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- rdf:value = " AUTORIZACIÓN A FUNCIONARIOS PARA EXPEDIR DETERMINADOS DECRETOS O RESOLUCIONES.El señor WALKER (Prosecretario).-
En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto que autoriza a los Ministros de Estado, Subsecretarios y jefes superiores de servicios para expedir, con su sola firma, los decretos o resoluciones que se señalan.
-El proyecto y el informe figuran en los Anexos de las sesiones 4ª y 38ª, en 24 de septiembre y 23 de noviembre de 1965, documentos Nºs, 4, páginas 81 y 1958, respectivamente.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
¿Cuándo vence el plazo?
El señor WALKER (Prosecretario).-
La urgencia fue calificada el 15 de este mes, de manera que queda plazo.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Desearía que algún miembro de la Comisión tuviera la amabilidad de explicar el alcance de esta iniciativa -en forma no muy amplia, por supuesto-, porque de otra manera me vería obligado a pedir segunda discusión.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Hace falta una relación. Me parece que ya se han dictado varias resoluciones sobre esta materia: el Estatuto Administrativo determinó algunas; después se dictó una ley especial y se modificó la ley orgánica de la Contraloría. Estaría bien dar una explicación.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
Si al señor Senador le parece, se puede dar lectura al informe en la parte pertinente.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Temo -lo digo con sinceridad- que en cualquier momento la Sala pueda quedar sin número.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
Podría ocurrir.
El señor CURTI.-
Señor Presidente, la discusión de este proyecto en la Comisión de Gobierno contó con la presencia del señor Contralor General de la República, quien, además, participó en su redacción.
Esta iniciativa abarca gran cantidad de materias relativas a la firma de resoluciones por parte de los Ministros de Estado, Subsecretarios y diferentes otros funcionarios, en cuestiones de poca importancia. También persigue evitar la toma de razón de resoluciones de carácter rutinario que no merecen la excesiva tramitación que hoy día se les da.
A mi juicio, la lectura de las cuatro primeras páginas del informe permitirá darnos cuenta de los alcances del proyecto, que, a mi entender, se refieren a la disminución de engorrosos trámites a que está sometida cualquiera resolución gubernativa y que, en suma, entraban la Administración Pública.
Por eso, ruego al señor Secretario dar lectura al informe.
-El señor Prosecretario da lectura a la parte pertinente del informe.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Siento que las observaciones del Honorable colega que pidió conocer con más detenimiento el proyecto no se hayan formulado con anterioridad. A mi juicio, la redacción dada a esta iniciativa merece algunos reparos.
Desde luego, cabría observar que se faculta al Ministro del ramo para otorgar indultos. De acuerdo con la Constitución Política, tal facultad es privativa del Presidente de la República, de manera que sin modificación de nuestra Carta Fundamental, mucho temo que el precepto en referencia incurra en atropello de las normas constitucionales.
Comparto el criterio de descentralizar la tramitación dentro de la Administración Pública, que es terrible -en eso no hago reparos-, pero creo que deberíamos detenernos un poco para evitar trasgresiones de car��cter constitucional.
También se faculta al Ministro del Interior para nombrar Intendentes y Gobernadores subrogantes. Si bien es efectivo que se trata de nombramientos en carácter de subrogantes, dichos funcionarios representan al Presidente de la República y no al Secretario de Estado; de manera que también cabría meditar sobre esta disposición, para ajustaría debidamente al precepto constitucional respectivo. Me parecería preferible suprimir ese párrafo.
De esta manera, en el examen "cálamo cúrrente" que estoy haciendo, son varias las materias que requieren de mayor estudio. Por ello, estimo aconsejable tratar esta iniciativa en otra sesión, a fin de permitir que los señores Senadores lo estudien con mayor detenimiento.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Yo había hecho sugerencia en tal sentido.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Podríamos dejarla para el martes próximo. Así, los señores Senadores podrían apreciarla mejor.
La idea de descentralizar los trámites es plausible. No puede el legislador negarse a ello, pero importa ajustar esa idea a las disposiciones de la actual Constitución Política del Estado.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Comparto la idea de los Honorables señores González Madariaga y Aguirre Doolan en el sentido de que el proyecto, en general, es beneficioso, porque permite hacer más ágil la Administración Pública. No obstante, adolece de graves inconvenientes en lo relativo, por ejemplo, a las atribuciones que se otorgan al Subsecretario del Interior, entre las cuales figuran la de conceder abonos de años de servicios al personal de Carabineros e Investigaciones, otorgar patentes de turismo a hoteles y restaurantes, crear o suprimir agencias postales re-numeradas y ad honorem, determinar sobre la permanencia definitiva de extranjeros, dividir montepíos entre la viuda legítima e hijos de diversos matrimonios del personal de Carabineros e Investigaciones y conceder pensiones de retiro y montepío del personal y familia del Cuerpo de Carabineros e Investigaciones. Debo decir que sobre esto último tengo serias reservas. Me he permitido formular indicación al proyecto que crea nuevas plazas de Carabineros en lo referente al otorgamiento de pensiones a ese personal, que padece una verdadera tragedia.
