. . . . . . . . . . " 52.-MOCION DEL SE\u00D1OR DE LA FUENTE \nHonorable C\u00E1mara: \nLa comuna de Lonquimay en la provincia de Malleco se encuentra situada al otro lado de la cordillera de Las Ra\u00EDces, siendo m\u00E1s cercanos los centros de consumo para la madera en la Rep\u00FAblica Argentina. \nEsta comuna es rica en araucarias, la que ha sido explotada en forma permanente por concesionarios argentinos, quienes llevan esta madera a la Rep\u00FAblica hermana dejando en Chile solamente los despuntes y las tapas y el campo talado. \nEn Lonquimay quedan solamente los ingresos por salarios ya que hasta los fletes son hechos por firmas no chilenas. \nLas necesidades de la comuna de Lonquimay son inmensas, hay abandono total, carece de servicio de agua potable, alcantarillado, luz el\u00E9ctrica, pavimentaci\u00F3n, matadero; no dispone de Estadio para los j\u00F3venes, ni de un Gimnasio, ni siquiera hay edificio Consistorial aceptable y la comunicaci\u00F3n en invierno es s\u00F3lo por tel\u00E9grafo o ferrocarril con la agravante que reci\u00E9n se ha quemado la Estaci\u00F3n totalmente. \nPor las causas antes expuestas, vengo en presentar el siguiente \nProyecto de ley: \nArt\u00EDculo 1\u00B0 Gr\u00E1vanse en la comuna de Lonquimay a beneficio municipal en un escudo la pulgada de pino araucaria que salga de la comuna sea elaborada o en trozo. Valores que ser\u00E1n ingresados en la Tesorer\u00EDa de Lonquimay en una cuenta especial. \nArt\u00EDculo 2\u00B0 Los fondos acumulados en la Tesorer\u00EDa de Lonquimay que establece el art\u00EDculo 1\u00B0 ser\u00E1n destinados a las siguientes obras en el orden que se dican: \nLuz el\u00E9ctrica; \nAgua potable; \nPavimentaci\u00F3n de veredas; \nAlcantarillado; \nGimnasio; \nf) Matadero; \ng) Edificio Consistorial; \nh) Estadio, y \ni) Tel\u00E9fonos. \nArt\u00EDculo 3\u00B0 El Municipio por los dos tercios de sus Regidores en ejercicio podr\u00E1n cambiar la prioridad de las obras. \nArt\u00EDculo 4\u00B0 Se faculta a la Municipalidad de Lonquimay para contratar uno o m\u00E1s empr\u00E9stitos en el Banco del Estado o Bancos particulares para cancelarlos con el producto de esta ley. \n(Fdo. ): Gabriel de la Fuente Cort\u00E9s. \" \n \n " . . . . . "MOCION DEL SE\u00D1OR DE LA FUENTE"^^ . "52.-"^^ .