del señor Vicepresidente, estos viajes podrían incluso arrojar utilidades, porque se efectuarán, en razón a la temporada en que ellos se realizarán, con su capacidad copada. Las razones expuestas por el señor Vicepresidente justifican ampliamente la aprobación de esta disposición, con una modificación de redacción en cuanto a que estos aviones extranjeros puedan sér ocupados sólo mediante contratos de arrendamiento y no a otros títulos como el de la asociación, en lo cual estuvo de acuerdo el señor Vicepresidente. Los artículos 5 * y no merecen mayores comentarios, salvo en cuanto a aclarar que éste último se refiere a dos sociedades íntegramente estatales, motivo por el cual la Comisión aceptó la condonación que contempla. El artículo final reemplaza la escala de valores que se emplea para cobrar el impuesto a las patentes de automóviles particulares y station- wagons. La Comisión de Hacienda, por unanimidad, acordó rechazar esta disposición, porque ella no ha sido debidamente estudiada y, a juicio de la Dirección de Impuestos Internos, debe ser modificada. También, ha formulado reparos a ella la Confederación Nacional de Municipalidades. Por otra parte, nada justifica retrasar el despacho de este importante proyecto para incluir estas modificaciones, si la Honorable Cámara de Diputados ha aprobado, con fecha 8 de septiembre último, otro proyecto de ley en que exclusivamente se legisla sobre la-misma materia y que se encuentra pendiente de esta Comisión de Hacienda, sin haberse podido considerar por no estar incluido en la Convocatoria. Finalmente, dejamos constancia que la Comisión no pudo conocer numerosas indicaciones presentadas por el Ejecutivo y por varios señores Senadores, porque se encuentran vencidos los plazos de urgencia y es preciso cumplir con el trámite del primer informe. Por esta misma razón, este informe es incompleto y no analiza a fondo otros antecedentes proporcionados tanto por el Subsecretario de Transportes como por la Confederación Nacional de Transportes y la Sociedad de Fomento Fabril, que asistieron a todas o algunas de sus reuniones. En virtud de las consideraciones expuestas, os proponemos aprobar el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, con las siguientes modificaciones; Artículo 1° Reemplazarlo por el siguiente; "Artículo 19-Libérase por el plazo de dos años, contado desde la fecha de publicación de esta ley, la internación de chassis con motor incorporado para buses y taxibuses destinados a la movilización colectiva dé pasajeros, sea que se importen armados o que se armen o fabriquen en el país, de los siguientes impuestos o gravámenes: a) De los impuestos establecidos en el artículo 33 de la ley 12.434, modificada por el artículo 11 de la ley Nº 14.824; b) De los impuestos establecidos en el inciso tercero del artículo 11 de la ley 12.084 y sus modificaciones; c) De los derechos y demás gravámenes que se perciben por intermedio de las aduanas, con exclusión del impuesto adicional establecido por el artículo 169 de la ley Nº 13.305, y d) Del impuesto de compraventa y del de cifra de negocios que afecta a la primera transferencia de los chassis referidos y de las carrocerías con que se les dote. Los chassis que se importen de acuerdo a esta disposición deberán ser carrozados en Chile. Para que operen las liberaciones tributarias establecidas en este artículo, será previo que la importación cuente con la aprobación del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y que los vehículos sean adquiridos por empresarios de la locomoción. colectiva, municipalidades, Empresa de Transportes Colectivos del Estado o cooperativas de transportes." Artículo 3í* Sustituir, en el inciso segundo, las palabras "del servicio dé movilización pública", por estas otras: "de los señalados en esta ley.". Artículo 4"? Reemplazarlo por el siguiente: ' "Artículo 4 -No obstante lo dispuesto en el artículo 9 del DFL. N 241, de 1960, "Línea Aérea Nacional Chile" podrá efectuar, durante el lapso de dos años, el transporte de pasajeros de carga a que dicho precepto se refiere en aeronaves extranjeras sobre las cuales haya adquirido o adquiera derecho de uso o goce por arrendamiento.". Artículo 5° Suprimir, en su inciso segundo, lo siguiente: impuestos adicionales". Artículo 7"? Rechazarlo. En consecuencia el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley "Artículo 19-Libérase por el plazo de dos años, contado desde la fecha de publicación de esta ley, la internación de chassis con motor incorporado para buses y taxibuses destinados a la movilización colectiva de pasajeros, sea que se importen armados o que se armen o fabriquen en el país, de los siguientes impuestos o gravámenes: a) De los impuestos establecidos en el artículo 33 de la ley Nº 12.434, modificada por el artículo 11 de la ley N " 14.824; b) De los impuestos establecidos en el inciso tercero del artícllo 11 de la ley Nº 12.084 y sus modificaciones; c) De los derechos y demás gravámenes que se perciben por intermedio de las aduanas, con exclusión del impuesto adicional establecido por el artículo 169 de la ley N 13.305, y d) Del impuesto de compraventa y del de cifra de negocios que afecta a la primera transferencia de los chassis referidos y de las carrocerías con que se les dote. Los chassis que se importen de acuerdo a esta disposición deberán ser carrozados en Chile . Para