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"Nº 2083. Santiago, 27 de septiembre de 1968.
Por oficio Nº 2899, de 12 de septiembre en curso, remitido con fecha 17 del mismo mes, V. E. ha tenido a bien comunicar que el H. Congreso Nacional prestó su
aprobación al proyecto de ley que autoriza para contratar empréstitos a las Municipalidades de Quilpué, Panquehue, Quintero, Casablanca, Freire, Cunco, Perquenco, Vilcún, Galvarino, Carahue, Loncoche, Temuco, Pucón, Lumaco, Purén, Curacautín, Traiguén y Victoria. Con el producto de los empréstitos se ejecutarán diversas obras de adelanto local y aportes con el mismo objeto, como también, adquisiciones de vehículos y otros, constituyendo todos ellos positivos beneficios para los habitantes de sus respectivos territorios jurisdiccionales.
No obstante lo manifestado en el párrafo anterior se ha hecho presente al Gobierno la necesidad de modificar el plan de inversiones correspondiente a la Municipalidad de Temuco para reemplazar la suma de la letra b) que determina Eº 1.000.000 para aporte a la Dirección de Obras Sanitarias, rebajándola a 500.000 escudos e incluyendo igual suma para la terminación del techado del Estadio Municipal.
Por otra parte, se ha podido apreciar que el artículo 11 que reconoce existencia legal y concede personalidad jurídica al Centro para el Progreso de El Belloto, dejaría establecidas disposiciones relativas a las Juntas Vecinales y demás grupos organizados de la comunidad de dicha localidad, las cuales no se justificarían por cuanto la ley Nº 16.880, publicada en el Diario Oficial de 7 de agosto de 1968, establece en su articulado el reconocimiento de las Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias y les concede atribuciones encaminadas a que en todas las localidades del país existan representantes de los respectivos pobladores, para que colaboren con la autoridad del Estado y con las Municipalidades en el progreso y necesidades de los sectores a que pertenecen.
En consideración a lo expresado y teniendo presente lo establecido en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el referido proyecto de ley y lo remito a V. E. a fin de que tengáis a bien introducirle las siguientes modificaciones :
1.Reemplázase en la letra b) del artículo 3º, correspondiente al plan de Obras de la Municipalidad de Temuco, la cantidad de "Eº 1.000.000." por esta otra "Eº 500.000.", y, agrégase la siguiente nueva letra "e) Para financiar los trabajos de terminación del techado del Estadio Municipal de Temuco Eº 500.000." 2."Suprímase el artículo 11." Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. Edmundo Pérez Zujovic".
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