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- rdf:value = " El señor VALENTE.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero rechazar enfáticamente la aseveración del Diputado Lavandero referente a que los Diputados comunistas vamos a rechazar este proyecto. Fuimos muy claros para manifestar que lo vamos a votar a favor, porque estamos de acuerdo con la idea de legislar sobre esta materia; pero nos reservamos el derecho a votar en contra de algunos incisos, porque estimamos que todo el artículo primero mantiene la concesión de privilegios y franquicias en favor de sectores justamente pudientes: capitalistas nacionales y extranjeros que bien podrían seguir trabajando sin hacer uso de este trato privilegiado.
He señalado la situación que se crea, por ejemplo, con el inciso segundo del artículo primero, en que se señala que "aquellos regímenes sustitutivos, franquicias y exenciones tributarias que tuvieren un plazo de vigencia establecido en la disposición legal o reglamentaria que los haya otorgado, o en el acto de autoridad competente que los haya concedido, continuarán aplicándose hasta la fecha del vencimiento del plazo correspondiente". Y ¿quiénes son los que se benefician con estas franquicias? Precisamente los que integran la nómina de empresas y empresarios que dimos a conocer esta mañana: las industrias manufactureras, en su gran mayoría, las empresas explotadoras del carbón, las empresas navieras, las empresas dedicadas a la exportación, las empresas que elaboran el cobre, el hierro o el acero, las empresas de la construcción, las empresas periodísticas, por citar solamente algunas entidades nacionales y, sobre todo, las empresas del cobre que, en virtud de la ley Nº 16.624, disponen de franquicias por espacio de 20 años. O sea, se mantiene en favor de estas empresas explotadoras de la principal riqueza nacional, este privilegio, estas franquicias y estas exenciones hasta el año 1986. Y, de acuerdo con el nuevo trato que el Gobierno ha suscrito con la Anglo-Lautaro, en vista del cual a la sociedad química chilena se le entregan franquicias por 50 años, resulta que la Anglo-Lautaro, de acuerdo con la disposición contenida en el inciso segundo del artículo 1º, va a hacer uso de estas franquicias leoninas hasta el año 2018. De manera que nos reservamos el derecho a votar en contra de estos incisos y de estas disposiciones, porque queremos que la racionalización sea total y, además, estamos de acuerdo con el artículo que se aprobó, hace algún tiempo, en el Senado y que fue vetado por el Presidente de la República, y que establecía que las franquicias tributarias caducaban desde la promulgación de esta ley. Se daba al Ejecutivo el plazo de un año contado desde la vigencia de la ley, para que enviara al Congreso un proyecto de racionalización de franquicias tributarias. O sea, esta facultad que se otorga al Presidente pueda ser usada con discreción, y limita, incluso, la potestad que se da al Ejecutivo en esta materia, porque tiene que sujetarse a la disposición correspondiente.
En seguida, el inciso primero agrega que son absolutamente limitativas las posibilidades para racionalizar las exenciones tributarias.
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