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- rdf:value = " El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, es efectivo que el atraso con que los empleadores integran en los institutos previsionales los aportes y los descuentos hechos a. su personal crea graves dificultades, tanto en el sector privado como en los organismos previsionales del sector público. Se ha llegado al caso, por ejemplo, de que en la Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado, los imponentes no han podido adquirir bienes raíces, porque la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no ha hecho los aportes; de manera que la Caja no tiene disponibilidades económicas para integrar las cuotas en la Corporación de la Vivienda y, en consecuencia, poder adquirir casas en las poblaciones de ésta para sus imponentes. Todo esto, repito, por el hecho de que la Empresa no está al día en sus aportes.
Lo mismo sucede en la Caja de Empleados Públicos. Los Ministerios, por ejemplo, no hacen las imposiciones con la debida oportunidad. La suma que el Fisco adeuda a la Caja de Empleados Públicos creo que es del orden de los Eº 300. 000.
El señor BASSO.
Mucho más.
El señor ACEVEDO.-
Esto significa, en cierto modo, que los organismos previsionales no pueden cumplir con sus leyes orgánicas; no pueden otorgar los préstamos de auxilio, por ejemplo.
Hace algunos días, vi una información en el sentido de que la Caja de Empleados Particulares había suspendido los préstamos de auxilio. Por su parte, la Caja de Empleados Públicos ni siquiera entrega los formularios de las solicitudes para préstamos de esta naturaleza a sus imponentes. Y cuando se dispone de algunos fondos para ello, los préstamos de auxilio son reducidos, no se ajustan al reglamento. No son de tres sueldos imponibles como máximo los que concede, sino de una suma del orden de los Eº 100 ó Eº 150.
Naturalmente, todo ello se debe a que no se hacen con la debida normalidad y oportunidad tanto los descuentos como los aportes. En el caso de la Caja, de Empleados Públicos, se trata de los descuentos. El Fisco no hace aportes, pues descuenta a los funcionarios civiles de la Administración Pública el 10% o el 11% de sus rentas. Y con este descuento se queda el Fisco empleador.
"
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