. . "10.-"^^ . "OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA"^^ . . . . . . . " 10.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA \n\"N\u00BA 2083. Santiago, 27 de septiembre de 1968. \nPor oficio N\u00BA 2899, de 12 de septiembre en curso, remitido con fecha 17 del mismo mes, V. E. ha tenido a bien comunicar que el H. Congreso Nacional prest\u00F3 su \naprobaci\u00F3n al proyecto de ley que autoriza para contratar empr\u00E9stitos a las Municipalidades de Quilpu\u00E9, Panquehue, Quintero, Casablanca, Freire, Cunco, Perquenco, Vilc\u00FAn, Galvarino, Carahue, Loncoche, Temuco, Puc\u00F3n, Lumaco, Pur\u00E9n, Curacaut\u00EDn, Traigu\u00E9n y Victoria. Con el producto de los empr\u00E9stitos se ejecutar\u00E1n diversas obras de adelanto local y aportes con el mismo objeto, como tambi\u00E9n, adquisiciones de veh\u00EDculos y otros, constituyendo todos ellos positivos beneficios para los habitantes de sus respectivos territorios jurisdiccionales. \nNo obstante lo manifestado en el p\u00E1rrafo anterior se ha hecho presente al Gobierno la necesidad de modificar el plan de inversiones correspondiente a la Municipalidad de Temuco para reemplazar la suma de la letra b) que determina E\u00BA 1.000.000 para aporte a la Direcci\u00F3n de Obras Sanitarias, rebaj\u00E1ndola a 500.000 escudos e incluyendo igual suma para la terminaci\u00F3n del techado del Estadio Municipal. \nPor otra parte, se ha podido apreciar que el art\u00EDculo 11 que reconoce existencia legal y concede personalidad jur\u00EDdica al Centro para el Progreso de El Belloto, dejar\u00EDa establecidas disposiciones relativas a las Juntas Vecinales y dem\u00E1s grupos organizados de la comunidad de dicha localidad, las cuales no se justificar\u00EDan por cuanto la ley N\u00BA 16.880, publicada en el Diario Oficial de 7 de agosto de 1968, establece en su articulado el reconocimiento de las Juntas de Vecinos y dem\u00E1s organizaciones comunitarias y les concede atribuciones encaminadas a que en todas las localidades del pa\u00EDs existan representantes de los respectivos pobladores, para que colaboren con la autoridad del Estado y con las Municipalidades en el progreso y necesidades de los sectores a que pertenecen. \nEn consideraci\u00F3n a lo expresado y teniendo presente lo establecido en el art\u00EDculo 53 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica del Estado, desapruebo el referido proyecto de ley y lo remito a V. E. a fin de que teng\u00E1is a bien introducirle las siguientes modificaciones : \n1.Reempl\u00E1zase en la letra b) del art\u00EDculo 3\u00BA, correspondiente al plan de Obras de la Municipalidad de Temuco, la cantidad de \"E\u00BA 1.000.000.\" por esta otra \"E\u00BA 500.000.\", y, agr\u00E9gase la siguiente nueva letra \"e) Para financiar los trabajos de terminaci\u00F3n del techado del Estadio Municipal de Temuco E\u00BA 500.000.\" 2.\"Supr\u00EDmase el art\u00EDculo 11.\" Saluda atentamente a V. E. \n(Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. Edmundo P\u00E9rez Zujovic\". \n \n " .