En la Dirección de Carabineros existe una oficina de pensiones que recibe los expedientes y efectúa las liquidaciones correspondientes. A continuación, aquéllos pasan a la Oficina de Pensiones del Ministerio del Interior, la que no cuenta con el personal suficiente para el despacho de los expedientes. Como manera de buscar una solución, se recurrió a los liquidadores de la Oficina de Pensiones de la Dirección General de Carabineros, con lo cual se dejó a ésta sin personal. Se han presentado numerosos reclamos por las demoras en las tramitaciones. He sido informado de que se enviaron al Ministerio del Interior ocho mil expedientes que deberán ser estudiados nuevamente, en circunstancias de que liquidó las pensiones la misma comisión que en estos instantes está trabajando en la Oficina de Pensiones del Ministerio del Interior. Cabe decidir, entonces, entre si la Oficina de Pensiones de la Dirección General de Carabineros pasará en definitiva al Ministerio del Interior o si sigue dependiendo exclusivamente de esa dirección. A mi juicio, una vez liquidadas las pensiones por esta última oficina, deberían pasar a la Contraloría General de la República, para que ésta actúe como organismo supervisor. Así se evitaría una doble tramitación, y no mediante las facultades que otorga el proyecto.
Tales son algunos de los motivos que me llevan a estar en desacuerdo con la idea de despachar el proyecto en los escasos minutos que restan del Orden del Día. Este asunto merece estudio más acabado, por lo cual es indispensable que los Senadores dispongan del tiempo necesario para imponerse de su contenido y poder formular las observaciones pertinentes en la próxima sesión.
El señor CURTI.-
Me parece muy bien.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Deseo expresar algunas palabras más para completar mi pensamiento.
En realidad, el proyecto exige mayor estudio. Desde luego, la redacción de sus disposiciones no es del todo feliz. Por ejemplo, se señala como facultad privativa del señor Subsecretario del Interior la concesión de pensiones de retiro y montepío del personal y familia del Cuerpo de Carabineros e Investigaciones. Debe entenderse que esa facultad ha de ejercerse con arreglo a las leyes, pero no lo dice así el proyecto, por lo que no considero adecuada la redacción. Asimismo, se otorga la facultad de abonar años de servicios al personal del Cuerpo de Carabineros e Investigaciones, pero esos beneficios deben concederse de conformidad a las disposiciones legales pertinentes y no quedar entregadas a la entera voluntad de un funcionario. Al Ministro del Interior se lo autoriza para permitir colectas públicas, rifas y sorteos, pero aquí debemos tener presente las disposiciones legales que prohíben los juegos de azar.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Más grave es lo dispuesto en el número 10, que dice textualmente: "Declaración de caducidad y autorización de transformaciones de concesiones de Servicios Eléctricos". Esto puede significar el control de las radioemisoras, de manera que debe ser meditado.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Las facultades concernientes a los medios de comunicación del país pueden resultar omnímodas y peligrosas. Por eso, las disposiciones del proyecto deben ser estudiadas con lupa. Insisto en que la idea de descentralizar es recomendable, pero la forma de realizarla nos puede llevar a situaciones de extrema gravedad. No hay -deploro decirlo- en el personal de la actual Administración funcionarios con experiencia administrativa suficiente que justifique darles apoyo indiscriminado.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
No obstante el acuerdo unánime que, al parecer, se ha producido, quiero dejar constancia de mi opinión.
Soy ardiente partidario de la descentralización, en el sentido de conceder atribuciones a los organismos provinciales. Así se cumpliría el precepto constitucional sobre Asambleas Provinciales.
También lo soy de dividir el país en zonas geográficas y económicas.
Para elaborar el proyecto debió existir una completa coordinación entre el Presidente de la República, sus Ministros y los Subsecretarios respectivos.
Estimo satisfactoria, en principio, la idea básica de esta iniciativa legal, pero debo señalar que, con motivo de ella, habrá de dictarse una serie de resoluciones que no pueden sustraerse el conocimiento del Jefe del Estado, a quien compete uniformar la política nacional. Por ejemplo, hojeando el texto del proyecto, que acaba de ser puesto en nuestro conocimiento, compruebo que entre las facultades del Ministro de Economía estaría la de autorizar la venta de naves nacionales. Me parece inconveniente la disposición, por cuanto en un país como el nuestro, que posee escasa marina mercante, estas materias deben ser resueltas con conocimiento del Presidente de la República. Estimo suficiente este ejemplo, pues me ahorra citar los casos señalados por el Honorable señor González Madariaga, como la facultad de declarar la caducidad de concesiones de servicios eléctricos, lo que importa el control de las radioemisoras en toda la República. Ello puede traducirse en negación -estoy hablando hipotéticamente- del derecho de opinión, en particular, de la libertad de prensa. Considero órganos de difusión del pensamiento colectivo no sólo a los diarios, sino también a las radioemisoras. La libertad de opinar está garantizada por la Constitución y constituye el eje de nuestro sistema democrático.
