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- rdf:value = " 2.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES AL PROYECTO SOBRE EMPRESTITO PARA LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL.
Honorable Senado:
Las observaciones en informe fueron formuladas en la pasada Administración e inciden en sustituir el financiamiento que contempla el proyecto despachado por el Congreso Nacional para que la Municipalidad de Coronel pueda servir los empréstitos de hasta Eº 500.000 que se le autoriza contratar y que consiste en el establecimiento de una contribución adicional del uno y medio por mil sobre el avalúo imponible de la comuna de Coronel, por otro que destina a este objeto, preferentemente, los recursos que obtenga ese Municipio con motivo de la aplicación de la ley 15.575, que ordenó la retasación general de los bienes raíces.
El criterio sustentado por el Gobierno anterior en orden a no permitir discriminaciones o diferencias en la tasa de impuesto territorial que grava a los bienes raíces ubicados en las distintas comunas del país, ha sido mantenido inalterable por esta Comisión, razón por la cual ha debido modificar en varias oportunidades iniciativas de ley similares.
Refuerza esta posición el hecho de que el decreto 2.047, del presente año, al señalar la distribución de los ingresos del impuesto territorial dispone que la vigésima parte de él, esto es el uno por mil, debe destinarse en cada comuna al servicio de los empréstitos municipales que hubiere contratado la respectiva Municipalidad.
Por estas consideraciones, la Comisión de Hacienda os recomienda aprobar el veto que os informamos.
Sala de la Comisión, a l " de diciembre de 1965.
Acordado con asistencia de los Honorables Senadores señores Altamirano (Presidente), Contreras Labarca, Palma, Bossay y von Mühlenbrock.
(Edo.): Pedro Correa Opaso (Secretario).
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