que operen las liberaciones tributarias establecidas en este artículo, será previo que la importación cuente con la aprobación del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes y que los vehículos sean adquiridos por empresarios de la locomoción colectiva, municipalidades. Empresas de Transportes Colectivos, o cooperativas de transportes. Artículo 29-Gozarán también de todos los beneficios y exenciones aduaneras y tributarias determinados en el artículo anterior: a) La internación y primera transferencia de autobuses carrozados o . chassis con motor incorporado destinados a ser adquiridos por colegios, escuelas, instituciones o entidades educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública o reconocidos como cooperadores de la función educacional del Estado, y destinados exclusivamente a la movilización de los educandos del respectivo colegio o institución. El Ministerio de Economía,' Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y el Ministerio de Educación Pública, deberán certifi car el hecho de que las internaciones y primeras transferencias para las cuales se soliciten estas exenciones reúnen los requisitos establecidos en esta letra. b) La internación y primera transferencia de autobuses destinados a ser adquiridos por empresas de turismo o entidades fiscales que faciliten o fomenten la industria del turismo. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y Dirección de Turismo, deberán certificar y calificar el hecho de que las internaciones para las cuales se soliciten estas exenciones reúnen los requisitos establecidos en el inciso anterior. c) La internación y primera transferencia de los autobuses de servicio interprovincial cuya internación sea aprobada por la Subsecretaría de Transportes. Artículo 39-Los vehículos beneficiados con las exenciones establecidas en la presente ley no podrán ser transferidos ni dados en arrendamiento sin autorización del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. En el caso de enajenarse estos vehículos a cualquier título, dentro de los cinco años contados desde su internación, deberán enterarse previamente en arcas fiscales, el monto de los derechos y tributos aduaneros correspondientes a las franquicias que otorga esta ley. Quedan solidariamente obligados a este pago todas las personas naturales o jurídicas que intervengan en los actos o contratos respectivos. Se prohibe el uso de los vehículos a que se refiere el inciso anterior para fines diversos de los señalados en esta ley. La infracción de esta prohibición será penada con el comiso del vehículo. El vehículo decomisado será rematado y su producto será de beneficio fiscal. El denunciante de cualquiera infracción recibirá como galardón el 30% del producto del remate. Artículo 49-No obstante lo dispuesto en el artículo 9 del DFL. Nº 241, de 1960, "Línea Aéi-ea Nacional Chile" podrá efectuar, durante el lapso de dos años, el transporte de pasajeros y de carga a que dicho precepto se refiere en aeronaves extranjeras sobre las cuales haya adquirido o adquiera derecho de uso o goce por arrendamiento. Artículo 5°-Autorízase al Presidente de la República para establecer periódicamente porcentajes mínimos de incorporación de ])artcs y piezas nacionales que deberán alcanzar las armadurías de chassis de camiones y buses. Será aplicable para estos fines lo dispuesto en el artículo 15 de la ley Nº 14.824. El Presidente de la República podrá, asimismo, rebajar o suprimir los gravámenes arancelarios y, en general, todos los tributos que se perciban por las aduanas Que afecten la internación de partes y piezas conjuntos y subconjuntos destinados a las armadurías de los mencionados vehículos. Artículo 69-Condonarse todos los impuestos, contribuciones, multas y sanciones de cualquiera naturaleza que desde su formación hasta la fecha adeuden o puedan adeudar las sociedades filiales de la ex Empresa Nacional de Transportes, hoy Empresa de Transportes Colectivos del Estado, que se constituyeron por escritura pública suscrita ante el notario Roberto Arriagada Bruce, con fecha 30 de diciembre de 1950, y que se denominaron "Sociedad Industrial Reencauchadora de Neumáticos Tyreso- les Limitada" y "Sociedad Imprenta de la Empresa Nacional de Transportes Limitada", modificada la primera mediante las escrituras públicas suscritas ante el notario Julio Lavín, con fecha 25 y 30 de abril de 1953, y la segunda modificada mediante escrituras públicas suscritas ante el mismo notario con fecha 29 y 30 de abril de 1953. La condonación anterior comprenderá incluso, los impuestos que dichas sociedades, en cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes, hubieren retenido a terceros. Comprenderá, igualmente, toda clase de erogaciones a que pudieren estar obligadas en favor de las Instituciones Fiscales, Semifiscales, Municipales u otras, como, asimismo, las multas o sanciones que pudieren corresponder por el no pago de esas erogaciones. Libérase también, a los representantes legales de estas sociedades de cualquiera sanción que pudiere afectarles por el incumplimiento de las obligaciones mencionadas en los dos incisos anteriores." Sala de la Comisión, a 1' de diciembre de 1965. Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Alta- mirano (Presidente), Bossay, Contreras Labarca, Prado y Von Mühlen- brock. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.