Los preceptos en análisis significan que el Presidente de la República perderá el control en aspectos importantes de la conducción del Estado. Nos encontramos ante un conjunto de normas sumamente graves que deben examinarse con absoluta calma y ecuanimidad. Por eso, me permito sugerir que no despachemos el proyecto en forma apresurada. Soy partidario de postergar su discusión con el objeto de leerlo y estudiarlo, pues su contenido seguramente dará lugar a observaciones interesantes. Desde luego, puedo formular algunas respecto de la facultad de indulto que se concede exclusivamente al Ministro de Justicia. Algunas de las facultades a que se refirió el Honorable señor González Madariaga constituyen atribuciones exclusivas que la Carta Fundamental otorga al Presidente de la República.
Confío en el proyecto porque tengo una alta idea de la personalidad, experiencia, preparación y espíritu público y patriótico del Contralor General de la República, quien ha intervenido en forma activa en su tramitación. De ahí que me incline a aprobarlo en el momento oportuno, pero me parece insuficiente una semana -con dos o tres días hábiles- para despacharlo. Estamos en vísperas de Pascua y debemos preocuparnos de la ley de Presupuestos para 1966. Aparte ese proyecto, están pendientes los relativos al cobre, en estudio en las Comisiones de Minería y de Hacienda, y la reforma constitucional, que estamos tratando simultáneamente.
En mi opinión, debería empezarse por repartir el texto del proyecto, para que los Senadores lo lean, y dar plazo hasta enero, para formarse concepto claro sobre materia de tan extraordinaria trascendencia.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
Me parece que el plazo de la urgencia vence antes.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
El Ejecutivo podría retirar la urgencia.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Convendría que el Ejecutivo la retirara.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
Me informa el señor Secretario que el plazo constitucional de la urgencia vence el 14 de enero.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Me asombra lo dicho en el proyecto sobre el Ministerio de Economía: se faculta al Ministro del ramo para autorizar el comercio de cabotaje por medio de naves extranjeras, pese a que las leyes reservan la mitad para las naves chilenas.
El señor CHADWICK.-
Me parece que el propósito del proyecto no es de manera alguna alterar o modificar las facultades o derechos que corresponden al Poder Ejecutivo en su calidad de administrador del Estado y encargado de cumplir las leyes. Se trata de ordenar -yo diría, de racionalizar- las formalidades o solemnidades que los actos del Ejecutivo deben cumplir para alcanzar plena validez, y de distribuir el trabajo de cumplir con estos requisitos de manera más o menos eficaz, para que no todo esté centralizado en la persona del Presidente de la República, quien ha de firmar en forma mecánica una cantidad excesiva de documentos que expresan la voluntad del Ejecutivo.
Las observaciones de los señores Senadores se justifican por la redacción un tanto impropia que se advierte en varios artículos, particularmente en el l9, que dice: "Las materias que a continuación se indican, podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que se señalan, con la sola firma del respectivo funcionario". Parece entenderse que bastaría el decreto o resolución para crear el acto jurídico de que se trata. Yo no lo entiendo así. Tampoco considero que se vaya a trastrocar todo el orden administrativo del país. Cuando se habla, por ejemplo, de que el Ministro de Economía puede firmar por sí solo los decretos que autorizan el comercio de cabotaje de naves extranjeras, ha de entenderse que ello es en los casos establecidos por la ley. No se derogarán las disposiciones legales vigentes. Cuando se dice, verbigracia, que el Subsecretario del Interior concederá pensiones o abonos de años de servicios y repartirá montepíos entre la viuda e hijos de diversos matrimonios del personal de Carabineros e Investigaciones, se ha de entender que ello se realizará conforme a la ley. De manera que el proyecto no va más allá de regular las solemnidades o formalidades y señalar el funcionario competente para cumplir la ley.
No obstante lo que acabo de decir, nos parece razonable que el Senado disponga de mayor tiempo para leer con el debido detenimiento las disposiciones en debate. Pienso que ello no tomaría todo el plazo de la urgencia.
El señor WALKER (Prosecretario).-
Ese plazo vence el 14 de enero.
El señor CHADWICK.-
Pienso que bastaría disponer de un par de semanas para revisar el proyecto, porque no tiene la trascendencia que le han atribuido los señores Senadores, por si acaso hay alguna disposición que pueda hacer incurrir en error o mala interpretación.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, como quedan sólo cinco minutos, daremos por terminado el Orden del Día, y, de acuerdo con lo manifestado, se enviará copia del proyecto a cada señor Senador y se pedirá, en caso de insistirse en ello, retiro de la urgencia.
El señor CHADWICK.-
Desde luego, se acordaría segunda discusión.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
No cabe segunda discusión, porque el proyecto tiene urgencia declarada.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Creo que convendría pedir el retiro de la urgencia.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Pero estamos dentro del plazo constitucional de la urgencia, señor Presidente.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
La urgencia vence el 14 de enero, señor Senador.
Por acuerdo de la Sala, se postergaría la discusión del proyecto hasta la sesión siguiente.
Acordado.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Siento no estar el martes próximo.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
Tal vez, en la sesión del martes no habrá tiempo, pues deberán discutirse otros proyectos.
El señor WALKER (Prosecretario).-
Seguramente habrá que despachar el proyecto de ley de Presupuestos.
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