. ".-MODIFICACION DE LA LEY N\u00BA 9.493, QUECONCEDIO UN ABONO DE TIEMPO A LOSEMPLEADOS BANCARIOS DE LA PROVINCIADE MAGALLAXES. OBSERVACIONES."^^ . . . . . . " El se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \nSeg\u00FAn el acuerdo adoptado recientemente, corresponde ahora ocuparse de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presiden te de la Rep\u00FAblica al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que modifica la ley N\u00BA 9.493, que concedi\u00F3 un abono de tiempo a los empleados bancarios que presten servicios en la provincia de Magallanes. \n \n \n-Las observaciones impresas en el bolet\u00EDn. N\u00BA 10904-O, son las siguientes: \nArt\u00EDculo 1\u00BA \nPara suprimirlo. \nArt\u00EDculo 2\u00BA \nPara sustituirlo por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 2\u00BA.-Se aplicar\u00E1 lo dispuesto en el art\u00EDculo 35 de la ley N\u00BA 13.039, modificado por el art\u00EDculo 238 de la ley N\u00BA 16.617, a los empleados del Banco Central de Chile que actualmente se encuentran desempe\u00F1ando sus funciones en las zonas que gozan de tratamiento aduanero especial. \nPara que dicho personal pueda impetrar el beneficio a que se refiere el inciso anterior deber\u00E1 acreditar una permanencia m\u00EDnima de dos a\u00F1os en la zona de tratamiento aduanero especial, debiendo cumplir los dem\u00E1s requisitos que dicha disposici\u00F3n legal establece.\" \n " .